CONTRATO DE COMPRAVENTA DE INMUEBLE CON RESERVA DE USUFRUCTO VITALICIO
NUMERO CUATRO (4 ).
En Santa Elena de la Cruz, Municipio de
Flores, Departamento Petén, el día dieciocho de agosto del año dos doce, ANTE
mil
MÍ:
CÉSAR
RODOLFO
CASTELLANOS
CUÉ ,
Notario,
JOSE CARLOS CASTELLANOS ROMERO ,
comparecen por una parte el señor
de cuarenta y ocho años de edad, casado, estudiante, agricultor, de
este
domicilio,
se
identifica
con
Documento
Personal
de
Identificación, (DPI) Código Único de Identificación (CUI) número mil ciento sesenta y ocho, setenta y siete mil quinientos noventa y cinco, mil setecientos tres, (1178 77595 1703), Extendida por el Registro Nacional de las Personas, de la República de Guatemala, a quien en el curso del presente Instrumento se le denominará “EL
VENDEDOR ”; ”;
y
por
la
otra
parte
señor MARIO
el
ROBERTO MENDEZ
QUITERIO, de treinta y tres años de edad, casado, guatemalteco, estudiante,
de
este
domicilio,
se
identifica
con
Documento
Personal de Identificación (DPI) Código Único de Identificación (CUI)
número
mil
quinientos
tres,
espacio
veinticinco
mil
doscientos doce, espacio dos mil cinco (1503 25212 2005) extendida por
el
Registro
Guatemala,
a
denominará “EL comparecientes
Nacional
quien
en
de el
la
Personas
curso
de
de
este
la
Republica
Instrumento
COMPRADOR ”. ”. Como Notario doy fe: aseguran
de
ser
de
los
datos
de
a)
se
de le
que los
identificación
personal anotados, b) que se encuentran en el libre ejercicio de sus derechos civiles y c) que celebran contrato de COMPRAVENTA DE
BIEN INMUEBLE CON RESERVA DE USUFRUCTO VITALICIO , de conformidad con las cláusulas siguientes: PRIMERA : Manifiesta el señor JOSE
CARLOS CASTELLANOS ROMERO que es propietario de la finca que se encuentra inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Ciudad Capital de Guatemala al número ciento diez (110), folio doscientos quinde (215), del libro trescientos (300), de Petén, consistente en inmueble ubicado en la primera calle, dos guión tres, zona zona cuatro de Santa Elena, departamento departamento Petén,
con el área
medida y colindancias que le aparecen en su respectiva inscripción de dominio, inmueble que cuenta con sus servicios de agua potable municipal con título número uno (1) y de registro número dos (2), energía eléctrica y línea telefónica
número
setenta y nueve
millones doscientos sesenta y un mil quinientos ochenta y seis (79261586) de Telecomunicaciones de Guatemala, Sociedad Anónima
SEGUNDA:
(Telgua).
Expone
el VENDEDOR ,
que
por
el
precio
de
VEINTE MIL QUETZALES (Q.20,000.00) que recibió al contado a su entera satisfacción de “EL COMPRADOR” le vende la nuda propiedad de
la finca identificada en la cláusula anterior al señor MARIO
ROBERTO MENDEZ QUITERIO . En la venta se incluye todo lo que de hecho y por Derecho le corresponde a la misma reservándose el usufructo vitalicio sobre la misma.
TERCERA: “EL VENDEDOR ” hace
constar de manera expresa que a excepción del usufructo vitalicio que se reserva, sobre el inmueble descrito, no existen gravámenes, anotaciones ni limitaciones
que puedan afectar los derechos de la
otra parte y el Notario le advierte de las responsabilidades en que incurrirá si lo declarado no fuere cierto.
CUARTA : Por su
parte manifiesta el señor MARIO ROBERTO MENDEZ QUITERIO , que en los términos relacionados acepta expresamente la venta que se le hace. Doy fe: a) de todo lo expuesto; b) tuve a la vista los documentos de identificación de los comparecientes, el título de propiedad y el título de agua; c) advertí a los otorgantes sobre los efectos legales del presente contrato, así como la obligación relativa a la inscripción del Testimonio de esta escritura en el Registro
de
la
Propiedad;
y
d)
que
leí
lo
escrito
otorgantes, quienes enterados de su contenido, objeto,
a
los
validez y
efectos legales, la aceptan, ratifican y firman.------------------
f)
f) ANTE
MÍ: