La Infrascrita Notaria DORCAS EUNICE HERNANDEZ BARRIENTOS de RODAS, colegiada número: once mil quinientos cuarenta, CERTIFICA que ha tenido a la vista las diligencias de identificación de tercero de la señora DORIS ALICIA RUIZ ESPINOZA, radicados ante mis oficios por el señor JOSE FEDERICO RUIZ BONILLA, dentro de las cuales aparece el Acta de Notoriedad que compulsa literalmente dice “En la ciudad de Puerto Barrios, departamento de Izabal, el día once de mayo del dos mil nueve, siendo las diez horas, la Infrascrita Notaria, constituida en mi oficina profesional situada en la octava avenida entre doce y trece calles de esta ciudad, a requerimiento del señor: JOSE FEDERICO RUIZ BONILLA, de setenta y cuatro años de edad, casado, labrador, guatemalteco, de este domicilio, con cédula de vecindad numero de Orden Q guión dieciocho, y de registro: quince mil quinientos cincuenta y tres, extendida por el Alcalde Municipal de esta ciudad. El requirente actúa en nombre propio y el objeto de la rogación es para solicitar la autorización del ACTA NOTARIAL DE NOTORIEDAD del nombre de su hija señora DORIS ALICIA RUIZ ESPINOZA, motivo por el cual procedo de la manera siguiente: PRIMERO: ANTECEDENTES: Bajo juramento prestado de conformidad con la ley, y debidamente enterado de lo relativo a la pena por el delito de falso testimonio, declara el requirente que su hija señora DORIS ALICIA RUIZ ESPINOZA,
falleció en el municipio de Puerto Barrios,
departamento de Izabal, el día treinta de abril del dos mil ocho, habiendo usado y fue conocida en forma publica y constante, también con el nombre de DORA ALICIA RUIZ ESPINOZA, además del que aparece inscrito en el Registro Nacional de Las Personas de esta ciudad. SEGUNDO: El
requirente acredito el interés con que actúa mediante la siguiente documentación a) Fotocopia autenticada de la certificación de la partida de nacimiento de DORIS ALICIA RUIZ ESPINOZA,
inscrita bajo el
numero: cuarenta y uno; folio: trescientos cinco; del libro: dieciséis de nacimiento, extendida por el Registrador Civil del Registro del Municipio de Puerto Barrios, departamento de Izabal, con fecha catorce de mayo del dos mil ocho; b) Certificación de la partida de defunción de DORIS ALICIA RUIZ ESPINOZA, inscrita bajo el numero: dos mil cuatrocientos noventa y tres; folio: noventa y dos; del libro: cincuenta y nueve de defunción, extendida por el Registrador Civil del Registro Nacional de las Personas de esta ciudad, con fecha tres de abril del dos mil nueve; y c) fotocopia de la cédula de vecindad número de orden Q guión dieciocho y de registro: quince mil quinientos cincuenta y tres, extendida por el Alcalde Municipal de esta ciudad, correspondiente al requirente. Asimismo, en este acto entrega al suscrito la publicación del Diario de Centroamérica, de fecha treinta de abril del año en curso, que contiene la publicación del edicto que ordena la ley. TERCERO: Se encuentran asimismo presentes, como testigos, los señores ELDER WALDEMAR RUIZ ESPINOZA Y FIDEL RUIZ ESPINOZA, a quienes juramento de conformidad con la siguiente formula: ¿Prometéis, bajo juramento, decir la verdad en la que fuereis preguntado? Responden: Si, bajo juramento, prometemos decir la verdad, por lo que les hago saber lo relativo a la pena por el delito de falso testimonio por lo que declaran llamarse exactamente como quedo apuntado y ser de los datos de identificación personales siguientes:
ELDER WALDEMAR
RUIZ
ESPINOZA, de cuarenta y seis años de edad, casado, agricultor,
guatemalteco, de este domicilio, de mi conocimiento; FIDEL RUIZ ESPINOZA, de treinta y nueve años de edad, soltero, comerciante, guatemalteco, de este domicilio, de mi conocimiento. Examinados uno en pos de otro, DECLARAN: Que los une el vinculo de parentesco, en virtud de que la señora DORIS ALICIA RUIZ ESPINOZA, era su hermana, que no tienen interés directo en este asunto, que no son trabajadores domésticos, dependientes, acreedores ni deudores del requirente, y que tienen relación con el requirente y asimismo tenia relación con la difunta, y que conocieron a la señora DORIS ALICIA RUIZ ESPINOZA, quien en forma indistinta utilizo el nombre de DORA ALICIA RUIZ ESPINOZA, constándoles dicha circunstancia porque la conocieron y trataron durante toda su vida con ella, ya que eran hermanos. CUARTO: La Infrascrita Notaria, con base en los documentos relacionados, las declaraciones testimoniales que consta en el punto anterior y por no existir oposición, declara la notoriedad de la identificación justificada suficiente a mi juicio de la identificación de tercero del nombre de la señora DORIS ALICIA RUIZ ESPINOZA y el de DORA ALICIA RUIZ ESPINOZA, la cual corresponden e identifican a una misma persona, por lo que la Registradora Civil del Registro Nacional de las Personas, de esta ciudad, deberán hacer la anotación al margen en la que respecta a la inscripción de la partida de defunción numero dos mil cuatrocientos noventa y tres; folio: noventa y dos; del libro cincuenta y nueve de defunciones que corresponde a la difunta; y al margen de la partida de nacimiento número cuarenta y uno, folio: trescientos cinco; del libro dieciséis cinch de nacimientos, del Registro Nacional de las Personas de esta ciudad, correspondiente a la fallecida. Termino la presente, en el mismo
lugar y fecha de su inicio, veinte minutos después, y leo lo escrito a los requirentes, quienes enterados de su contenido, objeto, validez, efectos legales de compulsar y certificar esta acta con su duplicado para las inscripciones y anotaciones, lo aceptan, ratifican y firman, quedando la presente comprendida en dos hojas de papel español habilitadas al valor de ley, mismas que numero sello y firmo. DOY FE.” aparecen tres firmas ilegibles. La palabra ANTE MI: , firma ilegible, impresión del sello en que se lee Licenciada DORCAS EUNICE HERNANDEZ BARRIENTOS, Abogada y Notaria. Para efectos de anotación e inscripción en la Partida de Nacimiento número cuarenta y uno; folio: trescientos cinco; del libro dieciséis de nacimiento; y de la partida de defunción numero dos mil cuatrocientos noventa y tres; folio: noventa y dos; del libro cincuenta y nueve de defunción, correspondiente a la señora DORIS ALICIA RUIZ ESPINOZA, en el Registro Nacional de las Personas, de esta ciudad. Extiendo número, sello y firmo la presente Certificación la que queda contenida en dos hojas de papel bond. En la ciudad de Puerto Barrios, departamento de Izabal, el día dieciséis de junio del dos mil nueve.