Apropiación crédito fiscal y normativas del SIN Personas Naturales no obligadas a llevar registros contables Derecho ributario !20"7
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Fruto Fruto del del anális análisis is de las leyes leyes,, decre decretos tos y normat normativa iva,, referi referimo mos s para para los contri contribuy buyent entes es no alcanzados por el código de comercio y por lo tanto no obligados a llevar registros contables, cuales sean las bases para poder imputar el IVA por lo consecuente, citamos la Resolución Normativa de Directorio N !"#""$!#!% del "! de &ulio de $"!% misma 'ue especi(ca de manera general los criterios de apropiación para cr)dito (scal IVA donde podemos resumir los art*culos de mayor relevancia para la actividad de personas naturales no obligadas a llevar registros contables+ Artículo 54. (Apropiación del Crédito Fiscal).- I. a Factura actura,, es válid válida a para para respal respalda darr la li'uid li'uidaci ación ón de los impue impuesto stos s IVA IVA e I-., I-., en los t)rmin t)rminos os dispu dispuest estos os en la ey N/ 012 34e5t 34e5to o 6rdenado Vigente7, Vigente7, siempre 'ue cumplan los siguientes re'uisitos8 1. 9ea 9ea el original y original y cuente con el documento f*sico 3e5cepto las de Facturación 6(cina Virtual, .lectrónica :eb y por ;iclos7<= 4. Acredite 4. Acredite la correspondenc correspondencia ia del titular titular,, consignando el NIT, NIT, 5. ;onsigne íniaente el prier apellido= apellido = < los errores ortográ(cos no invalidan el ;r)dito Fiscal<= !. .l onto facturado onto facturado en nueral " literal deben ser coincidentes< coincidentes< #. No presente enmiendas, tac>aduras, borrones, sobreposiciones u otras alteraciones< $. ;uente con la in%oración copleta de la transacción para transacción para los 9u&etos ?asivos alcanzados por el IVA< &. ;ontar con el respaldo de medios fe>acientes de pago cuando pago cuando la Factura re(era a transacciones mayores o iguales a @s"+"""<= 1'. Consigne el código de control, control, sólo cuando la modalidad de facturación empleada impli'ue la generación de este dato+ as Facturas 'ue incumplan otros reuisitos distintos reuisitos distintos a los mencionados no inalida el Crédito Fiscal,= Fiscal,= *I. 9erán válidas las Facturas de la Bodalidad de Facturación ?revalorada, emitidas sin NI4, sin nombre, ni fec>a de emisión+ +++ *II. as Facturas %uera de la %ec+a líite de eisión, sern lidas para lidas para el ;r)dito Fiscal,+++ Artículo 55. (Iputación (Iputación del Crédito Fiscal).- I. ;onforme lo previsto por la ey N 012 y como regla regla general, general, el ;r)dito ;r)dito Fiscal respaldado respaldado en las Facturas Facturas,, debe ser iputado en el período scal al scal al 'ue corresponda la %ec+a de eisión del eisión del documento= II. as Facturas emitidas ba&o la Bodalidad ?revalorada 'ue no consignen la fec>a de emisión, deberán ser imputadas como má5imo >asta el per*odo (scal correspondiente a la fec>a l*mite de emisión+ III. a Factura o Nota Fiscal emitida por el sector de sericios de telecounicación a terceros puede respaldar el ;r)dito Fiscal correspondiente al periodo (scal de la %ec+a de eisión o /ien a la %ec+a de su e%ectio pago, pago, en este Cltimo caso la fec>a de pago no podrá ser mayor a ciento oc>enta 3!0"7 d*as computados computados a partir de la fec>a de emisión= *. *. a falta de legibilidad en la imagen del ;ódigo R no será causal para depurar el ;r)dito Fiscal+ ?or lo tanto en lo 'ue se re(ere a la apropiación a propiación del cr)dito cr)dito (scal, las facturas son válidas siempre y cuando sea original, est) correctamente llenada, descargadas en el mismo periodo y vinculadas a la actividad gravada por el impuesto, siendo este Cltimo re'uisito la mayor in'uietud reEe&ada por la mayor*a de los contribuyentes, es por ello 'ue tenemos el derec>o de interrogarnos= 0ué %acturas e siren para el descargo del I*A2...
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.n referencia al Art*culo 0 del D+9+ N$!2" 'ue a la letra dice8 El crédito fscal computable a que se refere el Artículo 8º inciso a) de la Ley Nº 843, es aquél oriinado en las compras, adquisiciones, contrataciones o importaciones defniti!as alcan"adas por el ra!amen, !inculadas con la acti!idad su#eta al tributo$, es por ello 'ue de acuerdo a la actividad económica de Actiidades relacionadas a ocios (personas naturales) informamos de manera general cuales son las facturas 'ue le sirven para descargo del IVA8 Copra de actios3 as compras de muebles para o(cina y e'uipos de computación, 'ue deben ser utilizados e5clusivamente en el desarrollo de la actividad gravada+ 4ambi)n son válidas las facturas por reparaciones o mantenimiento de los activos+ ericios /sicos de la ocina.- a dirección consignada en las facturas, notas (scales o documentos e'uivalentes correspondientes a servicios básicos tales como8 luz, internet, agua, gas domiciliario y servicio de telefon*a (&a 3Inclusive el al'uiler de un inmueble destinado para la o(cina7, debe coincidir con la dirección registrada por el su&eto pasivo en el ?adrón Nacional de ;ontribuyentes+ .n telefon*a móvil 3celular7 las facturas, deben consignar el nCmero de tel)fono celular y estar a nombre del su&eto pasivo+ ericios adinistratios+# a contratación de servicios necesarios para el desarrollo de la actividad gravada, como ser8 servicio de mantenimiento de e'uipos de o(cina, courier, servicios contables y de auditoria, publicidad, publicaciones de prensa y otros+ Capacitación.- .l contenido de los cursos de capacitación contratados, deben tener directa relación con el servicio prestado, de igual manera se considerarán válidos los boletos y demás documentos e'uivalentes emitidos por *neas A)reas, 3cuando el via&e sea de inter)s a la actividad 'ue realiza contando con el debido respaldo7= aterial de escritorio e ipresos.- ;ompras de material de escritorio u o(cina en general 3tinta, papel, lapiceros, cuaderno, etc+7 y material impreso como8 facturas, calendarios, papel membretado, sellos, tar&etas de presentación, siempre 'ue el contenido impreso identi('ue al su&eto pasivo+ aterial de lipie6a+# as compras de insumos de limpieza en general deben estar destinados e5clusivamente a la o(cina+ .s claro 'ue cual'uier factura 'ue presuma su vinculación con la actividad 'ue realiza es válida para cr)dito (scal, por otra parte para este tipo de actividad, son válidas tambi)n las demás facturas para imputar >asta en un "G el I-.+ .5isten facturas 'ue se encuentran reglamentadas e5cepcionalmente las cuales se debe tener el debido cuidado al momento de descargo, tal es el caso de las facturas 'ue no se encuentran detalladas donde sólo están permitidas las de restaurantes por el detalle consumo >asta un monto de @s2""+# las demás facturas deben estar detalladas a su totalidad+ .n el caso de las facturas de gasolina se encuentran reglamentadas mismas 'ue deben contar el nCmero de placa, NI4 y m*nimamente el apellido para poder apropiar el cr)dito (scal siendo válido sólo el H"G del monto total de la factura+ De igual manera las facturas de luz, agua y gas domiciliario tienen un monto válido para cr)dito (scal y puesto 'ue dentro del monto total estipula otros impuestos 'ue son e5entos para imputación del IVA+ 78C98NACI9N8.4odos los descargos presentados son válidos >asta 'ue se demuestre lo contrario por lo tanto se aconse&a resguardar toda la documentación por un periodo de 0 aos, tiempo 'ue la administración tributaria tiene la facultad para e&ercer una orden de (scalización, proceso mediante el cual se
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entrega al 9IN las DDJJ originales, los ibros de ;ompras y Ventas IVA y las facturas de compras y de ventas originales, para 'ue determinen si e5iste o no deuda tributaria+ as facturas recibidas en papel rollo t)rmico, tienden a borrarse con el tiempo por lo tanto al momento de recibir una factura de este tipo se recomienda escanear el código R o resguardar la información en los ibros de ;ompras IVA+
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