El derecho corporativo: perspectiva histórica, concepto y elementos de estudio en México. Elaborado por el Maestro en Derecho Ariel de Jesús Gutiérrez Díaz, profesor de la Universidad del Valle de México, Campus Villahermosa, región sur. Revisó: Maestra Marisol Figueroa Meza, Coordinadora de la licenciatura en Derecho.
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DERECHO DE LOS NEGOCIOS. DERECHO CORPORATIVO.
Introducción. La globalización ha generado constantes cambios en el ámbito económico que han propiciado la eliminación de barreras comerciales, la interdependencia y la celebración de tratados internacionales, dichas consecuencias nos inducen cada vez más a participar activamente en el intercambio comercial de bienes y servicios y en ello va implícita la incursión de los particulares en la actividad mercantil. Desde este contexto, el derecho corporativo no queda ubicado en una sola rama del derecho, es multidisciplinario y se vincula con el derecho mercantil corporativo, societario corporativo, cartular corporativo, cambiario corporativo, bursátil corporativo, concursal corporativo, de telecomunicaciones corporativas, constitucionales corporativas, administrativo corporativo, bancario, seguros y reaseguros, 1 procesal corporativo, entre otras ramas del derecho. De ahí que en la actualidad el derecho corporativo ha adquirido relevancia ya que se encuentra relacionado directamente con la actividad empresarial y se requiere de su conocimiento para propiciar un terreno legal fértil para el éxito y prosperidad de la actividad empresarial. En consideración de esta importancia, en el presente artículo se analiza su perspectiva perspectiva histórica, histórica, la conceptualización y los elementos de estudio en México. Finalmente se presentan algunas conclusiones obre esta temática.
Antecedentes Históricos del Derecho Corporativo. El principal antecedente del derecho corporativo es el derecho de la empresa o derecho empresarial conocido también como derecho de los negocios. En el derecho romano romano antiguo no existió el derecho empresarial ni tampoco el derecho corporativo, sino que los mismos aparecieron posteriormente, es 2 decir, en la edad contemporánea. 1
Roberto Sanroman Aranda y Angélica Cruz Gregg. Derecho Corporativo y la empresa. — — [consultado [consultado el 21 de febrero de 2016]. — — disponible en internet en: https://centrounive https://centrouniversitariopasodelnorte.com rsitariopasodelnorte.com/greenstone/collect/l /greenstone/collect/ld/index/assoc/HASHe d/index/assoc/HASHec8c.dir/doc.pdf c8c.dir/doc.pdf
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Fernando Jesús Torre Manrique. (2009, septiembre 29). Derecho 29). Derecho corporativo. corporativo — . — [consultado [consultado el 21 de febrero de 2016]…[Disponible 2016] …[Disponible en Internet en: http://www.gestiopolis.com/derecho-corporativo/
El corporativismo, tuvo su origen como sistema de organización social, en el sistema fascista europeo que buscó dar su contenido social a sus diferentes asociaciones agrupando a sus hombres según la comunidad de sus intereses naturales y de sus funciones sociales bajo una representación pública distinta a la de sus organismos propios. Destruidos y prohibidos los gremios medievales, surge un momentáneo individualismo, sustituido por un periodo sindical caracterizado por la libertad del desenvolvimiento de organizaciones profesionales conocidas como sindicatos; los cuales al finalizar la primera Guerra Mundial desaparecen y se convierten en corporaciones de derecho público incrustadas en el estado a fin de regir la vida laboral. El corporativismo se asienta principalmente en Italia y se extiende a Portugal, España, Alemania y Brasil. Este sistema queda integrado por corporaciones. El derecho corporativo se enfoca al estudio de las corporaciones como surgen de la ley, mas no de las clásicas, sino de las que aparecen como consecuencia de sistemas políticos estatales y las cuales carecen de un matiz laboral, pues dependen del sistema económico imperante, cuyo fin es regular el ordenamiento del mismo según los intereses de la agrupación de productores a la que se pertenezca. El derecho sindical es una disciplina jurídica derivada de la rama del derecho social, específicamente del derecho del trabajo conocido como derecho laboral, que estudia y regula el fenómeno jurídico de la asociación profesional por cuanto a su constitución, actividades, relaciones y proyección hacia el 3 Estado.
Definición del derecho corporativo El derecho corporativo es definido por Zarkín como: “Un método de interpretación de las normas nacionales y extranjeras de aplicación extraterritorial que rigen las empresas y su contexto, incorporando la variable ambiental a partir de las posibilidades que permiten las ciencias jurídicas y los niveles del derecho; otorga una nueva lectura en la interpretación de las normas institucionales 4 preexistentes y aquellos creadas ex profeso en un orden legal considerado sistemático.” Para fines de este artículo se entiende al derecho corporativo como: El conjunto de normas jurídicas que regulan a ciertas agrupaciones humanas denominadas corporaciones, cuyo fin, generalmente de utilidad pública, puede ser proyectado hacia diversa naturaleza legal, específicamente en el área laboral, administrativa y comercial. El derecho corporativo surge después que el derecho empresarial, es decir el derecho corporativo no es lo mismo que el derecho empresarial, diferencias que abordaremos a continuación.
Definición Derecho empresarial Se define como la rama del derecho que estudia y regula a la empresa, sea cual fuere su tamaño, la empresa a la vez es definida como el conjunto de administración, trabajadores y capital que se dedican a cubrir una necesidad en el mercado, por lo cual existen diversas clasificaciones sobre la misma, siendo una ellas la que clasifica a las empresas de acuerdo al tamaño de las mismas. Numerosos investigadores niegan la existencia de un derecho empresarial como disciplina autónoma del derecho, sin embargo, el autor Víctor Eduardo Mangas (2002: 111 -113) afirma que “éste (el 3
Claudia Corona Cabrera. Derecho Corporativo empresaria. – [consultado el 21 de febrero de 2016]. Universidad Nacional Autónoma de México. Facultad de Contaduría y Administración. Disponible en Internet en: http://fcasua.contad.unam.mx/apuntes/interiores/docs/2012/administracion/3/1344.pdf 4 Sergio Salomón Zarkin Cortes. Derecho Corporativo. México: Porrúa, 2005, 461… p.
derecho empresarial) debe existir porque la empresa, forma principal del sistema capitalista, siempre está presente en la vida cotidiana de cualquier país”, y porque se precisa para la eficiencia, calidad y desarrollo empresariales. El derecho empresarial forma parte de la dogmática jurídica, de la ciencia jurídica y del arte jurídico porque de la empresa emana todo un universo de posibilidades sociológicas, filosóficas y dogmáticas. En otras palabras, el derecho empresarial resulta ser la columna vertebral para el soporte normativo de una empresa y para la existencia misma del empresario que requiere de un lugar para desarrollar sus ideas, anhelos y proyectos.
Diferencia entre el derecho corporativo y derecho empresarial. El derecho corporativo no es igual ni lo mismo que el derecho empresarial, algunas de las diferencias más notables son las siguientes:
El derecho corporativo forma parte del derecho empresarial, es decir, el derecho empresarial abarca al derecho corporativo. El derecho empresarial regula y estudia a todas las empresas, mientras que el derecho corporativo estudia y regula sólo a las grandes empresas. El derecho empresarial se encuentra más difundido que el derecho empresarial.
Elementos de estudio del derecho corporativo en México: El objeto de estudio del Derecho Corporativo es la sociedad mercantil y sus actividades, lo importante es determinar las áreas específicas que abarca, lo que delimitaré en este trabajo. La primera área de estudio es sin duda la relativa a las sociedades mercantiles, ya que el derecho corporativo tiene como objeto de estudio a la empresa y ésta, en la gran mayoría de nuestras leyes, se identifica con la figura de la sociedad mercantil. De la sociedad mercantil el derecho corporativo estudia:
Su constitución y funcionamiento en general. Las distintas clases que la legislación mexicana reconoce. Los elementos que hacen posible que exista y sea válida en el ámbito jurídico. El concepto de cada una de ellas. Las obligaciones y derechos que los socios tienen dentro de ella, dependiendo del tipo al que pertenezcan. Los órganos de cada una de ellas. Los tipos de socios que pueden existir, así como su ingreso y exclusión a la misma. Las razones por las que se puede disolver y la forma que procede su liquidación. Para el estudio de las sociedades mercantiles es necesario consultar la norma que las regula, es decir, la Ley General de Sociedades Mercantiles. Las sociedades mercantiles, si bien es cierto son la principal figura en el derecho corporativo, no son la única de su interés, ya que existen otras figuras que por las actividades que pueden llegar a realizar, entran en el objeto de estudio del derecho corporativo. Las figuras a las que no referimos son la Asociación Civil y la Sociedad Civil. Sobre estas dos figuras al derecho corporativo le interesa:
La forma en que nacen a la vida jurídica.
Los requisitos que deben de cumplir para ser existentes y válidas. El concepto de cada una de ellas. Las obligaciones y derechos que los socios tienen dentro de ella, dependiendo del tipo al que pertenezcan. La administración de cada una de ellas. Los tipos de socios que pueden existir, así como su ingreso y exclusión a la misma. Las razones por las que se pueden extinguir. En el estudio de la asociación civil y de la sociedad civil el derecho corporativo remite a la Ley Sustantiva Civil. Aunque la empresa o las sociedades mercantiles son el campo de estudio del derecho corporativo, las actividades que éstas realizan son muy variadas, haciendo necesario centrar nuestro interés de estudio en aspectos específicos; es decir, delimitar lo que estudiaremos en el derecho corporativo con respecto a la empresa. La primera de ellas es la relativa a los actos de comercio que realiza la empresa, pues son estos actos lo que le dan la característica de mercantiles a las actividades de la empresa. La segunda faceta es la que se refiere a los comerciantes, quienes son los que realizan precisamente los actos de comercio y que una de sus modalidades es la sociedad mercantil. El estudio de los comerciantes implica conocer los tipos que hay, quiénes no pueden ser comerciantes y a quiénes les está prohibido ser comerciantes; todo ello de acuerdo a lo que el Código de Comercio nos marca. Por último, la faceta que se refiere a la negociación mercantil, esto es, la cara con que un comerciante realiza actos de comercio con otros comerciantes o personas comunes. En el movimiento cotidiano de una negociación mercantil, existe una gran probabilidad de que se le presenten situaciones relacionadas con la propiedad intelectual, generalmente por la comercialización de un producto o servicio o por el uso o aprovechamiento de algún producto o servicio; es decir, por la realización de actos de comercio, razón por la cual entra dentro de la competencia del derecho corporativo, el cual se avoca a analizar los elementos de cada uno de los derechos intelectuales, la forma en que son protegidos por la ley y la autoridad. El estudio de la propiedad intelectual requiere del apoyo de la Ley Federal del Derecho de Autor y la Ley de la Propiedad Industrial. Del universo de actos de comercio que una empresa pueda realizar, existen dos de ellos que para la empresa son de gran importancia en su operación cotidiana; nos referimos a los títulos de crédito y a las operaciones bancarias. Es indiscutible que en la actualidad las empresas realizan un gran número de sus operaciones apoyándose en los títulos de crédito (el cheque por ejemplo) debido a que les facilita la realización de las mismas, pero, además, el principal aliado que tiene una empresa es el banco, y es con él, con quien realiza un sinnúmero de transacciones para apoyarse en su actividad mercantil. La norma en que nos apoyaremos para el estudio de estos actos es la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. Quizá una de las operaciones bancarias que en los últimos años ha tenido un gran crecimiento sea la del fideicomiso, que al ser una actividad de un banco y por ende un acto de comercio, el derecho corporativo la contempla dentro de su área de conocimiento. En el estudio del fideicomiso es obligado el estudio de la normatividad que lo rige, los elementos que lo integran y lo que puede ser objeto de un fideicomiso. Para ello nos apoyaremos en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y en la Ley de Instituciones de Crédito.
Como se puede apreciar en el contenido de este apartado, los elementos de estudio del derecho corporativo en México trastocan diversas ramas del derecho público y privado, por lo que su abordaje a profundidad nos llevaría a desarrollar un documento mucho más amplio que el presente.
Conclusiones. 1.- Sin duda alguna el derecho corporativo es una rama del derecho muy importante y su estudio es necesario para ejercer una actividad empresarial ex itosa. 2.- El derecho corporativo se auxilia de otras ramas del derecho y es multidisciplinaria. 3.- El origen del derecho corporativo, no es tan antiguo como otras ramas del derecho (derecho civil por citar un ejemplo), éste nació en la edad contemporánea. 4.- Existe una gran diferencia entre derecho corporativo y derecho empresarial ya que el primero forma parte del segundo, por lo tanto, el derecho empresarial abarca al derecho corporativo. 5.- El derecho corporativo tiene un campo de estudio extenso y tiene íntima relación en México con el derecho mercantil.
Bibliografía consultada. 1.- Corona Cabrera, Claudia Derecho Corporativo empresaria. – [consultado el 21 de febrero de 2016]. Universidad Nacional Autónoma de México. Facultad de Contaduría y Administración. Disponible en Internet en: http://fcasua.contad.unam.mx/apuntes/interiores/docs/2012/administracion/3/1344.pdf
2.- Hernández Zubizarreta, Juan El nuevo derecho corporativo. En Informe del estado del poder, 2015. — [Consultado el 21 de Febrero de 2016]. — Disponible en Internet en: https://www.tni.org/files/download/01_tni_estado_del_poder_2015_el_nuevo_derecho_corporativo_gl obal.pdf
3.- Ribo Durán, L. y Fernández Fernández Fernández J. Diccionario de derecho empresarial con conceptos económicos complementarios. Madrid: Bosch, 2003. — 922 p.
4.-Sanromán Aranda, Roberto y Angélica Cruz Gregg Derecho Corporativo y la empresa. — [consultado el 21 de febrero de 2016]. — disponible en internet en: https://centrouniversitariopasodelnorte.com/greenstone/collect/ld/index/assoc/HASHec8c.dir/doc.pdf Salomón Zarkin Cortes, Sergio. Derecho Corporativo. México: Porrúa, 2005, 461 p.
5.- Torre Manrique, Fernando Jesús Derecho corporativo. — [consultado el 21 de febrero de 2016]. --Disponible en Internet en: http://www.gestiopolis.com/derecho-corporativo/