INGENIERÍA DEL TRÁNSITO Y DISEÑO VIAL PRÁCTICA N° 02
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FACULTAD FACULTAD DE INGENIE INGENIERR A ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERÍA CIVIL
PRÁCTICA N° 02
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RODRIGUEZ GUEVARA, Marco VENTURA INGA, Jackelin VENTURA VERDE, Mauro YEPEZ SANCHEZ, Marlon ZARATE CHUNGA, Lesther INGENIERÍA DEL TRÁNSITO Y DISEÑO VIAL Ing. SAGÁSTEGUI VASQUEZ, GERMAN IX Sábado 4:10 pm. – 8:40 pm. INGENIERÍA CIVIL
Trujillo – Perú 2016
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ÍNDICE
I.
INTRODUCCIÓN
Pág. 03
II.
UBICACIÓN DE LA ZONA DE ESTUDIO ESTUDIO Pág. 04
III.
OBJETIVOS
Pág. 05
IV.
MARCO TEÓRICO
Pág.06
V.
ANÁLISIS
Pág. 52
VI.
CONCLUSIONES
Pág. 58
VII.
RECOMENDACIONES
Pág. 59
VIII.
ANEXOS
Pág. 60
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El presente estudio pretende abordar los accidentes producidos por el tránsito en el distrito de la Esperanza, en la av. Condorcanqui cuadra N° 20 en los últimos meses, pues estos ocupan el primer lugar de las muertes por causas externas. Porque es un problema que día a día se sucede en dicho Distrito a un alto costo, no solo económico para el Estado, el sistema de salud y el damnificado, sino también en lo afectivo y emocional para el perjudicado y su entorno. Porque somos parte de una epidemia silenciosa que afecta a todos los sectores de la sociedad mundial. Porque para prevenir los accidentes de tránsito es imprescindible conocer sus causas.
A través de la técnica de recolección de información: observación directa, reglamento nacional de tránsito y datos obtenidos de los últimos accidentes en dicha zona, se pudo determinar los síntomas y causas de la problemática en el proceso accidente vial de la Av. Condorcanqui Cuadra N° 20. Abordaremos conceptos básicos de educación vial, así como la problemática que produce en la sociedad, realizaremos un estudio del flujo vehicular, se tabularan los datos obtenidos llegando a una conclusión. A lo largo del desarrollo de la presente investigación mencionaremos las diferentes situaciones que motivan la elaboración del trabajo así la investigación referente a las alternativas de solución y las herramientas de control vehicular que se pueden utilizar en el transporte.
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La ubicación del presente estudio se ha realizado en la siguiente localidad:
DEPARTAMENTO
:
La libertad
PROVINCIA
:
Trujillo
DISTRITO
:
La Esperanza
LOCALIDAD
:
Intersección de la Av. Condorcanqui con la calle
Egipto (esquina
conocida
como “ CRUCE
DE LA
MUERTE”)
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Identificar el área de estudio.
Realizar un reporte de los últimos accidentes ocurridos.
Detectar las principales causas de dichos accidentes.
Análisis de los accidentes de tránsito ocurridos en la zona.
Plantear posibles soluciones para evitar los accidentes en la zona.
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La promueve el aprendizaje y cumplimiento de normas y reglamentos. Esta se vincula al desarrollo de la autoestima, al respeto por los otros y a los principios de convivencia social y democrática; así como al desarrollo y consolidación de una cultura ciudadana, que involucra el reconocimiento de derechos y deberes, y el respeto por las instituciones y autoridades. En este marco se asume la como: el conocimiento por parte de los ciudadanos y ciudadanas de las normas y señales que regulan la circulación de vehículos y personas, por las calzadas (pistas) y aceras (veredas), así como la adquisición de valores, hábitos y actitudes que nos permitan dar una respuesta segura en las distintas situaciones de tránsito en las que nos vemos inmersos, sea como peatones, pasajeros o conductores. La educación vial, a la luz de las políticas, principios y objetivos de la educación peruana, contribuye a la formación integral del educando; fortaleciendo el desarrollo de los aspectos físico, afectivo y cognitivo, y promoviendo capacidades, valores y actitudes; que le permiten aprender a proteger su integridad y a participar en la construcción de su ciudadanía, asumiendo sus derechos y responsabilidades frente a las situaciones de riesgo que atenten contra su vida.
Nuestra actual preocupación por la educación vial, reconoce diversos antecedentes en el sistema educativo nacional. De hecho, se trata de un contenido que estuvo presente en la formación recibida por muchos de los adultos que hoy desarrollamos tareas de enseñanza. Por ello es frecuente que, cuando hablamos de educación vial, las señales de tránsito, los colores del semáforo o las reglas del buen conductor sean representaciones que se actualizan en nuestros recuerdos escolares. No obstante, en el contexto actual y en esta cuestión -como ocurre con otras- será necesario detenerse a reflexionar sobre qué contenidos y qué abordajes requiere hoy la educación vial de las jóvenes generaciones. Al respecto y en estos últimos años, los INGENIERÍA CIVIL
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equipos curriculares de Formación Ética y Ciudadana de las distintas provincias del país, acordaron sobre la necesidad de brindar en las escuelas una “educación al transeúnte”.
Ahora bien ¿por qué enfocar la educación vial en términos de educación para el transeúnte? En la formulación más habitual de educación vial, se encuentran destacados los factores materiales o externos al sujeto, que hacen referencia a los sistemas que forman las 'vías' o 'caminos' y las reglas y normativas vigentes para la circulación. En la medida que sostenemos que la función de la escuela es formar al ciudadano, proponemos optar por un enfoque que haga explícito un claro énfasis en el usuario de la red vial, en quien transita, cualquiera sea el medio o la forma que utilice para desplazarse.
Se concibe como parte fundamental de la formación y educación ciudadana, en la promoción de una cultura de valoración y respeto por la propia vida y la de los demás. La educación vial cobra mayor relevancia cuando se observa la alta tasa de accidentes de tránsito que se producen diariamente. Con relación a esto, podemos señalar los siguientes importantes datos.
Las lesiones ocasionadas por accidentes de tránsito son una de las principales causas de muerte y discapacidad en el Perú y el mundo. Según la Organización Mundial de la Salud (OMS) miles de personas, entre los que se encuentran niños y adolescentes, pierden la vida o sufren traumatismos en pistas y carreteras. Los accidentes ocasionados por diferentes medios de transporte terrestre constituyen un problema creciente de salud pública que afecta a los usuarios de la vía pública, en particular, a estudiantes y adultos mayores. Las proyecciones de la OMS señalan que en 2020 las muertes resultantes del transporte vehicular aumentarán considerablemente en países como el nuestro. Se prevé que las lesiones causadas por el tránsito vehicular se conviertan en la tercera causa de muertes y lesiones a escala mundial, de no emprenderse las acciones pertinentes.
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1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9.
Exceso de velocidad. Imprudencia del conductor. Imprudencia del peatón. Ebriedad del conductor. Imprudencia del pasajero. Exceso de carga. Desacato a las señales de tránsito. Falla mecánica. Falta de luces, mal estado de las vías, mala señalización y otros. “Los accidentes de tránsito ocurren de manera casual o fortuita, son fruto del destino y están fuera del control humano”. En realidad, la mayoría de los
accidentes tiene como causantes al conductor o al peatón y, por lo tanto, son prevenibles.
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ING. DEL TRÁNSITO Y DISEÑO VIAL “Los conductores son los únicos responsables de los accidentes”.
En realidad, la responsabilidad de los peatones en los accidentes también es significativa, pese a que pretende ser negada por el sentido común. Esto se expresa en las estadísticas.
Cultivar el hábito del respeto a las normas de tránsito ayuda a prevenir accidentes de tránsito. Nótese que el señor pone en riesgo su vida y la de los conductores.
Existen tres elementos de la circulación vial: las personas, los vehículos y la vía publica, como se ve en el siguiente gráfico. Cuando uno de estos tres elementos falla se puede producir un accidente.
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Son todas las personas que transitan a pie por las vías (calles, pistas, veredas y caminos), quien empuja un coche, una silla de ruedas o conduce a pie un triciclo o ciclomotor de dos ruedas. El peatón goza de los derechos y INGENIERÍA CIVIL 10
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obligaciones establecidos en el Reglamento Nacional de Tránsito y asume las responsabilidades que se deriven de su incumplimiento, tal como lo menciona los artículos 288°, 289° y 290° de la norma.
Las actitudes adecuadas de los peatones, tanto en la ciudad como en la carretera, deben ser siempre: Cruzar por las esquinas, ya que por ellas los vehículos circulan más despacio y sobre el crucero peatonal (paso peatonal). En caso de no existir el crucero peatonal, se debe calcular la distancia y velocidad de los vehículos antes de cruzar, ante la duda es mejor esperar. En cruces con semáforo para peatones, se debe cruzar únicamente cuando la silueta del peatón esté en verde de forma fija. En cruces con semáforo sólo para vehículos, se puede cruzar cuando los vehículos se encuentran totalmente detenidos con el semáforo en rojo. En vías de tránsito rápido de acceso restringido, como carreteras y autopistas, los peatones deben cruzar solamente por los puentes peatonales. Para cruzar por los pasos de peatones sin semáforo, se debe mostrar la intención de hacerlo para alertar a los conductores, pero solo se cruzará cuando los vehículos se hayan detenido.
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Las actitudes inadecuadas de los peatones, tanto en la ciudad como en la carretera son: Detenerse en la vereda (acera) sin causa justificada, impidiendo el paso a los demás. Hacer carreras o juegos que molesten a los demás. Caminar por el borde de la vereda (acera). Cruzar sin comprobar que los vehículos se han detenido, aun cuando el semáforo esté en verde para el peatón o en rojo para los vehículos. Circular por la pista (calzada) o bajar o ingresar a ella para intentar detener a un vehículo, con el fin de solicitar su servicio (tomar taxi, combi, coaster, etc.). Llevar animales sueltos que puedan molestar a otros peatones. Al cruzar, situarse detrás o entre vehículos que estén dando marcha atrás, iniciando el movimiento o haciendo cualquier otra maniobra. Atravesar óvalos o plazas abiertas a vehículos. Cruzar por lugares prohibidos saltando las vallas o barreras que lo impiden. Circular por la pista utilizando patines, o hacerlo por la vereda a gran velocidad.
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Las conductas adecuadas de los pasajeros, tanto en la ciudad como en la carretera, deben ser siempre:
Esperar en el paradero la llegada del vehículo de transporte público sin acercarse al borde de la acera. Antes de intentar subir al vehículo, permitir la salida de las personas que bajan, situándose a un lado de la puerta. Ceder el asiento a los adultos mayores, madres gestantes o con niños en brazos y discapacitados (Ley Nº 27050 “Ley General de la persona con discapacidad”).
Esperar el turno para subir o bajar del vehículo, sin empujar, ni correr. Colocarse y asegurarse el cinturón de seguridad al trasladarse en automóvil, y buses que lo requieran.
Las conductas inadecuadas del pasajero, tanto en la ciudad como en la carretera, a tener en cuenta son: INGENIERÍA CIVIL
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Subir o bajar antes que el vehículo se detenga completamente. Apoyarse en las puertas durante la marcha del vehículo. Alborotar y comportarse inadecuadamente dentro del vehículo. Cruzar la pista por delante de un ómnibus después de bajarse de este. Distraer al conductor con juegos, gritos o movimientos bruscos. Arrojar objetos por las ventanas. Sacar la cabeza y brazos por la ventana del vehículo.
Los conductores son las personas que manejan un vehículo motorizado o no motorizado, gozan de los derechos y obligaciones establecidos en el Reglamento Nacional de Tránsito y son responsables de las consecuencias que se deriven de su incumplimiento. La licencia de conducir es el documento oficial que faculta a su titular conducir vehículos motorizados y no motorizados en las vías públicas del país. Los requisitos para optar por la licencia de conducir son:
Ser peruano de nacimiento. Personas extranjeras: residir en el Perú durante seis meses continuos, como mínimo. Secundaria completa. Ser mayor de 18, 21, 24 y 27 años de edad, dependiendo del tipo de licencia a la que postule. Tener condiciones psicosomáticas requeridas. Certificado de profesionalización del conductor en transporte de personas, dependiendo del tipo de licencia a la que se postule. Ser declarado apto en las pruebas teóricas y de manejo correspondiente. INGENIERÍA CIVIL 14
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LOS VEHÍCULOS DE TRANSPORTE TERRESTE Son medios utilizados para trasladar personas o mercancías. Se clasifican en vehículos de transporte motorizados y no motorizados. Ejemplo: no motorizados (triciclos y bicicletas) y motorizados (automóviles, motocicletas, mototaxis, camionetas, ómnibus, camiones, entre otros). El transporte terrestre es el medio de comunicación más utilizado por el ser humano para trasladarse de un lugar a otro y satisfacer sus necesidades. En la actualidad, el transporte terrestre en el Perú, especialmente en las ciudades, presenta varias características muy particulares, entre las que resaltan: La congestión vehicular debida a factores como: crecimiento del parque automotor, incremento de unidades de transporte público, escasa señalización y semaforización, mal estado de las vías (baches, grietas, ondulaciones, gibas o rompemuelles, buzones sin tapa, etcétera). El mal estado del parque automotor y la deficiente calidad de los combustibles generan sustancias altamente tóxicas que repercuten en la salud de las personas y el medio ambiente. El desconocimiento y consecuente desobediencia de las normas y las señales de tránsito dificultad la circulación de los usuarios de la vía, tanto de peatones como de vehículos. LA VÍA PÚBLICA La vía es el espacio donde se desarrolla el tránsito de personas y vehículos. Se denomina vía a toda calle, carretera o camino abierto al uso público, así como al camino privado utilizado por una colectividad indeterminada de usuarios. La vía comprende la calzada (pista), la acera (vereda), la berma (lateral), la cuneta, el estacionamiento, el separador central, el jardín y el equipamiento de servicios necesarios para ser utilizados. INGENIERÍA CIVIL
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El uso apropiado de las vías, está regido por las normas de tránsito que nos permiten movilizarnos en forma ordenada y segura. Las vías, de acuerdo a su uso, pueden ser: de tránsito rápido, preferencial, secundaria y local. Y por su ubicación pueden ser: urbana (calles, avenidas, jirones, corredores viales, vías expresas), interurbanas o carreteras.
De acuerdo a los estudios observados, uno de los factores que causa la mayoría de accidentes de tránsito es el factor humano, sea peatón, pasajero, cobrador, ciclista o conductor. Dentro de ello, encontramos ciertas condiciones que son más frecuentes en los conductores, dentro de las cuales podemos mencionar: la fatiga, el sueño, el alcohol y las drogas. Es importante mencionar que en nuestro país el manejo temerario (combis que hacen carrera, mototaxis que ingresan a zonas prohibidas para su circulación) y el exceso de velocidad en lugares prohibidos (en vías de gran afluencia de personas, o los buses en carretera) son la causa de los accidentes de tránsito. La fatiga Es el efecto físico que experimenta el cuerpo humano como reacción normal a la excesiva actividad física, sensorial y psicológica. La fatiga aparece y se agudiza paulatinamente si no proporcionamos al organismo el descansos necesarios que requiere. El hecho de conducir un vehículo demanda esfuerzo físico, lo que produce fatiga. El cansancio ocasiona que el organismo reaccione de manera más lenta, esto es peligroso porq ue desciende la capacidad del conductor para desplazarse con seguridad, para él y los demás. El sueño El sueño es un efecto normal del cuerpo humano que, junto con la alimentación adecuada, lleva a recuperar las energías gastadas en las actividades cotidianas. Cuando no se duerme el tiempo necesario, el cuerpo reacciona con una serie de desajustes (falta de atención, somnolencia, letargo en las reacciones, etc.), que pueden ser altamente peligrosos, de manera especial en aquellos que conducen vehículos, sean motorizados o no. Las personas que padecen trastornos del sueño tienen aproximadamente siete veces más posibilidades de sufrir un accidente de tránsito mientras conducen un vehículo, ya que experimentan somnolencia excesiva. El alcohol INGENIERÍA CIVIL 16
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El alcohol es un líquido incoloro, volátil y aromático, se encuentra en licores fermentados o destilados, afecta el sistema nervioso central y puede ser mortal si se consume en grandes cantidades. El alcohol se clasifica como una droga depresiva. Esta droga psicodepresora es la causante de gran cantidad de accidentes de tránsito, por eso merece una mención aparte. Ingerir bebidas alcohólicas causa trastornos que influyen en el sistema psicomotor, auditivo, visual y, en general, en todo el organismo. Dentro de las medidas de seguridad vial, los más importantes son:
El cinturón de seguridad. Seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT). Los dispositivos de control de tránsito. Un elemento de seguridad para los ocupantes de un vehículo. Es el elemento de seguridad más importante del vehículo. Está hecho por una banda de tela muy sólida destinada a retener sobre su asiento al conductor y a los pasajeros de un vehículo. El Reglamento Nacional de Tránsito norma el uso obligatorio del cinturón de seguridad. Es responsabilidad del conductor promover su uso al interior de su vehículo.
Importante Dependiendo la intensidad del impacto en un accidente de tránsito, si tiene puesto el cinturón de seguridad tendrá más probabilidades de permanecer vivo y consciente, dado que este elemento de seguridad protegerá el cuerpo INGENIERÍA CIVIL
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de estrellarse contra el parabrisas del vehículo y aminorará las posibles lesiones. Se recomienda que los niños pequeños usen asientos especiales situados en la parte posterior del vehículo para ser trasladados. SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO (SOAT) El SOAT es un seguro obligatorio para todos los vehículos motorizados. Cubre los riesgos de muerte y lesiones, tanto de los ocupantes de un vehículo automotor como de los peatones que resulten afectados como consecuencia de un accidente de tránsito. ¿Qué cubre el SOAT? EL SOAT cubre los daños que sufren los ocupantes de un vehículo y los peatones. Su cobertura abarca gastos médicos, incapacidad temporal, invalidez permanente, indemnización por muerte y/o gastos de sepelio. ¿Qué vehículos están obligados a adquirir el SOAT? El SOAT es obligatorio para todo vehículo automotor que circule por el territorio nacional: automóviles, camionetas, omnibuses, camiones, mototaxis, motocicletas, cualquiera sea el uso al que estén destinados.
¿Quiénes son los beneficiarios en caso de fallecimiento de un familiar por un accidente de tránsito? Las personas beneficiarias son, en orden de precedencia:
El cónyuge sobreviviente. Los hijos menores de 18 años, o mayores de edad incapacitados permanentemente para trabajar. Los hijos mayores de 18 años. Los padres. Los hermanos menores de 18 años, o mayores de edad incapacitados permanentemente para trabajar. A falta de las personas indicadas, y habiendo transcurrido un plazo de más de dos años desde el accidente, la indemnización se destinará al Fondo de Compensación del SOAT. ¿Qué sucede si los vehículos involucrados en un accidente no tienen SOAT? INGENIERÍA CIVIL 18
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El propietario, el conductor y, si es el caso, el prestador del servicio de transporte están obligados a cubrir solidariamente los gastos médicos y las indemnizaciones que les corresponden a las víctimas (ocupantes de los vehículos y peatones). Incluso, deberán responder frente a las compañías de seguros en caso hubiesen realizado pagos. ¿Qué ocurrirá si los centros médicos de salud se niegan a atender a las víctimas? Los centros de salud están obligados a atender a las víctimas de un accidente de tránsito cubierto por el SOAT. Deben hacerlo con cargo a este seguro, cuya contratación es acreditada con la calcomanía adherida al vehículo automotor asegurado o con el certificado que se debe portar en el vehículo. La verificación puede hacerse llamando a la central de la compañía de seguros. La norma establece que los centros de salud que nieguen atención a los accidentados podrán ser denunciados ante la autoridad de salud por la víctima o sus familiares. ¿Existen sanciones por no tener documentación en regla? Sí, las infracciones y sanciones se encuentran tipificadas en el Reglamento Nacional de Tránsito. La norma menciona que por conducir un vehículo automotor sin portar el certificado SOAT, si este no corresponde al uso del vehículo o si su vigencia está vencida, la sanción es de 4% de la UIT, además de la retención del vehículo. Por conducir un vehículo cuya póliza, certificado o calcomanía del SOAT sean falsos, la sanción también es del 4% de la UIT, y el vehículo será retenido. Certificado contra accidentes de tránsito (CAT) El CAT es un seguro alternativo con las mismas características y coberturas que el Seguro obligatorio de accidentes de tránsito - SOAT, creado por Ley Nº 28839. Es emitido por las asociaciones de fondos regionales o provinciales contra accidentes de tránsito - AFOCAT, y permite cubrir los riesgos de muerte y lesiones de las víctimas de los accidentes de tránsito, con la diferencia que el CAT sólo puede ser destinado a vehículos de transporte de personas, urbano e interurbano, incluyendo el servicio especial de transporte en taxis y mototaxis.
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Señales de tránsito Las señales de tránsito son dispositivos creados específicamente para el control del flujo vehicular y peatonal. Se encuentran instalados al nivel de la vía o sobre ella y están destinadas a normar su uso. Asimismo, prevenir al usuario de la vía de cualquier posible peligro que podría presentarse o informarle sobre direcciones, rutas, destinos. Las señales de tránsito se clasifican en: 1. Señales verticales. 2. Señales horizontales. Señales verticales Las señales verticales de tránsito de acuerdo con su función específica se clasifican en: a. Señales reguladoras. b. Señales preventivas. c. Señales informativas.
a. Señales reguladoras: Tienen por objeto indicar a los usuarios de la vía la existencia de limitaciones, restricciones o prohibiciones que norman el uso de las vías. Su desacato constituye una infracción al Reglamento Nacional deTránsito. Las señales reguladoras se clasifican en:
Relativas al derecho de paso Indican preferencia de paso u orden de detención. Tienen forma INGENIERÍA CIVIL
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octogonal y triangular con uno de sus vértices mirando hacia abajo. Prohibitivas y restrictivas indican a los conductores de vehículos las limitaciones que se les impone para el uso de las vías. Son de forma rectangular y llevan un diseño circular rojo en ellas. De sentido de circulación Se utilizan en los cruce de las calles de una ciudad para indicar el sentido de la circulación. Su forma es rectangular. Ubicación de las señales reguladoras Estas señales se colocan a la derecha del sentido de circulación de los vehículos, en ángulo recto con el eje de la vía y sobre la vereda o acera. Colores de las señales reguladoras Predomina en ellas el color rojo, blanco como fondo y las letras o símbolos generalmente negros.
b. Señales preventivas o de advertencia Son señales que se utilizan para indicar con anticipación la aproximación de ciertas condiciones de la vía o concurrentes que implican un peligro real o potencial que debe ser evitado tomando ciertas precauciones. Forma de las señales preventivas o de advertencia Tienen forma de un cuadrado con una de sus esquinas mirando hacia abajo formando un rombo, a excepción de las señales especiales de “zona de no adelantar” que es de forma triangular y las señales de “paso a nivel de línea férrea” que son en forma de cruz.
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Color de las señales preventivas o de advertencia El fondo y el borde de color amarillo. El símbolo, las letras y el marco de color negro. Ubicación en la vía de las señales preventivas o de advertencia Estas señales se ubican en ángulo recto, a la derecha de la vía y frente al sentido de circulación vehicular a una distancia previa del lugar que se desea prevenir, de modo tal que permita verlas al conductor.
B) REGLAMENTO NACIONAL DE TRÁNSITO
En este capítulo se presentan las bases teóricas y los trabajos realizados por otros investigadores que sustentan esta investigación, se exponen de una forma clara y sencilla, considerando todos los aspectos necesarios para el análisis de las variables que intervienen en la misma. En la investigación se vio la necesidad de desarrollar ciertos conceptos y definiciones para el transporte.
Transporte, medio de traslado de personas o bienes desde un lugar hasta otro. El transporte comercial moderno está al servicio del interés público e incluye todos los medios e infraestructuras implicadas en el movimiento de las personas o bienes, así como los servicios de recepción, entrega y manipulación de tales bienes. El transporte comercial de personas se clasifica como servicio de pasajeros y el de bienes como servicio de mercancías. Como en todo el mundo, el transporte es y ha sido en Latinoamérica un elemento central para el progreso o el atraso de las distintas civilizaciones y culturas.
Artículo 48.- Los semáforos de acuerdo con su objetivo de regulación, se clasifican en: INGENIERÍA CIVIL
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1) Semáforos para el control del tránsito de vehículos. 2) Semáforos para pasos peatonales. 3) Semáforos especiales. Artículo 49.- Los colores de la luz, las palabras o los signos de los semáforos tienen el siguiente significado: - Verde: Indica paso. Los vehículos que enfrenten el semáforo vehicular deben avanzar en el mismo sentido o girar a la derecha o a la izquierda, salvo que en dicho lugar se prohíba alguno de estos giros, mediante una señal. Al aparecer la luz verde, los vehículos, incluyendo los que giran a la derecha o izquierda deben ceder el paso a los que reglamentariamente se encuentran despejando la intersección y a los peatones que estén atravesando la calzada por el paso destinado a ellos. No obstante tener luz verde al frente, el conductor no debe avanzar si el vehículo no tiene expedito su carril de circulación, por lo menos diez metros después del cruce de la intersección. Los peatones que enfrenten la luz verde en el semáforo peatonal, con o sin la palabra “SIGA”, deben cruzar la calzada por el paso para peatones, esté o no demarcado. Cuando sólo exista semáforo vehicular, los peatones sólo deben cruzar la calzada en la misma dirección de los vehículos que enfrenten el semáforo con luz verde. - Ambar o Amarillo: Indica prevención. Los vehículos que enfrenten esta señal deben detenerse antes de entrar a la intersección, pues les advierte que el color rojo aparecerá a continuación. Si la luz ámbar o amarilla los ha sorprendido tan INGENIERÍA CIVIL 24
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próximos al cruce de la intersección que ya no pueden detenerse con suficiente seguridad, los vehículos deben continuar con precaución y despejar la intersección. Los vehículos que se encuentren dentro del cruce, deben continuar con precaución. Los peatones que se encuentren dentro del paso para peatones tienen derecho a terminar el cruce. Los peatones que enfrenten esta señal en el semáforo vehicular, quedan advertidos que no tendrán tiempo suficiente para cruzar la calzada y deben abstenerse de hacerlo. - Rojo: Indica detención. Los vehículos que enfrenten esta señal deben detenerse antes de la línea de parada o antes de entrar a la intersección y no deben avanzar hasta que aparezca la luz verde. Los peatones que enfrenten esta señal en el semáforo peatonal, con o sin la palabra “PARE”, no deben bajar a la calzada ni cruzarla. Los peatones que enfrenten esta señal en el semáforo vehicular, en la misma dirección de los vehículos que enfrentan el semáforo con luz roja, no deben avanzar hasta que aparezca la luz verde. - Rojo y flecha verde: Los vehículos que enfrenten esta señal deben entrar cuidadosamente al cruce, solamente para proseguir en la dirección indicada en la flecha verde, debiendo respetar el derecho preferente de paso a los peatones que se encuentren atravesando la calzada, por el paso destinado a ellos y a los vehículos que estén cruzando reglamentariamente la intersección. Los peatones que enfrenten esta señal en el semáforo vehicular, en la misma dirección de los vehículos que enfrentan el semáforo, con luz roja y flecha verde, no deben bajar a la calzada ni cruzarla. - Rojo Intermitente: Indica pare. Los vehículos que enfrenten esta señal deben detenerse antes de la línea de parada y el derecho preferente de paso estará sujeto a las mismas reglamentaciones que se indican para la señal “PARE”.
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- Ambar o Amarillo intermitente: Indica precaución. Los vehículos que enfrenten esta señal, deben llegar a velocidad reducida y continuar con la debida precaución. Artículo 50.- Sin perjuicio de lo señalado en el artículo anterior, cuando sobre las calzadas de una vía de más de dos carriles de circulación demarcados, se coloquen luces verdes o rojas, la luz roja indica prohibición de utilizar el carril de circulación sobre la cual se encuentre y la luz verde indica autorización de utilizarlo. Artículo 51.- Las luces de un semáforo deben estar dispuestas verticalmente en el siguiente orden: roja, ámbar o amarilla, verde y flecha verde, de arriba hacia abajo.
Artículo 61.- El peatón debe acatar las disposiciones reglamentarias que rigen el tránsito y las indicaciones de los Efectivos de la Policía Nacional del Perú, asignados al control del tránsito. Goza de los derechos establecidos en este Reglamento y asume las responsabilidades que se deriven de su incumplimiento. Artículo 62.- Las reglas de tránsito para peatones, también se aplican a las personas que usan sillas de ruedas para minusválidos, andadores motorizados y carritos de compras, así como a los vehículos de niños, como triciclos y cochecitos. Artículo 63.- El peatón tiene derecho de paso sobre cualquier vehículo, en las intersecciones de las calles no semaforizadas, ni controladas por Efectivos de la Policía Nacional del Perú o por señales oficiales que adviertan lo contrario, siempre y cuando cruce la intersección de forma directa a la acera opuesta y no en forma diagonal, y lo haga cuando los vehículos que se aproximan a la intersección se encuentren a una distancia tal que no representen peligro de atropello. INGENIERÍA CIVIL 26
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Artículo 64.- El peatón tiene derecho de paso en las intersecciones semaforizadas o controladas por Efectivos de la Policía Nacional del Perú o por señales oficiales, respecto a los vehículos que giren a la derecha o a la izquierda, con la luz verde. Artículo 65.- El peatón tiene derecho de paso, respecto a los vehículos que cruzan la acera para ingresar o salir de áreas de estacionamiento. Artículo 66.- El peatón no tiene derecho de paso respecto a los vehículos de emergencia autorizados, tales como Vehículos de Bomberos, Ambulancias, Vehículos Policiales, de Serenazgo, Grúas y Auxilio Mecánico, y sobre los vehículos oficiales, cuando éstos hagan uso de sus señales audibles y visibles. Artículo 67.- El peatón debe circular por las aceras, bermas o franjas laterales, según el caso, sin utilizar la calzada ni provocar molestias o trastornos a los demás usuarios, excepto cuando deba cruzar la calzada o encuentre un obstáculo que esté bloqueando el paso, y en tal caso, debe tomar las precauciones respectivas para evitar accidentes. Debe evitar transitar cerca al sardinel o al borde de la calzada. Artículo 68.- En intersecciones señalizadas, los peatones deben cruzar la calzada por la zona señalizada o demarcada especialmente para su paso. En las intersecciones no señalizadas, el cruce debe realizarse en forma perpendicular a la vía que cruza, desde una esquina hacia otra, y de ser el caso, atendiendo las indicaciones de los Efectivos de la Policía Nacional del Perú. Debe evitar cruzar intempestivamente o temerariamente la calzada. Artículo 69.- En vías de tránsito rápido de acceso restringido, los peatones deben cruzar la calzada por los puentes peatonales o cruces subterráneos. Artículo 70.- En los lugares donde funcionen semáforos vehiculares los peatones deben cruzar la calzada durante el tiempo que los vehículos permanecen detenidos por la luz roja. Donde funcionen semáforos para peatones, éstos deben cruzar la calzada al iluminarse el campo verde con el letrero “PASE” y se abstendrán de hacerlo cuando se ilumine el campo rojo con el letrero “ALTO”.
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Artículo 71.- En las intersecciones en las que existan semáforos peatonales accionados por botones, los peatones deben pulsar el botón y esperar que la señal cambie al letrero “PASE”, para iniciar el cruce de la calzada.
Artículo 72.- Cuando no exista un Efectivo de la Policía Nacional del Perú, dirigiendo el tránsito, semáforos u otras señales oficiales, los peatones al cruzar la calzada de una intersección, deben observar las reglas siguientes: a) Usar los pasos peatonales, conservando en lo posible el lado derecho. b) Cruzar la calzada cuando los vehículos que se aproximen se encuentren a una distancia no menor de 40 metros en Jirones o Calles y a 60 metros en Avenidas. Artículo 73.- En las vías que no cuenten con pasos peatonales en las intersecciones, puentes peatonales o cruces subterráneos, los peatones deben localizar un lugar, donde puedan cruzar con el máximo de seguridad posible y lo harán lo más rápido que puedan o estimen conveniente. Artículo 74.- Para cruzar la calzada en cualquiera de los casos descritos en los artículos anteriores, los peatones deben hacerlo caminando, en forma perpendicular al eje de la vía, asegurándose que no exista peligro. Artículo 75.- El peatón está obligado a someterse a las pruebas que le solicite el Efectivo de la Policía Nacional del Perú, asignado al control del tránsito, para determinar su estado de intoxicación por alcohol, drogas, estupefacientes u otros tóxicos, o su idoneidad, en ese momento, para transitar. Su negativa establece la presunción legal en su contra. Artículo 76.- Los peatones que no tengan derecho de paso, no deben cruzar la calzada por delante de un vehículo que se encuentra detenido, o entre dos vehículos que se encuentran detenidos, salvo los casos en que la detención sea determinada por el cumplimiento de una disposición reglamentaria. INGENIERÍA CIVIL 28
ING. DEL TRÁNSITO Y DISEÑO VIAL
Artículo 77.- El peatón al percatarse de las señales audibles y visibles de los vehículos de emergencia y oficiales, despejará la calzada y permanecerá en los refugios o zonas de seguridad peatonales, cuando las condiciones lo permitan. Artículo 78.- Para transitar en vías que carezcan de o aceras, los peatones deben observar las siguientes reglas: 1) En vías de tránsito de doble sentido, los peatones deben caminar por las bermas o franjas laterales a la calzada, en sentido contrario a la circulación vehicular. 2) En vías de tránsito en un solo sentido, los peatones deben caminar por las bermas o franjas laterales contiguas al carril de la derecha. Artículo 79.- Para subir o bajar de los vehículos, los peatones deben hacerlo: 1) Cuando los vehículos estén detenidos. 2) Por la(s) puerta(s) ubicadas a la derecha del timón, cuando el vehículo se ubique en el carril derecho de la vía. 3) Teniendo precaución con el tránsito de vehículos menores y bicicletas. Artículo 80.- Los ancianos, niños, personas discapacitadas y en general, los peatones que no se encuentren en el completo uso de sus facultades físicas o mentales, deben ser conducidos por personas aptas para cruzar las vías públicas.
INGENIERÍA CIVIL 29
ING. DEL TRÁNSITO Y DISEÑO VIAL
Artículo 160.- El conductor no debe conducir un vehículo a una velocidad mayor de la que sea razonable y prudente, bajo las condiciones de transitabilidad existentes en una vía, debiendo considerar los riesgos y peligros presentes y posibles. Artículo 161.- El conductor de un vehículo debe reducir la velocidad de éste, cuando se aproxime o cruce intersecciones, túneles, calles congestionadas y puentes, cuando transite por cuestas, cuando se aproxime y tome una curva o cambie de dirección, cuando circule por una vía estrecha o sinuosa, cuando se encuentre con un vehículo que circula en sentido contrario o cuando existan peligros especiales con respecto a los peatones u otros vehículos o por razones del clima o condiciones especiales de la vía. Artículo 162.- Cuando no existan los riesgos o circunstancias señaladas en los artículos anteriores, los límites máximos de velocidad, son los siguientes: a) En zona urbana: 1. En Calles y Jirones: 40 Km/h. 2. En Avenidas: 60 Km/h. 3. En Vías Expresas: 80 Km/h. 4. Zona escolar: 30 Km/h. 5. Zona de hospital: 30 Km/h. b) En Carreteras: 1. Para, automóviles, camionetas y motocicletas: 100 Km/h. INGENIERÍA CIVIL 30
ING. DEL TRÁNSITO Y DISEÑO VIAL
2. Para vehículos del servicio público de transporte de pasajeros: 90 Km/h. 3. Para casas rodantes motorizadas: 90 Km/h. 4. Para vehículos de carga:80 Km/h. 5. Para automotores con casa rodante acoplada: 80 Km/h. 6. Para vehículos de transporte de mercancías peligrosas: 70 Km/h. 7. Para vehículos de transporte público o privado de escolares: 70 Km/h. c) En caminos rurales: 60 Km/h. Artículo 163.- Los límites de velocidad en Carreteras que cruzan centros poblados, son los siguientes: a) En zonas comerciales: 35 Km/h. b) En zonas residenciales: 55 Km/h. c) En zonas escolares: 30 Km/h. La Autoridad competente, debe señalizar estos cruces. Artículo 164.- Límites máximos especiales: a) En las intersecciones urbanas no semaforizadas: la velocidad precautoria, no debe superar a 30 Km/h. b) En los cruces de ferrocarril a nivel sin barrera ni semáforos: la velocidad precautoria no debe superar a 20 Km/h., y después de asegurarse el conductor que no se aproxima un tren. c) En la proximidad de establecimientos escolares, deportivos y de gran afluencia de personas, durante el ingreso, su INGENIERÍA CIVIL
31
ING. DEL TRÁNSITO Y DISEÑO VIAL
funcionamiento y evacuación, la velocidad precautoria no debe superar a 20 Km/h. d) En vías que circunvalen zonas urbanas, 60 Km/h., salvo señalización en contrario. Artículo 165.- Las reglas y límites de velocidad mínima son las siguientes: a) En zona urbana y Carreteras: la mitad del máximo fijado para cada tipo de vía. b) En caminos: 20 Km/h, salvo los vehículos que deban utilizar permisos y las maquinarias especiales. Artículo 166.- Cuando la autoridad competente determine que la velocidad mínima en una vía impide la normal circulación de los vehículos, puede modificar el límite mínimo de velocidad. Artículo 167.- En casos específicos la autoridad competente puede imponer otros límites de velocidad a los señalados, en razón a las condiciones y características geométricas de las vías, condiciones meteorológicas, volúmenes y composición del tránsito, así como de la necesidad de proteger la seguridad vial en pasos a nivel, intersecciones, establecimientos educativos o deportivos y otros, para lo cual debe instalar la correspondiente señalización. Artículo 168.- Para disminuir la velocidad, salvo el caso de frenado brusco por peligro inminente, debe utilizarse en caso de fuerza mayor, la señal con el brazo y mano extendidos fuera del vehículo y hacia abajo.
INGENIERÍA CIVIL
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ING. DEL TRÁNSITO Y DISEÑO VIAL
Artículo 235.- Para transitar por una vía pública, todo vehículo automotor o vehículo combinado, debe reunir las características y condiciones técnicas establecidas en el Reglamento Nacional de Vehículos y en el presente Reglamento, no exceder los pesos y/o dimensiones máximas señaladas en el Reglamento Nacional de Vehículos y estar en buen estado de funcionamiento, de manera tal, que permita al conductor maniobrar con seguridad durante su operación, no constituyendo peligro para éste, para los ocupantes del vehículo, ni para otros usuarios de la vía y no importando riesgo de daño para la propiedad pública o privada. Artículo 236.- En casos de excepción debidamente justificados, la Autoridad competente puede autorizar la circulación de vehículos que excedan los pesos y/o dimensiones establecidas como máximas, con las precauciones que en cada caso se disponga. Esta autorización debe ser comunicada a la Policía Nacional del Perú, para que esta entidad adopte las medidas de seguridad necesarias para el desplazamiento de dichos vehículos. La autorización no exime al beneficiario de la misma, de su responsabilidad por eventuales daños que el vehículo pueda causar a la vía y/o a terceros. Artículo 237.- Está prohibida la circulación de vehículos que descarguen o emitan gases, humos o cualquier otra sustancia contaminante, que provoque la alteración de la calidad del medio ambiente, en un índice superior a los límites máximos permisibles establecidos en el Reglamento Nacional de Vehículos. Artículo 238.- Esta prohibido que los vehículos produzcan ruidos que superen los niveles máximos permitidos establecidos en el Reglamento Nacional de Vehículos. Artículo 239.- La Autoridad competente, cuando la situación lo justifique, puede prohibir o restringir la circulación o INGENIERÍA CIVIL
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ING. DEL TRÁNSITO Y DISEÑO VIAL
estacionamiento de vehículos en determinadas vías públicas o áreas urbanas. Artículo 240.- Esta prohibido en los vehículos: 1. Usar cualquier elemento que impida la visibilidad de las placas de rodaje. 2. Ubicar la salida del tubo de escape de los gases producto de la combustión al lado derecho en la parte posterior.(*)
Una multa es una sanción administrativa o penal consistente en un pago en dinero, a veces expresado como días de multa (cuando su pago redime a la reclusión por el número correspondiente de días). Una vez distado un acto administrativo que establece una obligación personal frente al incumplimiento por parte de la persona obligada, la administración puede tomar diversas medidas: ejecución subsidiaria, multa coercitiva, compulsión sobre las personas, y la más general y utilizada: El apremio sobre el patrimonio.
TABLA DE INFRACCIONES – REGLAMENTO NACIONAL DE TRANSITO (Decreto Supremo N° 016-2009-MTC.Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito – Código de Tránsito y modificatorias). Con Cód.
Infracción
Grav.
S/.
descuent
Sanción
Puntos
o (*) G01
Adelantar o sobrepasar en forma indebida a otro vehículo.
Grave
316.00
53.72
Multa
20
Grave
316.00
53.72
Multa
20
Medida Preventiva
No hacer señales, ni tomar las G02 precauciones para girar, voltear en U, pasar de un carril de la
INGENIERÍA CIVIL 34
ING. DEL TRÁNSITO Y DISEÑO VIAL
calzada a otro o detener el vehículo. G03
Detener el vehículo bruscamente sin motivo.
Grave
316.00
53.72
Multa
20
Grave
316.00
53.72
Multa
20
Grave
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53.72
Multa
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Grave
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Multa
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Grave
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53.72
Multa
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Grave
316.00
53.72
Multa
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Grave
316.00
53.72
Multa
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Grave
316.00
53.72
Multa
20
No detenerse antes de la línea de parada o antes de las áreas de G04 intersección de calzadas o no respetar el derecho de paso del peatón. No mantener una distancia suficiente, razonable y prudente, G05
de acuerdo al tipo de vehículo y la vía por la que se conduce, mientras se desplaza o al detenerse detrás de otro. No ubicar el vehículo con la
G06
debida anticipación en el carril donde va efectuar el giro o volteo. No conducir por el carril de extremo derecho de la calzada un vehículo del servicio de
G07 transporte público de pasajeros o de carga o de desplazamiento lento o un vehículo automotor menor. G08
No utilizar el carril derecho para recoger o dejar pasajeros o carga. Retroceder, salvo casos indispensables para mantener
G09 libre la circulación, para incorporarse a ella o para estacionar el vehículo. Incumplir las disposiciones sobre G10 el uso de las vías de tránsito rápido y/o de acceso restringido.
INGENIERÍA CIVIL
35
ING. DEL TRÁNSITO Y DISEÑO VIAL
Circular, estacionar o detenerse sobre una isla de encauzamiento, canalizadora, de refugio o divisoria del tránsito, marcas G11 delimitadoras de carriles,
Grave
316.00
53.72
Multa
20
Grave
316.00
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Multa
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Grave
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Multa
20
separadores centrales, bermas,
Remoción del vehículo
aceras, áreas verdes, pasos peatonales, jardines o rampas para minusválidos. Girar estando el semáforo con luz G12
roja y flecha verde, sin respetar el derecho preferente de paso de los peatones. Conducir un vehículo con mayor número de personas al número de asientos señalado en la Tarjeta de Identificación Vehicular, con excepción de niños
G13 en brazos en los asientos posteriores; y, llevar pasajeros de pie en vehículos del servicio público de transporte urbano de pasajeros si la altura interior del vehículo es menor a 1.80 metros. Tener la puerta, capot o maletera G14 del vehículo abierta, cuando el vehículo está en marcha. No utilizar las luces intermitentes de emergencia de un vehículo cuando se detiene por razones de fuerza mayor, obstaculizando el G15 tránsito, o no colocar los dispositivos de seguridad reglamentarios cuando el vehículo queda inmovilizado en la vía pública. G16 Conducir un vehículo por una vía
INGENIERÍA CIVIL 36
ING. DEL TRÁNSITO Y DISEÑO VIAL
en la cual no está permitida la circulación o sobre mangueras contra incendio. Conducir vehículos que tengan
G17
lunas o vidrios polarizados o acondicionados de modo tal que impidan la visibilidad del interior
Grave
316.00
53.72
Multa
20
Grave
316.00
53.72
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Multa
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Multa
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Grave
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Multa
20
Retención del vehículo
del vehículo, sin la autorización correspondiente. Conducir un vehículo haciendo uso de teléfono celular, radio G18
portátil o similar o cualquier otro objeto que impida tener ambas manos sobre el volante de dirección. Conducir un vehículo de la categoría M o N que carezca de vidrios de seguridad reglamentarios o que su parabrisas se encuentre deteriorado, trizado o con objetos impresos, calcomanías, carteles u otros elementos en el
G19 área de barrido del limpiaparabrisas y que impidan la visibilidad del conductor o un
Retención del vehículo
vehículo de la categoría L5 que contando con parabrisas, micas o similares, tengan objetos impresos, calcomanías, carteles u otros elementos que impidan la visibilidad del conductor. Conducir un vehículo que no G20
cuenta con las luces y dispositivos retrorreflectivos previstos en los
Retención del vehículo
reglamentos pertinentes. G21 Conducir un vehículo sin espejos
Retención del
INGENIERÍA CIVIL
37
ING. DEL TRÁNSITO Y DISEÑO VIAL
retrovisores.
G22
Conducir un vehículo cuando llueve, llovizne o garúe, sin tener operativo el sistema de
vehículo
Grave
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Multa
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Grave
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Multa
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Multa
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53.72
Multa
20
Retención del vehículo
limpiaparabrisas. Conducir un vehículo del servicio de transporte público urbano de G23 pasajeros con personas de pie, si la altura interior del vehículo no supera a 1,80 metros. Conducir un vehículo con el G24 motor en punto neutro o apagado. Conducir un vehículo sin portar el certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de G25 Tránsito o Certificado Contra Accidentes de Tránsito, o que
Retención del vehículo
éstos no correspondan al uso del vehículo. Conducir un vehículo de la categoría M o N con la salida del tubo de escape en la parte lateral G26 derecha, de modo tal que las emisiones o gases sean
Retención del vehículo
expulsados hacia la acera por donde circulan los peatones. Conducir un vehículo cuya carga G27 o pasajeros obstruya la visibilidad de los espejos laterales. En vehículos de las categorías M
G28
y N, no llevar puesto el cinturon de seguridad y/o permitir que los ocupantes del vehículo no lo utilicen en los casos en que, de acuerdo a las normas vigentes,
INGENIERÍA CIVIL 38
ING. DEL TRÁNSITO Y DISEÑO VIAL
exista tal obligación. En vehículos automotores de la categoria L5 no contar con cinturones de seguridad para los asientos de los pasajeros o no tener uno o más soportes fijados a su estructura que permitan a los pasajeros asirse de ellos mientras son transportados. G29
Circular en forma desordenada o haciendo maniobras peligrosas.
Grave
316.00
53.72
Multa
20
Grave
316.00
53.72
Multa
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Grave
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Multa
20
Grave
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Multa
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Grave
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53.72
Multa
20
Circular transportando personas
G30
en la parte exterior de la carroceria o permitir que sobresalga parte del cuerpo de la(s) persona(s) transportada(s) en el vehículo. En las vías públicas urbanas, circular en la noche o cuando la luz natural sea insuficiente o cuando las condiciones de visibilidad sean escasas, sin tener
G31 encendido el sistema de luces reglamentarias; o en la red vial nacional y departamental o regional, circular sin tener las luces bajas encendidas durante las veinticuatro (24) horas. G32
Circular por vías o pistas exclusivas para bicicletas.
Remoción del vehículo
Circular transportando cargas que sobrepasen las dimensiones de la carrocería o que se G33
encuentren ubicadas fuera de la misma; o transportar materiales
Retención del vehículo
sueltos, fluidos u otros sin adoptar las medidas de seguridad
INGENIERÍA CIVIL 39
ING. DEL TRÁNSITO Y DISEÑO VIAL
que impidan su caída a la vía. G34
Remolcar vehículos sin las medidas de seguridad.
Grave
316.00
53.72
Multa
20
G35
Usar luces altas en vías urbanas o hacer mal uso de las luces.
Grave
316.00
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Multa
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Grave
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Grave
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G36
Compartir el asiento de conducir con otra persona, animal o cosa. No reducir la velocidad al ingresar a un túnel o cruzar un puente, intersecciones o calles congestionadas, cuando transite por cuestas, cuando se aproxime y tome una curva o cambie de
G37
dirección, cuando circule por una vía estrecha o sinuosa, cuando se encuentre con un vehículo que circula en sentido contrario o cuando existan peligros especiales con respecto a los peatones u otros vehículos o por razones del clima o condiciones especiales de la vía. Transitar lentamente por el carril de la izquierda, causando
G38 congestión o riesgo o rápidamente por el carril de la derecha. Aumentar la velocidad cuando es G39
alcanzado por otro vehículo que tiene la intención de sobrepasarlo o adelantarlo. Estacionar el vehículo en zonas prohibidas o rigidas señalizadas o
G40 sin las señales de seguridad reglamentarias en caso de
Remoción del vehículo
emergencia.
INGENIERÍA CIVIL 40
ING. DEL TRÁNSITO Y DISEÑO VIAL
Estacionar o detener el vehículo sobre la línea demarcatoria de G41 intersección, dentro de éstas o en el crucero peatonal (paso
Grave
316.00
53.72
Multa
20
Grave
316.00
53.72
Multa
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Grave
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Grave
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20
Remoción del vehículo
peatonal). Estacionar frente a la entrada o salida de garajes, G42
estacionamientos públicos, vías privadas o en las salidas de salas,
Remoción del vehículo
espectáculos, centros deportivos en funcionamiento. Estacionar a una distancia menor de cinco (5) metros de una bocacalle, de las entradas de hospitales o centros de asistencia G43 médica, cuerpos de bomberos o de hidrantes de servicio contra
Remoción del vehículo
incendios, salvo los vehículos relacionados a la función del local. Estacionar a menos de tres (3) metros de las puertas de G44
establecimientos educacionales, teatros, iglesias y hoteles, salvo
Remoción del vehículo
los vehículos relacionados a la función del local. Estacionar a menos de veinte (20) G45 metros de un cruce ferroviario a nivel.
Remoción del vehículo
Estacionar en zonas no permitidas por la autoridad
G46
competente, a menos de diez (10) metros de un cruce peatonal o de un paradero de buses, así como en el propio sitio
Remoción del vehículo
determinado para la parada del bus.
INGENIERÍA CIVIL 41
ING. DEL TRÁNSITO Y DISEÑO VIAL
Estacionar en lugar que afecte la operatividad del servicio de G47
transporte público de pasajeros o carga o que afecte la seguridad,
Grave
316.00
53.72
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Multa
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Remoción del vehículo
visibilidad o fluidez del tránsito o impida observar la señalización. Estacionar un ómnibus, microbus, casa rodante, camión, remolque, semirremolque, plataforma, tanque, G48
tractocamión, tráiler, volquete o furgón, en en vías públicas de
Remoción del vehículo
zona urbana, excepto en los lugares que habilite para tal fin la autoridad competente, mediante la señalización pertinente. Estacionar un vehículo de categorìa M, N u O a una distancia menor a un metro de la G49 parte delantera o posterior de otro ya estacionado, salvo cuando se estacione en diagonal o perpendicular a la vía. Estacionar en los terminales o estaciones de ruta, fuera de los G50 estacionamientos externos determinados por la Autoridad competente.
Remoción del vehículo
Estacionar un vehículo automotor por la noche en lugares donde, por la falta de alumbrado público, se impide su G51 visibilidad, o en el día, cuando, por lluvia, llovizna o neblina u
Remoción del vehículo
otro factor, la visibilidad es escasa, sin mantener encendidas las luces de estacionamiento.
INGENIERÍA CIVIL 42
ING. DEL TRÁNSITO Y DISEÑO VIAL
Estacionar un vehículo en vías G52 con pendientes pronunciadas sin
Remoción del
Grave
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53.72
Multa
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Grave
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Internamiento del vehículo
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Remoción del vehículo
Grave
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Multa
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Multa
20
asegurar su inmovilización.
vehículo
Desplazar o empujar un vehículo bien estacionado, con el G53 propósito de ampliar un espacio o tratar de estacionar otro vehículo. G54
Abandonar el vehículo en la vía pública. Utilizar la vía pública para
G55 efectuar reparaciones, salvo casos de emergencia. Recoger o dejar pasajeros fuera G56 de los paraderos de ruta autorizados, cuando existan. No respetar las señales que rigen G57
G58
el tránsito, cuyo incumplimiento no se encuentre tipificado en otra infracción. No presentar la Tarjeta de Identificación Vehicular, la Licencia de Conducir o el Documento Nacional de
Retención del vehículo
Identidad o documento de identidad, según corresponda. Conducir un vehículo de categoría L, con excepción de la categoría L5, sin tener puesto el G59
casco de seguridad o anteojos protectores, en caso de no tener
Retención del vehículo
parabrisas; o permitir que los demás ocupantes no tengan puesto el casco de seguridad. G60
Circular con placas ilegibles o sin iluminación o que tengan
Retención del vehículo
INGENIERÍA CIVIL 43
ING. DEL TRÁNSITO Y DISEÑO VIAL
adherido algún material, que impida su lectura a través de medios electrónicos, computarizados u otro tipo de mecanismos tecnológicos que permitan verificar la comisión de las infracciones de tránsito. G61
No llevar las placas de rodaje en el lugar que corresponde.
Grave
316.00
53.72
Multa
20
Grave
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Grave
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Grave
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Multa
20
Retención del vehículo
Incumplir con devolver las placas de exhibición, rotativa o G62 transitoria dentro de los plazos establecidos en el Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje.
G63
Utilizar señales audibles o visibles iguales o similares a las que utilizan los vehículos de
Retención del vehículo
emergencia o vehículos oficiales. Conducir un vehículo cuyas características registrables o condiciones técnicas han sido modificadas, alteradas o G64
agregadas, atentando contra la seguridad de los usuarios o por no corresponder los datos
Retención del vehículo
consignados en la Tarjeta de Identificación Vehicular con los del vehículo. G65
No ceder el paso a otros vehículos que tienen preferencia. Seguir a los vehículos de
G66 emergencia y vehículos oficiales para avanzar más rápidamente. Detener el vehiculo sobre la G70 demarcación en el pavimento de la señal "No bloquear cruce"
INGENIERÍA CIVIL 44
ING. DEL TRÁNSITO Y DISEÑO VIAL
L01
Dejar mal estacionado el vehículo en lugares permitidos.
Leve
158.00
26.86
Multa
5
Leve
158.00
26.86
Multa
5
Leve
158.00
26.86
Multa
5
Leve
158.00
26.86
Multa
5
Leve
158.00
26.86
Multa
5
Leve
158.00
26.86
Multa
5
Leve
158.00
26.86
Multa
5
Leve
158.00
26.86
Multa
5
Estacionar un vehículo en zonas de parqueo destinadas a L02
vehículos que transportan a personas con discapacidad o
Remoción del vehículo
conducidos por éstos. Utilizar el Permiso Especial de L03
Parqueo para Personas con Discapacidad por parte de una persona a la cual no le corresponde. Abrir o dejar abierta la puerta de
L04
un vehículo estacionado, dificultando la circulación vehicular. Utilizar el carril de giro a la izquierda para continuar la
L05
marcha en cualquier dirección que no sea la específicamente señalada. Arrojar, depositar o abandonar
L06
objetos o sustancias en la vía pública que dificulten la circulación.
L07
L08
Utilizar la bocina para llamar la atención en forma inncesaria. Hacer uso de bocinas de descarga de aire comprimido en el ámbito urbano. Conducir con presencia de
Multa y cancelación
alcohol en la sangre en M01
de la licencia de
proporción mayor a lo previsto en
Muy
el Código Penal, o bajo los efectos de estupefacientes,
Grave
narcóticos y/o alucinógenos
3,950.00 3,950.00
conducir e inhabilitación definitiva para
Internamiento 0
del Vehiculo y Retencion de la Licencia
obtener licencia
INGENIERÍA CIVIL 45
ING. DEL TRÁNSITO Y DISEÑO VIAL
comprobado con el exámen respectivo o por negarse al mismo y que haya participado en un accidente de tránsito. Conducir con presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor a lo previsto en M02
el Código Penal, bajo los efectos de estupefacientes, narcóticos
Multa y suspensión Muy Grave
1,975.00
1,975.00
y/o alucinógenos comprobada
de la licencia de conducir por tres (3)
Internamiento 0
años
del Vehiculo y Retencion de la Licencia
con el exámen respectivo o por negarse al mismo. Conducir un vehículo automotor M03 sin tener licencia de conducir o permiso provisional.
Muy Grave
1,975.00
1,975.00
Multa e inhabilitación para obtener licencia de conducir por tres
0
Internamiento del vehículo
(3) años Multa y suspensión de la licencia de
Conducir vehículos estando la licencia de conducir retenida, M04 suspendida o estando inhabilitado para obtener licencia
Muy Grave
conducir por tres (3) años, si ésta estuviese 3,950.00 3,950.00
de conducir.
retenida o multa y cancelación definitiva
Internamiento 0
de la licencia de
del Vehiculo y Retencion de la Licencia
conducir, si la licencia estuviere suspendida
M05
Conducir un vehículo con Licencia de Conducir cuya clase o
Muy
categoría no corresponde al
Grave
1,975.00
1,975.00
vehículo que conduce.
Multa y suspensión de la licencia de conducir por un (1)
Retención del vehículo y 70
retención de la licencia de
año
conducir
Estacionar en las curvas, puentes, túneles, zonas estrechas de la vía, M06 pasos a nivel, pasos a desnivel en cambios de rasante, pendientes y cruces de ferrocarril. M07
Participar en competencias de velocidad en eventos no
Muy Grave
Muy Grave
948.00
948.00
Multa
60
948.00
948.00
Multa
60
Remoción del vehículo
INGENIERÍA CIVIL 46
ING. DEL TRÁNSITO Y DISEÑO VIAL
autorizados.
M08
Permitir a un menor de edad la conducción de un vehículo
Muy
automotor, sin autorización o
Grave
948.00
948.00
Multa
60
948.00
948.00
Multa
60
474.00
80.58
Multa
50
474.00
80.58
Multa
50
474.00
474.00
Multa
50
474.00
80.58
Multa
50
474.00
80.58
Multa
50
Retención del vehículo
permiso provisional. Conducir un vehículo con
M09
cualquiera de sus sistemas de dirección, frenos, suspensión, luces o eléctrico en mal estado, previa inspección técnica
Muy Grave
Remoción del vehículo
vehicular. Abastecer de combustible un vehículo del servicio de M10 transporte público de pasajeros con personas a bordo del vehículo.
Muy Grave
Conducir vehículos de las categorías M o N sin parachoques o dispositivo antiempotramiento M11
cuando corresponda; o un vehículo de la categoría L5 sin
Muy Grave
Retención del vehículo
parachoques posterior, conforme a lo establecido en el Reglamento Nacional de Vehículos. No detenerse al aproximarse a un vehículo de transporte escolar M12 debidamente identificado que está recogiendo o dejando escolares.
Muy Grave
Conducir un vehículo con neumático(s), cuya banda de M13
rodadura presente desgaste
Muy
inferior al establecido en el Reglamento Nacional de
Grave
Retención del vehículo
Vehículos. M14 No detenerse al llegar a un cruce
Muy
INGENIERÍA CIVIL 47
ING. DEL TRÁNSITO Y DISEÑO VIAL
ferroviario a nivel o reiniciar la marcha sin haber comprobado
Grave
que no se aproxima tren o vehículo ferroviario, o cruzar la vía ferrea por lugares distintos a los cruces a nivel establecidos. Circular produciendo contaminación en un índice M15 superior a los límites máximos permisibles de emisión de gases
Muy
474.00
80.58
Multa
50
474.00
474.00
Multa
50
Muy Grave
474.00
474.00
Multa
50
Muy Grave
474.00
80.58
Multa
50
474.00
80.58
Multa
50
711.00
711.00
Multa
50
474.00
474.00
Multa
50
474.00
80.58
Multa
50
Grave
Retención del vehículo
contaminantes. M16
Circular en sentido contrario al
Muy
tránsito autorizado.
Grave
Cruzar una intersección o girar, M17
estando el semáforo con luz roja y no existiendo la indicación en contrario. Desobedecer las indicaciones sobre el tránsito que ordene el
M18 efectivo de la Policía Nacional del Perú asignado al control del tránsito. Conducir vehículos sin cumplir M19 con las restricciones que consigna la Licencia de Conducir. No respetar los límites máximo o M20 mínimo de velocidad establecidos. M21
Muy Grave
Muy Grave
Estacionar interrumpiendo
Muy
totalmente el tránsito.
Grave
Retención del vehículo
Remoción del vehículo
Detenerse para cargar o descargar mercancías en la M22
calzada y/o en los lugares que
Muy
puedan constituir un peligro u obstáculo o interrumpan la
Grave
Remoción del vehículo
circulación.
INGENIERÍA CIVIL 48
ING. DEL TRÁNSITO Y DISEÑO VIAL
M23
M24
Estacionar o detener el vehículo en el carril de circulación, en
Muy
474.00
Multa
50
474.00
80.58
Multa
50
474.00
80.58
Multa
50
474.00
80.58
Multa
50
Muy Grave
1,975.00
1,975.00
Multa
50
Internamiento del vehículo
Muy Grave
474.00
474.00
Multa
50
Retención del vehículo
474.00
474.00
Multa
50
474.00
80.58
Multa
50
474.00
474.00
Multa
50
carreteras o caminos donde existe berma lateral.
Grave
Circular sin placas de rodaje o sin el permiso correspondiente.
Muy Grave
No dar preferencia de paso a los vehíuclos de emergencia y M25 vehículos oficiales cuando hagan uso de sus señales audibles y
Remoción del
474.00
Muy Grave
vehículo
Retención del vehículo
visibles.
M26
Conducir un vehículo especial que no se ajuste a las exigencias
Muy
reglamentarias sin la autorización
Grave
Retención del vehículo
correspondiente. Conducir un vehículo que no M27
cuente con el certificado de aprobación de inspección técnica vehicular. Conducir un vehículo sin contar con la póliza del Seguro Obligatorio de Accidentes de
M28 Tránsito, o Certificado de Accidentes de Tránsito, cuando corresponda, o éstos no se encuentre vigente. Deteriorar intencionalmente, M29
adulterar, destruir o sustraer las
Muy
Placas de exhibición, rotativa o
Grave
Retención del vehículo
transitoria . Usar las placas de exhibición, rotativa o transitoria fuera del M30 plazo, horario o ruta establecida o cuando esta ha caducado o ha sido invalidada. M31 Utilizar las placas de exhibición,
Muy Grave
Muy
Retención del vehículo
Retención del
INGENIERÍA CIVIL 49
ING. DEL TRÁNSITO Y DISEÑO VIAL
rotativa o transitoria en vehículos a los que no se encuentren
Grave
vehículo
asignadas. Multa y Suspensión de la licencia de conducir por el doble
Tramitar u obtener duplicado,
del tiempo que se
recategorización, revalidación, canje o nueva licencia de conducir de cualquier clase, por el M32 infractor cuya licencia de conducir se encuentre retenida,
encontraba suspendida; o multa y Muy Grave
474.00
474.00
la inhabilitación definitiva del
50
Retención de la licencia
conductor, si la
suspendida o cancelada o se
licencia de conducir
encuentre inhabilitado para
se encontraba
obtenerla.
cancelada o el conductor estaba inhabilitado
M33
Operar maquinaria especial por la
Muy
vía pública.
Grave
Circular produciendo ruidos que M34 superen los límites máximos permisibles.
Muy Grave
474.00
80.58
Multa
50
474.00
80.58
Multa
50
474.00
80.58
Multa
50
474.00
80.58
Multa
50
0.00
Suspensión de la licencia de conducir
Remoción del vehículo
Voltear en U sobre la misma
M35
calzada, en las curvas, puentes, pasos a desnivel, vías expresas, túneles, estructuras elevadas, cima de cuesta, cruce ferroviario
Muy Grave
a nivel. Transportar carga sin los M36 dispositivos de sujeción o seguridad establecidos.
Muy Grave
Conducir y ocasionar un accidente de tránsito con daños M37 personales inobservando las normas de tránsito dispuestas en el presente Reglamento.
Muy Grave
0.00
por un (1) año
Retención del vehículo
Internamiento 50
del Vehiculo y Retencion de la Licencia
INGENIERÍA CIVIL 50
ING. DEL TRÁNSITO Y DISEÑO VIAL
Conducir un vehículo para el servicio de transporte público y ocasionar un accidente de M38 tránsito con daños personales inobservando las normas de
Muy Grave
0.00
0.00
Suspensión de la licencia de conducir
Internamiento 0
por tres (3) años
del Vehiculo y Retencion de la Licencia
tránsito dispuestas por el presente Reglamento. Conducir y ocasionar un accidente de tránsito con M39
Cancelación e inhabilitación
lesiones graves o muerte
Muy
inobservando las normas de
Grave
tránsito dispuestas en el presente Reglamento.
0.00
0.00
definitiva del conductor para obtener una licencia
Internamiento 0
del Vehiculo y Retencion de la Licencia
de conducir
INGENIERÍA CIVIL
51
ING. DEL TRÁNSITO Y DISEÑO VIAL
5.1.
ACCIDENTES DE TRÁNSITO.
A) RELACIÓN DE MUERTES POR ATROPELLO: SEXO- EDAD
B) TIPO DE VEHÍCULOS
INGENIERÍA CIVIL
52
ING. DEL TRÁNSITO Y DISEÑO VIAL 5.2.
CAUSALES DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO
INGENIERÍA CIVIL
53
ING. DEL TRÁNSITO Y DISEÑO VIAL
HERIDOS 3 2 2 1 1
000 500 000 500 000 500 0 AÑO 2009 AÑO 2010 AÑO 2011 AÑO 2012 AÑO 2013
MUERTOS 500 400 300 200 100 0 AÑO AÑO 2009 2010
AÑO 2011
AÑO 2012
AÑO 2013
AÑO 2014
INGENIERÍA CIVIL 54
ING. DEL TRÁNSITO Y DISEÑO VIAL
INGENIERÍA CIVIL
55
ING. DEL TRÁNSITO Y DISEÑO VIAL
EN LA LOCALIDAD DE ESTUDIO:
INGENIERÍA CIVIL 56
ING. DEL TRÁNSITO Y DISEÑO VIAL
ACCIDENTE sector de estudio abril, 3 Diciembre, 6
Diciembre enero febrero
marzo, 8
marzo
enero, 3
abril
febrero, 4
Título del gráfico 10 8 6 4 2 0 Diciembre
enero
febrero
marzo
abril
ACCIDENTE sector de estudio CAUSALES DEL ACCIDENTE DE TRANSITO Factor Vehicular CAUSALES DEL ACCIDENTE DE TRANSITO Factor Humano
INGENIERÍA CIVIL
57
ING. DEL TRÁNSITO Y DISEÑO VIAL
Es necesario señalar la importancia que temas como estos sean discutidos al interior de las familias, en los colegios y especialmente evaluar el momento en que los jóvenes tienen la responsabilidad suficiente para conducir un vehículo sin exponerse a estor riesgos y sin exponer a los demás. Hay que recordar, sin embargo, que no todos los casos de accidentes de tránsito terminan con alguna muerte, muchos de estos producen lesiones que dejan que dejan un largo proceso de recuperación y que alteran la vida tanto de la víctima, como de quienes lo rodean. Por lo tanto es imperativo que todos los organismos responsable de la salud es importante que las familia e instituciones de educación en general consideren este problema con la gravedad que reviste y por las consecuencias que representa, en busca de las medidas pertinentes con el propósito de revertir dicha situación. En conclusión, los accidentes de tránsito causados por el consumo de alcohol es un problema que atraviesa transversalmente a la sociedad peruana, por lo tanto es urgente que las autoridades asuman el problema en su real dimensión.
INGENIERÍA CIVIL 58
ING. DEL TRÁNSITO Y DISEÑO VIAL
Las medidas de prevención de accidentes que recomienda la Policía son: - Tener licencia de conducir para manejar autos, ómnibus y motos. - Redoblar su atención en el volante, durante los días de lluvia, por la alta peligrosidad del asfalto mojado. - Revisar su vehículo antes de conducir, que esté en buen estado de funcionamiento, frenos, dirección, llantas, accesorios, extinguidor, botiquín, que esté abastecido de combustible, aceite, agua, herramientas, llaves, gato, alicate, triángulo de seguridad, linterna, entre otros. - Conocer las normas o reglas generales y obedecer las señales oficiales de tránsito, respetando a la Policía de Tránsito. - Caminar, transitar o manejar vehículos con prudencia, adoptando una conciencia de seguridad, respetando los derechos de los peatones, pasajeros y demás conductores, tener trato humano y prestar auxilio a los accidentados, no fugarse y que su conducta no lo convierta en un criminal o delincuente. Recomendaciones a los peatones, pasajeros y escolares: - Caminar por las aceras. No cruzar por la mitad de las calles, hacerlo por las esquinas, antes mirar para a ambos lados. - Tener cuidado con la luz verde, que es para los vehículos. - Para subir y bajar de un vehículo, cerciorarse de que esté detenido. - Esperar el microbús en las paradas establecidas. - Avisar con anticipación cuando baje. - No sacar la cabeza o brazos por la ventana, otro vehículo que trata de adelantar o en sentido contrario puede atropellarlo. - Ayudar a cruzar las pistas a los niños, ancianos, ciegos y otros.
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ING. DEL TRÁNSITO Y DISEÑO VIAL
INGENIERÍA CIVIL 60
ING. DEL TRÁNSITO Y DISEÑO VIAL
INGENIERÍA CIVIL 61
ING. DEL TRÁNSITO Y DISEÑO VIAL
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ING. DEL TRÁNSITO Y DISEÑO VIAL
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ING. DEL TRÁNSITO Y DISEÑO VIAL
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ING. DEL TRÁNSITO Y DISEÑO VIAL
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