MANUAL DE CURSO
Compras públicas SERCOP -
1
Compras públicas SERCOP -
Servicio Ecuatoriano de Capacitación Profesional – SECAP
DIRECTORA EJECUTIVA Ing. Paulina Paz Ojeda
ELABORACIÓN Y REVISIÓN Dirección de Diseño y Contenido Pedagógico Coordinación General de Aprendizaje para el Trabajo
Primera edición, enero -2015 Quito – Ecuador Reservados todos los derechos – SECAP 2015
2
Compras públicas SERCOP -
Servicio Ecuatoriano de Capacitación Profesional – SECAP
DIRECTORA EJECUTIVA Ing. Paulina Paz Ojeda
ELABORACIÓN Y REVISIÓN Dirección de Diseño y Contenido Pedagógico Coordinación General de Aprendizaje para el Trabajo
Primera edición, enero -2015 Quito – Ecuador Reservados todos los derechos – SECAP 2015
2
Introducción La administración de contratos es parte de la administración de proyectos y su correcta aplicación puede ayudar a lograr una relación contractual satisfactoria para todas las partes. Es así que los profesionales que participan en esta administración son los que tienen la oportunidad más inmediata para manejar la relación mandantecontratista de forma tal que los conflictos, normales en cualquier proyecto, no pasen a instancias posteriores y con consecuencias mucho más graves para los participantes. Dentro de la la práctica moderna de la gestión administrativa y de control
en las
organizaciones se contempla la extensa área de la Administración de Contratos, los cuales requieren del desarrollo de destrezas, habilidades personales, técnicas
y
conocimientos adecuados a las condiciones actuales de la gestión pública. Como consecuencia de las mencionadas habilidades se puede dar una eficiente administración de contratos la cual disminuirá considerablemente los costos y los plazos de los proyectos, lo cual se reflejará en un mejor resultado económico de la institución. La Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, ha establecido los procedimientos de contratación que usarán los Proveedores del Estado para las contrataciones de bienes y servicios que se realizan con las herramientas electrónicas del Sistema Oficial de Contratación del Estado ―SOCE‖, es por ello que se hace sumamente necesario el conocimiento de las herramientas y los módulos dentro del Servicio Nacional de Contratación Pública para con ello profundizar la transparencia en los procesos de contratación pública, incluir a los actores de la economía popular y solidaria y generar beneficios al sector productivo del país. Por otro lado, viabiliza la norma constitucional que determina que las compras públicas cumplirán criterios de eficiencia, transparencia, calidad, responsabilidad ambiental y social. Con el desarrollo de este módulo los participantes podrán obtener aprendizajes en torno a la aplicación de procesos SERCOP para la adquisición transparente y efectiva de bienes y servicios contemplados en el plan anual de contratación.
3
ÍNDICE DE CONTENIDOS
CRÉDITOS ……………………………………………………… ……………………………………………………………………. ……………. ...……………………………2 INTRODUCCIÓN……………………………………………………………... ...……………………………3 ÍNDICE DE CONTENIDOS……………………… CONTENIDOS………………………………………………….. ………………………….. ……………………………...4 EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA…..…………………………… DIAGNÓSTICA…..………………………………………….. …………….. ……………………………...5 TRATAMIENTO DE LOS CONTENIDOS UNIDAD 1…………………….. ……………………………...7 Unidad 1……………………………………………………… 1………………………………………………………………... ………... ...……………………………7 Base Constitucional y legal……..……………………………………. ...……………………………7 El Sistema Nacional de Contratación Pública …………………….. …………………………….12 AUTOEVALUACIÓN UNIDAD 1……………………………………………. …………………………….17 GLOSARIO UNIDAD 1………………………………………………………. …………………………….19 BIBLIOGRAFÍA UNIDAD 1………………………………………………….. …………………………….25 TRATAMIENTO DE LOS CONTENIDOS UNIDAD 2…………………….. …………………………….26 Unidad 2……………………………………………………… 2………………………………………………………………... ………... ………………………….…26 Fases del ciclo de contratación……………………………………… …………………………….26 AUTOEVALUACIÓN UNIDAD 2…………………………………………….. …………………………….43 GLOSARIO UNIDAD 2………………………………………………………. …………………………….45 BIBLIOGRAFÍA UNIDAD 2…………………………………………………
4
…………………………….48
EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA Conteste las siguientes preguntas con una (V) en caso de ser verdadero o (F) en caso de ser falsa. 1.- La Asamblea Nacional Constituyente creó el Sistema Nacional de Contratación Pública. V (
) o
F(
)
2.- La Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública determina los procedimientos y normas para regular los procesos de contratación. V (
) o
F (
)
3.- La contratación está compuesta por diversas fases que no están sujetas a discrecionalidad. V ( ) o F (
)
4.- En los procesos de contratación la formación de una comisión técnica es opcional. V ( ) o F
(
)
5.- La documentación en los procesos de contratación está sujeta a modelos y formatos obligatorios. V ( ) o F
(
)
Elija la respuesta correcta 6. El Sistema de Contratación Pública articula y armoniza los ámbitos de: a) Programación, presupuesto b) Control, administración c) Programación, presupuesto, control, administración y ejecución 7. El Registro Único de Proveedores es administrado por: a) La Asamblea Nacional b) El Servicio Nacional de Contratación Pública c) La Secretaría Nacional de la Administración Pública 8. Los miembros de la comisión técnica serán: a) Funcionarios o servidores de la entidad contratante b) Servidores de la entidad proveedora. c) miembros de SERCOP.
5
9.- La terminación de los contratos es: a) Unilateral por parte del contratante b) Mutuo acuerdo de las partes c) Por incumplimiento del contratante. 10.- Para efectos de publicidad de los procedimientos de contratación en el portal de INCOP, se tomará en cuenta como información relevante: a) Pliegos. b) Proveedores invitados. c) Todas las anteriores.
6
UNIDAD I Lineamientos generales en la administración de contratos
Notas ··· La Asamblea Constituyente expide la Ley Orgánica de
Base constitucional y legal.
Contratación Pública consi-
Antecedentes históricos de la contr atación pública.
derando que, es necesario
La Asamblea Nacional Constituyente tomando en consideración
crear un Sistema de Contra-
que la ausencia de planificación y de políticas de compras públi-
tación Pública que articule y
cas ha derivado en discrecionalidad y desperdicio de recursos
armonice a todas las instan-
públicos por parte de las instituciones contratantes del Estado;
cias, organismos e institucio-
Que, es indispensable innovar la contratación mediante procedi-
nes en los ámbitos de planifi-
mientos ágiles, transparentes, eficientes y tecnológicamente ac-
cación, programación, presu-
tualizados, que impliquen ahorro de recursos y que faciliten las
puesto, control, administra-
labores de control tanto de las entidades contratantes como de los
ción y ejecución de las ad-
propios proveedores de obras, bienes y servicios y de la ciudada-
quisiciones de bienes y ser-
nía en general;
vicios así como en la ejecu-
Que, los recursos públicos que se emplean en la ejecución de
ción de obras públicas que
obras y en la adquisición de bienes y servicios, deben servir como
se realicen con recursos pú-
elemento dinamizador de la economía local y nacional,
blicos.
identificando la capacidad ecuatoriana y promoviendo la
………………………………
generación de ofertas competitivas;
………………………………
Que, a través de la promoción de la producción nacional, los re-
………………………………
cursos estatales destinados a la contratación pública fomentarán
………………………………
la generación de empleo, la industria, la asociatividad y la redistri-
………………………………
bución de la riqueza;
………………………………
Que, es necesario utilizar los mecanismos
………………………………
tecnológicos que permitan socializar los re-
………………………………
querimientos de las Entidades Contratantes
………………………………
y la participación del mayor número de per-
………………………………
sonas naturales y jurídicas en los procesos
………………………………
contractuales que el Estado Ecuatoriano em-
………………………………
prenda; expide la LEY ORGANICA DEL SIS-
………………………………
TEMA NACIONAL DE CONTRATACION
………………………………
PUBLICA en el año 2008.
……………………………… ……………………………… 7
Régimen especial.
Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
Se someterán a la normativa específica que para el efecto dicte el Presidente de la Repú-
Objeto y ámbito. Esta ley establece el Sistema Nacional de
blica en el Reglamento General a esta Ley,
Contratación Pública y determina los princi-
bajo criterios de selectividad, los procedimien-
pios y normas para regular los procedimientos
tos precontractuales de las siguientes contra-
de contratación para la adquisición o arrenda-
taciones:
miento de bienes, ejecución de obras y presta-
1. Las de adquisición de fármacos que cele-
ción de servicios, incluidos los de consultoría,
bren las entidades que presten servicios de
que realicen:
salud, incluido el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social; 2. Las calificadas por el Presidente de la República como necesarias para la seguridad interna y externa del Estado, y cuya ejecución esté a cargo de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional; 3. Aquellas cuyo objeto sea la ejecución de actividades de comunicación social destinadas a la información de las acciones del Gobierno Nacional o de las entidades contratantes; 4. Las que tengan por objeto la prestación de servicios de asesoría y patrocinio en materia jurídica requeridas por el Gobierno Nacional o las entidades contratantes; 6. Las de adquisición de repuestos o accesorios que se requieran para el mantenimiento de equipos y maquinarias a cargo de las entidades contratantes, siempre que los mismos no se encuentren incluidos en el catálogo electrónico del portal de compras públicas; 7. Los de transporte de correo internacional y los de transporte interno de correo, que se regirán por os convenios internacionales, o las disposiciones legales y reglamentarias dictadas para el efecto, según corresponda;
Figura 1. Objeto y ámbito de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública Fuente: Dirección de Desarrollo Académico
8
8. Los que celebren el Estado con entidades
impugnable a través de los procedimientos
del sector público, éstas entre sí, o aque-
establecidos en esta ley.
llas con empresas públicas o empresas
Bienes y Servicios Normalizados: Objeto de
cuyo capital suscrito pertenezca, por lo me-
contratación cuyas características o especifi-
nos en el cincuenta (50%) por ciento a enti-
caciones técnicas se hallen homologados y
dades de derecho público o sus subsidia-
catalogados.
rias; y las empresas entre sí.
Catálogo electrónico: Registro de bienes y
9. Los que celebran las instituciones del siste-
servicios normalizados publicados en el por-
ma financiero y de seguros en las que el
tal
Estado o sus instituciones son accionistas
incop/ para su contratación directa como re-
únicos o mayoritarios; y, los que celebren
sultante de la aplicación de convenios marco.
las subsidiarias de derecho privado de las
http://portal.compraspublicas.gob.ec/
Compra de inclusión: Estudio realizado por la
empresas estatales o públicas o de las so-
entidad contratante en la fase pre contractual
ciedades mercantiles de derecho privado
que tiene por finalidad propiciar la participa-
en las que el Estado o sus instituciones
ción local de artesanos, de la micro y peque-
tengan participación accionaria o de capital
ñas empresas en los procedimientos regidos
superior al cincuenta (50%) por ciento, ex-
por esta Ley, acorde con la normativa y me-
clusivamente para actividades específicas
todología definida por el Servicio Nacional de
en sectores estratégicos definidos por el
Contratación Pública en coordinación con los
Ministerio del Ramo.
ministerios que ejerzan competencia en el área social. Las conclusiones de la compra de inclusión se deberán reflejar en los pliegos. Contratación pública: Se refiere a todo procedimiento concerniente a la adquisición o arrendamiento de bienes, ejecución de obras públicas o prestación de servicios incluidos los de consultoría. Se entenderá que cuando el contrato implique la fabricación, manufactura o producción de bienes muebles, el procedimiento será de adquisición de bienes. Se incluyen también dentro de la contratación de
Figura 2. Régimen especial Fuente: Dirección de Desarrollo Académico
bienes a los de arrendamiento mercantil con opción de compra.
Definiciones.
Contratista: Es la persona natural o jurídica,
Adjudicación: Es el acto administrativo por el
nacional o extranjera, o asociación de éstas,
cual la máxima autoridad o el órgano compe-
contratada por las entidades contratantes
tente otorga derechos y obligaciones de ma-
para proveer bienes, ejecutar obras y prestar
nera directa al oferente seleccionado, surte
servicios, incluidos los de consultoría.
efecto a partir de su notificación y solo será 9
Consultor: Persona natural o jurídica, nacional o
Delegación: Es la traslación de determinadas
extranjera, facultada para proveer servicios de
facultades y atribuciones de un órgano superior
consultoría, de conformidad con esta ley.
a otro inferior, a través de la máxima autoridad, en el ejercicio de su competencia y por un tiempo determinado. Son delegables todas las facultades y atribuciones previstas en esta ley para la máxima autoridad de las entidades y organismos que son parte del sistema nacional de contratación pública. Desagregación tecnológica: Estudio pormenorizado que realiza la entidad contratante en la fase pre contractual, en base a la normativa y metodología definida por el Servicio Nacional de Contratación Pública en coordinación con el Ministerio de Industrias y Productividad, sobre
Figura 3. Consultor Fuente: Dirección de Desarrollo Académico
las características técnicas del proyecto y de
Consultoría: Se refiere a la prestación de servi-
cada uno de los componentes objeto de la con-
cios profesionales especializados no normaliza-
tratación, en relación a la capacidad tecnológica
dos, que tengan por objeto identificar, auditar,
del sistema productivo del país, con el fin de
planificar, elaborar o evaluar estudios y proyec-
mejorar la posición de negociación de la enti-
tos de desarrollo, en sus niveles de pre factibili-
dad contratante, aprovechar la oferta nacional
dad, factibilidad, diseño u operación. Compren-
de bienes, obras y servicios acorde con los re-
de, además, la supervisión, fiscalización, audi-
querimientos técnicos demandados, y determi-
toría y evaluación de proyectos ex ante y ex
nar la participación nacional. Las recomenda-
post, el desarrollo de software o programas in-
ciones de la desagregación tecnológica debe-
formáticos así como los servicios de asesoría y
rán estar contenidas en los pliegos de manera
asistencia técnica, consultoría legal que no
obligatoria.
constituya parte del régimen especial indicado
Empresas subsidiarias: Para efectos de esta ley
en el número 4 del artículo 2, elaboración de
son las personas jurídicas creadas por las em-
estudios económicos, financieros, de organiza-
presas estatales o públicas, sociedades mer-
ción, administración, auditoría e investigación.
cantiles de derecho privado en las que el Esta-
Convenio marco: Es la modalidad con la cual el
do o sus instituciones tengan participación ac-
Servicio Nacional de Contratación Pública se-
cionaria o de capital superior al cincuenta (50%)
lecciona los proveedores cuyos bienes y servi-
por ciento.
cios serán ofertados en el catálogo electrónico
Entidades o entidades contratantes: Los orga-
a fin de ser adquiridos o contratados de manera
nismos, las entidades o en general las perso-
directa por las entidades contratantes en la for-
nas jurídicas previstas en el artículo 1 de esta
ma, plazo y demás condiciones establecidas en
ley.
dicho convenio.
10
Feria inclusiva: Evento realizado al que acuden
legales exigidos en los documentos precontrac-
las entidades contratantes a presentar sus de-
tuales, oferte el precio más bajo.
mandas de bienes y servicios, que generan
Mejor costo en obras, o en bienes o servicios
oportunidades a través de la participación inclu-
no normalizados: Oferta que ofrezca a la enti-
yente, de artesanos, micro y pequeños produc-
dad las mejores condiciones presentes y futu-
tores en procedimientos ágiles y transparentes,
ras en los aspectos técnicos, financieros y lega-
para adquisición de bienes y servicios, de con-
les, sin que el precio más bajo sea el único pa-
formidad con el reglamento.
rámetro de selección. En todo caso, los pará-
Servicio Nacional de Contratación Pública: Es
metros de evaluación deberán constar obligato-
el órgano técnico rector de la Contratación Pú-
riamente en los Pliegos.
blica. La Ley puede referirse a él simplemente
Mejor costo en consultoría: Criterio de "Calidad
como "Servicio Nacional".
y Costo" con el que se adjudicarán los contra-
Local: Se refiere a la circunscripción territorial,
tos de consultoría, en razón de la ponderación
sea parroquial rural, cantonal, provincial, regio-
que para el efecto se determine en los Pliegos
nal, donde se ejecutará la obra o se destinarán
correspondientes, y sin que en ningún caso el
los bienes y servicios objeto de la contratación
costo tenga un porcentaje de incidencia supe-
pública.
rior al veinte (20%) por ciento.
Máxima autoridad: Quien ejerce administrativa-
Oferta habilitada: La oferta que cumpla con to-
mente la representación legal de la entidad u
dos los requisitos exigidos en los Pliegos Pre-
organismo contratante. Para efectos de esta
contractuales.
ley, en los gobiernos autónomos descentraliza-
Origen nacional: Para los efectos de la presente
dos, la máxima autoridad será el ejecutivo de
ley, se refiere a las obras, bienes y servicios
cada uno de ellos.
que incorporen un componente ecuatoriano en los porcentajes que sectorialmente sean definidos por parte del Servicio Nacional de Contratación Pública SERCOP, de conformidad a los parámetros y metodología establecidos en el Reglamento de la presente Ley. Participación local: Se entenderá aquel o aquellos participantes habilitados en el Registro Único de Proveedores que tengan su domicilio, al menos seis meses, en la parroquia rural, cantón, la provincia o la región donde surte efectos el objeto de la contratación.
Figura 4. Máxima autoridad Fuente: Dirección de Desarrollo Académico
Participación nacional: Aquel o aquellos partici-
Mejor costo en bienes o servicios normalizados:
veedores cuya oferta se considere de origen
Oferta que cumpliendo con todas las especifica-
nacional.
pantes inscritos en el Registro Único de Pro-
ciones y requerimientos técnicos, financieros y 11
Pliegos: Documentos precontractuales elabora-
externa, guerra internacional, catástrofes natu-
dos y aprobados para cada procedimiento, que
rales, y otras que provengan de fuerza mayor o
se sujetarán a los modelos establecidos por el
caso fortuito, a nivel nacional, sectorial o institu-
Instituto Nacional de Contratación Pública.
cional. Una situación de emergencia es concre-
Portal
ta, inmediata, imprevista, probada y objetiva.
Compras
públicas:
portal.compraspublicas.gob.ec/incop/:
(http:// Es
el
Sobre: Medio que contiene la oferta, que puede
Sistema Informático Oficial de Contratación Pú-
ser de naturaleza física o electrónica.
blica del Estado Ecuatoriano.
El Sistema Nacional de Contratación Públi-
Por escrito: Se entiende un documento elabora-
ca.
do en medios físicos o electrónicos.
El sistema y sus órganos.
Presupuesto referencial: Monto del objeto de
El Sistema Nacional de Contratación Pública
contratación determinado por la Entidad Contra-
(SNCP) es el conjunto de principios, normas,
tante al inicio de un proceso precontractual.
procedimientos, mecanismos y relaciones orga-
Proveedor: Es la persona natural o jurídica na-
nizadas orientadas al planeamiento, programa-
cional o extranjera, que se encuentra inscrita en
ción, presupuestos, control, administración y
el RUP, de conformidad con esta Ley, habilitada
ejecución de las contrataciones realizadas por
para proveer bienes, ejecutar obras y prestar
las entidades contratantes. Forman parte del
servicios, incluidos los de consultoría, requeri-
SNCP las entidades sujetas al ámbito de esta
dos por las Entidades Contratantes.
ley. Órganos competentes.
Registro Único de Proveedores—RUP: Es la base de datos de los proveedores de obras,
El Servicio Nacional de Contratación Pública
bienes y servicios, incluidos los de consultoría,
junto con las demás instituciones y organismos
habilitados para participar en los procedimien-
públicos que ejerzan funciones en materia de
tos establecidos en esta ley. Su administración
presupuestos, planificación, control y contrata-
está a cargo del Servicio Nacional de Contrata-
ción pública, forman parte del Sistema Nacional
ción Pública y se lo requiere para poder contra-
de Contratación Pública, en el ámbito de sus
tar con las entidades contratantes.
competencias.
Servicios de apoyo a la consultoría: Son aque-
Control monitoreo y evaluación del Siste-
llos servicios auxiliares que no implican dicta-
ma Nacional de Contratación Pública
men o juicio profesional especializado, tales como los de contabilidad, topografía, cartografía, aerofotogrametría, la realización de ensayos y perforaciones geotécnicas sin interpretación, la computación, el procesamiento de datos y el uso auxiliar de equipos especiales. Situaciones de emergencia: Son aquellas generadas por acontecimientos graves tales como accidentes, terremotos, inundaciones, sequías,
Figura 5. Control monitoreo y evaluación del Sistema Nacional de Contratación Pública Fuente: Dirección de Desarrollo Académico
grave conmoción interna, inminente agresión 12
El control del Sistema Nacional de Contratación
Herramientas del sistema
Pública será intensivo, interrelacionado y com-
Registro único de proveedores.
pletamente articulado entre los diferentes entes con competencia para ello. Incluirá la fase precontractual, la de ejecución del contrato y la de evaluación del mismo. El Servicio Nacional de Contratación Pública tendrá a su cargo el cumplimiento de las atribuciones previstas en esta Ley, incluyendo en consecuencia, la verificación de: 1. El uso obligatorio de las herramientas del Sistema, para rendir cuentas, informar, promocionar, publicitar y realizar todo el ciclo transaccioFigura 6. Registro único de proveedores Fuente: Dirección de Desarrollo Académico
nal de la contratación pública; 2. El uso obligatorio de los modelos precontrac-
Créase el Registro Único de Proveedores
tuales, contractuales oficializados por el Instituto
(RUP), como un sistema público de información
Nacional de Contratación Pública;
y habilitación de las personas naturales y jurídi-
3. El cumplimiento de las políticas emitidas por
cas, nacionales y extranjeras, con capacidad
el Directorio del INCP y los planes y presupues-
para contratar según esta ley, cuya administra-
tos institucionales en materia de contratación
ción corresponde al Servicio Nacional de Con-
pública;
tratación Pública.
4. La contratación con proveedores inscritos en
Es la Base de Datos de los proveedores de
el RUP, salvo las excepciones puntualizadas en
obras, bienes y servicios, incluidos los de con-
esta Ley;
sultoría, habilitados para participar en los proce-
5. Que los proveedores seleccionados no pre-
dimientos establecidos en esta Ley. Su adminis-
senten inhabilidad o incapacidad alguna hasta el
tración está a cargo del Servicio Nacional de
momento de la contratación; y,
Contratación Pública y se lo requiere para poder
6. Que la información que conste en las herra-
contratar con las Entidades Contratantes.
mientas del Sistema se encuentre actualizada.
El RUP será dinámico, incluirá las categorizacio-
Cualquier incumplimiento dará lugar a las san-
nes dispuestas por el Servicio Nacional de Con-
ciones previstas en esta Ley.
tratación Pública y se mantendrá actualizado
Para ejercer el control del Sistema, el Servicio
automática y permanentemente por medios de
Nacional de Contratación Pública podrá solicitar
interoperación con las bases de datos de las
información a entidades públicas
instituciones públicas y privadas que cuenten
o privadas que crea convenien-
con la información requerida, quienes deberán
te, las que deberán proporcio-
proporcionarla de manera obligatoria y gratuita y
narla en forma obligatoria y gra-
en tiempo real.
tuita en un término máximo de 10 días de producida la solicitud. Recuerda para más información: http:// www.espol.edu.ec/archivo/file/246.doc
13
Para acceder al portal abra un navegador de
Procedimiento para el registro. El proveedor que desee registrarse en el RUP
internet
observará el procedimiento que para el efecto
a www.compraspublicas.gob.ec Una vez car-
dicte el SERCOP.
gada
Sin perjuicio de lo anterior, si existen intercone-
ción ―Regístrese Como Proveedor‖. Una vez
xiones de sistemas o bases de datos, el SER-
que
COP podrá establecer los mecanismos comple-
―Regístrese como Proveedor‖ se abrirá una
mentarios en cuanto a inscripción, habilitación y
nueva ventana en la cual
actualización de información. El proveedor habi-
deberá ingresar los datos y
litado en el RUP, que accede al portal http://
seguir al siguiente hasta
portal.compraspublicas.gob.ec/incop/ se some-
completar los 8 pasos.
la haya
e página dado
haga clic
ingrese
clic en
el
en la
la
op-
opción
terá de manera expresa y sin reservas, al conteRecuerda para más información: http:// portal.compraspublicas.gob.ec/ compraspublicas/proveedores/ registro_proveedor
nido del acuerdo de responsabilidad que le solicitará aceptar el sistema, de manera previa a acceder al mismo. Registro como proveedor.
Sistema informático de compras públicas.
Pasos para el registro como proveedor dentro del portal http://portal.compraspublicas.gob.ec/ incop/
Figura 8. Sistema informático de compras públicas Fuente: Dirección de Desarrollo Académico
El Sistema Oficial de Contratación Pública del Ecuador será de uso obligatorio para las entidades sometidas a esta Ley y será administrado por el Servicio Nacional de Contratación Pública. El portal de compras públicas contendrá, entre otras, el RUP, catálogo electrónico, el listado de las instituciones y contratistas del SNCP, informes de las entidades contratantes, estadísticas, contratistas incumplidos, la inforFigura 7. Pasos para el registro como proveedor Fuente: Dirección de Desarrollo Académico
mación sobre el estado de las contrataciones públicas y será el único medio empleado para 14
realizar todo procedimiento electrónico relacio-
8. Contratos complementarios, de haberse
nado con un proceso de contratación pública, de
suscrito;
acuerdo a las disposiciones de la presente ley,
9. Órdenes de cambio, de haberse emitido;
su reglamento y las regulaciones del SERCOP.
10. Cronograma de ejecución de actividades
El portal deberá además integrar mecanismos
contractuales;
para la capacitación en línea de los actores del
11. Cronograma de pagos; y,
SNCP. La información relevante de los procedi-
12. Actas de entrega recepción, o actos admi-
mientos de contratación se publicará obligatoria-
nistrativos relacionados con la terminación del
mente a través de compras públicas.
contrato. 12- A.- En general, cualquier otro documento
El portal de compras públicas. Política de confidencialidad.- El SERCOP aplica-
de las fases preparatoria, pre contractual, con-
rá una política de confidencialidad y protección
tractual, de ejecución o de evaluación que de-
de datos con el objeto de salvaguardar la infor-
fina el SERCOP mediante resolución para la
mación obtenida a través del portal http://
publicidad del ciclo transaccional de la contra-
portal.compraspublicas.gob.ec/incop/; esta infor-
tación pública.
mación se empleará exclusivamente para los
Módulos USHAY (Módulo facilitador de con-
fines para los cuales es proporcionada por el
tratación pública).
proveedor o por la entidad contratante.
Los módulos USHAY son herramientas que
Hora oficial.- Para todos los actos que se gene-
simplifican la gestión documental creadas
ren y desarrollen a través del portal http://
con el fin de facilitar la elaboración de ele-
portal.compraspublicas.gob.ec/incop/
mentos que constan en la plataforma del por-
la
hora
oficial será la que marque el portal.
tal
de
compras
públicas
Información relevante.- Para efectos de publici-
portal.compraspublicas.gob.ec/incop/
dad de los procedimientos de contratación en el portal
http://portal.compraspublicas.gob.ec/
incop/ se entenderá como información relevante la siguiente: 1. Convocatoria; 2. Pliegos; 3. Proveedores invitados; 4. Preguntas y respuestas de los procedimientos de contratación; Figura 9. Introducción módulos USHAY Fuente: Dirección de Desarrollo Académico
5. Ofertas presentadas por los oferentes, con excepción de la información calificada como confidencial por la entidad contratante conforme a los pliegos; 6. Resolución de adjudicación; 7. Contrato suscrito, con excepción de la información calificada como confidencial por la en-
Recuerda para más información: http://www.youtube.com/watch? v=yPLIXL4efSM&feature=youtu.be
tidad contratante conforme a los pliegos; 15
http://
Módulo facilitador de contratación pública -
de los Pliegos electrónicos, descargue y pro-
Plan anual de contratación PAC.
ceda a instalar localmente en su equipo, pos-
El presente manual le guiará al usuario en la
teriormente podrá trabajar desde un navega-
generación correcta del PAC. Este módulo
dor.
contiene diferentes secciones y etapas que deberán ser registradas para proceder a la generación de un archivo que deberá ser utilizado y subido al portal institucional. En
el
portal
Recuerda para más información: http://portal.compraspublicas.gob.ec/ incop/wp-content/uploads/2013/11/ ManualElaboraciondePliegos.pdf
institucional
www.compraspublicas.gob.ec podrá descargar el módulo que le permitirá generar el Plan
Módulo facilitador de contratación pública -
Anual de Contratación, descargue y proceda
Ofertas.
a instalar localmente en su equipo.
El presente manual le guiará al usuario en la
Instalado el módulo proceda a iniciar el
generación correcta de la Oferta. El módulo
USHAY - Módulo Facilitador de Contratación
consta de varias secciones y etapas que debe-
Pública mediante el acceso
rán ser completadas y registradas por el provee-
directo en escritorio.
dor para la generación de un archivo que deberá subirse
al
portal
institucional
www.compraspublicas.gob.ec. Y el mismo tiene como objetivo Facilitar al proveedor la elabora-
Recuerda para más información: http://portal.compraspublicas.gob.ec/ incop/wp-content/uploads/2013/11/ ManualPACrevb.pdf
ción de ofertas, utilizando una herramienta electrónica, que le permita participar en los procedi-
Módulo facilitador de contratación pública -
mientos de contratación pública de su interés.
Elaboración de pliegos.
Dentro
del
portal
institucional
El presente manual le guiará al usuario en la
www.compraspublicas.gob.ec
generación correcta de los pliegos electróni-
enlace o link, que le permitirá descargar el Mó-
cos, los mismos que constan de diferentes
dulo Facilitador de Contratación - Oferta. A con-
secciones y etapas que deberán ser registra-
tinuación, proceda a instalar esta aplicación en
das para proceder a la generación de un ar-
su equipo (computadora), para que posterior-
chivo que deberá utilizar para subir al portal
mente pueda navegar en esta herramienta.
institucional www.compraspublicas.gob.ec . Contar con información electrónica de los Pliegos que generan las diferentes Entidades Contratantes así como también disminuir el nivel de carga de archivos en los servidores de la Institución. En
el
portal
institucional Recuerda para más información: http://portal.compraspublicas.gob.ec/ incop/wp-content/uploads/2013/11/ ManualPACrevb.pdf
www.compraspublicas.gob.ec podrá descargar el módulo que le permitirá la generación 16
encontrará
un
Módulo facilitador de contratación pública
tantes la funcionalidad del aplicativo ―Modulo
calificación subasta inversa electrónica enti-
Facilitador USHAY‖ para Pliegos. Para registro
dad contratante
de Pliegos, ingrese al aplicativo ―USHAY Módulo
El presente manual ha sido elaborado con el
Facilitador de Contratación‖, de un clic sobre la
objeto de dar a conocer a las Entidades Contra-
sección ―Pliegos‖.
tantes la funcionalidad del aplicativo ―Modulo Facilitador USHAY‖ para Calificación. Para la calificación de las ofertas, ingrese al Recuerda para más información: http://portal.compraspublicas.gob.ec/ compraspublicas/sites/default/files/ manuales/Subasta%20inversa% 20electronica%20-%20Pliegos.pdf
aplicativo ―USHAY Módulo Facilitador de Contratación‖, de un clic sobre la sección ―Calificación‖
Módulo facilitador de contratación pública régimen común subasta inversa electrónica dirigido a proveedores del estado
Recuerda para más información: http://portal.compraspublicas.gob.ec/ compraspublicas/sites/default/files/ manuales/Subasta%20inversa% 20electronica%20-% 20Calificacion.pdf
La Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, ha establecido los procedimientos de contratación que usarán los Proveedores del Estado para las contrataciones de bie-
Módulo facilitador de contratación pública
nes y servicios que se realizan con las herra-
elaboración de oferta subasta inversa elec-
mientas electrónicas del Sistema Oficial de Con-
trónica proveedor
tratación del Estado ―SOCE‖.
El presente manual ha sido elaborado con el
El presente manual tiene como objetivo dar a
objeto de dar a conocer a los Proveedores la
conocer a los Proveedores el funcionamiento del
funcionalidad del aplicativo ―Modulo Facilitador
Procedimiento de Contratación de ―Subasta In-
USHAY‖ para entrega de Ofertas. Para registro
versa Electrónica‖ y la operatividad para que
de Ofertas, ingrese al aplicativo ―USHAY Módulo
puedan remitir las ofertas.
Facilitador de Contratación‖, de un clic sobre la sección ―Ofertas‖
Recuerda para más información: http://portal.compraspublicas.gob.ec/ compraspublicas/sites/default/files/ manuales/Subasta%20Inversa% 20Electronica_1.pdf
Recuerda para más información: http://portal.compraspublicas.gob.ec/ compraspublicas/sites/default/files/ manuales/Subasta%20inversa% 20electronica%20-%20Oferta.pdf
Módulo facilitador de contratación pública elaboración de pliegos subasta inversa electrónica Entidad contratante El presente manual ha sido elaborado con el objeto de dar a conocer a las Entidades Contra17
AUTOEVALUACIÓN UNIDAD 1 Actividad de fijación de conocimientos Argumente acerca de la siguiente interrogante: ―¿En qué aspectos los recursos públicos que se emplean en la ejecución de obras y en la adquisición de bienes y servicios, deben servir como elemento dinamizador de la economía local y nacional?‖
Foro de discusión Analice la siguiente afirmación y de su opinión al respecto: Tomando en consideración que la ausencia de planificación y de políticas de compras públicas ha derivado en discrecionalidad y desperdicio de recursos públicos por parte de las instituciones contratantes del Estado. ¿Considera usted que era necesaria la creación de un Sistema Nacional de Contratación Pública?
Cuestionario Conteste las siguientes preguntas con una (V) en caso de ser verdadero o (F) en caso de ser falsa: 1. Dentro del Sistema Nacional de Contratación pública existen mecanismos tecnológicos que socializan requerimientos de entidades contratantes. V ( ) o F (
)
2. El Sistema Nacional de Contratación Pública da lugar a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. V ( ) o F (
)
3. La Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública regula los procedimientos de contratación para la adquisición o arrendamiento de bienes y excluye en su totalidad los servicios de consultoría. V ( ) o F (
)
4. Los organismos electorales están excluidos de los principios y normas dictaminados por la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. V ( ) o F (
)
5. Dentro del régimen especial se encuentran los procedimientos precontractuales de la adquisición de fármacos incluyendo al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. V (
) o F (
) 18
Elija la respuesta correcta: 6. A través de la promoción de la producción nacional, los recursos estatales destinados a la contratación pública fomentan: a) Redistribución de la riqueza b) Generación de valor agregado c) Creación de mercados competitivos 7. La normativa específica de régimen especial regula los procedimientos: a) Contrataciones de emergencia b) Contractuales c) Precontractuales 8. El control del Sistema Nacional de Contratación Pública incluye las fases: a) Precontractual y de ejecución del contrato b) Ejecución y evaluación del contrato c) Precontractual, ejecución y evaluación del contrato 9. El registro único de proveedores: a) Habilita a las personas naturales y jurídicas excluyendo a las extranjeras b) Se mantiene actualizado automática y permanentemente c) Es la base de datos de los contratantes de obras 10.El proceso de registro como proveedor consta de: a) 6 pasos b) 8 pasos c) 9 pasos
19
Glosario Adjudicación: Es el acto administrativo por el cual la máxima autoridad o el órgano competente otorga derechos y obligaciones de manera directa al oferente seleccionado, surte efecto a partir de su notificación y solo será impugnable a través de los procedimientos establecidos en esta ley.
Bienes y Servicios Normalizados: Objeto de contratación cuyas características o especificaciones técnicas se hallen homologados y catalogados.
Catálogo electrónico: Registro de bienes y servicios normalizados publicados en el portal http:// portal.compraspublicas.gob.ec/incop/ para su contratación directa como resultante de la aplicación de convenios marco.
Competencia laboral. Capacidad productiva de un individuo que se define y mide en términos de desempeño en un determinado contexto laboral, y no solamente de conocimientos, habilidades, -
destrezas y actitudes; éstas son necesarias pero no suficientes por sí mismas para un desempeño efectivo.
Compra de inclusión: Estudio realizado por la entidad contratante en la fase pre contractual que tiene por finalidad propiciar la participación local de artesanos, de la micro y pequeñas empresas en los procedimientos regidos por esta Ley, acorde con la normativa y metodología definida por el Servicio Nacional de Contratación Pública en coordinación con los ministerios que ejerzan competencia en el área social. Las conclusiones de la compra de inclusión se deberán reflejar en los pliegos.
Comunicación externa. Se la puede realizar a través de canales de comunicación abiertos para -
clientes y proveedores, así como para entidades de control. Esto permite recibir mejoras en la entrega de bienes y servicios y también un desarrollo normal de las actividades, no viéndose truncadas por limitaciones legales.
Comunicación interna. Permite emitir un mensaje claro acerca de las responsabilidades de con-
trol interno que cada miembro de la compañía tiene, este mensaje debe ser también efectivo, es decir claro y al punto al que desea llegar la administración
Consultor: Persona natural o jurídica, nacional o extranjera, facultada para proveer servicios de consultoría, de conformidad con esta ley.
Consultoría: Se refiere a la prestación de servicios profesionales especializados no normalizados, que tengan por objeto identificar, auditar, planificar, elaborar o evaluar estudios y proyectos de desarrollo, en sus niveles de pre factibilidad, factibilidad, diseño u operación. Comprende, además, la supervisión, fiscalización, auditoría y evaluación de proyectos ex ante y ex post, el desarrollo de software o programas informáticos así como los servicios de asesoría y asistencia técnica, consultoría legal que no constituya parte del régimen especial indicado en el número 4 del artículo 2, elaboración de estudios económicos, financieros, de organización, administración, auditoría e investigación.
Contratación pública: Se refiere a todo procedimiento concerniente a la adquisición o arrendamiento de bienes, ejecución de obras públicas o prestación de servicios incluidos los de consultoría. Se entenderá que cuando el contrato implique la fabricación, manufactura o producción de bie 20
bienes muebles, el procedimiento será de adquisición de bienes. Se incluyen también dentro de la contratación de bienes a los de arrendamiento mercantil con opción de compra.
Contratista: Es la persona natural o jurídica, nacional o extranjera, o asociación de éstas, contratada por las entidades contratantes para proveer bienes, ejecutar obras y prestar servicios, incluidos los de consultoría.
Control interno. El sistema de control interno o de gestión es un conjunto de áreas funcionales en -
una empresa y de acciones especializadas en la comunicación y control al interior de la empresa. El sistema de gestión por intermedio de las actividades, afecta a todas las partes de la empresa a través del flujo de efectivo. La efectividad de una empresa se establece en la relación entre la salida de los productos o servicios y la entrada de los recursos necesarios para su producción.
Convenio marco: Es la modalidad con la cual el Servicio Nacional de Contratación Pública selecciona los proveedores cuyos bienes y servicios serán ofertados en el catálogo electrónico a fin de ser adquiridos o contratados de manera directa por las entidades contratantes en la forma, plazo y demás condiciones establecidas en dicho convenio.
Delegación: Es la traslación de determinadas facultades y atribuciones de un órgano superior a otro inferior, a través de la máxima autoridad, en el ejercicio de su competencia y por un tiempo determinado. Son delegables todas las facultades y atribuciones previstas en esta ley para la máxima autoridad de las entidades y organismos que son parte del sistema nacional de contratación pública.
Desagregación tecnológica: Estudio pormenorizado que realiza la entidad contratante en la fase pre contractual, en base a la normativa y metodología definida por el Servicio Nacional de Contratación Pública en coordinación con el Ministerio de Industrias y Productividad, sobre las características técnicas del proyecto y de cada uno de los componentes objeto de la contratación, en relación a la capacidad tecnológica del sistema productivo del país, con el fin de mejorar la posición de negociación de la entidad contratante, aprovechar la oferta nacional de bienes, obras y servicios acorde con los requerimientos técnicos demandados, y determinar la participación nacional. Las recomendaciones de la desagregación tecnológica deberán estar contenidas en los pliegos de manera obligatoria.
Empresas subsidiarias: Para efectos de esta ley son las personas jurídicas creadas por las empresas estatales o públicas, sociedades mercantiles de derecho privado en las que el Estado o sus instituciones tengan participación accionaria o de capital superior al cincuenta (50%) por ciento.
Entidades o entidades contratantes: Los organismos, las entidades o en general las personas jurídicas previstas en el artículo 1 de esta ley. Feria inclusiva: Evento realizado al que acuden las entidades contratantes a presentar sus demandas de bienes y servicios, que generan oportunidades a través de la participación incluyente, de artesanos, micro y pequeños productores en procedimientos ágiles y transparentes, para adquisición de bienes y servicios, de conformidad con el reglamento.
Incentivo laboral. Se dice que el incentivo más poderoso que pueden utilizar los gerentes es el -
reconocimiento personalizado e inmediato. Unas palabras de agradecimiento dichas sinceramente 21
por la persona apropiada en el momento oportuno pueden significar más para un empleado que un aumento de sueldo, una recompensa formal o toda una pared de certificados o placas. Parte del poder de tales reconocimientos proviene de saber que alguien dedicó el tiempo necesario para darse cuenta del logro, buscar al empleado que lo obtuvo y felicitarlo personalmente en forma oportuna. Muchas formas eficaces de reconocimiento constituyen celebraciones únicas de un logro significativo o un acontecimiento importante.
Jerarquización. En una organización, la jerarquización es la disposición de las funciones de una -
organización por orden de rango, grado o importancia. Con esta se define la estructura de la empresa estableciendo centros de autoridad.
Local: Se refiere a la circunscripción territorial, sea parroquial rural, cantonal, provincial, regional, donde se ejecutará la obra o se destinarán los bienes y servicios objeto de la contratación pública.
Máxima autoridad: Quien ejerce administrativamente la representación legal de la entidad u organismo contratante. Para efectos de esta ley, en los gobiernos autónomos descentralizados, la máxima autoridad será el ejecutivo de cada uno de ellos.
Mejor costo en bienes o servicios normalizados: Oferta que cumpliendo con todas las especificaciones y requerimientos técnicos, financieros y legales exigidos en los documentos precontractuales, oferte el precio más bajo.
Mejor costo en consultoría: Criterio de "Calidad y Costo" con el que se adjudicarán los contratos de consultoría, en razón de la ponderación que para el efecto se determine en los Pliegos correspondientes, y sin que en ningún caso el costo tenga un porcentaje de incidencia superior al veinte (20%) por ciento.
Mejor costo en obras, o en bienes o servicios no normalizados: Oferta que ofrezca a la entidad las mejores condiciones presentes y futuras en los aspectos técnicos, financieros y legales, sin que el precio más bajo sea el único parámetro de selección. En todo caso, los parámetros de evaluación deberán constar obligatoriamente en los Pliegos.
Oferta habilitada: La oferta que cumpla con todos los requisitos exigidos en los Pliegos Precontractuales.
Ongoing. Son múltiples las actividades que sirven para monitorear la efectividad del control interno en el curso ordinario de las operaciones. Incluyen actores regulares de administración y supervisión, -
comparaciones, conciliaciones y otras acciones rutinarias
Origen nacional: Para los efectos de la presente ley, se refiere a las obras, bienes y servicios que incorporen un componente ecuatoriano en los porcentajes que sectorialmente sean definidos por parte del Servicio Nacional de Contratación Pública SERCOP, de conformidad a los parámetros y metodología establecidos en el Reglamento d e la presente Ley.
Participación local: Se entenderá aquel o aquellos participantes habilitados en el Registro Único de Proveedores que tengan su domicilio, al menos seis meses, en la parroquia rural, cantón, la provincia o la región donde surte efectos el objeto de la contratación.
22
Participación nacional: Aquel o aquellos participantes inscritos en el Registro Único de Proveedores cuya oferta se considere de origen nacional.
Pliegos: Documentos precontractuales elaborados y aprobados para cada procedimiento, que se sujetarán a los modelos establecidos por el Instituto Nacional de Contratación Pública.
Por escrito: Se entiende un documento elaborado en medios físicos o electrónicos. Portal Compras públicas: (http://portal.compraspublicas.gob.ec/incop/: Es el Sistema Informático Oficial de Contratación Pública del Estado Ecuatoriano.
Presupuesto referencial: Monto del objeto de contratación determinado por la Entidad Contratante al inicio de un proceso precontractual.
Proveedor: Es la persona natural o jurídica nacional o extranjera, que se encuentra inscrita en el RUP, de conformidad con esta Ley, habilitada para proveer bienes, ejecutar obras y prestar servicios, incluidos los de consultoría, requeridos por las Entidades Contratantes.
Recursos humanos. La administración de recursos humanos consiste en la planeación, organización, el desarrollo, la coordinación y el control de técnicas capaces de promover el desempeño efi-
ciente del personal en la medida en que la organización representa el medio que permita a las personas que colaboran en ella alcanzar los objetivos individuales relacionados directa o indirectamente con el trabajo. La administración de los recursos humanos busca construir y mantener un entorno de excelencia en la calidad para habilitar mejor a la fuerza de trabajo en la consecución de los objetivos de calidad y de desempeño operativo de la empresa.
Registro Único de Proveedores—RUP: Es la base de datos de los proveedores de obras, bienes y servicios, incluidos los de consultoría, habilitados para participar en los procedimientos establecidos en esta ley. Su administración está a cargo del Servicio Nacional de Contratación Pública y se lo requiere para poder contratar con las entidades contratantes.
Riesgo de auditoría. El riesgo de Auditoría es la probabilidad que el auditor emita un informe que -
no se acople a la realidad de la entidad auditada por la existencia de errores significativos que no fueron encontrados. Dentro de la valoración de riesgos es necesaria la identificación y análisis de riesgos relevantes para el logro de los objetivos y la base para determinar la forma en que tales riesgos deben ser mejorados.
Servicio Nacional de Contratación Pública: Es el órgano técnico rector de la Contratación Pública. La Ley puede referirse a él simplemente como "Servicio Nacional".
Servicios de apoyo a la consultoría: Son aquellos servicios auxiliares que no implican dictamen o juicio profesional especializado, tales como los de contabilidad, topografía, cartografía, aerofotogrametría, la realización de ensayos y perforaciones geotécnicas sin interpretación, la computación, el procesamiento de datos y el uso auxiliar de equipos especiales.
Situaciones de emergencia: Son aquellas generadas por acontecimientos graves tales como accidentes, terremotos, inundaciones, sequías, grave conmoción interna, inminente agresión externa, guerra internacional, catástrofes naturales, y otras que provengan de fuerza mayor o caso fortuito, a nivel nacional, sectorial o institucional. Una situación de emergencia es concreta, inmediata, imprevista, probada y objetiva.
Sobre: Medio que contiene la oferta, que puede ser de naturaleza física o electrónica. 23
Bibliografía Ai Espe. Manual de auditoria gubernamental. Julio 15, 2014 de http://ai.espe.edu.ec/es/ Manual-de-auditoria-Gubernamental/ Blog Consultora Sur. (2011). Que es coso? Obtenido Julio 15, 2014 de http:// blogconsultorasur.wordpress.com/2011/09/06/que -es-coso/ Consorcio para el Derecho Socio -Ambiental. (2013). Legislación Constitucional Relevante. Obtenido agosto 3, 2014 de http://www.derecho -ambiental.org/Derecho/ Legislacion/Constitucion_Asamblea_Ecuador_4.html Contraloria General del Estado Bolivia. Guía para la evaluación del proceso de control interno. Obtenido Julio 20, 2014 de http://www.contraloria.gob.bo/portal/Uploads/ PDFportal/20121217_328.pdf Contraloría General del Estado. Plan de capacitación 2014. Obtenido Julio 15, 2014 de http://capacitacion.contraloria.gob.ec/curso/pluginfile.php/545/mod_label/intro/ PLAN_2014_vsf.pdf
ESPE. Planificación de la auditoria. Obtenido agosto 13, 2014 de http://ai.espe.edu.ec/wp content/uploads/2012/07/Manual-de- Auditor%C3%ADa-Gubernamental-Cap-V.pdf Gerencie.com. (2008). El informe COSO. Obtenido Julio 15, 2014 de http:// www.gerencie.com/el-informe-coso.html ICADE. Manejo del portal de compras públicas. Obtenido Julio 15, 2014 de http:// www.icade.com.ec/cursos#!__cursos/administracion Ingeniería Industrial. Universidad de Chile. Curso administración de contratos. Obtenido Julio 15, 2014
de http://www.eeuchile.cl/programas/administracion -de-contratos-
2/ LEXIS. Código de procedimiento civil, codificaciòn. Obtenido agosto 16, 2014 de http:// www.inmobiliar.gob.ec/wp-content/uploads/ downloads/2013/03/14_CODIGO_DE_PROCEDIMIENTO_CIVIL.pdf LEXIS. Ley de arbitraje y mediación. Obtenido agosto 13, 2014 de
http://
www.desarrolloamazonico.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2014/05/LEY-DE
-ARBITRAJE-Y-MEDIACION-act.pdf
24
Procuraduría General del Estado Ecuador. Contratación de obra: Fase contractual y de ejecución. Obtenido agosto 13, 2014 de http://www.pge.gob.ec/es/documentos/doc_download/708 contratacin-de-obra-fase-contractual-y-de-ejecucin.html SERCOP. (2014). Sistema Oficial de Contratación Pública. Obtenido agosto 9, 2014 de http://capacitacion.compraspublicas.gov.ec/ProcesoContratacion/compras/
25
UNIDAD II Aplicación de los procesos de contratación pública
Notas ···
……………………………… ………………………………
Fases del ciclo de contratación.
………………………………
Fases preparatoria y precontractual.
Normas comunes a todos los procesos de contratación pública.
……………………………… ……………………………… ………………………………
Comisión técnica.
………………………………
Para cada proceso de contratación de:
………………………………
1. Consultoría por lista corta o por concurso público;
………………………………
2. Subasta inversa, cuyo presupuesto referencial sea supe-
………………………………
rior al valor que resulte de multiplicar el coeficiente
………………………………
0.000002 por el monto del presupuesto inicial del Estado;
………………………………
3. Licitación; y,
………………………………
4. Cotización,
………………………………
Se conformará la correspondiente Comisión Técnica integra-
………………………………
da de la siguiente manera:
………………………………
Un profesional designado por la máxima autoridad, quien la presidirá
……………………………… ……………………………… ………………………………
El titular del área requirente o su delegado
……………………………… ………………………………
Un profesional afín al objeto de la contratación designado
………………………………
por la máxima autoridad o su delegado.
……………………………… ……………………………… ………………………………
Figura 10. Conformación de la comisión técnica Fuente: Dirección de Desarrollo Académico
………………………………
Los miembros de la Comisión Técnica serán funcionarios o servidores de la entidad contratante. La Comisión Técnica designará al secretario de la misma de fuera de su seno. La Comisión Técnica se reunirá con la presencia de al menos dos de sus miembros, uno de los cuales será obligatoriamen26
……………………………… ………………
te el presidente, quien tendrá voto dirimente.
rado por cada entidad contratante, previa con-
Adoptará decisiones válidas por mayoría simple.
sulta de la disponibilidad presupuestaria, a me-
En los procesos de subasta inversa cuyo presu-
nos que circunstancias no previstas al momento
puesto referencial sea igual o inferior al valor
de la elaboración del PAC hagan necesario su
que
coeficiente
modificación. Los formatos del PAC serán ela-
0.000002 por el monto del presupuesto inicial
borados por el SERCOP y publicados en el Por-
del Estado, no se requiera la conformación de la
tal http://portal.compraspublicas.gob.ec/incop/
resulte
de
multiplicar
el
Comisión Técnica referida en este artículo. Plan anual de contratación. Las entidades contratantes, para cumplir con los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo, sus objetivos y necesidades institucionales, formularán el Plan Anual de Contratación con el presupuesto correspondiente, de conformidad a la planificación plurianual de la institución, asociados al Plan Nacional de Desarrollo y a los presupuestos del Estado. Hasta el 15 de enero de cada año, la máxima Figura 11. Elaboración del PAC Fuente: Dirección de Desarrollo Académico
autoridad de cada entidad contratante o su delegado, aprobará y publicará el Plan Anual de
Contenido del PAC.
Contratación (PAC), el mismo que contendrá las obras, bienes o servicios incluidos los de con-
El Plan Anual de Contratación estará vinculado
sultoría que se contratarán durante ese año, en
con los objetivos del Plan Nacional de Desarro-
función de sus respectivas metas institucionales
llo o de los planes regionales, provinciales, loca-
y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 22
les o institucionales y contendrá, por lo menos,
de la Ley.
la siguiente información:
El Plan Anual de Contratación podrá ser refor-
1. Los procesos de contratación que se realiza-
mado por la máxima autoridad o su delegado,
rán en el año fiscal;
mediante resolución debidamente motivada, la
2. Una descripción del objeto de las contratacio-
misma que junto con el plan reformado serán
nes contenidas en el Plan, suficiente para que
publicados
los proveedores puedan identificar las obras,
en
el
portal:
http://
portal.compraspublicas.gob.ec/incop/
bienes, servicios o consultoría a contratarse;
Salvo las contrataciones de ínfima cuantía o
3. El presupuesto estimativo de los bienes, ser-
aquellas que respondan a situaciones de emer-
vicios u obras a adquirir o contratar; y,
gencia, todas las demás deberán estar incluidas
4. El cronograma de implementación del plan.
en el PAC inicial o reformulado.
Estudios y diseños
Los procesos de contrataciones deberán ejecu-
Antes de iniciar un procedimiento precontrac-
tarse de conformidad y en la oportunidad deter-
tual, de acuerdo a la naturaleza de la contrata-
minada en el Plan Anual de Contratación elabo-
ción, la entidad deberá contar con los estudios y 27
diseños completos, definitivos y actualizados,
suficientes para cubrir las obligaciones deriva-
planos y cálculos, especificaciones técnicas,
das de la contratación. El reglamento establece-
debidamente aprobados por las instancias co-
rá las formas en que se conferirán las certifica-
rrespondientes, vinculados al Plan Anual de
ciones o los mecanismos electrónicos para la
Contratación de la entidad.
verificación a que se refiere el inciso anterior.
Los estudios y diseños incluirán obligatoriamente como condición previa a su aprobación e inicio del proceso contractual, el análisis de desagregación tecnológica o de compra de inclusión, según corresponda, los que determinarán la proporción mínima de participación nacional o local de acuerdo a la metodología y parámetros determinados por el Servicio Nacional de Contratación Pública. La máxima autoridad de la entidad contratante y los funcionarios que hubieren participado en la elaboración de los estudios, en la época en que
Figura 13. Presupuesto Fuente: Dirección de Desarrollo Académico
éstos se contrataron y aprobaron, tendrán res-
Modelos obligatorios.
ponsabilidad solidaria junto con los consultores o contratistas, si fuere del caso, por la validez de
Serán obligatorios los modelos y formatos de
sus resultados y por los eventuales perjuicios
documentos precontractuales, y la documenta-
que pudieran ocasionarse en su posterior aplica-
ción mínima requerida para la realización de un
ción.
procedimiento precontractual y contractual, que serán elaborados y oficializados por el Servicio Nacional de Contratación Pública, para lo cual podrá contar con la asesoría de la Procuraduría General del Estado y de la Contraloría General del Estado. Cada entidad contratante deberá completar los modelos obligatorios. La entidad contratante bajo su responsabilidad, podrá modificar y ajustarlos a las necesidades particulares de cada proceso de contratación, siempre que se cumpla con la Ley y el Reglamento General de la ley. Pliegos: aclaraciones y convalidación de
Figura 12. Estudios y diseños Fuente: Dirección de Desarrollo Académico
errores.
Presupuesto.
Los pliegos contendrán toda la información téc-
Las entidades previamente a la convocatoria,
nica, económica y legal requerida en un proceso
deberán certificar la disponibilidad presupuesta-
como planos, estudios, especificaciones técni-
ria y la existencia presente o futura de recursos 28
cas, condiciones económicas, legales y contrac-
nes y servicios que se pretende contratar y aho-
tuales.
rro en sus contrataciones.
Los pliegos son públicos y su acceso es gratuito
Aclaraciones.
para cualquier persona a través del portal de
La máxima autoridad de la entidad contratante,
compras públicas.
su delegado o la comisión técnica, según el ca-
En ningún proceso de contratación, sea cual sea
so, por propia iniciativa o a pedido de los partici-
su monto o modalidad, se cobrará valor alguno
pantes, a través de aclaraciones podrá modificar
por derecho de inscripción. Exclusivamente el
los pliegos, siempre que no alteren el objeto del
oferente adjudicado, una vez recibida la notifica-
contrato y el presupuesto referencial de los mis-
ción de adjudicación, pagará a la entidad el va-
mos.
lor previsto en forma previa en los pliegos, y con
Convalidación de errores.
el cual se cubra exclusivamente los costos de
Las ofertas, una vez presentadas no podrán mo-
levantamiento de textos, reproducción y edición
dificarse. No obstante, si se presentaren errores
de los pliegos, de ser el caso. Los interesados
de forma, podrán ser convalidados por el oferen-
podrán realizar preguntas y solicitar aclaracio-
te a pedido de la entidad contratante, dentro del
nes sobre los pliegos a la entidad convocante.
término mínimo de 2 días o máximo de 5 días,
Las preguntas, las aclaraciones, las respuestas
contado a partir de la fecha de notificación. Di-
y las modificaciones a los pliegos, en caso de
cho término se fijará a criterio de la entidad con-
existir, se publicarán en el portal compras públi-
tratante, en relación al procedimiento de contra-
cas.
tación y al nivel de complejidad y magnitud de la
Los pliegos establecerán el plazo y los procedi-
información requerida. El pedido de convalida-
mientos para formular las preguntas y aclaracio-
ción será notificado a todos los oferentes, a tra-
nes y para obtener las respuestas correspon-
vés
dientes.
portal.compraspublicas.gob.ec/incop/
La entidad contratante elaborará los pliegos pa-
del
portal
Adjudicación.
ra cada contratación, para lo cual deberá observar los modelos elaborados por el SERCOP que sean aplicables. Los pliegos serán aprobados por la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado. Los pliegos establecerán las condiciones que permitan alcanzar la combinación más ventajosa entre todos los beneficios de la obra a ejecutar, el bien por adquirir o el servicio por contratar y todos sus costos asociados, presentes y futuros. En la determinación de las condiciones de los pliegos, la entidad contratante deberá propender
Figura 14. Adjudicación Fuente: Dirección de Desarrollo Académico
a la eficacia, eficiencia, calidad de la obra, bie-
29
http://
La máxima autoridad de la entidad contratante o
La declaratoria definitiva de desierto cancela-
su delegado, adjudicará el contrato mediante
rá el proceso de contratación y por consi-
resolución motivada, observando para el efecto
guiente se archivará el expediente.
lo definido en los números 17, 18 y 19 del artícu-
Podrá declararse el procedimiento desierto
lo 6 de la ley; y, los parámetros objetivos de
parcial, cuando se hubiere convocado a un
evaluación previstos en los pliegos.
proceso de contratación con la posibilidad de
Declaración de estado del proceso.
adjudicaciones parciales o por ítems.
Declaratoria de procedimiento desierto.
La declaratoria de desierto o cancelación no
La máxima autoridad de la entidad contratante o
dará lugar a ningún tipo de reparación o in-
su delegado, declarará desierto el procedimiento
demnización a los oferentes.
de manera total o parcial, en los siguientes ca-
Declaratoria de procedimiento desierto
sos:
parcial.
a. Por no haberse presentado oferta alguna;
Cabrá la declaratoria de procedimiento desierto
b. Por haber sido inhabilitadas todas las ofertas
parcial cuando se hubiere convocado a un pro-
o la única presentada, de conformidad con la
ceso de contratación con la posibilidad de adju-
ley;
dicaciones parciales o por ítems.
c. Por considerarse inconvenientes para los in-
Declaratoria de desierto por oferta fallida.
tereses nacionales o institucionales todas las
Una vez adjudicado un contrato, el procedimien-
ofertas o la única presentada. La declaratoria de
to será declarado desierto si el contrato no pue-
inconveniencia deberá estar sustentada en razo-
de celebrarse por causas imputables al adjudi-
nes económicas, técnicas o jurídicas;
catario, siempre que no sea posible adjudicar el
d. Si una vez adjudicado el contrato, se encon-
contrato al oferente que se encuentra en segun-
trare que existe inconsistencia, simulación o
do lugar en el orden de prelación.
inexactitud en la información presentada por el
Contratación preferente.
adjudicatario, detectada por la entidad contra-
En las contrataciones de bienes y servicios que
tante, la máxima autoridad de ésta o su delega-
se adquieren por procedimientos de cotización y
do, de no existir otras ofertas calificadas que
menor cuantía, excepto los servicios de consul-
convengan técnica y económicamente a los in-
toría, se privilegiará la contratación con micro y
tereses nacionales o institucionales, declarará
pequeñas empresas, artesanos o profesionales,
desierto el procedimiento sin perjuicio del inicio
y sectores de la economía popular y solidaria,
de las acciones que correspondan en contra del
de manera individual o asociativa, preferente-
adjudicatario fallido; y,
mente domiciliados en la circunscripción territo-
e. Por no celebrarse el contrato por causas
rial en que se ejecutará el contrato, quienes de-
imputables al adjudicatario, siempre que no sea
berán acreditar sus respectivas condiciones de
posible adjudicar el contrato a otro oferente.
conformidad con la normativa que los regulen.
Notas:
Expediente de contratación.
Una vez declarado desierto el procedimiento,
Las Entidades Contratantes deberán formar y
la máxima autoridad o su delegado, podrá
mantener un expediente por cada contratación
disponer su archivo o su reapertura.
en el que constarán los documentos referentes 30
a los hechos y aspectos más relevantes de sus
La orden de adquisición electrónica emitida por
etapas de preparación, selección, contratación,
la entidad contratante se sujetará a las condicio-
ejecución, así como en la fase pos contractual.
nes contractuales previstas en el convenio mar-
El reglamento establecerá las normas sobre su
co; y, de ser el caso a las mejoras obtenidas por
contenido, conformación y publicidad a través
la entidad contratante.
del portal: http://portal.compraspublicas.gob.ec/
Una vez recibidos los bienes o servicios contra-
incop/
tados, se suscribirá el acta de entrega recepción correspondiente con la verificación de correspondencia con las especificaciones previstas en el catálogo. Subasta inversa. La subasta inversa electrónica se realizará
Concordancias: Reglamento a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública Artículo 31
cuando las entidades contratantes requieran adquirir bienes y servicios normalizados cuya cuantía
Fase precontractual.
supere
el
monto
equivalente
al
0,0000002 del presupuesto inicial del estado,
Identificación y aplicación de los procedi-
que no se puedan contratar a través del procedi-
mientos y modalidades de contratación públi-
miento de compras por catálogo electrónico, y
ca.
en la que los proveedores de dichos bienes y
Los procedimientos dinámicos.
servicios, pujan hacia la baja el precio ofertado
Catálogo electrónico.
por medios electrónicos a través del portal http:// portal.compraspublicas.gob.ec/incop/ Las adquisiciones de bienes y servicios normalizados cuya cuantía no exceda el monto señalado en el inciso anterior se las realizará de forma directa con un proveedor seleccionado por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. La calificación técnica de las ofertas presentadas será realizada por: 1.
La máxima autoridad o su delegado en el caso de subastas inversas cuyo presu-
Figura 15. Catálogo electrónico Fuente: Dirección de Desarrollo Académico
puesto referencial exceda el monto previsto en el primer inciso del artículo 44 del
Para la inclusión en el catálogo electrónico de
reglamento general de la LOSNCP.
los bienes y servicios normalizados, el SERCOP
2.
realizará procesos de selección que permitan
Por una Comisión Técnica integrada de conformidad con lo previsto anteriormen-
celebrar convenios marcos, observando el pro-
te.
cedimiento que se establezca en los pliegos. 31
sobrepase el valor que resulte de multipli-
Puja. En el día y hora señalados en la convocatoria,
car el coeficiente 0,000015 por el monto
se realizará la puja hacia la baja a través del
del presupuesto inicial del Estado.
portal
http://portal.compraspublicas.gob.ec/
2.
Para contratar la adquisición de bienes o
incop/
servicios no normalizados, exceptuando
La duración de la puja será establecida en los
los de consultoría, cuyo presupuesto refe-
pliegos y no podrá ser menor a quince (15) mi-
rencial sobrepase el valor que resulte de
nutos ni mayor a sesenta (60) minutos, contados
multiplicar el coeficiente 0,000015 por el
a partir de la hora establecida en la convocato-
monto del presupuesto inicial del Estado.
ria, en atención a la complejidad del objeto del
3.
Para contratar la ejecución de obras,
contrato y al presupuesto referencial del proce-
cuando su presupuesto referencial sobre-
dimiento.
pase el valor que resulte de multiplicar el
De la puja se dejará constancia en un informe
coeficiente 0,00003 por el monto del pre-
de resultados, elaborado por la Comisión Técni-
supuesto inicial del Estado.
ca y que será publicado en el formato estableci-
La convocatoria deberá publicarse en el portal
do
http://portal.compraspublicas.gob.ec/incop/
para
el
efecto
en
el
portal
http://
portal.compraspublicas.gob.ec/incop/
y
contendrá la información que determine el SERCOP. Las ofertas técnica y económica deberán ser entregadas por los oferentes, hasta el día y hora señalados en la convocatoria. El término entre la convocatoria y cierre de recepción de ofertas los fijará la entidad contratante atendiendo al monto y complejidad de la contratación. Cotización. En este procedimiento la invitación a presentar ofertas a cinco (5) proveedores elegidos mediante sorteo público se lo realizará de forma aleatoria
Figura 16. Puja Fuente: Dirección de Desarrollo Académico
través
del
portal
portal.compraspublicas.gob.ec/incop/
http:// de entre
Los procedimientos comunes.
los proveedores que cumplan los parámetros de
Licitación.
contratación preferente e inclusión (tipo de proveedor y localidad), de acuerdo a lo que estable-
La licitación es un procedimiento de contratación
cido en la LOSNCP.
que se utilizará en los siguientes casos: 1.
a
Este procedimiento, se utilizará en cualquiera de
Si fuera imposible aplicar los procedimien-
los siguientes casos:
tos dinámicos previstos o, en el caso que una vez aplicados dichos procedimientos,
1. Si fuera imposible aplicar los procedimien-
éstos hubiesen sido declarados desiertos;
tos dinámicos o, en el caso que una vez
siempre que el presupuesto referencial
aplicados dichos procedimientos, éstos hu32
biesen sido declarados desiertos; siempre
aplicados dichos procedimientos, éstos hubie-
que el presupuesto referencial oscile entre
sen sido declarados desiertos; siempre que el
0,000002 y 0,000015 del presupuesto inicial
presupuesto referencial sea inferior al 0,000002
del Estado;
del presupuesto inicial del Estado.
2. La contratación para la ejecución de obras,
Importante:
cuyo presupuesto referencial oscile entre
En los casos de los numerales 1 y 3 se podrá
0,000007 y 0,00003 del presupuesto inicial
contratar directamente; para el efecto, se conta-
del Estado; y,
rá con al menos tres proformas, salvo el caso de
3. La contratación para la adquisición de bie-
manifiesta imposibilidad.
nes y servicios no normalizados, exceptuan-
En el caso previsto en el numeral 2 se adjudica-
do los de consultoría, cuyo presupuesto
rá el contrato a un proveedor registrado en el
referencial
RUP escogido por sorteo público de entre los
oscile
entre
0,000002
y
0,000015 del presupuesto inicial del Estado
interesados en participar en dicha contratación.
del correspondiente ejercicio económico.
Ínfima cuantía. Se podrá contratar bajo este sistema en cualquiera delos siguientes casos: 1.
Las contrataciones para la adquisición de bienes o prestación de servicios no normalizados, exceptuando los de consultoría, cuya cuantía sea inferior a multiplicar el coeficiente 0,0000002 del presupuesto inicial del Estado;
2.
Las contrataciones para la adquisición de bienes o prestación de servicios normalizados, exceptuando los de consultoría, que no
Figura 17. Cotización Fuente: Dirección de Desarrollo Académico
consten en el catálogo electrónico y cuya cuantía sea inferior a multiplicar el coefi-
Menor cuantía.
ciente 0,0000002 del presupuesto inicial del
Se podrá contratar bajo este sistema en cual-
Estado; y,
quiera de los siguientes casos:
3.
1. Las contrataciones de bienes y servicios no
Las contrataciones de obras que tengan por objeto única y exclusivamente la reparación,
normalizados, exceptuando los de consultoría
refacción, remodelación, adecuación, man-
cuyo presupuesto referencial sea inferior al
tenimiento o mejora de una construcción o
0,000002 del presupuesto inicial del Estado;
infraestructura existente, cuyo presupuesto
2. Las contrataciones de obras, cuyo presupues-
referencial sea inferior a multiplicar el coefi-
to referencial sea inferior al 0,000007 del presu-
ciente 0,0000002 del presupuesto inicial del
puesto inicial del Estado;
Estado. Para estos casos, no podrá consi-
3. Si fuera imposible aplicar los procedimientos
derarse en forma individual cada interven-
dinámicos previstos o, en el caso que una vez
ción, sino que la cuantía se calculará en 33
función de todas las actividades que deban
2.
Costos indirectos o gastos generales: son
realizarse en el ejercicio económico sobre la
aquellos que se reconocen a las firmas
construcción o infraestructura existente.
consultoras y otros organismos que estén autorizados para realizar consultarías,
Los procedimientos de consultoría En los procesos de selección de consultoría, la
para atender sus gastos de carácter per-
entidad contratante determinará la naturaleza de
manente relacionados con su organiza-
los participantes: sean consultores individuales,
ción profesional. Contratación mediante lista corta.
firmas consultoras u organismos que estén facultados para ofrecer consultoría. Los procesos
Cuando el presupuesto referencial del contrato
de contratación se harán entre consultores de
supere el fijado en el número anterior y sea infe-
igual naturaleza.
rior al valor que resulte de multiplicar el coefi-
Para el caso de personas naturales, el título de
ciente 0,000015 por el monto del presupuesto
tercer nivel conferido por una institución de edu-
inicial del Estado correspondiente al ejercicio
cación superior, deberá además estar registrado
económico; y,
en el CONESUP; excepto la salvedad prevista
Contratación mediante concurso público.
para consultorías cuyo plazo sea de hasta seis
Cuando el presupuesto referencial del contrato
meses y que vayan a ser realizadas por consul-
sea igual o superior al valor que resulte de multi-
tores individuales extranjeros o por consultores
plicar el coeficiente 0,000015 por el monto del
individuales nacionales cuyos títulos hayan sido
presupuesto inicial del Estado del correspon-
obtenidos en el extranjero, en cuyo caso bastará
diente ejercicio económico.
la presentación del título conferido por la corres-
Contratación directa.
pondiente institución de educación superior en
Cuando el presupuesto referencial del contrato
el extranjero.
sea inferior o igual al valor que resultare de mul-
En todo proceso de contratación, la determina-
tiplicar el coeficiente 0,000002 por el monto del
ción de los costos de consultoría tomará en
presupuesto inicial del Estado del correspon-
cuenta en su composición los costos directos e
diente ejercicio económico. La selección, califi-
indirectos requeridos para la ejecución del pro-
cación, negociación y adjudicación la realizará la
yecto, conforme se detalla a continuación:
máxima autoridad de la entidad contratante de
1.
Costos directos: definidos como aquellos
acuerdo al procedimiento previsto en el Regla-
que se generan directa y exclusivamente
mento a la Ley.
en función de cada trabajo de consultoría
Los procedimientos especiales.
y cuyos componentes básicos son, entre
Contratación integral por precio fijo.
otros, las remuneraciones, los beneficios
Para celebrar contratos de obra, podrá acordar-
o cargas sociales del equipo de trabajo,
se mediante resolución razonada de la máxima
los viajes y viáticos; los subcontratos y
autoridad de la entidad, la celebración del con-
servicios varios, arrendamientos y alquile-
trato integral por precio fijo, cuando se cumplan
res de vehículos, equipos e instalaciones;
de forma conjunta los siguientes requisitos:
suministros y materiales; reproducciones, ediciones y publicaciones; 34
1. Si del análisis previo a la resolución de la
ción ni de presentación de garantías; los cuales
máxima autoridad, resulta más ventajosa esta
se cumplirán una vez suscrito el respectivo con-
modalidad con respecto a la contratación por
trato.
precios unitarios;
Adquisición de inmuebles.
2. Si se tratare de la ejecución de proyectos de
Cuando la máxima autoridad de la institución
infraestructura en los que fuere evidente el be-
pública haya resuelto adquirir un determinado
neficio de consolidar en un solo contratista to-
bien inmueble, necesario para la satisfacción de
dos los servicios de provisión de equipo, cons-
las necesidades públicas, procederá a la decla-
trucción y puesta en operación;
ratoria de utilidad pública o de interés social de
3. Si el presupuesto referencial de dicha contra-
acuerdo con la ley.
tación sobrepasa el valor que resulte de multi-
Perfeccionada la declaratoria de utilidad pública
plicar el coeficiente 0,1% por el monto del pre-
o de interés social, se buscará un acuerdo direc-
supuesto inicial del Estado; y,
to entre las partes, hasta por el lapso máximo de
4. Que la entidad contratante cuente con los
noventa (90) días; sin perjuicio de la ocupación
estudios completos, definitivos y actualizados.
inmediata del inmueble.
Figura 18. Requisitos para la contratación integral por precio fijo Fuente: Dirección de Desarrollo Académico
Para este acuerdo, el precio se fijará, tanto para bienes ubicados en el sector urbano como en el sector rural, en función del avalúo realizado por
Contrataciones en situaciones de emergen-
la Dirección de Avalúos y Catastros de la Muni-
cia.
cipalidad en que se encuentren dichos bienes,
Para atender las situaciones de emergencia ge-
que considerará los precios comerciales actuali-
neradas por acontecimientos graves tales como
zados de la zona.
accidentes, terremotos, inundaciones, sequías,
El precio que se convenga no podrá exceder del
grave conmoción interna, inminente agresión
diez (10%) por ciento sobre dicho avalúo.
externa, guerra internacional, catástrofes naturales, y otras que provengan de fuerza mayor o caso fortuito, a nivel nacional, sectorial o institucional. El Ministro de Estado o en general la máxima autoridad de la entidad deberá emitir resolución motivada que declare la emergencia, para justificar la contratación. Dicha resolución se publicará en el portal de compras públicas La entidad podrá contratar de manera directa, y bajo responsabilidad de la máxima autoridad, las obras, bienes o servicios, incluidos los de consultoría, que se requieran de manera estricta
Figura 19. Adquisición de inmuebles Fuente: Dirección de Desarrollo Académico
para superar la situación de emergencia. Podrá, inclusive, contratar con empresas extranjeras sin requerir los requisitos previos de domicilia35
cuyo caso tendrá quince días adicionales para la
Arrendamiento de inmuebles.
formalización de dicha asociación.
Para el arrendamiento de bienes inmuebles, las entidades contratantes publicarán en el portal http://portal.compraspublicas.gob.ec/incop/
Requisitos.
los
Son requisitos para la celebración de los contra-
pliegos en los que constarán las condiciones
tos, los siguientes:
mínimas del inmueble requerido, con la referencia al sector y lugar de ubicación del mismo. Para la suscripción del contrato, el adjudicatario no requiere estar inscrito y habilitado en el RUP. El SERCOP determinará el procedimiento y los requisitos que se deberán cumplir en estas contrataciones. Las fases contractual y de ejecución.
Contratos. Los contratos a los que se refiere esta ley celebrados por las entidades contratantes, son contratos administrativos. Formalización de los contratos.
Figura 20. Requisitos para la celebración de los contratos Fuente: Dirección de Desarrollo Académico
En todos los casos en que la ley exija la suscripción de contrato, éste se otorgará por escrito; y,
Inhabilidades generales para la celebración
en los contratos de tracto sucesivo, en caso de
de contratos.
prórroga, para que sea válida, deberá convenir-
No podrán celebrar contratos previstos en esta
se, también de manera expresa y por escrito.
Ley con las entidades contratantes:
La entidad contratante verificará la aptitud legal
1. Quienes se hallaren incursos en las incapaci-
del contratista en el momento de la suscripción
dades establecidas por el Código Civil, o en
del contrato, sin que ello signifique un trámite
las inhabilidades generales establecidas en
adicional para el contratista. Luego de la sus-
la ley;
cripción y cumplidas las formalidades del caso,
2. El Presidente, el Vicepresidente de la Repú-
la entidad entregará un ejemplar del contrato al
blica, los ministros y secretarios de Estado, el
contratista.
Director Ejecutivo y demás funcionarios del
Adjudicado el contrato, el adjudicatario o su re-
Servicio Nacional de Contratación Pública,
presentante debidamente autorizado, deberá
los legisladores, los presidentes o represen-
suscribir el contrato dentro del término previsto
tantes legales de las entidades contratantes
en los pliegos o en la ley, para lo cual la entidad
previstas en esta ley, los prefectos y alcal-
contratante le notificará señalando la fecha para
des; así como los cónyuges o parientes den-
hacerlo, que no podrá exceder de quince (15)
tro del cuarto grado de consanguinidad y se-
días término siguientes a la fecha de adjudica-
gundo de afinidad, de los dignatarios, funcio-
ción, excepción hecha para el caso de que el adjudicatario sea un consorcio o asociación, en 36
narios y servidores indicados en este nume-
tractual o contractual y que con su acción u
ral;
omisión pudieren resultar favorecidos, su
3. Los servidores públicos, esto es, funcionarios
cónyuge o sus parientes hasta el cuarto gra-
y empleados, que hubieren tenido directa o
do de consanguinidad o segundo de afinidad,
indirectamente vinculación en cualquier etapa
así como las personas jurídicas de derecho
del procedimiento de contratación o tengan
privado o sociedades de hecho en las que los
un grado de responsabilidad en el procedi-
indicados funcionarios, servidores o emplea-
miento o que por sus actividades o funciones,
dos, su cónyuge o sus parientes hasta el
se podría presumir que cuentan con informa-
cuarto grado de consanguinidad y segundo
ción privilegiada;
de afinidad tengan participación, aún en el caso de que los referidos funcionarios, servi-
4. Quienes consten suspendidos en el RUP;
dores o empleados hubieren renunciado a
5. Los que, no habiendo estado inhabilitados en
sus funciones; y,
el procedimiento precontractual, al momento
5. Los que de manera directa hayan estado vin-
de celebrar el contrato, lo estuvieren; y,
culados con la elaboración, revisión o apro-
6. Los deudores morosos del Estado o sus insti-
bación de los pliegos, relacionados con el
tuciones.
contrato a celebrarse.
Inhabilidades especiales.
6. Los cónyuges o parientes dentro del cuarto
No podrán celebrar contratos con la entidad
grado de consanguinidad y segundo de afini-
contratante:
dad de los consejeros provinciales, conceja-
1. Los consejeros provinciales, los concejales
les municipales y vocales de las juntas parro-
municipales y los vocales de las juntas parro-
quiales en su respectiva jurisdicción.
quiales, en su respectiva jurisdicción;
7. Las personas jurídicas con respecto de forma
2. Las personas naturales o jurídicas, incluidos
específica a la entidad contratante, en las
sus representantes legales, que hubieren
que sean socios, accionistas o directivos: los
realizado los estudios, los diseños y los pro-
funcionarios, servidores o dignatarios que
yectos de ingeniería o arquitectura, que pre-
están inhabilitados de forma general o espe-
senten algún tipo de vinculación respecto a
cial, o sus cónyuges.
los ejecutores de las obras; y, los que hubie-
Nulidad del contrato.
ren elaborado las especificaciones de los
Los contratos regidos por esta Ley serán nulos
bienes a adquirirse; salvo que el contrato se
en los siguientes casos:
refiera a fiscalización, supervisión, o actuali-
1. Por las causas generales establecidas en la
zación de los estudios, diseños o proyectos;
Ley;
3. Los miembros de directorios u organismos similares o de la Comisión Técnica de la enti-
2. Por haberse prescindido de los procedimien-
dad convocante, sus cónyuges o parientes
tos y las solemnidades legalmente establecidas;
hasta el cuarto grado de consanguinidad y
y,
segundo de afinidad;
3. Por haber sido adjudicados o celebrados por un órgano manifiestamente incompetente.
4. Los funcionarios, servidores o empleados que hayan intervenido en la etapa precon37
Administración del contrato y clausulas obli-
tractuales, las que se determinarán en relación
gatorias.
directa con el monto total del contrato y por cada
Los contratos contendrán estipulaciones especí-
día de retraso.
ficas relacionadas con las funciones y deberes
Las multas impuestas al contratista pueden ser
de los administradores del contrato, así como de
impugnadas en sede administrativa, a través de
quienes ejercerán la supervisión o fiscalización.
los respectivos recursos, o en sede judicial o
En todo contrato, la entidad contratante designa-
arbitral.
rá de manera expresa un administrador del mis-
Contratos modificatorios y complementarios.
mo, quien velará por el cabal y oportuno cumpli-
Para corregir errores manifiestos de hecho, de
miento de todas y cada una de las obligaciones
trascripción o de cálculo que se hubieren produ-
derivadas del contrato. Adoptará las acciones
cido de buena fe en las cláusulas contractuales,
que sean necesarias para evitar retrasos injusti-
las entidades podrán celebrar contratos modifi-
ficados e impondrá las multas y sanciones a que
catorios que enmienden los errores encontra-
hubiere lugar.
dos.
Cláusulas obligatorias.
En el caso de que fuere necesario ampliar, modificar o complementar una obra o servicio determinado por causas imprevistas o técnicas, debidamente motivadas, presentadas con su ejecución, el Estado o la entidad contratante podrá celebrar con el mismo contratista, sin licitación o concurso, contratos complementarios que requiera la atención de las modificaciones antedichas, siempre que se mantengan los precios de los rubros del contrato original, reajustados a la fecha de celebración del respectivo contrato complementario. Garantías. Formas y clases.
Figura 21. Clausulas obligatorias Fuente: Dirección de Desarrollo Académico
En los contratos a que se refiere esta ley, los
En los contratos sometidos a esta ley se estipu-
contratistas podrán rendir cualquiera de las si-
lará obligatoriamente cláusulas de multas, así
guientes garantías:
como una relacionada con el plazo en que la
1. Garantía incondicional, irrevocable y de co-
entidad deberá proceder al pago del anticipo, en
bro inmediato, otorgada por un banco o insti-
caso de haberlo; el que no podrá exceder del
tución financiera establecidos en el país o
término de treinta (30) días.
por intermedio de ellos;
Las multas se impondrán por retardo en la eje-
2. Fianza instrumentada en una póliza de se-
cución de las obligaciones contractuales confor-
guros, incondicional e irrevocable, de cobro
me al cronograma valorado, así como por in-
inmediato, emitida por una compañía de se-
cumplimientos de las demás obligaciones con-
guros establecida en el país; 38
3. Primera hipoteca de bienes raíces, siempre
rencia entre el presupuesto referencial y la
que el monto de la garantía no exceda del
cuantía del contrato.
sesenta (60%) por ciento del valor del in-
Garantía por anticipo.
mueble hipotecado, según el correspondien-
Si por la forma de pago establecida en el contra-
te avalúo catastral correspondiente;
to, la entidad contratante debiera otorgar antici-
4. Depósitos de bonos del Estado, de las muni-
pos de cualquier naturaleza, sea en dinero, giros
cipalidades y de otras instituciones del Esta-
a la vista u otra forma de pago, el contratista
do, certificaciones de la Tesorería General
para recibir el anticipo, deberá rendir previamen-
de la Nación, cédulas hipotecarias, bonos de
te garantías por igual valor del anticipo, que se
prenda, Notas de crédito otorgadas por el
reducirán en la proporción que se vaya amorti-
Servicio de Rentas Internas, o valores fidu-
zando aquél o se reciban provisionalmente las
ciarios que hayan sido calificados por el Di-
obras, bienes o servicios. Las cartas de crédito
rectorio del Banco Central del Ecuador. Su
no se considerarán anticipo si su pago está con-
valor se computará de acuerdo con su coti-
dicionado a la entrega - recepción de los bienes
zación en las bolsas de valores del país, al
u obras materia del contrato.
momento de constituir la garantía. Los in-
El monto del anticipo lo regulará la Entidad con-
tereses que produzcan pertenecerán al pro-
tratante en consideración de la naturaleza de la
veedor; y,
contratación.
5. Certificados de depósito a plazo, emitidos
Garantía técnica para ciertos bienes.
por una institución financiera establecida en
En los contratos de adquisición, provisión o ins-
el país, endosados por valor en garantía a la
talación de equipos, maquinaria o vehículos, o
orden de la entidad contratante y cuyo plazo
de obras que contemplen aquella provisión o
de vigencia sea mayor al estimado para la
instalación, para asegurar la calidad y buen fun-
ejecución del contrato.
cionamiento de los mismos, se exigirá, además,
Garantía de fiel cumplimiento.
al momento de la suscripción del contrato y co-
Para seguridad del cumplimiento del contrato y
mo parte integrante del mismo, una garantía del
para responder por las obligaciones que contra-
fabricante, representante, distribuidor o vende-
jeren a favor de terceros, relacionadas con el
dor autorizado, la que se mantendrá vigente de
contrato, el adjudicatario, antes o al momento de
acuerdo con las estipulaciones establecidas en
la firma del contrato, rendirá garantías por un
el contrato.
monto equivalente al cinco (5%) por ciento del valor de aquel. En los contratos de obra o en la contratación de servicios no normalizados, si la oferta económica adjudicada fuese inferior al presupuesto referencial en un porcentaje igual o superior al diez (10%) por ciento de éste, la garantía de fiel cumRecuerda para más información: http://www.pge.gob.ec/es/ documentos/doc_download/708contratacin-de-obra-fasecontractual-y-de-ejecucin.html
plimiento deberá incrementarse en un monto equivalente al veinte (20%) por ciento de la dife39
gunas de las obligaciones contractuales, en el
Reajuste de precios. Los contratos de ejecución de obras, adquisición
estado en que se encuentren.
de bienes o de prestación de servicios, a que se
La terminación por mutuo acuerdo no implicará
refiere esta ley, cuya forma de pago correspon-
renuncia a derechos causados o adquiridos a
da al sistema de precios unitarios, se sujetarán
favor de la entidad contratante o del contratista.
al sistema de reajuste de precios de conformi-
Terminación unilateral del contrato.
dad con lo previsto en el reglamento a esta ley.
La entidad contratante podrá declarar terminada
En consecuencia, aquellos contratos, cuya for-
anticipada y unilateralmente los contratos a que
ma de pago no corresponda al sistema de pre-
se refiere esta ley, en los siguientes casos:
cios unitarios no se sujetará al sistema de re-
1. Por incumplimiento del contratista;
ajuste previsto en esta ley.
2. Por quiebra o insolvencia del contratista;
Para la aplicación de las fórmulas, los precios e
3. Si el valor de las multas supera el monto de
índices de precios serán proporcionados por el
la garantía de fiel cumplimiento del contrato;
Instituto Nacional de Estadísticas y Censos
4. Por suspensión de los trabajos, por decisión
(INEC), mensualmente, dentro de los diez (10)
del contratista, por más de sesenta (60)
días del mes siguiente, de acuerdo con su pro-
días, sin que medie fuerza mayor o caso
pia reglamentación.
fortuito;
Terminación de los contratos.
5. Por haberse celebrado contratos contra ex-
Los contratos terminan por:
presa prohibición de esta Ley;
1. Por cumplimiento de las obligaciones con-
6. En los demás casos estipulados en el con-
tractuales;
trato, de acuerdo con su naturaleza; y,
2. Por mutuo acuerdo de las partes;
7. La entidad contratante también podrá decla-
3. Por sentencia o laudo ejecutoriados que
rar terminado anticipada y unilateralmente el
declaren la nulidad del contrato o la resolu-
contrato cuando, ante circunstancias técni-
ción del mismo a pedido del contratista;
cas o económicas imprevistas o de caso
4. Por declaración unilateral del contratante, en
fortuito o fuerza mayor, debidamente com-
caso de incumplimiento del contratista; y,
probadas, el contratista no hubiere accedido
5. Por muerte del contratista o por disolución
a terminar de mutuo acuerdo el contrato. En
de la persona jurídica contratista que no se
este caso, no se ejecutará la garantía de fiel
origine en decisión interna voluntaria de los
cumplimiento del contrato ni se inscribirá al
órganos competentes de tal persona jurídi-
contratista como incumplido.
ca.
En este último caso, el contratista tiene la obli-
Terminación por mutuo acuerdo.
gación de devolver el monto del anticipo no
Cuando por circunstancias imprevistas, técnicas
amortizado en el término de treinta (30) días de
o económicas, o causas de fuerza mayor o caso
haberse notificado la terminación unilateral del
fortuito, no fuere posible o conveniente para los
contrato en la que constará la liquidación del
intereses de las partes, ejecutar total o parcial-
anticipo.
mente, el contrato, las partes podrán, por mutuo acuerdo, convenir en la extinción de todas o al40
desde el requerimiento formal de la entidad contratante. Reclamaciones y controversias. Recuerda para mayor información: http:// www.inmobiliar.gob.ec/wpcontent/uploads/down loads/2013/03/14_CODIGO_DE _PROCEDIMIENTO_CIVIL.pdf
Entrega recepción y liquidación de los contratos. En los contratos de adquisición de bienes y de prestación de servicios, incluidos los de consultoría, existirá una sola recepción, que se producirá de conformidad con lo establecido en el contrato y tendrá los efectos de recepción defini-
Figura 22. Reclamaciones y controversias Fuente: Dirección de Desarrollo Académico
tiva. Producida la recepción se devolverán las
Para todos los efectos de esta ley, quienes ten-
garantías otorgadas, a excepción de la garantía
gan interés directo, que se consideren afectados
técnica.
por las actuaciones realizadas por entidades
En los contratos de ejecución de obra, así como
contratantes previstas en el artículo 1 de esta
en los contratos integrales por precio fijo existi-
ley podrán presentar un reclamo motivado ante
rán una recepción provisional y una definitiva.
el Servicio Nacional de Contratación Pública,
Sin perjuicio de lo señalado en los incisos ante-
quien notificará de este particular a la máxima
riores, en las contrataciones en que se pueda
autoridad de la entidad contratante, quién dis-
receptar las obras, bienes o servicios por etapas
pondrá la suspensión del proceso por el plazo
o de manera sucesiva, podrán efectuarse recep-
de siete días hábiles, en el que deberá presen-
ciones parciales.
tar las pruebas y argumentos técnicos corres-
En los casos en los que ante la solicitud del con-
pondientes.
tratista, la entidad contratante no formulare nin-
Los oferentes que se consideren afectados en
gún pronunciamiento ni iniciare la recepción
sus intereses por asuntos relacionados con su
dentro de los períodos determinados en el regla-
oferta, respecto al trámite precontractual o de la
mento de esta ley, se considerará que tal recep-
adjudicación, tendrán derecho a presentar las
ción se ha efectuado de pleno derecho.
reclamaciones de conformidad a lo siguiente:
La entidad contratante declarará la recepción
En las reclamaciones los oferentes podrán peti-
presunta a su favor, respecto de los contratistas
cionar o pretender:
de obras, adquisición de bienes o servicios, in-
1.
La formulación de observaciones, consi-
cluidos los de consultoría, en el caso de que
deraciones y reservas de derechos, cuan-
éstos se negaren expresamente a suscribir las
do se impugnaren los actos de simple
actas de entrega recepción previstas, o si no las
administración; y,
suscribieren en el término de diez días, contado 41
2.
La enmienda, derogación, modificación o
ción, podrán utilizar los procesos de mediación
sustitución total o parcial de actos admi-
y arbitraje en derecho, que lleven a solucionar
nistrativos relacionados con los procedi-
sus diferencias, de conformidad con la cláusula
mientos de contratación en los que inter-
compromisoria respectiva.
vengan.
Cláusula compromisoria.
El reclamo se presentará por escrito ante el
En los contratos podrá incluirse la cláusula
órgano autor del hecho, comportamiento u omi-
compromisoria a fin de someter a la decisión de
sión; emisor del acto administrativo; o ante
árbitros las distintas diferencias que puedan
aquel al cual va dirigido el acto de simple admi-
surgir por razón de la celebración del contrato y
nistración, en el término de cinco días contados
de su ejecución, desarrollo, terminación o liqui-
a partir de la notificación. El órgano puede dic-
dación. El arbitraje será en derecho. Los árbi-
tar medidas de mejor proveer, y otras para
tros serán tres (3), a menos que las partes deci-
atender el reclamo.
dan acudir a un árbitro único. En las controver-
El órgano ante quien se presente el reclamo
sias de menor cuantía habrá un sólo arbitro.
tendrá un término de quince días para resolver-
Compromiso o convenio arbitral.
lo, contado a partir de la fecha de la providencia
Cuando en el contrato no se hubiere pactado
de calificación del reclamo.
cláusula compromisoria, cualquiera de las par-
Para la interposición del reclamo o recurso los
tes podrá solicitar a la otra la suscripción de un
requisitos serán:
compromiso o convenio arbitral para que un
1.
El nombre y apellidos del reclamante o re-
Tribunal de Arbitraje resuelva las diferencias
currente, así como la identificación perso-
presentadas en razón de la celebración del con-
nal del mismo;
trato y su ejecución, desarrollo, terminación o
2.
El acto que se impugna o recurre;
liquidación. En este caso, se requerirá informe
3.
Firma del reclamante o recurrente, identifi-
favorable previo de la Procuraduría General del
cación del lugar o medio que se señale a
Estado.
efectos de notificaciones;
De surgir controversias en que las partes no
Órgano de la entidad contratante al que se
concuerden someterlas a los procedimientos de
dirige;
mediación y arbitraje y decidan ir a sede judi-
4. 5.
cial, el procedimiento se lo ventilará ante los
La pretensión concreta que se formula, con
Tribunales Distritales de lo Contencioso Admi-
los fundamentos de hecho y de derecho en
nistrativo aplicando para
que se ampare; 6.
ello la Ley de la Jurisdic-
La firma del compareciente, de su repre-
ción Contencioso Adminis-
sentante o procurador y la del abogado que
trativa.
lo patrocina; y, 7.
Las demás particularidades exigidas, en su caso, por las disposiciones específicas. Solución de controversias.
De existir diferencias entre las partes contratantes no solventadas dentro del proceso de ejecu-
Recuerda para más información: http:// www.desarrolloamazonico.gob.e c/wp-content/uploads/ downloads/2014/05/LEY-DE ARBITRAJE-Y-MEDIACIONact.pdf
42
AUTOEVALUACIÓN UNIDAD 2 Actividad de fijación de conocimientos Determine el rol de la comisión técnica dentro de los procesos de contratación considerando; la idoneidad del personal; el cumplimiento de los objetivos institucionales; los riesgos institucionales en el logro de tales objetivos institucionales y las medidas contempladas en el plan anual de contratación.
Foro de discusión Analice y argumente ¿Bajo qué circunstancias dentro de la contratación pública los oferentes que se consideren afectados en sus intereses por asuntos relacionados con su oferta, respecto al trámite precontractual o de la adjudicación, tendrán derecho a presentar las reclamaciones de conformidad a lo contemplado en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública?
Cuestionario Conteste las siguientes preguntas con una (V) en caso de ser verdadero o (F) en caso de ser falsa: 1. En la subasta inversa, el presupuesto referencial a tomar en cuenta es el valor que resulte de multiplicar el coeficiente 0.00002 por el monto del presupuesto inicial del Estado. V ( ) o F (
)
2. La Comisión Técnica se reunirá con la presencia de al menos dos de sus miembros . V ( ) o F (
)
3. El contrato suscrito, con excepción de la información calificada como confidencial por la entidad contratante conforme a los pliegos es contemplada como información relevante . V ( ) o F (
)
4. Hasta el 5 de enero de cada año, la máxima autoridad de cada entidad contratante o su delegado, aprobará y publicará el Plan Anual de Contratación . V ( ) o F (
)
5. Las entidades previamente a la convocatoria, deberán certificar la disponibilidad presupuestaria. V (
) o F (
)
43
Elija la respuesta correcta: 6. La comisión técnica encargada del proceso de contratación está conformada por: a) Un profesional designado por la máxima autoridad, el titular del área requirente o su delegado b) El titular del área requirente o su delegado, un profesional afín a la máxima autoridad c) Un profesional afín al objeto de la contratación, un profesional designado por la máxima autoridad, el titular del área requirente o su delegado 7.- La modificación de los pliegos ocurre siempre y cuando: a) No alteren el objeto del contrato y el presupuesto referencial de los mismos. b) Existan modificaciones en el presupuesto referencial c) Se pretenda alterar el objeto del contrato 8. Además de no haberse presentado oferta alguna; bajo qué circunstancias se puede declarar desierto un proceso: a) Por considerarse inconvenientes para los intereses nacionales o institucionales todas las ofertas o la única presentada, si una vez adjudicado el contrato se encontrare que existe inconsistencia, por no haberse presentado oferta alguna b) Por haber sido inhabilitadas todas las ofertas, por considerarse inconvenientes para los intereses nacionales o institucionales todas las ofertas o la única presentada, si una vez adjudicado el contrato se encontrare que existe inconsistencia, por no celebrarse el contrato por causas imputables al adjudicatario c) Por haber sido inhabilitadas todas las ofertas, por considerarse inconvenientes para los intereses nacionales o institucionales todas las ofertas o la única presentada, si una vez adjudicado el contrato se encontrare que existe inconsistencia 9. En el proceso de subasta inversa los elementos a considerarse son: a) Calificación técnica de las ofertas presentadas, proveedor inscrito en el RUP b) Cuantía de los bienes que no supere el monto equivalente al 0,000002 del presupuesto inicial, calificación técnica de las ofertas presentadas c) Calificación técnica de las ofertas presentadas, cuantía de los bienes que no supere el monto equivalente al 0,0000002 del presupuesto inicial 10. Entre las inhabilidades generales para la celebración de contratos se encuentra: a) Quienes consten registrados en el Registro único de proveedores b) Los servidores públicos, esto es, funcionarios y empleados, que hubieren tenido directa o indirectamente vinculación en cualquier etapa del procedimiento de contratación o tengan un grado de responsabilidad en el procedimiento c) Los que de manera directa hayan estado vinculados con la elaboración, revisión o aprobación de los pliegos, relacionados con el contrato a celebrarse. 44
Glosario
Catálogo. En el catálogo también se suele reflejar la política de la compañía en cuanto a -
calidad, medio ambiente, gestión de personal, atención al cliente, etc. Si se trata de catálogos dirigidos a profesionales (mayoristas, minoristas, etc.) suelen ir acompañados de una lista de precios sobre la que la compañía aplicará los descuentos negociados con el cliente.
Comisión técnica. Es el órgano técnico designado por la Máxima Autoridad de una dependencia u órgano público, con la finalidad de analizar y evaluar las ofertas presentadas y -
los documentos adjuntos; su creación y conformación se la hará de acuerdo a la naturaleza del objeto de la contratación (Consultoría: Lista Corta y Concurso Público; Licitación de bienes o Servicios, Cotización de bienes o servicios y Subasta Inversa que sobrepase el 0.000002 del Presupuesto Inicial del Estado) y de los profesionales que se requieran
Convenio arbitral. El convenio arbitral es el acuerdo escrito en virtud del cual las partes deciden someter a arbitraje todas las controversias o ciertas controversias que hayan sur-
gido o pueden surgir entre ellas respecto de una determinada relación jurídica, contractual o no contractual". Lo primero que se advierte es que las transcritas normas confunden el arbitraje con la figura del convenio arbitral, esto es, se confunde el arbitraje como institución, con el contrato que le da vida y por el cual las partes acuerdan someter sus controversias ante una jurisdicción privada. El arbitraje como institución, y tal como lo estructura la doctrina, consta de tres elementos esenciales: el convenio arbitral, de naturaleza claramente contractual; el denominado contrato de dación y recepción de arbitraje (receptum arbitrii); y el procedimiento arbitral, de naturaleza mixta, esto es, contractual y procesal.
Cotización. Cotización es el accionar y las consecuencias de cotizar (establecer un precio, realizar una estimación de algo, abonar una cuota). Esta palabra es usada para referir-
se a la documentación que indica el valor real de un bien o de un servicio. En algunas naciones, la cotización está formada por la cantidad que el total de los trabajadores deben aportar al Estado de contribuciones a la seguridad social. También denominada cotización previsional, se trata de un porcentaje del salario que el empleador (mediante una retención) o el empleado tienen que depositar en el sistema nacional de seguridad social.
Fase Precontractual. La fase precontractual comprende la publicación de la convocatoria, el procedimiento de aclaraciones, observaciones y respuestas, contenidos y análisis de -
las ofertas, informes de evaluación hasta la adjudicación y notificación de los resultados de dicho procedimiento.
45
Fase preparatoria. La fase preparatoria de todo procedimiento licitatorio comprende la conformación de la Comisión Técnica requerida para la tramitación de la licitación así co-
mo la elaboración de los pliegos.
Licitación. Las licitaciones son la regla general para las adquisiciones, de arrendamientos y servicios, son convocadas mediante una convocatoria publica para que se presenten -
propuestas libremente, en sobre cerrado mismo que es abierto públicamente para que sean aseguradas al Estado las mejores condiciones en cuanto a calidad, precio, financiamiento, oportunidad, crecimiento económico, generación de empleo, eficiencia energética, uso responsable del agua, optimización y uso sustentable de los recursos, así como la protección del medio ambiente. Los tres procedimientos que pueden utilizar las dependencias para adquirir productos son: Licitación Publica, Invitación a cuando menos tres personas y Adjudicación directa. Otras informaciones de orden práctico que se incluyen en el catálogo son: dirección y teléfono de contacto, plazos de entrega, pedidos mínimos, cobertura geográfica, puntos de suministro, etc. El catálogo se renueva periódicamente, en muchas ocasiones con periodicidad anual. Para un mayor conocimiento de los procesos de contratación se puede hablar del Presupuesto General del Estado; el cual es la estimación de los recursos financieros que tiene el Ecuador; es decir, aquí están los Ingresos (venta de petróleo, recaudación de impuestos, etc.) pero también están los Gastos (de servicio, producción y funcionamiento estatal para educación, salud, vivienda, agricultura, seguridad, transporte, electricidad, etc de acuerdo a las necesidades identificadas en los sectores y a la planificación de programas de desarrollo)
Plan anual de contratación. El Plan Anual de Contratación estará vinculado con los ob jetivos del Plan Nacional de Desarrollo o de los planes regionales, provinciales, locales o -
institucionales y contendrá, por lo menos, la siguiente información: 1. Los procesos de contratación que se realizarán en el año fiscal; 2. Una descripción del objeto de las contrataciones contenidas en el Plan, suficiente para que los proveedores puedan identificar las obras, bienes, servicios o consultoría a contratarse; 3. El presupuesto estimativo de los bienes, servicios u obras a adquirir o contratar; y, 4. El cronograma de implementación del plan.
Presupuesto. Un presupuesto es un plan operaciones y recursos de una empresa, que se formula para lograr en un cierto periodo los objetivos propuestos y se expresa en térmi-
nos monetarios. En otras palabras, hacer un presupuesto es simplemente sentarse a planear lo que quieres hacer en el futuro y expresarlo en dinero.
46
Subasta electrónica. La subasta electrónica / subasta inversa es un proceso dinámico de negociación de precios on line entre proveedores preseleccionados para conseguir una -
parte del negocio. Es una manifestación del B2B (Business to Business). Se trata de un nuevo sistema de negociación en el que, en cierto modo, desaparece la relación personal con el cliente para convertirla en una negociación a través de internet. Se denominan subastas inversas. La subasta electrónica también se conoce como negociación electrónica, subasta inversa o puja por Internet. En contra del sistema tradicional, gana el lote el que menor precio oferte. Las subastas electrónicas han tenido un crecimiento del 75% del año 2000 al año 2003 habiéndose implantado en numerosos sectores productivos: automoción, energía, aeroespacial, contratación pública, etc.
47
Bibliografía Ai Espe. Manual de auditoria gubernamental. Julio 15, 2014 de http://ai.espe.edu.ec/es/ Manual-de-auditoria-Gubernamental/ Blog Consultora Sur. (2011). Que es coso? Obtenido Julio 15, 2014 de http:// blogconsultorasur.wordpress.com/2011/09/06/que -es-coso/ Consorcio para el Derecho Socio -Ambiental. (2013). Legislación Constitucional Relevante. Obtenido agosto 3, 2014 de http://www.derecho -ambiental.org/Derecho/ Legislacion/Constitucion_Asamblea_Ecuador_4.html Contraloria General del Estado Bolivia. Guía para la evaluación del proceso de control interno. Obtenido Julio 20, 2014 de http://www.contraloria.gob.bo/portal/Uploads/ PDFportal/20121217_328.pdf Contraloría General del Estado. Plan de capacitación 2014. Obtenido Julio 15, 2014 de http://capacitacion.contraloria.gob.ec/curso/pluginfile.php/545/mod_label/intro/ PLAN_2014_vsf.pdf ESPE. Planificación de la auditoria. Obtenido agosto 13, 2014 de http://ai.espe.edu.ec/wp
-content/uploads/2012/07/Manual-de-Auditor%C3%ADa-Gubernamental-CapV.pdf Gerencie.com. (2008). El informe COSO. Obtenido Julio 15, 2014 de http:// www.gerencie.com/el-informe-coso.html ICADE. Manejo del portal de compras públicas. Obtenido Julio 15, 2014 de http:// www.icade.com.ec/cursos#!__cursos/administracion Ingeniería Industrial. Universidad de Chile. Curso administración de contratos. Obtenido Julio 15, 2014
de http://www.eeuchile.cl/programas/administracion -de-contratos-
2/ LEXIS. Código de procedimiento civil, codificaciòn. Obtenido agosto 16, 2014 de http:// www.inmobiliar.gob.ec/wp-content/uploads/ downloads/2013/03/14_CODIGO_DE_PROCEDIMIENTO_CIVIL.pdf LEXIS. Ley de arbitraje y mediación. Obtenido agosto 13, 2014 de
http://
www.desarrolloamazonico.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2014/05/LEY-DE
-ARBITRAJE-Y-MEDIACION-act.pdf 48