PERSONAL AL SERVICIO DE LAS ENTIDADES LOCALES (Según el Estatuto Básico del Empleado Público) El personal al servicio de las entidades locales estará integrado por funcionarios de carrera, contratados en régimen de derecho laboral y personal eventual ue desempe!a puestos de con"an#a o asesoramiento especial$
-Los Funcionarios Públicos: %a clasi"caci&n se hace en tres grandes grupos, con sus subgrupos, se efectúa en funci&n del t'tulo eigido para su ingreso$ Estableciéndose as' un grupo A, con los subgrupos A1 y A2, un grupo B y un grupo C, con los subgrupos C1 y C2$ Podrán ser funcionarios ! carr!ra o funcionarios in"!rinos$
-S!l!cci#n: %as administraciones públicas y entidades locales, seleccionarán a su personal funcionario y laboral mediante procedimientos en los ue se garanticen los principios epresados epresados en la onstituci&n Espa!ola, as' como los establecidos a continuaci&n* a) Publicia de las convocatorias y sus bases$ b) Trans$ar!ncia$ c) I%$arcialia & $ro'!sionalia $ro'!sionalia de los miembros de los &rganos de selecci&n$ d) In!$!n!ncia & iscr!cionalia "(cnica en la actuaci&n de los &rganos de selecci&n$ e) A!cuaci#n entre el contenido de los $roc!sos s!l!c"i)os y las 'uncion!s o "ar!as a desarrollar$ f) A*ilia, sin per+uicio de la ob+etividad, en los procesos de selecci&n$ simismo, para poder participar en los procesos selectivos, los aspirantes deberán reunir los reuisitos epresados epresados en el ar"+culo , del -Estatuto básico del empleado público.$
-Si"uacion!s A%inis"ra"i)as: %os funcionarios de carrera podrán hallarse en las siguientes situaciones* a) b) c) d) e)
S!r)icio Ac"i)o S!r)icios Es$!cial!s S!r)icio !n o"ras a%inis"racion!s $úblicas E.c!!ncia Sus$!nsi#n ! Funcion!s
-Pro)isi#n ! Pu!s"os ! Traba/o: %as dministraciones Públicas proveerán los puestos de traba+o mediante procedimientos basados en los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad$ %a provisi&n de puestos de traba+o en cada dministraci&n Pública se llevará a cabo por los procedimientos de concurso y de libre designaci&n con convocatoria pública$
-D!r!c0os !l $!rsonal al s!r)icio ! los En"!s Local!s: %os empleados públicos tienen los siguientes derechos de carácter ini)iual en correspondencia con la naturale#a +ur'dica de su relaci&n de servicio* a) la inamovilidad de la condici&n de funcionario de carrera$ b) l desempe!o efectivo de las funciones propias de su condici&n profesional y de acuerdo con la progresi&n alcan#ada en su carrera profesional$ c) la progresi&n en la carrera profesional y promoci&n interna$ d) percibir retribuciones y las indemni#aciones por ra#&n del servicio$ e) participar en la consecuci&n de ob+etivos atribuidos a la unidad donde preste sus servicios y a ser informado por sus superiores de las tareas a desarrollar$ f) la defensa +ur'dica y protecci&n de la administraci&n pública en los procedimientos ue se sigan ante cualuier orden +urisdiccional como consecuencia del e+ercicio leg'timo de sus funciones o cargos públicos$
g) la formaci&n continua y a la actuali#aci&n permanente de sus conocimientos y capacidades profesionales, preferentemente en horario laboral$ h) l respeto de su intimidad, orientaci&n seual, propia imagen y dignidad en el traba+o, especialmente frente acoso seual, moral y laboral$ i) la no discriminaci&n por ra#&n de nacimiento, origen racial o étnico, género, seo u orientaci&n seual, religi&n o convicciones, opini&n, discapacidad, edad o cualuier otra condici&n o circunstancia personal o social$ +) la adopci&n de medidas ue favore#can la conciliaci&n de la vida personal, familiar y laboral$ /) la libertad de epresi&n dentro de los l'mites del ordenamiento +ur'dico$ l) recibir protecci&n e"ca# en materia de seguridad y salud en el traba+o$ m) las vacaciones, descansos, permisos y licencias$ n) la +ubilaci&n según los términos y condiciones establecidas en las normas aplicables$ o) las prestaciones de Seguridad Social correspondientes al régimen ue les sea de aplicaci&n$ p) la libre asociaci&n profesional$ ) los demás derechos reconocidos por el ordenamiento +ur'dico$
0ambién tienen los siguientes derechos de e+ercicio col!c"i)o*
a) la libertad sindical b) la negociaci&n colectiva y a la participaci&n en la determinaci&n de las condiciones de traba+o$ c) l e+ercicio de la huelga, con la garant'a del mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad$ d) l planteamiento de con1ictos colectivos de traba+o, de acuerdo con la legislaci&n aplicable en cada caso$ e) l de reuni&n, en los términos establecidos en el art'culo de este Estatuto$
-D!b!r!s !l $!rsonal al s!r)icio ! los En"!s Local!s: %os empleados públicos deberán desempe!ar con diligencia las tareas ue tengan asignadas y velar por los intereses generales con su+eci&n y observancia de la onstituci&n y del resto del ordenamiento +ur'dico, y deberán actuar con arreglo a los siguientes principios* ob+etividad,
integridad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad, con"dencialidad, dedicaci&n al servicio público, transparencia, e+emplaridad, austeridad, accesibilidad, e"cacia, honrade#, promoci&n del entorno cultural y medioambiental, y respeto a la igualdad entre mu+eres y hombres$ Esto se hará de acuerdo con los Princi$ios "icos y el C#i*o ! Conuc"a, detallados en los ar"+culos ,3 y , del Estatuto básico del empleado público$