INSTITUCIÓN EDUCATIVA N° 1156 “JOSÉ SEBASTIÁN BARRANCA”
UGEL N° 03 - LIMA CERCADO R.I./CCESA- GTR. 1
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Visto el Anteproyecto del Reglamento Interno de la I.E. Nº 1156 “SEBASTIÁN BARRANCA LOVERA” UGEL Nº 03, presentado por la Comisión de Elaboración del Reglamento Interno del plantel, integrado por: Director: Profesores:
Ccesa Rayme, Demetrio Gina Torres Ruiz Rudy Muñoz Huerta
Presidente de la Comisión. Miembros
CONSIDERANDO: Que, es necesario contar con un instrumento técnico actualizado que norme la vida institucional para garantizar un eficiente servicio a la comunidad. Que, la formulación del presente documento guarda correspondencia con los dispositivos legales vigentes, Ley 28123, el reglamento de Educación Básica Regular DS Nº013– 2004 – ED, el Plan Operativo para todos 2005 – 2015 – Perú RM 0592 – 2005 – ED, Ley del Profesorado Nº 24029, Ley de la Carrera Pública Magisterial, R.M.Nº627-MINEDU y Directivas para la Gestión y Desarrollo de Actividades de Inicio del Año Escolar 2017. SE RESUELVE: 1.
APROBAR el Reglamento Interno para la ejecución en el año escolar 2017 en la Institución Educativa N º 1156 “SEBASTIÁN BARRANCA LOVERA”, como instrumento de gestión interna y de cumplimiento obligatorio para todos los integrantes de la Institución Educativa.
2.
ENCARGAR al Personal y Estudiantado en general el fiel cumplimiento y su correspondiente evaluación.
3.
COMUNICAR a la UGEL Nº 03 remitiendo un ejemplar para su cumplimiento y demás fines.
Regístrese y comuníquese
DIRECTOR DEL PLANTEL
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ESTRUCTURA DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA N° 1156 “SEBASTIÁN BARRANCA”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL ÍNDICE PRESENTACIÓN CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES. 1.1. Alcances 1.2. Bases legales CAPÍTULO CAPÍTULO II: III:
PRINCIPIOS FINES DEBERES Y YDERECHOS 3.1. Deberes y derechos: Del Personal Directivo. Del Personal Administrativo Del Personal Docente De Tutoría De los Estudiantes De los Padres de Familia. Del CONEI De la APAFA 3.2. Funciones del Personal de la I.E. Funciones del Docente Funciones del Auxiliar de educación Funciones del Profesor de Educación Física
Funciones del Tutor Funciones del Técnico Administrativo Funciones del Personal de Servicio II Funciones del Personal de Servicio III – Portero Funciones del Personal de Servicio III – Guardián Funciones de los Padres de Familia Funciones de Comisión de Escuela de Padres Funciones del Consejo Educativo Institucional (CONEI) Funciones del Municipio Escolar. Funciones del Alcalde (sa) Funciones del Teniente alcalde (sa): Funciones del Regidor de educación, cultura y deporte.
Funciones del Regidor de salud y medio ambiente.
Funciones del Regidor de producción y servicios. Funciones del Regidor de derechos del niño(a) y adolescente. Funciones del Policía Escolar. Funciones de Defensa Civil. Funciones de Defensoría del Niño y el Adolescente DE LA ORGANIZACIÓN DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA. 4.1. Estructura Organizacional: organigrama 4.2. Académico: Comisión de Apoyo Pedagógico 4.3. Programación Curricular 4.4. Calendarización del Año Escolar
CAPÍTULO IV:
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CAPÍTULO V:
CAPÍTULO VI:
CAPÍTULO VII: CAPÍTULO VIII: CAPÍTULO IX:
4.5. Horarios 4.6. Jornada de Trabajo y Régimen de Vacaciones 4.7. Supervisión Educativa o Monitoreo Técnico Pedagógico. EL PROCESO DE MATRÍCULA, EVALUACIÓN, REPITENCIA CERTIFICACIÓN 5.1. Matrícula y Rectificación 5.2. Evaluación del Educando 5.3. Repitencia 5.4. Del Certificado ESTÍMULOS, FALTAS Y SANCIONES 6.1. Remuneración por Escalas Magisteriales 6.2. Premios y Estímulos 6.3. Sanciones 6.4. Falta de los Trabajadores Administrativos 6.5. De los Estímulos del Estudiante 6. 6. De la Presentación Personal 6.7. De las Sanciones 6.8. De la Participación de los estudiantes 6.9. De las faltas y prohibiciones de los Padres de Familia. DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS DEL INVENTARIO Y SU USO RELACIONES DE COORDINACIÓN 9.1. RELACIONES DE COORDINACIÓN 9.2. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS.
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REGLAMENTO INTERNO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA Nº 1156 “JOSÉ SEBASTIÁN BARRANCA LOVERA”
PRESENTACIÓN
El presente Reglamento Interno de la Institución Educativa 1156 "JOSÉ SEBASTIÁN BARRANCA LOVERA" ubicado en Jr. Huarancayo 168 Conde de la Vega Baja, tiene el propósito de establecer la normatividad aplicable a todos y cada uno de los agentes de la comunidad educativa de nuestra Institución. Es el deseo del Plantel que se trabaje de manera coordinada y óptima en todos sus estamentos cuyo beneficiario fundamental es el educando, para ello el presente documento será la herramienta administrativa y pedagógica primordial que potencialice nuestra labor. Dicho reglamento se ha elaborado teniendo en cuenta sobre todo las tendencias actuales que rigen el mundo en sus ámbitos sociales, culturales, educativos, religiosos, científicos y tecnológicos. Cumplir y hacer cumplir el presente reglamento interno es tarea de todos los que tenemos responsabilidad en la conducción y formación de nuestros garantizar mayores niveles de eficiencia en el cumplimiento de nuestras funciones propias deleducandos cargo que para desempeñamos. A través del presente documento se pone énfasis a la labor humana potenciando las relaciones e incidiendo en el aspecto académico en lo formativo y promoviendo la creatividad y criticidad. Confiamos en que el presente Instrumento de Gestión contribuirá a consolidar las buenas relaciones y forma de vida alinterior de nuestra Institución Educativa.
DIRECCIÓN DEL PLANTEL
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CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES. ART. 01°. 1.1.
Alcances: Personal Directivo Personal Docente. Personal Auxiliar de Educación
Personal Administrativo. Estudiantes. Padres, Madres y Apoderados.
ART. 02°. 1.2. Bases Legales El Presente Reglamento tiene Base Legal y se sustenta en: Constitución Política del Perú de 1993 Ley general de Educación Nº 28044. Ley No. 29944. Ley de la Reforma Magisterial y su Reglamento. Ley del Profesorado Nº 24029 y su Modificatoria Nº 25212 Ley 25035 de simplificación Administrativa y su reglamento. Ley 28628 Ley que regula la participación de los Padres de familia en la Instituciones Educativas y su reglamento aprobado por D.S. 004 – 2006 – ED Creación de movilización por la
alfabetización. D.S. N° 016-01- ED Reglamento de APAFA. Reglamento de la ley del Profesorado aprobado D.S. Nº 019-90-ED. D.S. N° 050-82-ED Reglamento del sistema de Supervisión Educativa. Ley de Bases de la Carrera Administrativa de Remuneraciones del Sector Público D.S.276 Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa D.S. Nº 005-90-PCM. Reglamento de Educación Primaria D.S. Nº 03-83-ED. Reglamento de Educación Secundaria Nº 04-83-ED. Ley 11377 y su reglamento. Ley Nº 27740 Ley de bases de la descentralización. R.D. 732/1995 del 5 de mayo, artículos 54-56. Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Ley Nº 28740 Ley del sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación. R.M. 016 - 96 E.D. Norma para el Desarrollo de las Actividades Educativas 1996. RM N°168-2002-ED Normas para la Gestión y Desarrollo de las Actividades en los Centros y Programas Educativos. RM N° 0710 – 2005 – ED. Normas para la Gestión de las Actividades en los Centros y programas Educativos. R.M. N° 0048- 2005 – ED. Orientaciones y Normas Nacionales para la Gestión en las Instituciones de Educación Básica.
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R.M. N° 0234 – 2005 – ED. Directiva sobre Evaluación de los Aprendizajes de los Estudiantes en la educación Básica Regular. R.M. Nº 627 - 2016 - MINEDU “Norma Técnica para el Desarrollo de las Actividades Educativas 2017” CAPÍTULO II PRINCIPIOS Y FINES
ART. 03°. La Institución Educativa Nº 1156 “José Sebastián Barranca” tiene los siguientes principios: a) El rescate en la práctica de valores que posibiliten la formación adecuada del educando desarrollando el respeto mutuo entre todos los miembros de la Comunidad Educativa. b) La I.E. es un elemento Integral del sistema de la educación peruana, rigiéndose por la normatividad que abarca dicho sistema. c) La I.E. es una institución social fundamental que brinda servicios educativos acordes con los cambios que se dan en la realidad, en sus diversas formas y niveles. d) La estructura orgánica de la I.E. es suficientemente flexible y dinámica de tal manera que se adecua a las necesidades de su medio y al requerimiento de los servicios que brinda. e) Sustenta su acción pedagógica en el desarrollo de habilidades y competencias orientadas al desarrollo creativo y en la permanente evolución de valores y aptitudes adecuadas, enmarcadas por el aprendizaje significativo del educando, respetando la realidad existente, hacia la búsqueda de un cambio social más justo y equitativo de acuerdo a las múltiples culturas presentes en nuestro País. f) Centralidad de los alumnos. g) Práctica, vivencia de valores. h) Interculturalidad, equidad. ART. 04°. El presente Reglamento, norma la organización y funcionamiento de la I.E. N° 1156 “José Sebastián Barranca” en sus aspectos técnico – pedagógico y administrativo precisando las relaciones entre los órganos Internos y las pautas de comportamiento de cada uno de sus integrantes. ART. 05°. El presente reglamento alcanza a todos los estamentos integrantes de la comunidad de la I.E. N° 1156 “José Sebastián Barranca Lovera”. ART. 06°. De estos principios rectores, se derivan los fines específicos de la Institución Educativa: Educar para el auto perfeccionamiento individual y colectivo mediante la permanente capacitación de competencias personales que la habiliten para el pleno ejercicio de sus facultades y potencialidades y la habilitación para el trabajo. a) Educar para contribuir al desarrollo social, económico y cultural del Perú; y su adecuación tecnológica y crecimiento científico. b) Educar para el desarrollo y fortalecimiento de una conciencia ecológica acorde a las necesidades humanas. c) Educar para promover la paz como acción individual y colectiva de todos los miembros de la I.E. R.I./CCESA- GTR. 7
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d) Educar y prevenir la aparición de manifestaciones violentas que puedan generarse en el Centro. e) Educar para mejorar la convivencia a partir de un programa de intervención sobre las relaciones personales en la Institución Educativa para la resolución de conflictos. CAPÍTULO III DEBERES Y DERECHOS ART. 07°. 3.1. Deberes y derechos: Del personal directivo.
El Director es la primera autoridad de la Institución Educativa. Es responsable de la planificación, la programación, organización, conducción, desarrollo, monitoreo, supervisión, evaluación y control de las acciones técnico-pedagógicas, administrativas y de formación general. Son derechos del Director de la I.E a) Recibir una formación especializada para el ejercicio del cargo. b) Recibir una remuneración correspondiente a su responsabilidad c) Recibir información de todo lo relacionado con la actividad educativa y administrativa, por el personal correspondiente. d) Respeto a sus decisiones por parte de sus estudiantes, profesores y padres de familia. Son deberes y funciones del Director de la I.E. a) Representar legalmente a la Institución b) Formular la política educativa y control directo de la I.E. c) Velar por los objetivos institucionales y asegurar la calidad la I.E. d) Organizar y dirigir la acción de Acompañamiento y Monitoreo. e) Organizar el proceso de matrícula, fijar las vacantes, autorizar el traslado de matrícula y exoneración de asignaturas, así como las pruebas de ubicación. f) Autorizar la rectificación de nombres y apellidos de los educandos en los documentos pedagógicos oficiales. g) Expedir certificados de Estudios. h) Autorizar visitas de estudio, excursiones dentro del ámbito departamental. i) Autorizar la adquisición de libros de texto y material escolar. j) Estimular o corregir, según los casos a los estudiantes de la I.E., de conformidad a las normas establecidas. k) Velar por el mantenimiento y actualización de los recursos materiales. l) Velar por el cumplimiento del calendario escolar y del horario lectivo de Profesores y Estudiantes y por el orden y disciplina en I.E. con la colaboración de las instancias respectivas y del CONEI en casos de faltas graves. m) Otorgar permiso al personal a su cargo hasta por tres (03) días al año, en casos debidamente justificados. n) Estimular al personal a su cargo por acciones extraordinarias o por situaciones que estime convenientes. o) Firmar todos los documentos oficiales de los diferentes servicios que brinda la Institución Educativa. p) Presidir la Comisión encargada de otorgar la administración del quiosco, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes y demás comisiones o comités de la Asociación de PPFF. q) Formular el cuadro de necesidades de bienes y servicios. r) Promover acciones de actualización del personal a su cargo. R.I./CCESA- GTR. 8
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s) Asesorar a la Asociación de Padres de Familia y Comités de Grado y cautelar su movimiento económico. t) Asistir y participar activamente de las reuniones programadas por la UGEL 03. u) Convocar y presidir los actos académicos y propios del Centro, las reuniones del CONEI y cuerpo docente.
Del Personal Administrativo a) Delegar funciones a la Subdirectora y a otros miembros de la comunidad escolar y designar a los docentes para actividades internas y de representación en actividades externas. b) Supervisar y evaluar las actividades pedagógicas y administrativas en coordinación con el personal directivo y jerárquico de la I.E. c) Evaluar, incentivar y reconocer esfuerzo y mérito individual y colectivo del personal. En caso de una evaluación negativa, adoptar medidas correctivas según lo dispuesto por las normas vigentes. d) Organizar el proceso de matrícula, autorizar traslados de matrícula y expedir certificados de estudio. Dentro de lo normado, aprobar las nóminas y actas, rectificar nombres y apellidos de los alumnos en documentos oficiales, exonerar de asignaturas y autorizar convalidaciones, pruebas de revalidación y de ubicación, hasta el mes de octubre del año lectivo. e) Presentar al órgano intermedio al personal contratado y nombrado en el ámbito docente y administrativo que reúna los requisitos legales, de la Institución Educativa Nº 1156 “JOSÉ SEBASTIÁN BARRANCA LOVERA” acuerdo a la propuesta de selección y de evaluación efectuadas por la Comisión Especial de Evaluación de cada nivel o modalidad educativa, en atención a las necesidades educativas y a las plazas que correspondan a la I.E. pública de referencia. f) Presentar al órgano intermedio las licencias, de acuerdo a las normas vigentes. Seleccionando y designando, previa propuesta de la respectiva Comisión de Evaluación, al docente reemplazante por el tiempo que dure la licencia del titular, comunicando oportunamente al órgano intermedio del Ministerio de Educación para las acciones correspondientes. La resolución se emite dentro del plazo de diez días útiles. Asimismo, proponer al órgano intermedio licencias del personal administrativo y cubrir dicha licencia cuando es sin goce de haber. g) Conformar el Comité de Gestión de recursos propios, el cual deberá informar de manera pública y transparente a la comunidad educativa del manejo de recursos y bienes del centro educativo. h) Formalizar la conformación de Comisiones de Trabajo con documentos oficiales del centro educativo oportunamente. i) Cautelar los libros de actas en las reuniones de profesores y de padres de familia que se realicen en Institución Educativa.
Derechos del Personal Administrativo: a) Estabilidad en el servicio. b) Gozar de vacaciones, descansos y licencias de acuerdo a ley. c) Reclamar ante las instancias superiores. d) ser trasladado a una entidad distinta sin su conocimiento e) No Derecho a la sindicalización. f) Tendrán prioridad en los trabajos a realizarse en los periodos de vacaciones los trabajadores que hayan hecho mérito durante el año escolar previa solicitud. g) El personal administrativo también gozará de los derechos establecidos en el Art. 24 del Derecho Legislativo Nº 276 y demás posiciones vigentes.
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Del Personal Docente: Son deberes de los docentes de acuerdo con las normas correspondientes: a) Cumplir en forma eficaz el proceso de aprendizaje de los estudiantes, realizando con responsabilidad y efectividad los procesos pedagógicos, las actividades curriculares y las actividades de gestión de la función docente, en sus etapas de planificación, trabajo en aula y evaluación, de acuerdo al diseño curricular nacional. b) Orientar al educando con respeto a su libertad, autonomía, identidad, creatividad y participación; y contribuir con sus padres y la dirección de la institución educativa a su formación integral. Evaluar permanentemente este proceso y proponer las acciones correspondientes para asegurar los mejores resultados. c) Respetar los derechos de los estudiantes, así como los de los padres de familia. d) Presentarse a las evaluaciones médicas y psicológicas cuando lo requiera la autoridad competente, conforme a los procedimientos que establezca el reglamento. e) Cumplir con la asistencia y puntualidad que exige el calendario escolar y el horario de trabajo. f) Aportar en la formulación del proyecto educativo institucional, asumiendo con responsabilidad las tareas que les competan. g) Participar, cuando sean seleccionados, en las actividades de formación en servicio que se desarrollen en instituciones o redes educativas, Unidades de Gestión Educativa Local, Direcciones Regionales de Educación o Ministerio de Educación. h) Presentarse a las evaluaciones previstas en la Carrera Pública Magisterial y a las que determinen las autoridades de la institución educativa o las entidades competentes. i) Ejercer la docencia en armonía con los comportamientos éticos y cívicos, sin realizar ningún tipo de discriminación por motivos de srcen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole. j) Conocer, valorar y respetar las culturas locales, en el ámbito nacional, y la lengua srcinaria. k) Contribuir a la afirmación y desarrollo cultural y ciudadano de los miembros de la institución educativa de la comunidad local y regional. l) Informar a los padres de familia sobre el desempeño escolar de sus hijos y dialogar con ellos sobre los objetivos educativos y la estrategia pedagógica, estimulando su compromiso con el proceso de aprendizaje. m) Cuidar, hacer uso óptimo y rendir cuentas de los bienes a su cargo que pertenezcan a la institución educativa. n) Asegurar que sus actividades profesionales se fundamenten en el respeto mutuo, la práctica de los derechos humanos, la Constitución Política del Perú, la solidaridad, la tolerancia y el desarrollo de una cultura de paz y democrática. o) Coadyuvar al trabajo en equipo de los profesores de la institución educativa y, si fuera el caso, de las instancias de gestión educativa descentralizada. p) Participar en los sistemas tutoriales que desarrolle la institución educativa. q) Otros que se desprendan de la presente ley o de otras normas específicas de la materia. Los profesores al servicio del estado tienen derecho a: a) Desarrollarse profesionalmente en el marco de la Carrera Pública Magisterial y sobre la base del mérito, sin odiscriminación por índole motivoque de atente srcen, contra raza, sexo, idioma, de religión, opinión, condición económica de cualquier otra los derechos la persona. b) Percibir oportunamente la remuneración íntegra mensual correspondiente a su escala magisterial. c) Recibir las asignaciones y los incentivos monetarios o no monetarios que se establecen en la presente Ley. d) Estabilidad laboral sujeta a las condiciones que establece la presente Ley. e) Ser evaluados de manera transparente, conocer los resultados de su evaluación personal, solicitar su revisión y tener acceso a su historial de vida profesional registrado en el escalafón.
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f) Autonomía profesional en el cumplimiento de las tareas pedagógicas que les compete, la misma que está supeditada a que se ejerza dentro del proyecto educativo ejecutado por la institución educativa y a que se respete la normatividad vigente. g) Beneficios del Programa de Formación y Capacitación Permanente y de otros programas de carácter cultural y social fomentados por el Estado. h) Licencias, permisos, destaques, reasignaciones y permutas, de acuerdo a lo establecido en la presente Ley y su reglamento. i) Vacaciones. j) Seguridad social, de acuerdo a ley. k) Libre asociación y sindicalización. l) Reconocimiento de oficio de su tiempo de servicios efectivos. m) Reconocimiento tiempo de servicios ininterrumpidos por motivos de representación política y sindical, según eldel caso. n) Condiciones de trabajo que garanticen calidad en el proceso de enseñanza y aprendizaje, y un eficiente cumplimiento de sus funciones dentro de los alcances de la presente Ley. o) Reingresar al servicio si no hubiere alcanzado la edad jubilatoria obligatoria y no exista impedimento legal. p) Reconocimiento, por parte del Estado, la comunidad y los padres de familia, de sus méritos en la labor educativa. q) Percibir subsidio por luto y sepelio, de acuerdo a lo establecido en la presente Ley. r) Percibir una compensación por tiempo de servicios. s) Gozar del cincuenta por ciento de descuento en las tarifas para espectáculos culturales. ART. 09°.
Deberes de Tutoría Son deberes: a)
b)
c) d) e)
f)
Normar, planificar, coordinar, asesorar, monitorear y evaluar las acciones de tutoría y orientación educativa. Incluye las áreas de la tutoría, la educación sexual, la promoción para una vida sin drogas y los derechos humanos y la convivencia escolar democrática. Proponer las políticas y estrategias de tutoría y orientación educativa relacionadas con las áreas de la tutoría y la educación sexual, promoción para una vida sin drogas y los derechos humanos y la convivencia escolar democrática. Formular y ejecutar investigaciones que permitan sustentar y reajustar las políticas y estrategias de tutoría y orientación educativa. Proponer capacidades y contenidos de aprendizaje vinculados a la orientación para ser incorporados en los currículos de diferentes modalidades del sistema educativo. Establecer las necesidades, proponer contenidos y estrategias de formación docente relacionadas con la tutoría y orientación educativa que deberán tener en cuenta la formación continua de los docentes. Producir, publicar y distribuir materiales educativos para las diferentes modalidades de la
educación relacionadas con lasectores tutoría y públicos, orientación educativa. Coordinar con los diferentes privados y la sociedad civil a nivel nacional, así como con las agencias de cooperación internacional, en lo relacionado con la tutoría y orientación educativa. h) Promover el intercambio de experiencias significativas a nivel nacional e internacional para mejorar las acciones de tutoría y orientación educativa. i) Promover y proponer convenios con organizaciones nacionales e internacionales para asistencia técnica a favor de las acciones de tutoría y orientación educativa. g)
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ART. 10°. Derechos de los Estudiantes
a) Recibir formación integral en cada grado o año de estudio, dentro de un ambiente que le brinde seguridad moral y física, así como los servicios de Tutoría. b) Recibir en forma gratuita los servicios educativos en los casos que la ley rige. c) Conocer desde el inicio del Año académico los criterios de promoción, repitencia y recuperación pedagógica. d) Ser tratado con dignidad y respeto, sin discriminación y ser informado de las disposiciones que le conciernen como alumno. e) Participar en las actividades programadas por la I.E. f) Participar del régimen de estímulos y premios al aprovechamiento, superación, esfuerzo y buen comportamiento. g) Respeto a su salud física, psicológica y moral. h) Presentar su reclamo en caso de injusticia al Tutor y/o Dirección. i) Expresar libremente sus ideas sin que éstas afecten a los demás. j) Elegir democráticamente al profesor Asesor para las actividades de Promoción. k) Elegir y ser elegido como dirigente en su Municipio Escolar, Policía escolar, delegado de aula, representante de la I.E. en eventos. l) Recibir sus horas de clases de sus profesores en forma puntual y completa. m) Ser evaluado con justicia y conocer oportunamente sus resultados académicos. n) Tener nuevas oportunidades de evaluación de trabajos una vez luego de haber justificado sus inasistencias. o) Recibir orientación de acuerdo a sus necesidades, intereses y vacación para saber elegir una profesión.
Deberes de los Estudiantes. a) Desarrollar el proceso de aprendizaje en cuanto a conocimientos, habilidades, hábitos y valores útiles para la vida ciudadana. b) Conocer, aprender y aplicar el Reglamento de la I.E. c) Asistir con puntualidad al Plantel dentro del horario establecido, también, cada vez que contrajeran algún compromiso formal con la I.E. o que, por alguna razón importante fueran citados. d) Orientar su comportamiento escolar, dentro y fuera del plantel, de acuerdo con el presente Reglamento y Normas de Convivencia. e) Obedecer las indicaciones del profesor y cumplir estrictamente con los deberes estudiantiles. f) Participar en los concursos internos y externos que organice la I.E. g) Devolver en el plazo fijado los libros y demás materiales prestados por la I.E. h) Cuidar el local, muebles y útiles de enseñanza, responsabilizándose económicamente a sus padres por los daños ocasionados. i) Usar adecu adamen te los recurs os infor mátic os que brinda la I.E. j) Devolver enviados.firmados por los padres la agenda escolar, los desgloses de las circulares y comunicados k) Acudir a los entrenamientos y/o talleres que se programen, así como a los eventos deportivos, culturales, musicales, teatrales, etc.; en los que participe su equipo o delegación oficial, cuando haya sido seleccionado y aceptado representar a la I.E.
ART. 11°.
Derechos del Padre, Madre de Familia y/o Apoderado:
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a) Ser informados oportuna y adecuadamente sobre el rendimiento académico, asistencia y comportamiento de sus menores hijos. b) Elegir y ser elegidos (as) para desempeñar diferentes funciones del Consejo Directivo de la Asociación de Padres de Familia o de los Comités de Aula. c) Recibir información documentada y oportuna del movimiento económico de parte del Consejo Directivo de la APAFA u órgano correspondiente. d) Participar con voz y voto en todas las asambleas convocadas por la Dirección o Consejo Directivo de la APAFA. e) Ser convocado (a) con no menos de 48 horas de anticipación a reuniones del Comité de Aula o asamblea de padres de familia.
Deberes del Padre, Madre de Familia y/o Apoderado: a) Participar en las diferentes actividades programadas por la Dirección o Consejo Directivo de la APAFA, en beneficio de la I.E. b) Asistir con puntualidad a las reuniones o asambleas convocadas. c) Respetar y cumplir el Reglamento Interno de la Institución Educativa. d) Cumplir estrictamente los acuerdos de las reuniones o asambleas. e) Firmar la carta y/o acta de compromiso y asumir con responsabilidad de sus obligaciones. f) Velar y apoyar en la buena y correcta formación de sus menores hijos, permanentemente. g) Acudir al colegio para tomar conocimiento del aprovechamiento y comportamiento de sus hijos, oportunamente, de acuerdo al horario de atención extracurricular de cada docente. h) No realizar comentarios que denigren la imagen de la I.E. dentro o fuera del plantel. i) Apoyar y participar en la conservación y mantenimiento de la Infraestructura y servicios j) existentes. Proponer alternativas para el mejoramiento de la I.E en reuniones de APAFA. k) Proponer la realización de actividades a través de sus comités y las instancias respectivas contempladas en el Reglamento vigente de la Asociación de padres de familia.
ART. 12°.
Derechos del CONEI: a) ONEI, derecho de participar en la educación. b) CONEI ejerce su derecho participando en la formación integral del estudiante en sus potencialidades: autonomía, libertad, participación en la gestión de la institución educativa, opinando en la evaluación de los directivos, profesores, personal administrativo, y de sus pares, en el contexto de la solidaridad institucional y el bien común. c) La conformación del CONEI se adecua a la realidad de la Institución Educativa y debe estar señalado en el Reglamento Interno de la I.E. Deberes del CONEI: a) Ser Participativo. b) Concertador. c) Vigilante Responsable de la Gestión Educativa y de los Niños y Adolescentes. d) Que la Comunidad Educativa ha delegado en los Representantes de los Docentes, Administrativos, Estudiantes, y Padres de familia la facultad de llevar la voz de cada estamento para mejorar la calidad de los Aprendizajes en la I.E. e) Participar con Honestidad, dialogando, trabajando en equipo y escuchando a los demás.
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f) Velar por el buen Prestigio Institucional, el Desempeño ético de los Directivos, Docentes y Administrativos. ART. 13°.
Derechos de la Asociación de Padres de familia (APAFA): a) Intervenir en el proceso de Educación de sus hijos con sujeción al Reglamento de la APAFA. b) Velar por la correcta Educación de sus hijos. c) Participar en las actividades que organiza la Asociación. d) Elegir y ser elegido para los Cargos Directivos. e) Estar informados sobre el avance académico y disciplinario de sus Hijos.
ART. 14°. 3.2. Funciones del Personal de la I.E. Funciones del Personal Docente de Secundaria: a) El Docente debe cumplir con ingresar al Plantel puntualmente siendo su ingreso en el nivel secundario a horas 1.00 p.m. y su salida a las 6.45pm. b) Promover un ambiente propicio y óptimo para las relaciones humanas resaltando valores como: la verdad, la disciplina, la lealtad y solidaridad de sus miembros. c) Participar en la elaboración y ejecución de los documentos de Gestión de la I.E. d) Programar, desarrollar y evaluar las actividades curriculares, Proyecto Educativo Institucional, Plan Anual de Trabajo, Reglamento Interno, Proyecto Curricular, Memoria de Gestión y así como las acciones de Tutoría, con la colaboración de Padres y Educandos. e) Anotar el parte diario de clases los temas desarrollados. f) Debe tener y manejar un registro auxiliar de notas con los resultados de las evaluaciones permanentes, evitando así equivocaciones al pasar las notas al registro. g) Elaborar su Sesión de Aprendizaje, según el PCIE, y presentarlos a la Dirección todos los dias. h) Evaluar el proceso de enseñanza– aprendizaje y elaborar la documentación correspondiente. i) Mantener actualizada la documentación pedagógica y administrativa de su responsabilidad. j) Participar en acciones programadas de investigación y experimentación de nuevos métodos y técnicas de trabajo educativo que garanticen el mejoramiento cualitativo de los educandos; así como en eventos de actualización profesional, organizados por la Institución Educativa o instancias Superiores. k) Elaborar material didáctico educativo necesario para el desarrollo del programa curricular a su cargo. l) Hacer cumplir el reglamento interno de los estudiantes de la I.E. m) Fomentar la limpieza de las aulas, mantenimiento del mobiliario e infraestructura. n) Integrar las comisiones de trabajo que permiten el logro de los objetivos establecidos en los documentos de Gestión de la I.E. o) Colaborar con la Dirección de la Institución Educativa, en las acciones que permitan lograr los objetivos previstos de los diferentes Niveles.
p) Atender los educandos y velar por su seguridad durante el tiempo de permanencia en la Institucióna Educativa. q) Detectar problemas que afecten el normal desarrollo, tratando u observando los que requieran atención, derivar casos especiales al comité de Tutoría, evitando en todo momento dañar la imagen de los miembros de la comunidad. r) Realizar acciones de recuperación pedagógica de los estudiantes de acuerdo a la normatividad vigente. s) Coordinar y mantener comunicación permanente con los Padres de Familia sobre asuntos relacionados con el rendimiento académico y comportamiento de los estudiantes. R.I./CCESA- GTR. 14
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t) Entrevistar a los padres de familia como mínimo dos veces al año, según sea requerido. u) Incentivar la lectura en los adolescentes a través del plan lector. v) Brindar una educación personalizada a los estudiantes y padres de familia. w) Tratar con rectitud, respeto, cordialidad y afecto al educando, velando por la disciplina permanentemente. x) El profesor se encargará de la orientación y bienestar del educando. y) Concurrir con la puntualidad a las reuniones de coordinación. z) Elaborar la programación anual acorde con las innovaciones pedagógicas. aa) Participar activamente en las formaciones de los días lunes y en las actuaciones previstas según el calendario Cívico. bb) Preservar la imagen personal y profesional en todo momento, dentro y fuera del plantel. cc) Potenciar las buenas relaciones humanas con todos los miembros de la comunidad. ART. 15°.
Funciones del Auxiliar de Educación Depende del Director del Plantel.- Tiene las siguientes funciones: a) Presentar el Plan de Trabajo a la Dirección, especificando: Fundamentación Objetivos Labores asignadas durante el día, por semana, por mes, por bimestres y anual (plan de trabajo anual). Acciones a tomar en caso de: - estudiantes con problemas conductuales. - estudiantes con faltas reiteradas. - estudiantes con problemas de salud, familiares
-
estudiantes con problemas conaplicados los profesores, otros. Temas desarrollados para ser durante la hora de clase, en caso de faltar un profesor en las aulas a su cargo, o por acuerdo con el profesor o tutor del aula o la Dirección. Tabla de valores de méritos y deméritos establecidos para la evaluación conductual del estudiantado. Deberá tener al día los siguientes documentos: Plan anual de trabajo. Registros de asistencia de los estudiantes de las aulas a su cargo. Registro (fólder o cuaderno) de estudiantes con problemas por bimestre. Registro (fólder o cuaderno) de citación a los padres atendidos (deberá tener fecha, firma y N° de DNI del padre o apoderado citado, así como las sugerencias, conclusiones o peticiones acordadas). Otros documentos requeridos. Controlar personalmente la asistencia y el uniforme del estudiantado. Velar por la disciplina de los estudiantes dentro (ante la ausencia del docente o en el caso que se le requiera) y fuera de las aulas de clase, actuaciones cívicas, recreo, cambio de hora; estableciendo permanente vigilancia. Apoyar en la organización de la entrada y salida de los estudiantes. Fomentar hábitos de disciplina, conducta, puntualidad, vínculo de solidaridad higiene y estudio entre el alumnado. Participar en el desarrollo de las actividades cívico-patriótico, científico y cultural. Comunicar oportunamente a los estudiantes las disposiciones superiores. Tratar a los estudiantes con afecto y motivar el sentido de participación en las actividades educativas.
b)
c) d) e) f) g) h) i)
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j) Mantener estrecha y permanente comunicación con los Padres de familia. k) Verificar crear y aplicar una tabla de valores de acuerdo a méritos y deméritos, establece criterios de evaluación de la conducta. l) Verificar y sellar diariamente el cuaderno de control, siendo entregado al estudiantado antes del término de la primera hora de clase. m) Ejecutar las rondas permanentes por diferentes ambientes de la I.E. velando por el estricto cumplimiento de las normas disciplinarias, con mayor incidencia durante el recreo. n) Informar al Director, Tutor y Docentes las incidencias ocurridas en el aula y cuando lo sea requerido por escrito. o) Se responsabilizará de los estudiantes en ausencia del profesor, ocupando la hora de docencia dentro del aula. Dando charlas sobre la Constitución Política, Reglamento Interno, Reglas de p) Urbanidad, Cumplir conCampañas remitir a loscontra padreslasdeDrogas, familia laotros. citación o requerimiento del profesorado. q) Presentar los partes temáticos de clase a cada profesor en su debido tiempo. Siendo entregados diariamente a la dirección. r) Presentar los partes de asignaciones del personal de limpieza, siendo firmados al verificar su cumplimiento. Siendo entregados diariamente a la Dirección. s) Formar las comisiones de brigada en coordinación con el Director del Plantel t) Potenciar las buenas relaciones humanas. u) Cumplir todas las demás funciones que rigen su normatividad. v) Entregar el material educativo a las aulas en el momento oportuno y las aulas limpias al docente. NOTA: La ubicación estratégica del Auxiliar para la vigilancia y cumplimiento de las normas disciplinarias, será en la zona de las aulas asignadas por el Director. (No dentro de un aula o ambiente cerrado o aislado). w) Presentar un Plan de trabajo. ART. 16°.
Funciones del profesor de educación física a) Impartir la cultura física del educando a través de la gimnasia, el atletismo y los deportes. b) Fomentar clubes deportivos escolares compartiendo responsabilidades con la coordinación de actividades. c) Organizar campamentos intersecciones en las diversas disciplinas deportivas. d) Cuidar la integridad física y moral del estudiantado que tienen a su cargo debiendo salir y retornar con ellos al aula. e) En horas de Educación física ningún estudiante deberá permanecer en el aula, pasillo, baños, quiosco, biblioteca, etc. Salvo malestar grave, en cuyo caso deberá ser derivado por el profesor a la dirección de la I.E. f) Velar por el buen trato, conservación y mantenimiento de los materiales de deportes y g) recreación. Implementar y administrar el botiquín escolar para Educación Física. h) Corrige el vocabulario soez, faltas graves de los estudiantes que cometan; debiendo ser derivados a la Dirección previo informe.
ART. 17°.
Funciones del Tutor Con los Estudiantes
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a) Acompañar el proceso de desarrollo de los estudiantes, con el objeto de asegurar su formación integral. b) Planificar, desarrollar y evaluar las actividades de la hora de tutoría, teniendo en cuenta las áreas de la tutoría. c) Facilitar la integración de los estudiantes en su grupo-clase y en el conjunto de la dinámica escolar. d) Promover la realización periódica de Asambleas Escolares de Aula. e) Informar al Director(a) de toda situación que vulnere los derechos de los estudiantes, para que tome las acciones necesarias que garanticen el respeto y cumplimiento de dichos derechos, en coordinación con el Comité de Tutoría. f) Elaborar e implementar el Plan Tutorial de Aula, el cual será flexible y responderá a las necesidades intereses de los estudiantes. debe hacerse planteamientose de los instrumentos de gestión Este de laplan institución educativa.tomando en cuenta los g) Realizar el seguimiento personalizado de los estudiantes con necesidades especiales incluidos, con el apoyo y el asesoramiento del SAANEE SERVICIO ( DE APOYO Y ASESORAMIENTO PARA LA ATENCIÓN DE LAS NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES)si existen en la I.E. estudiantes inclusivos. h) Evaluar, conjuntamente con los auxiliares, el comportamiento de los estudiantes de educación secundaria de acuerdo a las pautas que señale la Dirección Nacional de Educación Básica Regular. i) Registrar en la Ficha acumulativa personal del estudiante, los aspectos más relevantes de su proceso formativo, incluyendo un registro del comportamiento de los estudiantes que incluya sus desempeños positivos y negativos. j) Coordinar con el Director(a) y los Padres de familia respectivos, la derivación de los estudiantes que presenten dificultades que requieran atención especializada a instituciones de salud y otros sectores. Con los Padres de Familia a) Promover y organizar la realización de al menos cuatro reuniones durante el año con los padres de familia de su sección, para tratar temas relacionados con la orientación de los estudiantes. b) Desarrollar entrevistas con los padres de familia de los estudiantes que lo soliciten o necesiten. c) Coordinar con el Comité de Tutoría la realización de actividades de Escuela de Padres. d) Sensibilizar a los padres de familia sobre la importancia de asegurar la permanencia de los niños, niñas y adolescentes en la institución educativa, abordando para ello temáticas como la no discriminación, la equidad de género, el trabajo infantil y la explotación sexual comercial infantil. Con los Profesores y Auxiliares de Educación a) Compartir información sobre el desarrollo de los estudiantes. b) Coordinar y promover acciones que los comprometan en el desarrollo de la TOE (Tutoría y Orientación Educativa). ART. 18°.
Funciones Administrativo Funciones Personal del Técnico Administrativo: Depende de la Dirección, siendo sus funciones: a) Recibir y atender con la debida cortesía al público. b) Coordinar las labores de trámites publicaciones e impresiones de normas y produzca laInstitución Educativa.
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documéntanos y archivar documentos de trabajo que
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c) Recibir, registrar y/o clasificar la correspondencia y/o documentación recibida, siendo enviadas a las oficinas o personas requeridas de manera inmediata. d) Escribir, tipiar, imprimir documentos de trabajo que produzca la LE. e) Participar en las comisiones de trabajo del PEÍ, PAT, RI. y otros; siendo miembro activo de los mismos. f) Realiza tareas de trámite documentarlo, redacta documentos variados de acuerdo a instrucciones de la Dirección y Sub dirección. g) Prepara la agenda y despacho de la dirección del Plantel. h) Vela por la seguridad e integridad de los documentos reservados y confidenciales de la Institución Educativa. i)j) Informa a los docentes y trabajadores sobre consolidado de inasistencias Realiza el cuadro de asistencia mensual delelpersonal de lamensual LE. presenta a la Dirección y se encarga de su publicación. k) Elabora los certificados de estudios del Nivel de Secundaria. l) Redacta el libro de actas. m) Elabora el inventario de la dirección y ambientes a su cargo. n) Suplir las asignaciones del día en caso de faltar un administrativo. o) Redactar en el cuaderno laboral, el trabajo realizado durante el día. p) Otros que se le encargue. ART. 19°.
Funciones del Personal de Servicio II Son funciones del Personal de Servicio II lo siguientes: a) Realizar labores de seguridad, vigilancia y labores de la I.E. en su respectivo turno. b) Controlar el ingreso y salida del estudiantado de acuerdo al horario establecido. c) Realizar el mantenimiento y conservación y limpieza de los ambientes de la Institución Educativa (limpieza de pisos, paredes, techo, ventanas, puertas y muebles en general) d) Controlar y orientar el ingreso y salida del público en general revisando, paquetes, maletines y pidiendo en caso necesario su DNI para su identificación. e) Controlar que los muebles y enseres que salen de la Institución Educativa cuenten con la respectiva autorización de la Dirección de la I.E. f) Informar por escrito sobre su labor mensual y trimestralmente. g) Apoyar en las tareas de distribución de documentos dentro y fuera de la I.E. h) Trasladar muebles, equipos y otros del plantel. i) Velar por la seguridad, conservación y mantenimiento de materiales herramientas y/o implementos de trabajo a su cargo. j) No permitir el ingreso a la Institución Educativa en los días no laborales de toda persona extraña, aun siendo personal del plantel, o estudiantado, salvo que cuente con la autorización de la dirección de la Institución Educativa. k) Mantener cerradas las aulas en las horas y días no laborables. l) Acondicionar el estrado equipo de sonido los días lunes y demás fechas festivas, colaborar activamente enelasinstalar fechaselcívicas. m) Colocar y recoger el mobiliario del escenario o patio para devolver a sus ambientes. n) Realizar funciones rotativas en coordinación con la dirección, cumpliendo 08 horas diarias. o) No ausentarse de su lugar sin tener autorización y/o llegue su relevo. p) Apoyar al compañero(a) de trabajo en caso que éste falte por motivos ajenos a su voluntad. q) No permitir el ingreso de personas ajenas fuera del horario de atención y/o no tuvieran citación. r) Realizar limpieza profunda por lo menos una vez por semana. s) Potenciar las Relaciones humanas.
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t) Presentar un Plan de trabajo. ART. 20°.
Funciones del Personal de Servicio III - Portero Son funciones del Personal de Servicio III a) Cumple actividades de vigilancia y seguridad preferentemente en horario nocturno y en días no laborables (cuenta con una vivienda). b) Controlar que los muebles y enseres que salgan del Centro educativo dentro de su horario de trabajo, tenga la autorización por la Dirección. c) No permitir el ingreso de personas extrañas a la Institución Educativa fuera del horario de trabajo y en días feriados salvo autorización firmada por la Dirección. d) Controlar el ingreso de materiales diversos dentro de su jornada de trabajo. e) Velar por la seguridad e integridad de los bienes de la LE. durante su horario de trabajo. f) Realiza rondas permanentes por todos los ambientes de la I.E. g) Realiza el relevo de turno con el portero a cargo verificando la conformidad o novedad presentadas en la jornada de trabajo. h) Velar por el mantenimie nto y co nservación de los materiale s, herramientas e implementos de trabajo a su cargo. i) Participar en algunas emergencias para el buen funcionamiento de la I.E. en turno de mañana y tarde. j) Hacer el mantenimiento y limpieza de los ambientes, muebles y demás enseres de la I.E. cuando la necesidad lo exige. k) Realiza otras funciones afines al cargo que le asignen. l) Controlar el ingreso del Personal de Servicio II. m) Informar diariamente sobre el Personal de Servicios n) Potenciar las relaciones humanas.
ART. 21°.
Funciones del Personal de Servicio III - Guardián. Son funciones del Personal de Servicios III a) Cumple actividades de vigilancia y seguridad preferentemente en horario nocturno y en días no laborables (cuenta con una vivienda al interior de la I.E.) b) Controlar que los muebles y enseres que salgan de la I.E. dentro de su horario de trabajo, tenga la autorización por la dirección. c) No permitir el ingreso de personas extrañas a la Institución Educativa fuera del horario de trabajo y en días feriados salvo autorización firmada por la Dirección. d) Controlar el ingreso de materiales diversos dentro de su jornada de trabajo. e) Velar por la seguridad e integridad de los bienes de la I.E. durante su horario de trabajo. f) Realiza rondas permanentes por todos los ambientes de la I.E. g) Realiza el relevo de turno con el portero a cargo verificando la conformidad o novedad presentadas en la jornada de trabajo. h) Velar por el mantenimiento y conservación de los materiales, herramientas e implementos de trabajo a su cargo.
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i) Participar en algunas emergencias para el buen funcionamiento de la I.E. en turno de mañana y tarde. j) Hacer el mantenimiento y limpieza de los ambientes, muebles y demás enseres de la Institución Educativa cuando la necesidad lo exige. k) Realiza otras funciones afines al cargo que le asignen. l) Controlar el ingreso del Personal de Servicio II. m) Informar diariamente sobre el Personal de Servicios II. n) Llevar un cuaderno de ocurrencias, incidencias y los casos que se presentan en el horario de trabajo. o) Potenciar las relaciones humanas. ART. 22°.
Funciones de los Padres de Familia La Asociación de Padres de Familia y los Comités de Aula agrupan a los padres de familia y apoderados de los estudiantes del plantel tienen carácter de apoyo a la gestión de la I.E. 1156 José Sebastián Barranca Lovera regidos por su propio reglamento y el D.S. Nº 016 – 01 – ED. Cumpliendo las siguientes funciones: a) Participar en el desarrollo de las actividades educativas de la Institución. b) Son padres de familia o Apoderados de la I.E. los que firman el padrón respectivo y realizan la matrícula de su menor hijo en el plantel, por lo tanto, son parte integrante de la Comunidad Educativa. c) El Padre de familia o Apoderado matricula a su hijo; acepta el presente reglamento en todas sus partes y se compromete a cumplirlo. d) Los Padres de familia o apoderados se constituyen en una Asociación de Padres de familia (APAFA) según la ley, se rigen por sus propios reglamentos D.S. 020 – 98 – ED y en comités de aula. e) Los padres de familia deben asistir a toda citación que se le convoque por su Junta Directiva, la Dirección, docentes o tutores. f) Realizar permanentemente los trámites de matrícula, traslados u otros relacionados a la escolaridad de sus hijos. g) Asumir la responsabilidad de los daños materiales que puedan ocasionar sus hijos en el plantel. h) El padre de familia puede solicitar entrevista con los profesores por intermedio de la Dirección. i) En caso de mala conducta o deficiencia académica del estudiantado, el padre de familia o Apoderado se sujetará a una matrícula condicional. j) Los padres de familia reciben respeto, buen trato con todo el personal docente, trabajadores en general de la I.E., en caso contrario puede presentar su queja o denuncia a la dirección de la I.E. k) El padre de familia asume el compromiso de enviar a su menor hijo puntual y correctamente uniformado a la I.E. l) El padre de familia se compromete en respetar los horarios de atención de los docentes y tutores. m) El Comité de aulahijos es en un una órgano integrado todos como los padres familiadeoaula. apoderados que tiene sus propios misma secciónpor y tienen asesorde al tutor n) El comité de aula tiene por objeto propiciar la participación de los padres de familia en el proceso de la información integral de sus hijos, en estrecha colaboración y coordinación del tutor. o) La directiva del comité de aula está conformada por tres padres de familia que son el Presidente, el Secretario, el Tesorero. El Delegado del comité de aula es el Brigadier de cada sección y el asesor es el tutor.
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p) El comité de aula se elegirá 2 semanas después de inicio del año escolar y las reuniones se llevará a cabo por citación de la Directiva del comité de aula: 1) Programar, efectuar y evaluar el plan de comité de Aula, considerando acciones que coadyuven al desarrollo integral del educando. 2) Ambientar el aula (botiquín, láminas, periódicos murales, utensilios de trabajo y aseo, etc.) 3) Propiciar en el aula normas, valores y actividades que ayuden en la formación de los alumnos. 4) Informar bimestralmente al tutor sobre las actividades realizadas. 5) Mantener el clima de colaboración, amistad y solidaridad entre los docentes, educandos y padres de familia del aula. 6) Apoyar al mejoramiento de servicios, infraestructura, equipamiento, mobiliario escolar y auxiliares la Institución Educativa. 7) medios Formular, ejecutar,desupervisar y evaluar el Presupuesto y Plan de Trabajo de la APAFA (Asociación de Padres de Familia). 8) Organizar servicios de capacitación, dirigidos a los padres de familia para revalorar la estructura familiar. 9) Asistir a las reuniones de Escuela de Padres de manera obligatoria. 10) Coordinar con otras asociaciones de la red educativa. 11) Mantener informados constantemente a los asociados. 12) Proponer estímulos para los alumnos y docentes de mayor rendimiento.
Funciones de la Comisión de Escuela de Padres a) Lograr la asistencia masiva y continua de los padres de familia a las jornadas planificadas de escuela de padres. b) Realizar Talleres que propongan a mejorar el rol de los padres evitando las conductas negativas en el hogar. c) Fomentar el análisis de los problemas y la búsqueda de soluciones apropiadas. d) Propiciar actitudes positivas en referencia a la paternidad responsable y planificación familiar como proyecto de vida. e) Elaborar un Plan de trabajo. f) Buscar mecanismos para la asistencia de los Padres de familia previo acuerdo con ellos.
ART. 23°. Funciones del Consejo Educativo Institucional (CONEI) a) Participar en la formulación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional. b) Participar en el comité de Evaluación para el ingreso, ascenso y permanencia del personal docente y administrativo de la Institución, de acuerdo con la normatividad específica que emita el Ministerio de Educación. c) Opinar sobre todos los asuntos que le sean consultados, promoviendo la práctica de la autoevaluación de la Gestión. d) Contribuir a la democratización de la gestión educativa, dando modelos para que todos
e) participemos. Participar en el proceso de planificación, ejecución y evaluación del proyecto Educativo Institucional. f) Vigilar la igualdad entre niños y adolescentes en nuestro colegio. g) Que lo que aprendamos vaya de la mano con la realidad de nuestras comunidades educativas. h) Abrir los colegios a la comunidad e Instituciones de la localidad, para aprovechar sus recursos. i) Colaborar con el Director en garantizar el cumplimiento de las horas efectivas de aprendizaje, el número de semanas lectivas y la jornada del personal docente y administrativo para alcanzar el tiempo de aprendizaje requerido para los diferentes niveles y modalidades. R.I./CCESA- GTR. 21
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j) Contribuir a la mejora de las relaciones en la escuela, participando en la elaboración de las normas de convivencia y velando por su cumplimiento. k) Tomar conocimiento del presupuesto anual de la Institución Educativa y de la Asociación de Padres de familia y opinar sobre el manejo de los recursos. l) Prestar apoyo a la Dirección del colegio a resolver conflictos internos. m) Opinar sobre los criterios de autoevaluación de la Institución Educativa y los indicadores de desempeño laboral. n) Elaborar su plan de trabajo. ART. 24°.
Funciones del Municipio Escolar: a) Velar por la vigilancia y el respeto de los derechos de sus miembros de su Institución educativa. b) Elaborar un plan de trabajo en coordinación con los consejos de aula. c) Organizar comisiones de trabajo integrados por los (las) regidores (as) de los consejos de aula para ejecutar las actividades programadas en su plan de trabajo. d) Coordinar con la Dirección de la I.E., los docentes y la APAFA la ejecución de las actividades programadas en su plan de trabajo. e) Realizar gestiones ante instituciones en base para conseguir el apoyo a las actividades del Municipio Escolar. f) Elaborar su plan de trabajo.
ART. 25°.
Funciones del Alcalde (sa): a) Representar a la Institución Educativa, en actividades internas o externas referidas a las actividades propias del Municipio Escolar. b) Solicitar la autorización de la Dirección para participar de dichas actividades. c) Coordinar la elaboración del Plan de Trabajo del Municipio Escolar. d) Convocar y dirigir las Asambleas del Municipio Escolar, con carácter informativo, cuando sea necesario. Para ello debe contar con el voto de la mitad más uno de los integrantes del Concejo Escolar, y de la autorización del Director(a). Evitando pérdida de clases. e) Promulgar ordenanzas del Municipio Escolar. f) Dictar Decretos. g) Organizar un Directorio de Instituciones Locales que puedan apoyar las actividades del Municipio Escolar. h) Trabajar coordinadamente con sus regidores y apoya las comisiones de trabajo.
ART. 26°.
Funciones del Teniente Alcalde (sa): a) Reemplazar al Alcalde (sa) en caso de ausencia. b) Revisar y aprobar los informes de trabajo de las Comisiones de Trabajo.
ART. 27°.
Funciones del Regidor de Educación, Cultura y Deporte: a) Presidir la Comisión de Educación, Cultura y Deporte del Municipio Escolar de la I.E y coordinar sus actividades. b) Promover la formación de talleres referentes a las diversas áreas curriculares del grado, en coordinación con los Docentes y la Dirección.
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c) Editar y difundir el Boletín Informativo o el Periódico Mural del Municipio Escolar. d) Informar sobre sus actividades en Asambleas y/o sesiones de la Directiva y Concejo Escolar. ART. 28°.
Funciones del Regidor de Salud y Medio Ambiente. a) Presidir la Comisión de Salud y Medio Ambiente del Municipio Escolar y coordinar las actividades. b) Promover campañas que favorezcan el orden, la salud, el ornato y el cuidado del medio ambiente en la Institución Educativa. c) Informar sobre sus actividades en Asambleas y/o sesiones a la Directiva y Concejo Escolar.
ART. 29°.
Funciones del Regidor de Producción y Servicios: a) b) c) d)
Presidir la Comisión de Producción y Servicios del Municipio Escolar. Colaborar en las acciones de orientación vocacional implementadas en la I.E. Promover la organización de pequeños proyectos productivos y de servicios. Informar sobre sus actividades en asambleas y/o sesiones.
ART. 30°.
Funciones del Regidor de Derechos del Niño(a) y el Adolesce nte. a) Presidir la Comisión de los Derechos del Niño y Adolescentes del Municipio Escolar y coordinar sus actividades. b) Participar en la Campaña por la Semana Nacional de los Derechos del Niño. c) Informar sobre sus actividades del Municipio Escolar. d) Difundir los derechos del niño(a) y adolescente de la Institución Educativa. e) Asumir el cargo de Promotor y/o Defensor en la Institución Educativa de la Defensoría Escolar (DESNA).
ART. 31°.
Funciones del Policía Escolar: a) Mejorar la disciplina y la imagen Institucional. b) Asumen responsabilidades necesarias para su formación como policías Escolares. c) Promueve la participación del estudiantado en el mantenimiento del orden y disciplina de la Institución Educativa. d) Motiva en el alumnado el desarrollo de su sensibilidad, autocontrol y formación de su conciencia y respetando la patria, sus símbolos, Institución y héroes nacionales. e) Participa en formaciones y eventos.
ART. 32°.
Funciones de Defensa Civil: a) Concientizar a la población en el Rol de defensa Civil y su importancia en ella. b) Prevenir daños, evitándolos o disminuyendo su magnitud.
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c) Realización de inspecciones técnicas de seguridad de las infraestructuras físicas de la Institución Educativa. d) Realización de ejercicios (simulacros) de evacuación que capacite y evalúe la capacidad de autoprotección y respuesta de la población de la institución educativa en casos de desastres naturales o incendios. e) Capacitación y entrenamiento de las Brigadas Escolares. f) Verificación de la señalización Preventiva de seguridad, con personal especialista de la localidad. g) Elaborar su plan de trabajo. ART. 33°.
Funciones de Defensoría del Niño y el Adolescente a) Conocer la situación de las niñas, niños y adolescentes en su contexto escolar, familiar y social. b) Intervenir cuando se encuentren en conflicto sus derechos para hacer prevalecer su interés superior. c) Promover el fortalecimiento de los lazos familiares. d) Presentar denuncias ante las autoridades competentes por las faltas y delitos cometidos en agravio de las niñas, niños y adolescentes. e) Brindar orientación multidisciplinaria a los padres de familia para prevenir situaciones críticas en sus hijos. f) Promover una cultura de ejercicios y defensa de los derechos de los niños. g) Promover el desarrollo de asociaciones entre los niños, niñas y adolescentes. h) Promover el derecho a la educación, a través de acciones que permitan la universalización de la matrícula oportuna, lograr su permanencia y éxito en la escuela. i) Coordinar programas de atención en beneficio de las niñas, niños y adolescentes que trabajan, así como garantizar las y horarios especiales, para posibilitar su asistencia regular a la Institución Educativa. j) Promover que los padres de familia detecten posibles situaciones de riesgo en sus hijos. k) Realizar la derivación de los casos que merezcan la intervención de otras instituciones para la solución de los problemas detectados. CAPÍTULO IV
DE LA ORGANIZACIÓN DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA. ART. 34°. 4.1. Estructura organizacional: organigrama:
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ART. 35°. 4.2. Académico: Comisión de apoyo pedagógico a) La programación del trabajo anual para el siguiente año se realiza en la segunda semana del mes de noviembre con todo el personal Docente, administrativos y personal de servicio en comisiones de: horarios, Plan Anual, Calendario cívico, Defensa Civil, Municipio Escolar, Escuela de Padres, programa de Tutoría, DESNA, Plan Anual de Supervisión, P.E.I, Plan Anual, Reglamento Interno, Imagen Institucional, defensoría del Niño y del Adolescente, actividad de campaña de matrícula, P.R.P., Elaboración de Cuadro de horas, Distribución del Cuadro de Horas. b) Las diversas comisiones del año 2017 estarán a cargo de un responsable que junto a sus miembros, planificarán las actividades. c) La segunda semana de noviembre se formarán las comisiones para planificar y ejecutar sus actividades. d) El horario de los estudiantes será como en el mes de marzo (1- 7 horas). e) Los responsables de cada comisión harán un cronograma de reunión sin coincidir con otra comisión en el mismo día. Cogerán las dos últimas horas; dejando prácticas o guías al auxiliar para apuntarlas en el aula o tareas. ART. 36°. 4.3. Programación Curricular: a) La Programación se efectuará sobre la base del resultado del año anterior y de la problemática de la Institución Educativa. b) La Programación Curricular debe relacionar competencias, capacidades, indicadores de desempeño, campo temático y otros elementos que intervienen en el proceso enseñanzaaprendizaje, de acuerdo a las necesidades educativas de los estudiantes. c) Se aplicará el desarrollo de habilidades y competencias en la formación de la estructura curricular bajo el esquema constructivista incidiendo en el aprendizaje significativo. d) Los docentes elaboran la programación anual en el mes de diciembre y las unidades de aprendizaje se formulan y elaboran antes del inicio de cada bimestre. Las sesiones de aprendizaje se elaboran para cada clase. R.I./CCESA- GTR. 25
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ART. 37°. 4.4. Calendarización del Año Escolar: El Año lectivo para los educandos comienza el 13 de marzo y termina el 29 de diciembre, los periodos y duración del mismo se establecerá por niveles de acuerdo a las Normas Vigentes. ART. 38°. 4.5. Horarios: a) Director b) c) d) e) f) g) h) i) j)
40 horas
7:45 a 03:45
Adecua su Horario la característica Sub director 40 con horasrelación a7:30 a 3:30 PM del Plantel. Prof. Prim. 30 horas de 8.00 a 1:00 pm. Prof. Sec. 30 horas de 1:00 a 6:45 p.m. Según lo establezca la Comisión de Horarios. Auxiliar 30 horas de 12:30 PM a 7:00 p.m. Tec. Adm. 30 horas de 12:45 a 18:15 p.m. Aux. Secre 40 horas de 9:00 a.m. a 4:00 p.m. Pers. Serv. 40 horas de 18:00 a 06:00 a.m. Pers. Serv. 40 horas de 07:00 a 14:00 p.m. a) Todo el personal que labora en el plantel debe firmar su ingreso y salida en el Parte de Asistencia que se encuentra en Secretaría. b) Los Docentes de secundaria además de firmar el Parte de asistencia técnica firmará el parte de las horas de clase. c) El ingreso es de 08.00 por las mañanas y en las tarde 01.00 PM. con una tolerancia de 5 minutos. Al personal que acumula 03 tardanzas sele llamará la atención escrita, la reincidencia se informará a la UGEL Nº 03. d) Todo permiso será con documentación (Papeleta de Permiso). e) Toda justificación de falta será con documentación el mismo día o si el caso lo amerita dentro de las 24 horas. f) Tres faltas no justificadas amerita llamada de atención. g) Es permitido tres permisos al año por motivos particulares previo visto bueno del jefe inmediato superior. h) Se considera como inasistencia, asistir al Centro de Trabajo y no cumplir con sus funciones R.M. (0574-94-ED.)
ART. 39°. 4.6. Jornada de Trabajo y Régimen de Vacaciones Jornada de trabajo del Profesor, y Director a) La Jornada ordinaria de Trabajo de los Profesores es de treinta (30) horas cronológicas semanales. b) Comprende horas de docencia de aula, de preparación de clases, de actividades extracurriculares complementarias, de proyección social y de apoyo al desarrollo de la Institución Educativa. c) En los casos en que el profesor trabaje un número de horas diferente al de la jornada laboral ordinaria, por razones de nivel educativo, modalidad, especialidad o disponibilidad de horas en la Institución Educativa, el pago de su remuneración está en función de las horas de trabajo. No gozan de esta remuneración adicional aquellos profesores que perciben una asignación al cargo por su trabajo directivo, administrativo o pedagógico. R.I./CCESA- GTR. 26
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d) La jornada de trabajo para los Directores y Subdirectores es de cuarenta (40) horas cronológicas semanales. ART. 40°. Régimen de Vacaciones del Personal a) Los profesores que trabajan en el área de gestión pedagógica, en las modalidades, niveles y ciclos de Educación Básica, gozan de sesenta (60) días anuales de vacaciones a partir del día siguiente en el que finaliza el año escolar, respetando el número de horas lectivas normales dispuesto por el Ministerio de Educación. b) El personal del mantenimiento y administrativo, tiene un mes de vacaciones, según lo estime conveniente el Director del plantel. ART. 41°. 4.7. Acompañamiento y Monitoreo Pedagógico El Director de la I.E. organiza, conduce, supervisa y evalúa los procesos de gestión pedagógica, institucional y administrativa a nivel de su institución, para lo cual formulará y aprobará el Plan de Acompañamiento y Monitoreo Pedagogico con la finalidad de optimizar la calidad de los aprendizajes y el desempeño del personal de la I.E. y dar cuenta de la misma al finalizar el Año. Son objetivos del Acompañamiento y Monitoreo Pedagógico: a) Contribuir a la adecuada formación integral del estudiante b) Asegurar que el servicio educativo responda en calidad y eficiencia a las exigencias de la comunidad y a los intereses nacionales. c) Apoyar y estimular el trabajo docente y su rol profesional y social. d) Potenciar las relaciones entre la I.E. entre sí y con la comunidad. Las funciones de Acompañamiento y Monitoreo Pedagógico en la I.E. son: a) Asesorar y orientar la labor del docente. b) Evaluar conjuntamente con los docentes el proceso enseñanza– aprendizaje. c) Fomentar la experimentación educativa las innovaciones y la creación de tecnología educativa así como el intercambio de experiencias técnico –pedagógicas. d) Mantener el mejor nivel de relaciones personales y ambiente de trabajo a fin de propiciar el éxito de la tarea educativa. e) Orientar y asesorar la aplicación de la normatividad correspondiente. El Acompañamiento y Monitoreo Pedagógico que realice el Personal Directivo contará de los Siguientes aspectos: a) Asesorar y orientar la labor del personal docente. b) Evaluar conjuntamente con el docente el proceso de enseñanza– aprendizaje. c) Fomentar la experimentación educativa, las innovaciones y la creación técnico – pedagógicas. d) Mantener el mejor nivel de relaciones personales y armonía laboral, a fin de propiciar el éxito de la tarea educativa. e) Informar sobre el desarrollo del servicio de supervisión a los docentes y conocer los resultados de f) este. Se realizará mediante instrumentos y técnicas de supervisión, trabajos realizados, participación en eventos, colaboración en la labor interna del Plantel; y otras actividades propias del quehacer educativo. ART. 42°. Administrativo: Las acciones prioritarias serán: a) Planificar, ordenar y resolver toda la problemática documentaria. R.I./CCESA- GTR. 27
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b) Refacción, pintado general del Plantel y del mobiliario escolar. c) Reparación del servicio del agua y de los servicios higiénicos. d) Reapertura e implementación de la Biblioteca.
CAPÍTULO V EL PROCESO DE MATRÍCULA, EVALUACIÓN, REPITENCIA Y CERTIFICACIÓN ART. 43°. 5.1. Matrícula Rectificación En casos yespecíficos el Director otorgará la ratificación de matrícula previo compromiso firmado por el Padre o Apoderado. a) Los estudiantes de educación primaria y secundaria serán matriculados o ratificados en Primaria por el docente de Grado, y en secundaria por el personal administrativo encargado. b) Los alumnos que al finalizar el año inmediato superior fueran desaprobados en la conducta serán impedidos; de ser ratificado en su matrícula, la Dirección dará su traslado a otro Plantel. c) La Dirección establecerá un plazo máximo para la ratificación de matrícula. d) Los alumnos con problemas disciplinarios, están sujetos al compromiso por parte de los padres o apoderados, la Dirección. Esta última se reserva el derecho de matrícula según Ley. e) Solo los padres o tutores (quien matricula) se le otorgará la información, documentos, etc. (previa verificación). f) La Dirección se reserva el derecho de matrícula según Ley. ART. 44°. 5.2. Evaluación del Educando: a) Está a cargo del personal docente por área, es permanente, flexible y continua orientada a identificar los logros, avances y dificultades del aprendizaje de los estudiantes en función de mejorar el proceso pedagógico y los resultados educativos. b) La evaluación de las áreas pendientes de recuperación, se efectuará en el mes de noviembre. En tanto que las áreas desaprobadas durante el año escolar, serán recuperadas en el Programa de Recuperación Académica y en el mes de marzo (primera semana) en caso de que no se haya presentado al PRA. ART. 45°. 5.3. Repitencia Repiten los estudiantes que hayan desaprobado en cuatro áreas o más al finalizar el año escolar, acumulándose las áreas a cargo si tuviera, en concordancia con la normatividad vigente. ART. 46°. 5.4. a) Del Los Certificado certificados son expedidos por la Dirección de la I.E, para cuyo efecto abonan la suma de quince cincuenta nuevos soles (S/.15.50), por formato o especie valorada en tesorería. b) Se expide un Certificado Gratuito a los estudiantes que concluyen el quinto grado de educación secundaria en el año lectivo anterior y por única vez, y siempre y cuando lo provea la UGEL 03.
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CAPÍTULO VI ESTÍMULOS, FALTAS Y SANCIONES ART. 47°. 6.1. Remuneración por Escalas Magisteriales: La Remuneración del Profesor es fijada, a escala única nacional, para cada Escala Magisterial conforme a los índices siguientes: a) PRIMERA ESCALA MAGISTERIAL: 100% de la RIM. b) SEGUNDA ESCALA MAGISTERIAL: 110% de la RIM. c) d) e) f) g) h)
TERCERA ESCALA MAGISTERIAL: 125 % de la RIM. CUARTA ESCALA MAGISTERIAL: 140% de la RIM. QUINTA ESCALA MAGISTERIAL: 170%. de la RIM. SEXTA ESCALA MAGISTERIAL: 200%. de la RIM. SÉTIMA ESCALA MAGISTERIAL: 230%. de la RIM. OCTAVA ESCALA MAGISTERIAL: 260%. de la RIM.
ART. 48°. 6.2. Premios y Estímulos El Ministerio de Educación y los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, según corresponda, mediante Resolución de la autoridad competente, reconocen el sobresaliente ejercicio de la Función Docente o Directiva a través de: a) Mención honorífica con el otorgamiento de las Palmas Magisteriales y otros reconocimientos similares. b) Agradecimientos, Felicitaciones y condecoraciones mediante resolución directoral regional, ministerial o suprema. c) Viajes de estudio, Becas y Pasantías al interior del País o al Exterior. d) Otras acciones que determine la Autoridad Correspondiente. ART. 49°. 6.3. Sanciones Los Profesores que se desempeñan en las áreas señaladas en el artículo 12 de la presente Ley, que transgredan los principios, deberes, obligaciones y prohibiciones, incurren en responsabilidad administrativa y son pasibles de sanciones según la gravedad de la falta y la jerarquía del servidor o funcionario; las que se aplican con observancia de las garantías constitucionales del debido proceso. Las sanciones son: a) Amonestación Escrita. b) Suspensión en el Cargo hasta por treinta (30) días sin goce de Remuneraciones. c) Cese Temporal en el cargo sin goce de remuneraciones desde treinta y un días (31) hasta doce (12) meses. d) Destitución del Servicio. Las sanciones indicadas en los literales c) y d) se aplican previo proceso administrativo cuya de duración no serádel mayor de cuarenta y cinco (45) días hábiles improrrogables,disciplinario, contados a partir la instauración proceso. Las sanciones señaladas no eximen de las responsabilidades civiles y penales a que hubiera lugar, así como de los efectos que de ellas se deriven ante las autoridades respectivas. ART. 50°. Medidas preventivas
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El Director de la Institución Educativa separa preventivamente al profesor y da cuenta al Director de la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) correspondiente, cuando exista una denuncia administrativa o judicial contra este, por los presuntos delitos de violación contra la libertad sexual, hostigamiento sexual en agravio de un estudiante, apología del terrorismo, delitos de terrorismo y sus formas agravadas, delitos de corrupción de funcionarios, delitos de tráfico ilícito de drogas; así como por incurrir en actos de violencia que atenten contra los derechos fundamentales de la persona y contra el patrimonio, que impiden el normal funcionamiento de los servicios públicos. La separación preventiva concluye al término del proceso administrativo o judicial correspondiente. ART. 51°. Calificación y gravedad de la falta Es atribución del titular que corresponda, calificar la falta o infracción atendiendo la naturaleza de la acción u omisión, así como la gravedad de las mismas, en el marco de las normas vigentes. ART. 52°. Amonestación escrita El incumplimiento de los principios, deberes, obligaciones y prohibiciones en el ejercicio de la función docente, debidamente comprobado y calificado como leve, es pasible de amonestación escrita. La sanción es impuesta por la autoridad inmediata superior, previo descargo del presunto responsable, según corresponda. ART. 53°. Suspensión Cuando el incumplimiento de los principios, deberes, obligaciones y prohibiciones en el ejercicio de la función docente, debidamente comprobado, no pueda ser calificado como leve por las circunstancias de la acción u omisión, será pasible de suspensión en el cargo hasta por treinta (30) días sin goce de remuneraciones. Asimismo, el profesor que incurre en una falta o infracción, habiendo sido sancionado previamente en dos (2) ocasiones con amonestación escrita, es pasible de suspensión. La sanción es impuesta por la autoridad inmediata superior, previo descargo del presunto responsable, según corresponda. ART. 54°. Cese temporal Son causales de cese temporal en el cargo, la transgresión por acción u omisión, de los principios, deberes, obligaciones y prohibiciones en el ejercicio de la función docente, considerados como grave. También se consideran faltas o infracciones graves, pasibles de cese temporal, las siguientes: a) Causar perjuicio al estudiante y/o a la institución educativa. b) Ejecutar, promover encubrir, dentro o fueradedecualquier la institución educativa, actos de violencia de calumnia, injuria oo difamación, en agravio miembro de la comunidad educativa.física, c) Realizar actividades comerciales o lucrativas, en beneficio propio o de terceros, aprovechando el cargo o la función que se tiene dentro de la institución educativa, con excepción de las actividades que tengan objetivos académicos. d) Realizar en su centro de trabajo actividades ajenas al cumplimiento de sus funciones de profesor o directivo, sin la correspondiente autorización. e) Abandonar el cargo injustificadamente. f) Interrumpir u oponerse deliberadamente al normal desarrollo del servicio educativo. R.I./CCESA- GTR. 30
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g) Realizar en su centro de trabajo actividades de proselitismo político partidario en favor de partidos políticos, movimientos, alianzas o dirigencias políticas nacionales, regionales o municipales. h) Otras que se establecen en las disposiciones legales pertinentes. Asimismo, el profesor que incurre en una falta o infracción, habiendo sido sancionado previamente en dos (2) ocasiones con suspensión, es pasible de cese temporal. En el caso de los profesores que prestan servicios en las instituciones educativas, que incurran en las faltas señaladas en los literales a) y b), iniciado el proceso investigatorio previo al proceso administrativo disciplinario y en tanto estos no concluyan, el profesor es retirado de la institución educativa. El cese temporal es impuesto por el titular de la Unidad de Gestión Educativa Local, Dirección Regional de Educación y del Ministerio de Educación, según corresponda. ART. 55°. Destitución Son causales de destitución, la transgresión por acción u omisión de los principios, deberes, obligaciones y prohibiciones en el ejercicio de la función docente, considerado como muy grave. También se consideran faltas o infracciones muy graves, pasibles de destitución, las siguientes: a) No presentarse a la evaluación de desempeño docente sin causa justificada. b) Haber sido condenado por delito doloso. c) Haber sido condenado por delito contra la libertad sexual, apología del terrorismo o delito de terrorismo y sus formas agravadas. d) Incurrir en actos de violencia o causar grave perjuicio contra los derechos fundamentales de los estudiantes y otros miembros de la comunidad educativa y/o institución educativa, así como impedir el normal funcionamiento de los servicios públicos. e) Maltratar física o psicológicamente al estudiante causando daño grave. f) Realizar conductas de hostigamiento sexual y actos que atenten contra la integridad, indemnidad y libertad sexual tipificados como delitos en el Código Penal. g) Concurrir al centro de trabajo en estado de ebriedad o bajo los efectos de alguna droga. h) Inducir a los alumnos a participar en marchas de carácter político. i) Incurrir en reincidencia la inasistencia injustificada al centro de trabajo por más de tres (3) días consecutivos o cinco (5) discontinuos en un período de dos (2) meses. Asimismo, el profesor que incurre en una falta o infracción, habiendo sido sancionado previamente en dos (2) ocasiones con cese temporal, es pasible de destitución. En el caso de los profesores que prestan servicios en las instituciones educativas, que incurran en las faltas señaladas en los literales d), e), f), g) y h), iniciado el proceso investigatorio previo al proceso administrativo disciplinario y en tanto estos no concluyan, el profesor es retirado de la institución educativa. La destituciónyesdelimpuesta titular de lasegún Unidad de Gestión Educativa Local, Dirección Regional de Educación MinisteriopordeelEducación, corresponda. ART. 56°. Registro de las Sanciones Las sanciones administrativas como cosa decidida y las sentencias judiciales con autoridad de cosa juzgada aplicadas al profesor son registradas en el Escalafón Magisterial. La sanción administrativa se comunica a la Autoridad Nacional del Servicio Civil, para que esta sea incluida en el Registro Nacional R.I./CCESA- GTR. 31
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de Sanciones de Destitución y Despido o el que haga sus veces. Registro de las sanciones Las sanciones administrativas como cosa decidida y las sentencias judiciales con autoridad de cosa juzgada aplicadas al profesor son registradas en el Escalafón Magisterial. La sanción administrativa se comunica a la Autoridad Nacional del Servicio Civil, para que esta sea incluida en el Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido o el que haga sus veces. ART. 57°. Eliminación de anotaciones de sanción en el Escalafón Magisterial El profesor sancionado administrativamente, conforme a los literales a) y b) del artículo 43 de la presente Ley, puede solicitar la eliminación de anotación de sanción en el Escalafón Magisterial, luego de transcurrido un año de haber cumplido con la sanción aplicada por falta disciplinaria. En el caso del profesor sancionado de conformidad con el literal c) del citado artículo, debe haber transcurrido dos años del cumplimiento de la sanción. En ambos supuestos se requiere, además, haber observado buena conducta y obtenido informe favorable de su desempeño laboral. ART. 58°. Inhabilitación La Inhabilitación impide al servidor ejercer función docente pública durante un determinado lapso, por haber sido sancionado como consecuencia de la comisión de una falta grave en el ejercicio de su función pública o en su vida privada, que lo hace desmerecedor del ejercicio docente público, tales como: a) Las sanciones administrativas de suspensión y cese temporal implican la inhabilitación del ejercicio de la función docente hasta el término de la sanción. b) La sanción de destitución implica la inhabilitación para el desempeño de función pública bajo cualquier forma o modalidad, por un período no menor de cinco (5) años. c) Por resolución judicial firme que dispone la inhabilitación conforme al artículo 36 del Código Penal, el profesor queda inhabilitado, según los términos de la sentencia. d) El profesional de la educación condenado por delito de terrorismo o sus formas agravadas, delito contra la libertad sexual, delito de corrupción de funcionario y de tráfico ilícito de drogas, queda impedido de ingresar al servicio público en el Sector Educación. ART. 59°. 6.4. Falta de los Trabajadores Administrativos Los trabajadores administrativos del Plantel están incluidos en el artículo anterior. Y además se rigen por las normas vigentes en la administración pública. Constituye Falta grave a) El faltamiento de palabra o de obra a cualquier miembro de la Comunidad Educativa, así como a no b) c) d) e)
cumplir trabajo eficientemente comoyindican las normas educativas. Atentar su contra la moral: acoso sexual las buenas costumbres. Desobedecer las decisiones de la Dirección del Plantel. No respetar los símbolos patrios. Recibir alguna contribución a cambio de la nota.
ART. 60°. 6.5. De los estímulos del estudiante R.I./CCESA- GTR. 32
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Los estudiantes de mejor aprovechamiento y/o comportamiento serán distinguidos con un diploma de honor: a) Los estudiantes de liderazgo positivo y buen comportamiento recibirán distinciones b) Distinciones, diplomas u otros para los brigadieres y policías escolares que hayan destacado durante el año escolar. c) Los estudiantes que obtengan los más altos promedios generales al finalizar la Educación Secundaria se harán acreedores a la exoneración del examen de ingreso a la Universidad y Centros Superiores, según normatividad vigente. d) Otorgamiento de libros o artículos deportivos a los estudiantes más destacados. ART. No61°. está permitido: a) Ausentarse de algunas horas de clase b) Hacer peticiones en forma impositiva. c) Intentar o realizar plagios y/o copiar durante los exámenes y de las tareas de los compañeros, presentando como propios los trabajos ajenos. d) Tratar de valerse de fraude o recomendaciones para aprobar determinadas Áreas Curriculares. e) Traer cigarrillos, bebidas alcohólicas u otras drogas al Plantel o hacer uso de ellas en cualquier actividad organizada por el mismo, f) Realizar ventas o rifas dentro del Colegio sin la autorización de la Dirección. g) Apropiarse de las pertenencias de sus compañeros o de materiales del Colegio. h) Maltratar de palabra, obra o gesto a un compañero, o injuriarle con alusiones a su familia, religión, raza o nacionalidad. i) Deteriorar el local, mobiliario o útiles del Plantel o de sus compañeros, así como hacer inscripciones en las carpetas, paredes, puertas, etc. j) Traer objetos de valor, sin autorización respectiva. k) Traer celulares, MP3, IPOD o diskman sin motivo justificado antes las autoridades. l) Realizar actos contrarios a la moraly las buenas costumbres. m) Introducir al plantel objetos que atenten contra la moral y las buenas costumbres, n) Usar aretes, pendientes, pulseras, gargantillas, collares, sortijas, además de presentar tatuajes de cualquier tipo, piercing, maquillaje, uñas pintadas. ART. 62°. Del Horario de Clases a) El tiempo de permanencia de los estudiantes en el plantel debe ser según el horario para cada nivel indicado en la agenda escolar. b) En caso de urgencia, los permisos para inasistir o retirar al estudiante del Plantel debe realizarse con anticipación. ART. 63°. De la Asistencia y Puntualidad a) Los estudiantes que falten al plantel deberán presentar, en cuanto concurran, un justificativo firmado por sus padres, explicando el motivo de la inasistencia, el cual será entregado al Tutor de clase. Cuando la inasistencia sea de dos días continuos o más, será entregado a la autoridad respectiva. b) Los estudiantes que tuviesen que ausentarse del Plantel por motivo de viaje ya sea familiar o por trabajo, deberán presentarán una solicitud a la Dirección del plantel. R.I./CCESA- GTR. 33
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c)
LOS estudiantes que falten al Plantel deberán "ponerse al día" por su cuenta en las lecciones y tareas
dejadas en su ausencia. Asimismo, deberán solicitar a sus profesores dentro de la semana de su regreso, la fecha y hora en que deberán rendir las pruebas adecuadas. d) Los estudiantes que lleguen tarde al colegio y/o a las clases después de los períodos de recreo, serán registrados por el auxiliar, influyendo estas anotaciones en la calificación del Comportamiento. ART. 64°. De las Clases y de los Recreos De los Ingresos y Períodos de Tutoría y de Clase. a) El ingreso y salida del Colegio y del aula deberán efectuarse en orden con la debida compostura, siguiendo las indicaciones del profesor. b) Los alumnos que deseen intervenir en la clase levantarán la mano en silencio, y el profesor indicará quién hará uso de la palabra. c) Los reclamos sobre calificaciones y asuntos ajenos al tema que está tratando en clase, se reservarán para el recreo a fin de no desviar la atención de los demás compañeros. Los reclamos sobre notas se harán por escrito en la agenda escolar. d) Los estudiantes velarán por la limpieza del salón y el cuidado del mobiliario. Evitarán arrojar papeles al suelo, hacer inscripciones en las carpetas o cambiarlas de lugar. El estudiante que maltrate la carpeta, pagará la reparación de la misma. e) Cuando un profesor u otro visitante ingresen al salón, los estudiantes se podrán de pie en señal de saludo, y luego tomarán asiento a indicación del Profesor. f) La señal del timbre que indica recreo da por terminada la clase. Los estudiantes esperarán la indicación del Profesor para salir. De los Cambios de Hora de Clase a) Los estudiantes no saldrán del aula durante los cambios de hora de clase, permanecerán en sus aulas alistando sus útiles y aguardando al Profesor que tendrán a su cargo la clase siguiente. Los policías escolares cooperarán en el control durante estos instantes. De los Recreos a) Durante los recreos, podrán utilizar el patio recreativo respetando las instalaciones de la I.E. b) En el recreo no están permitidos: los juegos peligrosos, los que degeneren fácilmente en burlas o peleas; los que pueden hacer peligrar la integridad física de los compañeros y los que pueden causar deterioros en el Plantel. c) Durante los recreos y luego de la hora de salida, los estudiantes no deberán permanecer en las aulas sin la presencia de un Profesor. d) Cuidarán de no dejar papeles o desperdicios en los patios y en los pasadizos, debiendo echarlos en los tachos destinado para ese efecto. e) Ningún estudiante ingresará a la Sala de Profesores y/o ambiente administrativo, sin autorización. f) Al toque de timbre anunciando la finalización del recreo, los estudiantes se dirigirán directamente a sus salones o formarán bajo las indicaciones del profesor. De las Salidas R.I./CCESA- GTR. 34
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a) Ningún estudiante debe salir de las aulas antes del toque del timbre dando por finalizada la última hora de clase. El Profesor dará las indicaciones para prepararse y salir. ART. 65°. 6. 6. De la Presentación Personal a) Los estudiantes concurrirán únicamente con el uniforme escolar establecido por las autoridades del Colegio en concordancia con los padres de familia. b) Todo estudiante debe asistir al Colegio debidamente uniformado, así como: Cuidar el aseo personal, presentándose con el uniforme limpio. El largo de la falda debajo de la rodilla en el caso de las estudiantes. Los estudiantes deben asistir con cabello corto y las estudiantes deberán usar el cabello recogido, sin teñido, con un lazo azul y chompa azul. Estar en la clase de Educación Física con el uniforme completo, zapatillas blancas, polo amarillo del Colegio. Las uñas cortas y limpias, evitar accesorios innecesarios (aretes largos, pulseras, peinetas, objetos de oro y otros). Usar zapatos negros (modelo escolar), maletín o mochila negra. Debe mantenerse la corrección al vestir el uniforme, sin dobleces en la cintura, en el bota pie, los colores y tamaño adecuado, incluyendo la corbata y las medias.
ART. 66°. 6.7. De las Sanciones Se establece en el Plantel un Régimen Progresivo principales objetivos son los siguientes: a) Detectar desde un primer momento y seguir de la evaluación de los estudiantes con problemas de comportamiento. b) Recuperar el comportamiento o aprovechamiento estudiante y salvaguardar el derecho educativo de sus compañeros. c) Proporcionar oportuna y permanente información a Familia, facilitando su colaboración. d) Respaldar con el sistema el Principio de Autoridad así como las acciones y decisiones que pudiera Dirección, Sub dirección.
de
Sanciones,
manera
permanente
adecuado los
sus
Padres
del de
de los Profesores, determinar la
ART. 67°. El Régimen progresivo de Sanciones i mplicará la aplicaci ón de las siguientes medi das: a) b) c) d) e) f) g)
Llamadas de atención. Anotaciones en la Agenda Escolar. Amonestaciones escritas, que deberán ser firmadas y devueltas por los Padres de Familia. Informe de Comportamiento. Suspensiones sucesivas de 1 a 5 días de clases, pudiendo ser más días si la gravedad lo amerita. Separación definitiva del Colegio. En caso de tardanzas injustificadas: 3 tardanzas: Amonestación escrita 4 tardanzas: Citación a los padres.
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5 o más: Ingresa con el Padre de Familia o Apoderado.
Primera Instancia: Profesores a) En caso de problemas disciplinarios durante las clases, los profesores tomarán las providencias indicadas en las letras a, b,c y d del artículo anterior. b) Todo profesor tiene la facultad de amonestar y registrar a cualquier alumno por motivo justificado en la agenda escolar. Las anotaciones y las tardanzas constituirán factor importante para la Calificación Bimestral del Comportamiento. c) El informe de Comportamiento se aplicará al alumno que no corrija sus actitudes negativas con la llamada de atención ni con las anotaciones en la agenda escolar. Este informe será entregado al estudiantado, en quien después con de enterarse lo firmará, pudiendo hacer las que creasi convenientes la entrevista el Tutor. Posteriormente se entregará a laobservaciones autoridad respectiva, fuese el caso, para que finalmente el alumno lo retorne firmado por sus padres al día siguiente. Segunda Instancia: Dirección a) Si a pesar de la aplicación del régimen progresivo de sanciones y de las orientaciones recibidas, el alumno no enmendara su comportamiento, se le aplicará suspensiones de 1 a 5 días, previa de la emisión de la RD respectiva. b) El estudiante suspendido recibirá un trabajo académico proporcional al número de horas que no estará presente en cada área curricular, el que será presentado necesariamente para reintegrarse a clases, después de haber cumplido con el plazo de la suspensión. c) Si después de cumplir la suspensión por 5 días el estudiante persistiera en su mal comportamiento, su caso será sometido a la Dirección y Coordinación para considerar su separación definitiva. d) El estudiante que incurra en una falta grave se hará acreedor a una suspensión de duración proporcional a la gravedad de su falta o bien la separación definitiva del plantel, prescindiendo de todo lo anterior, según considere la Dirección y Coordinación. ART. 68°. Escala de Faltas y Sanciones Las siguientes faltas mayores, podrán ser sancionadas con una suspensión a criterio de la Dirección. a) La insolencia en el trato con los Profesores, Personal Administrativo y/o Personal de mantenimiento del plantel. b) Salir del Colegio sin autorización. c) Falsificar la firma de sus Padres, Profesores y/o Autoridades de la I.E. d) Ocasionar daños de consideración en los bienes, muebles; debiendo abonar el monto correspondiente a los daños ocasionados. e) Traer cigarrillos, bebidas alcohólicas al colegio, fumar y/o beber en sus instalaciones o alrededores. f) Portar revistas y periódicos pornográficos. g) Las señaladas en profesores. el artículo carácterfaltas grave, en opinión de los
siguiente,
cuando
no
sean
de
ART. 69°. Las siguientes Faltas, consideradas graves, podrán merecer la separación del Plantel a criterio de la Dirección: a) Inmoralidad u obscenidad dentro y fuera del plantel. R.I./CCESA- GTR. 36
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b) c) d) e) f) g) h) i)
Insubordinación reiterada o falta grave de respeto. Fraude o hurto. Promover desórdenes de trascendencia dentro o fuera del Plantel. Dedicarse a actividades de orden político-partidarista dentro del colegio. Calumnia, difamación o injuria grave. Malos tratos de palabras o de obra a sus compañeros, personal de la I.E, en forma reiterada. Atentar contra la integridad física de un Profesor, Personal del Colegio o compañero. Fomentar actos de pandillaje dentro y fueradel colegio.
ART. 70°. El estudiante que tratara de engañar para evitar una sanción, o el que dejara castigar a otros inmerecidamente y por culpa, será sancionado con mayor severidad. ART. 71°. Las Matrículas Condicionales y Separaciones definitivas del Plantel, serán propuestas responsablemente por el Personal de la I.E. a la Dirección ART. 72°. Se procederá ala separación del Plantel o ala cancelación de la matrícula en los siguientes cas os: a) Por haber obtenido calificativo desaprobatorio (diez o menos) en el promedio Anual de comportamiento. b) Por incumplimiento de los compromisos de la Matrícula. ART. 73°. 6.8. De la Participación de los Estudiantes Los estudiantes que ocupen los primeros puestos en las diferentes representaciones estudiantiles deberán caracterizarse por su buena presentación personal y el uso de las disposiciones correspondientes. ART. 74°. Policía Escolar Será elegido por una comisión, integrado por el tutor, un docente y el auxiliar. Hay que tener en cuenta que uno de los requisitos para ser elegidos los policías escolares se verá el aspecto conductual, el aprovechamiento e idoneidad. El Estado Mayor El estado Mayor está integrado por 3 alumnos: Un brigadier General, un Sub Brigadier General y un brigadier de compañía. Éstos dependen de la Dirección. De la Escolta La Escolta está integrada por los alumnos responsables del traslado y acompañamiento del Pabellón Nacional y emblemas en las ceremonias Cívicas, actuaciones y en cualquier otro evento dentro o fuera de la I.E. Depende de la Dirección, del instructor y/o el auxiliar responsable. R.I./CCESA- GTR. 37
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Del Consejo Municipal Escolar El Consejo Municipal Escolar tiene los siguientes cargos: 1. Un Alcalde. 2. Un Teniente Alcalde 3. Un Vocal. 4. Un Regidor de Defensoría del Niño y el Adolescente. De las Brigadas de Defensa Civil Las Brigadas de Defensa Civil están conformadas por los alumnos debidamente entrenados para actuar en situaciones de emergencia. Depende de la coordinación de Defensa Civil. ART. 75°. 6.9. De las Faltas y Prohibiciones de los Padres de Familia: Son faltas y prohibiciones de la asociación de Padres de familia los siguientes: a) Negligencia en el cumplimiento del cargo para la cual fue elegido o señalado. b) Usar el cargo para otros fines, diferentes para el cual fueron elegidos. c) No respetar el D.S. N° 020-98, en todos sus partes. d) Asistir al Plantel en estado de ebriedad. e) Hacer mal uso de los fondos de la Asociación. f) Realizar actividades políticas dentro del Plantel. g) Difamar a la Institución o a cualquier de sus miembros. h) No está permitido la intromisión de funciones. i) Tomar decisiones que no le competen, según su reglamento. j) En las reuniones deben participar los asociados. k) Los asociados que incurran en el incumplimiento de sus funciones serán sancionados acorde al D.S. N° 020 - 98, dando cuenta a la superioridad. Son obligaciones de la Asociación de Padres de Familia: a) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos de la Asociación. b) Desempeñar los cargos y comisiones que les encarguen la APAFA. c) Asistir a las reuniones que convoquen los órganos de la asociación y /o Director, acatar los acuerdos que se tomen. d) Contribuir a la buena marcha de la Institución y de la I.E. y velar por el prestigio, seguridad y su disciplina. e) Pagar las cuotas ordinarias y extraordinarias o las que se acuerden en el seno de la Asociación las cuales constituyen requisitos para elegir y ser elegido. f) Respetar la labor de los trabajadores del Plantel. g) Mantener las buenas relaciones con toda la comunidad.
CAPÍTULO VII DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS ART. 76°. Sobre la Administración de Recursos: a) El Director es el responsable de la Administración de los Fondos provenientes de la recaudación y actividades en bien del Plantel que se realicen dentro de la I.E. b) La APAFA administra los recursos económicos que la ley le permita. R.I./CCESA- GTR. 38
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c) La Concesión y el Control de quiosco es otorgado por el Director, previa puesta en Licitación. d) En los Casos Que El Concesionario brinde un buen Servicio y no se recepcione ninguna queja por escrito del Personal de la I.E. El Director podrá renovar de Oficio el Contrato para el Periodo Siguiente. e) El canon que abone el conductor del Quiosco constituirán ingresos propios de la Dirección. Serán destinados exclusivamente en bienes y servicios del Plantel, su administración se realizará en conformidad a la D.S.N° 020-98. f) Los fondos de las actividades que pudieran realizarse deberán estar destinados principalmente en inversiones que beneficien a la educación como: a. Mejorar la infraestructura. b. Mejorar o incrementar el mobiliario y/o material didáctico educativo en beneficio del estudiantado. c. Material de SS.HH., etc. d. Gastos de emergencia de salud o accidentes, de los estudiantes o personal que labora en la I.E. dentro del mismo. g) Las actividades con fines de recaudar fondos económicos, programados dentro de la I.E. o aquellos que se realicen de manera extraordinaria, deberán contar necesariamente con la autorización de la Dirección. CAPÍTULO VIII DEL INVENTARIO Y SU USO ART. 77°. Se realizará lo siguiente: a) El Director es responsable del uso y actualización del Inventario. b) Todo el Personal está autorizado para el uso de los Bienes, Herramientas, Equipos y demás Enseres, mientras los cuide y no los deteriore. c) Para su uso, debe firmarse el cargo y una vez devuelto el bien debe de dar conformidad del descargo. d) Cada fin de año El Director debe levantarse el Inventario con participación de la Comisión de Inventario; ya sea con las altas o las bajas que sean necesarias. e) De la conservación del bien es responsable la última persona que lo utilizó; en caso contrario, asumirá (de acuerdo al presente reglamento) la devolución, reparación o rehabilitación de dicho bien, sin prejuicio de la sanción que le corresponda. CAPÍTULO IX RELACIONES DE COORDINACIÓN ART. 78°. 9.1. RELACIONES DE COORDINACIÓN: a) La I.E. coordina con la Municipalidad y diferentes garantizar la implementación de los servicios de apoyo.instituciones el apoyo y cooperación para b) La I.E. coordinará con las Autoridades de Educación y los Aliados Estratégicos para solicitar apoyo eficientemente en el Proceso Educativo; respetando las normas técnicas pedagógicas y disposiciones administrativas emanadas por el Ministerio de Educación. c) La I.E. tiene relación permanente con la APAFA, cuya función primordial es velar por la Infraestructura del Plantel. d) La I.E. tiene como ente Rector inmediato a la UGEL N° 03, por tanto existen estrechas relaciones de Asesoría, Comunicación y Apoyo. R.I./CCESA- GTR. 39
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9.2. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS. ART. 79°. El Plantel funciona en ambos turnos y dos niveles: Primaria y Secundaria que se integrará bajo una Dirección. ART. 80°. El Comité de Aula en coordinación con el Personal Docente mejorará los bienes y enseres del Plantel entregando los mismos en buen estado al concluir el Año Lectivo. ART. 81°. Los estudiantes de Primaria y Secundaria que destruyan o malogren los Muebles y/o Enseres del Plantel asumirán individualmente su responsabilidad, reponiendo el bien deteriorado bajo la Supervisión del Comité de Aula y del Profesor del grado o sección. ART. 82°. Este Reglamento está basado en las Normas Educativas Legales Vigentes y enmarcadas totalmente Bajo su Normatividad. ART. 83°. La Asociación de Ex – Alumnos será formada de manera progresiva en mediano plazo.
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