LOS ESQUEMAS DEL DELITO
Es imperativo que para hablar de los esquemas del delito primero se debe tener claro que es un delito, la mayoría de las autores y fuentes concuerdan que el delito es un hecho típico, antijurídico, culpable y punible y hay quienes prefieren decir acción que hecho aunque esto es menos relevante y hay otros que prefieren unir la tipicidad con antijurídico. antijurídico. Todo Todo esto se dice solo para notar que desde el mismo concepto de delito hay unas diferencias entre los autores y que se harán más claro cuando se profundiza en los esquemas.
Entonces Entonces ¿ara qu! sirven sirven los esquemas del del delito" # donde se ubica el dolo dolo en esta definición definición y en el propio esquema del delito, ¿se sit$a en la antijurícidad o en la culpa culpabil bilida idad" d" %a primer primera a pre&u pre&unt nta a tiene tiene una una respu respuest esta a más fácil fácil de halla hallar r puesto que sirven para dos cosas la primera es para saber dónde se ubican cada una de las partes partes de la definició definición n del delito delito puesto puesto estas varían varían de acuerdo acuerdo al autor y la se&unda para establecer los procesos de imputación y valoración de una forma ordenada.
'odier (&udelo )etancur en su *urso de +erecho enal Esquemas del +elitoestab establec lece e cinco cinco esqu esquema emas s import important antes es para para ente entend nder er el delit delito, o, que que son son El Esquema Esquema *arrari *arrariano, ano, errian erriano, o, El *lásico *lásico,, 'eoclás 'eoclásico ico y inalis inalista ta siendo siendo este $ltimo el que más influencia ha tenido en los $ltimos tiempos.
El Esquema *arrariano es bipartito puesto que distin&ue el delito en dos aspectos en el /bjetivo que abarca el comportamiento e0terno da1oso y 2ubjetivo que sería la conciencia y la voluntad con capacidad para delinquir y que para sancionar el delito se necesita que los dos est!n3 esto lo debe constatar un juez y que recibe el nombre de 4mputación *ivil y además previamente debió haber una imputación
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social que el mismo *arrariano define la imputación social como un juicio que se hace de un hecho previo, previsto como posible.
ara *arrariano e0isten 5 requisitos para que la autoridad social pueda declarar una acción imputable sobre un hecho6 7. 8ue sea imputable moralmente, el 9. 8ue sea un acto reprochable, :. %a acción debe ser da1osa para la sociedad y 5. %a ley debe estar promul&ada con anterioridad. asado esto nace la 4mputación *ivil cuya definición es un acto de jurisdicción del estado el cual se interpreta la ley promul&ada se&$n los cánones jurisprudenciales y se juz&a un hecho se&$n los criterios ló&icos, para declarar ante esa ley al&uien es el autor responsable de ese hecho y además de esto el reo debe antes haber pasado por tres juicios que son 4mputación, iscal, %e&al y ;oral.
ara ara *arr *arrar aria iano no el deli delito to no es más más que que
promul&ada para prote&er la se&uridad de los ciudadanos y que resulta de un acto e0terno e0terno del hombre, hombre, positiv positivo o o ne&ativ ne&ativo, o, moralmen moralmente te imputabl imputable e y socialme socialmente nte da1ino= dando un doble carácter carácter ormal y otra ;aterial3 ;aterial3 además de concluirse concluirse de que el delito es un ente jurídico que esencia viola un derecho.
El se&undo esquema que aparece en el libro es El Esquema de erriano se compone de cuatro cuatro elementos, elementos, que a su vez se dividen dividen en dos3 dos sujetos sujetos uno (ctivo un hombre hombre y un sujeto asivo que que ofende a otro, un objeto objeto jurídico violando violando un derecho o bien y un objeto material que se concreta en la persona o en la otra. %a acción que se divide en física o psíquica y el delito en p$blico y privado. ero como bien se vio despu!s todo esto resulto ser muy relativo.
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+espu!s pasa al derecho penal moderno con la Teoría *lásica donde propone para elementos necesarios para el delito lo objetivo y subjetivo, donde el primero compone (cción, Tipicidad, y (ntijuridicidad y el se&undo culpabilidad.
%a acción para ran> ?on %iszt es la modificación voluntaria del mundo e0terior perce percepti ptibl ble e para para los los senti sentidos dos y sus sus tres tres elemen elementos tos son son manife manifesta stació ción n de la voluntad, el resultado y la relación de casualidad, la tipicidad es la relación objetiva del del deli delito to,, la anti antiju juri ridi dici cida dad d son son aque aquell llas as acci accion ones es que que van van en cont contra ra del del ordenamiento ordenamiento jurídico, se&$n el mismo 'odier es la falta de permiso para actuar y la culpabilidad se concibe como ne0o psicoló&ico entre el sujeto, acto y hecho, y este a su vez esta conformado por el +olo y la *ulpa.
ara este esquema la imputabilidad puesto que se entiende que una persona debe tener capacidad, conocimiento y libertad de actuar y la inculpabilidad cuando el hecho se presenta imprevisible e inevitable debido a un caso fortuito. Este esquema fue cuestionando despu!s dado que no disponía de componentes que fueron desarrollados despu!s como son la omisión, críticas a la culpabilidad y críticas a la objetividad antijurídicas.
+e acá acá pasa pasamos mos al sist sistema ema 'eocl 'eoclás ásico ico si bien bien es ciert cierto o que que los difere diferente ntes s esquemas o escuelas tienen muchas similitudes tambi!n es verdad que tienen muy marcadas las diferencias y este esquema hace unos replanteamientos sobre los elementos del delito3 el primero sería que al&unos delitos no modifican el mundo e0terior por ejemplo la injuria, la acción y omisión deberían permanecer independientes la una con la otra, siendo la acción un comportamiento positivo y la
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En el esquema 'eoclásico 'eoclásico se encuentra que la acción el contenido contenido de la voluntad voluntad querida debía inda&arse inda&arse en la culpabilidad, en la tipicidad y la antijuricidad e0isten elementos subjetivos subjetivos pero si&uen siendo elementos prevalentemente prevalentemente objetivos, la culpabilidad es un ámbito subjetivo y valorativo donde se introduce el elemento de reproche. (demás este esquema esquema introduce introduce un elemento filosófico filosófico y por lo tanto estructura el delito así6 7. %a tipicidad es la descripción de la antijuricidad material, entendido ese como da1o o lesión del inter!s jurídico tutelado y 9. %a antijuricidad como lesión de intereses jurídicos tutelados y da1osidad social.
or ultimo lle&a el esquema esquema inalista inalista sostiene sostiene que el delito delito siempre tiene un aspecto subjetivo y no a veces como el neoclásico y que la culpabilidad radicaba más que en el ne0o psicoló&ico, si no, en el puro juicio de reproche.
@ezel dice que la voluntad es parte esencial de la acción, donde esta supone la voluntad y está implícita su finalidad y donde se hace en diferentes diferentes fases6 7. ase 4nterna de la Aealización, la anticipación mental y la determinación de medios. ( su vez sostiene que la esencia de la culpa radica, no en el da1o, si no en la violación del deber ciudadano que lesiona un inter!s jurídico.
'acen de este esquema varias teorías, como son tanto del +olo como de %a *ulpabilidad, que da lu&ar a lo que se le conoce como roblemática del Error, conse consecu cuen encia cias s del del error error y si este este fuera fuera venci vencibl ble e o invenc invencibl ible, e, donde donde si es el primero entonces condena así con reproche atenuado y si es el se&undo entonces condena por falta de culpabilidad por falta de reproche.
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El error de prohibición prohibición puede darse por varios casos3 por que el sujeto desconoce la ley, la interpreta mal o confusa o supone una causal de justificación, por estas casual casuales es enton entonces ces el error error es venci vencibl ble e dond donde e da la abso absoluc lución ión y repro reproch che e atenuado, pero si se da con causal puede ser vencible dando la absolución o invencible pa&ando la pena correspondiente3 además de buscar superar tanto el positivismo como el iusnaturalismo y da un trípode que es la ar&umentación ló&ica, psicoló&ica y epistemoló&ica.
En conclusión se puede notar que todos los esquemas han tratado de buscar una solución sólida y ló&ica a lo que la !poca y el delito representa para así dar un debido proceso y lle&ar a una verdad jurídica.