Aplicación de la legislación ambiental y de seguridad a los sistemas integrados de gestión
Caso práctico En el tema 1 vimos las regulaciones en materia ambiental relacionadas con los principales aspectos ambientales 1 de la organización. En el tema 2, se estudiaron los aspectos regulatorios relacionados con la seguridad y salud ocupacional. Ahora se integrarán ambos temas en un ejemplo aplicativo.
1. Identificación de requisitos legales La identificación de los requisitos legales aplicables a una determinada empresa u organización se lleva a cabo mediante una metodología de búsqueda de la información en una serie de fuentes f uentes correspondientes correspondientes a la actividad que se ejecuta. Se recomienda que esta actividad de búsqueda esté a cargo del comité relacionado con los aspectos ambientales o del comité que trate los aspectos de seguridad y salud del trabajador o de un departamento legal; de esa manera, se podrán identificar claramente los requisitos normativos aplicables a la organización. Asimismo, es muy importante disponer de un mecanismo que establezca cómo deben ser identificados y registrados, ya sea en una lista maestra o una base de datos. Los pasos generales comprenden:
a)
Búsqueda de fuentes primarias Revisión diaria de dispositivos legales publicados en el diario oficial El http://www.elperuano.pe/Edic peruano.pe/Edicion/ ion/ Peruano a través de su página web: http://www.el Revisión de la página web de las autoridades competentes de la actividad
b)
Búsqueda de fuentes secundarias Contratación de un tercero: es un mecanismo a través del cual se contrata una consultora especializada en la materia ( staff de abogados o profesionales), la cual emite, periódicamente, informes con los requisitos identificados. Suscripción a páginas especializadas o adquisición de compendios legales: es un mecanismo a través del cual la organización se suscribe a esta documentación especializada. La ventaja es que puede acceder a información rápida y actual; sin embargo, se requiere de personal capacitado para su interpretación. interpretación. Para el caso de los requisitos legales en materia ambiental, se sugiere consultar las páginas web de las siguientes autoridades competentes según la actividad que desarrolla la empresa y organización.
1 Definición
tomada de: ISO 14001: 2015 “Elemento de las actividades producto de sus servicios de una organización que puede interactuar con el ambiente”.
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Tabla N° 5 Requisitos legales en materia ambiental SECTOR
PÁGINA WE B
Minería
http://www.minem.gob.pe/legislacionSector.php?idSector=4
Energía (Electricidad – Hidrocarburos)
http://www.minem.gob.pe/legislacionSector.php?idSector=2
Industria
http://www.produce.gob.pe/portal/portal/apsportalproduce/indu stria?ARE=2
Transporte
http://transparencia.mtc.gob.pe/idm/NORMASIndice.aspx
Comunicaciones
http://transparencia.mtc.gob.pe/idm/NORMASIndice.aspx
MINCETUR Vivienda, construcción y saneamiento
http://www.mincetur.gob.pe/newweb/ http://www.vivienda.gob.pe/ambiente/OMA1.html http://www.digesa.minsa.gob.pe/DEPA/DEPA.asp
Salud http://www.digesa.minsa.gob.pe/DSB/DSB.asp Defensa
http://www.dicapi.mil.pe/biblioteca.htm
Para el caso de los requisitos legales en seguridad y salud ocupacional, se sugiere consultar las páginas web de las siguientes autoridades competentes:
Tabla N° 6 Requisitos legales en materia de seguridad y salud ocupacional SECTOR
PÁGINA WE B
Ministerio de trabajo
http://www.mintra.gob.pe/mostrarSNIL.php?busqueda=SNIL&ti p=20
DIGESA-Salud ocupacional DIGESAEnfermedades ocupacionales
Minería
2
http://www.digesa.minsa.gob.pe/normaslegales.asp http://www.digesa.minsa.gob.pe/normaslegales.asp http://www.digesa.minsa.gob.pe/NormasLegales/Normas/MAN UAL%20SLD%20OCUP.pdf http://www.minem.gob.pe/resultados.php?cx=partner-pub9286548024987656%3Asypavdw7md&cof=FORID%3A9&ie=ISO-88591&q=SEGURIDAD+OCUPACIONAL#1042
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Energía (Electricidad – Hidrocarburos) OSINERGMIN
http://www.minem.gob.pe/descripcion.php?idSector=6&idTitula r=625&idMenu=sub114&idCateg=339 http://www.minem.gob.pe/descripcion.php?idSector=5&idTitula r=797 http://www.osinerg.gob.pe/newweb/pages/Publico/1.htm
2. Desarrollo de un caso De acuerdo con lo desarrollado en los temas anteriores y el presente, se analizará el siguiente caso: La empresa EXXON se encuentra ubicada en la región Piura. Cuenta con 59 trabajadores y sus instalaciones tienen una antigüedad de 30 años. Su principal actividad es el procesamiento y refinación de petróleo, de lo cual se obtienen como subproductos la gasolina para aviación residual R-500 y el alquitrán. Sin embargo, la empresa ha empezado un proceso de reingeniería y adecuación ambiental para cumplir con regulaciones medioambientales. A la fecha, desea implementar sistemas integrados de gestión; para ello, realizará la identificación de requisitos y otros aplicables. Para analizar el caso, guíese de las siguientes preguntas: ¿Quién es la autoridad competente para los aspectos ambientales y de seguridad y salud ocupacional? ¿Qué otras autoridades del gobierno se encuentran regulan la actividad en ambos aspectos: ambiental, y salud y seguridad? ¿Qué aspectos relacionados al tema ambiental y de seguridad y salud ocupacional debemos considerar? ¿Presenta un listado maestro de los documentos externos a controlar que corresponden al cumplimiento de los aspectos legales para la empresa presentada en el caso?
Desarrollo del caso: Paso 1: Determinación de la autoridad competente y de otras autoridades relacionadas con los aspectos de ambiente, y seguridad y salud ocupacional Como la actividad se encuentra regulada en el sector energía y minas, la autoridad competente es el Ministerio de Energía y Minas. Sin embargo, existen otras autoridades relacionadas, dependiendo de los temas. A continuación, se presenta una matriz aplicativa.
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Materia en seguridad y salud ocupacional MINEM (reglamentos de seguridad y salud ocupacional)
Materia ambiental Autoridad competente MINEM SEIA, LMP, reglamento de protección ambiental Otras autoridades DIGESA (residuos) relacionadas ANA (autorización vertimiento)
de
MVCS (vertidos en redes de alcantarillados)
DIGESA-Censopas (guías ocupacionales, LMP ocupaciones, prevención del cáncer profesional, otras similares) MTPE (norma transversal)
No olvidar considerar la jerarquía de normas La jerarquía normativa impone la subordinación de las normas de grado inferior a las de rango superior. Ello significa que una norma superior no puede ser contravenida por otra inferior y que debe seguirse la primera; con esto, se evitan confusiones al darse colisiones de normas. En la figura N° 9, se observa la jerarquía legal en nuestro país:
Figura Nº 8 Jerarquía de normas en el Perú
Fuente: elaboración propia
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Este sistema de jerarquía normativa, que subordina unas normas a otras según la autoridad del órgano que la emite así como la generalidad o especialidad de las mismas, permite distinguir aquellas normas que tienen mayor fundamento. Este criterio es primordial para hacer valer la identificación de normas que atañen al caso presentado.
Paso 2: Elaboración de las listas maestras de ambiente, y seguridad y salud ocupacional Para la elaboración de la lista maestra se debe revisar los siguientes marcos normativos en las temáticas de ambiente y seguridad y salud ocupacional:
AMBIENTE
SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL
Normas relacionadas con los aspectos ambientales (residuos sólidos, efluentes, emisiones, ruido, otros)
Normas relacionas con la seguridad en el desarrollo de la tarea y de salud ocupacional
Revisar LMP (límites máximos permisibles), SEIA (estudio de impacto ambiental) o PAMA (programa de adecuación y manejo ambiental), ECA (estándar de calidad ambiental), autorización de vertimiento (Ley de Recursos Hídricos y su reglamento), plan de manejo de residuos sólidos y anexos (Ley General de Residuos Sólidos, reglamento y modificatoria)
Revisar el Decreto Supremo N° 0552010-EM, OSINERGMIN y otras autoridades, tales como el MINSACensopas-INSO, MTPE
Luego, se debe cotejar la normativa vigente de acuerdo a los link dados en las tablas referidas a los requisitos legales en materia ambiental, y seguridad y salud ocupacional. Sobre la base de la información encontrada en las páginas web u otros documentos, elaborar las listas maestras de los requisitos identificados con la finalidad de poder identificar las obligaciones que tiene la organización en dicha materia. A continuación, está la propuesta de formato que cada organización, de acuerdo a la experiencia y al concepto de mejora continua, debe adaptar considerando sus procedimientos y propias prioridades. Por ejemplo, podemos utilizar el siguiente formato para registrar la lista maestra en materia ambiental. Este puede ser adaptado a los requerimientos específicos de la situación, pero siempre debe incluir los datos generales y, cuando se cite la norma, se debe consignar la fecha de vigencia, el nombre y su aplicación.
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Formato adaptado para aspectos ambientales REQUERIMIENTOS LEGALES RELACIONADOS CON LOS ASPECTOS AMBIENTALES Empresa Dirección Proceso / Infraestructura Área RESPONSABLE DE LA IDENTIFICACIÓN Fecha CONVENIOS INTERNACIONALES APLICABLES FECHA DE VIGENCIA NOMBRE APLICACIÓN
FECHA DE VIGENCIA
EFLUENTES NOMBRE
APLICACIÓN
FECHA DE VIGENCIA
RESIDUOS SÓLIDOS NOMBRE
APLICACIÓN
FECHA DE VIGENCIA
EMISIONES NOMBRE
APLICACIÓN
INSTRUMENTOS DE GESTIÓN AMBIENTAL FECHA DE VIGENCIA NOMBRE APLICACIÓN
Para resolver el caso, se puede llenar el formato de la siguiente manera:
REQUERIMIENTOS LEGALES RELACIONADOS CON LOS ASPECTOS AMBIENTALES Empresa: EXXON
Dirección: Ventanilla
Proceso/ Infraestructura: refinación de hidrocarburos
Área: PRODUCCIÓN
RESPONSABLE DE LA IDENTIFICACIÓN: Ing. Milagros Verástegui
Fecha: marzo 2011
CONVENIOS INTERNACIONALES APLICABLES FECHA DE VIGENCIA 08.06.94
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NOMBRE
APLICACIÓN
Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos
Artículo 50.- En las actividades de hidrocarburos, se llevará un registro sobre la generación de residuos en general; su clasificación; los caudales y/o cantidades generados; y la forma de Instituto para la Calidad
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tratamiento y/o disposición para cada clase de residuo. Un resumen con la estadística y la documentación sustentatoria de dicho registro se presentará en el informe anual al que se refiere el artículo 96°.
Artículo 51.- Las emisiones atmosféricas deberán ser tratadas para cumplir los correspondientes límites máximos permisibles vigentes. El titular deberá demostrar, mediante el uso de modelos de dispersión, el efecto de la disposición de las emisiones atmosféricas sobre los estándares de calidad ambiental del aire en las áreas donde se ubiquen receptores sensibles. La DGAAE podrá establecer limitaciones a los caudales de las corrientes de emisiones atmosféricas cuando estas puedan comprometer el cumplimiento de los estándares de calidad ambiental de aire. Artículo 26.- El estudio de impacto ambiental (EIA) se presentará para aquellas actividades de hidrocarburos contenidas en el anexo N°6, cuya ejecución puede generar significativos impactos ambientales de carácter negativo en términos cuantitativos o cualitativos. RESIDUOS SÓLIDOS FECHA DE VIGENCIA
NOMBRE
APLICACIÓN
01/07/2001
Ley 27314 y su Decreto Legislativo N° 1065 - así como su reglamento aprobado mediante DS057-2004-PCM
Todo generador debe de disponer de plan de manejo de residuos sólidos entregado a su sector competente junto con el reporte anual de generación de RRSS.
Recuerde que de acuerdo a la propuesta del formato anterior faltaría completar para efluentes, emisiones y demás instrumentos de gestión ambiental. El formato, considerando el caso, viene a ser el siguiente para el tema de seguridad y salud ocupacional:
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FORMATO ADAPTADO PARA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL REQUERIMIENTOS LEGALES APLICABLES PARA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL Empresa: EXXON Dirección Proceso / Infraestructura
Área
RESPONSABLE DE LA IDENTIFICACIÓN
Fecha
REGLAMENTOS DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL VIGENCIA 23.08.2010 23.08.2010 23.08.2010
23.08.2010
23.08.2010 23.08.2010
NOMBRE APLICACIÓN Decreto Supremo N° 055-2010-EM Construir comité de seguridad y salud ocupacional, ver artículo 61° Decreto Supremo N° 055-2010-EM Capacitación de los miembros, ver artículo 61° Decreto Supremo N° 055-2010-EM Todo titular minero deberá monitorear los agentes físicos presentes en la operación minera, tales como ruido, temperaturas extremas, vibraciones, iluminación, y radiaciones ionizantes y otros 91°. Decreto Supremo N° 055-2010-EM Deberán tomarse medidas preventivas, tales como periodos de descanso dentro del turno de trabajo, por ejemplo, 600 ml de agua, artículo 97°. Decreto Supremo N° 055-2010-EM Monitoreo de sustancias químicas, polvos y neblinas, artículo 103° Decreto Supremo N° 055-2010-EM Mapa de riesgos anual, ver artículo 90° REGLAMENTOS DE SALUD OCUPACIONAL
NÚMERO 07.07.2005
NOMBRE Decreto Supremo
NÚMERO 15.02.2010
NOMBRE APLICACIÓN Decreto Directivo N° 013-2010- Formatos de reporte de OS-CD accidentes de acuerdo al OSINERGMIN, ver artículo 5°
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APLICACIÓN 015-2005-SA Valores límites de sustancias peligrosas que deben ser monitoreados REGULACIONES TRANSVERSALES
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Paso 3: Verificación de requisitos legales Con la aplicación de la cláusula 4.3.2 de la norma ISO correspondiente, se puede aplicar formatos elaborados por la organización con la finalidad de verificar el cumplimiento de los requisitos legales asociados a sus aspectos ambientales. En este sentido, se recomienda disponer de una identificación clara de los medios de verificación, tales como registro, cargos de entrega a la autoridad competente, registro de monitoreo o análisis, informe técnico de inspección con su respectivo recuento fotográfico, entre otros cuantificables de evaluar. MATRIZ DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOS LEGALES Empresa Proceso / Infraestructura RESPONSABLE DE LA IDENTIFICACIÓN REQUISITO
ARTÍCULO
CONTENIDO
Dirección Área Fecha
ASPECTO AMBIENTAL ASOCIADO
MEDIO DE VERIFICACIÓN
RESPONSABLE
Por ejemplo, para el caso analizado, se debe disponer del plan de manejo de residuos sólidos o el cargo de la entrega a la respectiva autoridad competente con la finalidad de dar cumplimiento a la cláusula 4.3.2 de ISO 14001:2004. MATRIZ DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOS LEGALES Empresa: EXXON Proceso / Infraestructura : Craqueo
Dirección: ÁREA DE REFINACIÓN Área: MANTENIMIENTO
RESPONSABLE DE LA IDENTIFICACIÓN: FELIPE GALDEÓN ORMEÑO REQUISITO
ARTÍCULO
CONTENIDO
Plan de 120° de Establece que los generadores manejo de 27314 y su residuos reglamento, deben contar D. S.-057- con un plan de sólidos 2004-PCM manejo de RR. SS., el cual debe ser presentado a su autoridad competente.
ASPECTO AMBIENTAL ASOCIADO
RR. SS. generadores durante el proceso: wapes, trapos con aceite, siliconas, pinturas, aceites usados, otros
Fecha: 02.2011 MEDIO DE VERIFICACIÓN
RESPONSABL E
Plan de Área manejo de medio RR. SS. ambient El cargo de e entrega al sector competente
de
En el caso de seguridad y salud ocupacional la norma OHSAS 18001:2007 no señala con precisión respecto a la verificación de los requisitos legales, sin embargo en un sistema integrado se recomienda tener una lista maestra y un formato de verificación que ayude al cumplimiento de las obligaciones en dicha materia y en consecuencia la reducción de sanciones por su incumplimiento.
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Existe un marco normativo sectorial que aprueba el reglamento de seguridad y salud ocupacional, Decreto Supremo N° 043-2007-EM y la Ley Nº 29783.
Artículo 12°.- Comité de seguridad y salud en el trabajo modificada por el DS 0052012-TR que aprueba el reglamento de la Ley Nº 29783 14.1 Si el número de personas que laboran o prestan servicios en la instalación de hidrocarburos es igual o excede a veinte (20) personas, incluyéndose en este número a los de los subcontratistas, se debe establecer un comité de seguridad y salud en el trabajo como un organismo coordinador y consultivo de las acciones en materia de seguridad y salud en las actividades de hidrocarburos. 14.2 Dicho comité deberá estar constituido con igual número de representantes de la parte empleadora y de la parte trabajadora, contando con la participación del personal de los diferentes niveles y especialidades, considerando la amplitud y características de cada actividad industrial.
Articulo 13°.- Funciones del comité de seguridad y salud en el trabajo Son funciones del comité de seguridad y salud en el trabajo las siguientes: a)
Revisar el RAAS y el RISI, así como velar por su cumplimiento y difusión
b)
Difundir y promover el cumplimiento del presente reglamento
c)
Efectuar inspecciones periódicas de seguridad
d)
Analizar las causas y estadísticas de los accidentes, sean estos fatales, inhabilitadores o potencialmente graves, así como de los siniestros, incidentes y enfermedades profesionales, y recomendar las acciones correctivas para evitar su repetición
e)
Brindar apoyo en las investigaciones para determinar las causas de las emergencias y enfermedades profesionales
f)
Reunirse mensualmente en forma ordinaria para analizar y evaluar el avance de los objetivos establecidos en el programa anual, en forma extraordinaria, para analizar los accidentes graves o cuando las circunstancias lo exijan
g)
Incentivar, promover y lograr la participación del personal en el fomento de la seguridad
h)
Las demás funciones dispuestas por el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2005-TR, sus normas modificatorias, sustitutorias y complementarias, en lo que resulte aplicable
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Artículo 17°.- Obligación de formular el programa anual de actividades de seguridad (PAAS) y el reglamento interno de seguridad integral (RISI) 17.1 La gerencia y el personal de las empresas autorizadas destinarán sus esfuerzos para que las actividades se desarrollen dentro de las mejores condiciones, evitando y controlando la ocurrencia de derrames, escapes de sustancias peligrosas, accidentes, incidentes, incendios, explosiones y, en general, aquellos eventos que representen peligro para las personas y bienes, incluyendo a terceros y al ambiente. 17.2 Los planes de contingencia y los estudios de riesgos serán preparados únicamente por ingenieros colegiados inscritos en un registro que OSINERGMIN 17.3 El PAAS y el RISI se presentarán ante el OSINERGMIN para la supervisión correspondiente.
Nota: En agosto del 2011 se aprobó la Ley 29783 - Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. La cual obliga a la adecuación normativa de los reglamentos sectoriales en materia de seguridad y salud ocupacional, cuyo reglamento se aprobó el 24 de abril del 2012, vigente a la fecha. http://www.gacetajuridica.com.pe/servicios/normaspdf 2011/Agosto/20-082011.pdf
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