MOMPOS, 5 DE ABRIL DE 2016
Señor: Inspector de Polic! Mo"p#s $ Bol%!r
REFERE REFERENCIA NCIA:: Pertur Perturbac bación ión a la posesió posesión n o mera mera tenenc tenencia ia QUERELLANTE: QUERELLADO: &'OMBRE DEL ()ERELLA'*E +, "!or de ed!d identi-ic!do co"o !p!rece !l pie de "i -ir"!, !ct.!ndo en no"/re propio, presento .erell! de pert.r/!ci#n ! l! pose posesi si#n #n o "er! "er! tene tenenc nci! i! en cont contr! r! de & 'OM 'OMBRE BRE DE ()E ()EREL RELLAD LADO O $ .i .ien en %.lner! l! posesi#n o "er! tenenci! +, con -.nd!"ento en los si.ientes,
ECO!: Se n!rr!n los ecos teniendo en c.ent! los si.ientes ele"entos:
(i)
Que el querell ellante es poseedor o mero ten tenedo edor del bien obje bjeto de la querella.
&ii+
Que se han presentado actos o hechos arbitrarios que le impiden al querellante el tranquilo ejercicio de la tenencia o posesión.
&iii+
Que el querellado es el responsable de los hechos perturbatorios.
&i%+
Que es procedente ordenar que las cosas vuelvan al estado original.
E3e"plo:
Posesión" 14 Desde & -ec! -ec!++ !d.i d.ir r l! pose posesi si#n #n del del pred predio io & descri/irlo descri/irlo++ ./ic! /ic!do do en &dir direc ecci# ci#n, n, lin linde deros ros ele ele"en "entos tos .e per per"it "ites es de deter ter"in "in!r !r l! ./ ./ic! ic!ci ci#n #n ine.%oc!+, ine.%oc! +, "edi!nte &co"pr!, & co"pr!, erenci!, etc4+4 etc4 +4 o
Desde &-ec!+ !d.ir l! tenenci! del predio &descri/irlo+ ./ic!do en &direcci#n, linderos ele"entos .e per"ites deter"in!r l! ./ic!ci#n ine.%oc!+, "edi!nte &!rrend!"iento, -ideico"iso, etc4 +4 24 Los !ctos .e !credit!n el e3ercido de "i posesi#n &o tenenci!+ !n sido:
e %i%ido en el in".e/le desde, con, etc4 & descri/ir tie"po, "odo l.!r +4 e p!!do los i"p.estos, ser%icios p/licos, %iil!nci!, "!nteni"iento conser%!ci#n &descri/ir en det!lle los .e proced!n, pre%iendo l! -or"! de pro/!r lo en.nci!do +, etc4 e !rrend!do, c.lti%!do, e7plot!do econ#"ic!"ente & descri/ir +, etc4 e inici!do !cciones p!r! l! protecci#n o de-ens! de "i dereco, co"o8 &descri/ir !cciones 3.dici!les, polici%!s, !d"inistr!ti%!s o l!s .e correspond!n+4 e %isit!do re.l!r"ente el in".e/le, desin!do enc!r!do o !d"inistr!dor, etc4
Comentario:
En general se enuncian los hechos que dan cuenta de la relación material del querellante con el inmueble, esto es, los actos que permiten mostrar que él ha sido el poseedor o el tenedor del inmueble. Los actos referidos deben probarse en el proceso (sobre los mecanismos para probar los hechos ver el capítulo correspondiente más adelante).
Perturbación 94 Los !ctos constit.ti%os de l! pert.r/!ci#n son & a continuación se presentan algunos ejemplos+:
El d! &tie"po+ el .erell!do inici# constr.cci#n del predio %ecino, ener!ndo .ndi"iento del s.elo !riet!"iento de l!s p!redes de "i in".e/le8 El !d"inistr!dor de l! propied!d oriont!l orden# l! constr.cci#n de /ol!rdos !l inreso de "i p!r.e!dero pri%!do, lo c.!l di-ic.lt! el inreso red.ce l! c!p!cid!d de p!r.eo de dos %ec.los ! .no8 El residente del !p!rt!"ento %ecino c!.s# d!ños en l!s t./er!s de !.!s de s. in".e/le, lo c.!l est; ener!ndo ."ed!d en "i in".e/le8 El %ecino ! i"pl!nt!do .n cri!dero de cerdos en el p!tio de s. c!s!, lo c.!l est; ener!ndo olores, r.ido, ."ed!d8
FUNDA#ENTO! $UR%DICO! L! !cci#n polici%! de pert.r/!ci#n ! l! posesi#n o "er! tenenci! es re.l!d! por el !rtc.lo 125 si.ientes del <#dio '!cion!l de Polic!, !s:
= ARTÍC!" #$%.& !a polic'a solo puede intervenir para evitar que se perturbe
el derecho de posesión o mera tenencia que alguien tenga sobre un bien en el caso de que se haa violado ese derecho para restablecer preservar la situación que e*ist'a en el momento en que se produjo la perturbación. ARTÍC!" #$+.& ,n los procesos de polic'a no se controvertir- el derecho de dominio ni se considerar-n las pruebas que se e*hiban para acreditarlo. ARTÍC!" #$.& !as medidas de polic'a para proteger la posesión tenencia de bienes se mantendr-n mientras el jue/ no decida otra cosa. ARTÍC!" #$0.& !a protección que la polic'a preste al poseedor se dartambi1n al mero tenedor. ARTÍC!" #2#.& Cuando se trate de diligencias tendientes a veri3icar el estado la tenencia de inmuebles 3rente a actos de perturbación se practicar- siempre una inspección ocular con intervención de peritos se oir- dentro de tal inspección a los declarantes que presenten el querellante el querellado.4 El procedi"iento ! se.ir ser; el -i3!do por el <#dio de Polic! Dep!rt!"ent!l o Distrit!l4
urisprudencia! La "orte "onstitucional, #entencia "$%&' de %', agistrado *onente uan "arlos +enao *ére, se-aló que el procedimiento para este tipo de querellas es el /ado los "ódigos 0epartamentales o 0istritales de *olicía. 0i/o la "orte! “ 2.4.2.9 Sin embargo, al no existir en el Código Nacional de Policía un procedimiento especial para la acción policiva de perturbación, en el sentido genérico de cobijar tanto las hipótesis del artículo demandado como las del Código Nacional de Policía que, como ya se vio, subsume al primero, es posible aplicar en subsidio el procedimiento establecido para el eecto en los Códigos !epartamentales de Policía proeridos en desarrollo de la atribución otorgada bien por el artículo "#$ de la Constitución Nacional de "##%, bien a partir de la acultad prevista por la Constitución Política de "&&", mediante el artículo '(( numeral #, seg)n la cual* +Corresponde a las asambleas departamentales, por medio de ordenanas-#. !ictar normas de policía en todo aquello que no sea materia de disposición legal/ o mediante los reglamentos especiales previstos en los Códigos !istritales de Policía, de manera que la acción policiva nacional por perturbación se desarrolle conorme a tales procedimientos de manera concurrente, competencia que en todo caso no excluye la facultad reglamentaria en cabeza del Presidente de la República.”
Al.nos de los <#dios de Polic! Loc!les son: Departamento o Distrito
Bogotá 1undinamarca ntioquia Calle del 1auca orte de 9antander
Norma
cuerdo !" de #$$% 2rdenanza -3 de #$$4 2rdenanza -6 de #$$# 2rdenanza %3% de #$-# 2rdenanza -! de #$$#
Links
&ttp'(())).alcaldiabogota.go*.co(sis+ur(normas(orma-.+spi/00!&ttp'((quebradanegra5cundinamarca.go*.co(apc5aa5 files(%30%%%%3%%04%!%304%"%%0%0%%6%004(ordenanza7-37de7#$$4.pdf &ttp'(())).medellin.go*.co(ir+(go(8m(docs()pccontent(9ites(9ubportal:#$del:#$1iudadano(;edio :#$mbiente(9ecciones(Plantillas:#$auna :#$?enencia(2R=@A7$-6712=<27=@712CC@1.pdf file'(((1'(Dsers(gpineda(=o)nloads(R@
?olima Fuila 1asanare 1aldas
2rdenanza #de #$
%$&ttp'((suarez5tolima.go*.co(apc5aa5 files(0%%#0-0-0-%0%!0%%%%6%-%"0#%00-00(codigo7de7policia7del7tolima.pdf
2rdenanza ## de #$$! 2rdenanza -4 de #$$0
&ttp'((garzon5&uila.go*.co(apc5aa5files(%!0#0%%%%6%#%-%30%%$%3%"0403%00-(ordenanza5$##5de5 #$$!.pdf &ttp'((recetor5casanare.go*.co(apc5aa5 files(%%%!%"%3%$%00-%"0-%"0%%-0%%403%3(ordenanza7no7$-4.pdf
2rdenanza 3"% de #$$3
&ttp'((norcasia5caldas.go*.co(apc5aa5files(00000#%00%%6%#0-04040#%4%%030#%0(reglamento5de5 con*i*encia5ciudadana5caldas7-.pdf
PRETEN!IONE! (.e se decl!re .e el .erell!do es pert.r/!dor de l! posesi#n o "er! tenenci!4 (.e se ordene !l .erell!do .e cese los !ctos .e pert.r/!n l! posesi#n4 (.e se ordene el rest!/leci"iento de l!s cos!s !l est!do oriin!l4 (.e se !d%iert! !l .erell!do l!s consec.enci!s del inc."pli"iento ! l! orden de polic!4 (.e se condene en cost!s & lo contempla el Código de Cundinamarca +4
CO#PETENCIA De !c.erdo con lo disp.esto por los
PRUE&A! '" Aporta(as" Solicito !l señor 3.e .e ten! co"o pr.e/!s l!s si.ientes: & rel!cion!r + 14 Doc."ent!les4 >otocopi! de doc."entos o contr!tos .e d!n c.ent! de l! !d.isici#n del in".e/le, s. posesi#n o l! !d.isici#n de l! tenenci!4 <.!l.ier otro doc."ento .e soporte los ecos !le!dos4 /4 Reistros -otor;-icos4 24 Decl!r!ciones not!ri!les4
)" !olicita(as" Solicito !l señor 3.e se sir%! orden!r l! pr;ctic! de inspecci#n oc.l!r en t!l dilienci! or en decl!r!ci#n ! l!s si.ientes person!s: & rel!cion!r +
NOTIFICACIONE! Al *uerellante ! &no"/re ci.d!d+ en l! &direcci#n+, &cel.l!r o -i3o+, &"!il+4 A l *uerella(o &no"/re ci.d!d+ en l! &direcci#n+, &cel.l!r o -i3o+, &"!il+4
+++++++++++++++++++++++ &'OMBRE+ <4<4 &0040004000+ de &l.!r de e7pedici#n+