CONTRATACIÓN PÚBLICA Y PRIVADA TRABAJO INDIVIDUAL FASE 1 – REVISAR EL MARCO NORMAATIVO DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA.
ESNELA SOEMA MEJIA MORALES CODIGO :106471606
TUTORA PATRICIA PATRICIA OROPE!A OROPE !A
GRUPO 1010001"4#
UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA ESCUELA DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS CONTABLES Y DE NEGOCIOS ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS CEAD CURUMANI –CESAR $017
1. A%&'()*+ A%&'()*+ #, P-%%/+ P-%%/+ 4, D(%&+ D(%&+ $474 $474 $00#– E23'+ E23'+ 25)* 25)* * C-% C-% C+%(+ 2/+%(2 5+8% L(&(+25 98*(5 ;) * 2& 9%&2 8%%, 9% ;) 5 2<%5 2 * B+*&'2 25)* (= 2&. Artículo 8. Publicidad del procedimiento en el Secop. La entidad contratante será responsable de garantizar la publicidad de todos los procedimientos y actos asociados a los procesos de contratación salvo los asuntos expresamente sometidos a reserva. Párrafo La información general sobre las licitaciones p!blicas "ue la entidad pretenda abrir será remitida electrónicamente con antelación a la publicación del proyecto de pliego de condiciones# a la $ámara de $omercio correspondiente# con el fin de integrar el boletín mensual. %ec&a esta remisión# el re"uisito de publicación se entenderá cumplido por parte de la entidad contratante. La publicación del boletín no es re"uisito para la apertura del proceso# ni conlleva la obligación de la entidad de dar curso al mismo. 'n todo caso# la entidad publicará con el proyecto de pliego de condiciones# la constancia de envío de la información a la respectiva $ámara de $omercio.
A9+%&: 'n este artículo se entiende "ue la entidad contratante debe cumplir con el envío de los documentos relacionados con el contenido del ob(eto de la contratación para dar a conocer plenamente lo "ue se va a contratar y así los interesados puedan consultarlos en el Secop. 'l párrafo # las entidades p!blicas deben enviar con el tiempo necesario la información vía electrónica a la cámara de comercio "ue corresponda sobre el proyecto "ue planean licitar de igual manera de(ar la evidencia de dic&o envió.
$. S)85((2 S)85((2 6, D(%&+ D(%&+ 10#$ 10#$ $01>, E*8+%( E*8+%(2 2 5&)+5, 5&)+5, 5?+5 5?+5,, 9*2+5 @ 3*)(+25 9%/(&8* @ /(&8*. SUBSECCIÓN 6
ANLISIS DEL SECTOR ECONÓMICO Y DE LOS OFERENTES POR PARTE DE LAS ENTIDADES ESTATALES Artículo ).).*.*.*.+.*. ,eber de análisis de las 'ntidades 'statales. La 'ntidad 'statal debe &acer# durante la etapa de planeación# el análisis necesario para conocer el sector ,'$-'/ 012'-/ *38) de )3*4 %o(a 05. *) 6Por medio del cual se expide el ,ecreto 1nico -eglamentario Sector Administrativo de Planeación 0acional6 relativo al ob(eto del Proceso de $ontratación desde perspectiva legal# comercial# financiera# organizacional# t7cnica# y de análisis -iesgo. 'ntidad 'statal debe de(ar constancia de análisis en los ,ocumentos del Proceso. Artículo ).).*.*.*.+.). ,eterminación de los -e"uisitos %abilitantes. 'ntidad 'statal debe establecer los re"uisitos &abilitantes en los pliegos de condiciones o en la invitación# teniendo en cuenta 9a: el -iesgo del Proceso $ontratación; 9b: el valor del contrato ob(eto del Proceso de $ontratación; 9c: el análisis del sector económico respectivo; y 9d: el conocimiento de fondo de los posibles oferentes desde la perspectiva comercial. La 'ntidad no debe limitarse a la aplicación mecánica fórmulas financieras para verificar los re"uisitos &abilitantes.
A%&'()*+ $.$.1.1.1.6.. E3*)(2 * R5<+. La 'ntidad 'statal debe evaluar -iesgo "ue el Proceso de $ontratación representa para el cumplimiento de sus metas y ob(etivos# de acuerdo con los manuales y guías "ue para el efecto expida $olombia $ompra 'ficiente. 9,ecreto *4*3 de )3*<# artículo *=:
A%&'()*+ $.$.1.1.1.6.4. C9( R5)*. 'l interesado en celebrar contratos de obra p!blica con 'ntidades 'statales debe acreditar su $apacidad -esidual o > de $ontratación con los siguientes documentos La lista de los contratos de obras civiles en e(ecución suscritos con 'ntidades y con entidades privadas# así como el valor y plazo de tales contratos# incluyendo contratos de concesión y los contratos de obra suscritos con concesionarios.
La lista de los contratos de obras civiles en e(ecución# suscritos por sociedades# consorcios o uniones temporales# en los cuales el proponente tenga participación# con 'ntidades 'statales y con entidades privadas# así como valor y plazo de tales contratos# incluyendo los contratos de concesión y los contratos de obra suscritos con concesionarios. ?alance general auditado del a@o inmediatamente anterior y estado de resultados auditado del a@o en "ue &aya obtenido el mayor ingreso operacional en los !ltimos cinco a@os 94: Los estados financieros deben estar suscritos por el interesado o su representante legal y el revisor fiscal si está obligado a tenerlo# o el auditor o contador si no obligado a tener revisor fiscal. Si se trata de proponentes obligados a tener -P# las 'ntidades 'statales solo deben solicitar como documento adicional el estado de resultados del a@o en "ue el proponente obtuvo el mayor ingreso operacional en los !ltimos cinco 94: a@os La 'ntidad 'statal debe calcular la $apacidad -esidual del Proceso de $ontratación de acuerdo con la siguiente fórmula $apacidad -esidual del Proceso de $ontratación BPresupuesto oficial estimado C Anticipo Si el plazo estimado del contrato es superior a doce 9*): meses# la $apacidad -esidual del proceso de $ontratación e"uivale a la proporción lineal de doce 9*): meses del presupuesto oficial estimado menos el anticipo cuando &aya lugar. La 'ntidad 'statal debe calcular la $apacidad -esidual del proponente de acuerdo con la siguiente fórmula $apacidad -esidual del proponente B $/ x D9'E$E$F:G H S$' *33 A cada uno de los factores se L' asigna el siguiente punta(e máximo FA$/-
P0AI'
'xperiencia 9':
2AJK2/ *)3
$apacidad
3
Financiera 9$F: $apacidad 7cnica otal
3 )33
La $apacidad de /rganización no tiene asignación de punta(e en la fórmula por"ue su unidad de medida es en pesos colombianos y constituye un factor multiplicador de los demás factores. 'l proponente debe acreditar una $apacidad -esidual superior o igual a la $apacidad -esidual establecida en los ,ocumentos del Proceso para el Proceso de $ontratación. Por consiguiente# la $apacidad -esidual del proponente es suficiente si $apacidad -esidual del proponente ) $apacidad -esidual del Proceso de $ontratación La 'ntidad 'statal debe calcular $apacidad la -esidual del proponente de acuerdo con la metodología "ue defina $olombia $ompra 'ficiente# teniendo en cuenta los factores de 'xperiencia 9':# $apacidad Financiera 9$F:# $apacidad 7cnica 9$:# $apacidad de /rganización 9$/:# y de los saldos de los contratos en e(ecución 9S$':. Los proponentes extran(eros "ue de acuerdo con las normas aplicables aprueben sus estados financieros auditados con corte a <* de diciembre en un fec&a posterior al "uinto día &ábil del mes de abril# pueden presentar sus estados financieros a <* de diciembre suscritos por el representante legal (unto con un pre informe de auditoría en el cual el auditor o el revisor fiscal certifi"ue "ue 9a: la información financiera presentada a la 'ntidad 'statal es la entregada al auditor o revisor fiscal para cumplir su función de auditoría; y 9b: el proponente en forma regular y para e(ercicios contables anteriores &a adoptado normas y principios de contabilidad generalmente aceptados para preparar su información y estados financieros. 'sta disposición tambi7n es aplicable para la información "ue el proponente en estas condiciones debe presentar para inscribirse o renovar su inscripción en el -P acuerdo con el artículo).). *.*.*.4.).
'sta información debe ser actualizada llegada la fec&a máxima de actualización acuerdo con la legislación del país de origen. 9,ecreto *4*3 de )3*< articulo *8; ,ecreto =* de )3*# artículo *:
A9+%& Las entidades 'statales deben tener en cuenta los riesgos del proceso de contratación# sin perder de vista poder cumplir con los ob(etivos y las metas y cumpliendo con las guías de $olombia $ompra 'ficiente. Los contratistas interesados en celebrar contratos de obra p!blica deben cumplir con los re"uisitos establecidos en esta ley como son 'xperiencia de contratación en obras civiles con entidades p!blicas y privadas Lista de contratos en obras civiles en e(ecución Presentar estados financieros ?alance Meneral# 'stado de -esultados# el de mayores ingresos operacionales de los !ltimos cinco a@os La capacidad residual del proponente debe estar de acuerdo con la metodología "ue define $olombia $ompra 'ficiente La entidad debe tener en cuenta los factores de experiencia y capacidades del contratista# capacidad financiera# capacidad t7cnica# $apacidad de organización y los saldos de los contratos en e(ecución. <. Artículo 2.2.1.1.2.1.1, Decreto 1082 de 2015, Elaboración de estudios, diseños, planos y evaluaciones de perfectibilidad y factibilidad.
SECCION ESTRUCTURA Y DOCUMENTOS DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN SUBSECCIÓN 1 PLANEACIÓN Artículo ).).*.*.).*.*. E5&)+5 @ +()2&+5 9%3+5. Los estudios y documentos previos son el soporte para elaborar el proyecto de pliegos# los pliegos
de condiciones# y el contrato. ,eben permanecer a disposición del p!blico durante el desarrollo del proceso de contratación y contener los siguientes elementos# además de los indicados para cada modalidad de selección. *. La descripción de la necesidad "ue la 'ntidad 'statal pretende satisfacer con el proceso de contratación. ). 'l ob(eto a contratar# con sus especificaciones# las autorizaciones# permisos y licencias re"ueridos para su e(ecución y cuando el contrato incluye dise@o y construcción los documentos t7cnicos para el desarrollo del proyecto. <. La modalidad de selección del contratista y su (ustificación incluyendo los fundamentos (urídicos . 'l valor estimado del contrato y la (ustificación del mismo. $uando el valor del contrato est7 determinado por precios unitarios# la 'ntidad 'statal debe incluir la forma como los calculó y soportar sus cálculos del presupuesto en la estimación de a"uellos. La 'ntidad 'statal no debe publicar las variables utilizadas para calcular el valor estimado del contrato cuando la modalidad de selección del contratista sea en concurso de m7ritos. Si el contrato es de concesión# la 'ntidad 'statal no debe publicar el modelo financiero utilizado en su construcción. 4. Los criterios para seleccionar la oferta más favorable +. 'l análisis de riesgo y la forma de mitigarlo =. Las garantías "ue la 'ntidad 'statal contempla exigir en el proceso de contratación 8. La indicación de si el Proceso de contratación esta cobi(ado por un Acuerdo $omercial 'l presente artículo no es aplicable a la contratación por mínima cuantía.
A9+%&: Los estudios y documentos previos son soporte importante la construcción de los pliegos y estos (unto con el contrato deben permanecer a la vista del p!blico en el tiempo "ue dure la contratación este proceso debe cumplir con los elementos re"ueridos por la ley como son La descripción de la necesidad a satisfacer# el ob(eto del contrato con las respectivas especificaciones y los soportes como licencias# autorizaciones y permisos.
La forma de selección "ue utilizó la 'ntidad para contratar lo mismo "ue el valor del contrato y su respectiva (ustificación con las formulas y cálculos del presupuesto# los fundamentos de las elección de la me(or oferta# las garantías de la 'ntidad para cumplir el proceso de contratación.
. Artículo <# ,ecreto )= de )338# 'laboración de estudios# dise@os# planos y evaluaciones de perfectibilidad y factibilidad.
A%&'()*+ . 'studios y documentos previos. 'n desarrollo de lo se@alado en los numerales = y *) del artículo )4 de la Ley 83 de *<# los estudios y documentos previos estarán conformados por los documentos definitivos "ue sirvan de soporte para la elaboración del proyecto de pliego de condiciones de manera "ue los proponentes puedan valorar adecuadamente el alcance de lo re"uerido por la entidad# así como el de la distribución de riesgos "ue la entidad propone. Los estudios y documentos previos se pondrán a disposición de los interesados de manera simultánea con el proyecto de pliego de condiciones y deberán contener los siguientes elementos mínimos *. La descripción de la necesidad "ue la entidad estatal pretende satisfacer con la contratación. ). La descripción del ob(eto a contratar# con sus especificaciones y la identificación del contrato a celebrar. <. Los fundamentos (urídicos "ue soportan la modalidad de selección. . 'l análisis "ue soporta el valor estimado del contrato# indicando las variables utilizadas para calcular el presupuesto de la respectiva contratación# así como su monto y el de posibles costos asociados al mismo. 'n el evento en "ue la contratación sea a precios unitarios# la entidad contratante deberá soportar sus cálculos de
presupuesto en la estimación de a"uellos. 'n el caso del concurso de m7ritos no publicará el detalle del análisis "ue se &aya realizado en desarrollo de lo establecido en este numeral. 'n el caso del contrato de concesión no se publicará ni revelará el modelo financiero utilizado en su estructuración. 4. La (ustificación de los factores de selección "ue permitan identificar la oferta más favorable# de conformidad con el artículo *) del presente decreto. +. 'l soporte "ue permita la tipificación# estimación# y asignación de los riesgos previsibles "ue puedan afectar el e"uilibrio económico del contrato. =. 'l análisis "ue sustenta la exigencia de garantías destinadas a amparar los per(uicios de naturaleza contractual o extracontractual# derivados del incumplimiento del ofrecimiento o del contrato seg!n el caso# así como la pertinencia de la división de a"uellas# de acuerdo con la reglamentación sobre el particular.
P%-<%/+ 15. Los elementos mínimos previstos en el presente artículo se complementarán con los exigidos de manera puntual en las diversas modalidades de selección.
P%-<%/+ $5. 'l contenido de los estudios y documentos previos podrá ser a(ustado por la entidad con posterioridad a la apertura del proceso de selección. 'n caso "ue la modificación de los elementos mínimos se@alados en el presente artículo impli"ue cambios fundamentales en los mismos# la entidad# con fundamento en el numeral ) del artículo + del $ódigo $ontencioso Administrativo y en aras de proteger el inter7s p!blico o social# podrá revocar el acto administrativo de apertura.
P%-<%/+ 5. Para los efectos del presente artículo# se entiende "ue los estudios y documentos previos son los definitivos al momento de la elaboración y publicación del proyecto de pliego de condiciones# sin per(uicio de los a(ustes "ue puedan darse en el curso del proceso de selección. 'n todo caso# permanecerán a disposición del p!blico por lo menos durante el desarrollo del proceso de selección.
P%-<%/+ 45. 'n el caso de contratos en los "ue se involucre dise@o y construcción# la entidad deberá poner a disposición de los oferentes además de los elementos mínimos a los "ue &ace referencia el presente artículo# todos los documentos t7cnicos disponibles para el desarrollo del proyecto.
A9+%&: Los estudios y documentos previos de "ue trata este artículo# deben estar conformados por los documentos definitivos "ue son base para la elaboración del proyecto# 'stos estudios se deben de(ar a disposición de los interesados# 'l pliego de condiciones debe contener La necesidad a satisfacer# 'l ob(eto del contrato con su descripción# la fundamentación (urídica# el análisis de soporte del valor del contrato y la (ustificación de los factores de selección
>. A%&'()*+ $>, 2)%* 1$, L@ #0 1, E*8+%(2 5&)+5, 5?+5, 9*2+5 @ 3*)(+25 9%/(&8* @ /(&8*. Artículo )4N.H
,el Principio de 'conomía. -eglamentado por el ,ecreto 0acional )8=
de *+. 'n virtud de este principio *). 2odificado por el art. 8=# Ley *= de )3**. $on la debida antelación a la apertura del procedimiento de selección o de la firma del contrato# seg!n el caso# deberán elaborarse los estudios# dise@os y proyectos re"ueridos y los pliegos de condiciones o t7rminos de referencia. La expresión 67rminos de referencia6 fue derogada por el art. <) de la Ley **43 de )33=. La exigencia de los dise@os no regirá cuando el ob(eto de la contratación sea la construcción o fabricación con dise@o de los proponentes. Knciso )5 derogado por el art. <) de la Ley **43 de )33=. Aporte 'n este numeral nos &ace aclarar "ue la elaboración de estudios# dise@os y proyectos para cumplir con los re"uisitos de los pliegos de condiciones; se deben &acer con la antelación suficiente a la apertura de la selección o firma del contrato.
6. A%&'()*+ $, L@ 11>0 $007, D/2% * &9+ 5*((2: L(&(2 98*(, S*((2 A8%3, C+2()%5+ %&+5, C+2&%&(2 D%(&, C)2&' M'2. TITULO I. DE LA EFICIENCIA Y DE LA TRANSPARENCIA. A-O$L/ )o. ,' LAS 2/,ALK,A,'S ,' S'L'$$K0. La escogencia del contratista se efectuará con arreglo a las modalidades de selección de licitación p!blica# selección abreviada# concurso de m7ritos y contratación directa# con base en las siguientes reglas *. Licitación p!blica. La escogencia del contratista se efectuará por regla general a trav7s de licitación p!blica# con las excepciones "ue se se@alan en los numerales )# < y del presente artículo. $uando la entidad estatal así lo determine# la oferta en un proceso de la licitación p!blica podrá ser presentada total o parcialmente de manera dinámica mediante subasta inversa# en las condiciones "ue fi(e el reglamento. Iurisprudencia Qigencia $oncordancias ). Selección abreviada. La Selección abreviada corresponde a la modalidad de selección ob(etiva prevista para a"uellos casos en "ue por las características del ob(eto a contratar# las circunstancias de la contratación o la cuantía o destinación del bien# obra o servicio# puedan adelantarse procesos simplificados para garantizar la eficiencia de la gestión contractual. $oncordancias 'l Mobierno 0acional reglamentará la materia. Serán causales de selección abreviada las siguientes
a: La ad"uisición o suministro de bienes y servicios de características t7cnicas uniformes y de com!n utilización por parte de las entidades# "ue corresponden a a"uellos "ue poseen las mismas especificaciones t7cnicas# con independencia de su dise@o o de sus características descriptivas# y comparten patrones de desempe@o y calidad ob(etivamente definidos. Iurisprudencia Qigencia Para la ad"uisición de estos bienes y servicios las entidades deberán# siempre "ue el reglamento así lo se@ale# &acer uso de procedimientos de subasta inversa o de instrumentos de compra por catálogo derivados de la celebración de acuerdos marco de precios o de procedimientos de ad"uisición en bolsas de productos; $oncordancias b: La contratación de menor cuantía. Se entenderá por menor cuantía los valores "ue a continuación se relacionan# determinados en función de los presupuestos anuales de las entidades p!blicas expresados en salarios mínimos legales mensuales. Para las entidades "ue tengan un presupuesto anual superior o igual a *.)33.333 salarios mínimos legales mensuales# la menor cuantía será &asta *.333 salarios mínimos legales mensuales. Las "ue tengan un presupuesto anual superior o igual a 843.333 salarios mínimos legales mensuales e inferiores a *.)33.333 salarios mínimos legales mensuales# la menor cuantía será &asta 843 salarios mínimos legales mensuales. Las "ue tengan un presupuesto anual superior o igual a 33.333 salarios mínimos legales mensuales e inferior a 843.333 salarios mínimos legales mensuales# la menor cuantía será &asta +43 salarios mínimos legales mensuales.
Las "ue tengan un presupuesto anual superior o igual a *)3.333 salarios mínimos legales mensuales e inferior a 33.333 salarios mínimos legales mensuales# la menor cuantía será &asta 43 salarios mínimos legales mensuales. Las "ue tengan un presupuesto anual inferior a *)3.333 salarios mínimos legales mensuales# la menor cuantía será &asta )83 salarios mínimos legales mensuales; $oncordancias c: Sin per(uicio de lo dispuesto en la Ley *33 de *< y en la Ley **)) de )33=# la celebración de contratos para la prestación de servicios de salud. 'l reglamento interno correspondiente fi(ará las garantías a cargo de los contratistas. Los pagos correspondientes se podrán &acer mediante encargos fiduciarios; $oncordancias d: La contratación cuyo proceso de licitación p!blica &aya sido declarado desierto; en cuyo caso la entidad deberá iniciar la selección abreviada dentro de los cuatro meses siguientes a la declaración de desierta del proceso inicial; $oncordancias e: La ena(enación de bienes del 'stado# con excepción de a"uellos a "ue se refiere la Ley ))+ de *4. 'n los procesos de ena(enación de los bienes del 'stado se podrán utilizar instrumentos de subasta y en general de todos a"uellos mecanismos autorizados por el derec&o privado# siempre y cuando en desarrollo del proceso de ena(enación se garantice la transparencia# la eficiencia y la selección ob(etiva. 'n todo caso# para la venta de los bienes se debe tener como base el valor del aval!o comercial y a(ustar dic&o aval!o de acuerdo a los gastos asociados al tiempo de comercialización esperada# administración# impuestos y mantenimiento# para determinar el precio mínimo al "ue se debe ena(enar el
bien# de conformidad con la reglamentación "ue para el efecto expida el Mobierno 0acional. La ena(enación de los bienes "ue formen parte del Fondo para la -e&abilitación# Knversión Social y Luc&a contra el $rimen /rganizado# Frisco# se &ará por la ,irección 0acional de 'stupefacientes# observando los principios del artículo )3 de la $onstitución Política y la reglamentación "ue expida el Mobierno 0acional# teniendo en cuenta las recomendaciones "ue para el efecto imparta el $onse(o 0acional de 'stupefacientes. 'l -eglamento deberá determinar la forma de selección# a trav7s de invitación p!blica de los profesionales inmobiliarios# "ue actuarán como promotores de las ventas# "ue a su vez# a efecto de aval!os de los bienes# se servirán de evaluadores debidamente inscritos en el -egistro 0acional de 'valuadores y "uienes responderán por sus actos solidariamente con los promotores. Las reglas y procedimientos "ue deberán atender la administración y los promotores y la publicidad del proceso deberán garantizar la libre concurrencia y oportunidad de "uienes participen en el mismo. Los bienes serán ena(enados a trav7s de venta directa en sobre cerrado o en p!blica subasta. La ad(udicación para la venta directa deberá &acerse en audiencia p!blica# en donde se conozcan las ofertas iniciales y se efect!e un segundo ofrecimiento# frente al cual se ad(udicará el bien a "uien oferte el me(or precio. 'n la subasta p!blica# de acuerdo con el reglamento definido para su realización# el bien será ad(udicado al me(or postor. La venta implica la publicación previa de los bienes en un diario de amplia circulación nacional# con la determinación del precio base. 'l interesado en ad"uirir bienes deberá consignar al menos el )3R del valor base de venta para participar en la oferta; $oncordancias
f: Productos de origen o destinación agropecuarios "ue se ofrezcan en las bolsas de productos legalmente constituidas; $oncordancias g: Los actos y contratos "ue tengan por ob(eto directo las actividades comerciales e industriales propias de las 'mpresas Kndustriales y $omerciales 'statales y de las Sociedades de 'conomía 2ixta# con excepción de los contratos "ue a título enunciativo identifica el artículo <) de la Ley 83 de *<; $oncordancias &: Los contratos de las entidades# a cuyo cargo se encuentre la e(ecución de los programas de protección de personas amenazadas# programas de desmovilización y reincorporación a la vida civil de personas y grupos al margen de la ley# incluida la atención de los respectivos grupos familiares# programas de atención a población desplazada por la violencia# programas de protección de derec&os &umanos de grupos de personas &abitantes de la calle# ni@os y ni@as o (óvenes involucrados en grupos (uveniles "ue &ayan incurrido en conductas contra el patrimonio económico y sostengan enfrentamientos violentos de diferente tipo# y población en alto grado de vulnerabilidad con reconocido estado de exclusión "ue re"uieran capacitación# resocialización y preparación para el traba(o# incluidos los contratos fiduciarios "ue demanden; $oncordancias i: La contratación de bienes y servicios "ue se re"uieran para la defensa y seguridad nacional. $oncordancias <. $oncurso de m7ritos. 0umeral modificado por el artículo )* del ,ecreto * de )3*). 'l nuevo texto es el siguiente $orresponde a Ka modalidad prevista para Ka selección de consultores o proyectos# en Ka "ue se podrán utilizar sistemas de concurso abierto o de precalificación. 'n este !ltimo caso# Ka conformación de Ka lista de precalificados se &ará mediante convocatoria p!blica# permiti7ndose establecer listas limitadas de oferentes mediante resolución motivada# "ue se entenderá notificada en estrados a los interesados#
en Ka audiencia p!blica de conformación de Ka lista# utilizando para el efecto# entre otros# criterios de experiencia# capacidad intelectual y de organización de los proponentes# seg!n sea el caso. ,e conformidad con las condiciones "ue se@ale el reglamento# en desarrollo de estos procesos de selección# las propuestas t7cnicas o de proyectos podrán ser presentadas en forma anónima ante un (urado plural# impar deliberante y calificado 0otas de Qigencia $oncordancias Legislación Anterior . $ontratación directa. La modalidad de selección de contratación directa# solamente procederá en los siguientes casos a: rgencia manifiesta; $oncordancias b: $ontratación de empr7stitos; $oncordancias c: modificado por el artículo ) de la Ley *= de )3**. 'l nuevo texto es el siguiente $ontratos interadministrativos# siempre "ue las obligaciones derivadas del mismo tengan relación directa con el ob(eto de la entidad e(ecutora se@alado en la ley o en sus reglamentos. Se except!an los contratos de obra# suministro# prestación de servicios de evaluación de conformidad respecto de las normas o reglamentos t7cnicos# encargos fiduciarios y fiducia p!blica cuando las instituciones de educación superior p!blicas o las Sociedades de 'conomía 2ixta con participación mayoritaria del 'stado# o las personas (urídicas sin ánimo de lucro conformadas por la asociación de entidades p!blicas# o las federaciones de entidades territoriales sean las e(ecutoras. 'stos contratos podrán ser e(ecutados por las mismas# siempre "ue participen en procesos de licitación p!blica o contratación abreviada de acuerdo con lo dispuesto por los numerales * y ) del presente artículos.
0otas de Qigencia Legislación Anterior 2odificado por el artículo 4 de la Ley *= de )3**. 'l nuevo texto es el siguiente 'n a"uellos eventos en "ue el r7gimen aplicable a la contratación de la entidad e(ecutora no sea el de la Ley 83 de *<# la e(ecución de dic&os contratos estará en todo caso sometida a esta ley# salvo "ue la entidad e(ecutora desarrolle su actividad en competencia con el sector privado o cuando la e(ecución del contrato interadministrativo tenga relación directa con el desarrollo de su actividad. 0otas de Qigencia Legislación Anterior 'n a"uellos casos en "ue la entidad estatal e(ecutora deba subcontratar algunas de las actividades derivadas del contrato principal# no podrá ni ella ni el subcontratista# contratar o vincular a las personas naturales o (urídicas "ue &ayan participado en la elaboración de los estudios# dise@os y proyectos "ue tengan relación directa con el ob(eto del contrato principal. 'starán exceptuados de la figura del contrato interadministrativo# los contratos de seguro de las entidades estatales; $oncordancias d: La contratación de bienes y servicios en el sector ,efensa y en el ,epartamento Administrativo de Seguridad# ,AS# "ue necesiten reserva para su ad"uisición; 0otas de Qigencia $oncordancias e: Los contratos para el desarrollo de actividades científicas y tecnológicas; $oncordancias f: Los contratos de encargo fiduciario "ue celebren las entidades territoriales cuando inician el Acuerdo de -eestructuración de Pasivos a "ue se refieren las Leyes 443 de *# +*= de )333 y las normas "ue las modifi"uen o adicionen# siempre y cuando los celebren con entidades financieras del sector p!blico; g: $uando no exista pluralidad de oferentes en el mercado; $oncordancias
&: Para la prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión# o para la e(ecución de traba(os artísticos "ue sólo puedan encomendarse a determinadas personas naturales; $oncordancias Iurisprudencia $oncordante i: 'l arrendamiento o ad"uisición de inmuebles. (: Literal adicionado por el artículo *)4 de la Ley *=4< de )3*4. 'l nuevo texto es el siguiente La contratación de bienes y servicios de la ,irección 0acional de Knteligencia 9,0K:# "ue re"uieran reserva para su ad"uisición. 0otas de Qigencia $oncordancias 4: $ontratación mínima cuantía. 0umeral subrogado por el artículo de la Ley *= de )3**. 'l nuevo texto es el siguiente La contratación cuyo valor no excede del *3 por ciento de la menor cuantía de la entidad independientemente de su ob(eto# se efectuará de conformidad con las siguientes reglas a: Se publicará una invitación# por un t7rmino no inferior a un día &ábil# en la cual se se@alará el ob(eto a contratar# el presupuesto destinado para tal fin# así como las condiciones t7cnicas exigidas; b: 'l t7rmino previsto en la invitación para presentar la oferta no podrá ser inferior a un día &ábil; c: La entidad seleccionará# mediante comunicación de aceptación de la oferta# la propuesta con el menor precio# siempre y cuando cumpla con las condiciones exigidas; d: La comunicación de aceptación (unto con la oferta constituyen para todos los efectos el contrato celebrado# con base en lo cual se efectuará el respectivo registro presupuestal. PA-TM-AF/ *o. Las particularidades del procedimiento a"uí previsto# así como la posibilidad "ue tengan las entidades de realizar estas ad"uisiciones en establecimientos "ue correspondan a la definición de Ugran almac7nV se@alada por la Superintendencia de Kndustria y $omercio# se determinarán en el reglamento "ue para el efecto expida el Mobierno 0acional.
PA-TM-AF/ )o. La contratación a "ue se refiere el presente artículo se realizará exclusivamente con las reglas en 7l contempladas y en su reglamentación. 'n particular no se aplicará lo previsto en la Ley 8*+ de )33<# ni en el artículo *) de la Ley **43 de )33=. 0otas de Qigencia Iurisprudencia Qigencia $oncordancias Legislación Anterior PA-TM-AF/ *o. La entidad deberá (ustificar de manera previa a la apertura del proceso de selección de "ue se trate# los fundamentos (urídicos "ue soportan la modalidad de selección "ue se propone adelantar. PA-TM-AF/ )o. 'l procedimiento aplicable para la e(ecución de cada una de las causales a "ue se refiere el numeral )o del presente artículo# deberá observar los principios de transparencia# economía# responsabilidad y las siguientes reglas *. Se dará publicidad a todos los procedimientos y actos. ). Para la selección a la "ue se refiere el literal b: del numeral )o del presente artículo# será principio general la convocatoria p!blica y se podrán utilizar mecanismos de sorteo en audiencia p!blica# para definir el n!mero de participantes en el proceso de selección correspondiente cuando el n!mero de manifestaciones de inter7s sea superior a diez 9*3:. Será responsabilidad del representante legal de la entidad estatal# adoptar las medidas necesarias con el propósito de garantizar la pulcritud del respectivo sorteo. <. Sin excepción# las ofertas presentadas dentro de cada uno de los procesos de selección# deberán ser evaluadas de manera ob(etiva# aplicando en forma exclusiva las reglas contenidas en los pliegos de condiciones o sus e"uivalentes. Para la selección a la "ue se refiere el literal a: del numeral )o del presente artículo# no serán aplicables los artículos )o y
entidades estatales# cuando se trate de la ad"uisición o suministro de bienes y servicios de características t7cnicas uniformes y de com!n utilización por parte de las entidades. Iurisprudencia Qigencia PA-TM-AF/ o. Las entidades estatales no podrán exigir el pago de valor alguno por el derec&o a participar en un proceso de selección# razón por la cual no podrán ser ob(eto de cobro los pliegos de condiciones correspondientes. -especto de la expedición de copias de estos documentos se seguirá lo dispuesto en el artículo ) del $ódigo $ontencioso Administrativo. PA-TM-AF/ 4o. Los acuerdos marco de precios a "ue se refiere el inciso )o del literal a: del numeral )o del presente artículo# permitirán fi(ar las condiciones de oferta para la ad"uisición o suministro de bienes y servicios de características t7cnicas uniformes y de com!n utilización a las entidades estatales durante un período de tiempo determinado# en la forma# plazo y condiciones de entrega# calidad y garantía establecidas en el acuerdo. Iurisprudencia Qigencia $oncordancias La selección de proveedores como consecuencia de la realización de un acuerdo marco de precios# le dará a las entidades estatales "ue suscriban el acuerdo# la posibilidad "ue mediante órdenes de compra directa# ad"uieran los bienes y servicios ofrecidos. 'n consecuencia# entre cada una de las entidades "ue formulen órdenes directas de compra y el respectivo proveedor se formará un contrato en los t7rminos y condiciones previstos en el respectivo acuerdo. 'l Mobierno 0acional se@alará la entidad o entidades "ue tendrán a su cargo el dise@o# organización y celebración de los acuerdos marco de precios. 'l reglamento establecerá las condiciones ba(o las cuales el uso de acuerdos marco de precios se &ará obligatorio para las entidades de la -ama '(ecutiva del
Poder P!blico en el /rden 0acional# sometidas al 'statuto Meneral de $ontratación de la Administración P!blica. 'n el caso de los /rganismos Autónomos y de las -amas Legislativa y Iudicial# así como las 'ntidades erritoriales# las mismas podrán dise@ar# organizar y celebrar acuerdos marco de precios propios# sin per(uicio de "ue puedan ad&erirse a los acuerdos marco a "ue se refiere el inciso anterior. Kr al inicio PA-TM-AF/ +o. WParágrafo adicionado por el parágrafo del artículo 88 de la Ley *= de )3**. 'l nuevo texto es el siguienteX 'l Mobierno 0acional podrá establecer procedimientos diferentes al interior de las diversas causales de selección abreviada# de manera "ue los mismos se acomoden a las particularidades de los ob(etos a contratar# sin per(uicio de la posibilidad de establecer procedimientos comunes. Lo propio podrá &acer en relación con el concurso de m7ritos. 0otas de Qigencia PA-TM-AF/ -A0SK/-K/. %asta tanto el Mobierno 0acional no expidiere el reglamento respectivo# no se podrá &acer uso de la selección abreviada como modalidad de selección.
A9+%& Licitación p!blica# se &ace mediante subasta Selección abreviada Selección ob(etiva por las características del ob(eto a contratar# $oncurso de m7ritos# sistemas de concurso abierto de preclasificación# utilizando criterios de experiencia# capacidad intelectual y de organización. $ontratación ,irecta# aplica solo en casos de urgencia manifiesta# contratación de improviso. $ontratación mínima cuantía. 's la contratación "ue no supere el *3R de la menor cuantía de la entidad.
La 'ntidad debe (ustificar de forma previa a la apertura del proceso de selección "ue va a realizar los principios de transparencia# economía# responsabilidad y publicidad a todos los procedimientos# las 'ntidades no pueden exigir pago alguno por el derec&o a participar en un determinado concurso.
7. A%&'()*+ $, D(%&+ $474 $00#, D/2% &9+ 5*((2: L(&(2 98*(, S*((2 A8%3, C+2()%5+ %&+5, C+2&%&(2 D%(&, C)2&' M'2. Artículo )5. 2odalidades de selección. ,e conformidad con el artículo )5 de la Ley **43 de )33= las entidades seleccionarán a los contratistas a trav7s de las siguientes modalidades *. Licitación p!blica. ). Selección abreviada. <. $oncurso de m7ritos# y . $ontratación directa. Parágrafo. Para la selección de los contratistas se aplicarán los principios de economía# transparencia y responsabilidad contenidos en la Ley 83 de *< y los postulados "ue rigen la función administrativa.
A9+%&: 'n este artículo se enumera las modalidades de por medio de las cuales las 'ntidades seleccionaran a los contratistas# es decir cual eligen de acuerdo al ob(eto del contrato. Licitación p!blica# Selección abreviada# $oncurso de m7ritos y $ontratación directa.
#. A%&'()*+ 4, L@ 11>0 $007, A2-*55 @ 5&%8)(2 * %5<+ ;) 9) *&%% * ;)*8%+ (+2(+ * (+2&%&+, (+2 2&%+% * 9%+9)5&, *8+%(2 A(&.
ARTÍCULO 4o. DE LA DISTRIBUCIÓN DE RIESGOS EN LOS CONTRATOS ESTATALES . Los pliegos de condiciones o sus e"uivalentes deberán incluir la
estimación# tipificación y asignación de los riesgos previsibles involucrados en la contratación. 'n las licitaciones p!blicas# los pliegos de condiciones de las entidades estatales deberán se@alar el momento en el "ue# con anterioridad a la presentación de las ofertas# los oferentes y la entidad revisarán la asignación de riesgos con el fin de establecer su distribución definitiva.
A9+%&: 'n este aporte encontramos "ue se debe tener en cuenta antes de la formulación del proyecto los riesgos "ue se pueden presentar dentro del desarrollo del proyecto.
. A%&'()*+ 4, L@ 11>0 $007, P)8*((2 9%+@(&+5 9*<+5 (+2(+25 @ 5&)+5 9%3+5. *3. ARTÍCULO 4o. DE LA DISTRIBUCIÓN DE RIESGOS EN LOS CONTRATOS ESTATALES . Los pliegos de condiciones o sus e"uivalentes deberán incluir la
estimación# tipificación y asignación de los riesgos previsibles involucrados en la contratación. **. 'n las licitaciones p!blicas# los pliegos de condiciones de las entidades estatales deberán se@alar el momento en el "ue# con anterioridad a la presentación de las ofertas# los oferentes y la entidad revisarán la asignación de riesgos con el fin de establecer su distribución definitiva.
A9+%&: Se debe tener en cuenta los riesgos "ue se pueden presentar durante el desarrollo del proyecto y así acordar y establecer la asignación de dic&os riesgos entre las dos partes el contratista y el contratante del proyecto.
. A%&'()*+ @ * D(%&+ $474 $00#, L P)8*((2 9%+@(&+5 9*<+5 (+2(+25 @ 5&)+5 9%3+5 2+ <2% +8*<(2 9%&)% * 9%+(5+
DECRETO $474 DE $00# J)*+ 7 A%&'()*+ . 'studios y documentos previos. 'n desarrollo de lo se@alado en los numerales = y *) del artículo )4 de la Ley 83 de *<# los estudios y documentos previos estarán conformados por los documentos definitivos "ue sirvan de soporte para la elaboración del proyecto de pliego de condiciones de manera "ue los proponentes puedan valorar adecuadamente el alcance de lo re"uerido por la entidad# así como el de la distribución de riesgos "ue la entidad propone. Los estudios y documentos previos se pondrán a disposición de los interesados de manera simultánea con el proyecto de pliego de condiciones y deberán contener los siguientes elementos mínimos *. La descripción de la necesidad "ue la entidad estatal pretende satisfacer con la contratación. ). La descripción del ob(eto a contratar# con sus especificaciones y la identificación del contrato a celebrar. <. Los fundamentos (urídicos "ue soportan la modalidad de selección. . 'l análisis "ue soporta el valor estimado del contrato# indicando las variables utilizadas para calcular el presupuesto de la respectiva contratación# así como su monto y el de posibles costos asociados al mismo. 'n el evento en "ue la contratación sea a precios unitarios# la entidad contratante deberá soportar sus cálculos de presupuesto en la estimación de a"uellos. 'n el caso del concurso de m7ritos no publicará el detalle del análisis "ue se &aya realizado en desarrollo de lo establecido en este numeral. 'n el caso del contrato de concesión no se publicará ni revelará el modelo financiero utilizado en su estructuración.
4. La (ustificación de los factores de selección "ue permitan identificar la oferta más favorable# de conformidad con el artículo *) del presente decreto. +. 'l soporte "ue permita la tipificación# estimación# y asignación de los riesgos previsibles "ue puedan afectar el e"uilibrio económico del contrato. =. 'l análisis "ue sustenta la exigencia de garantías destinadas a amparar los per(uicios de naturaleza contractual o extracontractual# derivados del incumplimiento del ofrecimiento o del contrato seg!n el caso# así como la pertinencia de la división de a"uellas# de acuerdo con la reglamentación sobre el particular.
A%&'()*+ . Publicidad del proyecto de pliego de condiciones y del pliego de condiciones definitivo. La entidad estatal publicará el proyecto de pliego de condiciones y el pliego de condiciones definitivo de conformidad con el artículo anterior. 'sta publicación aplica para las modalidades de selección de licitación p!blica# concurso de m7ritos y selección abreviada. 'l proyecto de pliego de condiciones se publicará cuando menos con diez 9*3: días &ábiles de antelación a la fec&a del acto "ue ordena su apertura# en el caso de la licitación y concurso de m7ritos con propuesta t7cnica detallada 9P,:# y con una antelación no inferior a cinco 94: días &ábiles a la misma fec&a# en la selección abreviada y concurso de m7ritos con propuesta t7cnica simplificada 9PS:. La publicación del proyecto de pliego de condiciones no genera obligación para la entidad de dar apertura al proceso de selección. Las observaciones al proyecto de pliego de condiciones deben ser presentadas dentro de los t7rminos previstos en el inciso anterior# seg!n sea el caso. 'l pliego de condiciones definitivo podrá incluir los temas planteados en las observaciones# siempre "ue se estimen relevantes. 'n todo caso# la aceptación o rec&azo de tales observaciones se &ará de manera motivada# para lo cual la entidad agrupará a"uellas de naturaleza com!n.
A9+%& 'n estos artículos encontramos detalladamente lo importante de cumplir con los re"uisitos de la ley# para la elaboración y publicación de los documentos definitivos ya "ue estos son el soporte para la elaboración del proyecto de pliegos de condiciones y para "ue los proponentes puedan dar valor de forma adecuada al alcance de lo re"uerido por la 'ntidad. 'n el artículo nueve nos de(a ver la importancia de la publicidad de los pliegos de condiciones "ue se deben tener en cuenta seg!n la modalidad de contratación# los pliegos de condiciones se publicarán seg!n el tipo de contratación y lo contenido en el artículo nueve del presente ,ecreto.
ETAPA CONTRACTUAL ARTCULO $. DE LOS APORTES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL. 'l inciso segundo y el parágrafo *o del artículo * de la Ley 83 "uedarán así Para la e(ecución se re"uerirá de la aprobación de la garantía y de la existencia de las disponibilidades presupuestales correspondientes# salvo "ue se trate de la contratación con recursos de vigencias fiscales futuras de conformidad con lo previsto en la ley orgánica del presupuesto. 'l proponente y el contratista deberán acreditar "ue se encuentran al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Kntegral# así como los propios del Sena# K$?F y $a(as de $ompensación Familiar# cuando corresponda. PA-TM-AF/ *o. 'l re"uisito establecido en la parte final del inciso segundo de este artículo# deberá acreditarse para la realización de cada pago derivado del contrato estatal. 'l servidor p!blico "ue sin (usta causa no verifi"ue el pago de los aportes a "ue se refiere el presente artículo# incurrirá en causal de mala conducta# "ue será sancionada con arreglo al r7gimen disciplinario vigente.
A9+%& La entidad debe garantizar la disponibilidad presupuestal para el desarrollo del proyecto contratado# ambi7n se debe tener en cuenta si la disponibilidad está su(eta a los recursos de vigencias futuras. ambi7n es importante y &ace parte de los re"uisitos "ue los proponentes est7n al día con el pago de la seguridad social.
ETAPA POST CONTRACTUAL A-O$L/ **. ,'L PLAY/ PA-A LA LKZK,A$K0 ,' L/S $/0-A/S. La li"uidación de los contratos se &ará de mutuo acuerdo dentro del t7rmino fi(ado en los pliegos de condiciones o sus e"uivalentes# o dentro del "ue acuerden las partes para el efecto. ,e no existir tal t7rmino# la li"uidación se realizará dentro de los cuatro 9: meses siguientes a la expiración del t7rmino previsto para la e(ecución del contrato o a la expedición del acto administrativo "ue ordene la terminación# o a la fec&a del acuerdo "ue la disponga. $oncordancias 'n a"uellos casos en "ue el contratista no se presente a la li"uidación previa notificación o convocatoria "ue le &aga la entidad# o las partes no lleguen a un acuerdo sobre su contenido# la entidad tendrá la facultad de li"uidar en forma unilateral dentro de los dos 9): meses siguientes# de conformidad con lo dispuesto en el artículo *<+ del $. $. A. $oncordancias Si vencido el plazo anteriormente establecido no se &a realizado la li"uidación# la misma podrá ser realizada en cual"uier tiempo dentro de los dos a@os siguientes al vencimiento del t7rmino a "ue se refieren los incisos anteriores# de mutuo acuerdo o unilateralmente# sin per(uicio de lo previsto en el artículo *<+ del $. $. A.
Los contratistas tendrán derec&o a efectuar salvedades a la li"uidación por mutuo acuerdo# y en este evento la li"uidación unilateral solo procederá en relación con los aspectos "ue no &ayan sido ob(eto de acuerdo.
A9+%& La li"uidación de los contratos se realizará de acuerdo con lo establecido en los pliegos de condiciones o lo pactado entre las dos partes.