NORMA TÉCNICA COLOMBIANA
NTC 2799 1991-04-17
INDUSTRIAS ALIMENTARIAS. HARINA DE PLÁTANO
E:
FOOD INDUSTRY. BANANA MEAL
CORRESPONDENCIA:
DESCRIPTORES:
producto alimenticio; harina de plátano; harina; contenido de grasa; ensayo.
I.C.S.: 67.080.10 Editada por el Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación (ICONTEC) Apartado 14237 Bogotá, D.C. Tel. 6078888 Fax 2221435
Prohibida su reproducción
Editada 2002-11-22
PRÓLOGO
El Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación, ICONTEC, es el organismo nacional de normalización, según el Decreto 2269 de 1993. ICONTEC es una entidad de carácter privado, sin ánimo de lucro, cuya Misión es fundamental para brindar soporte y desarrollo al productor y protección al consumidor. Colabora con el sector gubernamental y apoya al sector privado del país, para lograr ventajas competitivas en los mercados interno y externo. La representación de todos los sectores involucrados en el proceso de Normalización Técnica está garantizada por los Comités Técnicos y el período de Consulta Pública, este último caracterizado por la participación del público en general. La NTC 2799 fue ratificada por el Consejo Directivo de1990-12-05. Esta norma está sujeta a ser actualizada permanentemente con el objeto de que responda en todo momento a las necesidades y exigencias actuales. A continuación se relacionan las empresas que colaboraron en el estudio de esta norma a través de su participación en el Comité Técnico 100400. ALPINA CAFAM - LABORATORIO BROMATOLOGÍA COMPAÑÍA FLEISCHMAN I.C.B.F. IDEMA
INGEOMINAS INSTITUTO DE INVESTIGACIONES TECNOLÓGICAS PRODUCTOS RAMO UNIVERSIDAD JORGE TADEO LOZANO
ICONTEC cuenta con un Centro de Información que pone a disposición de los interesados normas internacionales, regionales y nacionales. DIRECCIÓN DE NORMALIZACIÓN
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA
NTC 2799
INDUSTRIAS ALIMENTARIAS. HARINA DE PLÁTANO
1.
OBJETO
Esta norma tiene por objeto establecer los requisitos que debe cumplir y los ensayos a los cuales se debe someter la harina de plátano. 2.
CONDICIONES GENERALES
2.1 En la harina de plátano no se permite la adición de edulcorantes, saborizantes, colorantes, decolorantes ni ningún otro aditivo. 2.2 La harina de plátano debe estar libre de partículas de polvo o cualquier otro material extraño, contaminante. 2.3 La harina de plátano debe estar libre de materiales tóxicos tales como pesticidas y herbicidas. 3.
REQUISITOS
3.1
La harina de plátano deberá cumplir con los requisitos indicados en la Tabla 1.
3.2 La harina de plátano deberá cumplir con los requisitos microbiológicos indicados en la Tabla 2. 4.
TOMA DE MUESTRAS Y CRITERIO DE ACEPTACIÓN O RECHAZO
4.1
TOMA DE MUESTRAS
Se efectuará de acuerdo con lo indicado en la NTC 1236.
1
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NTC 2799
Tabla 1. Requisitos para la harina de plátano Requisito
Valores Mínimo 0,4 2,0 83,5
Humedad en % en masa Cenizas en % en masa Grasa en % en masa Fibra en % en masa Proteínas en % en masa Carbohidratos en masa
Máximo 10,0 2,5 1,0 1,0 -
Tabla 2. Requisitos microbiológicos para la harina de plátano Requisitos
Valores 4
Reencuentro total de bacterias aerobias mesófilas/g
20 x 10
2
20 x 10
4.2
Hongos y levaduras/g NMP de coliformes totales/g
150 máx
NMP de coliformes fecales/g
menor de 3
Escherichia coli/g
ausencia total (0)
Salmonella/25 g
ausencia total (0)
Shiguella/25 g
ausencia total (0)
ACEPTACIÓN O RECHAZO
Si la muestra ensayada no cumple con uno o más de los requisitos indicados en esta norma se rechazará el lote, en caso de discrepancia se repetirán los ensayos sobre las muestras reservadas para tales fines. Cualquier resultado no satisfactorio en este segundo caso será motivo para rechazar el lote. 5.
ENSAYOS
5.1
Las siguientes determinaciones se efectuarán de acuerdo con lo indicado en la NTC 282.
5.1.1 Determinación de humedad. 5.1.2 Determinación de cenizas. 5.1.3 Determinación de proteína. 5.1.4 Determinación de carbohidratos. 5.2
Las siguientes determinaciones se efectuarán de acuerdo con lo indicado en la NTC 611.
5.2.1 Recuento total de bacterias aerobias mesófilas. 5.2.2 NMP de coliformes totales. 2
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5.2.3 NMP de coliformes fecales. 5.2.4 Salmonella. 5.2.5 Shiguella. 5.3
Las siguientes determinaciones se efectuarán de acuerdo con lo indicado en la NTC 926.
5.3.1 Hongos y levaduras. 5.3.2 Escherichia coli. 5.3.4 Determinación del contenido de fibra. 5.4
DETERMINACIÓN DEL CONTENIDO DE GRASA
5.4.1 Principio Una muestra exenta de humedad y de otras sustancias que puedan interferir, se extrae con éter de petróleo. Se evapora el extracto etéreo en un recipiente adecuado, previamente tarado y se determina su masa. El aumento de masa corresponde a la grasa bruta o extracto etéreo. 5.4.2 Procedimiento 5.4.2.1 Preparación de la muestra. La muestra debe estar libre de humedad. Se puede utilizar la muestra que sirvió para la determinación de la humedad. Si hay cantidades apreciables de carbohidratos, urea, ácido láctico, glicerol y otras sustancias que puedan interferir con la extracción de la grasa, se toma una muestra de 5 g a 10 g se coloca en un embudo con papel de filtro y se extrae con 5 porciones de 20 cm3 de agua. Se toma el papel de filtro en el que se ha depositado la muestra y se pone a secar en la estufa. La muestra seca, junto con el papel de filtro, se coloca en el aparato de extracción. 5.4.2.2 Extracción de la grasa. Se puede utilizar un extractor tipo soxhlet, o similar. La muestra preparada se extrae con éter de petróleo, por el tiempo necesario, para asegurar una total remoción de la grasa. (Según el material, la extracción puede durar de 4 h a 20 h). Se puede comprobar la extracción tomando una pequeña cantidad del último extracto y evaporándola sobre un papel de filtro. No debe quedar mancha de grasa. Los extractos etéreos reunidos se trasladan a un recipiente adecuado, al cual se ha determinado previamente su masa (si se opera con un extractor tipo soxhlet, se lava, se seca y previamente se determina la masa del matraz del extractor). Se evapora cuidadosamente el éter sobre un baño de vapor. El residuo se seca durante 30 min a 100 ºC, se deja enfriar en un desecador y se repite el calentamiento y se determina la masa hasta que ésta sea constante. 5.4.3 Expresión de resultados
% Grasa bruta =
masa de residuo x 100 masa de la muestra
3
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Siendo: Masa residuo =
(masa del recipiente + grasa) - masa recipiente
6.
EMBALAJE Y ROTULADO
6.1
EMBALAJE
La harina de plátano se debe empacar en bolsas nuevas de papel, polipropileno, polietileno o costal de yute que permita conservar el producto hasta su destino final. 6.2
ROTULADO
En el rótulo de la harina de plátano deberán aparecer las siguientes indicaciones: 6.2.1 Nombre del material contenido. 6.2.2 Nombre y dirección del fabricante. 6.2.3 Masa neta en Unidades del Sistema Internacional. 6.2.4 Número del lote. 6.2.5 Fecha de vencimiento. 6.2.6 Composición.
7.
APÉNDICE
7.1
NORMAS QUE DEBEN CONSULTARSE
NTC 282, Industrias Alimentarias. Harinas de trigo. Método de ensayo. NTC 611, Industrias Alimentarias. Azúcar blanco. NTC 926, Textiles. Almidón de maíz sin modificar. NTC 1236, Alimentos envasados. Toma de muestras e inspección. 7.
DOCUMENTO DE REFERENCIA
INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR. Tabla de alimentos colombianos. MINISTERIO DE SALUD. Resolución N.11 488 de 1984. Información técnica suministrada por los miembros del Comité.
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