Intermediación laboral
Si bien los trabajadores destacados son contratados por las empresas de servicios, éstos deben estar sujetos a las órdenes que les imparten las empresas usuarias. Esto último es una “relativización del sistema de contratación laboral” que caracteriza las relaciones laborales, es decir, !ebido a esta relativización el vínculo establecido entre de la contratación de personal el empleador y el trabajador. se "a considerado que la #ntermediación $aboral se permite para los casos de supuestos de %E&'()*$#!*!, +(&'$E&E%*)#E!*! ( ES'E+#*$#-*+#( en la prestación de los servicios.
5E ?/@ +(S#S%E $* #%E)&E!#*+#A $*B()*$6 Esta modalidad supone el destaque de trabajadores por un tercero a una empresa usuaria. 'ara tal 2n, se apela al empleo d empresas d servicios especiales > denominadas SERVICES > y cooperativas de trabajo. 'ara la intermediación se considera como “CENTRO DE TRABAJO” el lu9ar o lu9ares donde se encuentran las instalaciones de la empresa usuaria donde el trabajador presta sus servicios. $a intermediación laboral permite la
5?/@ SE)C#+#(S !E$ E&'$E*!() /S/*)#( SE)de ')ES%*!(S presencia, no de'/E!E dos, sino tres '() /* E&')ES* #%E)&E!#*)#*6 personajes El Empleador o Empresa /suaria, los trabajadores destacados 0es decir enviados a trabajar para $a intermediación laboral involucra al personal que labora en el las que empresas usuarias1 y la empresa centro de trabajo o de operaciones del 0o empleador, solo procede de servicios llamadasusuario Services1 cuando miden supuestos de temporalidad. que contratan las empresas $os trabajadores destacados a un empleador no pueden prestar usuarias con el 2nusuario de colocar a servicios que impliquen la ejecución permanente aquellos trabajadores paradelosla actividad principal de dic"o empleador. servicios que son requeridos.
5?/@ (BE%( S(+#*$ !EBE %EE) $*S E&')ES*S #%E)&E!#*)#*S +( $*S ?/E +(%)*%E E$ E&'$E*!() /S/*)#(6 $as empresas intermediarias tienen como objeto e:clusivo la prestación de servicios de intermediación laboral. $as cooperativas de trabajo temporal solo pueden intermediar para supuestos de temporalidad y las cooperativas de trabajo y 7omento del empleo. $as actividades que ser3n objeto de intermediación laboral deben estar seDaladas en la escritura de constitución de la empresa. 5+ómo deben estar constituidas las empresas intermediarias para poder intermediación laboral solo podr3 prestarse prestar servicios a empleador $a por empleadores de servicios constituidos usuario6 como personas jurídicas de acuerdo a la $ey 4eneral de Sociedades.
5+ómo se re9ula la !ebe constar que el destaque se e7ectúa bajo inscripción de las empresas la modalidad de ocasional y8o suplencia. de intermediación laboral 'ara los servicios complementarios, ante la *utoridad constituyen actividades complementarias de la *dministrativa de %rabajo6 empresa usuaria. 'ara los servicios especializados, constituyen actividades de alta especialización de la empresa usuaria. 5+u3l es el porcentaje de trabajadores que puede tener el empleador usuario en su El número de trabajadores de empresas de centro de trabajo provenientes servicios o cooperativas que pueden prestar de empresas intermediarias6 servicios para el empleador usuario bajo modalidad temporal, no podr3 e:tender el ;<= del total de trabajadores.
Solicitar la constancia de inscripción vi9ente de esta. En el contrato de la ocasión de servicio, que celebra en la empresa intermediaria y el empleador usuario se concluir3n las si9uientes cl3usulas
5?ué obli9aciones debe cumplir el empleador e o o i c o 9 e n l e d o r i 9 l e n o c n ó i c a l e r n e , o i c i v r e s l e d a d a z i l a i c e p s e o a i r a t n e m e l p m o c , l a r o p m e t a z e l a r u t a n a l o usuario cuando contrate una empresa intermediaria6 o d a c a t s e d l a n o s r e p l e d o t a r t n o c l e d s o n i m r é %
. n ó i c a v o n e r u s e t n e m a n u t r o p o o d a t i m a r t a y a " e s e u q n i s , o z a l p u s e d o t n e i m i c
e u c a e d o d a n i m r e t e d , s e l a r o b a l s e n o i c a 9 i l b o s u s e d d a d e v a r 9 r a l u c i t r a p e d o o d a r e t i e r o t n e i m i l p m u c n i r o '
5 En qué casos las empresas pierden la n ó i c a v o n e r a l y s a i r a u s u s a s e r p m e s a l n o c s o t a r t n o c s o l e d n ó i c a m r o 7 n iintermediarias e d r e b e d l e d o t n e i m i l p m u c n i r o ' vi9encia de su inscripción en el re9istro6 u s o n ó i c u t i t s n o c u s a r a p , s a i r a s e c e n s e l a 9 e l s o r t s i 9 e r s o l e d o n u 9 l a e d a d i d r e p a l r o ' a i r a i d e m r e t n i a s e r p m e a i p o r p a l e d d u t i c i l o s *
5?ué obli9ación 7ormal deben cumplir intermediarias cada tres meses ante *dministrativa de %raba o6
las la
empresas *utoridad
$as empresas intermediarias se encuentran obli9adas a presentar la in7ormación se9ún el 7ormato de “in7ormación trimestral de las empresas y entidades que realizan actividades de intermediación laboral”, aprobado por el sector y debidamente llenado, presentado durante la primera semana de enero, abril, julio, y octubre de cada aDo. 5?ué empresas est3n obli9adas a inscribirse en el )e9istro acional de
Se consideran empresas o entidades obli9adas a inscribirse en el re9istro a $as empresas especiales de servicios, sean estas de servicios temporales, complementarios o especializados. $as cooperativas de trabajaos, sean estas de trabajo temporal o de trabajo y 7omento del empleo. +uando la empresa intermediaria desarrolle actividades en lu9ares ubicados en una jurisdicción distinta a la que otor9ó el re9istro. •
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CLASES DE E"#RESAS DE INTER"EDIACI$N LABORAL% Es necesario que todas las empresas de intermediación laboral se constituyan como personas jurídicas, es decir, se ri9en necesariamente por la normativa establecida en la $ey 4eneral de Sociedades, $ey o. ;FGGH, o como +ooperativas de acuerdo al %e:to Inico (rdenado de la $ey 4eneral de +ooperativas, aprobado por el !ecreto Supremo o. HJKLMM
Las Emresas de Intermediación Laboral se di!iden en : Empresas de Servicios %emporales Son aquellas que destacan sus trabajadores a las empresas usuarias con el 2n de realizar labores bajo la dirección de éstas últimas, pero para prestaciones de naturaleza ocasional y de suplencia.
Empresas de Servicios +omplementarios Son aquellas que destacan sus trabajadores para el desarrollo de actividades accesorias o no vinculadas al 9iro del ne9ocio de las empresas usuarias.
Empresas de Servicios Especializados Est3n ocupadas a brindar servicios de alta especialización con relación a la empresa usuaria que contrata sus servicios.
Se considera como Cooperativas de trabajadores a: •
$as +ooperativas de trabajo temporal.
'or su parte, las +ooperativas de %rabajo de #ntermediación $aboral tienen una clasi2cación similar a las empresas de intermediación laboral, con la única di7erencia que son Socios %rabajadores de las +ooperativas las que realizan las labores para las empresas usuarias que contratan los servicios de las +ooperativas.
LI"ITACIONES A LA INTER"EDIACI$N
c e j e a l n e u q i l p m i e u q s o i c i v r e s r a t s e r p n e d e u p o n , a i r a u s u a s e r p m e a n u a s o d a c a t s e d , s e r o d a j a b a r t e d s a v i t a r
*ctividad principal de
d o a j a b a r t e d a v i t a r e p o o c o s o i c i v r e s e d s e r o d a j a b a r t e d a v i t a r e p o o c o s o i c i v r e s e d a s e r p m e a n u a r a t a r t n o c n
'ro"ibición
L.M )E4#S%)( !E $*S E&')ES*S !E #%E)&E!#*+#A
L.M.L Entidades (bli9adas a c inscribirse a i r a u s u a s e r p m e a l a n e c e n e t r e p e u q s e r o d a j a b a r t s o l e d s o v i t c e l o s o " c e r e d e d o i c i c r e j e l e r a t i m i l o r a r e n l u v Est3n obli9adas a inscribirse en el )e9istro •
•
$as empresas especiales de servicios, sean estas de servicios temporales, complementarios o especializados. $as cooperativas de trabajadores, sean estas de trabajo temporal o de trabajo 7omento del empleoN y,
(tras seDaladas por norma posterior. L.M.; (bli9atoriedad del )e9istro $a inscripción en el )e9istro es un requisito esencial para el inicio y desarrollo de las actividades de las empresas de servicios y las cooperativas de trabajadores. L.M.O *utoridad competente $a inscripción en el re9istro deber3 realizarse ante la autoridad administrativa de trabajo competente del lu9ar donde la empresa de servicios o la cooperativa de trabajadores ten9an seDalado su domicilio.
#ROCEDI"IENTO DE INSCRI#CION
$as entidades deber3n presentar una solicitud, se9ún 7ormato, diri9ir3 a la dirección de empleo y 7ormación pro7esional a1 b1 c1 d1 e1
+opia de la escritura de constitución +opia de )/+ +opia de la autorización e:pedida por la entidad competente +opia del !# del representante le9al de la entidad +onstancia policial domiciliaria correspondiente al domicilio de la empresa 71 *creditar un ca ital social suscrito
$as empresas de servicios o las cooperativas de trabajadores, cuando suscriban contratos de intermediación laboral con las empresas usuarias deber3n conceder una 2anza, que 9arantice el cumplimiento de las obli9aciones'laborales y de se9uridad "ONTO VI&ENCIA DE LAsocial de los trabajadores destacados a la empresa usuaria.
(IAN)A A NO"BREPianza DEL a nombre del &inisterio Pianza a 7avor de la empresa usuaria
$a carta 2anza a nombre del &inisterio de %rabajo, sea individual o 9lobal, debe 2anza a $a carta 9arantizar el pa9o de un mes de nombre del &inisterio de %rabajo remuneraciones y la parte proporcional del mes d los derec"os y bene2cios laborales aplicables a la totalidad de trabajadores destacados, y las obli9aciones previsionales respectivas.
!e la carta 2anza individual, el plazo del contrato de la locación de servicios celebrado entre la empresa usuaria y la empresa de intermediación, m3s noventa días adicionales posteriores.
Terceri,ación laboral L.M.G Ceri2cación de los datos de l
$a %ercerización, es una 7orma de or9anización empresarial que permite a una empresa llamada “principal”, encar9ar o dele9ar en un tercero 0“empresas tercerizadoras”1, el desarrollo de una o varias partes del proceso productivo principal. ormalmente se recurren a estas estrate9ias or9anizativas por razones de especialidad o costos.
+onsiste en la identi2cación de una parte del proceso productivo o ne9ocio que puede ser desarrollada en 7orma m3s e2ciente por otra entidad.
E+
Supone el encar9o del proceso productivo de manera inte9ral
E*
BENE(ICIOS DEL O-TSO-RCIN&%
o o o o
*barata los costos de producción. Pacilita la obtención de productos de mejor calidad. )educe el número de tareas rutinarias. 'ermite a la or9anización dedicarse a tareas de mayor rentabilidad.
DESVENTAJAS DEL O-TSO-RCIN&%
4enera poca lealtad "acia la or9anización a la cual se presta el servicio. Pomenta irre9ularidades en la contratación de los trabajadores. Elimina puestos de trabajo en el país de ori9en de la or9anización contratante, especialmente cuando se aplica la deslocalización.