1er. Parcial Derecho Procesal Penal
1.
Defina Derecho Procesal Penal. Conjunto de normas jurídicas que regulan la actividad jurisdiccional del Estado en lo que se refiere a la jurisdicción y competencia de los jueces y las actuaciones de las partes dentro de un proceso.
2.
Cuáles son las características del Derecho Procesal Penal.
Publicidad.
Instrumentalidad. Porque es un instrumento del cual se vale el Estado, para aplicar el derecho sustancial.
Unidad. Regula la conducta de las personas que intervienen en e l proceso penal.
Autonomía. Posee su propio objetivo conocer todo lo relacionado a materia penal, así como posees sus propias instituciones y persigue fines específicos.
3.
Objeto del Derecho Procesal Penal.
Esclarecimiento del hecho denunciado.
Certeza positiva o negativa.
Consecuencia jurídica: la sanción para el infractor.
4.
Objetivo del Derecho Procesal Penal.
El estudio y análisis de las normas más apropiadas para la aplicación de la potestad punitiva del Estado.
La regulación del inicio, desarrollo y conclusión del proceso penal.
La formulación de la doctrina adecuada para la mejor comprensión e interpretación de las normas jurídico procesales.
5.
Mencione con que otras disciplinas jurídicas se relaciona el Derec ho Procesal Penal.
Con el Derecho Constitucional. Porque el CPRG están contenidas todas las garantías constitucionales que una persona sindicada de cometer un hecho delictivo posee.
Con el Derecho Penal. La Ley Penal nos establece los delitos, faltas y sanciones que tengan relevancia y que se imponen cuando se infringe la ley.
Con el Derecho Civil y Procesal Civil.
Con el Derecho Internacional.
6.
Mencione y defina los tres sistemas procesales.
Sistema Acusatorio. Existe la separación en cuanto a las funciones que se ejercen dentro del proceso penal es decir existe juzgador, acusador y defensor, además la existencia de indicios suficientes de que un individuo haya cometido un hecho delictivo y no solo sospechas para poder realizar una imputación imputación o iniciar iniciar un proceso.
Sistema Inquisitivo. En este sistema es el juez quien dirige el proceso de principio a fin así como era el mismo quien tenía la faculta exclusiva de ubicar y valorar la prueba. Es decir el juez no solo juzgaba sino que investigaba los hechos.
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Sistema Mixto. Este sistema orienta la forma de juzgar al imputado utilizando los procedimientos tanto del sistema acusatorio como del inquisitivo es por ello que el proceso penal se divide en dos fases la primera que es la fase de investigación y la segunda la fase del j uicio oral y publico
7.
Cuáles son las tres funciones principales que se realizan en e l proceso penal.
Función de Acusar.
Función de Defender.
Función de Decidir.
8.
Mencione los principios que rigen el Derecho Procesal P enal.
Principio de Legalidad. (art. 1 y 2 CPP, art. 17 CPRG y art. 9 CADH) no se impondrá pena alguna si la ley no la hubiere fijado con anterioridad ni podrá iniciarse proceso ni tramitarse denuncia o querella, sino por actos u omisiones calificados como delitos o faltas por una ley anterior.
Principio del Debido Proceso. (art. 3, 4 y 6 CPP, art. 12 CPRG) Nadie podrá ser condenado, penado o sometido a medida de seguridad y corrección, sino en sentencia firme, obtenida por un procedimiento llevado a cabo conforme a las disposiciones de este código y a las normas de la constitución, con observancia estricta de las garantías previstas para las personas y de las facultades y derechos del imputado o acusado
Principio de el Fin del Proceso Penal. (art. 5 CPP) El proceso penal tiene por objeto la averiguación de un hecho señalado como delito o falta y de las circunstancias en que pudo ser cometido el establecimiento de la posible participación del sindicado; el pronunciamiento de la sentencia respectiva, y la ejecución de la misma
Principio de Independencia del Poder Judicial. (art. 7 CPP) El juzgamiento y decisión de las causas penales se llevará a cabo por jueces imparciales e independientes, sólo sometidos a la constitución y a la ley. Nadie puede ser juzgado, condenado, penado o sometido a medida de seguridad y corrección, sino por los tribunales designados por la ley antes del hecho de la causa
Principio de Fundamentación de las Resoluciones Judiciales. (art. 11 y 11 BIS CPP) Que todo juez durante las etapas del proceso, debe indicar las razones de hecho y de derecho en que se funda su decisión.
Principio de Justicia Penal, Obligatoria e Irrenunciable, Gratuita y Pública. (art. 12 y 13 CPP, art. 39 CPP) La función de los tribunales en los procesos es obligatoria, gratuita y pública. Los tribunales no pueden renunciar al ejercicio de su función, sino en los casos de ley. Los interesados no pueden recurrir al tribunal distinto del reputado legalmente competente.
Principio de Presunción de Inocencia y forma de interpretar la Ley Procesal Penal. (art. 14 CPP, art. 14 CPRG art. 8 no. 2 Pacto San José) El procesado debe ser tratado como inocente durante el procedimiento, hasta tanto una sentencia firme lo declare responsable y le imponga una pena o una medida de seguridad y corrección.
Principio de la no declaración contra sí. (art. 15 CPP, art. 16 CPRG, art. 8 no. 2 lit. “g” CADH) El imputado no puede ser obligado a declarar contra sí m ismo ni a declarase culpable.
Principio respecto a los Derecho Humanos. (art. 16 CPP, art. 44 y 46 CPRG, art. 9 LOJ art. 3 y 144 LAEPYC) Los tribunales y demás autoridades que intervengan en los procesos deberán cumplir
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los deberes que les imponen la constitución y los tratados internacionales sobre respeto a los derechos humanos.
La no posibilidad de doble persecución por el mismo hecho y la cosa juzgada. (art. 17 y 18 CPP) Nadie debe ser perseguido penalmente más de una vez por el mismo hecho. Un proceso fenecido no podrá ser abierto de nuevo, excepto en caso de revisión conforme a lo previsto en este código.
Principio de Continuidad. (art. 21 CPP, 103, 360, 76, 79 y 361 CPP) No puede suspenderse, interrumpirse ni hacerse cesar un proceso, en cualquiera de sus trámites, sino en los casos expresamente determinados por la ley
Principio de el Derecho de Defensa. (art. 20 CPP, art. 7 y 8 CADH, art. 16 LOJ, art. 4 LAEPYC) La defensa de la persona o de sus derechos es inviolable en el proceso penal. Nadie podrá ser condenado sin haber sido citado, oído y vencido en procedimiento preestablecido y ante tribunal competente, en el que se hayan observado las formalidades y garantías de ley.
Principio de Igualdad en el Proceso. (art. 21 CPP, art. 4 CPRG y art. 4 CADH) Quienes se encuentren sometidos a proceso gozarán de las garantías y derechos que la constitución y las leyes establecen, sin discriminación.
9.
Cuáles son las condiciones para realizar el debido proceso.
Que el hecho, motivo del proceso esté tipificado en la ley anterior como delito o falta
Que se instruya un proceso, seguido con las formas previas y propias fijadas y con observancia de las garantías de defensa.
Que ese juicio se siga ante tribunal competente a cargo de jueces independientes e imparciales.
Que se trate al procesado como inocente hasta que una sentencia firme declare lo contrario.
Que el juez, en un proceso justo, elija la pena correspondiente.
Que el procesado no haya sido perseguido penalmente con ante rioridad por el mismo hecho.
10.
Cuáles son las dos clases de defensa.
Defensa Material.
Defensa Técnica.
11.
Cuáles son los elementos que debe de poseer toda sindicación por parte del Ministerio Publico al momento de la aprehensión.
Circunstancias de tiempo lugar y modo.
Calificación jurídica provisional.
Elementos de prueba existentes.
Disposiciones legales aplicables.
12.
Cuáles son las garantías posee el detenido.
Ninguna persona puede ser detenida si no es por orden de Juez competente, excepción delito flagrante. Juzgados de Paz y Juzgados de Primera Instancia Penal.
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Si la persona ha sido detenida por orden de Juez o delito flagrante debe ser oída a más tardar dentro de las 24 hrs. siguientes a su detención.
Advertírsele que tiene el derecho Constitucional de abstenerse de declarar, y que su negativa no podrá ser utilizada en su perjuicio.
Que tiene derecho a contar con un Abogado que lo asista.
No puede ser sometido a coacción o amenaza y a declarar contra su voluntad.
Derecho a elegir a un traductor o intérprete para que le asista durante sus declaraciones.
13.
Cuál es el plazo en que un debate puede suspenderse y en qué casos. Se podrá suspender por un plazo máximo de diez días, sólo en los casos siguientes:
14.
para resolver una cuestión incidental o practicar algún acto fuera de la sala de audiencias, incluso cuando una revelación inesperada haga indispensable una instrucción suplementaria, siempre que no sea posible cumplir los actos en el intervalo entre dos sesiones. cuando no comparezcan testigos, peritos o intérpretes y fuere imposible e inconveniente continuar el debate hasta que les haga comparecer por la fuerza pública. cuando algún juez, el acusado, su defensor o el representante del ministerio público se enfermare a tal extremo que no pudiere continuar interviniendo en el debate, a menos que los últimos puedan ser reemplazados inmediatamente. cuando el ministerio público lo requiera para ampliar la acusación o el acusado o su defensor lo soliciten después de ampliada la acusación, siempre que, por las características del caso, no se pueda continuar inmediatamente. Defina Preguntas Capciosas, Impertinentes, Sugestivas.
Preguntas Capciosas. Son aquellas que bajo pretexto de indagar sobre un hecho aparentemente sin consecuencias esconden la afirmación o negación de otro hecho.
Preguntas Impertinentes. Son aquellas que inducen la respuesta al interrogado por estar está contenida en la formulación de la pregunta.
Preguntas sugestivas. Son las q no son procedentes por ser irrelevantes, repetitivas e incompetentes.
15.
Que es la Jurisdicción. Poder o autoridad para gobernar y poner e n ejecución las leyes, o para aplicarlas en juicio.
16.
Las características de la jurisdicción. (art. 39 CPP y art. 113 LOJ) Irrenunciable e indelegable.
17.
Cuáles son las excepciones de la jurisdicción. (art. 122 y 123 LOJ)
Impedimentos. Ser parte en el asunto, tener el juez o alguno de sus parientes interés directo o indirecto en el asunto, tener el juez parentesco con algunas de las partes.
Excusas. Tener amistad intima o relaciones con algunas de las parte y que a juicio del tribunal según pruebas y circunstancia hagan dudar de su imparcialidad, cuando el juez o sus descendientes tengan concertado matrimonio con algunas de las partes, cuando la esposa o
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parientes consanguíneos del juez hayan aceptado herencia, donación o legado de alguna de las partes. 18.
Que es la Competencia y su característica. Es la atribución legítima a un juez para el conocimiento o resolución de un asunto. Y su característica es improrrogable (art. 40 CPP).
19.
Cuáles son las dos cuestiones para discutir la competencia de los jueces y tribunales que conocen lo penal. (art. 56 CPP)
Inhibitoria. Es el planteamiento que puede hacerse por los sujetos procesales, ante el juez o tribunal que considera competente, es decir, al que no se encuentra conociendo al momento de plantearla.
Declinatoria. Conlleva el planteamiento para discutir el conocimiento de un proceso, ya sea por territorio, materia u otro asunto, debe presentarse ante el juez o tribunal que tramita el procedimiento y al cual se considera incompetente. Estas dos cuestiones se podrán plantear antes de iniciada la audiencia de debate (art. 57 CPP) y se tramitaran por la vía de los incidentes (art. 58 CPP y 135 al 140 LOJ)
20.
Cuales son la competencia de los jueces en Guatemala.
Juez de Paz Penal. (art. 44 CPP) Juzgarán las faltas, los delitos contra la seguridad del tránsito y aquellos cuya pena principal sea de multa. Practicarán las diligencias urgentes y oirán a los detenidos dentro del plazo que manda la constitución política de la república. Autorizarán la aplicación del criterio de oportunidad en los casos que establezca la ley
Jueces de Primera Instancia. (art. 45 CPP)
Tribunales de Sentencia. (art. 48 CPP)
Salas de la Corte de Apelaciones. (art. 49 CPP)
21.
Que es la Persecución Penal. Es el proceder judicial consecuencia de ejercitarse una acción penal, es decir, que una vez se ha denunciado, se ha querellado, o conocido en flagrancia un ilícito, se inicia la persecución para el o los sindicados a través de un proceso penal.
22.
Que es la Acción Penal. Es el poder de perseguir ante los tribunales de justicia, la sanción de los responsables del delito. Es decir, que la acción penal es e l medio para hacer valer la pretensión punitiva.
23.
Como se clasifica la acción penal.
Acción Pública. (art. 24 BIS CPP) Son aquellos delitos en los que el Ministerio Público tiene la obligación de llevar a cabo la investigación de oficio.
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Acción Pública Dependiente de Instancia Particular. (art. 24 TER CPP) Estos delitos son aquellos en los cuales el Ministerio Público tiene la obligación de realizar la persecución penal siempre y cuando el agraviado haya instado su investigación.
Acción Privada. (art. 24 QUATER CPP) Son aquellos delitos en los que únicamente el agraviado se encuentra facultado para poder poner en movimiento al órgano jurisdiccional y requerir el enjuiciamiento de una persona por la comisión de un delito. Por estos delitos solo se puede iniciar proceso mediante una querella y cuando el agraviado promueve la acción privada, se convierte en querellante exclusivo
24.
Cuáles son los dos presupuestos para poder otorgar la prisión preventiva. (art. 261, 262 y 263 CPP)
Peligro de fuga.
Peligro de Obstaculización de averiguación de la verdad.
25.
26.
Cuáles son las dos instituciones que suspenden la acción penal pública. (art. 25 y 27 CPP) Criterio de oportunidad. Es una medida desjudicializadora en la cual un juez autoriza al Ministerio Público para que se abstenga de ejercitar la acción Penal por considerar que es un caso sin mayor trascendencia social y siempre y cuando el sindicado haya reparado el daño que se le causo a la victima Suspensión condicional de la persecución penal. Cuáles son los requisitos para poder otorgar el criterio de oportunidad.
Que el interés público o la seguridad ciudadana no estén amenazados o gravemente afectados.
Consentimiento del agraviado.
Autorización judicial.
27.
Cuáles son los requisitos para otorgar la suspensión de la per secución penal.
Que el imputado admita la veracidad de los hechos que se le imputan.
Que repare el daño causado.
28.
Cuáles son los obstáculos de la persecución penal.
Excepción de falta de acción (art. 294 no. 2 CPP)
Antejuicio. (art. 293 CPP)
Acusación y Denuncias Falsas. (art. 453 CPP)
29.
Otras causas de suspensión de la persecución penal iniciada, aunque fuere pública.
Incapacidad del procesado. Art. 76 CPP.
Rebeldía. Art. 79 y 80 CPP.
Los casos de suspensión de debate. Art. 103 y 360 CPP.
30.
Instituciones que permiten la suspensión de la persecución penal.
Criterio de Oportunidad
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Suspensión condicional de la persecución penal.
La incapacidad del imputado. (Juicio exclusivo para la aplicación de medida de seguridad y/o corrección).
La rebeldía
La clausura provisional del proceso
Suspensión del debate (10 días).
Planteamiento de acciones de amparo o de acciones, excepciones o incidentes relativos a la inconstitucionalidad de una ley.
31.
Extinción de la persecución penal. (art. 32 y 1 01 CPP)
Por muerte del imputado. Art. 101 y 102 CPP.
Por amnistía. Art. 101 y 102 CP.
Por prescripción. Art. 101 literal d) CP. 107 CP. 155 CPRG, 21 CPRG.
Por el pago del máximo previsto para la pena de multa.
Por el vencimiento del plazo de prueba, sin que la suspensión sea revocada, cuando se suspenda la persecución penal. Art. 27 CPP.
Por la revocación de la instancia particular, en los casos de delitos privados que dependan de ella.
Por renuncia o por el abandono de la querella, respecto de los delitos privados a instancia de parte. (Art. 36, 482 y 483 CPP.)
32.
Por muerte del Agraviado. En qué consiste la Acción Civil. Es la acción que es ejercitada por el querellante adhesivo y sus fines son reparar los daños y perjuicios causados por el delito. Toda persona responsable penalmente de un delito o falta, lo es también civilmente. Art. 112 CP. Daños y perjuicios, Acción reparadora El actor civil:
el interés de este sujeto procesal, consiste en determinar durante la etapa
preparatoria, cuál es el daño causado por el delito (daño emergente); y de qué forma se han causado daños o perjuicios por el ilícito (lucro cesante), de tal manera que en la etapa intermedia pueda fundamentar lo que pretende.
33.
Defina Sujeto Procesal. Es aquella que postula una resolución judicial frente a otra persona (parte activa), y aquella contra quien se insta dicha resolución (parte pasiva) con independencia de que el actor sea o no titular del derecho material que se haga valer (en este caso, el único titular del derecho penal es el Estado).
34.
Cuáles son los dos sujetos que mantienen posiciones contrapuestas.
Parte Activa (acusador)
Parte Pasiva (acusado)
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35.
Cuáles son los sujetos acusadores dentro del proceso penal.
El Ministerio Público: Es el órgano del Estado que tiene asignadas constitucionalmente las funciones de promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley, de oficio o petición de los interesados, así como velar por la independencia de los tribunales y procurar ante éstos la satisfacción del interés social. (Art. 251 CPRG , art. 107 al 111 CPP)
La policía Nacional Civil: Los funcionarios y agentes policiales serán auxiliares del Ministerio Público para llevar a cabo el procedimiento preparatorio, y obrarán bajo sus órdenes en las investigaciones que para ese efecto realicen. (art. 10 7 y 112 CPP)
El Querellante Adhesivo: Es la persona física o jurídica que, por haber sido ofendida o agraviada por los hechos delictivos, se constituye en parte activa en el proceso penal instando el castigo del responsable criminal, con lo que su papel en el proceso penal instando el castigo del responsable criminal, con lo que su papel en el proceso parece estar teñido de una especie de sentimiento de venganza. (art. 116 y 117 CPP)
El querellante exclusivo: Persona directamente agraviada y al titular del ejercicio de la acción, en los delitos perseguibles solamente a instancia privada. (art. 24 quáter y 474 al 483 CPP)
El Actor Civil: Es el interesado el cual una ves finalizado el proceso penal requiere que sea que el daño emergente sea indemnizado interviniendo en la etapa intermedia. (art. 124 CPP)
36.
Cuáles son los sujetos acusados dentro del proceso penal.
El Imputado. (art. 70 CPP) Se refiere a la persona que ha sido señalado de haber cometido un hecho delictivo.
Tercero Civilmente demandado: Es quien ejerza la acción reparadora podrá solicitar la citación de la persona que, por previsión directa de la ley, responda por el daño que el imputado hubiere causado con el hecho punible, a fin de que intervenga en el procedimiento como demanda. (art. 135 CPP)
Consultores técnicos: Es la
asistencia de un consultor en una ciencia, arte o técnica, se
propondrá al Ministerio Público o al Tribunal, quien decidirá sobre su designación, según las reglas aplicables a los peritos. En los debates, podrá acompañar a quien asiste, interrogar directamente a los peritos, traductores o intérpretes, y concluir sobre las pruebas periciales, siempre bajo la dirección de quien lo propuso. Apoyan a la resolución de la tesis a alguna de las dos partes e intervienen en la audiencia de debate. (art. 141 CPP) 37.
Defina Sindicado, Procesado, Acusado y Condenado.
Sindicado. Se refiere a la persona que ha sido señalado de haber cometido un hecho delictivo.
Procesado. Se le denomina así a la persona a la cual se le ha dictado un auto de procesamiento es decir se le ha ligado a proceso.
Acusado. Cuando a la persona ya se le ha aperturado un juicio por un hecho delictivo.
Condenado. Ya existe una sentencia de carácter condenatoria sobre la persona.
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38.
Mencione los Procedimientos específicos.
Procedimiento Abreviado. (art. 464 CPP) Se utiliza para delitos de acción pública o delitos de acción pública dependientes de instancia particular o autorización de autoridad, Cuando el Ministerio Público considera suficiente la aplicación de una pena no mayor de 5 años o no privativa de libertad, para lo cual se debe contar con el acuerdo del imputado y su defensor en el cual admiten: 1-. El hecho, 2-. La participación, 3-. Aceptación de la vía propuesta
Procedimiento Específico de Averiguación. (art. 467 CPP)
Juicio por Delito de Acción Privada. (art. 474 CPP)
Juicio para la Aplicación Exclusiva de Medidas de Seguridad y Coerc ión. (art. 484 CPP)
Juicio por Faltas (art. 488 CPP)