Ensayo sobre el derecho de propiedad de los pueblos indígenas “El derecho a la tierra y al territorio de los pueblos indígenas es un derecho humano por su relación intrínseca con la naturaleza” En 1989, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) adoptó el Convenio sobre los Derecos de los !"eblos Ind#genas $ Tribales (Convenio n%&' 19 de la OIT)' Desde entonces, el Convenio a sido raticado por *+ pa#ses' En ellos, los órganos de control de la OIT an &onitoreado $ g"iado el proceso de i&ple& i&ple&ent entaci ación ón a travs travs del e-a&en e-a&en reg"l reg"lar ar de &e&ori &e&orias as $ el aporte aporte de co&e co&ent ntar ario ios s a los los gobi gobier erno nos s en c"es c"esti tión ón'' El conv conveni enio o ace ace inc incap api i en los derecos de trabajo de trabajo de los p"eblos ind#genas $ tribales $ s" dereco a la tierra $ tierra $ al territorio territorio,, a la sal"d sal"d $ $ a la ed"cación ed"cación'' Deter&inand Deter&inando o la protecc protección ión de .los valores $ pr/cticas pr/cticas sociales, sociales, c"lt"rales, c"lt"rales, reli religi gios osos os $ espi espiri rit" t"al ales es prop propio ios. s. de los los p"eb p"eblo los s ind# ind#ge gena nas, s, $ den dene e .la .la i&port i&portanc ancia ia especi especial al 0"e para para las c"lt"r c"lt"ras as de n"estr n"estro o territ territori orio o $ valor valores es espirit"ales de los p"eblos interesados reviste s" relación con las tierras o terr territ itor orio ios. s.'' s# s# co&o co&o la i&po i&port rtan anci cia a de las las acti activi vida dade des s econ econó& ó&ic icas as trad tradic icio iona nale les s para para s" c"lt "lt"ra "ra' Ta&b a&bin 0"e 0"e los los serv servic icio ios s de sal" sal"d d para ind#genas deber/ deber/n n organ organiza izarse rse en 2or&a 2or&a co&"ni co&"nitar taria, ia, incl"$ incl"$end endo o los &todos de prevención, pr/cticas c"rativas $ &edica&entos tradicionales' 3os progra&as de ed"cación .deber/n abarcar s" istoria, s"s conoci&ientos $ tcnicas, s"s siste&as de valores. $ ade&/s, .deber/n adoptarse disposiciones para preservar las leng"as ind#genas.' ct"al&ente el dereco a propiedad de los p"eblos ind#genas en el !er% no se a reconocido en la totalidad totalidad de estos, debido debido a 0"e el estado per"ano los a &antenido &antenido 2"era de te&a4 por lo tanto se an registrado registrado di2erentes di2erentes 0"ejas de part parte e de esto estos s p"eb p"eblo los, s, por0 por0"e "e vari varias as de s"s tier tierra ras s son son inve invert rtid idas as en actividades &ineras $ petroleras $ consec"ente&ente conta&inadas por estas, ca"sando da5os a s"s abitantes' abitantes' Este es el caso de los p"eblos p"eblos ind#genas ind#genas co&o6 co&o6 la co&"nidad co&"nidad de c"ar, c"ar, la co&"nid co&"nidad ad nativa nativa Tres Islas, Islas, la co&"ni co&"nidad dad ind#ge ind#gena na Ca5ar# Ca5ar#s s 0"iene 0"ienes s an presentado s"s 0"ejas directa&ente a la CID7 (Co&isión Intera&ericana de Derecos 7"&anos)' 3os peticionarios den"nciaron 0"e s" identidad j"r#dica e integridad territorial se ven ven v"lne v"lnera rada das s por por s" clas clasic icac ació ión n co&o co&o co& co&"ni "nida dade des s ind# ind#ge gena nas s o ca&pesinas, $ no co&o p"eblos originarios o ind#genas, clasicación 0"e s# se corresponder#a con s" di&ensión integral co&o gr"po etnoling:#stico' 3os peticionarios den"nc "nciaron 0"e dica clasicación per&ite 0"e el recon econoc oci& i&ie ient nto o de s"s s"s terr territ itor orio ios s se corr corres espo pond nda a $ li&i li&ite te sólo sólo a s"s s"s asenta&ientos abitacionales $ s"s espacios de c"ltivo $ ganader#a, dejando por 2"era los bos0"es $ 2"entes #dricas 0"e an pose#do $ de las c"ales an dependido ancestral&ente' ;eg%n &ani2estaron, dica 2rag&entariedad de s" personalidad j"r#dica $ territorial, se agrava ante la 2alta de cons"lta previa respecto respecto de &ega pro$ectos pro$ectos 0"e el Estado a"toriza, a"toriza, dentro de s"s territorios' territorios'
3a Co&isión reconoció el es2"erzo del Estado por reg"lar la cons"lta previa, $ e-ortó a 0"e dicas disposiciones se c"&plan a cabalidad' En concl"sión, el Estado debe de respetar el dereco a propiedad de todos los p"eblos ind#genas $ debe de de&ostrarlo reconociendo co&o p"eblos originarios ind#genas a todas a0"ellas co&"nidades ind#genas o ca&pesinas a las c"ales no se les a reconocido s"s territorios $ por lo tanto se le est/ violando "n dereco'