CASO CITRUS. 1. ¿Que opina Usted de la forma en que el Sr, Veneces, conduo la ne!ociaci"n# $a!a una relaci"n de fallas %l Sr.Vences lle&o incorrectamente la ne!ociaci"n , puesto que no ten'a conocimiento de todos los t(rminos de la misma ) no ten'a al alcance toda la informaci"n necesaria para concretar el ne!ocio como* no sa+er eactamente el si!nificado del I-COT%R /O0. /allas* a. $a+er realiado una oferta mu) !eneral sin especificar al m2imo todos los t(rminos ne!ocia+les 3 mercanc'a descrita en forma &a!a, sin precisi"n de los medios de transporte ) las empresas a contratar4 +. Impro&is" su respuesta de ne!ocio al ofrecer u!o de lim"n que (l no produc'a. c. -o conoc'a directamente al comprador, sino por referencia de otro, sin 5a+er 5ec5o in&esti!aciones so+re el mismo. d. 6as ne!ociaciones se realiaron s"lo a tra&(s de correos electr"nicos sin comunicaciones directas al menos por llamadas telef"nicas. e. -o conto con traductor para superar las +arreras idiom2ticas, )a que no 5a+la+an el mismo idioma. f. -o esta+lecieron en las ne!ociaciones medios de soluci"n alternati&os a los procesos udiciales, udiciale s, como el el ar+itrae, la mediaci"n mediaci"n , la conciliaci" conciliaci"n, n, etc
7.¿%n su opini"n eisti" al!8n contrato entre CITRUS %9:ORT ; /RUIT
cancelaci"n de la deuda. c. Respecto de la mercanc'a 3lim"n o u!o de lim"n4 no se 5a descrito espec'ficamente sus caracter'sticas, como dimensiones, !rado de madure, fec5a de cosec5a, formas de em+alae para los limones d. -o se en&'o muestras al comprador a fin de ase!urarnos que se trata del producto que (l est2 +uscando ) descartar su rec5ao o posi+le disconformidad. %sto se podr'a 5a+er lo!rado con en&'os peque>os de limones o el u!o. e. %specificar las condiciones de entre!a de la mercanc'a, como lu!ar de arri+o, linea na&iera, tiempo de lle!ada, acondicionamiento dentro del medio de transporte. f. -o se 5an esta+lecido medios alternati&os de soluci"n de conflictos ante al!una disconformidad a fin de e&itar la interposici"n de acciones udiciales. e. %sta+lecimiento de certificaciones pre&ias al em+arque a fin de constatar el estado de la mercanc'a al momento de su en&'o por parte de empresas especialiadas en el asunto. !. Tratar de acordar en un diferente I-COT%R, el cual podr'a ser /AS, que es a lo que en un inicio entend'a el eportador. ?. Con relaci"n al incedente de los US@BBB.BB, ¿Qui(n tiene la ra"n# ) ¿:or Que# %l que tiene la ra"n es el comprador, puesto que el ne!ocio se cele+r" +ao las condiciones del Incoterm /O0, lo que si!nifica que el eportador de+e asumir el pa!o de los costos ) ries!os 5asta colocar la mercanc'a en la +ode!a de la na&e, sin em+ar!o como &emos de la descripci"n del caso se o+ser&a que el &endedor ten'a una interpretaci"n erronea del incoterm se>alado confundi(ndolo con el /AS 3/ree Alon! S5ip4, a lo que el ale!a+a que sus o+li!aciones termina+an con la coloaci"n de la mercanc'a al costado de la na&e, m2s no le correspond'a asumor los !astos de car!a 5acia la na&e ) su coloaci"n en la +ode!a. %s tan sentido que le asiste total ra"n al comprador el no querer asumir el pa!o ei!ido por el &endedor . ¿Qu( &alor tiene la muestra arc5i&ada del u!o concentrado en&iado# -in!una, porque las partes no 5a+'an esta+lecido que para e&itar discrepancias so+re la calidad del producto se de+'a !uardar o arc5i&ar muestras del en&'o. Adem2s es una prue+a de parte 5ec5a s"lo por el &endedor, sin la inter&enci"n de un tercero imparcial. Conforme a lo esta+lecido en el contrato tal muestra no tiene &alide para pro+ar las condiciones de la mercanc'a en&iada. Cosa distinta 5u+iera sido, si es que dentro los acuerdos se 5u+iera esta+lecido contratar a una entidad &erificadora para cerciorarse del estado de la mercanc'a al momento del em+arque. . %l Sr. Veneces no pa!o el u!o concentrado adquirido a u!os Olmos S.A., de+e pa!arle los US@ =D.BB esta+lecidos por T.. ¿Tiene Eu!os Olmos, al!una responsa+ilidad# Claro que de+e pa!arle, Eu!os Olmos no 5a inter&enido en la relaci"n comercial eportadorFimportador, no est2 sueto a las especificaciones 5ec5as por el comprador, puesto que pertenece a una relaci"n contractual distinta. Adem2s, del caso no se o+ser&a que se 5a)an esta+lecido requisitos m'nimos respecto del u!o de lim"n a ser pro&e'do por Olmos. G. :"n!ase en la situaci"n en la situaci"n del Sr. Vences, lue!o de los 8ltimos %Fmails. Indique como proceder'a a continuaci"n. /undamente los pasos ) opciones %n primer lu!ar*
F Reconocer sus errores ) pedir disculpas para tratar de sal&ar la relaci"n comercial. F :a!ar los US@ BBB.BB por la car!a de la mercanc'a al +arco, )a que ello esta+a incluido dentro de los t(rminos /O0 acordados F %&itar la contienda udicial ) retractarse de las amenaas F eorar las condiciones acordadas para lle!ar a un acuerdo m2s equili+rado ) que se meore en los si!uientes sentidos* a. ol ) &ice&ersa, a fin de meor entenderse entre las partes. c. :re!untar e in&esti!ar en eceso si es posi+le, respecto de todos los puntos a ser ne!ociados. D. ¿Que principios de Comercio Internacional no se respetaron en (sta ne!ociaci"n, para permanecer en el mercado internacional# 6os :rincipios reflean conceptos que se encuentran en numerosos sistemas ur'dicos, si no en todos. :or otra parte, dado que los :rincipios est2n destinados a ofrecer un sistema de re!las especialmente conce+idas en funci"n de las ei!encias de los contratos comerciales internacionales, ellos adoptan tam+i(n soluciones que puedan considerarse adaptas para tales ei!encias, si +ien estas soluciones no sean toda&'a !eneralmente aceptadas. 6os principios son* a.-o discriminaci"n, +.Comercio m2s li+re ) c. :re&isi+ilidad ) Transparencia. %l principio de no discriminaci"n si!nifica que los pa'ses no pueden diferencia +ienes i!uales que proceden de diferentes a!entes. %ste principio se di&ide en dos su+ principios* naci"n m2s fa&orecida ) trato nacional. %l primero moti&a a los pa'ses