Derecho mercantil 5to corte
Títulos Valores definición y clasificación. Letra de cambio definición, sujetos en la letra de cambio; endoso; aval; vencimientos de la letra de cambio. / Cheque !efinición, sujetos del cheque Los Títulos Va Valores lores Un Tí Títu tulo lo Valor es un docu documen mento to merc mercan anti till en el qu que e est está á in incor corpo porad rado o un de derec recho ho pr priv ivad ado o patrim pat rimoni onial, al, por lo que el ejercic ejercicio io del derech derecho o est está á vin vincula culado do jur jurídi ídicame camente nte a la pos posesi esión ón del documento. La legislación venezolana define los títulos valores como un documento relativo a un derecho privado de naturaleza camiaria ! que es necesario para el derecho literal ! autónomo e"presado en el mismo. #l tí títu tulo lo va valo lorr se seg$ g$n n %a %ar roza oza,, #. &' &'(() (()*+ *+ es un en enla lace ce pe perm rman anen ente te en un una a rel relac ació ión n ju jurí rídi dica ca su!acente con un documento que dee elaorarse con los requisitos legales para que tenga la condición jurídica de título valor-. #n concreto los títulos valores más utilizados en el tráfico mercantil son+
La letra de camio.
#l cheque.
#l pagar/.
Clasificación de los Títulos Valores. '. Títulos valores a la orden+
0on 0o n aq aque uell llos os qu que e se e" e"ti tiend enden en a fa favo vorr de un una a per perso sona na de dete term rmin inad ada, a, pud pudie iend ndo o /st /sta a transmitirlos a otra persona por medio de la fórmula del endoso.
1o es necesario notificar a la persona oligada al pago &deudor* la transmisión efectuada. 2eiendo 2eien do res respond ponder er el endo endosant sante e &acr &acreedo eedorr ori origin ginal al o post posteri eriores ores** fre frente nte al end endosa osatar tario io &acreedor actual* de la solvencia económica de la persona oligada al pago.
3 este este tipo de título valor pertenece la letra de camio. camio.
4. Títulos valores al portador+
0on aquellos que reconocen un derecho a favor de la persona indeterminada que posea el documento.
0e pueden transmitir estos títulos valores por la mera entrega del documento a otra persona. 2eiendo aonar el cr/dito el emitente &deudor* en la fecha del vencimiento a cualquier poseedor legítimo.
3 este tipo de título valor pertenece el cheque al portador.
5. Títulos valores nominativos+
0on aquellos que reconocen un derecho a favor de una persona determinada.
6ara la transmisión de estos títulos valores, además de la entrega del documento, es necesaria notificación al emitente &deudor* para la inscripción de la misma en su liro registro de títulos
3 este tipo de título valor pertenece el pagar/ ! el cheque nominativo.
L" L#T$" !# C"%&'( #s el título de cr/dito formal ! completo que contiene la oligación de pagar, sin contraprestación una cantidad determinada en dinero, al vencimiento ! lugar e"presado en el mismo. #s un título valor que se e"tiende por una persona &acreedor lirador* ! recoge una oligación de pago aceptada por otra persona &deudor lirado* de una cantidad determinada en la fecha de su vencimiento. #n el caso de transmisión de la letra de camio, mediante la fórmula del endoso, el pago deerá realizarse al endosatario &acreedor actual*. 2eiendo responder el endosante &acreedor original o posteriores* frente al endosatario &acreedor actual* de la solvencia económica de la persona oligada al pago &deudor*. Vencimiento #l vencimiento, o momento del pago, puede ser+ 3 la vista+ deiendo pagarse en el momento de su presentación. 3 un plazo contado desde la fecha del liramiento. 3 un plazo contado desde la vista. #ndoso La letra de camio !, por tanto, el derecho de coro, se puede transmitir a otra persona mediante la fórmula del endoso tantas veces como se quiera. #n caso de endoso el pago deerá realizarse por el lirado &deudor* al endosatario &acreedor actual*. 2eiendo responder el endosante &acreedor original o posteriores* frente al endosatario de la solvencia económica del lirado. La declaración del endosante se dee realizar en el reverso de la letra de camio, en el espacio destinado al endoso.
"val #l aval es el compromiso que adquiere una tercera persona de realizar el pago, en caso de no hacerlo el lirado. 6udiendo comprender la totalidad de la deuda o parte de ella. #l aval se dee hacer constar en el reverso de la letra de camio. #l aval puede definirse como una institución típicamente camiaria, que tiene por finalidad garantizar el pago de la letra de camio. #sa garantía tiene como función, entre otras, reforzar la capacidad circulatoria de la letra de camio. #L C)#*+#. #s un título valor emitido por una persona &lirador* en el que se contiene una orden de pago a cargo de otra &lirado* a favor del tenedor legítimo del documento &lirador o tercero*. La emisión del cheque dee lirarse necesariamente contra un anco o entidad de cr/dito que tenga fondos e"istentes a disposición del lirador. #l concepto de cheque engloa tami/n el concepto de talón. unciones #l cheque nos permite disponer de nuestros fondos en un anco o entidad de cr/dito ! utilizarlo como medio de pago. 2iferencia con la letra de camio+ La letra de camio contiene una orden de pago a una persona concreta designada en el título valor. 7ientras que en el cheque la orden de pago va dirigida a un anco o entidad de cr/dito, que, teniendo fondos disponiles del lirador, dee hacerla efectiva a favor del tenedor legítimo del título valor. #lementos -ersonales Lirador+ persona que emite el cheque, dando la orden de pago. Lirado+ anco o entidad de cr/dito al que va dirigido la orden de pago. Tenedor+ persona poseedora del título en cada momento !, por tanto, destinataria del pago. #ndosante+ tenedor que transmite el cheque. #ndosatario+ persona a cu!o favor se realiza el endoso. 3valista+ persona que garantiza, en todo o parte, el pago.