MECANISMOS DEMOCRÁTICOS DEMOCRÁTICOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS: Negociación, conciliación y mediación MEDIOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS Mtro. Martín De La O "Hay pruebas contundentes de que las personas que llegan a un acuerdo por sí mismas son más propensas a cumplirlo" que cuando es un juez, el que les dice qué es lo que tienen que hacer. El panorama actual de la administración de justicia por un lado, la necesidad de redefinir el rol del Poder Judicial y, por otro la necesidad de precisar los a lcances de la Conciliación, Mediación y Arbitraje, como mecanismos alternativos de resolución de conflictos c omo una función propia de un Estado solidario y democrático, son los tópicos más importantes por salvar. Sin dejar de lado el económico. En lo referente al primer tema, tenemos que "para revalorizar y jerarquizar el Poder Judicial es imprescindible quitarle el enorme peso que lo asfixia, producto de una mentalidad social que se empecina en arrojarle problemas que superan su capacidad de respuesta, y que podrían haber sido resueltos de manera más racional, económica y eficiente a través de algunos mecanismos alternativos". Por tanto, debe quebrarse la errónea creencia de que la vía judicial es la única manera de resolver las disputas, pues solamente variando esa manera de pensar el Poder Judicial dejará de ser el lugar por donde comienza el proceso de solución, para pasar a ser el reducto final al que pueda recurrirse cuando las alternativas (no judiciales) no sean viables. La idea es que la vía judicial se reserve para los conflictos conflictos que no admitan admitan soluciones total o parcialmente consensuales. consensuales. Es necesario destacar que estos medios son alternativos, más no substitutivos de la justicia ordinaria, inevitablemente habrá disputas que tendrán que ser decididas por un tercero, llámese árbitro o juez. Como por ejemplo en los caso que no exista voluntad de las partes, que se trate de un delito que se... Mecanismos Democraticos Mecanismos democráticos de resolución de conflictos y Seguridad ciudadana {draw:frame} Vs {draw:frame} ¿Qué es mejor llegar a acuerdos? O ¿Continuar en el pleito? Mecanismos democráticos de resolución de conflictos La democracia y el surgimiento de conflictos no necesariamente son fenómenos incompatibles. incompatibles. En efecto, por las oportunidades y garantías que ofrece el sistema democrático para las expresiones de pluralismo y diversidad, los conflictos que surgen y se hacen públicos pueden estimular la participación, abrir nuevas oportunidades para encontrar soluciones innovadoras innovadoras a problemas y desafíos comunes en nuestra sociedad. {draw:frame} Nota: La resolución pacífica y constructiva de las diferencias y el mantenimiento de la paz en nuestro país exigen la plena vigencia de las reglas del juego democrático. TIPOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS Estos mecanismos de resolución de conflictos son los siguientes: Negociación Mediación Conciliación Arbitraje Que a continuación pasaremos a detallar: {draw:frame} {draw:frame} {draw:frame} Ejemplo:, Generalmente los que negocian son los directamente afectados por el conflicto sin terceros que actúen de facilitadores. A veces, Un negociador experto sirve como defensor de una de las partes y procura como es lógico obtener los resultados más favorables posibles a la misma. La negociación se puede encuadrar dentro de las siguientes características: ser suave, dura o basada en principios. Negociación suave o blanda: se privilegia la relación antes que los propios intereses. Este t ipo de negociación es habitual en conflictos familiares. Negociación dura, llamada también intransigente: intransigente: en la cual las partes generalmente no ceden hasta obtener lo que quieren, se ven unos a otros como adversarios buscando ganar o ganar; se endurecen las posturas haciendo uso exhaustivo de la presión.
CONCILIACION
NEGOCIACION
CONCILIACION
LA VERDAD, JUSTICIA Y MEMORIA COLECTIVA, RECONCIALICIÓN NACIONAL
El significado de la palabra verdad abarca desde la honestidad, la buena fe y la sinceridad en general, hasta el acuerdo de los conceptos con las cosas, los hechos o la realidad en particular.1 El término no tiene una única definición en la que estén de acuerdo la mayoría de estudiosos y filósofos profesionales y las teorías sobre la verdad continúan siendo ampliamente debatidas. Hay posiciones diferentes acerca de cuestiones como qué es lo que constituye la verdad; cómo definirla e identificarla; si el ser humano posee conocimientos innatos o sólo puede adquirirlos; si existen las revelaciones o la verdad puede alcanzarse tan sólo mediante la razón; y si la verdad es subjetiva u objetiva, relativa o absoluta, o aún hasta qué grado pueden afirmarse cada una de dichas observaciones. Este artículo procura introducir las principales interpretaciones y perspectivas, tanto históricas como actuales, acerca de este concepto. La verdad es algo tan fundamental que no sólo se comporta como uno de los problemas filosóficos por excelencia, sino que es también una de las bases del comportamiento social humano. No es posible establecer relaciones sociales significativas y duraderas sin tener la facultad de confiar en un otro. LA JUSTICIA :no es el dar o repartir cosas a la humanidad sino el saber decidir a quien le pertenece esa cosa por derecho. La justicia es ética, equidad y honradez. Es la voluntad constante de dar a cada uno lo que es suyo. Es aquel sentimiento de rectitud que gobierna la conducta y hace acatar debidamente todos los derechos de los demás. TEORIZACIÓN SOBRE LA JUSTICIA La Justicia no es el dar o repartir cosas a la humanidad, sino el saber decidir a quien le pertenece esa cosa por derecho. La Justicia es ética, equidad y honestidad. Es la voluntad constante de dar a cada uno lo que es suyo. Es aquel sentimiento de rectitud que gobierna la conducta y hace acatar debidamente todo los derechos de los demás. La Justicia es para mí aquello cuya protección puede florecer la ciencia, y junto con la ciencia, la verdad y la sinceridad. Es la Justicia de la libertad, la justicia de la paz, la justicia de la democracia, la ju sticia de la tolerancia. Entre otras muchas teorías sobre la justicia, destacamos la de los filósofos: • Platón: La Justicia como armonía social. En su libro "La República", Platón propone para la organización de su ciudad ideal, a través del diálogo de Sócrates, que los gobernantes de esta ciudad se transformen en los individuos más justos y sabios, o sea en filósofos, o bien, que los individuos más justos y sabios de la comunidad, es decir, los filósofos, se transformen en sus gobernantes. • Aristóteles: La Justicia como igualdad proporcional: Dar a cada uno lo que es suyo, o lo que le corresponde. Dice que lo qu e le corresponde a cada ciudadano tiene que estar en proporción con su rango social y sus méritos personales. • Santo Tomás de Aquino: La Ley Natural. Dice que los ciudadanos han de tener los derechos naturales, que son los que Dios le s da. Estos derechos son más tarde llamados Los Derechos Humanos. • Para los utilitaristas las instituciones públicas se componen de una forma justa cuando consiguen maximizar la utilidad (en el sentido de felicidad) agregada. Según esta teoría, lo justo es lo que beneficia al mayor número de personas a la vez. • Ulpiano: Justicia es la constante y perpetua voluntad de darle a cad a quien lo que le corresponde Conclusión: La verdadera justicia es el arte de dar lo justo o hacer dar lo justo a un individuo, basándose en los principios del arte del derecho, sin tener ningún tipo de discriminación o preferencia hacia ninguna persona. Ya que todas las personas deben ser tratadas sin ninguna discriminación o preferencia ya que así se estaría dando una Justicia Falsa, ya que no seria “ dar a cada uno lo suyo “, sino “dar a el lo que le toque”, dependiendo de su clase social o raza.
La Justicia debe ser sucesora del derecho, ya que no puede practicarse la justicia sin un derecho que defender o pedir, solo así podría haber MEMORIA COLECTIVA Es posible definir MEMORIA COLECTIVA como "una reconstrucción del pasado que vincula ciertos acontecimientos recordado con deseos, inclinaciones y temores del presente, es decir, con la ideología". LA MEMORIA COLECTIVA de la dictadura, por el efecto traumático que esta produjo, hace que cuando hablamos de memoria colectiva en el Perú, automáticamente pensamos en la memoria de la dictadura. Sus conmemoraciones muestran claramente como la MEMORIA COLECTIVA responde a necesidades del presente y de! futuro. En la medida que no hay una situación de justicia, en que hay una política de olvido, a veces es un grupo e! que se tiene que convertir en el portavoz de la historia y de la memoria, con todo lo que ello implica. El recuerdo colectivo se sostiene por medio de prácticas sociales, en donde podemos distinguir tres formas: • La memoria como proceso, pero no como objeto de pensamiento, ¡a conmemoración del pasado en si mimo en lugar de la
reconstrucción de un hecho' pasado y la memoria como proceso mediante el cual se reconstruyen hechos pasados. • La memoria se produce en el marco cotidiano del conversar, donde los hablantes se identifican con el pasado y lo reconstruy en a
partir de la ideología. Se podría decir que los hechos pasados se rememoran y conmemoran juntos. La MEMORIA COLECTIVA esta siempre construida sobre una necesidad del presente. Tiene que ver con el presente y, por lo lanío, también con el futuro, nunca es memoria porque si, por el contrario, ciertos olvidos pueden tener una capacidad de amputar el futuro.una Justicia Justa o Verdadera.