Sentencia de Corte Suprema de Justicia Sala Civil Permanente de 11 de Julio de 2005 (Expediente: 000918-200! Procedimiento: Materia: Fecha de Resolución: E#$ediente: Emisor:
CASACION SUCESIONES 11 de Julio de !!" !!!%1&'!!( Sala Ci)il Permanente
RESUMEN ERROR ERROR IU*ICA IU*ICAN*O N*O:: AFEC+ FEC+ACION CION A, PRINCI PRINCIPIO PIO *E -A,ORACI ,ORACION ON *E PRUE.AS CON+ENI*O COR+E SUPREMA *E JUS+ICIA *E ,A REP/.,ICA SA,A CI-I, +RANSI+ORIA CAS %1&'!!( ,IMA Petición de 0erencia ,ima once de 2ulio del dos mil cinco3 ,A SA,A CI-I, +RANSI+ORIA *E ,A COR+E SUPREMA *E JUS+ICIA *E ,A REP/.,ICA -ista la causa n4mero no)ecientos dieciocho dos mil cuatro en Audiencia P45lica de la 6echa 7 $roducida la )otación con arre8lo a ,e7 emite la si8uiente sentencia: MA+ERIA MA+ERIA *E, RECURSO Se trata el recurso de casación inter$uesto $or ,oren9o Matas Ana7a Samanie8o re$resentado $or su a$oderado Perc7 E6ran A7las Jes4s mediante escrito de 6o2as trescientos cincuentisiete contra la resolución emitida $or la Se#ta Sala Ci)ilde la Corte Su$erior de Justicia de ,ima de 6o2as trescientos cincuentiuno su 6echa diecinue)e de a8osto del dos mil tres ;ue Con6irmando ta resolución a$elada en el e#tremo ;ue declar declaraa Im$roc Im$rocede edente ntess las tachas tachas 7 Funda Fundada da la deman demanda da de $etici $etición ón de herenc herencia ia
res$ecto de la menor s Ana7aMena de5iendo concurrir con los demandados en la sucesión intestada delcausante anotada en los Re8istros de Sucesiones Intestadas= con condena del $a8o de costas 7 costos de la $arte )encida= Re)ocaron el e#tremo ;ue declara 6undada la demanda de $etición de herencia res$ecto de Oscar Julio 7 ,oren9o Matias Ana7a Samanie8o= Re6orm>ndola la declararon Im$rocedente en ese e#tremo= inte8raron la a$elada 7 declararon Im$rocedente la recon)ención= FUN*AMEN+OS *E, RECURSO ?ue concedido el recurso de casación 6ue declarado $rocedente $or resolución del )eintiuno de ma7o del dos mil cuatro $or la causal $re)ista en el inciso se8undo del artculo trescientos ochentis@is delCódi8o Procesal Ci)il esto es la ina$licación de normas de derecho material sosteniendo ;ue los Ma8istrados de la Sala Su$erior al momento de resol)er han o5)iado lo $rescrito en el artculo trescientos ochentisiete del Códi8o Ci)ilre6erido a la $rue5a de la 6iliación e#tramatrimonial= dicho artculo claramente $rescri5e ;ue el reconocimiento 7 la sentencia de la $aternidad o maternidad son COR+E SUPREMA *E JUS+ICIA *E ,A REP/.,ICA SA,A CI-I, +RANSI+ORIA CAS %1&'!!( ,IMA Petición de 0erencia los 4nicos medios de $rue5a de la 6iliación e#tramatrimonial= a8re8a el recurrente ;ue @l 7 su hermano 6ueron inscritos $or mandato 2udicial el cual deri)ó de una sentencia la misma ;ue al no ser a$elada ;uedó $lenamente consentida 7 $recisa ;ue el $roceso de inscri$ción de dichas $artidas de nacimiento 6ue solicitado $or el $ro$io causante cum$liendo incluso con reali9ar las $u5licaciones de le7 $or ante el diario O6icial El Peruano lo cual se acredita con el e#$ediente ;ue o5ra en autos 7 los o6icios de 6o2as cinco 7 siete= es as ;ue el recurrente sostiene ;ue tanto @l como su hermano han acreditado $lenamente su condición de hi2os res$ecto a su causante Nicol>s Ana7a Mena 7 como tal decon6ormidad al Códi8o Ci)il 7 la Constitución Poltica del Estado son herederos6or9osos del antes citado causante= CONSI*ERAN*O PRIMERO ' ?ue el recurso de casación tiene como 6ines esenciales la correcta a$licación e inter$retación del derecho o52eti)o 7 la uni6icación de la 2uris$rudencia nacional de la Corte Su$rema de Justicia con6orme se seBala en el artculo trescientosochenticuatro del Códi8o Procesal Ci)il= SEUN*O
' ?ue la causal de ina$licación de una norma de derecho material se con6i8ura cuando los ma8istrados de m@rito no han a$licado una dis$osición 2urdica cu7a a$licación hace cam5iar la decisión ado$tada $or estos en el $resente con6licto intersu52eti)o de intereses atendiendo a la transcendencia de @sta en los autos el artculo trescientos ochentisiete del Códi8o Ci)il dice ;ue: el reconocimiento 7 la sentencia declaratoria de la $aternidad o la maternidad son los 4nicos medios de $rue5a de la 6iliación e#tramatrimonial= +ERCERO ' ?ue en el caso de autos los actores inter$onen demanda de $etición de herencia a 6in de concurrir $or tener )ocación sucesoria con los demandados ;uienes son hi2os de ;uien en )ida 6ue Nicol>s Ana7a Mena= CUAR+O ' ?ue sustentan su $retensión Oscar Julio Ana7a Samanie8o 7 ,oren9o Matas Ana7a Samanie8o en las $artidas de nacimiento inscritas $or mandato 2udicial de 6echas seis de a5ril de mil no)ecientos ochentinue)e 7 doce de ma7o del mismo aBo res$ecti)amente COR+E SUPREMA *E JUS+ICIA *E ,A REP/.,ICA SA,A CI-I, +RANSI+ORIA CAS %1&'!!( ,IMA Petición de 0erencia mientras ;ue mite la demanda 7 corri@ndose traslado a los demandados estos contestan la demanda ale8ado entre otros ar8umentos ;ue Oscar Julio Ana7a Samanie8o 7 ,oren9o Matas Ana7a Samanie8o a$arecen inscritos $or mandato del *ecreto ,e7 n4mero diecinue)e mil no)ecientos ochentisiete dado el diecisiete de a5ril demil no)ecientos setentitr@s en donde a$arece ;ue su $adre es Ale2andro JuiDa N>Ba lo cual $retenden acreditar con las $artidas de nacimiento res$ecti)as= SE+O ' ?ue el A ?uo haciendo uso de su 6acultad contenida en el artculo ciento no)enticuatro del Códi8o Procesal Ci)il esto es de reco$ilar in6ormación $ara la resolución del con6licto intersu52eti)o de intereses ordena se o6icie al archi)o res$ecti)o a 6in de ;ue se remita el e#$ediente se8uido $or Nicol>s Ana7a Mena ;ue es el causante so5re inscri$ción de $artida de nacimiento lo cual se reali9a $or o6icio de 6o2as doscientos no)entiuno el mismo ;ue 6ue in8resado al $roceso mediante Resolución n4mero treinta de 6o2as trescientos=
SE+IMO ?ue el A ?uo al resol)er la contro)ersia declara 6undada la demanda de los actores 7 sostiene res$ecto del ar8umento es8rimido $or los demandados en su contestación a la demanda 7 ;ue ha sido descrito en el considerando ;uinto de esta sentencia ;ue las $artidas de nacimientos de 6o2as setentitr@s a setenticuatro no han sido inscritas $or declaración de la madre de los demandantes -ictoria Paulina Samanie8o Na)arro ni contienen el reconocimiento del su$uesto $adre 7 si 5ien acreditan el nacimiento no acreditan el entroncamiento con nin8uno de los $adres= OC+A-O ' ?ue a$elada esta resolución $or los demandados 7 a5suelto el 8rado $or la Sala Re)isora @sta con6irma su decisión res$ecto de ndola la declara im$rocedente atendiendo a ;ue la condición de hi2os del causante no se encuentra de5idamente acreditada res$ecto de los demandantes COR+E SUPREMA *E JUS+ICIA *E ,A REP/.,ICA SA,A CI-I, +RANSI+ORIA CAS %1&'!!( ,IMA Petición de 0erencia Oscar Julio 7 ,oren9o Matas Ana7a Samanie8o $or cuanto la 6iliación no est> acreditada en 6orma indu5ita5le m>#ime si con 6echa anterior a la solicitud de inscri$ción de las $artidas 7a ha5an $artidas inscritas como se ad)ierte de 6o2as setentitr@s 7 setenticuatro= NO-ENO ' ?ue anali9ando 2urdicamente la situación acaecida en este caso e nde$endentemente de lo ;ue decida el Cole8iado Su$erior se conclu7e ;ue la Sala Re)isora no $uede re)ocar una sentencia sin ha5erse $ronunciado en 6orma ca5al 7 com$leta so5re los medios $ro5atorios 7 ar8umentaciones de las $artes m>s a4n si es ;ue $retende reconocerle el derecho a uno 7 desconoc@rselo a otros dos su2etos actores en este $roceso sin ;ue ha7a mediado ma7or 6undamento 7 an>lisis= *ECIMO '?ue es $reciso resaltar ;ue en sede Corte Casatoria no ca5e el ree#amen de los elementos $ro5atorios lo cual es un 6actor determinante en la resolución de este con6licto intersu52eti)o de intereses $uesto ;ue am5as $artes han $resentado $rue5as ;ue sustentan su $osición las cuales de5er>n ser cote2adas con las dis$osiciones 2urdicas a$lica5les a 6in de determinar la e6icacia 7 e#tensión delos documentos ;ue se est>n )alorando=
UN*ECIMO ' ?ue $or ende ante la ineludi5le la5or de ree#aminar los elementos $ro5atorios 7 a 6in de no a6ectar el derecho de las $artes e#ce$cionalmente de5e remitirse el e#$ediente a la Sala Su$erior a 6in de ;ue @ste ente Cole8iado renue)e el acto $rocesal 7 e#$ida una nue)a sentencia en donde cum$la su la5or re)isora de todo el caudal $ro5atorio 7 emita una sentencia ;ue resta5le9ca la $a9 social en 2usticia con6orme se lo e#8e la le7= $or las ra9ones e#$uestas de con6ormidad con el a$artado dos $unto uno del inciso se8undo del artculo trescientos no)entis@is del Códi8o Procesal Ci)il: declararon: FUN*A*O el recurso de casación inter$uesto a 6o2as trescientos cincuentisiete $or ,oren9o Matas Ana7a Samanie8o en consecuencia: NU,A la resolución de )ista de 6o2as trescientos cincuentiuno= su 6echa diecinue)e de a8osto del dos mil tres= OR*ENARON ;ue la Se#ta Sala Ci)il de la Corte Su$eror de Justicia de ,ima )uel)a a emitir nue)o 6allo con COR+E SUPREMA *E JUS+ICIA *E ,A REP/.,ICA SA,A CI-I, +RANSI+ORIA CAS %1&'!!( ,IMA Petición de 0erencia arre8lo a le7= *ISPUSIERON la $u5licación de la $resente resolución en el *iario O6icial El Peruano 5a2o res$onsa5ilidad= en los se8uidos $or ,oren9o Matas Ana7a Samanie8o 7 otros con *omitila -alladares .aldeón 7 otros so5re Petición de 0erencia= 7 los de)ol)ieron3' S3S3 ROMAN SAN+IS+E.AN +ICONA POS+IO ,OA EA SAN+OS PEGA PA,OMINO ARCIA