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CAPITULO IV – FACULTADES DE VERIFICACIÓN Y FISCALIZACIÓN DE LA AFIP
4.1. I!"#$UCCI#% &a ley de procedimiento tri'utario 1 otorga acultades a la AFI* para +ue ,erii+ue y iscalice a los su-etos pasi,os de la o'ligación tri'utaria con el o'-eto de compro'ar el correcto cumplimiento por parte de /stos de sus o'ligaciones y acilitar el control de las mismas. Cuando nos reerimos a ,eriicación 0a'lamos de compro'ar si se produ-o el 0ec0o imponi'le tarea +ue la administración puede realiar teniendo en cuent cuenta a la docu documen menta taci ción ón inte intern rna a del cont contri ri'uy 'uyen ente te +ue +ue surge surge del del lega lega-o -o y teniendo en cuenta tam'i/n la documentación +ue se encuentra en sede del contri'uyente como li'ros registros u otra. Adem2s puede solicitar a terceros +ue suministren inormación de la real situación del iscaliado. 3 *or su parte parte iscal iscaliar iar implic implica a +ue la admini administr straci ación ón iscal iscal contro controle le el correcto cumplimiento de las o'ligaciones y de'eres ormales y de la li+uidación impositi,a. &a la'or de iscaliación es un “conjunto de actos preparatorios que pueden dar lugar a que se inicie inicie el proced procedimi imient ento o de determina determinación ción de oficio oficio”” 4 si la declaración -urada resulta impugnada o no se 0u'iese presentado. Como el sistema tri'utario argentino est2 'asado en la autodeterminación de las o'ligaciones iscales 5 resulta undamental +ue la ley le otorgue acultades a la AFI* para +ue in,estigue los 0ec0os imponi'les con el o'-eto de descu'rir los +ue ignora como como asimismo asimismo compro'ar compro'ar la ,eracidad ,eracidad de las declaraciones declaraciones tri'utarias. &as &as acu acultltad ades es del del orga organi nism smo o reca recaud udad ador or se encu encuen entr tran an pre, pre,is ista tass 8 e6presamente en el capitulo 7 de la ley de *rocedimiento !ri'utario 9art:culos 10 2
3
: 6
Ley de Procedimiento Tributario N° 11.683, B.O. 20/7/8, !a"#tu$o %, art#cu$o 33. Celdeiro, Ernesto C.: &!uaderno' de Procedimiento Tributario Tributario 7(, )dicione' Nue*a T+cnica 'r$, B'.'., 18, "-ina 1. dem cita 2, "-ina' "-ina' 1 y 'iuiente'. 'iuiente'. Schneir, Alejandra; Presas Bonora, Jorge y Torassa, Marcos &La' acu$tade' de *eriicacin y i'ca$i4acin de $a 5ireccin enera$ m"o'iti*a( 1ra.Parte, 5octrina Tributaria, Tributaria, )rre"ar, B'.'., e"./17, re*i'ta N° 210, Tomo Tomo 9%, "-ina 7. dem cita . Ley 11683, B.O. 20/7/8.
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a 89 y normas reglamentarias concordantes siendo de aplicación supletoria la ley 1=54= de procedimientos administrati,os. > Al respecto el !ri'unal Fiscal de la ación se?aló% “...estas facultades no son discrecionales, sino que pertenecen a la esfera en que la Administración activa debe actuar, respetando la letra de la ley que las otorga, dicho más brevemente, se trata de facultades regladas” . @
Es decir +ue tanto el *oder &egislati,o como el udicial imponen l:mites al isco para e-ercer los derec0os de ,eriicación y de control so're los contri'uyentes para e,itar lesionar los derec0os constitucionales de estos ltimos. El estado de'e ser respetuoso de la legalidad y -uricidad por lo tanto los derec0os del isco para ,eriicar y iscaliar encuentran los siguientes l:mites = % •
$erec0os constitucionales.
•
&eyes +ue reglamentan su e-ercicio.
•
urisprudencia.
*or ltimo resulta til mencionar a modo de conclusión del tema algunas recomendaciones propuestas en la 7III ornada &atinoamericana de $erec0o !ri'utario cele'rada en Uruguay en 1==8%1 •
“...la Administración Tributaria debe goar de suficientes facultades de control, verificación y fiscaliación de las actividades de los administrados, con el fin de poder determinar adecuadamente la e!istencia o no de obligaciones tributarias, sin que tales facultades puedan violar los derechos fundamentales de las personas. "a ley debe regular en forma detallada y precisa las facultades de la Administración con el propósito de preservar adecuadamente tanto los derechos de los particulares como las necesidades del #stado para la debida recaudación de los tributos.”
7
dem cita . Tribuna$
u$io )(, 12/3/7: Diez, !"#erto P. &Procedimiento Tributario(, ?ni*er'idad de $a P$ata, ornada' Latinoamericana' de 5erec@o Tributario, Tema &
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“#l principio de legalidad impone que tanto el procedimiento administrativo como el acto final de determinación se conducan dentro de las normas que estableca la ley, es decir, que la actuación de la Administración debe ser absolutamente reglada y no discrecional.”
4.3.
FISCA&IDACI &A &E *EA& !"IBU!A"IA%
&a iscaliación no solo puede dar lugar a un proceso de determinación de oicio sino +ue puede con,ertirse en el inicio de una in,estigación de un delito penal tri'utario. El organismo recaudador de'e aclarar al contri'uyente si est2 siendo iscaliado 'a-o la ley 34>8= *enal !ri'utaria ya +ue el art:culo 1@ de la Constitución acional dispone +ue nadie est2 o'ligado a declarar en su contra y ser interrogado sin deensa. Asimismo el iscaliado puede a'stenerse de declarar segn lo esta'lece el Código *rocesal y *enal art:culo 3=8.11
4..
FACU&!A$ES $E &A A$GIIS!"ACI%
&os uncionarios de la AFI* cuentan con “amplios poderes” $% para ,eriicar el cumplimiento de los o'ligados o responsa'les. Con,iene aclarar +ue el e-ercicio de estas acultades son discrecionales por+ue el organismo recaudador tiene li'ertad de actuación para elegir el camino los medios y el momento de su acción pero siempre de'e cuidar de no ,ulnerar derec0os personales +ue se 0an garantiado en la Constitución acional. Es decir +ue el e-ercicio de estas acultades encuentra siempre como l:mite a las normas ya +ue si la autoridad ol,ida el propósito de la ley o dispone algo contrario a /sta entonces ,icia al acto y lo coloca uera de la “órbita administrativa”.
&as acultades son las siguientes% 13
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dem cita 13, "-ina 8. dem cita 1, !a"#tu$o %, art#cu$o 3:. 13 dem cita , "-ina y 'iuiente'. 12
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..1. Citar al firmante de la declaracin !"rada# “&itar al firmante de la declaración jurada, al presunto contribuyente o responsable, o cualquier tercero...para contestar o informar ...todas las preguntas o requerimientos que se les haga sobre rentas, ingresos, egresos y...circunstancias que ...est'n vinculadas al hecho previsto por las leyes respectivas.” $%
&a inormación re+uerida puede ser por escrito o ,er'almente y de'er2 ser contestada en un plao raona'le considerando el domicilio del citado. Segn Ale-andra Sc0neir 1 los re+uerimientos se ormulan por escrito Hsu medio 0a'itual9 ya +ue el art:culo @ de la &ey 1@54= *rocedimientos Administrati,os14 de aplicación supletoria a la ley 118@ dispone +ue ”el acto administrativo se manifestará e!presamente y por escrito” y “...sólo por e!cepción y si las circunstancias lo permitieren podrá utiliarse una forma distinta.”
En caso de +ue se trate de una respuesta ,er'al los uncionarios e6tender2n un acta donde se de-ar2 constancia de las maniestaciones de los su-etos y +ue ser,ir2 como material pro'atorio an cuando no sea irmada por el interesado ser,ir2 de prue'a en el -uicio respecti,o ya +ue est2 in,estida de la presunción de legitimidad del acto administrati,o y constituye simult2neamente un instrumento p'lico (art:culo =>= inciso 3 Código Ci,il). 15 "esulta importante se?alar como 'ien se indica en $octrina !ri'utaria (< 31 tomo 7III) 18 +ue los re+uerimientos de'er2n% •
Ser precisos% $e'en deinir claramente el o'-eto de la solicitud
•
Estar ,inculados con cuestiones tri'utarias
•
•
Ser materialmente posi'les de cumplir es decir +ue se otorgue un plao prudencial en d:as y 0oras 02'iles para contestarlo o de'en contener preguntas +ue el su-eto no pueda contestar por estar ,inculadas con inormación +ue /ste tiene o'ligación de guardar secreto por
1
Ley
1: Procedimiento' dmini'trati*o', modiicada "or $a Ley 21686 B.O. 2:/11/77C. dem cita 2, "-ina . 16 dem cita , "-ina . 1 7 D$az Sieiro, oracio D. &Procedimiento Tributario Ley 11.683(, )dicione' =acc@i, B'.'., 1era.reim"re'in 17, "-ina 2:. 18 dem cita 17, "-ina 2. 1 dem cita 16 1:
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e6istir una norma legal +ue as: lo esta'lece como por e-emplo los m/dicos o los a'ogados.
(.).$.$. *mpugnación de los requerimientos+
!anto arac0 como $:a Sieiro 1> rec0aan la impugnación directa de los re+uerimientos por+ue “son actos administrativos preparatorios o de gestión tributaria... el que cobra virtualidad para el sujeto requerido cuando no es cumplido.” $
Asimismo “la -* ha se/alado que los requerimientos, por constituir un acto preparatorio o de gestión tributaria, no son apelables en forma independiente aunque s0 en el conte!to de impugnación del acto administrativo al cual dieron lugar, toda ve que los actos de fiscaliación anteriores a la determinación de oficio son e!clusivamente de la indagación de la situación y conducta tri'utaria
del contri'uyente por ende no son actos deiniti,osJ. 1=
(.).$.%. 1lao para contestar requerimientos+
*ara contestar los re+uerimientos el plao general es el i-ado por el uncionario o la dependencia +ue inter,iene. Sin em'argo en caso de +ue no esta'lecerse un plao en los re+uerimientos por aplicación supletoria de la ley de procedimientos administrati,os3 el mismo de'e i-arse en un plao no menor de die d:as 31. El particular puede solicitar un prórroga para contestar la +ue no dar2 lugar a ningn tipo de sanción segn se?ala en su art:culo 1< inciso e) punto 5< la &ey 1=54= *rocedimientos Administrati,os% “Antes del vencimiento de un plao podrá la Administración de oficio o a pedido del interesado, disponer su ampliación, por el tiempo raonable que fijare, mediante resolución fundada y siempre que no resulten perjudicados derechos de terceros. "a denegatoria deberá ser notificada por lo menos con % d0as de antelación al vencimiento del plao cuya prórroga se le hubiere solicitado”.
1 1 1 20
dem cita 1. )$ art#cu$o 1°, inc.eC, "to. de $a $ey 1: di'"one Due &!uando no 'e @ubiere e'tab$ecido un "$a4o e'"ecia$ "ara $a rea$i4acin de tr-mite', notiicacione' y citacione', cum"$imiento de intimacione' y em"$a4amiento' y conte'tacin de tra'$ado', *i'ta' e inorme', aDu+$ 'er- de die4 10C d#a'(. 21
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4..3. Re$"erimient% de inf%rmacin a tercer% &a $KI en la circular general =18 del 3=L8L> dispone +ue los re+uerimientos a terceros e6tra?os al ,:nculo de la o'ligación material de'er2n realiarse en la medida +ue sean necesarios para la ,eriicación iscal de los contri'uyentes y con el l:mite de +ue sean tiles. &a circular esta'lece +ue en todos los casos de ser posi'le la inormación de'e ser o'tenida directamente por personal de la repartición e,itando el recargo de tareas a terceros. Es decir +ue la potestad de la administración para solicitar inormación a terceros tiene car2cter e6cepcional.
4... E'i(ir de re&)%n&a*le& % tercer%& la )re&entacin de c%m)r%*ante En el art:culo 5 de la ley 118@ *rocedimiento !ri'utario aculta a la AFI* para +ue e6i-a “...de los responsables o terceros la presentación de todos los comprobantes y justificativos” +ue se reieran al 0ec0o imponi'le. El isco de'e comparar si la situación económica de los responsa'les se condice con los 0ec0os imponi'les declarados y para esto necesita inormación y datos de cuestiones tri'utarios.
(.).).$. 2'gimen de 3acturación 4 2esolución eneral )($5+
"especto a los compro'antes +ue los contri'uyentes de'en entregar la "esolución 41= de la $KI y modiicatorias reglamenta el contenido y orma de los compro'antes comerciales como las modalidades de registración y arc0i,o. El art:culo 1< de la citada resolución general esta'lece +ue “a los fines de la verificación y control de las obligaciones fiscales...cuya aplicación, percepción y fiscaliación se encuentren a cargo de la -irección eneral *mpositiva, los contribuyentes y responsables deberán cumplimentar los requisitos, plaos y formas ...con relación a la emisión de comprobantes y registración de operaciones compra6venta de cosas muebles, locaciones y prestaciones de servicios, locaciones de cosas y7o de obras y se/as o anticipos que congelan precios...”
*or su parte el art:culo 3< esta'lece +ue los su-etos o'ligados a emitir acturas o documentos e+ui,alentes son M los sujetos que realicen en forma habitual las operaciones indicadas en el art0culo $8”.
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(.).).%. 3ormas de presentación, lugar, secuestro o retención, y demás deberes relativos a la documentación+
Segn dispone el decreto reglamentario de la ley 118@ de *rocedimiento !ri'utario en su art:culo 4@ los compro'antes y dem2s documentos relacionados con operaciones ,inculadas a la materia imponi'le de'en ser conser,ados por el responsa'le u o'ligado por un t/rmino +ue se e6tender2 a cinco a?os despu/s de +ue se opere la prescripción. *or lo tanto los responsa'les inscriptos por e-emplo de'en conser,ar por 1 a?os la documentación mientras +ue los no inscriptos 15 a?os. "especto a la orma de presentar los compro'antes el art:culo 4= del arri'a citado decreto esta'lece +ue de'er2n ser e60i'idos en la iscaliación en orma ordenada y clasiicada por el responsa'le. Caso contrario ser2 considerado como resistencia pasi,a del contri'uyente o responsa'le. &uego reerente al lugar de presentación de la documentación y registros /stos de'en ser conser,ados en el domicilio real o legal de contri'uyente o responsa'le segn sea persona :sica o -ur:dica respecti,amente. 33 &a presentación comprende la e60i'ición de los compro'antes en el domicilio iscal del inspeccionado o segn dispone el art:culo 14 del decreto reglamentario de la ley 118@ de *rocedimiento !ri'utario en las oicinas inter,inientes del organismo iscal. "especto al secuestro de la documentación el Código *rocesal *enal en el cap:tulo III art:culo 31 dispone +ue solamente 9el jue podrá disponer el secuestro de las cosas relacionadas con el delito, las sujetas a confiscación o aquellas que puedan servir como medios de prueba9.
&a -urisprudencia coincidentemente con el Código *rocesal *enal 0a esta'lecido en un allo del ugado *enal Económico < 3 3L@L1== NGarta ;ar S"& sLley 3.>>1N +ue 9las inspecciones de ninguna manera pueden abarcar el secuestro de documentación porque tal actividad ....debe hallarse necesariamente comprendida en el marco de una orden de registro e!tendida por :ue competente9.
*or lo tanto el organismo iscal no tiene acultad para retener o secuestrar la documentación. *ara esto de'e contar con una orden -udicial. *or+ue la acultad de allanar no conlle,a la acultad de incautar 2 2
)$ art#cu$o 3° de $a $ey 11683 di'"one Due &)$ domici$io de $o' re'"on'ab$e' en e$ conce"to de e'ta $ey y de $a' $eye' de tributo' ...e' e$ rea$ o...e$ $ea$...$ei'$ado en e$ !dio !i*i$..(.
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*or ltimo los uncionarios actuantes en la iscaliación de'en respetar el derec0o del inspeccionado a e-ercer su acti,idad sin o'st2culos.
4..4. Reca*ar )%r medi% del Admini&trad%r Federal + dem,& f"nci%nari%& a"t%ri-ad%& )%r la AFIP %rden de allanamient%# El art:culo 1@ de la Constitución acional garantia la in,iola'ilidad de domicilio y papeles pri,ados cuando dispone +ue 9...una ley determinará en qu' casos y con qu' justificativos podrá procederse a su allanamiento y ocupación9.
El allanamiento medida coerciti,a de'e ser conseguida por la AFI* o uncionario autoriado por /sta cuando sea necesario ingresar en el domicilio del contri'uyente o tercero y N e!istan fundadas raones para presumir que ocultan documentación u otros objetos que permitan acreditar la e!istencia de il0citos en materia fiscal9 33 o determinar la o'ligación tri'utaria.
Al respecto el Código *rocesal *enal (&ey 3=@4) en el art:culo 334 3 esta'lece +ue 9si hubiera motivos para presumir que en determinado lugar e!isten cosas pertinentes al delito,...el jue ordenará, por auto fundado, el registro de ese lugar9.
El mismo art:culo contina diciendo +ue 9el jue podrá disponer de la fuera p;blica y proceder personalmente o delegar la diligencia en funcionarios de la polic0a. #n este caso la orden será escrita y contendrá el lugar, d0a y hora en que la medida deberá efectuarse y el nombre del comisionado, que labrará un acta...9.
*or su parte la -urisprudencia 34 se?ala +ue la orden de allanamiento procede simplemente ante la negati,a de acceso de los uncionarios del organismo recaudador a la documentación sin necesidad de +ue e6ista presunción de raude o e,asión iscal. Asimismo la C2mara acional de Apelaciones en lo *enal Económico 9Sala II9 8L@L=3 en el allo N$irección Keneral Impositi,a sLsolicitud órdenes de allanamientoN maniiesta +ue 9la e!pedición de órdenes de allanamiento en el procedimiento tributario remite a la norma procesal , norma que requiere la e!istencia de suficientes indicios para que sepa practicar una pesquisa domiciliaria, una intrusión en un ámbito cuya privacidad está resguardada en el art0culo $ de la 22
dem cita 2, "-ina 12. Ley 238 !dio Proce'a$ Pena$, Libro , T#tu$o E=edio' de PruebaE, !a"#tu$o EFei'tro domici$iario y reDui'a "er'ona$E. 2 !-mara Naciona$ de "e$acione' en $o !ontencio'o dmini'trati*o
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&onstitucional ?acional. "a e!istencia de esos indicios suficientes se encuentra en relación estrecha con la necesidad de fundamentación del auto que ordene la emisión de aquellas órdenes y es responsabilidad del jue que instruye el sumario...9.
(.).(.$. Allanamientos y secuestros de documentación en estudios de profesionales+
&a Federación Argentina de Colegios de A'ogados sostiene +ue el allanamiento de un estudio -ur:dico sólo puede -ustiicarse si se re,isa o e,entualmente secuestra documentación personal de los miem'ros del estudio pero si se re,isa indiscriminadamente todos los documentos entonces se atenta contra las 'ases del sistema constitucional. *arte de la doctrina sostiene +ue sólo se puede aceptar el allanamiento de estudios de proesionales en los supuestos en los +ue se in,estigue so're la conducta iscal del proesional o la de su participación en los actos de terceros. Gientras otra parte airma +ue nada impide la posi'ilidad de allanar un estudio cuando se suponga +ue en ellos e6iste documentación de cual+uier contri'uyente o responsa'le. *ero en este caso los autores sostienen +ue en dic0os domicilios se e6amine nicamente la documentación +ue perteneca al su-eto +ue el -ue ordena allanar. o o'stante el art:culo >< de la ley 3.1@> 35 +ue reglamenta el e-ercicio de la proesión de a'ogados en la Ciudad de Buenos Aires enuncia +ue “son derechos de los abogados, sin perjuicio de los acordados por otras disposiciones legales ...la inviolabilidad de su estudio profesional, en resguardo de la garant0a constitucional de la defensa en juicio. #n caso de allanamiento, la autoridad competente que hubiera dispuesto la medida deberá dar aviso ...al &olegio al realiarla, y al abogado podrá solicitar la presencia de un miembro del &onsejo -irectivo durante el procedimiento, sin que ello implique suspenderlo” .
4..5. In&)ecci%nar l%& li*r%&. an%taci%ne&. )a)ale& + d%c"ment%& de re&)%n&a*le& % tercer%& *ara cumplir con su cometido la AFI* de'e controlar el correcto cumplimiento de las o'ligaciones de los contri'uyentes y responsa'les. !am'i/n de'e ,eriicar +ue /stos cumplan correctamente con las o'ligaciones ormales (o'ligaciones no patrimoniales de 0acer). 2 :
Ley 23.187, B.O. 2:/6/8:.
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Entre las mismas e6iste la o'ligación de lle,ar li'ros y registros por las operaciones +ue realian emitir compro'antes y conser,ar sus duplicados por un determinado tiempo para +ue la AFI* pueda ,eriicarlos. Este tipo de o'ligaciones est2n -ustiicadas por la o'ligación +ue tienen los administrados para cola'orar con la Administración.35 'is
4..5.1. "ugar de inspección+ El lugar donde de'en e6aminarse los li'ros y registraciones es en el domicilio iscal es decir +ue la AFI* de'er2 inspeccionarlos en la sede principal de los negocios de la empresa o responsa'le.38 Asimismo resulta de la aplicación de lo dispuesto por el art:culo 8 del Código de Comercio +ue consagra el principio de inamo,ilidad de los li'ros de comercio (&i'ros $iario e In,entarios y Balances su'diarios o au6iliares +ue integran el sistema conta'le). Sin em'argo no 0ay consenso en la doctrina respecto a la inamo,ilidad de los li'ros para los su-etos no comerciantes por+ue mientras algunos autores sostienen +ue el #rganismo Fiscal posee acultades para solicitar al contri'uyente +ue e60i'a sus registros en el lugar +ue la administración iscal decida y por lo tanto de'an trasladar los li'ros y registraciones a las dependencias +ue la AFI* disponga 3> otros postulan +ue estos registros corren con la misma suerte +ue los li'ros de los comerciantes 3@.
4..5.3. Actas+ *ara de-ar constancia de los elementos e6aminados por el ente administrati,o los uncionarios autoriados por la AFI* la'ran actas +ue re,isten el car2cter de medios de prue'a. En ellas se indi,idualian los documentos e6aminados los 0ec0os y circunstancias.
2
: bi'
Schneir, Alejandra y Presas Bonora, Jorge ELa' acu$tade' de *eriicacin y i'ca$i4acin de $a
5ireccin enera$ m"o'iti*aE, 5octrina Tributaria, )rre"ar, re*i'ta N° 211, oct./7, Tomo 9%, "-ina :28 2 6 uto' &Bodea' y %iHedo' !a'tro Ino'. c/Pro*incia de Tucum-n( A !orte u"rema de >u'ticia de $a Nacin A 'entencia de$ 1:/3/67. 27 dem cita N° , "-ina :2. 28 dem cita N° 17, "-ina 2:. Alumno% 7erónica Cristina ;ern2nde
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Son instrumentos p'licos siempre y cuando inter,enga un oicial p'lico competente el +ue de'e actuar dentro del l:mite de sus unciones en lo +ue se reiere tanto a la naturalea como al territorio asignado y o'ser,ando las ormas legales. El 0ec0o de +ue las actas sean instrumentos p'licos implica +ue el agente 0ace plena e de la autenticidad de +ue los 0ec0os 0an sido constatados en presencia suya. Si el contri'uyente no est2 de acuerdo con el contenido del acta puede de-ar constancia de sus o'ser,aciones en ella o simplemente negarse a irmarla.
4..5.. "ibros y registros obligatorios + El Código de Comercio esta'lece en el art:culo 44 +ue todos los comerciantes estan o'ligados a lle,ar un sistema de conta'ilidad +ue rele-e los actos de su gestión y situación patrimonial. Adem2s impone +ue independientemente de otros li'ros o registros +ue normas o disposiciones espec:icas esta'lecan los comerciantes matriculados tienen +ue coneccionar indispensa'lemente los siguientes li'ros% •
•
$iario% Se asientan d:a por d:a en orden en +ue se eectuan todas las operaciones +ue 0ace el comerciante sea por cuenta propia o a-ena por cual+uier t:tulo maniestando +uien es deudor y +uien acreedor. In,entarios y Balances% $e'e e6presar con ,eracidad y e6actitud la situación inanciera de los comerciantes a ec0a de cierre de cada e-ercicio.
En cuanto a la &ey 118@ de *rocedimiento !ri'utario el tercer p2rrao del art:culo dispone +ue “todas las personas o entidades que desarrollen alg;n tipo de actividad retribu0da, que no sea en relación de dependencia, deberán llevar registraciones con los comprobantes que respalden y emitir comprobantes...que permitan establecer ...los gravámenes que deban tributar”.
En el mismo orden la AFI* dispuso en la "esolución Keneral 41=L=1 art:culo 1@ +ue los li'ros o registros a utiliar por los contri'uyentes son segn /stos eecten registraciones +ue les permita coneccionar estados conta'les o no los siguientes% •
Si eectan registraciones +ue les permite coneccionar estados conta'les% li'ros o medios autoriados de acuerdo al art:culo 81 de la &ey 1=55 .
•
Si no eectan registraciones +ue les permita coneccionar estados conta'les% li'ros o registros Hmanuales o computariados9 +ue de'en
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cumplir con lo dispuesto en el art:culo 54 del Cogido de Comercio.
(.).@.(. “3ormalidades y formas de llevar los libros”>.
4..5.4. 3ormalidades y formas de llevar los libros+ El art:culo 5 del Código de Comercio esta'lece la orma en +ue de'en lle,arse los li'ros. Al respecto dice +ue M estarán encuadernados y foliados, en cuya forma cada comerciante los presentará al Tribunal de &omercio de su domicilio para que se los individualice ....y se ponga en ellos nota datada y firmada del destino del libro, del nombre de aquel a quien perteneca y del n;mero de hojas que contenga”.
Asimismo el art:culo 54 del Código de Comercio maniiesta +ue se pro0:'e +ue en los li'ros $iario In,entarios y Balances y li'ros au6iliares no e6igidos por la ley% $. “Alterar en los asientos el orden progresivo de las fechas y operaciones...” %. “-ejar blancos ni huecos, ...sin que ...quede lugar para intercalaciones ni adiciones”. ). “acer interlineaciones, raspaduras ni enmiendas ...”. (. “Tachar asiento alguno”. @. “=utilar alguna parte del libro, arrancar hoja alguno o alterar la encuadernación y foliación”.
Adem2s todas las registraciones conta'les o especiales de'en estar respaldadas compro'antes y sólo de la e +ue /stos merecan surge el ,alor pro'atorio de los registros.
(.).@.@. 2egistraciones efectuadas mediante sistemas de computación+
A+uellos contri'uyentes y terceros +ue eectan registraciones mediante sistemas de computación est2n o'ligados a prestar cola'oración con la Administración3@'is. !am'i/n est2n alcanados los terceros +ue realian tareas de ser,icios de computación siempre en la medida +ue se aplica al contri'uyente o responsa'le 'a-o ,eriicación. 28bi'
!onirma ;!ita N° 2:bi', "-ina' :33. ;!ita N° 1, art#cu$o 36.
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&a ley 118@3= dispuso +ue los contri'uyentes y terceros 9reeridos en el p2rrao anterior9 tienen +ue mantener por dos a?os los soportes magn/ticos ,inculados a la materia imponi'le en condiciones de operati,idad contados a partir del cierre del e-ercicio en +ue se 0ayan utiliado. *or su parte la misma ley autoria a los uncionarios de la AFI* a% •
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Copiar total o parcialmente los soportes magn/ticos "e+uerir inormación o documentación respecto al e+uipamiento de computación y aplicaciones caracter:sticas t/cnicas del sotOare y 0ardOare "e+uerir especiicaciones acerca del sistema operati,o lengua-es y utilitarios utiliados listados de programas dise?o de programas y toda documentación +ue 0aga al proceso de los datos.
En ltimo lugar y siempre +ue sea necesario los uncionarios del organismo recaudador tienen acultad para utiliar programas o utilitarios de aplicación en auditoria iscal para acilitar la o'tención de datos instalados en el e+uipo inorm2tico del su-eto +ue est2 siendo iscaliado. #tro aspecto a tener en cuenta son las disposiciones legales respecto a la orma en +ue estos registros computariados de'en lle,arse. &a &ey 1=55 &ey de Sociedades Comerciales con las modiicaciones de la &ey 33= esta'lece en el art:culo 81 +ue puede prescindirse de lle,ar los li'ros encuadernados y oliados segn pre,/ el art:culo 5 del Código de Comercio cuando “... la autoridad de control o del 2egistro 1;blico de &omercio, autoricen la sustitución de los mismos por ordenadores, medios mecánicos o magn'ticos u otros, salvo el de *nventarios o Balances” .
"especto a las registraciones +ue se eecten mediante medios computariados la "esolución Keneral @L=4 de la AFI* ordena en el art:culo 1@ +ue los registros de'er2n lle,arse en 0o-as con numeración preimpresa y progresi,a y adem2s con numeración consecuti,a y progresi,a asignada por el sistema +ue se utilice. Estas 0o-as de'en conser,arse ordenadas correlati,amente y encuadernadas por semestres o por lote de 0asta 1 0o-as cuando se alcance esta cantidad antes de terminar el semestre lo +ue dar2 inicio a un nue,o per:odo. (.)[email protected]. 1lao de conservación de los libros+
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dem cita N° 1, art#cu$o 36.
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El segundo p2rrao del art:culo de la ley 118@ o'liga a los responsa'les a conser,ar los li'ros y registros as: como los documentos y compro'antes por las operaciones por un plao de die a?os o e6cepcionalmente un plao mayor. Sin em'argo el art:culo 4@ del decreto reglamentario 1=>L>= dispone +ue se “...deberán conservar... por un t'rmino que se e!tenderá hasta cinco a/os despu's de operada la prescripción del per0odo fiscal...” lo +ue signiica por e-emplo para un responsa'le no inscripto la o'ligación de conser,ar los li'ros por un plao de +uince a?os tiempo +ue e6cede lo dispuesto por el antes citado art:culo .
4..8. Re$"erir )%r medi% del Admini&trad%r Federal + %tr%& f"nci%nari%& a"'ili% de la f"er-a )/*lica# El Administrador Federal o los uncionarios autoriados podr2n solicitar el au6ilio policial cuando se presenten cual+uiera de las siguientes situaciones % •
ecesidad de 0acer comparecer a responsa'les y terceros
•
E-ecutar órdenes de allanamientos
•
E,itar la o'strucción de la iscaliación por parte de terceros
El au6ilio no puede ser re+uerido en cual+uier caso sino sólo cuando a los uncionarios de iscaliación se le opongan pro'lemas o resistencia para desarrollar sus tareas. A decir de caliicada doctrina el au6ilio de la uera p'lica N sólo deber0a verificarse en aquellos casos en fuere imprescindible9 .1
4..>. Cla"&"rar )re0enti0amente "n e&ta*lecimient%1 30 31
dem cita 17, "-ina 26. dem cita , "-ina :.
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Cuando un uncionario autoriado de la AFI* ,erii+ue +ue en un esta'lecimiento se 0an conigurado algn o algunos de los 0ec0os u omisiones pre,istos en el art:culo de clausura (art:culo 4 ley 118@ *rocedimiento !ri'utario) y adem2s signii+ue un gra,e per-uicio o el responsa'le tenga antecedentes por 0a'er cometido la misma inracción en un periódo menor al a?o desde +ue se dictó la anterior clausura. &a clausura pre,enti,a dispuesta por la AFI* de'e comunicarse de inmediato al -ue ederal o en lo *enal Económico para /ste resuel,a de-arla sin eecto de no e6istir per-uicio o mantenerla 0asta +ue el responsa'le regularice la situación pre,ia audiencia con el responsa'le. &a clausura no puede e6tenderse m2s de tres d:as e6cepto +ue se resuel,a su mantenimiento por el -ue. En el caso de +ue se conirme cada d:a de clausura pre,enti,a e+ui,ale a un d:a de clausura. Cuando el responsa'le regularice su situación entonces el -ue administrati,o o -udicial dispone inmediatamente el le,antamiento de la clausura pre,enti,a.
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