Palmira-Valle, Palmira-Valle, 09 de diciembre de 2015 Señores, Juzgado de reparto E.S. .
ASUNTO: ACCION DE TUTELA ACCIONANTE: !"#$%& &'&(& &'&(& )&"*&+&$ ACCIONADO (%& P&$& "& &E(*%/( $EP&$&*%/( %(E!$&" & "&S V*%'&S GLORIA AMANDA BALCAZAR , maor de edad, 3eci4a de esta ciudad, ide4tiicada co4 ** (o. 67800228 actua4do e4 4ombre propio, acudo respetuosame4te a4te su espaco para prom promo3 o3er er ACCIO ACCION N DE TUTE TUTELA LA e4 co4tra de la UNIDA UNIDAD D PARA PARA LA ATENCIÓ ENCIÓN N Y REPARACIÓN REPARACIÓN INTEGRAL A LAS VÍCTIMAS , co4 el ob:eto de ;ue se prote:a4 mis erecos RECONO NOCI CIMI MIE ENTO NTO DE LA COND CONDIICIÓ CIÓN DE *o4st *o4stitituci ucio4 o4al ales es 4 ,
HECHOS 1-
o 3i3ie4do e4 la 3ereda Peñas )la4cas ubicada e4 la zo4a mo4tañosa de los arallo4es de *ali-Valle, el d?a 11 de abril de 2002 mome4tos posteriores del aco4tecimie4to del secuestro de los 12 diputados de la asamblea departame4tal del 3alle@&4e=o 1A llegaro4 a la i4ca do4de 3i3?a cerca de 50 ombres de despliegue rBpido del e:Crcito, busca4do los 12 diputados diputados ;ue ab?a4 pasado pasado por all?, u4o de los ombres del e:ercito e:ercito me pregu4to pregu4to co4 impo4e4cia Dusted ;ue ace a;u? Dpor;ue estB usted a;u? sola, a lo ;ue le respo4d? ;ue o 3i3?a all?, ;ue era campesi4a, ;ue traba:aba all? ;ue te4go mi i:aF a lo ;ue dice el militar Dusted sabe d>4de se los lle3aro4 Dustedes so4 los ;ue los cobi:a4 Dustedes so4 los ;ue estB4 co4 ellos Dso4 los ;ue les da4 la i4ormaci>4F o estaba all? espera4do algu4a pista para 3er ;uC ab?a ocurrido co4 el paradero de mi i:a maor *&$#"%(& *&$#"%(& <&%S$ <&%S$ )&"*&+&$ )&"*&+&$ a ;ue la guerrilla guerrilla se la ab?a lle3ado lle3ado para reclutarla a sus ilas 4o sab?a ;ue ab?a pasado co4 ella. ,
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*ua4do al mome4to llega otro militar grita DacB a mBs casas a lo ;ue sube4 corrie4do apresuradame4te, a m? me dio muco miedo esa situaci>4 por;ue me mostraba4 las armas como si me uera4 a disparar, me i4timidaba4 diciC4dome ;ue o sab?a por d>4de se ab?a4 lle3ado a los 12 diputados ;ue era colaboradora, cua4do subiero4 se escucaba4 gritos como D3Calos alla estB4 Dc>:a4los, c>:a4los, al 3erme ame4azada por esa i4timidaci>4 los i4sultos ;ue 4os dec?a4, tome la decisi>4 de ba:ar a coger la ci3a, por;ue esa zo4a era co4ocida por la uerte prese4cia guerrillera sab?a ;ue abr?a4 combates ;ue po4dr?a4 e4 peligro mi 3ida@a4e=o 2A ,
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& los pocos d?as 3ol3? e4 la 4oce e4 la madrugada recog? las pocas perte4e4cias ;ue te4?a, te4?a, sa;uC la ropa me ui de all?, mucos 3eci4os al igual ;ue o se 3i4iero4 3i4iero4 de peñas )la4cas )la4cas a 3i3ir co4 sus amilias e4 *ali u4a temporada otros se saliero4 saliero4 dei4iti3ame4te dei4iti3ame4te de all? a causa de ese moti3o.
4-
'e ui a *ali por tu3e ;ue estar pidie4do di4ero e4 las calles pagaba u4a piecita, me daba daba muc muco o mied miedo o ir po4er po4er la de4u4 de4u4ci cia a por; por;ue ue algu algu4a 4ass perso perso4a 4ass ;ue ;ue co4oc? co4oc? me recome4daba4 ;ue 4o di:era 4ada a ;ue podr?a correr peligro mi 3ida o la 3ida de mi i:a ;ue ab?a sido reclutada orzosame4te por la guerrilla.
5-
el miedo ;ue segu?a te4ido al e4co4trarme sola si4 4adie ;ue me audara, decid? 3e4irme para Palmira, a;u? e4co4trC u4a pare:a del cual posteriorme4te me separe, co4 ;uie4 tu3e mis otros i:os ;ue au4 sigue4 sie4do me4ores de edad me toca respo4der por ellos ellos #$& #$& "+ P& P&E$(%(& E$(%(& )&"*&+ )&"*&+&$ &$ ;ue 4aci> 4aci> e4 el año 200G@&4 200G@&4e=o e=o 6A, &($ES e4 el año 200H@a4e=o GA "*E$# P&E$(%(& )&"*&+&$ ;ue 4aci> e4 el año 2008@a4e=o 5A, tu3e ;ue empezar a traba:ar
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e4 oicios 3arios como empleada domesticas e4 casas para buscarme el suste4to para ma4te4er a mis 4iños. a e4 el año 2011 me e4co4trC co4 u4as perso4as ;ue co4ociero4 mi caso me di:ero4 ;ue o era poblaci>4 desplazada ;ue pod?a dar la declaraci>4 como 3?ctima desplazada, situaci>4 ;ue o desco4oc?a por lo ;ue me acompañaro4 a la casa de la :usticia del )arrio caimitos do4de 3i3o, ago la declaraci>4.
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& los 10 d?as de realizar la declaraci>4, me llega u4 escrito dicie4do ;ue o 4o era poblaci>4 desplazada por;ue supuestame4te mi eca de desplazamie4to esta co4traria el eco de los 12 diputados, mBs adela4te dec?a ;ue o esta 3i4culada co4 mis 4iños a E'SS&(&$ e4 Pitalito- Iuila, lugar ;ue 4u4ca e4 mi 3ida e estado 4i co4ozco do4de ;ueda, por lo ;ue i4terpuse recurso de reposici>4@a4e=o H 8A co4tra la resoluci>4 20118H001001190 del 10 :u4io de 2011, a ;ue si es cierto ;ue o me desplacC e4 el año 2002 a co4secue4cia de los ostigamie4tos militares por lo de los 12 diputados del 3alle, pero 4o es asta el año 2011 ;ue realicC la declaraci>4, por lo ;ue a u4 error e4 la trascripci>4 de la declaraci>4 ;ue realiz> la escribie4te de la casa de la :usticia del barrio *aimitosF la raz>4 por la cual estaba i4scrita e4 el S%S)E( es por;ue cua4do ;uede embarazada e4 2006 de la #$& "+, o 4o estaba e4 co4troles mCdicos, 4i la 4iña recib?a ate4ci>4 medica a ;ue 4o te4?a seguro 4i 4ada, por lo ;ue u4 3eci4o me di:o usted tie4e todo dereco de ;ue le aga4 los co4troles atie4da4 a su 4iña, me di:o ;ue me audar?a a sacar el S%SE(, ui a u4 lugar se me asig4> el S%S)E( 4i3el % ;uede e4 el rCgime4 subsidiado e4 salud, a pesar de esto se co4irm> tal resoluci>4 recurrida, emitie4do la resoluci>4 20118H001001190$@&4e=o 7A si4 te4er e4 cue4ta mis argume4tos. ,
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%4terpuse suste4te e4to4ces recurso de &pelaci>4 @a4e=o 9A me reitera4 la decisi>4 ma4iesta4do el EP&$&'E(# &'%(%S$&%V# P&$& "& P$#SPE$%& S#*%&" ;ue supuestame4te o ab?a declarado aber desplazado e4 el año 2007 @reitero por error de trascripci>4 de la escribie4teA pero 4o ue as?, ue e4 año 2002 como co4secue4cia de los ostigamie4tos militares ;ue ubo por el paso de los 12 secuestrados por la 3ereda peñas bla4cas, lugar do4de o abitaba, tampoco es cierto como lo ma4iiesta tal e4tidad, al apreciar ;ue o me 3i4e co4 mi amilia, a ;ue e4 ese tiempo @2002A toda3?a 4o ab?a 4acido #$& "+ @mi Primera i:a co4 mi ltima pare:aA ;ue o aparec?a e4 S#"S&" KrCgime4 subsidiado e4 salud- e4 Pitalito Iuila, pero o 4u4ca e estado e4 ese sitio, ;ue o aparec?a e4 amilias e4 acci>4 e4 Palmira eca a4terior, a la ocurre4cia del eco , por el u4cio4ario al realizar u4a i4terpretaci>4 restricti3a de los ecos, si4 te4er e4 cue4ta ;ue por el error e4 el año cua4do realice la declaraci>4 co4irma e4 su totalidad la resoluci>4 e4 ;ue se me 4eg> la i4scripci>4, o sea, a :uicio del u4cio4ario para u4os ecos si me e4co4traba e4 Palmira para otros si me e4co4traba e4 Pitalito- Iuila e4 el mismo tiempo, situaci>4 ;ue es co4traria a toda l>gica, a me4os ;ue se tu3iera el do4 de la ubicuidad, por lo ;ue resulta ma4iiestame4te co4tradictoria las propias co4clusio4es del u4cio4ario del EP&$&'E(# &'%(%S$&%V# P&$& "& P$#SPE$%& S#*%&" ;ue resol3i> el recurso de apelaci>4 e4 me4ci>4 media4te resoluci>4 00G79 de 02 de diciembre de 2011 @a4e=o 10A ,
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e modo ;ue e4 octubre de 2012, media4te resoluci>4 2012- 11691 del 12 de octubre de 2012 la %$E*#$& E*(%*& E $E!%S$# !ES%#( E "& %(<#$'&*%#( EE "& (%& &'%(%S$&%V& ESPE*%&" P&$& "& &E(*%#( $EP&$&*%#( %(E!$&" & "&S V%*%'&S ;ue co4sider>, @..A dejar sin efectos las resoluciones de
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inclusión que presentaron como causal de extemporaneidad y por tanto la administración la administración procederá a analizar las situaciones que dieron lugar a que la declaración se rindiera fuera del plazo y avaluará los elementos jurídicos, de contexto y técnico que el permitan fundamentar una decisión frente al caso en particular y determinar si su situación se enmarca dentro de los presupuestos del art. 1 de la ley 3! de 1""! @...A@a4e=o 11 A 10-
Es por ello ;ue ele3e dereco de petici>4 e4 ebrero de 2016 a4te el *#'%L E$$%#$%&" E JS%*%& $&(S%*%#(&" E V%*%'&S E *#"#')%&, para ;ue me audara4 a resol3er mi situaci>4 de desplazamie4to orzado, a ;ue a pesar de la resoluci>4 de 2012- 11691, au4 4o se me ab?a i4scrito como poblaci>4 desplazada del co4licto armado. @a4e=o 12A
Por lo ;ue tambiC4 ele3e dereco de petici>4 &(E "& (%& E V%*%'&S P&$& "& &E(*%#( $EP&*%#( %(E!$&" E "&S V%*%'&S e4 :u4io de 2015 solicita4do sea i4cluida e4 el registro 4ico de 3?ctimas, al igual ;ue mi grupo amiliar. @a4e=o 16A
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Señor@aA :uez, como medio de co43icci>4 de la certeza de su decisi>4 e4 ;ue so desplazada, perso4as ;ue a4 co4ocido mi caso de propia ma4o, realizaro4 declaraci>4 e=tra:udicial :urame4tada a4te la 4otaria primera del circulo de Palmira, as? -
El señor SE$!%# "%SS&($# *&*E$ES <"#$%&(, ma4iiesta ba:o la gra3edad de :urame4to que conozco por espacio de más de 1# a$os, a la se$ora %&'()* *+*-* *&/*0*(, 2 porque ella es vecina y amiga de la familia .. es cierto sé y me consta que la se$ora %&'()* *+*-* *&/*0*(, es una persona desplazada de la vereda pe$as 4lancas de /ali, por los 5ec5os sucedido en fec5a 11 de a4ril de 6##6, cuando ocurrió el secuestro de los diputados. -eclaro que poco tiempo después de a4ril de 6##6, a la 5ija de la se$ora %&'()* *+*-*, la cogió la guerrilla y se la llevó sin duda alguna para involucrarla en lo sucedido, pues ella nunca quiso irse por su propia voluntad, sino que fue o4ligada por la guerrilla. -eclaro que desde esa época, 5asta la fec5a actual, la 5ija de la se$ora %&'()* *+*-*, de nom4re /*('&)* 7*)89(: *&/*0*(, se encuentra recluida en una prisión de ;amundí .
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"a señora &S% $#S& 'E%(& $#$%!E+, ma4iiesta ba:o la gra3edad de :urame4to que conozco por espacio de más de = a$os, a la se$ora %&'()* *+*-* *&/*0*(, porque somos vecinas del mismo 4arrio y soy allegada a la familia 2es cierto sé y me consta, que la se$ora %&'()* *+*-* *&/*0*(, le tocó venirse desplazada de la vereda pe$as 4lancas, detrás del cerro de las tres cruces de la ciudad de cali, ya que se vio o4ligada a a4andonar su lugar de residencia por el 5ostigamiento, puesto que por esa zona i4an a llevar los diputados secuestrados el día 11 de a4ril de 6##6. -eclaro igualmente que en ese mismo a$o, se llevaron a una 5ija de ella de nom4re /*('&)* 7*)89(: *&/*0*(, incitándole a delinquir, al poco tiempo ella fue capturada y recluida 5asta el día de 5oy en la cárcel de ;amundí, cuando ella no se fue por voluntad propia, sino que fue o4ligada por la guerrilla. -eclaro que a la se$ora %&'()* *+*-* *&/*0*(, le 5a tocado luc5ar sola, para poder sufragar lo de la su4sistencia diaria a sus 5ijos, pues es ella la que les 4rinda el tec5o, la alimentación , medicinas, vestuario y demás, sin reci4ir ning>n apoyo económico no por parte del go4ierno , ni de persona alguna. ?s todo. anexo 1@
Por todo lo anterior considero que la UNIDAD PARA LA ATENCIÓN Y REPARACIÓN INTEGRAL A LAS VÍCTIMAS me ha vulnerado y me sigue vulnerando mis Derechos Constitucionales fundamentales AL RECONOCIMIENTO DE LA CONDICIÓN DE DESPLAZADA, AL MÍNIMO VITAL, A LA VIDA EN CONDICIONES DIGNAS Y AL DEBIDO PROCESO. FUNDAMENTOS DE DERECHO
- CONSTITUCION POLITICA COLOMBIANA ARTICULO 1. Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonoma de sus entidades territoriales, democr!tica, participativa y pluralista, FUNDADA EN EL RESPETO DE LA DIGNIDAD HUMANA , en el traba"o y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del inter#s general. ARTICULO 2. $on fines esenciales del Estado% servir a la comunidad, promover la prosperidad general y GARANTIZAR LA EFECTIVIDAD DE LOS PRINCIPIOS, DERECHOS Y DEBERES CONSAGRADOS EN LA CONSTITUCIÓN& facilitar la participaci'n de todos en las decisiones que los afectan y en la vida econ'mica, poltica, administrativa y cultural de la (aci'n& defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacfica y la vigencia de un orden "usto. ARTICULO 13. odas las perso4as 4ace4 libres e iguales a4te la le, recibirB4 la misma protecci>4 trato de las autoridades gozarB4 de los mismos derecos, libertades
oportu4idades si4 4i4gu4a discrimi4aci>4 por razo4es de se=o, raza, orige4 4acio4al o amiliar, le4gua, religi>4, opi4i>4 pol?tica o ilos>ica. El Estado promo3erB las co4dicio4es para ;ue la igualdad sea real eecti3a adoptarB medidas e4 a3or de grupos discrimi4ados o margi4ados. EL ESTADO PROTEGERÁ ESPECIALMENTE A AQUELLAS PERSONAS QUE POR SU CONDICIÓN ECONÓMICA, FÍSICA O MENTAL, SE ENCUENTREN EN CIRCUNSTANCIA DE DEBILIDAD MANIFIESTA Y SANCIONARÁ LOS ABUSOS O MALTRATOS QUE CONTRA ELLAS SE COMETAN. ARTICULO !. E" ES&# &E"&(&$M (& P#"%*& E P$EV%S%/(, $EI&)%"%&*%/( E %(E!$&*%/( S#*%&" P&$& "#S %S'%(%#S <S%*#S, SE(S#$%&"ES PSN%*#S, & N%E(ES SE P$ES&$M "& &E(*%/( ESPE*%&"%+&& NE $EN%E$&(.
Se4te4cia - 78 de 201G de la o4orable *orte *o4stitucio4al, Q"#$%&' '(% )*+#-'
"a *orte *o4stitucio4al a e=ami4ado e=presio4es del art?culo 6 de la "e 1GG7 de 2011, e4 sede de co4stitucio4alidad, de lo ;ue a co4cluido ;ue es compatible Aque se 5aya adoptado una medida legislativa especial a favor de las víctimas del conflicto armado, con exclusión de otras víctimas.B [5]
E4 la se4te4cia *-256& de 2012 OH, la *orte co4stat> ;ue el art?culo 6Q Aconsagra una definición operativa de la noción de AvíctimaB para los efectos de esta ley Apuesto que se orienta a fijar el universo de los destinatarios de las medidas especiales de protección previstas en ella R.
E4 esta misma pro3ide4cia, la *orte reco4oci> ;ue resultaba acorde co4 la *o4stituci>4 disti4guir e4tre 3?ctimas de deli4cue4cia com4 las ;ue surg?a4 e4 el co4te=to del co4licto armado para eectos de determi4ar la aplicabilidad de la "e 1GG7 de 2011 O10 AG.1.1. 2 ?l propósito de la &ey 1== de 6#11 y en particular de lo dispuesto en su artículo 3H, no es el de definir o modificar el concepto de víctima, en la medida en la que esa condición responde a una realidad o4jetiva, cuyos contornos 5an sido delineados de manera general en la ley, en instrumentos internacionales y en la jurisprudencia constitucional. &o que se 5ace en la ley es identificar, dentro del universo de las víctimas, entendidas éstas, en el contexto de la ley, como toda persona que 5aya sufrido menosca4o en su integridad o en sus 4ienes como resultado de una conducta antijurídica, a aquellas que serán destinatarias de las medidas especiales de protección que se adoptan en ella. Dara eso la ley acude a una especie de definición operativa, a través de la expresión AIsJe consideran víctimas, para los efectos de esta ley 2B, giro que implica que se reconoce la existencia de víctimas distintas de aquellas que se consideran tales para los efectos de esta ley en particular, o, en sentido inverso, que, a partir del conjunto total de las víctimas, se identifican algunas que serán las destinatarias de las medidas especiales contenidas en la ley. *sí, para delimitar su ám4ito de acción, la ley acude a varios criterios, en primer lugar, el temporal, conforme al cual los 5ec5os de los que se deriva el da$o de4en 5a4er ocurrido a partir del 1H de enero de 1"@K en segundo lugar, el relativo a la naturaleza de las conductas da$osas, que de4en consistir en infracciones al -erec5o )nternacional Fumanitario -)F o violaciones graves y manifiestas a las normas internacionales de -erec5os Fumanos -)-F, y, en tercer lugar, uno de contexto, de acuerdo con el cual tales 5ec5os de4en 5a4er ocurrido con ocasión del conflicto armado interno. *dicionalmente, en la ley se contemplan ciertas exclusiones de ese concepto operativo de víctimas. ?s claro que de la anterior delimitación operativa que se 5ace en la ley no se desprende que quienes no encajen en los criterios allí se$alados dejen de ser reconocidos como víctimas. *sí, por ejemplo, quien 5aya sufrido un da$o como resultado de actos de delincuencia com>n, es una víctima conforme a los estándares generales del concepto, y lo que ocurre es que no accede a las medidas especiales de protección previstas en la ley. &o mismo sucede con personas que 5ayan sufrido un da$o con anterioridad a 1"@ o con quienes se vean de manera expresa excluidas del ám4ito de aplicación de la ley por factores distintos. -e lo precedentemente expuesto se desprende, entonces que, por virtud de lo previsto en el artículo 3 de la &ey 1==, quienes 5ayan sufrido un da$o como consecuencia de infracciones al -)F o de violaciones graves y manifiestas a las normas internacionales de -erec5os Fumanos en condiciones distintas de las allí contempladas, no pierden su reconocimiento como víctimas, ni quedan privados de la posi4ilidad de acudir a los mecanismos ordinarios que se 5an esta4lecido en la legislación ordinaria para que se investiguen y persigan los delitos, se esta4lezca la verdad, se sancione a los responsa4les y se repare de manera integral a las víctimas, y que el sentido de la disposición es el de que, en razón de los límites o exclusiones que ella contiene, esas personas no tienen acceso a las medidas especiales de protección que se 5an adoptado en la ley, en el marco de un proceso de justicia transicional. 2 -e lo anterior se desprende que, por un lado, en /olom4ia, toda persona que 5aya sido víctima de un delito, y en particular, aquellas que 5ayan sufrido un da$o como consecuencia de infracciones al -erec5o )nternacional Fumanitario o de violaciones graves y manifiestas a las normas internacionales de -erec5os Fumanos, ocurridas con ocasión del conflicto armado interno, puede acudir a los mecanismos ordinarios que el ordenamiento jurídico 5a previsto para garantizar los derec5os a la verdad la justicia y la reparación, y, por otro, que conservan plena vigencia las prescripciones de -)F y de -)-F que 4uscan prevenir las violaciones de derec5os y que 4rindan protección a todas las personas en el marco de los conflictos armados internos.
e4ie4do e4 cue4ta lo a4terior, se reitera ;ue re4te Aal universo de posi4les víctimas del conflicto armado para efectos de la &ey 1== de 6#11, se 5a adoptado una definición operativa de AvíctimasB, en la que se introdujeron factores que delimitan dic5o universo de 4eneficiariosB [11]
Por e:emplo, e4 la se4te4cia -2H7 de 2006, O6G la *orte *o4stitucio4al reco4oci> ;ue el desplazamie4to ocurrido e4 el co4te=to del co4licto armado 4o estaba circu4scrito a ;ue este tu3iera lugar e4 determi4ado espacio geogrBico. Por ello reco4oci> como 3?ctimas a perso4as ;ue ab?a4 sido atacadas por grupos al marge4 de la le e4 el casco urba4o de 'edell?4. i:o e4to4ces la *orte ADara caracterizar a los desplazados internos, dos son los elementos crucialesL A. B.
&a coacción que 5ace necesario el trasladoK &a permanencia dentro de las fronteras de la propia nación.
8i estas dos condiciones se dan, como ocurre en el caso motivo de esta tutela, no 5ay la menor duda de que se está ante un pro4lema de desplazados. ?l carácter de desplazados internos no surge de aspectos formales, ni de interpretaciones restrictivas, sino de una realidad o4jetivaL el retiro del lugar natural que los desplazados tenían, y la u4icación no previamente deseada en otro sitio. nica exigencia en el ám4ito espacial es escapar o 5uir del 5ogar o de la residencia 5a4itual. &os Drincipios (ectores 5a4lan permanentemente del A5ogarB y esta es la acepción correcta de Alocalidad de residenciaB término empleado por la norma colom4iana. ?n ning>n momento se menciona, dentro del contenido de los Drincipios (ectores, la necesidad de trasladarse de un municipio a otro o de un departamento a otro diferente. ?l artículo 1E de la ley 3! de 1""! y el artículo 6E del decreto 6@G" de 6###, que son los invocados por la (ed de 8olidaridad 8ocial para negar la protección a las G@ familias desplazadas de la /omuna 13 de +edellín, tampoco exigen que 5aya que a4andonar el municipio, o pue4lo o ciudad, como opina la (ed de 8olidaridad. ?sa interpretación es restrictiva, incompleta y viola el principio de favora4ilidad y la preeminencia del derec5o sustancial. &o que dicen las citadas normas es que la forzada migración dentro del territorio nacional implique a4andonar la localidad de residencia o las actividades económicas 5a4ituales.
PRETENSIONES
Solicito mu respetuosame4te señor Juez 1-
2-
$e tutelen mis derechos fundamentales AL RECONOCIMIENTO DE LA CONDICIÓN DE DESPLAZADA, AL MÍNIMO VITAL, A LA VIDA EN CONDICIONES DIGNAS Y AL DEBIDO PROCESO. $e sirva ORDENAR a )* +(D*D P*R* )* *-E(C( / REP*R*C( (-E0R*) * )*$ 12C-3*$, que inscriba de manera inmediata a la se4ora GLORIA AMANDA BALCAZAR y a sus menores hi"os, DORA LUZ PATERNINA BALCAZAR, ANDRES
3-
FELIPE PATERNINA BALCAZAR y LUCERO PATERNINA BALCAZAR , en el Registro 5nico 1ctimas. $e sirva ORDENAR a la +nidad para la *tenci'n y Reparaci'n ntegral a las 1ctimas, que realice todas las gestiones necesarias para que en un plazo no mayor de ocho 678 das, contados a partir de la notificaci'n de la presente sentencia, entregue a la se4ora GLORIA AMANDA BALCAZAR y a sus menores hi"os, DORA LUZ PATERNINA BALCAZAR, ANDRES FELIPE PATERNINA BALCAZAR y LUCERO PATERNINA BALCAZAR efectivamente, si aún no lo ha hecho, la ayuda humanitaria a que tienen derecho, y los oriente adecuadamente para que accedan a los dem!s programas de atenci'n para poblaci'n desplazada, especialmente en lo que respecta a los servicios de salud y educaci'n para los menores y el acceso a los programas de estabilizaci'n econ'mica y vivienda. PRUEBAS
Solicito al señor :uez se sir3a te4er como tales darle ple4o 3alor probatorio a las siguie4tes - ocume4tales 4 e4 subsidio de apelaci>4 co4tra la resoluci>4 20118H001001190 de 10 :u4io de 2011@a4e=o H 8A 7- $espuesta recurso de reposici>4 20118H001001190$ @a4e=o 7A 8- Suste4to recurso de apelaci>4 @a4e=o 9A 9- $esoluci>4 00G79 de 02 de diciembre de 2011@a4e=o 10A 10- media4te resoluci>4 2012- 11691 del 12 de octubre de 2012 la %$E*#$& E*(%*& E $E!%S$# !ES%#( E "& %(<#$'&*%#( EE "& (%& &'%(%S$&%V& ESPE*%&" P&$& "& &E(*%#( $EP&$&*%#( %(E!$&" & "&S V%*%'&S @a4e=o 11A 11- dereco de petici>4 e4 ebrero de 2016 a4te el *#'%L E$$%#$%&" E JS%*%& $&(S%*%#(&" E V%*%'&S E *#"#')%& @a4e=o 12A 12- dereco de petici>4 &(E "& (%& E V%*%'&S P&$& "& &E(*%#( $EP&*%#( %(E!$&" E "&S V%*%'&S @a4e=o 16A 13- eclaraci>4 :urame4tada SE$!%# "%SS&($# *&*E$ES <"#$%&( @a4e=o 1GA 14- eclaraci>4 :urame4tada &S% $#S& 'E%(& $#$%!E+ @a4e=o 15A 15- *opia cedula de ciudada4?a !"#$%& &'&(& )&"*&+&$ @&4e=o 1HA 1-
/URAMENTO
'a4iiesto señor Juez, ba:o la gra3edad del :urame4to, ;ue 4o e i4terpuesto otra acci>4 de utela por los mismos ecos derecos a;u? relacio4ados, 4i co4tra la misma autoridad. NOTIFICACIONES
-"a suscrita &ccio4a4te e4 la *alle 5H T G5- 06 )arrio *aimitos e4 Palmira Valle. *elular 617 85G 5HH6 -"a accio4ada e4 *alle 1H( T94-50, *ali, Valle del *auca, *olombia &te4tame4te,
UUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUU GLORIA AMANDA BALCAZAR
** (o. 67800228 &ccio4a4te