UNIVERSIDAD NACIONAL
“José Faustino Sánchez Carrión” FACULTAD DE ING IN GEN ENIE IER RÍA QUÍM ÍMIC ICA, A, METALURGIA y AMBIENTAL
Reglam ento
de
P rá ctica s
Pre-Profesio ionales Aprobado mediante Resolución Decanato Nº 0037-2010-D-II-FIQMyA
ALCANCE: ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE INGENIERÍA QU ÍMICA
ESCUELA ACADÉMICO PROFESI ONAL DE INGEN INGENIER IERÍA ÍA METAL ETALÚR ÚRG GICA ESCUELA ACADÉMICO PROFESI ONAL INGENIER IERÍA AMBI AMBIEN ENT TAL DE ING
Hua cho cho, Julio 02 del 2010
Reglamento de Prácticas Pre-Profesionales FIQMyA
Contenido CRÉDITOS
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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
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CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES
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CAPÍTULO II: DE LA BASE LEGAL
CAPÍTULO III: DE LOS OBJETIVOS Y COMPETENCIAS
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CAPÍTULO IV: DE LA COMISIÓN DE PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES
CAPÍTULO V: DE LAS PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES
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CAPÍTULO VI: DE LA SUPERVISIÓN Y ASESORAMI ENTO
CAPÍTULO VII: DEL INFORME DE PRÁCTICAS Y SU EVALUACIÓN
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CAPÍTULO VIII: DE LAS OBLIGACIONES Y DERECHOS
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CAPÍTULO IX: DE LAS SANCIONES
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CAPÍTULO X: DISPOSICIONES FINALES
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DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
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ANEXOS
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Reglamento de Prácticas Pre-Profesionales FIQMyA
AUTORIDADES UNIVERSITAR IAS Dr. RAÚL ROSAD IO BERN AL
Presidente de la Comisión Reorganizadora UNJFSC
Dr. PEDRO CANALES GARCÍA Vice-Presidente Académico de la Comisión Reorganizadora UNJFSC
Dr. HERMES RUB IÑOS IZAGUIRRE
Vice-Presidente Administrativo de la Comisión Reorganizadora UNJFSC
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AUTORIDADES DE FACULTAD Dr. EULOG IO NAPOLEÓN MORAL ES FAR ÍAS
Decano de la Facultad de Ingeniería Química, Metalurgia y Ambiental
Ing. MAN UEL JOSÉ JIMENEZ ESCOBEDO Director Escuela Académico Profesional de Ingeniería Química
Ing. Mg. JUAN MANU EL SANTOS BAZO Director Escuela Académico Profesional de Ingeniería Ambiental
Ing. RICARDO BERNUY CASAHUAMÁN Director Escuela Académico Profesional de Ingeniería Metalúrgica Ing. LUIS ROLANDO GONZ ALES TORRES Secretario Académico Administrativo de la Facultad de Ingeniería Química, Metalurgia y Ambiental
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES FACULTAD DE INGENIERÍA QUÍMICA, METALURGIA y AMBIENTAL
Elaborado por: Lic. MANU EL WILFREDO SAMAN IEGO DÁVILA Presidente de Comisión de Prácticas Pre-Profesionales
Ing. MANUEL JOSÉ JIMENEZ ESCOBEDO Ing. JUAN MANUEL SAN TOS BAZO
Revisión: Ing. Benig no Benito Liz árraga Zavaleta Jefe de Departamento Académico Ciencias Básicas para Ingeniería de Procesos Ing. José Saúl Orbegoso López
Jefe de Departamento Académico Ingeniería de Procesos
Ing. MSc. Luis Man uel
Pe ralta Aguilar
Ing. Mg. Apolinar Quinte Villegas Ing. Ri cardo Bernuy Casahuamán Ing. Nic anor Ma nuel Vega Pe r eda Ing. Mg. José Vicente Nunja García Huacho, Julio 02 del 2010 MWSD/MJJE/JMSB/BBLZ/JSOL/LMPA
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Reglamento de Prácticas Pre-Profesionales FIQMyA
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Facultad de Ingeniería Química, Metalurgia y Ambiental basa la formación de sus futuros profesionales en el desarrollo integral de su Currículo de Estudios, considerando las innovaciones tecnológicas y responder al requerimiento de Acreditación de la Calidad Educativa, en virtud a lo establecido por el Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria , CONEAU, como parte integrante del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa SINEACE, creado por Ley Nº 18740. Teniendo en cuenta que nuestra Sociedad requiere de profesionales resolutivos y capaces, la Universidad entiende que la educación de los estudiantes universitarios no sólo consta de los conocimientos teóricos impartidos en las aulas y laboratorios sino que debe incluir en su formación académica la experiencia proveniente del mundo empresarial o institucional. La Facultad de Ingeniería Química, Metalurgia y Ambiental de la UNJFSC considera a las Prácticas Pre-Profesionales uno de los pilares importantes en la formación de sus estudiantes, constituyendo un requisito fundamental para que los futuros profesionales puedan incorporarse a un mercado laboral cada vez más exigente. Por tanto; es una excelente oportunidad para que los alumnos de nuestra Facultad tengan una primera toma de contacto con empresas o instituciones del sector para el cual se están formando profesionalmente, al tiempo que mejoran otras habilidades como por ejemplo los idiomas y manejo de las tecnologías de la información. Se pretende que el presente Reglamento de Prácticas Pre-Profesionales enmarque el trabajo a seguir dentro de las líneas de acción siguientes:
1. Actualización de la bolsa de empresas e instituciones colaboradoras, manteniendo el contacto con las entidades que han colaborado con la realización de las prácticas, y potenciar la búsqueda de nuevos contactos con entes de carácter público o privado. 2. Actualización de la bolsa de alumnos interesados, difusión hacia los alumnos de la Facultad mediante reuniones y divulgación de ofertas de prácticas en empresas. 3. Fomentar y motivar la participación de los asesores académicos de la Facultad en el programa de prácticas, mediante la realización de foros de debate para plantear inquietudes y sugerencias. a la Comisión de Prácticas Pre-Profesionales. 4. Gestionar ante OFIVTEL la inclusión, en portal virtual de la Facultad, de información referente al programa de prácticas pre-profesionales. 5. Crear una base de datos de los alumnos que han conseguido un contrato laboral en la empresa, o institución, en la que han realizado las prácticas respectivas. 6. Facilitar, por parte de la Facultad, la visita de los profesores asesores a las empresas con el fin de mejorar las relaciones Universidad-Empresa, actividad que repercutirá indudablemente en la mejora de la calidad de las prácticas que se realicen. Huacho, Julio del 2010
Lic. MANUEL SAMANIEGO DÁVILA
Ing. MANUEL JIMENEZ ESCOBEDO
Ing. JUAN MANUEL SANTOS BAZO MWSD/MJJE/JMSB/BBLZ/JSOL/LMPA
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Reglamento de Prácticas Pre-Profesionales FIQMyA
CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º
El presente Reglamento de Prácticas Pre-Profesionales constituye el elemento normativo académico-administrativo, para otorgar su autorización y reconocimiento oficial por parte de la Facultad de Ingeniería Química, Metalurgia y Ambiental de la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión, con la finalidad de garantizar la idoneidad académica de sus alumnos y egresados; y preservar el prestigio Institucional.
Artículo 2º
Las Prácticas Pre-Profesionales son de carácter obligatorio para todos los estudiantes de las Escuelas Académico Profesionales pertenecientes a la Facultad de Ingeniería Química, Metalurgia y Ambiental de la UNJFSC; y la Constancia de Acreditación de Prácticas, respectiva, es un requisito fundamental para obtener el Grado Académico de Bachiller.
Artículo 3º
La Comisión de Prácticas Pre-Profesionales de la Facultad de Ingeniería Química, Metalurgia y Ambiental, es la responsable de su gestión, planificación y monitoreo; en la evaluación participa con las Direcciones de Escuela Académico Profesional correspondientes.
Artículo 4º
Artículo 5º
Para acceder a la autorización y reconocimiento oficial de las Prácticas Pre-Profesionales, los alumnos deben cumplir estrictamente los requisitos establecidos en el presente reglamento. Así mismo; las prácticas deben desarrollarse en los diferentes Centros de Producción e Investigación - de las Instituciones Públicas y/o Privadas – y estarán referidos a las áreas vinculadas con su respectiva formación profesional en Ingeniería. Las Prácticas Pre-Profesionales a que se hacen referencia en el presente reglamento no obligan a ningún tipo de vínculo laboral entre el practicante y la empresa o la institución receptora. Así mismo, la Facultad no asume ninguna responsabilidad por los daños y/o perjuicios que ocasionare el practicante a la institución o empresa.
CAPÍTULO II DE LA BASE LEGAL Artículo 6º
La base legal del presente reglamento, está dada por: Constitución Política del Perú. Ley General de Educación Nº 28044. Ley Universitaria Nº 23733., y sus modificatorias Ley del SINEACE Nº 28740 Decreto Supremo Nº 018-2007, Reglamento del SINEACE Estatuto de la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión. Reglamento Académico General de la UNJFSC.
Manual de Organización y Funciones de la UNJFSC. Ley N° 28518, de las modalidades formativas laborales.
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Reglamento de Prácticas Pre-Profesionales FIQMyA
CAPÍTULO III DE LOS OBJETIVOS Y COMPETENCIAS Artículo 7º
El presente Reglamento tiene por objetivos:
Artículo 8º
Normar los procedimientos académico-administrativos para otorgar las autorizaciones y reconocimiento oficial de las prácticas realizadas por los alumnos de la Facultad de Ingeniería Química, Metalurgia y Ambiental de la UNJFSC. Cumplir con uno de los requisitos establecidos en el nuevo contexto de la Acreditación Curricular de la Carrera Profesional de Ingeniería. Brindar a los estudiantes y egresados la oportunidad para establecer un contacto formal con el mercado laboral y así, potenciar el perfil académico de liderazgo de la Facultad. Generar un ámbito propicio para el establecimiento de Convenios entre la Facultad y diversas entidades públicas y privadas que requieran de estudiantes y personal profesional dentro de su estructura organizacional.
Los objetivos de las prácticas pre-Profesionales son:
a) OBJETIVOS GENERALES Otorgar al estudiante la posibilidad de integrar y concretar en la realidad laboral, la aplicación de los instrumentos técnico-científicos de su preparación académica.
Ampliar los horizontes en investigación y especialización dentro del campo profesional con suficiente criterio analítico y racional.
b) OBJETIVOS ESPECIFICOS Complementar la formación académica de los estudiantes y egresados de la Facultad en base a una relación con el mercado laboral, fundamentalmente en áreas de especialidad.
Artículo 9º
Lograr que los estudiantes consoliden sus capacidades, destrezas y habilidades propios del manejo profesional, para promover y crear condiciones adecuadas para el ejercicio profesional científicohumanista y técnico de la más alta calidad, en concordancia con las necesidades de la sociedad. Promover el intercambio académico con instituciones de educación superior; así como de instituciones científicas, tecnológicas y culturales del país y el extranjero. Fomentar el espíritu de superación personal permanente y la solidaridad social, como elementos fundamentales del desarrollo institucional.
Al término de las prácticas pre-Profesionales el estudiante de la Facultad de Ingeniería Química, Metalurgia y Ambiental de la UNJFSC habrá adquirido las COMPETENCIAS siguientes:
a) Cognitivas: (Saber) Conocer como es la estructura, gestión, interacción y el desarrollo organizacional, de una empresa o institución, así como su dinámica operativa y funcional.
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b)
Conocer la diversa variedad de equipos, materiales e instrumentos, industriales y/o de laboratorio; evaluar sus características técnicas y la correcta manipulación en sus aplicaciones. Conocer como se elaboran instrumentos de gestión para evaluar a solucionar los problemas las alternativas que ayudaran presentados en la empresa u organización donde se desempeña. Conocer como se aplican los fundamentos teóricos y los cálculos requeridos, en el trabajo profesional.
Procedimentales/Inst rumentales:
(Saber hacer):
Saber diseñar y desarrollar sistemas experimentales de evaluación, para identificar y proponer alternativas de solución a los problemas encontrados Saber redactar y sustentar informes técnicos, relacionando los conceptos, analizando y explicando los resultados obtenidos.
Saber fortalecer su formación profesional, creando o innovando procesos con tecnologías adecuadas, acorde con el avance científico tecnológico y proyectarlas a la comunidad.
c) Actitudinales/Valores: (Saber ser)
Tener habilidad para desenvolverse en centros de producción y/o de investigación, utilizando correctamente los equipos y materiales. Tener capacidad y motivación, para trabajar en distintos niveles como miembro de equipos interdisciplinarios y multifacéticos, fomentando sus actitudes de responsabilidad, cooperación y trabajo Tener la capacidad de planificar y desarrollar actividades de Proyección Social y Extensión Universitaria para la comunidad o medio rural, divulgando los conocimientos adquiridos para el bien de nuestra Región y del país, contribuyendo a su desarrollo y transformación socio-económica. Tener una actitud técnica, analítica y crítica del medio empresarial o institucional, identificando las situaciones anómalas y plantear alternativas de solución que permitan ayudar a mejorar la información para la toma de decisiones.
CAPÍTULO IV DE LA COMISIÓN DE PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES Artículo 10° La Comisión de Prácticas Pre-Profesionales de la FIQMyA, tiene como responsabilidad institucional la de establecer los contactos con diferentes Empresas o Instituciones, públicas o privadas, del país o extranjero, vía Convenio Marco (suscritos o por suscribirse), para conseguir lugares potenciales en base a requerimientos de las entidades, podrá coordinar la selección de estudiantes o egresados para gestionar el desarrollo de sus prácticas pre-profesionales o atender ofertas de trabajo en dichas organizaciones, según disponibilidad. MWSD/MJJE/JMSB/BBLZ/JSOL/LMPA
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Reglamento de Prácticas Pre-Profesionales FIQMyA
Artículo 11º La Comisión de Practicas Pre-Profesionales será designada por el Consejo de Facultad y estará integrado por tres (03) profesores ordinarios de la Facultad, uno por cada Carrera de Formación Profesional propuesto por la Dirección de Escuela. Los miembros de dicha Comisión serán designados por un periodo no mayor de dos (02) años, con la posibilidad de ser reelegidos por un (01) período consecutivo. La presidencia de esta Comisión recaerá en el profesor de mayor categoría y antigüedad. Artículo 12º La Comisión de Practicas Pre-Profesionales tendrá bajo responsabilidad las funciones siguientes: a) Cumplir y hacer cumplir el presente reglamento. b) Elaborar y presentar, al Decano de Facultad su Plan de trabajo anual. Así mismo; presentar un informe trimestral de las actividades realizadas, indicando número de prácticas y/o pasantías conseguidas y asignadas. c) Solicitar el apoyo necesario para gestionar y concretar Convenios de Prácticas o Pasantías, con empresas y/o instituciones. El Decano de Facultad es el único autorizado para firmar los citados convenios. d) Planificar la programación de empresas, o instituciones, solicitantes de practicantes, la designación se realizará con la Dirección de Escuela, de acuerdo a las capacidades del postulante y el perfil requerido. e) Aperturar y mantener actualizado el Libro Registro de Practicantes, donde inscribirá la solicitud presentada por los interesados, la institución receptora, el periodo para su ejecución, y el profesor asesor designado mediante Resolución de Decanato de Facultad. f) Reunirse al menos una (01) vez al mes para evaluar su Plan de trabajo y analizar el desarrollo de las prácticas pre-profesionales. g) Dar a conocer a los alumnos en condiciones de efectivizar la Práctica pre- Profesional, los fundamentos y requerimientos de la misma. h) Participar en la revisión y evaluación del informe de prácticas preprofesionales, de acuerdo a los procedimientos y plazos establecidos en el presente reglamento. El Decano de Facultad y/o el Director de Escuela Académico Profesional, Artículo 13º son los únicos autorizados para firmar las cartas de presentación. En caso de ausencia justificada de las citadas autoridades, puede reemplazar el Presidente de la Comisión de Prácticas Pre-Profesion ales
CAPÍTULO V DE LA PRÁCTICA PRE-PROFESIONAL Artículo 14º Están habilitados para realizar oficialmente Prácticas Pre-Profesionales los alumnos que aprobaron todas las asignaturas correspondientes hasta el octavo (VIII) ciclo de su Plan de Estudios de formación profesional vigente, también los egresados que no practicaron oportunamente y no ostentan el Grado Académico de Bachiller. Artículo 15º La Práctica pre-Profesional como aspecto formativo del estudiante, no está afecta a exoneración alguna, deberá realizarse en una empresa productiva y/o de servicios ligadas estrictamente a su formación profesional; tendrá una duración mínima de tres (03) meses continuos, en jornada laboral de 48 horas semanales, acumulando un total de 672 horas. MWSD/MJJE/JMSB/BBLZ/JSOL/LMPA
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Reglamento de Prácticas Pre-Profesionales FIQMyA
Artículo 16º Las características de la práctica pre-profesional estarán delineadas por el Plan Curricular, los cuales son: a) Integral, porque está dirigida al desarrollo personal, profesional y social del estudiante de la Facultad de Ing. Química, Metalurgia y Ambiental. b) Sistemática, porque se desarrolla en forma secuencial y progresiva c) Diversificada y realista, porque atiende a diversas realidades de la actividad privada o pública en diferentes áreas geográficas. d) Formativa, porque fortalece la información cívica, ética y moral. e) Polivalente, por que las actividades desarrolladas en cada profesión, permite realizar proyectos integrales, mediante acción interdisciplinaria. Artículo 17º Los postulantes a las prácticas, comprendidos en artículo 14º del presente reglamento, deben seguir el procedimiento siguiente: a) Presentarán una solicitud dirigido al Decano de Facultad, adjuntando el Record Académico que acredite haber concluido satisfactoriamente el VIII ciclo del Plan de Estudios correspondiente, el formato del registro de práctica debidamente llenada y recibo por carta de presentación. b) La Secretaría Académico-Administrati va de Facultad, luego de certificar que el solicitante reúne los requisitos derivará el expediente a Comisión de Prácticas para el registro en el Libro respectivo, los postulantes declarados expeditos para la designación de sus lugares de prácticas se someterán a lo establecido en el artículo 12º inciso d). c) Establecido el lugar de prácticas, se designa al profesor Asesor según el artículo 21º, el interesado presentará un Plan de Prácticas suscrito por su Asesor, y finalmente se entregará la carta de presentación respectiva, previa aprobación del plan citado por el Director de Escuela. d) Culminado el periodo oficial de prácticas, el practicante dentro del plazo previsto por el artículo 24º, deberá presentar un Informe Final para su revisión y evaluación. Los interesados, cuando han conseguido por gestión personal su lugar de Artículo 18º prácticas, podrán solicitar el reconocimiento oficial, adjuntando documento de aceptación de la empresa y cumplir con procedimiento del artículo 17º. El practicante que desea convalidar el trabajo que realiza en la actualidad, Artículo 19º al servicio de una entidad ligada a su formación profesional, también deberá cumplir con los requisitos y procedimientos exigidos en el presente Reglamento. La convalidación no tiene carácter retroactivo. Los alumnos, no inmersos en artículo 14º, que soliciten efectuar prácticas Artículo 20º pre-profesionales se les otorgará el permiso respectivo; con la salvedad de que el tiempo que dure su práctica no será computado ni tendrá validez oficial para solicitar la Constancia de Acreditación de Prácticas.
CAPÍTULO VI DE LA SUPERVISIÓN Y ASESORAMIENTO Artículo 21º Las Prácticas pre-Profesionales serán supervisadas bajo responsabilidad por profesores Asesores designados mediante Resolución de Decanato de Facultad, a propuesta de la Comisión de Prácticas y Dirección de Escuela Académico Profesional respectiva; debe considerarse la participación de todos los docentes adscritos a la especialidad, labor que será compensada como carga no lectiva de dos (02) horas semanales. MWSD/MJJE/JMSB/BBLZ/JSOL/LMPA
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Reglamento de Prácticas Pre-Profesionales FIQMyA
Artículo 22º El profesor Asesor es el único facultado para supervisar in situ, valorar el contenido del trabajo y los resultados alcanzados por el practicante. Así mismo; verificará que las tareas o funciones asignadas sean efectivamente desarrolladas y correspondan a labores del ámbito de la especialidad, pues de comprobarse lo contrario las prácticas serán declaradas no válidas. Cada profesor Asesor tendrá bajo responsabilidad como máximo a tres (03) practicantes por año académico. Artículo 23º Los practicantes estarán sujetos al control y supervisión permanente por parte de la Facultad (a través del profesor asesor, la Comisión de Prácticas y la Dirección de Escuela), presentando informes mensuales a su Asesor de acuerdo al cronograma del plan de trabajo suscrito por ambos. Artículo 24º Al finalizar el periodo de prácticas, el asesor solicitará el envío de la hoja de evaluación del supervisor de la empresa, o institución, en sobre cerrado y debidamente cumplimentado. Así mismo; el practicante presentará un informe final en un plazo no menor de treinta (30) ni mayor de noventa (90) días de haber concluido las prácticas pre-profesionales.
CAPÍTULO VII DEL INFORME DE PRÁCTICAS PREPROFESIONALES Y SU EVALUACIÓN Artículo 25º El practicante podrá solicitar, hasta ocho (08) días antes del vencimiento del plazo establecido en el artículo 24º, una ampliación por única vez de treinta (30) días adicionales para la presentación de su informe final, previa justificación documentada. En caso de incumplimiento, sus prácticas preprofesionales realizadas y el informe final correspondiente perderán validez oficial, no serán reconocidos, aceptando la sanción respectiva. Artículo 26º El practicante comprendido en el artículo 24º del presente reglamento, presentará una solicitud para revisión y evaluación del Informe final de prácticas dirigida al Decano de Facultad de Ingeniería Química, Metalurgia y Ambiental, a través de expediente y adjuntando: a) Recibo de pago por derecho de revisión y evaluación. b) Evaluación de la empresa, formato cumplimentado en sobre cerrado. c) Certificado otorgado por la empresa o institución donde se efectuaron las prácticas, acreditando haber cumplido con el trabajo asignado y dentro del periodo mínimo establecido en artículo 15º del reglamento. d) Dos (02) ejemplares del informe final de prácticas pre-profesionales (borradores anillados), según estructura establecida en el reglamento. e) Informe consolidado de supervisión y Constancia de conformidad, del profesor asesor. Artículo 27º Los aspectos formales de redacción técnica del Informe final de prácticas, seguirán los estándares internacionales. El texto deberá estar justificado, editado con letra Arial normal, el color de fuente negro y de tamaño 11, espaciado interlineal de 1.5. Las leyendas de tablas y gráficos, superior e inferior respectivamente, con tamaño de fuente 9. Los márgenes son: superior, inferior, derecha e izquierda con 2.54 cm, encuadernado 0.5 cm. El color del encuadernado, para cada Escuela Académico Profesional es:
EAP Ingeniería Química, color guinda. EAP Ingeniería Metalúrgica, color azul oscuro. EAP Ingeniería Ambiental, color verde oscuro.
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Artículo 28º En el informe final de prácticas pre-profesionales, el practicante solo podrá divulgar información acerca de la organización, los procesos o materiales que son propiedad de la empresa, y debe tener la autorización respectiva. El informe tendrá la estructura siguiente: CARÁTULA (Según modelo establecido Facultad) CRÉDITOS (Constancias, Certificados) ÍNDICE INTRODUCCIÓN
por
la
1.1 OBJETIVOS 1.1.1 Objetivo General 1.1.2 Objetivos Específicos 1.2 IMPORTANCIA 1.3 ALCANCE Y LIMITACIONES 1.4 RESUMEN Capítulo II: ASPECTOS GENERALES DE LA EMPRESA 2.1 ANTECEDENTES 2.2 ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL 2.3 VISIÓN Y MISIÓN 2.4 PRODUCTOS Y/O SERVICIOS (que ofrece); MERCADO (que abastece) 2.5 DEL PROCESO PRODUCTIVO Y/O DE SERVICIOS 2.5.1 Descripción del proceso (concisa, diagramas de flujo, equipos, 2.5.2 etc) El Control de la Calidad. 2.5.3 Aspectos Técnicos del Proceso Productivo y/o de Servicios (balance de materia y energía, suministros, proveedores, etc.) Capítulo III: DEL TRABAJO DESARROLLADO POR EL 3.1 DESCRIPCIÓN DEL PLAN DE TRABAJO 3.1.1 Diagrama de Gantt de la actividades realizadas 3.1.2 Descripción del trabajo desarrollado (conciso y legible) 3.2 SITUACIÓN ACTUAL Y PROBLEMÁTICA EN EL ÁREA DE TRABAJO ASIGNADO 3.3 APRECIACIÓN CRÍTICA TÉCNICO-ORGANIZACIONAL (a la Empresa) Capítulo IV: METODOLOG A PARA SOLUCIONAR EL 4.1 FORMULACIÓN DEL PROBLEMA 4.2 PREMISAS 4.3 OBJETIVOS 4.3.1 Objetivo General 4.3.2 Objetivos específicos 4.4 REVISIÓN DE LA LITERATURA (marco teórico para el 4.5 problema) MATERIALES Y MÉTODOS 4.6 RESULTADOS 4.7 DISCUSIÓN Y ANÁLISIS DE RESULTADOS CONCLUSIONES RECOMENDACIONES BIBLIOGRAFÍA ANEXOS A.1 Glosario de términos A.2 Cálculos y/o Procedimientos, A.3 complementarios Diagramas y/o figuras, A.4 complementarios Normas Técnicas A.5 Formatos Técnicos varios MWSD/MJJE/JMSB/BBLZ/JSOL/LMPA
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Artículo 29º La Secretaría Académico-Administrativa de Facultad luego de certificar que el expediente reúne los requisitos establecidos en artículo 26º, derivará un ejemplar del informe a la Dirección de Escuela Académica correspondiente y otro ejemplar a la Comisión de Prácticas pre-Profesionales, quienes en un plazo máximo de quince (15) días calendario a partir de la fecha de recepción del informe emitirán su informe de revisión respectivo. Artículo 30º En el caso de tener observaciones, el informe será devuelto al practicante para su corrección respectiva en un plazo máximo de treinta (30) días calendario. Si las observaciones planteadas no son levantadas en el plazo establecido, el interesado aceptará la sanción pertinente. Artículo 31º Si los Dictámenes de revisión del informe final de prácticas son favorables, el interesado quedará expedito para el proceso de evaluación y calificación que debe realizarse en un plazo máximo de quince (15) días calendario. Para la evaluación y calificación de la práctica pre-profesional, la Dirección Artículo 32º de Escuela Académico Profesional convocará al profesor asesor y al presidente de la Comisión de Prácticas, para realizar conjuntamente una entrevista personal y evaluación de capacidades del practicante, y poder concederle la calificación correspondiente. La inasistencia injustificada del interesado conlleva a aceptar automáticamente la sanción respectiva. Los informes de prácticas pre-profesionales y evaluación de capacidades Artículo 33º del practicante serán calificados usando sistema vigesimal. La calificación será individual y secreta de cada miembro del Jurado. La Nota Final será consolidada incluyendo la calificación de la empresa, mediante promedio aritmético, en un Acta que se levantará al efecto y en la que firmaran todos los miembros del Jurado. El Dictamen final tendrá carácter inapelable. Si el Dictamen final es Desaprobado, solo habrá única opción para la .Artículo 34º presentación y evaluación de un nuevo informe en un plazo máximo de un mes, en caso de incumplimiento se declara anulada la práctica realizada. Los Dictámenes Aprobatorios de Prácticas pre-Profesionales se adjuntarán Artículo 35º al expediente, el Director de la Escuela Académico Profesional informará al Decano de Facultad sobre el resultado de la evaluación, para la emisión y firma conjunta del Certificado de Acreditación correspondiente. El practicante para solicitar el Certificado de Acreditación de Prácticas PreArtículo 36º Profesionales, deberá adjuntar lo siguiente:
Recibo de pago, por derecho de Constancia Acreditación de Prácticas. Un (01) ejemplar del Informe de prácticas aprobado, de acuerdo a lo establecido por los artículos 27º y 28º del presente reglamento. Un (01) formato digital, CD o DVD, del informe de prácticas.
CAPÍTULO VIII DE LAS OBLIGACIONES Y DERECHOS Artículo 37º Las obligaciones de las partes intervinientes, son las siguientes: a) La empresa o Institución receptora de las prácticas pre-Profesionales, brindará al practicante las facilidades para la ejecución de las tareas correspondientes al Plan de Prácticas aprobado, debiendo supervisar su cumplimiento. La entidad debe garantizar y facilitar la supervisión de la práctica cuando sea requerida por el asesor. MWSD/MJJE/JMSB/BBLZ/JSOL/LMPA
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Artículo 38º
b) La Facultad, a través de la Comisión de Prácticas y la Dirección de Escuela Profesional correspondiente, planificará la organización de los programas formativos, designará el docente asesor, supervisará el Plan de Prácticas, evaluará y calificará el Informe Final de Prácticas. c) El docente asesor coordinará con la empresa o institución asumiendo la responsabilidad de orientar, monitorear in situ y evaluar las actividades formativas programadas, dando conformidad al Informe de Prácticas que presente el estudiante. d) El practicante se obliga a acatar las disposiciones normativas que rigen el funcionamiento de la empresa o institución, y las formativas acorde con el Plan de Prácticas aprobado; cumplir con responsabilidad las tareas que se le asigne; presentar al docente asesor los informes de avance pertinentes y elevar el Informe Técnico Final de Práctica dentro de los plazos previsto en el presente reglamento. El practicante tiene los siguientes derechos:
Ser tratado con dignidad, respeto y sin discriminación Recibir asesoramiento y orientación oportuna para el cumplimiento de las gestiones y desarrollo de su práctica pre profesional; respecto a los requisitos y procedimientos establecidos en el presente reglamento. Utilizar los materiales y recursos que dispone la Universidad para el desarrollo de su práctica de acuerdo a la reglamentación.
CAPÍTULO IX DE LAS SANCIONES Artículo 39º Es causal de sanción: a) Conducta gravemente reprensible que dañe a la institución receptora de prácticas y/o a la Universidad. b) Abandono injustificado del centro de prácticas c) Falsedad de los datos personales, y/o de interés relacionados. d) Incumplimiento parcial o total del presente reglamento. e) Adulteración y obtención indebida de constancias. Artículo 40º Las sanciones, a los practicantes, por faltas son: a) En caso de incurrir en los incisos a), b) y c) del artículo 39º del presente reglamento, se invalidará las prácticas realizadas y se sancionara con la inhabilitación a efectuar cualquier trámite en la Facultad por un periodo no menor de doce (12) meses; en caso de reincidencia se le inhabilitará para las prácticas por un espacio no menor de dos (02) años. b) El incumplimiento injustificado de los plazos previstos en el reglamento – establecidos en los artículos 24º, 25º, 30º, 32º y 45º - se sancionará con la inhabilitación a efectuar cualquier trámite en la Facultad por un periodo no menor de noventa (90) días calendario. c) En caso de incurrir en el inciso e) del artículo 39º, se invalidará las prácticas realizadas y se sancionara con la inhabilitación por un periodo no menor de cinco años; reservándose la Facultad el derecho de iniciar las acciones legales pertinentes. Los daños y pérdida de los bienes de la Empresa o Institución, ocasionada Artículo 41º por negligencia del practicante serán de su entera responsabilidad.
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Artículo 42º El cumplimiento del presente Reglamento de Prácticas Pre– Profesionales para los alumnos de la Facultad es responsabilidad directa del Decano de Facultad, Dirección de Escuela Académico Profesional, Comisión de Prácticas pre-Profesionales, Secretaria Académica-Administrativa y del profesor Asesor. El incumplimiento injustificado por parte de alguno de los involucrados, dará lugar a una amonestación escrita como demérito mediante Resolución de Decanato o Resolución Facultativa, según sea el caso, con copia a su file personal.
CAPÍTULO X DISPOSICIONES FINALES Artículo 43º El presente reglamento deroga las normas anteriores y afines que se opongan, entrará en vigencia oficialmente a partir de su aprobación mediante Resolución Facultativa y ratificadas por Resolución de Consejo Universitario de la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión. Artículo 44º En los convenios de Prácticas Pre-Profesionales deben especificarse los alcances de carácter técnico, científico y de investigación que desarrollarán los practicantes para el logro de su formación profesional, así como las facilidades e incentivos a brindarse. Artículo 45º El período de prácticas, que no debe interferir el trabajo lectivo establecido según cronograma académico, debe cumplirse íntegramente según lo programado, no pudiendo el practicante abandonar o renunciar; salvo razones de fuerza mayor que lo justifiquen, lo cual deberá comunicarse por escrito en un plazo máximo de siete (07) días a la Dirección de Escuela en documento visado por el asesor. Si el caso amerita, deberá reprogramarse las prácticas. Toda la información referente a los trámites de gestión y evaluación, como Artículo 46º el desarrollo de las actividades concernientes a las prácticas preprofesionales forman parte de expediente del practicante; que al haber cumplido y aprobado satisfactoriamente está en condiciones de continuar con su trámite para optar el Grado Académico de Bachiller. El Plan de Prácticas, citado en inciso d) artículo 17º, constará de una Artículo 47º descripción de las tareas planificadas para la práctica y deberá tener a lo más 3 páginas tamaño A4, contendrá lo siguiente: Título, introducción, Objetivo general y específicos, alcance y limitaciones, justificación, y el cronograma de actividades programadas usando diagrama de GANTT. Los casos no contemplados en el presente Reglamento serán resueltos en Artículo 48º primera instancia por la Comisión de Practicas Pre Profesionales, en segunda instancia por la Dirección de Escuela Académico Profesional respectiva, y en última instancia por el Consejo de Facultad.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS ÚNICA
Al entrar en vigencia la Acreditación Curricular y Certificación de la Calidad Educativa, las prácticas pre-Profesionales pasarán a formar parte del Plan de Estudios correspondiente, con registro de matrícula y crédito respectivo. Para tal efecto; el presente reglamento deberá adecuarse al nuevo Proyecto Curricular de cada Escuela Académico Profesional.
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ANEXOS Anexo 1: FICHA DE REGISTRO DE PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES
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Anexo 2: MODELO DE CARTA DE PRESENTACIÓN
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Anexo 3: CONSTANCIA DEL ASESOR DE PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES
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Anexo 4: CONSTANCIA DE PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES DE EMPRESA
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Anexo 5: EVALUACIÓN DE LA EMPRESA - PRÁCTICAS PRE-PROFESIONAL
MWSD/MJJE/JMSB/BBLZ/JSOL/LMPA
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Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión FACULTAD DE INGENIERÍA QUÍMICA, METALURGIA Y AMBIENTAL
COMISIÓN DE PRÁCTICAS PRE-PROFE SIONALES FIQMyA Ficha de Registro Nº…… …-20….…. 1. DEL PRACTICANTE Apellidos y Nombres: …..…………………………………………………………………... Código Universitario: ..............................
DNI Nº: ..........................
Escuela Académico Profesional: ………………………………….……………..……….. Ciclo de Estudios: ………………………
Año de Egresado: …………...
Domicilio: ……………………… …………………… ……………………………………….. Teléfono: …………………
e-mail: …………………………….. …………………….
2. EMPRESA O INSTITUCIÓN RECEPTORA Razón Social: ………………………………………………………… ……………………. Dirección: …………………… …………………. …………………………………… ……… Teléfono: …………………
e-mail: …………………………….. …………………….
Gerente (Representante Legal): ….………..………………………………………………
3. CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LA PRÁCTICA Fecha de Inicio: ……………….……… ..
Fecha de Término: ........................ .....
Horario de trabajo: …………………………………………………………………………. Renovación/Ampliación: ………..……………
Hasta: ………………………….
Área asignada: ………………… …………………………………………………… ……….. Jefe de Área: ……………………………………………….……………..………………….. Jefe directo (Supervisor): ……………………………….………………………………….. Profesor Asesor: ……………….………………….…… …………………….…………….. Observaciones: ………………….………… ……………………………………. .………… Fecha registro,……………………………….
Presidente Comisión de Prácticas
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Director EAP
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M odelo
Carta de Pr esen tación
Huacho, fecha emisión Carta Nº
-201n-D–FIQ,M yA.
Señor: (Nombre de Gerente o Persona que atenderá petición). (Cargo Funcional - Nombre de Empresa / Compañía /Institución). Presente. ASUNTO:
Presentar al alumno/Egresado Prácticas Pre-Profesionales.
(Apellidos y nombres completos) -
De mi consideración: Es muy grato dirigirme a Ud. expresando nuestro cordial saludo a nombre de la Facultad de Ingeniería Química, Metalurgia y Ambiental; y a la vez para manifestar que en nuestra Facultad se forman profesionales con carácter INTEGRAL en lo Científico, Académico, Tecnológico, y en lo humanístico; que requieren asimilar la experiencia de su empresa (compañía, institución) para consolidar y aplicar sus conocimientos adquiridos en nuestras aulas, y estar aptos para contribuir al desarrollo del País. Dentro de las cualidades personales se destacan su espíritu inquisitivo, tenacidad y perseverancia para alcanzar las metas que se ha planteado; estas capacidades deben desarrollarse según lo dispuesto en la Ley Nº 28518 sobre modalidades Formativas Laborales, para cualquier información adicional estoy a su entera disposición Por estas consideraciones permítame presentarle a don (doña):
(Apellidos y nombres completos del practicante) , identificado con DNI Nº …., Egresado (estudiante del Ciclo nn) de la Escuela Académico Profesional de Ingeniería Química (Metalurgia, Ambiental), de ésta Casa Superior de Estudios, para quien éste despacho solicita a Ud. tenga a bien facilitar el desarrollo de sus Prácticas PreProfesionales en su prestigiosa empresa, compañía, institución. Agradeciendo por la deferencia a la presente, es propicia la oportunidad para reiterarle mi afecto y estima personal, deseando éxitos en su gestión.
Atentamente;
DECANO DE FACULTAD
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CONSTANCIA DEL ASESOR DE PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES Nº
-20 -FIQMyA/(Siglas docente)
El Ing. (nombres y apellidos completos) , docente adscrito al Departamento Académico de (Ciencias Básicas para la Ing. de Procesos /Ingeniería de Procesos) de la FIQMyA; Asesor de Prácticas Pre-Profesionales designado mediante R.D. Nº ……….FIQyM del (fecha emisión), que suscribe;
HACE CONSTAR: Que; don (doña) (nombres y apellidos completos), identificado(a) con DNI Nº ……….., alumno(a)/egresado(a) de la EAP de Ingeniería Química(/Metalurgia/Ambiental) con Código Universitario Nº …………………, ha realizado sus Prácticas Pre-Profesionales desde el (fecha inicio) hasta (fecha término), en la Empresa(Institución)………………… ubicada en la ciudad de ………….. Así mismo; ha cumplido los requisitos y procedimientos establecidos en el reglamento de prácticas pre-profesionales de la Facultad, desarrollando las prácticas asignadas y con la elaboración del informe respectivo, verificado y supervisado por el suscrito, intitulado:
“Título del Informe de prácticas pre-profesionales” el cuál está enmarcado dentro del perfil Curricular de la carrera Profesional de Ingeniería Química (Metalurgia/Ambient al).
Huacho, (Fecha presentación informe)
Ing. (nombres y apellidos completos, del Asesor) Ingeniero Químico (Metalúrgico/Ambiental). - Registro C.I.P. N° ......... Profesor (categoria dedicación) - Código Docente Nº .....
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CONSTANCIA DE PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES (De la Empresa, en su papel mebretado)
Por medio de la presente dejo constancia que el Sr.................. (Nombres y Apellidos del solicitante, tal cual la partida de nacimiento) ........................ ., identificada con DNI No ................., ha realizado sus Prácticas PRE-Profesionales en nuestra Empresa …………………… …………………..en el Área de ....................realizando las funciones de
………………………… desde ………(fecha de inicio)……… hasta ……………(fecha de término)………., acumulando un total de …….. horas de prácticas, habiendo aprobado
satisfactoriamente, dando a conocer en todo momento responsabilidad y eficiencia.
Expedimos esta certificación, a solicitud del interesado, para los fines que estime conveniente.
…………………………………. (Lugar y fecha)
………………………….……………….. Firma y Sello Representante de la Empresa
P.D.
Se adjunta el formato de evaluación de la empresa, en sobre cerrado.
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EVALUACIÓN DE LA EMPRESA - PRÁC TICA PROF ESIONAL I.
DATOS GENERALES DEL PRACTICANTE: 1. Apellidos y nombres:
...................................................................................................................................... 2. Carrera Profesionalidad: ……………………………………………………………….. 3. Período de Evaluación:
Del: .................................
II.
Al: ............................. Total Hrs. ..................................
DATOS GENERALES DE LA EMPRESA: 4. Razón Social: ........................................................................................................................
Dirección: ............................................................................ Telef.: ........................... 5. Supervisor Evaluador, designado por la Empresa:
Nombre: ....................................................................................................................... Cargo: ..........................................................................................................................
6. Lugar de Práctica: (especificar si es oficina, laboratorio, taller, unidad, etc.)
....................................................................................................................................... 7.
Tareas Asignadas:
8.
Observaciones:
Fecha:, ………., de ……………. del ………………….
Firma y sello de la persona encargada
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Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión FACULTAD DE INGENIERÍA QUÍMICA, METALURGIA Y AMBIENTAL III. CALIFICACIÓN REALIZADA POR LA EMPRESA Deficiente: 0.5
Regular: 1.0
Bueno: 1.5
CATEGORÍA A EVALUAR 1. COGNITIVAS
2. METODOLÓGICAS INSTRUMENTALES (Saber y saber hacer)
3. TECNOLÓGICAS 4. LINGÜÍSTICAS
5. INDIVIDUALES
COMPETENCIAS
PC, herramienta de trabajo Gestión de instrumentos, equipo Comunicación verbal Comunicación escrita Manejo idioma extranjero Automotivación Resistencia/adaptación al medio Sentido ético
6. SOCIALES
7. DE CAPACIDAD EMPRENDEDORA
Creatividad Espíritu emprendedor Capacidad innovadora
8. DE ORGANIZACIÓN
Gestión por objetivos Gestión de proyectos Desarrollo de la calidad
9. DE LIDERAZGO
Influencia inspiracional Consideración personalizada Estimulación intelectual Delegación y posicionamiento
10. DE LOGRO
Orientación al logro, y del cumplimiento de metas
(Saber ser)
(Destrezas y habilidades, Integrales)
CALIFIC.
Pensamiento: reflexivo, lógico, analógico, sistémico, crítico, creativo, práctico, deliberativo y colegiado. Organización del tiempo Estrategias de aprendizaje Resolución de problemas Toma de decisiones Planificación
Diversidad y multiculturalidad Comunicación interpersonal Trabajo en equipo Tratamiento de conflictos Negociación
INTERPERSONALES
SISTÉMICAS
Excelente: 2.0
TOTAL ( Máximo 20.0) Firma y sello de la persona encargada
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