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COLEGIO NACIONAL MIXTO “GONZOL” EL CONSEJO DIRECTIVO DEL COLEGIO NACIONAL MIXTO “GONZOL” DE LA PARROQUIA GONZOL, CANTON CHUNCHI, PROVINCIA DE CHIMBORAZO. CONSIDERANDO. 1.- Que el actual Reglamento Interno del plantel, fue aprobado por la Directora Provincial de Educación Hispana de Chimborazo, mediante Acuerdo N. 592 de Diciembre 07 del 2004, 2.- Que dados las reformas establecidas en las leyes y reglamentos que norman las actividades educativas, es necesario actualizar el Reglamento Interno del colegio, a fin de que sus disposiciones sean concordantes con los requerimientos de una administración ágil, eficiente, descentralizada y positiva en beneficio de una formación integral de nuestros alumnos. 3.- Que es competencia de Consejo Directivo elaborar el Reglamento Interno o sus reformas, según lo establece el Art. 107 literal (c) del Reglamento a la Ley de Educación. ACUERDA 1.- Remitir el presente proyecto de actualización del Reglamento Interno, a fin de que sea aprobado por el funcionario correspondiente al amparo de lo dispuesto en el Art. 59 literal (f) del Reglamento de la Ley de Educación. 2.- Ponerlo en vigencia una vez que se ejecutoríe el acuerdo de aprobación respectivo. Dado y firmado en la sala de sesiones de Consejo Directivo del Colegio Nacional Mixto “Gonzol” hoy jueves 11 de agosto agosto del 2008. 2008. MsC. Miguel Guadalupe RECTOR E
PRIMER VOCAL
Lic Eduardo Mayo VICERRECTOR
SEGUNDO VOCAL
TERCER VOCAL
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REGLAMENTO REGLAMENTO INTERNO CAPITULO I ESTRUCTURA FINES Y OBJETIVOS . DE LA ESTRUCTURA. ART. 1.- El Colegio Nacional Mixto Gonzol, es un establecimiento fiscal del nivel medio creado según Acuerdo Ministerial Nº 2044 de 20 de Agosto del 2002 por el Ministro de Educación, Cultura, Deportes y Recreación Dr. Juan Cordero Iñiguez. ART. 2.- El Colegio está estructurado por los ciclos: Educación Básica y Bachillerato en la secci sección ón matutina matutina,, régime régimenn sierra sierra con la espec especialid ialidad ad de Ciencia Cienciass Sociale Socialess con auxiliaturas en Electro Mecánica e Industria del Vestido. ART. 3.- a) Autorización de funcionamiento del Primer Año de Bachillerato de fecha 13 de junio del 2005. a partir del año lectivo 2005-2006. b).- Autorización de funcionamiento del Segundo Año de Bachillerato de fecha de 21 de junio del 2006, a partir del año lectivo 2006-2007. c).- Autorización de Funcionamiento del Tercer Año de Bachillerato de fecha 12 de junio del 2007, a partir del año lectivo 2007-2008.( 2007-2008 .( ojo revisar Art. 3 si va las autorizaciones de los 3 años de bachillerato). ART. 4.- El Colegio Nacional Mixto “Gonzol” contará con las siguientes autoridades y organismos como niveles: Ejecutivo, Asesor, y de Apoyo. NIVELES EJECUTIVOS.- AUTORIDADES. AUTORIDADES. Rector. Vicerrector Inspector. NIVELES DE ASESORÍA.- ORGANISMOS. Consejo Directivo. Junta General de Profesores. Junta de Profesores de Curso. NIVELES AUXILIARES Y DE APOYO. Secretaría. Colecturía. Servicios Generales.
DE LOS FINES ART. 5.- Son fines del Colegio Colegio Nacional Mixto “Gonzol” a más de los establecidos en en el Art. 3 del Reglamento General de la Ley de Educación vigente, los siguientes: a) Dar cumplimie cumplimiento nto las Leyes, Leyes, Reglamentos Reglamentos,, Acuerdos, Acuerdos, Circulares, Circulares, Resolucio Resoluciones nes y más más disp dispoc ocisi ision ones es del del Minis Ministe terio rio de Educ Educac ación ión,, Dire Direcc cció iónn Prov Provinc incia iall de
3 Educación Hispana de Chimborazo y otras autoridades relacionadas al ramo de la educación. b) Procur Procurar ar la actualiza actualizació ciónn técnica técnica,, científi científica ca y didáctic didácticaa del Persona Personall Doc Docent entee y Estudiantes en concordancia con los avances de nuestra época. c) Integrar Integrar a los Estudiante Estudiantess al desarrollo desarrollo científico, científico, socio-cu socio-cultural ltural y económ económico ico para que se constituyan en entes positivos de la comunidad. d) Aplic Aplicar ar la refor reforma ma curri curricu cula larr en los los nivel niveles es de Educ Educac ación ión Media Media confo conform rmee dictamina el Ministerio de Educación y Cultura. e) Prop Propen ende derr a la resp respon onsa sabil bilida idad, d, solid solidar arida idadd del del Pers Person onal al Dire Direct ctivo ivo,, Do Doce cente nte,, Administrativo, Padres de Familia, Representantes y Estudiantes para crear y mantener las condiciones apropiadas para que la disciplina constituya el óptimo desarrollo de las actividades educativas. f) Impuls Impulsar ar la integra integració ciónn interinstit interinstituci uciona onall comun comunitar itaria. ia.
DE LOS OBJETIVOS ART. 6.- A más de los establecidos en el Art. 1 del Reglamento General de la Ley de Educación vigente, son objetivos del Colegio Nacional Mixto “GONZOL” los siguientes: siguientes: a) Establ Establece ecerr Normas Normas que facilite facilitenn el cumplimi cumplimient entoo de las disposic disposicione ioness legale legaless y reglamentarias que regulen el sistema educativo. b) Disponer Disponer de la base normativa normativa que fundame fundamenta nta la organización organización y funcionam funcionamiento iento del personal docente, Administrativo y de Servicios del Colegio Nacional Mixto Gonzol. c) Especificar Especificar las funcione funciones, s, atribuciones atribuciones,, y deberes deberes de las autoridades, autoridades, organism organismos, os, personal docente, personal administrativo, de servicio, alumnado y padres de familia d) Respe Respetar tar y hacer hacer respet respetar ar las disposic disposicion iones es legales legales,, reglam reglament entaria ariass y el orden jerárq jerárquic uicoo establ establec ecido ido para para con conse segui guirr la marcha marcha ordena ordenada da y eficient eficientee de las actividades del plantel.
CAPITULO II DE SU ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO ART. 7.- El Colegio Nacional Mixto “GONZOL” para su funcionamiento contará con los siguientes organismos y autoridades: A. Junta Junta General General de Directivo Directivoss y Profes Profesores ores B. Co Cons nsej ejoo Dire Directi ctivo vo
4 C. a) b) c) d) e)
f) g) h) i)
Rector Vice icerre rrector Inspec Inspector tor – Profe Profesor sor (jefe (jefe de RR. RR. HH) HH) Profe Profeso sore ress Guía Guíass de cur curso so Profe Profeso sore ress Téc Técnic nicos os Comi Co misio sione ness perm perman anen ente tess - Co Comi misi sión ón Técn Técnic icoo Ped Pedag agóg ógic icaa - Co Com misió isiónn Soc Socio-C io-Cul ultu tura rall - Comisi isión Deportiv rtivaa - Co Comi misi sión ón de Labo Laborr Com Comuunita nitari riaa Person rsonal al Doc Doceente nte Departame Dep artamento nto de de Adminis Administració traciónn conforma conformada da por: por: - Secretaría - Colecturía Depa De parta rtame mento nto de Servi Servici cios os - Conserje. Comi Co mité té de Padr Padres es de Fami Familia lia..
CAPITULO III DE LOS DEBERES Y ATRIBUCIONES DE LA JUNTA GENERAL, DIRECTIVOS Y PROFESORES, ART. 8.- A más de su organización deberes y atribuciones contemplados en los Art. 108 y 109 del Reglamento General de la Ley de Educación; se establecen los siguientes deberes y atribuciones: a) Eleg Elegir ir a los los Vo Voca cale less del del Co Cons nsej ejoo Dire Direct ctivo ivo media mediante nte votació votaciónn nomi nomina nall o secreta secreta y por mayoría absoluta absoluta.. De existir empate el Rector Rector tendrá un voto dirimente. b) Resolver Resolver en última última instancia instancia los problema problemass administrativo administrativos, s, disciplinarios disciplinarios y de cualqu cualquier ier otro orden orden que no estuvie estuvieren ren asigna asignados dos exp expres resame amente nte a otras otras autoridades. c) La asiste asistenci nciaa a las sesione sesioness de la Junta Junta Gener General al es obliga obligator toria, ia, se consid considera era como excusa la calamidad doméstica o enfermedad debidamente comprobada; caso contrario quien incurriere en falta será sancionado con un día de sueldo. d) Cumplir Cumplir fielmente fielmente los deberes deberes y atribucio atribuciones nes contemplado contempladoss en en el el Reglame Reglamento nto General de la Ley de Educación y del Reglamento interno, evitando tratar asuntos personales que perjudiquen el normal desarrollo de las sesiones.
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DEL CONSEJO DIRECTIVO ART. 9.- A más de la organizació organización, n, requisitos, deberes deberes y atribuciones atribuciones de los Art. 103 al 107, del Reglamento General de la Ley de Educación. Poner en práctica el Reglamento Interno y velar por su fiel cumplimiento. ART. 10.- Las sesiones ordinarias y extraordinarias, se realizarán en el local del Colegio, a excepción de algunas extraordinarias oficiales que el caso amerite, en el lugar que se determine en la convocatoria. ART. 11.- El Consejo Directivo deberá conocer y resolver los asuntos relacionados con la buena marcha del Colegio que fueren puestos en su consideración por las autoridades, y además deberá: a) Poner Poner en práctica práctica el Regla Reglamento mento Interno Interno y velar por por su fiel fiel cumplimient cumplimientoo b) Conoc Conocer er los problemas problemas sobre asuntos asuntos doc docent entes, es, disciplin disciplinari arios, os, especial especiales es y sancionarlos, previo trámite legal. c) Asesor Asesorar ar al Recto Rectorr en la formulaci formulación, ón, ejecuc ejecución ión y evalu evaluaci ación ón del Proyecto Proyecto Educativo Institucional (PEI) d) Cuidar Cuidar del adecuado adecuado manejo manejo de los recursos recursos económicos económicos financiero financieross asignados asignados para el Colegio. e) Cono Conocer, cer, decidir decidir y reformar reformar el el presupues presupuesto to de la la institución. institución. f) Cuan Cuando do por razo razone ness de organ organiza izaci ción ón interna interna y mejor mejor rendim rendimie iento nto de los los alumnos estimare necesario algún cambio de asignatura y horarios, entre los profesores podrá hacerse, previo informe favorable de la Comisión Técnico Pedagógica. g) Resol Resolver ver todos todos los asuntos asuntos no previsto previstoss en el Reglame Reglamento nto General General de la Ley Ley de Educa Educación ción,, y en Regla Reglame mento nto Intern Interno, o, previa previa con consul sulta ta a la Direcci Dirección ón Provincial Provincial de Educación Educación Hispana Hispana y ejercer ejercer las demás atribuciones atribuciones que lo señala la Ley y los Reglamentos. h) Mante Mantener ner una adecua adecuada da coord coordina inació ciónn entre entre los diferente diferentess organis organismos mos del Colegio. i) Fome Fomenta ntarr las publica publicacio ciones nes de textos textos,, folleto folletoss y libros libros de carácte carácterr científi científico co y educativo. j) Sugerir Sugerir que los días días que son son de vacación vacación obligato obligatoria ria en días días intermed intermedios ios de la semana se laborará normalmente y a cambio de este día se tomará al inicio o fin de semana considerando la situación geográfica donde se labora.
DEL RECTOR
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ART. 12.- A más de los deberes y atribuciones contempladas en el Reglamento General de la Ley de Educación en sus Arts. 95 y 96. El Rector deberá: a) Estimul Estimular ar al persona personall docente docente,, administr administrativ ativoo y de servicio servicio de acue acuerdo rdo con con las normas legales y reglamentarias b) Cuidar Cuidar del cumplim cumplimien iento to de las leyes, leyes, reglamen reglamentos tos,, horario horarios, s, acuerd acuerdos os y demás demás resoluciones emanadas por autoridades u organismos superiores. c) Preocu Preocupar parse se constant constanteme emente nte de mante mantener ner y elevar elevar el prestig prestigio io de la Institu Institució ción, n, perfeccionamiento del personal, de su cooperación y armonía, como autoridad responsable del funcionamiento integral del plantel. d) Vigi Vigila larr bajo bajo su resp respon onsa sabi bilid lidad ad,, la reca recaud udac ació iónn y adec adecua uada da inver inversió siónn de los los recursos económico financieros del Colegio. e) Orde Ordena narr y diri dirigi girr la actu actual aliz izac ació iónn de los los inve invent ntar ario ios, s, de acue acuerd rdoo a la ley ley y reglamentos vigentes. f) Convo Convocar car al al Colecto Colectorr a todas las las sesione sesioness de Conse Consejo jo Directiv Directivoo que tenga tengann que ver con asuntos económicos-financieros para que de a conocer los informes que permitan la toma de decisiones. g) Cont Contro rola larr y apro aproba barr los los gast gastos os de caja caja chic chicaa y lega legali liza zarr con con su firm firmaa los los respectivos comprobantes y recibos. h) Cump Cumplir lir fielme fielmente nte las obse observ rvac acio ione ness y reco recome mend ndac acion iones es imparti impartida dass por por la Contraloría en los informes de fiscalización y auditoria. i) Comun Comunica icarr inmed inmediat iatame amente nte a la Direcció Direcciónn Provin Provincia cial,l, los casos casos de los profes profesore oress que no reasuman las funciones a sus cargos, se considera abandono del cargo cuando el profesor no reasuma dentro de los tres días de terminada la licencia, la vacación o de cumplida la comisión. Y cuando faltare al plantel más de tres días sin previa autorización. j) j) Sanc Sancio iona narr los los atra atraso soss (5 minu minuto toss desp despué uéss de inic inicia iada da la jorn jornad ada) a),, las las falt faltas as injustificadas, negligencia en el cumplimiento de las obligaciones del personal docente, administrativo y de servicio con multas cuyo valor corresponde a lo dispuesto en el Art .120 del Reglamento a la Ley de Carrera Docente y Escalafón del Magisterio Nacional. k) Resol Resolver ver la admis admisión ión de los los alumn alumnos os nuevo nuevoss l) Participar Participar en en la elabora elaboración ción de de las las reformas reformas al presupue presupuesto sto del del plantel. plantel. m) Sancionar a funcionarios del plantel que recauden recauden valores valores por cualquier cualquier actividad. n) Conocer Conocer el inventario inventario general general actualizad actualizadoo de los bienes bienes y recursos recursos del Colegio. Colegio. o) Mult Multar ar con el 3% del suel sueldo do básico básico de la cate catego goría ría a la que que corre corresp spon onda da por por negligencia negligencia,, previo informe del del vicerrector vicerrector e inspector a los profesores profesores que no
7 entreg entreguen uen opo oportu rtunam nament entee las planifi planificac cacione iones, s, evalu evaluaci acione oness trimest trimestrale raless y de supletorios, actas de calificaciones. p) A quienes quienes injustificadam injustificadamente ente no no asisten asisten a los actos actos a que fueren fueren convocado convocados. s. q) Asistir a las sesiones sesiones de de la ARECISE ARECISE e informar informar al al Consejo Consejo Directivo. Directivo.
DEL VICERRECTOR ART. 13.- A más de los deberes y atribuciones contempladas del Art. 98 del Reglamento General de la Ley de Educación. ART. 14.- El Vicerrector es el colaborador inmediato del Rector, en el gobierno del establecimiento, y lo sustituye en caso de ausencia o impedimento, en tal carácter, le corresponde las mismas facultades y obligaciones que son privativas del Rector. Además el Vicerrector deberá: a) Permanec Permanecer er en el el establecim establecimiento iento durante durante la jornada jornada estudia estudiantil. ntil. b) Elabor Elaborar ar el cronog cronogram ramaa anual anual de activi actividad dades es en coord coordinac inación ión con con el Rector, Rector, Insp Inspec ecto torr y darlo darlo a cono conoce cerr a Co Cons nsej ejoo Dire Directi ctivo vo para para su apro aproba baci ción ón,, con con anterioridad al inicio del año lectivo. c) Trab Trabaj ajar ar,, en estr estrec echa ha armo armoní nía, a, con con la Co Comi misi sión ón Técn Técnic icoo Peda Pedagó gógi gica ca y el Inspector General, esforzándose para mantener la unidad de acción en todos los aspectos de la vida del establecimiento. d) Conoc Conocer er o resolve resolverr los problem problemas as académ académicos icos tales tales como: como: programa programass de curso, curso, asigna asignatura turas, s, superv supervisió isiónn de materia materiall didáct didáctico ico previo previo informe informe a la Co Comis misión ión Técnico Pedagógica. e) Presid Presidir ir las Juntas Juntas de Curso Curso para orientar orientar su desenvo desenvolvim lvimien iento to en ausencia ausencia del Rector. f) Velar Velar por el buen buen mantenim mantenimiento iento de las instalac instalaciones iones y bienes bienes que son son propieda propiedadd del Colegio. g) Resp Respon onsa sabil biliza izars rsee de la dire direcc cció iónn y funci funcion onam amie iento nto de la comi comisió siónn Técn Técnic icoo Pedagógica. h) Subrogar Subrogar automática automáticamente mente al Rector Rector por ausencia ausencia de de hasta dos dos días; y por escrito escrito en ausencia mayor de dos días.
DEL INSPECTOR
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ART. ART. 15.15.-El Inspecto Inspectorr es responsa responsable ble de fomenta fomentarr el desarrol desarrollo lo armónico armónico de las actividades actividades estudiantiles, estudiantiles, creando creando un ambiente ambiente disciplinario disciplinario para el trabajo trabajo TécnicoTécnicoDocente. ART. 16.- A más de los Art. 100 y 101 del Reglamento General de la Ley de Educación; son funciones del Inspector a) Dirigir y supervisar supervisar las actividade actividadess disciplin disciplinarias. arias. b) Mantener Mantener informados informados diariamen diariamente te a las Autoridades Autoridades del del Plantel de las noveda novedades des que se produj produjere erenn sobre sobre aspec aspectos tos discip disciplina linarios rios,, de asiste asistencia ncia de profes profesore ores, s, Personal Administrativo, de Servicios y Alumnos. c) Coordi Coordinar nar el desar desarroll rolloo de los evento eventoss cultura culturales les,, cívico cívicos, s, sociales sociales y deport deportivos ivos,, dentro y fuera del plantel. d) Sugerir Sugerir a las las autoridade autoridadess correspondie correspondientes ntes las las medidas medidas adecu adecuadas adas para para el mejor mejor desenvolvimiento de la marcha disciplinaria del Colegio. e) Supe Superv rvis isar ar y cont contro rola larr la asis asiste tenc ncia ia de los los seño señore ress Prof Profes esor ores es,, Pers Person onal al Administrativo, de Servicio y Estudiantes en general. f) Dirigir Dirigir y respet respetar ar oficia oficialme lmente nte a la la inspec inspecció ción. n. g) Ejercer Ejercer funciones funciones que, que, en cada caso, caso, las autorida autoridades des del del plantel lo delegar delegarán. án. h) Organizar Organizar y supervis supervisar ar la vida disciplina disciplinaria ria a través través a de sus colabora colaboradore doress dentro y fuera del establecimiento, en el transcurso de los días laborables. i) Incentivar Incentivar a los alumnos alumnos para la buen buenaa conserva conservación ción y aseo del del local, local, mobiliario mobiliario y material de aprendizaje. j) Llevar Llevar cuidado cuidadosam sament entee los registro registross gener generale aless y estadísti estadísticos cos de asistenc asistencia ia del Personal Docente, Administrativo y de Servicio así como también de conducta y asistencia de los Estudiantes. k) Presen Presentar tar mensual mensualme mente nte y por escrito escrito los informe informess de asistenc asistencia ia del Person Personal al Doce Do cente nte,, Ad Admi minis nistra trativ tivoo y de Servi Servici cioo y los los que que sean sean requ requer erid idos os por por las las autoridades correspondientes, para ser enviados oportunamente a la Dirección Provincial de Educación. l) Notificar Notificar a los padres padres de familia familia o representa representantes ntes de los alumnos alumnos la inasistenc inasistencia, ia, o la falta de puntualidad y rendimiento de los Estudiantes. m) Califica Calificarr el desar desarroll rolloo comport comportame amenta ntall de los alumno alumnos, s, sujetá sujetándo ndose se a criteri criterios os psicopedagógicos, con la participación de sus colaboradores. n) Cumplir Cumplir y hacer hacer cumplir las las disposicione disposicioness que imparten imparten las las autoridades autoridades..
9 o) Informa Informarr al Rector Rector sobre la asistencia asistencia del del person personal, al, alumnos alumnos en estado estado etílico etílico o con con sínto síntoma mass de habe haberr inger ingerido ido alco alcoho holl para para los los corre correcti ctivo voss y sanc sancio ione ness correspondientes. p) Conferir Conferir certificados certificados de de conducta conducta previa previa autorizac autorización ión del del Rector. Rector. q) El Inspecto Inspectorr será será el encarga encargado do de coord coordina inarr la hora cívica, cívica, con la prese presencia ncia del del Personal Docente, Administrativo, de Servicio y Estudiantes y en caso de haber novedad comunicará a la autoridad superior. r) El Inspec Inspecto torr asum asumirá irá las veces veces de Jefe Jefe de Recu Recurs rsos os Human Humanos os del plante plantell de acue acuerd rdoo a la norm normat ativ ivaa de la SENR SENRE ES en el conte ntexto xto del proc proceeso de desconcentración Administrativa de Recursos Humanos. s) Elabor Elaborar ar horarios horarios de exámen exámenes es trimestra trimestrales les y suplet supletorio orioss para para su aprobac aprobación ión por parte del Rector.
DE LOS PROFESORES GUIAS DE CURSO ART. 17.- Los profesores guías de curso serán designados, al inicio del año lectivo, por la Junta de Profesores y durará en sus funciones hasta el inicio del próximo. ART. 18 Son deberes y atribuciones de los Profesores Guías de Curso: a) Asisti Asistirr obligato obligatoriam riamente ente a las las Juntas Juntas de Curs Curso. o. b) b) Pone Ponerr todo todo empe empeño ño para para la buen buenaa marc marcha ha del del curs curso, o, para para lo cual cual debe debe investigar los factores determinantes del nivel de aprovechamiento y conducta de los los alum alumno nos, s, con con el fin de que que pued puedan an hace hacer, r, con con fund fundam amen ento tos, s, las las advertencias que fueren necesarias, para el bien del estudiante o de sus representantes c) Coordinar Coordinar la labor labor de los Profeso Profesores res y Estudian Estudiantes tes del curso curso y la particip participació aciónn de los padres padres de familia y personal personal de inspección, inspección, para alcanzar alcanzar los mejores resultados en el proceso educativo. d) Coop Cooper erar ar y estim estimul ular ar la parti partici cipa pació ciónn de los los Estu Estudia diant ntes es en activ activid idad ades es académicas, científicas, deportivas y sociales. e) Colaborar Colaborar en la solución solución de de los problemas problemas estudia estudiantiles. ntiles. f) Establece Establecerr mecanismos mecanismos de de comunica comunicación ción con con los Padres Padres de Familia Familia para para tratar tratar asun asunto toss rela relaci cion onad ados os con con la disc discip ipli lina na y el apro aprove vech cham amie ient ntoo de los los Estudiantes. g) Planificar, Planificar, organizar, organizar, participar participar y responsa responsabilizars bilizarsee en las excursione excursioness y giras de observación estudiantiles, de acuerdo con las normas reglamentarias.
10 h) Cumpl Cumplir ir las demás demás funcione funcioness que le fueran fueran señala señaladas das por las autorid autoridade adess del del establecimiento. i) Informar Informar oportunam oportunamente ente al Vicerrect Vicerrector or de las las necesid necesidades ades de mobiliario mobiliario en las las aulas y materiales de trabajo.
DEL JEFE DEL TALLER ART. 19.- El Profesor técnico, industrial y científico es el encargado de tratar las asignaturas de las especialidades técnicas: Electro Mecánica, Industria del Vestido y Computación del plantel, siendo sus deberes y obligaciones a más de los anotados para los demás profesores las siguientes: a) Cooperar Cooperar activame activamente nte en la introducció introducciónn de tecnología tecnologíass modernas modernas acordes acordes con con el adelanto técnico, así como también en las nuevas tecnologías educativas del proceso enseñanza-aprendizaje. enseñanza-aprendizaje. b) Incidir Incidir a la reflexi reflexión ón crítica crítica y lógica lógica,, el espírit espírituu creado creadorr y la adapta adaptabili bilidad dad que exige la técnica moderna. c) Generar Generar actitudes actitudes positivas positivas en en los Estudiante Estudiantess hacia el el trabajo productiv productivo. o. d) Impartir Impartir la enseñanza enseñanza tecnológic tecnológicaa y práctica de las las materias de su espec especialidad. ialidad. e) Cuid Cuidar ar del del mant manten enim imie ient ntoo y buen buenaa cons conseervac rvació iónn de su aula aula tall taller er o aula aula laboratorio, sus equipos, máquinas y herramientas y del buen uso de la misma. f) Mante Mantener ner al día los inventar inventarios ios de todas todas las pertenec pertenecías ías que compre comprenda ndann su aula aula taller o laboratorio. g) Inculc Inculcar ar con el ejemplo, ejemplo, hábitos hábitos de segurid seguridad ad relativo relativoss a su profesi profesión ón y en el manejo de los equipos, máquinas, herramientas y más pertenencias del taller. h) Perma Permanec necer er en su taller taller o labora laboratori torioo junto a sus Estud Estudiant iantes es todo el tiempo tiempo que dure la jornada de trabajo y no abandonarle sino por causas imprescindibles o que tenga que ver con la buena marcha de su área. i) Crear Crear en el alumno alumno el amor amor a la profesión profesión y concienc concienciar iar su defens defensa. a. j) Orga Organiz nizar ar el talle tallerr o labo labora rator torio, io, los equip equipos os,, herra herramie mienta ntass y mate materia riale less de enseñanza, de manera que cubra las actividades prácticas de todos los Estudiantes propendiendo a una instrucción individualizada o de grupo. k) Distrib Distribuir uir los trabajos trabajos en una secuenc secuencia ia tal que permita permita a los alumno alumnoss respetar respetar desde los conocimientos más sencillos, hasta los más complejos, todo lo rápido que el estudiante pueda aproximarse a la realidad.
11 l) En caso caso de realizar realizar trabajos trabajos partic particula ulares res,, se determ determinar inaráá un 10% como aporte aporte al colegio para cubrir gastos, por la utilización de servicios básicos y maquinaria.
CAPITULO IV DEL PERSONAL DOCENTE A más de la organización, deberes y atribuciones del Reglamento General de Educación en sus Art. 135, 136, 137, 139.
ART. 20.- Los Profesores Titulares del Colegio serán nombrados por el Ministerio de Educación y Cultura de acuerdo a la Ley de Carrera Docente y Escalafón. REQUISITOS. ART. 21.- Para ser Profesor del Colegio se requiere: a) b) b) c) d)
Ser Ser Ecua Ecuato tori rian anoo Títul ítuloo Acad Académ émic icoo Exper Experien iencia cia Doce Docente nte,, en lo lo posib posible. le. Haber Hab er resultado resultado triunfador triunfador del Concurso Concurso de Merecimie Merecimientos ntos y Oposición Oposición en su respectiva área.
ART. 22.- Son Deberes y Atribuciones a) Asistir a las las clases clases y exámenes exámenes con la debida debida anticipació anticipación, n, para dispone disponerr en forma adecuada, el ambiente de trabajo y los materiales necesarios, igualmente deben ser exacto exactoss en la asisten asistencia cia,, sesio sesiones nes y más actos actos del plante plantell para para lo que fueron fueron convocados. b) Atende Atenderr a las recomend recomendaci acione oness Técnic Técnico-P o-Ped edagó agógic gicas as emanad emanadas as de la comisió comisiónn resp respeectiv ctiva; a; pres preseentar ntar info inform rmees y real realiz izar ar obse observ rvac acio ione ness en caso caso de ser ser convenientes. c) El profesor profesor estará estará obligado obligado a anotar anotar diariame diariamente, nte, en los leccionarios leccionarios el el desarrollo desarrollo de las unidades didácticas, la nómina de los no concurrentes y las observaciones que creyere oportuno, caso contrario será sancionado. d) Integrar, Integrar, cumplir cumplir y hacer hacer cumplir cumplir las comisio comisiones nes designa designadas. das. e) Contrib Contribuir uir al manteni mantenimie miento nto de la disciplin disciplinaa y el orden orden en la labor labor diaria y en todos los actos públicos. f) Elab Elabor orar ar las las prue prueba bass de eval evalua uaci cion onees trim trimes estr tral ales es y anua anuale less y pres presen enta tarl rlas as oportunamente al Vicerrector g) Presentar Presentar a la Comisión Comisión Técnico Técnico Pedagóg Pedagógica ica antes antes de la prueba prueba de fin de año, año, un informe acerca del cumplimiento del programa de la respectiva asignatura, como también las observaciones pertinentes a la aplicación de la misma
12 h) Comun Comunica icarr con con anticip anticipaci ación ón a las autorida autoridades des del plantel plantel,, toda toda falta a clase. clase. En caso de no dar aviso, la falta es injustificada y la respectiva observación, pasados 5 minutos de la hora fijada, se contabilizará el atraso del maestro y se descontará el 2% del sueldo Básico Básico vigente de acuerdo acuerdo a su categoría categoría económica. i) Todo profesor, profesor, además además de la responsa responsabilidad bilidad específica específica que que tiene tiene en relación relación con las asignaturas y actividades que le hubieren sido encomendadas, considerará como deber permanente el practicar y urgir el uso correcto del idioma tanto hablado como escrito, y rectificar los errores que incurrieren los alumnos en los aspectos básicos de las demás asignaturas. j) En el estudio estudio de de problema problemass políticos políticos o religioso religiososs a que se diere diere lugar lugar el desarroll desarrolloo de los programas, los profesores pondrán especial cuidado en inculcar en los alumnos, el respeto y tolerancia a las creencias y opiniones ajenas como base del convivir social. k) Concurrir Concurrir al salón salón de clases clases de acuerdo acuerdo con con el horario asignad asignadoo y retirarse retirarse de el al término de la hora. Si transcurridos 10 minutos de la hora de clase y el profesor no está en el aula, se considerará hora no laborada. l) Dict Dictar ar confe confere renc ncia iass de acue acuerd rdoo al Cale Calenda ndario rio esta estable bleci cido do por por la auto autorid ridad ad del del plantel, los que no preparen la conferencia así como el personal que no asista a la exposición de la misma, será multado con el 2% del Sueldo Básico de acuerdo a su categoría económica, recursos que irán en beneficio del plantel. m) Infor Informa marr al Rect Rector or o Insp Inspec ector tor cuan cuando do deba deba ause ausent ntar arse se de clas clasee por por caus causas as justificadas. n) Justificar Justificar por escrito escrito al Rector Rector la inasistencia inasistencia sea por por calamidad calamidad doméstic domésticaa o por enfermedad con certificado del IESS. o) Los profesores profesores que solicite solicitenn licencia al amparo amparo de disposicio disposiciones nes reglamen reglamentarias, tarias, sugerirá un profesor sustituto idóneo en la asignatura, el mismo que contará con las aprobación previa de Consejo Directivo p) El profesor profesor tiene la obligación obligación de entrega entregarr el P.C.I. de las materias materias asignadas asignadas hasta hasta la segunda semana de haber iniciado las actividades educativas. q) Recep Receptar tar exáme exámenes nes atras atrasado adoss previo previo autoriza autorizació ciónn del rectora rectorado do y entregar entregar en secretaría a las 72 horas de la autorización del examen el acta de calificación respectiva. r) Formar Formar parte de la Comisión Comisión de Innovación Innovación,, Ciencia Ciencia y Tecnología Tecnología..
DE LOS LOS PROF PROFES ESOR ORES ES CO CONT NTRA RATA TADO DOS, S, ACCI ACCIDE DENT NTAL ALES ES Y SUSTITUTOS ART. 23.- Son Profesores Accidentales o Sustitutos:
13 a) Aquellos Aquellos que sin ser Profeso Profesores res Titulares, Titulares, prestan prestan sus sus servicios servicios en el plantel plantel y son son nombrados por el Consejo Directivo. b) b) Se suje sujeta tará ránn a las las mism mismas as disp dispos osic icio ione ness de De Debe bere ress y Atrib Atribuc ucio ione ness de este este Reglamento. c) La remuner remunerac ación ión se establec establecerá erá de acuerdo acuerdo al presup presupues uesto to del plantel plantel y normas normas establecidas al efecto.
CAPITULO V DE LAS PROHIBICIONES A LOS DOCENTES ART. 24.- Está prohibido a los docentes lo siguiente: a) Está prohibid prohibidoo realizar realizar transaccio transacciones nes comerc comerciales iales con con los alumnos alumnos.. b) Se prohíbe prohíbe emplear emplear castigos castigos corporales corporales o psíquicos psíquicos que que atenten atenten contra la dignida dignidadd y personalidad del estudiante. c) Cambiar Cambiar arbitrariame arbitrariamente nte calificacio calificaciones nes y alterar alterar cuadros cuadros de notas. d) Neg Negarse arse a receptar receptar exámene exámeness legalmente legalmente autorizados. autorizados. e) Realiz Realizar ar prosel proselitis itismo mo polític político. o. f) Interr terruumpir las lab labores docente ntes entre ntre los cambios ios de hora median iante conversaciones y comentarios que influyen en el atraso a sus obligaciones. g) Aban Abandona donarr el aula aula de de clases clases durante durante sus labores. labores. h) Ingresar Ingresar al plante plantell con síntoma síntomass de haber haber ingerido ingerido licor. licor.
CAPITULO VI DE LAS COMISIONES PERMANENTES DE SUS FINES ART.25.- Las Las comi comisi sion ones es perma permane nente ntess son son nomb nombra rada dass por por la Junta Junta Ge Gene neral ral de Profesores, siendo organismos dedicados a la mejor organización y planificación del proceso educativo en el aspecto técnico-pedagógico, cultural, deportivo, social y labor comunitario.
DE SU ORGANIZACIÓN ART. 26.- El Colegio contará con las siguientes comisiones permanentes:
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Técnico Pedagógica De Asuntos Sociales y Culturales De Deportes, Recreación De Labor Comunitaria.
ART. 27.- Estarán integrados de acuerdo a la necesidad y al número de profesores existentes, los mismos que serán designados por el Consejo Directivo, nombrados al finalizar el año lectivo y entrarán en funciones al inicio del nuevo año.
LA COMISIÓN TÉCNICO PEDAGÓGICA ART. 28.- Esta comisión procurará elevar el nivel académico de la educación que coadyuve con el proceso técnico del país, a través de planes y programas de estudios actualizados. ART. 29.- Estará integrada por el Rector, Vicerrector y un delegado de la Junta de Profesores. DE LAS FUNCIONES ART. 30.- Son funciones de la Comisión Técnico Pedagógica: a) Desa Desarro rrolla llarr y mant manten ener er,, bajo bajo su orie orienta ntaci ción ón y supe superv rvisi isión ón toda toda la activ activida idadd docente del plantel. b) Interrelaciona Interrelacionarr los factores que que vinculen vinculen la enseñanza enseñanza científica, científica, cultural cultural y técnica. técnica. c) Preo reocuparse rse por el perfec fecciona ionam mien iento docente nte a travé ravéss de becas de especialización, seminarios, cursos, conferencias, simposios, jornadas y paneles a nivel cantonal, provincial, nacional e internacional. d) Establ Establece ecerr relacio relaciones nes de interca intercambi mbioo cultur cultural, al, tecnol tecnológi ógico co y científ científico, ico, o con organismos análogos. e) Contro Controlar lar todos los planes, planes, métodos métodos y sistem sistemas as pedagóg pedagógico icoss que que los profesor profesores es utilicen a fin de que haya éxito en la labor educativa. f) Cump Cumplir lir con la supe superv rvisi isión ón institu institucio ciona nall de acuer acuerdo do a las las norm normas as vigente vigentess en coordinación con la supervisión externa. g) Coor Coordi dina narr la part partic icip ipac ació iónn en la Feri Feriaa Juve Juveni nill de Inno Innova vaci ción ón,, Cien Cienci ciaa y Tecnología. h) Regu Regula larr el sort sorteeo de las las mate materi rias as de grad grado, o, los los dele delega gado doss y el hora horari rioo de exámenes. i) Coo Coordi rdinar nar la la elecci elección ón del del Gobiern Gobiernoo Estud Estudian iantil. til.
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LA COMISIÓN DE ASUNTOS SOCIALES, CULTURALES ART. 31.- Se encargará de fomentar las buenas relaciones entre el Personal Docente, Administrativo y de Servicio. ART. 32.- Son funciones de la comisión: a) Elaborar Elaborar un un plan plan de actividade actividadess para el año año lectivo. lectivo. b) Coordinar Coordinar con las las otras comisiones comisiones en en las diferentes diferentes programacio programaciones nes a realizarse. realizarse. c) Trabaj Trabajar ar en coo coordi rdinac nación ión con los dirigent dirigentes es de curso, curso, en las activid actividade adess dentro y fuera del Colegio. d) Organi Organizar zar todos los actos de carácter carácter social-cu social-cultur ltural, al, tales como: como: paseos paseos,, actos actos sociales, casa abierta, colaboración con las fiestas patronales de la parroquia. e) Elaborar Elaborar un plan de activida actividades, des, tomando tomando en en cuenta los los aspectos aspectos importante importantess de la vida vida cult cultur ural al del del plan plante tell y de la comu comuni nida dad, d, tale taless como como:: acto actoss cívi cívico cos, s, conferencias, debates, mesas redondas, paneles, certámenes. Etc.
ART. 33.- Esta comisión se encargará de elevar el nivel cultural del Colegio y de la comuni comunidad dad,, con la actuac actuación ión manco mancomun munada ada de Profes Profesore ores, s, Estudi Estudiant antes es y Padres Padres de Familia.
DE LA COMISION DE DEPORTES Y RECREACION ART. 34.- Procurar que acorde con el desarrollo intelectual del educando, se imparta la adecuada formación de Cultura Física y de dominio neuro-muscular, a fin de que haya formación integral. DE LAS FUNCIONES ART. 35.- Son funciones de la comisión de Deportes y Recreación: a) Presen Presentar tar un un plan plan de de activ actividad idades. es. b) b) Fome Fomenta ntarr progr program amac acion iones es depor deportiv tivas as y gimn gimnás ástic ticas as,, con con part partici icipa paci ción ón del del Profesorado y Estudiantes, y de otros organismos de la localidad. c) Organizar, Organizar, planificar planificar y coordin coordinar ar todas las las actividades actividades deportivas deportivas internas internas de los Estudiantes y Profesores, procurando dar fiel cumplimiento de los calendarios preestablecidos para realizar estas actividades. d) Coordi Coordinar nar con el área área de Educaci Educación ón Física Física y Deportes Deportes,, para para la adquis adquisició iciónn de instrum instrument entos os y equipo equiposs depor deportivo tivoss necesa necesarios rios o indispe indispensa nsable bless para para la bue buena na marcha de estas disciplinas.
16 e) Vigila Vigilarr el buen buen mantenimi mantenimient entoo y con conser servac vación ión del materia materiall deport deportivo ivo y de los espacios dedicados a ellos. f) Esti Estimu mula larr medi mediaante nte pre premios mios,, los los triu triunf nfos os depo deport rtiv ivos os de los los Estu Estudi dian ante tess y Profesores.
DE LA COMISION DE LABOR COMUNITARIA ART. 36.- Son funciones de la Comisión de Labor Comunitaria a) Promover Promover la integrac integración ión de la instituc institución ión con las existente existentess de la poblaci población. ón. b) Coordinar Coordinar con los los diferentes diferentes representan representantes tes de la institución institución y organiza organización ción de la parroquia en todas las actividades que propendan al desarrollo y progreso de la comunidad. c) Elabor Elaborar ar un plan plan anua anuall de activ activida idade des. s.
ART. 37.- Las comisiones tendrán vigencia durante un año lectivo. a) Cada Cada comi comisi sión ón debe deberá rá habe haberr cump cumpli lido do por por lo meno menoss con con el 70% 70% de las las actividades planificadas, cumplimiento que será informado por escrito para que las autoridades los contemplen dentro del informe anual de labores.
CAPITULO VII DE LOS ESTIMULOS ART. 38.- Es susce susceptib ptible le de estímul estímuloo todo todo De Decen cente, te, Ad Admin ministr istrati ativo vo y Person Personal al de Servicio del Colegio cuyas actividades se hayan constituido en un ejemplo de probidad, dedicación y entrega en sus funciones encomendadas. ART. 39.- Los organismos encargados de estimular a los Docentes. Administrativos y Personal de Servicio en los términos del Art. 37 de la Ley de Educación. a) El Ho Honora norable ble Con Consej sejoo Direc Directivo tivo b) La Junta General General de Directivos Directivos y Profeso Profesores. res.
ART. 40.- El Colegio deberá estimular a los mejores Docentes, Administrativos y el Personal de Servicio en la sesión solemne de sus fiestas patronales. ART. ART. 41.41.- El Coleg Colegio io con congra gratul tulara ara a los Doc Docent entes, es, Ad Admini ministra strativo tivoss y Perso Personal nal de Servicio más antiguos que hayan permanecido 10 años cumplidos. No se considerará antigüedad en otros establecimientos.
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CAPITULO VIII DE LAS SANCIONES AL PERSONAL DOCENTE ART. 42.- A más de los Artículos 32-33 de la Ley de Carrera Docente y Escalafón del Magisterio Nacional y Art. 120 del Reglamento General de Educación, el Rector del Colegio sancionará a los Profesores, por los motivos que a continuación se expresa. a) Por faltar faltar a sus clases clases o llegar llegar tarde a ellas, ellas, sin la debida debida justificac justificación ión por preparar preparar sus temas temas edu educat cativos ivos deficie deficiente ntemen mente te o reducir reducirlas las a simple simple dictad dictados, os, meras meras expl explica icacio cione nes, s, o lect lectura urass de texto textos, s, previo previo inform informee del del Rect Rector or quie quienn es responsable de la supervisión interna. b) Por no firmar firmar los leccionar leccionarios ios y demás demás registros registros que se se lleven lleven en el Colegio. Colegio. c) Por Por no obser observa varr respe respeto to y tole tolera ranc ncia ia a los los Estu Estudia diante ntes, s, dentr dentroo del del aula aula,, en las opiniones ajenas. d) Por no present presentar ar correcta correctamen mente te y a su debido debido tiempo tiempo actas, actas, planes planes y prueb pruebas as de diagnóstico y objetivas. e) Por faltar faltar a las sesiones sesiones de Junta Junta General General,, Consejo Consejo Directivo, Directivo, Comisione Comisiones, s, Juntas Juntas de Curso, o de otra índole que el Colegio establezca en bien de la institución, sin justificación, siendo multado con el 2% del sueldo Básico de acuerdo a su categoría. f) Por faltar faltar de palabra palabra u obra obra a las Autoridades Autoridades,, Compañero Compañeros, s, Estudiante Estudiantes, s, Personal Personal Administrativo y de Servicio, dentro o fuera del plantel. g) Por faltar faltar sin motivo, motivo, debidame debidamente nte comprob comprobado ado,, a los comprom compromiso isoss sociale sociales, s, patrióticos, pedagógicos, deportivos etc., que el Colegio adquiera dentro o fuera de la institución. h) Por Por desp despre rest stig igia iarr a la inst instit ituc ució iónn ante ante las las auto autori rida dade des, s, Padr Padres es de Fami Famili lia, a, Estudiantes, organismos locales, provinciales o nacionales. i) El Personal Administrativo y de Servicio será sancionado de acuerdo a lo que establece la Ley de Servicio Civil y Carrera Administrativa y también lo que contemple la SENRES. j) Cualquier Cualquier otra otra irregular irregularidad idad notable notable y no prevista prevista en este regla reglamento mento
ART. 43.- A más de las sanciones establecidas en el Art. 33 de la Ley de Carrera Docente y Escalafón del Magisterio Nacional, se aplicará las siguientes acciones: a) Observ Observaci ación ón verbal verbal al Profe Profesor sor culpa culpable ble..
18 b) Informar Informar sobre las las incorreccio incorrecciones nes de los maest maestros ros ante el el Consejo Consejo Directivo, Directivo, para que este organismo adopte las medidas que fueren necesarias. c) Informa Informarr a la Direcci Dirección ón Provinci Provincial al de Educac Educación ión Hispana Hispana de Chimbor Chimborazo azo,, sobre sobre las incorre incorrecci ccione oness cometid cometidas as por los Doc Docent entes es y solicit solicitar ar que se tomen tomen las acciones correctivas más pertinentes según la gravedad de la falta.
CAPITULO IX DEL PERSONAL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIO ART. 44.- El personal Administrativo y de Servicio cumplirá con lo prescrito en el Art. 25, de la Ley de Servicio Civil y Carrera Administrativa, en cuanto a sus deberes, derechos y prohibiciones. ART. 45.- El personal Administrativo Administrativo y de Servicio Servicio está integrado por: a) Colec lectora. b) Secre Secretari tariaa de Educa Educació ciónn Medi Mediaa c) Au Auxil xilia iarr de de Serv Servic icios ios..
DEL COLECTOR ART.46.- Son deberes y atribuciones del Colector a más de las contempladas en el Art. 130 y 131 de la Ley General de Educación y los que contempla la ley de Servicio Civil y Carrera Administrativa, los siguientes: a) Asist Asistir ir punt puntua ualm lmen ente te a sus sus labo labore res, s, cump cumplie liend ndoo las las 8 hora horass diar diaria ias, s, 40 hora horass semanales y registrar diariamente su asistencia. b) b)
Tram Tramita itarr opor oportu tuna name mente nte los los recu recurs rsos os nece necesa sario rios, s, para para cump cumplir lir con con todas todas obligaciones económicas.
c) Orga Organi niza zarr y cons conser erva varr en arch archiv ivoo todo todoss los los docu docume ment ntos os conc concer erni nieentes ntes a colecturía. d) Rendir Rendir una una fianz fianzaa solida solidaria ria con con el recto rector. r. e) Responde Responderr de acuerdo acuerdo con la Ley Ley de toda pérdida pérdida prejuicio prejuicio o robo robo de los bienes, bienes, rentas, derechos y acciones cuando no hubiere ejercido sus funciones y deberes. El simple aviso verbal a los superiores no le libera de responsabilidad. f) Cump Cumplir lir en toda todass las las comi comisio sione ness conc concer ernie niente ntess a su cargo, cargo, las las que que desi design gnee el Rector, o el Consejo Directivo.
19 g) Entr Entreg egar ar copia copiass actu actual aliz izad adas as del del inve inventa ntario rio de perte pertene nenc ncia iass al Au Auxil xiliar iar de Servicios al inicio del año. h) Incluir en en el inventario inventario general general en forma forma oportuna oportuna las las nuevas nuevas adquisicio adquisiciones. nes. i) Respo Responsa nsabili bilizar zarse se de todos los bienes bienes del plante plantell y respons responsab abiliz ilizar ar a los jefes jefes de cada área y personal administrativo y de servicio de los bienes a su cargo, previo inventario, control y constatación de bienes. j) Cada Cada mes deberá deberá otor otorga garr un confide confidenc ncia iall del del pago pago mensu mensual al al person personal al del colegio. k) Entregar Entregar a secretaría secretaría previa previa justificación justificación de gastos gastos,, la reposición reposición del fondo fondo de caja chica en el monto requerido. l) No realiza realizarr adq adquis uisicio iciones nes ni cobros cobros de valor valor alguno alguno sin previa previa autoriza autorizació ciónn del Rector o Consejo Directivo. m) En caso de la falta del Personal Personal Docente Docente necesario, necesario, en la institución al Colector Colector se le destinará una carga horaria semanal. n) Programar Programar la Proforma Proforma Presupue Presupuestaria staria Anual Anual del plantel plantel y pone ponerr a conside consideración ración del Consejo Directivo para su estudio y aprobación. o) Controlar Controlar registros registros sobre sobre ingresos ingresos y gastos gastos presupues presupuestarios. tarios. p) Participar Participar en las las de entrega entrega recepció recepciónn y de baja baja de bienes. bienes. q) Real Realiz izar ar las las gest gestio ione ness nece necesa sari rias as ante ante los los orga organi nism smos os gube gubern rnam ameental ntales es respectivos, para la obtención oportuna de la transferencia de fondos. r) Proceder Proceder como como representa representante nte Legal Legal ante el Servic Servicio io de Rentas Rentas Interna Interna e Instituto Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. s) Supervisar Supervisar las las labores labores de contabilidad contabilidad de de inventarios inventarios y de control control del presupue presupuesto, sto, de acuerdo con las nuevas técnicas de control interno y con las políticas y normas de contabilidad dictadas por la Ley Orgánica de Contraloría General del Estado t) Progra Programar mar opo oportu rtunam namente ente los los fondo fondoss para aten atende derr las neces necesida idades des de talle talleres res,, bienes muebles, biblioteca, oficinas y más dependencias del Colegio tomando en cuenta las Reformas presupuestarias correspondientes si el caso lo amerite. u) Proponer Proponer al Consejo Consejo Directivo, Directivo, a través través del Rector Rector las iniciativas iniciativas que que convendría convendría ado adopta ptar para para obte obtene nerr mayo mayore ress bene benefi ficcios ios a fav favor del del pla plantel ntel y en el acrecentamiento de sus fondos. v) Estará Estará sujeto sujeto en todo, todo, a las dispos disposicio iciones nes de la Ley de Servic Servicio io Civil y Carrera Carrera Administrativa, así como también a las normas y reglamentación de la SENRES y la Ley Orgánica de Contraloría General del Estado.
20 w) Tene Tenerr en rese reserv rvaa canti cantida dadd sufic suficie iente nte de mate materia riale less para para aseg asegura urarr el norma normall funcionamiento de las actividades del colegio. x) Entregar Entregar los materiale materialess y bienes bienes previa orden orden escrita escrita del Rector. Rector. y) Regirse Regirse por las normativa normativas, s, reglamento reglamentoss y demás ordena ordenanzas nzas respect respectoo al manejo económico emanadas por los organismos competentes. z) Cumplir Cumplir de manera manera obligatoria obligatoria todas todas las recomenda recomendacione cioness emitidas emitidas por contraloría contraloría y desempeñar sus funciones con exactitud y precisión.
DEL SECRETARIO ART. 47.- A más de los deberes y atribuciones contemplados en la Ley de Servicio Civil y Carrera Administrativa, La SENRES y en el Art. 128 de la Ley de Educación y Cultura se designan los siguientes: a) Asistir puntualm puntualmente ente a sus sus labores, labores, cumpliend cumpliendoo las 8 horas horas diarias, diarias, 40 semanales semanales y registrar diariamente su asistencia. b) Mantener Mantener al día el archivo archivo legal-adminis legal-administrativo trativo con con leyes, leyes, decretos, decretos, resoluciones resoluciones,, reglamentos, programas que se hallen vigentes y las no vigentes archivarlas. c) Proporciona Proporcionarr al profesorado profesorado la lista lista de los Estudiante Estudiantess matriculados matriculados por por curso, en en estricto orden alfabético d) No podrá podrá proporcio proporcionar nar sin autoriza autorizació ciónn del rectora rectorado do datos de los informe informess del del Consejo Directivo, Junta General de Profesores sobre el contenido de oficios despachados o recibidos por órdenes impartidas por el Rector. e) Proporc Proporciona ionarr al Person Personal al Docent Docentee al inicio inicio del año a cada uno la carga carga horaria horaria y los nombres de los integrantes de las respectivas comisiones de los Docentes. f) En caso caso de la falta falta del Persona Personall Docente Docente necesa necesario rio en la instituci institución ón al Secreta Secretario rio se le destinará una carga horaria semanal. g) Resp Respon onsa sabil biliza izars rsee del del mane manejo jo del del fondo fondo de caja caja chic chicaa y prese present ntar ar infor informe me mensualmente por escrito al Rector para la autorización de la reposición por colecturía. h) Actuar Actuar como secretar secretaria ia del Consejo Consejo Directivo, Directivo, de la la Junta Genera Generall de Profesores Profesores y del Comité Central de Padres de Familia, con voz informativa. i) Info Inform rmar ar al Co Cons nsej ejoo Direct irectiv ivoo sobr sobree el mane manejo jo de valo valore ress de adqu adquis isic ició iónn y refrendación de los títulos de Bachiller. j) Cita Citarr a los los miemb miembro ross del del plan plante tell para para sesio sesione ness y reun reunio ione ness disp dispue uest stas as por las las autoridades y notificar oportunamente las disposiciones e informes educativos.
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k) Matric Matricula ularr a los estud estudiant iantes es de confor conformid midad ad con los requisit requisitos os legales legales y a las disposiciones superiores. l) Mante Mantener ner al al día la hoja hoja de vida vida del del perso personal nal del del colegio. colegio. m) Proh Prohib ibir ir la revis revisió iónn de libro libros, s, regi regist stro ross y docu docume mento ntoss a pers person onas as ajen ajenas as a la oficina sin previa autorización del Rector. n) Entregar Entregar oportuname oportunamente nte actas, actas, listas, formularios formularios,, registros registros y demás docume documentos ntos a las autoridades y profesores, dispuestos por el Rector. o) Recib Recibir ir de los profes profesore oress las actas actas de calificaci calificacione oness trimes trimestral trales es como sustento sustento legal para asentarlas en los libros y libretas de calificaciones. p) Publicar Publicar los cuadros cuadros de calificacione calificacioness de los alumnos alumnos no promovidos, promovidos, supletor supletorios ios y sancionados dentro de las 24 horas de realizarse las juntas de curso. q) Elaborar Elaborar las actas actas de promociones promociones del del año anterior anterior y pasarlas pasarlas firmadas y selladas selladas al arch archiv ivoo de secre secreta taría ría de acue acuerd rdoo a las las disp dispos osic icio ione ness del del Minis Ministe terio rio de Educación. r) Elaborar Elaborar la nómina nómina del del promedio promedio de de disciplina disciplina y aprovechamie aprovechamiento nto de los los mejores mejores estudi estudiante antess del del Octavo Octavo de Educac Educación ión Básica Básica al Terce Tercerr Año de Bachil Bachiller lerato ato,, legalm legalment entee matric matricula ulados dos en el establ establec ecimie imiento nto para para desig designar nar abande abanderad rados os y escoltas, de acuerdo al reglamento. s) Tram Tramita itarr y regi registr strar ar la corres correspo pond nden enci ciaa ofic oficial ial y llev llevar ar la ficha ficha de ingres ingresos os y egresos. t) Elab Elabor orar ar los los cuad cuadro ross esta estadí díst stic icos os soli solici cita tado doss por por Direcc irecció iónn Prov Provin inci cial al de Educación, ingresar datos al computador y gravarlos a CD como respaldo de la información. u) Trab Trabaj ajar ar efic eficie iente nteme mente nte y cump cumplir lir con con las las disp dispos osic icion iones es de las las autor autorida idade dess inmediatas superiores en las diferentes actividades programadas. v) Organizar Organizar y distribuir distribuir el trabajo, trabajo, de acuerdo acuerdo a las necesidade necesidadess y técnicas moderna modernass con el personal que lo fijaren. w) Llevar Llevar diligenteme diligentemente nte los siguiente siguientess libros, registros registros:: - matrículas. matrículas. -
Comuni Comu nica caci cioones nes ofic oficia iale less Acta Ac tass de Junta Junta gene genera rall y Con Conse sejo jo Dire Directi ctivo vo Acta Ac tass al al Com Comité ité de Padre Padress de de fam famili iliaa Actas Actas de de pose posesión sión del person personal al del del Cole Colegio gio Naciona Nacionall Gonzo Gonzoll Calif Califica icaci cion ones es trime trimest stral rales es y fin final ales es Arch Archiv ivoo del del pers person onal al doc docen ente te y alum alumna nado do Arch Archiv ivoo de de Acc Accio ione ness de de Per Perso sona nall Libro ibro de vida ida de del pla plant nteel
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x) guardar guardar con la debida debida reserva reserva los libros libros que están están a su cargo, cargo, y responsab responsabilizarse ilizarse de su integridad e inviolabilidad
DEL AUXILIAR DE SERVICIOS ART. 48.- Son deberes deberes y atribuciones del del Auxiliar de Servicios generales generales a más de las contempladas en la Ley de Servicio Civil y Carrera Administrativa las siguientes: a) Abrir y cerrar cerrar las puerta puertass del establec establecimiento, imiento, así así como de las aulas aulas de acuerdo acuerdo al horario de trabajo cuando lo soliciten las autoridades. b) Mantener Mantener limpias limpias las oficinas oficinas,, aulas, aulas, patios del estable establecimient cimiento. o. c) Dar fiel fiel cumplimiento cumplimiento a su horario horario de trabajo, trabajo, velar por por el aseo aseo e integridad integridad física física del plantel. d) Custod Custodiar iar la propie propiedad dad y los los bienes bienes exis existen tentes tes en el el plantel plantel den dentro tro y fuera fuera del del horario de clases. e) Es obliga obligació ciónn del Auxilia Auxiliarr de Servicio Servicioss presen presentar tar un informe informe de las las novedad novedades es que se presenten, al Rector y casos fortuitos deberá informar inmediatamente a las autoridades en el momento oportuno. f) En todos todos los actos actos sociales sociales,, culturales, culturales, deportivos deportivos y otros el el Auxiliar Auxiliar de Servicios Servicios con anterioridad deberá preparar todos los implementos y materiales que fueren necesarios. g) No permit permitir ir el ingres ingresoo de los Estud Estudia iante ntess a las ofici oficina nass y aula aulass en horas horas no laborables y la utilización de los bienes del establecimiento a personas ajenas al mismo. h) El Auxiliar Auxiliar de Servicios Servicios no debe debe participar participar en en funciones funciones y actividad actividades es que no sean sean de su competencia. i) Participará Participará y colaborará colaborará en todas todas las las actividade actividadess planificada planificadass por el Colegio. Colegio. j) No permitir permitir el uso uso del del establecimie establecimiento, nto, canchas canchas y mobiliarios mobiliarios sin sin autorizació autorizaciónn del Rector. k) El personal personal de servicio servicio está está obligado obligado a guardar guardar el debido respeto respeto y consider consideración ación par paraa con con las las acti activi vida dade dess para para con con las las auto autori rida dade des, s, pers person onal al doce docent nte, e, administrativo, padres de familia, alumnos y personal en general. l) No podrá podrá aban abando dona narr el plan plante tell sin sin previa previa autor autoriz izac ació iónn de las auto autorid ridad ades es del colegio. m) Efectu Efectuar ar el aseo, aseo, cuidad cuidado, o, manten mantenimie imiento nto y repara reparació ciónn de muebles, muebles, enser enseres es de oficina, e instalaciones que amerite.
23 n) Mante Mantene nerr limpio limpioss y abie abierto rtoss los los serv servici icios os higi higién énico icoss dura durante nte toda toda la jorna jornada da estudiantil y actividades extra clases desarrolladas por los docentes. o) Efectuar Efectuar diligenc diligencias ias dentro dentro y fuera de la la institución. institución.
CAPITULO X SANCIONES Y PROHIBICIONES AL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS DE LAS SANCIONES ART.49.- El Personal Administrativo y de Servicio a más de las contempladas en el Art. 44 de la Ley Ley de Serv Servici icioo y Carre Carrera ra Ad Admi mini nistr strat ativa iva.. Esta Estará rá suje sujeto to a las las siguie siguient ntes es sanciones: a) Por impuntualid impuntualidad ad al trabajo trabajo o por faltas faltas leves leves serán amone amonestado stadoss verbalmente verbalmente.. b) b) Por Por rein reincid ciden enci ciaa a la amon amones esta taci ción ón verb verbal al,, el Rect Rector or lo hará hará en forma forma escr escrita ita aplicando una multa equivalente a un día de sueldo. c) Por incumplimie incumplimiento nto a disposicione disposicioness legales legales y reglamentaria reglamentariass de trabajo, trabajo, el Rector, Rector, aplicará sanciones económicas de acuerdo con la gravedad de la falta hasta el de 1 día de su sueldo a) El Rector Rector podrá podrá separar separarlos los del cargo cargo por abandono abandono a sus funcione funcioness por 3 días días seguidos e injustificados. d) Será Será Sanc Sancion ionad adoo con con el 10% 10% de la RMU RMU por por inmor inmoral alida idadd comp compro roba bada da,, por por desprestigiar al establecimiento; por revelar secretos de la institución que por cualquier circunstancia llegare a conocer; por falta de palabra o de obra a las Autoridades, Personal Docente, Administrativo, Estudiantes; por causar daño al plantel dentro o fuera del mismo con su mala conducta. e) El Jefe de de Recursos Recursos Humano Humanoss informará informará al Rector Rector para la aplicac aplicación ión de las las leyes y regl reglam amen ento toss vigen vigente tes, s, cuan cuando do el Pers Person onal al Ad Admi minis nistr trat ativo ivo y de Servi Servici cioo incurrieren en las siguientes faltas. • • • • • •
Por abandono injustificado del trabajo por un tiempo de tres días. Por indisciplina o desobediencia grave. Por falta de probidad, o conducta inmoral en sus funciones. Por ineptitud manifestada respecto a las ocupaciones que los concierne. Por injurias graves hacia sus superiores. De inasistencia injustificada a sus labores.
DE LAS PROHIBICIONES.
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ART. 50.- Las prohibiciones se sujetarán de acuerdo a lo establecido en el Art. 27 de la Ley de Servicio Civil y Carrera Administrativa.
CAPITULO XI DE LAS EVALUACIONES AL PERSONAL P ERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIO ART. 51.- Las Evaluaciones al personal administrativo y de servicio, se las realizará conf confor orme me lo dete determ rmin inaa la “N “Nor orma ma Técn Técnic icaa del del Subs Subsis iste tema ma de Eval Evalua uaci ción ón del del Desem De sempeñ peño”; o”; emitida emitida por la Secre Secretarí taríaa Nacion Nacional al Técnic Técnicaa de Recur Recursos sos Hu Human manos os y Remuneraciones del Sector Público; mediante Resolución No. SENRES-2008-000038, publicada en el Registro Oficial 303 del 27 de marzo del 2008; y a más de éstas, el Comité Evaluador institucional deberá establecer los mecanismos más idóneos para el fiel cumplimiento de esta resolución. ART. 52.- Del Subsistema de Evaluación del Desempeño .- Consiste Consiste en un mecanismo de rendic rendición ión de cuenta cuentass progra programad madaa y con contin tinua, ua, basad basadaa en la compar comparaci ación ón de los resultados alcanzados con los resultados esperados por la institución, por las unidades organizacionales o procesos internos, y por sus funcionarios y servidores, considerando las responsabilidades de los puestos que ocupan. ART. 53.-Del Comité Evaluador.- El Comité evaluador estará conformado por: Rector, Vicerrector, y Jefe de Recursos Humanos.
CAPITULO XII DE LOS ESTIMULOS ART. 54.- Es susce susceptib ptible le de estímul estímuloo todo todo De Decen cente, te, Ad Admin ministr istrati ativo vo y Person Personal al de Servicio del Colegio cuyas actividades se hayan constituido en un ejemplo de probidad, dedicación y entrega en sus funciones encomendadas. ART. 55.- Los organismos encargados de estimular a los Docentes. Administrativos y Personal de Servicio en los términos del Art. 37 de la Ley de Educación. c) El Co Cons nsej ejoo Dire Directi ctivo vo d) La Junta General General de Directivos Directivos y Profeso Profesores. res.
ART. 56.- El Colegio deberá estimular a los mejores Docentes, Administrativos y el Personal de Servicio en la sesión solemne de sus fiestas patronales. ART. ART. 57.57.- El Coleg Colegio io con congra gratul tulara ara a los Doc Docent entes, es, Ad Admini ministra strativo tivoss y Perso Personal nal de Servicio más antiguos que hayan permanecido 10 años cumplidos. No se considerará antigüedad en otros establecimientos. Se establece que el Comité evaluador estará formado por el Rector, Vicerrector, y Jefe de Recursos Humanos. Las mismas que se realizarán cada 6 meses.
25 Mensualmente cada funcionario presentará un informe de labores al Jefe de Recursos Humanos para que exista constancia de las labores desempeñadas.
CAPITULO XIII DE LAS, LICENCIAS DEL PERSONAL DOCENTE, ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIO DEL PLANTEL ART. 58.- Los contemplados en los Art. 135, 136 – 138, 139, 140, 141, 142, 143, 144, 145, 146 del Reglamento General a la Ley de Carrera Docente y Escalafón Nacional, para los Administrativos y Personal de Servicio contemplados en la Ley de Servicio Civil y Carrera Administrativa. Según los Arts. 28, 29, 30, 31, 32, y 33,
DEL PERSONAL DOCENTE ART. 59.- Podrá conceder licencia al Personal Docente, El Rector hasta por 30 días durante el año lectivo. Las licencias serán concebidas: ART. 60.- Las licencias también serán concebidas por: a) Por Por enfe enferm rmed edad ad hasta hasta por por 30 días días al año, año, siemp siempre re que se comp compru rueb ebee con con certificados del IESS, los mismos que deberán poner el reemplazo respetivo. b) b) Por calam alamid idaad domé domést stic icaa: esto por por enfe nferme rmedad dad grave rave,, accide cident ntee o fallecimiento de los padres, cónyuge e hijos o familiares hasta el segundo grado de consanguinidad; o por siniestro que afecte a sus propiedades o bienes hasta por 8 días, el peticionario deberá justificar la causa a satisfacción de las autoridades del plantel c) Para concurrir concurrir a cursos, cursos, seminario seminarios, s, conferencia conferencias, s, visitas de observ observación ación que que interesen al Colegio, sean estas de carácter cantonal, provincial, nacional, por el tiempo que demande la concurrencia de dichos eventos y siempre que a juicio de las autoridades respectivas así lo contemplen. d) Por maternida maternidadd durante durante dos semana semanass anteriores anteriores y diez posterio posteriores res al parto, parto, las mismas que podrán ser acumulativas.
DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS ART. 61.- Se aplicará lo que contempla en el Art. 28, 29, 30, y 31 de la Ley de Servicio Civil y Carrera Administrativa. Entre las que contempla: a) Por enferme enfermedad, dad, hasta hasta por sese sesenta nta días días cada cada año. año.
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b) Por cala calamid midad ad domé doméstic stica, a, hasta hasta por 8 días. días. c) Por maternida maternidadd durante durante dos semana semanass anteriores anteriores y diez diez posteriores posteriores al parto, parto, las mismas mismas que podrán ser acumulativas. d) Las Las Servid Servidora orass Públic Públicas as tendrán tendrán permiso permiso para el cuidado cuidado del recién recién nacido nacido por dos horas diarias hasta que el niño cumpla 1 año de edad.
CAPITULO XIV DE LAS VACACIONES. ART. 62.- La Junta General de Profesores sugerirá que el personal administrativo y de servicio solicitaran sus vacaciones en los meses de julio y agosto, caso de no hacer uso de sus vacaciones en los meses indicados, no tendrán derecho a solicitar en el año lectivo subsiguiente, durante los meses de septiembre a junio. ART. 63 .- El Secretario (a) consultando al Rector, preparara el cuadro de vacaciones del Personal Administrativo y de Servicio, el mismo que será aprobado por el Consejo Directivo, con el fin de fomentar turnos y el establecimiento no quede sin atención durante las vacaciones de los profesores. Así mismo en secretaría se llevará un libro especial especial en el que se haga constar constar el período de vacacione vacacioness del que ha hecho uso el personal con firma del interesado en la fecha de salida y entrada. ART. 64.- Se establec establecee previa previa resoluc resolución ión de Co Conse nsejo jo Directivo Directivo y conta contando ndo con los recursos necesarios, se contrate un guardia nocturno para salvaguardar los bienes durante las vacaciones vacaciones del personal de Servicios
CAPITULO XV DE LAS SUBROGACIONES ART.65.- En caso caso de aus ausencia ncia o vac vacanc ancia de las las Au Auto tori rida dade dess del del plan plante tell las las subrogaciones se realizarán de acuerdo al Art. 102 de la Ley de Educación
CAPITULO XVI DE LOS PADRES DE FAMILIA ART. 66.- A más de los contemplados en Art. 148, 149 literal b y Art. 150 de la Ley de Carrera Docente los siguientes: a) Asist Asistir ir al Co Cole legi gio, o, cada cada vez que que lo requ requie iera ra las las auto autorid ridad ades es del mism mismo, o, como como también periódicamente, para informes sobre la conducta y aprovechamiento de su representado.
27 b) b) Tien Tienee la oblig obligac ació iónn estri estricta cta de matri matricu cula larr pers person onal alme mente nte a su repre represe senta ntado do y sujetarse a las reglamentaciones internas. c) El padr padree de familia familia comun comunic icar aráá oport oportun unam amen ente te a la Inspe Inspecc cció iónn el camb cambio io de domicilio. d) A fin de que que su represen representado, tado, tenga tenga éxito éxito en su labor labor estudiantil, estudiantil, le proporc proporcionará ionará todos los recursos, útiles e implementos que el Colegio solicite, a su debido tiempo. e) El Padre Padre de Famili Familiaa o su repres represen enta tante nte legal legal,, esta estará rá oblig obligad ados os a conc concur urrir rir a realizar los trabajos que las autoridades del Colegio planifique para la mejor presentación del mismo. f) El Padre Padre de Familia Familia o su su representan representante, te, deberá deberá acercars acercarsee al Colegio, Colegio, por lo menos menos una vez en el trimestre, con el fin de informarse del estado educativo de su representado. g) Cumplir Cumplir con las resoluc resoluciones iones de la la Asamblea Asamblea General General de Padre Padress de Familia. Familia. h) Respetar Respetar las sanciones sanciones y resolucion resoluciones es que determinen determinen las autorida autoridades des del colegio. colegio. i) Justific Justificar ar la inasis inasistenc tencia ia de su repres represent entado ado inmedia inmediatam tament entee al retorno retorno a clases clases ante el Inspector del Colegio. j) Asumir Asumir la responsa responsabili bilidad dad por por el deterio deterioro ro de cualquie cualquierr bien ocasion ocasionado ado por por su representado y pagar el costo por la reparación o reposición. k) Contro Controlar lar las tareas, tareas, leccione leccioness diarias diarias y trabaj trabajos os prácticos prácticos recome recomenda ndados dos a sus sus representados. l) Compro mprome mete ters rsee para para que la asist sisteencia ncia de su repr repreesent sentad adoo sea sea punt puntua uall y debidamente uniformado. m) Tratar Tratar con respeto y cortesía al personal personal docente, docente, administrativo administrativo y de servicio del establecimiento educativo.
CAPITULO XVII DE LOS ESTUDIANTES DEBERES Y ATRIBUCIONES DE LOS ESTUDIANTES ART. 67.- Son alumnos del Colegio Nacional Mixto Gonzol, los que se encuentren legalmente matriculados, perderá su calidad de tal cuando egresen, se retiren o sean separados por causas disciplinarias. ART. 68.- A más de los señalados en los Art. 140-141-142 y 144 del Reglamento General son deberes y atribuciones de los Estudiantes los siguientes:
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a) Asis Asisti tirr punt puntua ualm lmen ente te desd desdee el prim primer er día día de clas clases es,, de acue acuerd rdoo al hora horari rioo establecido y a los actos que dispongan las autoridades del Colegio. b) Permanec Permanecer er en las aulas, aulas, talleres y laborator laboratorios, ios, durante durante el tiempo señalad señaladoo en el horario y el que sea necesario para completar el programa de estudios. c) Cumplir Cumplir con todos todos los deberes, deberes, trabajos trabajos prácticos prácticos de investig investigación, ación, etc. etc. exigidos exigidos por las autoridades. d) Cuidar Cuidar el respeto y considera consideración ción a los superiores superiores,, profesores profesores y demás personal personal,, así como también a sus compañeros, dentro o fuera del plantel. e) Obse Observ rvar ar buen buenaa cond conduc ucta ta y resp respon onsa sabi bilid lidad ad en el perío período do de práct práctic icaa de las diferentes opciones o especializaciones dentro o fuera del Colegio. f) Cuidar Cuidar del aseo aseo personal personal,, tomar parte parte activa activa en las diferen diferentes tes labore laboress de clases clases y observar buenas maneras en todos los momentos de la vida del plantel. g) Orga Organi niza zar, r, bajo bajo la dire direcc cció iónn de los los prof profeesore soress desi design gnad ados os por por el Rect Rector or,, Asociaciones destinadas al desarrollo de actividades específicas. h) Guardar Guardar las normas normas de disciplina disciplina y comportamie comportamiento nto normal normal i) Asist Asistir ir y cola colabo bora rarr con con las las activ activid idad ades es soci social ales es,, cultu cultural rales es y depo deporti rtiva vass del del Colegio. j) Prestar Prestar todo su contingente contingente a las labores labores que que fueran fueran ordenadas ordenadas por las comisiones comisiones permanentes y las autoridades Técnico-Pedagógicas y Administrativos. k) Solicitar Solicitar permiso permiso al Inspec Inspector tor si por alguna alguna causa causa justificada justificada deba abandona abandonarr el plantel y profesor si lo realiza en la hora de clase. l) Desplaza Desplazarse rse en orden orden y en en silencio silencio cuando cuando se dirijan al al patio, y diferentes diferentes talleres talleres de la institución. m) Resp Respet etar ar el unifo uniforme rme como como símb símbol oloo instit instituc ucion ional al y usar usarlo lo digna digname mente nte en actividades en actividades propias del colegio. n) Velar Velar por el prestigio prestigio y buen buen nombre del del establecim establecimiento iento dentro dentro y fuera de de él. o) Concurrir Concurrir a clase clase con con todos todos los materiales materiales para para el el trabajo. trabajo. p) Respetar Respetar el principio principio de autoridad autoridad y brindar brindar cortesía cortesía y coopera cooperarr con los maestros maestros y compañeros. q) Entr Entreg egar ar opor oportu tuna name mente nte las las conv convoc ocat atori orias as,, citac citacio ione nes, s, comu comunic nicac acio ione ness a los los padres de familia o representantes y devolverlas firmadas al Inspector.
29 r) Participar Participar en en la Feria Juvenil Juvenil de Innova Innovación, ción, Ciencia Ciencia y Tecnolog Tecnología ía de Colegios Colegios de de Bachillerato de Chimborazo, cuya organización y realización está establecida con Acuerd Acu erdoo Ministe Ministerial rial N 165 de 11/05 11/05/20 /2007 07,, con con la finalid finalidad ad de con conseg seguir uir el mejoramiento de calidad y equidad de la educación e implementación de un sistema nacional de evaluación y rendición de cuentas.
CAPITULO XIII DE LOS DERECHOS PROHIBICIONES Y SANCIONES A LOS ESTUDIANTES DE LOS DERECHOS ART.69.- A más de lo prescrito en el Art. 142 del Reglamento Reglamento a la Ley de Educación se establece los siguientes derechos: a) Elegir Elegir y ser elegido elegido a cualqu cualquier ier dignidad dignidad estudi estudiant antil, il, respetan respetando do el Reglam Reglament entoo Interno. b) Rendir Rendir pruebas pruebas y exámen exámenes es en las las mismas mismas condicione condicioness que los los demás demás estudiante estudiantess en horarios previamente establecidos. c) Qu Quee se le otor otorgu guee un trato trato respe respetu tuos oso, o, cord cordial ial y orie orienta ntado dorr en todas todas sus sus fase fasess formativas.
DE LAS PROHIBICIONES ART. 68.- A más de lo prescrito en el Art. 144 del del Reglamento de la Ley de Educación, se establece las siguientes prohibiciones: a) Abandona Abandonarr del plantel plantel o el aula sin consentimie consentimiento nto previo previo del profesor profesor o Inspector Inspector según el caso durante la jornada de trabajo. b) b) Come Comete terr acto actoss fraud fraudule ulento ntoss en la real realiza izaci ción ón de las las prue prueba bass y exám exámen enes es de evaluación. c) Alterar Alterar notas en en las libretas libretas y falsificar falsificar firmas de de sus represe representante ntantes. s. d) Altera Alterarr el uso correc correcto to del del uniform uniforme. e. e) Usar Usar el unif unifor orme me para para asis asisti tirr a luga lugare ress no auto autori riza zado doss por por las las auto autori rida dade dess educativas. f) Parti Partici cipa parr en acto actoss de pros prosel eliti itism smoo polít polític ico, o, juego juegoss brus brusco cos, s, pone poners rsee apod apodos os,, insultar y pronunciar expresiones contrarias a la buena moral y educación. g) Ingr Ingres esar ar a las las aula aulass del del plan plante tell con con cual cualqu quie ierr clas clasee de come comest stibl ibles es,, y bebi bebida dass alcohólicas.
30 h) Ingr Ingres esar ar a los los predio predioss de la Inst Institu ituci ción ón en hora horass no labora laborable bless sin sin la debida debida autorización. i) Llevar Llevar cant cantida idade dess de dinero dinero y celu celulare laress al plante plantel.l. j) Ensuciar, Ensuciar, escribir, escribir, manch manchar ar las parede paredes, s, aulas aulas y demás demás instalacio instalaciones nes del del plantel. plantel. k) Permanec Permanecer er en las aulas aulas durante durante el el recreo. recreo. l) La fuga fuga indiv individua iduall o cole colecti ctiva va del del plan plantel tel..
DE LAS SANCIONES ART.70.- En caso de incumplimie incumplimiento nto al Art. 267-268-269 267-268-269 y 270 del Reglamento Reglamento de la Ley de Educación se procederá aplicar las siguientes sanciones:
Amonestación verbal Amonestación escrita Suspensión temporal Expulsión definitiva.
Previo análisis de la comisión comisión de disciplina que estará estará integrado por el Inspector General, Primer Vocal de H. Consejo Directivo y un Docente. a) Para Para que se de cumpli cumplimie miento nto al litera literall (a) (a) se dará dará al estu estudia diante nte que que apel apelee a la misma comisión la cual estará en la obligación de escuchar y tomar una resolución definitiva. b) Estudiante Estudiante que que no participe participe en los actos actos sociales, sociales, culturale culturales, s, cívicos o deportiv deportivos os será sancionado de acuerdo al Art. 270 del Reglamento de la Ley de Educación vigente, previo sorteo y resolución de la Junta de Curso donde por decisión de la misma se dejará en suspensión hasta en tres materias según el caso. c) El profesor profesor no tomará examen examen ni asenta asentará rá nota hasta cuando cuando se de el dictam dictamen en de la junta de curso.
DE LOS ESTÍMULOS ART. 71.- A fin de estimular la dedicación al estudio, los alumnos del Colegio se harán acreedores a los siguientes estímulos: a) Mención Mención honorífica honorífica a los 3 mejores mejores estudia estudiantes ntes de cada curso. curso. b) Exoneració Exoneraciónn del exame examenn del tercer tercer trimestre trimestre a los alumnos alumnos que tengan tengan 40 40 puntos puntos sumados dos trimestres. c) Integra Integrarán rán la Banda Banda Rítmica Rítmica los estudia estudiante ntess con con aprove aprovecha chamie miento nto equivale equivalente nte a muy buena y sobresaliente.
31 d) Se gestiona gestionará rá becas becas estudia estudiantil ntiles es para los mejore mejoress alumno alumnoss de escasos escasos recursos recursos económicos. e) Se incentivará incentivará en en las calificacione calificacioness de las distintas distintas materias materias a los alumnos alumnos que que se destaquen en las diferentes actividades que representen a la institución.
CAPITULO XIX SISTEMA DE EVALUACIÓN A LOS ESTUDIANTES ART. ART. 72.72.- DE LAS LAS EVALUA EVALUACIO CIONES NES.- Las Las eval evalua uaci cion ones es en el nive nivell medio medio permi permitirá tiránn una aprec apreciac iación ión cualita cualitativa tiva y cuantit cuantitativ ativaa del progre progreso so educa educativo tivo del del alum alumno no;; en cons consec ecue uenc ncia ia será será siste sistemá mátic tica, a, perm perman aneente y cien cientí tífic fica; a; utili utiliza zará rá instrumentos técnicamente elaborados. (Art. 301, 302 de la Ley de Educación). Los alumnos del nivel medio tendrán tres calificaciones en cada una de las asignaturas del plan de estudios; y una cuarta calificación será la nota del examen trimestral. 1. 2. 3. 4.
Actuac Actu ació iónn en cla clase se;; Prue Prueba bass oral orales es y esc escrit ritas as;; Deber eberes es,, Trab Trabaj ajos os.. Exame xamenn trim trimes estr tral al..
La nota del trimestre resulta del promedio de los cuatro aportes.
ART. 73.- ESCALA DE CALIFICACIONES. La escala de calificaciones será del 1 al 20 y tendrá las siguientes equivalencias (Art. 303 de la Ley de Educación ). 20 18 15 13 11
19 16 14 12 o menos
Sobresaliente Muy Buena Buena Regular Insuficiente.
ART. ART. 74.- Los Los exáme exámenes nes trimes trimestral trales es serán serán escrit escritos, os, orales orales o práctic prácticos, os, según según las características de la asignatura o áreas y se sujetarán a las siguientes normas. (Art. 304 de la Ley de Educación). a) Serán ac acumulativas, es esto es es, lo los ex exámenes de del pr primer tr trimestre abarca la materia dada en el mismo, los del Segundo trimestre, la de éste y la del Primero, y los del Tercero la materia desarrollada durante el año escolar. Quedando al mejor criterio del profesor de la asignatura. b)
Habrá un un ex examen po por ca cada asignatura de del pl plan de de estudio.
32 c) Se efectuará durante la última semana de cada período, de acuerdo con el calendario establecido, con un máximo de tres exámenes diarios. d)
Tendrán una duración de 60 minutos.
e) La elaboración del instrumento de evaluación será de responsabilidad del profesor respectivo, estimando debidamente el tiempo de duración de la prueba.
ART. 75.- CORRECCIÓN Y CALIFICACIÓN DE EXÁMENES.- Se sujetará a lo que indica el Art. 305 de la Ley de Educación desde el numeral (a) al (f), y a más de éstos, se considerará los que el profesor(a) de la asignatura estime conveniente. ART. 76.- JUNTAS DE CURSO.- Para las Juntas de Curso se aplicarán lo indicado en el Art. 306 de la Ley de Educación, salvo un cronograma expuesto por la comisión Técnica Pedagógica, conforme a la realidad institucional. ART.77.- ENTREGA DE CALIFICACIONES.- Las calificaciones trimestrales serán entregadas a los alumnos por los profesores de cada asignatura dentro de los ocho días posteriores a la rendición del examen trimestral. ART. 78.- EXÁMENES ATRASADOS. En base a lo estipulado en el Art. 308 de la Ley de Educación, las autoridades institucionales, podrán aceptar los justificativos y modificar los plazos de la recepción de los exámenes atrasados, tomando en consideración la situación geográfica y otros aspectos. ART.79.- PROMOCIÓN DE LOS ALUMNOS DEL NIVEL MEDIO.- Se considerará la modificación del Art. 310 de la Ley de Educación, que dice Los alumnos que hayan alcanzado de 25 a 29 puntos, deberán obtener en el supletorio la nota mínima de 16 sobre 20; Los que obtuvieren un puntaje de 30 a 34, la calificación mínima de 14 sobre 20; y, los que alcanzaren un puntaje de 35 a 39, la calificación mínima de 12 sobre 20. ART.80.- PUBLICACIÓN DEL CUADRO DE CALIFIACIONES .- La secretaría del colegio, publicará los cuadros de calificaciones anuales, en un plazo máximo de ocho días a partir de la fecha de realización de la Junta General; bajo la responsabilidad del secretario(a) y con con el visto bueno bueno del vicerrector. vicerrector. ART. 81.- REVISIÓN DE NOTAS .- se acogerá a lo que señala en el Art. 313 reformado de la Ley de Educación. ART. 82.- APROXIMACIONES EN LAS CALIFICACIONES .- Art. 311 de la Ley de Educación el mismo que señala que todo valor de 0,50 o más, será aproximado a la unidad inmediata superior, en las cuatro notas parciales. Se tendrá en cuenta que el promedio general reflejará la nota sin aproximaciones. ART. ART. 83.83.- DE LOS LOS EXÁM EXÁMEN ENES ES DE GR GRAD ADO O.- Para Para los los exám exámeenes nes grad gradoo se considerará lo que estipule la Ley de Educación y a más de ésta, lo siguiente:
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Se recep receptar tarán án el exam examen en de 5 mate materia riass de espe especia cialid lidad ad:: 3 obliga obligato toria rias, s, Historia, Geografía y Literatura; y 2 materias sorteadas entre: Sociología, Filosofía, Psicología, Economía e Investigación Científica.
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El sorte sorteoo estará estará a cargo cargo de la Comi Comisió siónn técnico técnico Peda Pedagóg gógica ica,, en presen presencia cia del Presidente del tercer año de Bachillerato y el profesor dirigente y se realizará máximo a inicios del tercer trimestre.
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Durantee el exame Durant examenn estarán estarán pres presente ente,, el profes profesor or de la mate materia ria y un mae maestro stro delegado.
CAPITULO XX DE ABANDERADOS, ESCOLTAS Y PORTAESTANDARTES ART. 84.- Se aplicará lo establecido eenn el Art. 273 del Reglamento General General de la Ley de Educación. Y a más de esto se establece que: En la primera quincena del mes de octubre el rector del plantel convocará y presidirá la comisión que estudie y constate los record estudiantiles de los 6 estudiantes del Tercero de Bachillerato, con los más altos promedios, la misma que estará integrada por: - Rector. - Do Doss del deleg egad ados os del del Con Conse sejo jo Dire Direct ctivo ivo.. - Preside Presidente nte del del Comité Comité Centra Centrall de Padres Padres de Familia Familia.. - Pres Preside ident ntee del del Go Gobi bier erno no Estu Estudi dian antil til..
ART. 85.- Los aspirantes deben cumplir los siguientes requisitos: - Ser Ser ecuat ecuatoria oriano no de de nac nacimie imiento nto o por por natura naturaliza lizació ción. n. -
Estar Estar legal legalme mente nte matri matricul culado ado y asisti asistirr norma normalme lmente nte a clases clases..
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Obtene tenerr los los 6 más más alto altoss pun puntaje tajess como resu result ltad adoo de la suma suma de los los promedios del Octavo Año de Educación Básica al Segundo Año de Bachillerato.
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Haberr obte Habe obteni nido do una una cali califi fica caci ción ón prom promeedia dia míni mínima ma equiv quival alen ente te a muy muy buena en desarrollo comportamental. En cada uno de los años de estudio.
ART. 86.- De acuerdo al puntaje puntaje se asignarán las distinciones en en el siguiente orden: -
Prim Primer ero.o.- Aba Aband nder erad adoo del Pab Pabel elló lónn Nacio Naciona nal. l.
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Segu Segund ndoo Aban Abande dera rado do del del Pabel Pabelló lónn del del Coleg Colegio. io.
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Terc Tercer ero. o. Prime Primerr Esco Escolt ltaa del del Pabel Pabelló lónn Nacio Naciona nall
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Cuarto. Cuarto.-- Seg Segund undoo escolta escolta del pab pabell ellón ón Nacion Nacional al
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Quint Qu into. o.-- Prime Primerr escolt escoltaa del del pabel pabelló lónn del Cole Colegi gioo
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Sexto. Sexto.-- Segu Segundo ndo Escolt Escoltaa del del pabe pabellón llón del Coleg Colegio. io.
ART. 87.- La Secretaría del plantel es responsable del informe de calificaciones y promedios entregados a la Comisión para su análisis, estudio y aprobación. ART. 88.- Los Estudiantes que han sido asignados como abanderados y escoltas, serán proclamados en el mes mes Octubre y desfilarán con sus respectivos estandartes en las fiestas patronales, parroquiales y cantonales. ART. 89.- El Juramento a la bandera por parte de los alumnos del Tercer año de bachillerato se realizará el 27 de Febrero o el 24 de Mayo. ART. 90.- El Co Conse nsejo jo Directiv Directivoo entreg entregará ará por escrit escritoo mencio menciones nes hon honorí orífica ficass a los alumnos elegidos como abanderados y escoltas. ART. 91.- Los pabellones serán entregados por: a) Bandera Nacional: Máxima autoridad gubernamental. b) Bandera del Colegio: Rector de la Institución.
ART. 92.- El himno a la bandera bandera será coreado por todos los estudiantes que intervienen en el acto, en el instante en que se realiza el cobijamiento del pabellón nacional.
CAPITULO XXI DEL GOBIERNO ESTUDIANTIL ART.93- El Gobierno Estudiantil es un Organismo conformado por los representantes de los alumnos, elegidos por votación universal directa y secreta. ART.94.- Para la buena marcha de los organismos de elección estudiantil el Rector designará un coordinador Docente. ART. 95.- Al finalizar el año lectivo deberá presentar un informe de labores a las autoridades en la Junta General. ART. 96.- El Gobierno Estudiantil deberá cumplir mínimo un 70% del plan de trabajo presentado. ART. 97.- Para elección elección de lista, el Gobierno Estudiantil Estudiantil dispondrán dispondrán de un reglamento reglamento específico elaborado para eell efecto por el H. Consejo Consejo Directivo, el mismo que será será dado a conocer en quince días con anterioridad a la elección por parte de una Comisión Docente que se creara para el mismo. ART.98.- Son objetivos del Gobierno Estudiantil:
35 a) Lograr Lograr mantene mantenerr el prestig prestigio io buen buen nombre nombre del plante plantell b) b) Fome Foment ntar ar una una ampl amplia ia part partic icip ipac ació iónn de los los alum alumno noss en las las labo labore ress educacionales mediante actividades de carácter cívico, cultural. Social y deportiva. c) Desarr Desarrolla olla actitude actitudess y háb hábitos itos,, como: como: cortes cortesía, ía, coo cooper peraci ación, ón, tolerancia tolerancia,, responsabilidad, participación pistita en la sociedad. d) Velar Velar por el adecen adecentam tamien iento to y manten mantenimie imiento nto de la estructu estructura ra física del plantel. e) Parti Partici cipa parr en el desa desarro rrollo llo de las las activ activid idad ades es cientí científic ficas as,, cult cultura urale les, s, deportivas y sociales programadas por las autoridades del plantel o por iniciativa propia, previa autorización del Rector.
ART. 99.- El Gobierno Estudiantil estará constituido por las siguientes dignidades. a) Presi reside dent ntee (a) (a) b) b) Vice Vicepre presi side dent ntee (a) (a) c) Secre cretari tarioo (a) (a) d) Tesore sorero ro (a) (a) e) Tres res Vocal ocalees ART.100.- Para ser elegido miembro de la Directiva del Gobierno Estudiantil se requiere: •
Estar matriculado legalmente en el plantel.
•
El Presidente y Vicepresidente debe pertenecer al ciclo de bachillerato.
•
Acreditar en los dos últimos años un promedio de 16 puntos en desarrollo comportamental y aprovechamiento.
ART. 101.- La Directiva del Gobierno Estudiantil será renovada cada año en la segunda semana de octubre. ART.102.- Para que pueda realizarse la elección deberá haber por lo menos dos listas inscritas, en caso de existir una sola lista, se postergará la elección por un mes y de repetirse, se realizará la elección. Las listas serán respaldadas con el 20% de los estudiantes matriculados en en el plantel. ART. 103.- Tienen derecho a elegir todos los alumnos matriculados durante el año lectivo en curso.
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ART.104.- El voto es obligatorio y los alumnos que no votaren sin causa justificada serán sancionados por la Junta de Curso correspondiente, aplicando el Art. 270 del Reglamento de la Ley de Educación. ART. 105.- La campaña electoral deberá realizarse dentro del área del plantel en un ambient ambientoo de cordial cordialida idad, d, compañ compañeris erismo mo y respet respetoo mutuo mutuo.. Que Queda da termina terminante ntemen mente te proh prohib ibid idoo acto actoss que que aten atente tenn los los valo valore ress huma humano noss u ocas ocasion ionen en daño dañoss al loca locall y pertenencias al colegio. Quienes contravinieren esta disposición, serán sancionados de acuerdo al Art. 270 literal f) del Reglamento General de la Ley de Educación. ART.- 106.- El Presidente del Gobierno Estudiantil formará parte de la Comisión de Innovación Ciencia y Tecnología.
CAPITULO XXII DE LA BANDA RÍTMICA ART. 107.- La Banda Rítmica estará integrada por estudiantes con un promedio mayor a 15 puntos, y un desarrollo comportamental aceptable. ART. 108.- El Coordinador – Instructor de la Banda Rítmica y sus colaboradores serán designados por el Consejo Directivo. ART. 108.- Cualquier acto de indisciplina será sancionado con la separación definitiva de la misma, salvo apelaciones futuras. ART. 109.109.- Cada Cada estudia estudiante nte se hará hará respon responsab sable le del del cuidad cuidadoo y mante mantenimi nimient entoo del del instrumento asignado, debiendo informar de cualquier novedad al coordinador. ART. 110.- En caso de uso indebido del instrumento, el estudiante deberá cancelar el 100% de su reparación o reposición. ART. 111.- El uniforme será designado por las autoridades, y en ningún caso podrá ser alterado por los alumnos, debiendo lucir el mismo siempre en óptimas condiciones en todas las participaciones. ART. 112.- Para toda participación externa de la Parroquia, las Autoridades deberán pedir las suficientes garantías de seguridad, transporte y alimentación. ART. 113.- Esta prohibido llevar y/o prestar el instrumento a lugares o personas fuera de la Institución sin la debida debida autorización del Coordinador. ART. 114.- El Instructor deberá comunicar cualquier novedad a las Autoridades de turno.
DE LOS TALLERES Y LABORATORIOS . ART.107.- Los talleres y laboratorios estarán bajo la responsabilidad de los profesores que dictan la cátedra.
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ART.108.- Son deberes y atribuciones de los profesores de talleres y laboratorios: a) Llev Llevar ar los los inve invent ntar ario ioss actu actual aliz izad ados os de mate materi rial ales es,, equi equipo pos, s, máqu máquin inas as y herramientas. b) Llevar Llevar las hojas hojas de con contro troll de la entreg entregaa recepc recepción ión de los equipos, equipos, máquina máquinas, s, materiales y herramientas entregados a los alumnos en horas de clase. c) Se prohíbe prohíbe prestar prestar o sacar equipos, equipos, materiale materialess o herramientas herramientas fuera fuera del plantel plantel sin la debida autorización del Rector. d) Exigir Exigir a los alumnos alumnos materia materiales les,, ove overole roles, s, mandile mandiless de trabajo trabajo para para las práctica prácticass correspondientes. e) Custodiar Custodiar y supervisa supervisarr el mantenimient mantenimientoo de los equipos equipos,, instrumentos, instrumentos, materiale materialess y herramientas de los talleres y laboratorio. f) Informa Informarr oportun oportuname amente nte y por por escrito escrito al Rec Rector tor sobre sobre daños daños o dete deterior rioroo de los equipos a fin de que se autorice su arreglo o reposición.
CAPITULO XXIII DEBERES Y DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA DE LOS DEBERES. ART. 109.- A más de los contemplados en Art. 148, 149 literal b y Art. 150 de la Ley de Carrera Docente los siguientes: a) Asistir Asistir al Colegio Colegio,, cada cada vez que lo requiera requiera las autorid autoridade adess del mismo, mismo, como como tamb tambié iénn perió periódic dicam amen ente te,, para para infor informe mess sobr sobree la cond conduc ucta ta y aprovechamiento de su representado. b) Tiene la obligac obligación ión estricta estricta de matricular matricular personalm personalmente ente a su represe representado ntado y sujetarse a las reglamentaciones internas. c) El padre padre de familia comun comunica icará rá oportun oportuname amente nte a la Inspec Inspecció ciónn el cambio cambio de domicilio. d) A fin fin de que que su repr repres eseentad ntado, o, teng tengaa éxito xito en su labo laborr estu estudi dian anti til, l, le proporcionará todos los recursos, útiles e implementos que el Colegio solicite, a su debido tiempo. e) El Padre Padre de Familia Familia o su representa representante nte legal, legal, estará estará obligados obligados a concur concurrir rir a realizar los trabajos que las autoridades del Colegio planifique para la mejor presentación del mismo.
38 f) El Padre Padre de Familia Familia o su represe representante ntante,, deberá deberá acercarse acercarse al al Colegio, Colegio, por lo meno menoss una una vez vez en el trime trimest stre re,, con con el fin de infor informa mars rsee del del esta estado do educativo de su representado. g) Cump Cumpli lirr con con las las reso resolu luci cion ones es de la Asam Asambl blea ea Ge Gene nera rall de Padr Padres es de Familia. h) Respetar Respetar las sancione sancioness y resolucione resolucioness que determinen determinen las autorida autoridades des del colegio. i) Justific Justificar ar la inasiste inasistencia ncia de su repres represent entado ado inmedi inmediata atame mente nte al retorno retorno a clases ante el Inspector del Colegio. j) Asumir Asumir la responsa responsabili bilidad dad por el deterior deterioroo de cualqu cualquier ier bien ocasio ocasionad nadoo por su representado y pagar el costo por la reparación o reposición. k) Controlar Controlar las tareas, tareas, leccione leccioness diarias y trabajo trabajoss prácticos prácticos recomend recomendados ados a sus representados. l) Compr Comprome ometers tersee para que que la asistencia asistencia de su repre represen sentad tadoo sea puntual puntual y debidamente uniformado. m) Tratar Tratar con respet respetoo y cortes cortesía ía al personal personal docente docente,, admini administra strativo tivo y de servicio del establecimiento educativo. n) El Preside Presidente nte del Comité Comité Centra Centrall de Padres Padres de Familia Familia,, participa participará rá en la Comisión de Innovación, Ciencia y Tecnología.
DERECHOS ART.110.- Son derechos de los padres padres de familia: a) Reci Recibi birr la aten atenci ción ón cort cortes es y efic eficie ient ntee de part partee de los los prof profeesore sores, s, pers person onal al administrativo y de servicios del colegio. b) b) Pres Presen enta tarr sus sus peti petici cion ones es y aspi aspira raci cion onees a las las auto autori rida dade des, s, prof profes esor ores es del del esta stable blecimi cimieento nto en form formaa resp respeetuos tuosaa y reci recibi birr de ellos llos la resp respue uest staa correspondiente. c) Solicitar Solicitar la recepción recepción de exáme exámenes nes atrasados atrasados de acuerdo acuerdo a lo establec establecido ido en la Ley Ley y Reglamento. d) Solicit Solicitar ar la recalifi recalificac cación ión de exáme exámenes nes,, trimest trimestrale rales, s, suplet supletorio orioss y escrito escritoss de grado de conformidad a la Ley. e) Elegir Elegir y ser elegido elegido miembro miembro del del curso curso y del Comité Comité Central. Central.
39 f) En la última última semana semana del mes mes de septiemb septiembre re por convoca convocator toria ia del Rector Rectorado ado se reunirán en cada curso los padres y representantes de los alumnos legalmente matriculados para elegir la Directiva del Curso, la misma que estará integrado por: Preside Presidente nte,, Vicepr Vicepres esiden idente, te, Tesor Tesorero ero y 3 voc vocale aless princip principale ales. s. Actuar Actuaráá como como Secretario del profesor guía de curso. g) La Dire Directi ctiva va del del Cu Curs rsoo no podr podráá inter interfe ferir rir en las las decis decisio ione ness admi adminis nistra trativ tivas as,, técnico-pedagógica del establecimiento. h) La prim primer eraa sema semana na de octu octubr bre, e, por por conv convoc ocat ator oria ia expre expresa sa del del Recto Rectora rado do se reunirán todos los presidentes y Vicepresidentes de los cursos y entre ellos se elegirá elegirá el Preside Presidente nte,, Vicepr Vicepres eside idente nte,, tesore tesorero ro y 3 voc vocale ales, s, los mismos mismos que conformarán el Comité Central de Padres de Familia.
CAPITULO XXIV REGLAMENTO DEL COMITÉ CENTRAL DE PADRES DE FAMILIA ART. 111.- El Comité Central de Padres de Familia se integrará cada período lectivo de conformidad con lo establecido en los Art. 148,149 Literal b) del Reglamento de la Ley de Educación. ART. 112.- En el colegio funcionará un Comité Central de Padres de Familia el mismo que será elegido por los Presidentes y Vicepresidentes de la directiva de padres de familia de cada curso. ART.113.- El Rector en coordinación coordinación con los docentes docentes organizará la directiva directiva central, la misma que estará formada por un Presidente, Vicepresidente un Secretario, cargo que lo desempeñará la Secretaria del Colegio, un Tesorero y tantos Vocales como cursos tengan el establecimiento educativo. El Rector del Colegio formará parte del Comité Central con voz y voto. ART. 114.- Las finalidades finalidades concreta concretass y específicas específicas del Comité Comité Central de Padres Padres de Familia son las siguientes: 1. Cola Colabo bora rarr con con el cole colegi gio, o, moti motiva varr y vela velarr para para que que los los padr padrees de famil familia ia y alumnos realicen las tareas organizadas en la institución. 2. Recom Recomend endará aránn a los padre padress de familia familia que los los alumno alumnoss reciba recibann sus alime alimentos ntos oportunamente. 3. Cuidarán Cuidarán de que que al salir los alumno alumnoss para el colegio colegio,, lleven sus sus útiles escola escolares. res. 4. Colaborar Colaborar en aquellas aquellas actividad actividades es educativa educativass para los que sean sean requerido requeridoss por los Maestros y el Rector.
40 5. Coop Cooper erar ar de la mejor mejor maner maneraa en las activ activida idade dess del del Co Cole legi gioo para para ponerl ponerlas as en condiciones de servicio eficiente, en beneficio de la educación de sus hijos.
FUNCIONES 1. Interve Intervenir nir en la propag propagand andaa a favor favor de la matricu matricula la oportun oportuna. a. En la asiste asistencia ncia puntual y regular de sus representados desde el primer día de clases, establecerán un “Estímulo de Asistencia” que se adjudicará al fin de año, el alumno que haya tenido el menor número de inasistencia y de atrasos. 2. Recom Recomend endar ar a los padres padres de familia familia que contro controlen len la puntual puntualida idad, d, el aseo aseo y el cumplimiento de las tareas estudiantiles de sus hijos. 3. Ayud Ayudar ar con alimento alimentoss a los alumnos alumnos pobres pobres o que residan residan en en lugares lugares distantes. distantes. 4. En la organizació organizaciónn y desarroll desarrolloo de festivida festividades des y expo exposicione siciones. s. 5. En el esta estable blecim cimie iento nto de alma almace cene ness esco escolar lares es para para la prov provis isió iónn de útiles útiles y materiales a precio de costo. 6. En las gestiones gestiones para la adq adquis uisició ición, n, construc construcció ción, n, fabricaci fabricación ón o prepara preparació ciónn de locales, campos de cultivo y deportes, muebles, herramientas etc. 7. Participació Participaciónn de trabajos trabajos comunitarios comunitarios organ organizados izados por por el establecim establecimiento. iento. 8. En el el incremento incremento del museo museo y bibliotec bibliotecaa del colegio. colegio. 9. La dotación dotación de de servic servicios ios higiénic higiénicos; os; baños baños,, duchas duchas..
ART. 115.- Para cumplir con estas funciones, podrán valerse de los siguientes medios. 1. Comisiones Comisiones especiales especiales nombradas nombradas por el director directorio. io. 2. Festiv Festivale ales, s, colec colectas tas,, ferias, ferias, rifas rifas etc. etc. 3. Invitación Invitación a los demás demás pobladore pobladoress a coadyuvar coadyuvar en en la obra en beneficio beneficio del del colegio. colegio.
ART. 116.- Son deberes de los miembros del directorio DEL PRESIDENTE 1. Diri Dirigi girr las las sesi sesion ones es 2. Co Convo nvocar car a las las sesion sesiones es extra extraord ordinar inarias ias 3. Presen Presentar tar el el orden orden del del día día para para cada cada sesió sesiónn 4. Repre Represen sentar tar al Comité Comité Cent Central ral según según los los casos. casos. 5. Resol Resolver ver los los asunto asuntoss más urgen urgentes tes y priori prioritari tarios os 6. Pres Presen enta tarr trime trimestr stral alme ment nte, e, a la asam asambl blea ea gene general ral,, el infor informe me de las las labo labore ress desarrolladas.
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DEL VICEPRESIDENTE VICEPRESIDENTE Reemplazar al presidente en sus funciones, por ausencia o impedimento de éste.
DEL SECRETARIO 1. Llevar Llevar el registro registro de los los miembros miembros de la asociación asociación y anotar anotar las inasisten inasistencias. cias. 2. Formu Formular lar las actas actas de de las las mism mismas as 3. Redac Redactar tar las comuni comunicac cacione ioness y, y, 4. Arregla Arreglarr y conserv conservar ar el inve inventa ntario rio y el arch archivo ivo..
DEL TESORERO 1. Reco Recoge gerr los los fond fondos os que que prod produz uzca cann las las cole colect ctas as,, feri ferias as,, cuot cuotas as,, rifa rifass etc. etc. y conservarlos bajo su responsabilidad. 2. Invertir Invertir los fondos fondos previa previa autorización autorización del directorio directorio 3. Co Conse nserva rvarr los docu docume mentos ntos de inve inversió rsiónn 4. Llevar Llevar las cuentas cuentas y presentarlas presentarlas trimestr trimestralment almentee a la asamble asambleaa general. general.
DE LOS VOCALES 1. Concurrir Concurrir a las sesione sesioness del del directorio directorio del del Comité Comité Central Central 2. Interve Intervenir nir en las las activi actividad dades es del del directo directorio rio 3. Cumplir Cumplir las las comisio comisiones nes especiale especialess que que recibiere recibiere
ART. 117.- Al terminar el año escolar, el Presidente informará a los Padres de Familia y Docentes acerca de las labores realizadas durante el año escolar. ART. 118.- El Rector del establecimiento y el Inspector General (Jefe de Recursos Humanos) podrán solicitar al Comité Central de Padres de Familia, la presentación de las actas, registros de asistencia, cuentas y documentos de inversiones, cada vez que lo creyere conveniente.
CAPITULO XXX DE LOS ESTUDIOS POR SUS PROPIOS DERECHOS ART. 119.- Se regirá por lo estipulado en la Ley de Educación Art. 262 y Art. 263.
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CERTIFICACIÓN Este Este Regl Reglam amen ento to fue elab elabora orado do y apro aproba bado do en prim primer eraa insta instanc ncia ia por por la Junta Junta de Profesores del Colegio Nacional Mixto “GONZOL” en sesión extraordinaria realizada en octubre 21 del 2008, y ratificada en segunda instancia el 20 de noviembre del 2008. Para la constancia de la cual firman:
Ms. C. Miguel Guadalupe P. RECTOR
Lic. Eduardo Mayo VICERRECTOR.
Dra. Lilián Haro PRIMER VOCAL C.D.
Lic. Mónica Insuasti SEGUNDO VOCAL C.D.
Lic. Carmen Mendoza TERCER VOCAL C.D.
Ing. Cristóbal Orozco SUPERVISOR COORDINADOR
Lic. Cecilia Velásquez S. SECRETARIA
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COLEGIO NACIONAL MIXTO “GONZOL” GONZOL – CHUNCHI - CHIMBORAZO CHIMBORAZO
TELEFONO TELEFONO 03-2931-064
Of. No 059. CSN-G. Gonzol, febrero 6 del 2009 Doctor. Manuel Castillo JEFE DEL DEPARTAMENTO DE REGIMEN ESCOLAR Y REFRENDACION DE TITULOS DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CHIMBORAZO. Riobamba. De mi consideración: Recib Recibaa un atento atento y cordia cordiall saludo saludo de quiene quieness hacemos hacemos el Coleg Colegio io Naciona Nacionall Mixto “GONZOL” de la parroquia Gonzol, cantón Chunchi, al mismo tiempo auguramos el mejor de los éxitos en las funciones a Ud. encomendadas. La presente tiene como objeto solicitar muy comedidamente la legalización y aprobación del REGLAMENTO INTERNO del plantel, el mismo que fue elaborado por la Junta de Profesores y que entrará en vigencia durante los períodos: 2008-2009 y 2009-2010. Por la atención que se digne dar a la presente, anticipo en agradecerle.
Atentamente
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M. Sc. Miguel Guadalupe P. RECTOR