Concepto y Elementos Del Mandato Concepto y Elementos del Mandato "El mandato es un contrato por el cual una persona se obliga gratuitamente, o mediante salario, a ejecutar uno o más negocios por cuenta de otra, que la ha enca encarg rgad ado o de ello ello"" (C.C (C.C.. art. art. 1.68 1.684) 4).. De acue acuerd rdo o con con esta esta defi defini nici ción ón,, es esencial al mandato: 1°) que sea un contrato, 2°) que exista encargo de una de las partes a la otra; 3°) que el encargo tenga por objeto la ejecución de uno o más actos jurídicos (en el sentido que la doctrina francesa da a esta expresión); 4°) que los actos en cuestión vayan a ser ejercitados por cuenta del mandante (sin que sea esencial que lo sean en nombre de este); y 5°) que la otra parte se obligue a ejecutar el encargo. Para evitar confusiones debe aclararse que a veces también se emplea la palabra "mandato" para aludir el asentimiento del mandante y no al contrato en su conjunto. Existen dos tipos de poderes: Poder Especial y Poder General, los cuales se encuentran en el Título XI del Código Civil de Venezuela. 1. Poder Especial: Es para un determinado asunto o negocio del poderdante
en Venezuela. Requisitos: * El pode poderr debe debe esta estarr reda redact ctad ado o conf confor orme me a los los requ requer erim imie ient ntos os de la Legislación venezolana (se sugiere asesorarse con un abogado venezolano). * El poder debe ser redactado en español, en papel de tamaño legal, a doble espacio. *
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[email protected]) a los efectos de que se pueda determinar los derechos consulares y asignar una cita para la firma en la Sección Consular. * El documento debe ser presentado en original. No se aceptan faxes, copias, y no deben haber sido previamente firmados o notariados. * El poder debe ser firmado en presencia del funcionario consular en cuya oportunidad se deberá consignar un Money Ordenara nombre de la Embajada de Venezuela por el monto de cien dólares ($100)
2. Poder General: para todos los asuntos o negocios del poderdante en
Venezuela, otorga plenas facultades de administración y disposición de todos sus bienes. Requisitos: * El poder debe estar redactado conforme a los requerimientos de la Legislación venezolana (se sugiere asesorar con un abogado venezolano). * El poder debe ser redactado en español, en papel de tamaño legal, a doble espacio. *
El
interesado
debe enviar
previamente
el
documento
vía e-mail
(
[email protected]) a los efectos de que se pueda determinar los derechos consulares y asignar una cita para la firma en la Sección Consular. * El documento debe ser presentado en original. No se aceptan faxes, copias, y no deben haber sido previamente firmados o notariados. * El Poder debe ser firmado en presencia del funcionario consular, en cuya oportunidad se deberá consignar un Money Order a nombre de la Embajada de Venezuela por el monto de trescientos dólares ($ 300) Revocatorias y Sustituciones * Se requiere de los mismos requisitos y costos exigidos para los poderes, según sea general o especial. Además se deberá presentar copia del poder original a ser revocado o sustituido. Copias Certificadas Las copias certificadas de los documentos autenticados en la Sección Consular, entre ellos los Poderes, deberán solicitarse por escrito, indicando el número de acta, folios, libro o tomo y fecha en que fue otorgado el documento. El costo de las copias certificadas es de ochenta dólares ($80.00) por documento. Observaciones: * Si se otorga un poder en representación de una empresa es necesario presentar el registro y acta constitutiva de la empresa en original y fotocopia. * Si se otorga un poder como apoderado de otra persona deberá presentar el poder original que lo autoriza. * Todos los poderes relativos a régimen de menores, seguro social y actos relativos al matrimonio están exonerados del pago de derechos consulares. * Redacción y Análisis Del Poder
* CONCEPTO DE MANDATO Y SUS ELEMENTOS El mandato es un contrato por el cual una persona (mandante) confía la gestión de uno o más negocios a otra (mandatario), que se hace cargo de ellos por cuenta y riesgo de la primera. El mandato es un contrato en virtud del cual una parte llamada mandante, encarga a otra, llamada mandatario, la gestión de uno o más negocios, por cuenta y riesgo de la primera. El mandante también es conocido con el nombre de comitente o poderdante, y el mandatario, con el nombre de procurador o apoderado. Los negocios de que trata la definición son eminentemente jurídicos, o sea, actos jurídicos que sirven para crear, modificar, o extinguir obligaciones, en manera alguna recae sobre actos materiales, los cuales se rigen por normas especiales, como el contrato de trabajo, el contrato de obra, etc. Los actos jurídicos determinan el objeto del mandato; así que en la gestión en donde prevalezca la realización de un acto jurídico sobre uno material, nos situamos frente al mandato. De acuerdo al contexto en el cual se la emplee, la palabra mandato puede referir diversas cuestiones. A la orden, indicación que el superior le da a un subordinado se la designa con el término mandato. Mi jefe me ha dado el mandato de viajar al interior de la provincia para ampliar la cartera de clientes. Por otra parte, al ejercicio de un cargo de poder y de representación se lo denomina mandato. El presidente finaliza su mandato en el año 2011. También, a aquel período en el cual alguien se desempeña como mandatario de alto rango se lo llama mandato. En tanto, a instancias del Derecho, el mandato es el contrato a través del cual una de las partes que lo suscribe, llamado el mandante, confía su representación personal, o bien la gestión de uno o más negocios con los que cuente, a la otra parte, el mandatario, que lo tomará a su cargo. Los sujetos que intervienen en este tipo de contrato son dos: el mandante o poderdante, que es la persona natural o juridica. Redacción y Análisis De Poder Redacción Jurídica Instrumental
3) Redacción y análisis del poder. Es simplemente la facultad conferida a un intermediario de actuar en nombre de la persona interesada en la celebración de algún negocio y de manera general en la emisión o recepción de alguna manifestación de voluntad; es decir, el poder es la facultad de representación. El poder por si solo no obliga al apoderado a actuar, apenas autoriza a representar al interesado. Dicha facultad puede emanar de ley o de la voluntad del propio interesado. Definiciones enciclopédicas de poder: • Estar capacitado, reunir las condiciones, para hacer lo que se expresa. • Facultad para hacer algo. • Dominio o influencia que uno tiene sobre alguna cosa. • Posesión actual o tenencia de una cosa. • Fuerza, capacidad, eficacia. • Capacidad de provocar ciertos efectos. • Autorización para hacer algo dada por una autoridad competente para darla. 3.1- Concepto y Elementos del mandato. El mandato es un contrato en virtud del cual una parte llamada mandante, encarga a otra, llamada mandatario, la gestión de uno o más negocios, por cuenta y riesgo de la primera. El mandante también es conocido con el nombre de comitente o poderdante, y el mandatario, con el nombre de procurador o apoderado. Los negocios de que trata la definición son eminentemente jurídicos, o sea, actos jurídicos que sirven para crear, modificar, o extinguir obligaciones, en manera alguna recae sobre actos materiales, los cuales se rigen por normas especiales, como el contrato de trabajo, el contrato de obra, etc. Los actos jurídicos determinan el objeto del mandato; así que en la gestión en donde prevalezca la realización de un acto jurídico sobre uno material, nos situamos frente al mandato. Elementos del mandato. Los elementos del mandato son los comunes a todos los contratos: a) Consentimiento, que no es otra cosa que las declaraciones reciprocas de la voluntad de los contratantes; b) Capacidad; c) Objeto.