Conceptos de Medio Ambiente, Institucionalidad Ambiental Ambiental y Calidad Marion Mora Baeza Normativa de Calidad y Ambiente Instituto IACC 05-11-201
Instrucciones! "e acuerdo a lo #ue pueda investi$ar de la p%$ina de la &uperintendencia de Medio Ambiente '(((!sma!$ob!cl), bus#ue un procedimiento sancionatorio e indi#ue!
1!- Nombre de la empresa Criaderos C*ile Min+ tda!
2!- Indi#ue los *ec*os #ue son sancionados n &antia$o 12 de .ulio de 201, la &uperintendencia del Medio Ambiente, procedi/ a ormular car$os en contra de la empresa Criaderos Min+ tda!, debido a una serie de incumplimientos ambientales en la planta de enderin$, ubicada en la comuna de Mostazal, e$i/n del ibertador Bernardo 34i$$ins, empresa dedicada a producir in$redientes para la elaboraci/n de alimento de consumo animal, y #ue ue sancionada por un total de incumplimientos ambientales realizados por la &uperintendencia del Medio Ambiente y proesionales de la &eremi de &alud de la re$i/n de 34i$$ins! a empresa ue sancionada por denuncias continuas de la comunidad, siendo estos por malos olores, presencia de vectores, ratones, mal mane6o de residuos peli$rosos y residuos s/lidos, uera del %rea autorizada, no se realiz/ el mane6o de olores en base a lo comprometido en la evaluaci/n ambiental, no utiliz/ los e#uipos t7cnicos e8i$idos a la empresa '*i$r/metros de suelo), ni entre$ar antecedentes #ue acrediten la certiicaci/n de los mismos)!
9!- Clasiicaci/n de la sanci/n as inracciones a las #ue ue sancionada esta empresa ueron leves y $raves! &e destaca #ue una inracci/n leve puede ser ob6eto de una amonestaci/n o multa *asta 1!000 :nidades ;ributarias Anuales, mientras #ue una $rave puede ser ob6eto de revocaci/n de la CA, clausura o multa de *asta 5!000 :;A! Coneccione un or$ani$rama con la conormaci/n de los ;ribunales Ambientales e indi#ue sus atribuciones en materia ambiental!
CORTE SUPREMA TRIBUNALES AMBIENTALES (ACCESO A LA JUSTICIA AMBIENTAL. RESOLUCION DE CONTROVERSIAS)
CONSEJO DE MINISTROS DE LA SUSTENTABILIDAD MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE POLITICA Y REGULACION
SERVVICIO DE BIODIVERSIDAD Y AREAS PROTEGIDAS (EN TRÁMITE)
SUPERINTENDENCIA DEL MEDIO AMBIENTE (FISCALIZACION, SANCIONES Y SEGUIMIENTO)
COMITE DE MINISTROS SERVICIO DE EVALUACION AMBIENTAL (ADMINISTRACION DEL SEIA)
Atribuciones en materia ambiental os ;ribunales Ambientales son /r$anos 6urisdiccionales especiales, #ue se encuentran su6etos a la superintendencia directiva, correccional y econ/mica de la Corte &uprema, teniendo como atribuciones de resolver las controversias medio ambientales de su competencia, ocup%ndose y ocuparse de los dem%s asuntos #ue la ley somete a su conocimiento! Investi$ue sobre un caso en C*ile donde se *aya tenido #ue aplicar la ey del Consumidor y e8pli#ue cu%l es la inracci/n en #ue incurri/ la empresa sancionada! n la ciudad de ;emuco ue sancionada la empresa
a cancelado con la tar6eta y la persona no *ab>a pa$ado su estado de cuenta!
A pesar de innumerables reclamos de parte de la consumidora ante a ocal de ;emuco! n el ;ribunal los abo$ados de la empresa 6ustiicaron #ue ellos no tienen la autoridad de enviar antecedentes a "ICM, por tanto no ueron ellos los responsables, pero al encontrarlos culpables de los cobros indebidos y *aber enviado a la clienta a "ICM!
Cu%les son los art>culos de la ey 1! #ue otor$aron la protecci/n al consumidor y cu%les est%n asociados a la calidad del servicio! - &e encuentran establecidos en el art! 9 y lo #ue puede traer precisamente rele8iones interesantes es su letra e, en cuanto seDala la reparaci/n e indemnizaci/n de todos los daDos materiales y morales en caso de incumplimiento a lo dispuesto en esta leyE como acaba de verse, consa$ra e8presamente la posibilidad #ue se indemnice el daDo moral ori$inado en el incumplimiento de un contrato! - Mayor prota$onismo del consumidor para la deensa de sus derec*os, la ley les *a e8i$ido a estos un comportamiento de mayor responsabilidad en t7rminos #ue a ra>z de una denuncia declarada temeraria por sentencia 6udicial lo e8pone al pa$o de multas #ue pueden lle$ar *asta 50 :!;!M! 'art! 55)! - elacionando lo contenido en la letra e del art! 9 con el art! 12 de la misma ley sin otras consideraciones, podr>a inerirse la posibilidad de una demanda de indemnizaci/n sin anteceder la inraccional! - Consa$ra el principio rector de la deensa del consumidor, su art! , en cuanto establece la irrenunciabilidad de sus derec*os por estimarse #ue el consumidor se encuentra en una situaci/n de inerioridad en relaci/n al proveedor!
Cu%les est%n asociados a la calidad del servicio "C4 A A CAI"A" I"NI"A" " & BIN& ":AB& a actual le$islaci/n, ey 1! sobre protecci/n de los derec*os de los consumidores y sus modiicaciones le$ales, constituido por el "erec*o a la calidad esperada de bienes durables #ue se ad#uieran en el mercado, el cual eso s>, se puede desprender de varias normas consa$radas en la ?C, especialmente a partir del p%rrao 5, ;itulo II, de la responsabilidad por incumplimiento!
a calidad se deine, como la aptitud o idoneidad para satisacer el prop/sito natural a #ue se destina el respectivo bien o servicio, como tambi7n el $rado en #ue uno u otro resultan acordes a ciertos descriptores o caracter>sticas incorporados en una norma o ponderados por el proveedor en su publicidad! dad, entendiendo 7sta como la alta de coincidencia entre lo #ue el consumidor espera y lo #ue en deinitiva recibe, dependiendo de la calidad y cantidad de inormaci/n recibida en los momentos precontractuales de una venta de un bien de consumo!
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