“El matrimonio como acto, los responsables, su definición, impedimentos para contraer matrimonios”
UNIVERSIDAD CATOLICA ULADECH DE CHIMBOTE - TUMBES ESCUELA DE DERECHO
TEMA
AUTOR
GARCÍA BARRETO, JOSÉ NÉSTOR CICLO:
IV CURSO:
DERECHO DE FAMILIA DOCENTE:
DRA. LUZ APOLO GOMEZ TUMBES – PERÚ 2017
ACTO, LOS RESPONSABLES, SU IMPEDIMENTOS PARA CONTRAER
“EL MATRIMONIO COMO
DEFINICIÓN, MATRIMONIOS”
JOSE NESTOR GARCIA BARRETO
“El matrimonio como acto, los responsables, su definición, impedimentos para contraer matrimonios”
ACTO, LOS RESPONSABLES, SU IMPEDIMENTOS PARA CONTRAER
“EL MATRIMONIO COMO
DEFINICIÓN, MATRIMONIOS”
JOSE NESTOR GARCIA BARRETO
“El matrimonio como acto, los responsables, su definición, impedimentos para contraer matrimonios”
EL MATRIMONIO COMO ACTO Es un acto jurídico bilateral que se constituye por los conocimientos de los contrayentes, pero integrado por la actuación, también constitutiva del oficial publico encargado del registro civil o de la autoridad competente para celebrar el matrimonio, para haber efectivo un control de legalidad de parte del Estado. El art.234.- El es la unión voluntariamente concertada por un varón y una mujer legalmente actos para ella y formalizada con sujeción a las disposiciones de este código, a fin de tener vida en común. El marido y la mujer tienen en el hogar autoridad, consideraciones, derechos, deberes y responsabilidades iguales.
DEFINICION DEL MATRIMONIO El matrimonio es una institución natural, de orden público, que en mérito al consentimiento común en la celebración del acto nupcial, mediante ritos o normas legales de formalidad, se establece la unión de una persona natural con otra fundada en principios de indisolubilidad, estabilidad, lealtad y fidelidad mutuas que no pueden romper a voluntad.
RESPONSABLES Los responsables de un matrimonio que se contrae, formaliza e inscribe ante las autoridades
civiles (registro
civil, administración
pública, jueces o
autoridades municipales) y no ante las autoridades religiosas, ni siguiendo el rito de una religión (matrimonio religioso).
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“EL MATRIMONIO COMO
DEFINICIÓN, MATRIMONIOS”
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LOS FINES DEL MATRIMONIO Para el Derecho Canónico los fines primarios son: La procreación y La crianza de los hijos Y un fin secundario es el deber reciproco de asistirse mutuamente en todas las necesidades.
Para el Derecho de Familia los fines son: Legalización de las relaciones intersexuales. (Esto descarta el Concubinato). Educación de los hijos. Asistencia, comprensión, cooperación y compañía mutuas. La asistencia incluso subsiste luego del divorcio.
IMPEDIMENTOS PARA CONTRAER MATRIMONIO La Ley establece impedimentos o incapacidades para contraer matrimonio, distinguiéndose entre incapacidades absolutas (impiden contraer matrimonio con cualquier persona) e incapacidades relativas (impiden contraer matrimonio con determinadas personas). Incapacidades Absolutas: 1) Vínculo matrimonial no disuelto. 2) Edad inferior a 16 años. 3) Privación del uso de razón, fehacientemente diagnosticada, que impida formar la comunidad de vida que implica el matrimonio. ACTO, LOS RESPONSABLES, SU IMPEDIMENTOS PARA CONTRAER
“EL MATRIMONIO COMO
DEFINICIÓN, MATRIMONIOS”
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“El matrimonio como acto, los responsables, su definición, impedimentos para contraer matrimonios”
4) Trastorno o anomalía psíquica, fehacientemente diagnosticada, que impida formar la comunidad de vida que implica el matrimonio. 5) Carencia de suficiente juicio o discernimiento para comprender y comprometerse con los deberes y derechos esenciales del matrimonio 6) Imposibilidad de expresar claramente su voluntad por cualquier medio, ya sea en forma oral, escrita o por medio de lenguaje de señas.
Incapacidades Relativas:
1) Parentesco: No pueden contraer matrimonio entre si los ascendientes y descendientes por consanguinidad o
por afinidad, ni los colaterales por
consanguinidad en el segundo grado. 2) Adopción: No pueden contraer matrimonio adoptante con adoptado o adoptado con viudo o viuda del adoptante. 3) Crimen: El cónyuge sobreviviente no podrá contraer matrimonio con el imputado contra quien se hubiera formalizado investigación por el homicidio de su marido o mujer, con quien hubiere sido condenado como autor, cómplice o encubridor de ese delito.
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