VALU ALUACIÓN ACIÓN DE PREDIOS PR EDIOS URBANOS CAPITULO A ALCANSES Y FINES ARTICULO II.A.01
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PREDIOS
Terrenos. Terrenos. Edifcaciones. Instalaciones fjas y peranentes !"e constit"yan parte inte#rante de ellos y !"e no p"dieran ser separadas$ sin alterar$ deteriorar o destr"ir la edifcaci%n.
Vivienda
sit"ado
ARTICULO II.A.02 destinado
Considerarse TERRENO URBANO
Centro po&lado O c"al!"ier otro fn "r&ano
Coo ta&i'n Terrenos Terrenos sin edifcar Siepre !"e c"enten con los ser(icios #enerales propios. Y los !"e ten#an terinadas terinadas y reci&idas s"s o&ras de )a&ilitaci%n "r&ana$ est'n o no )a&ilitadas le#alente.
Comercio Ind!"ria
Vivienda
sit"ado
ARTICULO II.A.02 destinado
Considerarse TERRENO URBANO
Centro po&lado O c"al!"ier otro fn "r&ano
Coo ta&i'n Terrenos Terrenos sin edifcar Siepre !"e c"enten con los ser(icios #enerales propios. Y los !"e ten#an terinadas terinadas y reci&idas s"s o&ras de )a&ilitaci%n "r&ana$ est'n o no )a&ilitadas le#alente.
Comercio Ind!"ria
ARTICULO II.A.0# Se entiende por
Constr"cciones
EDI$ICACIONES
O
Fa&ricas en #eneral
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ARTICULO II.A.0%
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Son o&ras copleentarias e instalaciones fjas y peranentes
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Las !"e se enc"entran ad)eridas *+sicaente de 'stos sin destr"ir$ deteriorar$ ni alterar el (alor del predio por!"e son parte inte#rante y *"ncional de 'ste. DESA,-E
TAN-ES TAN-ES ELE/ADOS ELE/ADOS
0ONAS DE RECREACI1N
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Piscina 2"ros de contenci%n Instalaciones de &o&eo Cisternas Inst. E3teriores el'ctricas y sanitarias$ y otros !"e a j"icio del perito (al"ador p"edan ser califcados coo tales. ASCENSORES
ARTICULO II.A.0& Los /. /. A o /. - 4 5 T. -$ a!"ellos deterinados dete rinados por el E3 CONATA$ a)ora 2inisterio de /. C. S apro&ados por dispositi(os le#ales correspondientes. correspondientes.
ARTICULO II.A.0' /. P. - deterina el (alor de todos s"s coponentes$ en t'rinos de T. T. E. O&ras copleentarias e I. fjas peranentes. A estos (alores se les aplicar6 los *actores de depresi%n por anti#7edad y estado dese conser(aci%n. 589 "nitarios En el caso de "na /. R. "tili:ar6 los (alores ofciales de T. E. apro&ados por el dispositi(o le#al peranente. C"ando se trata de /. C. se deterina en &ase a los (alores o&tenidos en el est"dio de ercado con el 'todo "tili:ado.
ARTICULO II.A.0(
Se (alori:ara de con*oridad a dic)os c"adros$ de no estar incl"idas en los c"adros encionados o ser e3teriores a la edifcaci%n tec)ada se de&er6 e*ect"ar los correspondientes an6lisis de costos "nitarios de las partidas !"e con*oran la o&ra o instalaci%n.
ARTICULO II.A.0)
El in*ore de la (al"aci%n$ de&e desarrollar los si#"ientes r"&ros; -
2eoria descripti(a. /al"aci%n. /al"aci%n del terreno. /al"aci%n de las edifcaciones. /al"aci%n de las o&ras copleentarias. /al"aci%n de I. fjas y peranentes. Intan#i&les$ si los )"&iere. C"adro res"en #eneral de las /. Ane3os. Foto#ra*+as$ si se re!"ieren. Otros.
CAPITULO B ARTICULO II.B
La eoria descripti(a coprende;
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Nom*re de+ ,ro,ie"ario o ,o!e!ionario
-
Nom*re de +a ,er!ona -e !o+ici"a +a "a!acin.
-
O*/e"o de +a "a!acin me"odo+oa o re+amen"acin em,+eada
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$ec3a a +a ca+ e!"4 re5erida +a "a!acin
-
6rea de+ "erreno
-
In5rae!"rc"ra de !ervicio! r*ano! -e a5ec"en a+
-
-
U*icacin
-
Lindero! ,erme"ro!
7oni8cacin !o ac"a+ de+ ,redio -
Carac"er!"ica! de+ en"orno de+
-
In5rae!"rc"ra de !ervicio! r*ano! -e a5ec"en a+
-
Carac"er!"ica! de+ en"orno de+ ,redio
-
In5rae!"rc"ra de !ervicio! r*ano! -e a5ec"en a+ ,redio
-
Carac"er!"ica! de+ en"orno de+ ,redio
-
-
De!cri,cin de +a di!"ri*cin de +a! ,+an"a!
De!cri,cin de +a edi8cacin
-
An"i9edad de con!"rccin
-
E!"ado de con!ervacin
-
Servidm*re!: !i +a! 3*iere
-
An4+i!i! de +a docmen"acin rei!"ra+
-
O*!ervacione!.
ARTICULO II.B.10
La eoria descripti(a coprende;
Para +a *icacin de n ,redio !e con!inar4 ; la pro(incia y el distrito a los !"e el departaento$ pertenece$ el no&re de la "r&ani:aci%n$ asociaci%n$ cooperati(a$ asentaiento )"ano$ " otras denoinaciones del sitio; no&re de las (+as p"&licas el a las c"ales les da *rente la n"eraci%n "nicipal o la denoinaci%n de la an:ana y lote correspondientes . De no e3istir o desconocer la n". indicar6 la distancia entre la es!"ina y el e3treo as pr%3io del predio. Si#"iendo la l+nea de *ac)ada$ con indicaci%n de las (+as p"&licas de re*erencia .
ARTICULO II.B.11
La eoria descripti(a coprende;
La descripci%n de "n terreno de&er6 precisar s" *ora #eo'trica< las edidas$ colindancias y ca&ios de direcci%n de los linderos a partir de s" *rente principal$ prosi#"iendo por los costados derec)o e i:!"ierdo entrando y fnali:ando por el *ondo ARTICULO II.B.12
La eoria descripti(a coprende; El 6rea del terreno e3istente dentro de los linderos descritos ser6 e3presada en sistea 'trico
ARTICULO II.B.1#
La eoria descripti(a coprende;
Se de!cri*ir4 +a 5orma de oc,acin e
Destino y "so del predio y$ en s" caso$ n=ero de plantas constr"idas;
@ ? 5 > -
-
Distri&"ci%n de los a&ientes de cada planta por ni(eles
reas oc"padas$ tec)adas y sin tec)ar$ por plata y en total.Bc"adro #eneral de 6reas tec)adas y li&res
ARTICULO II.B.1%
-
La eoria descripti(a coprende;
En la descripci%n de las 6reas edifcadas se indicar6 en *ora ordenada$ se#=n los casos$ los sisteas y ateriales epleados en la constr"cci%n de las partidas principales$ tales coo;
cientaci%n
Eleentos estr"ct"rales
"ros y col"nas
Contra:%calos y re(estiientos Tec)os y co&ert"ras
Carpinter+a de p"ertas$ (entanas$ rejas$ &arandas$ roperos epotrados$ "e&les fjos$ etc.
Pisos y contrapisos
/idrios
Pint"ras
Cerrajer+a
Instalaciones sanitarias
Instalaciones tele*%nicas
copleenta rias
Instalaciones ec6nicas y electicas Ascensores$ aire acondicionado$ sistea de alara$ sistea de &o&eo de a#"a y tan!"es cisterna etc.
Artic"lo II..>
EL ESTADO DE CONSER/ACI1N DE LA EDIFICACI1N SER CONSIDERADO CO2O 2-Y -ENO$ -ENO$ RE,-LAR O 2-Y 2ALO DE CONFOR2IDAD CON LA E/AL-ACI1N DERI/ADA DE LOS R-ROS 2ENCIONADOS EN EL ARTIC-LO II..>@.
MUY BUENO
La! edi8cacione! -e reci*en man"enimien"o ,ermanen"e no ,re!en"an de"erioro a+no
REGULAR
La! edi8cacione! -e reci*en man"enimien"o e!,or4dico: ca e!"rc"ra no "iene de"erioro !i +o
BUENO
La! edi8cacione! -e reci*en man"enimien"o ,ermanen"e !o+o "ienen +iero! de"erioro! en +o! MALO aca*ado! ,or e+ !o La! edi8cacione! -e norma+ no reci*en man"enimien"o MUY MALO re+ar ca La! e!"rc"ra ac!a edi8cacione! en de"erioro! -e +a +a! -e +a! com,rome"en e!"rc"ra! an-e !in ,e+iro ,re!en"an n de de!,+ome de"erioro "a+ -e 3ace ,re!mir !
Artic"lo II..>
SE CONSIDERARAN LAS SER/ID-2RES Y LOS DERECGOS CONSI,NADOS EN LOS RESPECTI/OS TIT-LOS DE PROPIEDAD Y LOS -E SEAN APRECIADOS POR EL PERITO CO2O FACTORES -E AFECTAN AL PREDIO CO2O DO2INATE O SIR/IENTE.
Artic"lo II..>H
SE AS-2IRA CO2O ANTI,EDAD DE LA EDIFICACION EN EL TIE2PO -E TIENE DE CONSTR-IDA LA TOTALIDAD O PARTES DE LA 2IS2A DE AC-ERDO DE AC-ERDO A LA INFOR2ACION -E PODRA OTENERSE DE C-AL-IERA DE LOS SI,-IENTES DOC-2ENTOS;
>.
DECLARATORIA DE FARICA
5.
CERTIFICADO DE CONFOR2IDAD DE ORA
?.
LICENCIA DE CONSTR-CCION$ 2AS PLA0O DE EJEC-CION.
@.
EL RE,ISTRO 2AS ANTI,-O EN LA PROPIEDAD IN2-ELE$ SOLO EN LOS CASOS EN -E LA CONSTR-CION GAYA SIDO GECGA ANTES DE LA FECGA OLI,ATORIA DE PRESENTACION DE LOS DOC-2ENTOS SEKALADOS PRECEDENTE2ENTE.
.
DECLARACION J-RADA DE A-TOA/AL-O.
Artic"lo II..> En o&ser(aciones se consi#nara todas las e3plicaciones de detalle !"e cond":can a aclarar conceptos o partic"laridades$ as+ coo las !"e el perito considere pertinente.
Artic"lo II..>M El perito de&e dejar constancia de los doc"entos !"e )aya tenido a s" alcance para e*ect"ar la (al"aci%n$ tales coo tit"lo de propiedad$ fc)as re#istrales$ declaratoria de *a&rica$ escrit"ra de independi:aci%n y re#laento interno en el caso de "nidades ino&iliarias de propiedad e3cl"si(a y co=n$ as+ coo otros doc"entos !"e sean pertinentes.
EJE2PLO >
EJE2PLO 5
Certifcado Re#istral Ino&iliario Bcri
Tasaciones de in"e&les Bterreno
Tasaciones de in"e&les Bterreno
/alori:aciones de a(ance de o&ra
EJE2PLO ?
Tasaciones de &ien terinado