es un trabajo acerca de la tercerizacion en el peru
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INTERMEDIACIÓN Y TERCERIZACIÓN: DIFERENCIAS
Intermediación Laboral
Tercerización
Hay un destaque de mano de obra a la empresa con contratante (un puesto de trabajo).La trabajo).La empresa de servicios servicios destaca personal a la usuaria para labores complementarias, temporales o especializadas. Se pres presta tan n ser servici vicios os en acti activi vida dade des s principales de la contratante solo tempor temporalm almente ente bajo bajo la modalid modalidad ad de un contrato ocasional (duración 6 meses) o de suplencia. suplencia. También También se realizan realizan actividades actividades complementarias o especializadas. Los trabajadores trabajadores que realizan realizan actividades actividades prin princi cipa pale les s temp tempor oral alme ment nte e no podr podrán án exceder del 20% del total de trabajadores de la empresa contratante. La empresa que realiza este servicio debe inscribirse OBLIGATORIAMENTE en el Registro Nacional de Empresas y Enti Entida dade des s que que real realiizan zan acti activi vida dad d de Intermediación. Hay Hay soli solida dari ridad dad en el pago pago de todo todos s los los benefi beneficio cios s social sociales es hasta hasta cuatro cuatro años años de termin terminado ado el destaqu destaque e y el servic service e debe debe tener una fianza para garantiz tizar el cumplimiento de sus obligaciones laborales El serv servic ice e solo solo pued puede e cons consti titu tuti tirr para para destac destacar ar trabaj trabajado adores res.. El servic service e debe debe contar con un capital mínimo no menor de 45 Unidades Impositivas Tributarias (UIT). No hay deberes deberes de información información al personal sobre la intermediación.
Se brinda un servicio integral a la empresa contra contratan tante te (la mano mano de obra obra consti constituy tuye e solo una parte del servicio), que importa un destaque continuo de personal.
Contrato civil entre la empresa usuaria y la empres empresa a de servic servicios ios-de -de interm intermedi ediaci ación ón labo labora ral. l. Cont Contra rato to de trab trabaj ajo o entr entre e los los trabajadores y la empresa de servicios-de intermediación laboral. La empresa de servicios cede parte de su poder de dirección (dirección y fiscal fiscaliza izació ción) n) a la usuari usuaria, a, mient mientras ras que mantiene el poder disciplinario. La empresa de servicios comparte el poder de dirección con la empresa usuaria. Los trabajadores laboran en instalaciones de la empresa usuaria.
las
Se pres presta tan n ser servici vicios os en acti activi vida dade des s principales (temporales o permanentes) de la contratante, se hace cargo íntegramente de una fase del proceso productivo y cuenta con una organización empresarial propia. No está sujeto a límite porcentual alguno.
Debe inscribirse inscribirse en registro registro del Ministerio Ministerio de Trabajo o registrar la tercerización en la planilla electrónica.
Hay solidaridad en el pago de los beneficios laborales legales hasta un año de término del destaque. El contratista no se encuentra obligado a conceder fianza alguna. La contratist contratista a se constituye para brindar un servicio integral. La provisión de mano de obra constituye solo una parte del servicio. Hay obligación de información al personal sobr sobre e la terc tercer eriizaci zació ón con con dest destaq aque ue continuo de personal. Contrato civil entre la empresa principal y la empresa empresa tercerizador tercerizadora. a. Contrato Contrato de trabajo trabajo entr entre e los los traba rabajjado adores res y la empr empres esa a tercerizadora. El poder de dirección lo ejerce íntegramente la empresa tercerizadora.
El tercero asume íntegramente el poder de dirección y sus trabajadores están bajo su exclusiva subordinación. Con Con desp despla laza zami mien ento to de trab trabaj ajad ador ores es y maqui quinar narias a la empresa princip cipal (regul (regulada ada por el Derech Derecho o de trabaj trabajo). o). Sin desplazamiento de trabajador dores ni maquinaria a la empresa principal.