REFORMA LABORAL España -2010-
Cristina Molina Cerrillo Tania Burjel Verstraete Javier Omar Corona Cuellar
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1- Diagnóstico del mercado laboral español: ¿cuáles son las características principales del mercado laboral español? ¿por qué es necesaria una reforma laboral? El mercado laboral español, desde el año 1999 se ha caracterizado por presentar tasas de paro que se encuentran muy por encima del promedio de la UE-15. Si bien este indicador sufre un descenso entre los años 2005 y 2007 acercándose al promedio de la UE, podemos ver que a partir de este último año, con el inicio de la crisis económica y financiera esta brecha se agrava y la tasa de desempleo en España se dispara aumentando del 8,3% en 2007 al 17,4% en el primer trimestre de 2009. Lo interesante y lo que hace más singular el caso español es el hecho de que si observamos la evolución del PBI durante los últimos 10 años nos damos cuenta de que este indicador se ha mantenido bastante estable en niveles incluso superiores a la media de la UE, enfrentando descensos bastante más acuciados a partir del año 2007. Es por esto que podemos afirmar que la alta tasa de paro en España es una característica típica de este país que no se explica simplemente por bajas tasas de PBI. Por otro lado, otro aspecto que llama la atención es evidente cuando se compara la situación del mercado laboral en España con la del resto de los países europeos y se percibe que la relación inversa muy fuerte que experimenta España entre el PIB y la tasa de desempleo entre el 2007 y el 2009 no es compartida por los demás países. Estos también han sufrido la crisis con una caídas muy fuertes del PIB, incluso mayores que la española y sin embargo han logrado mantener la tasa de paro sin grandes variaciones. En lo que respecta al año 2010, la Encuesta de Población Activa (EPA) del tercer trimestre refleja que la situación del desempleo en España continúa el trayecto que viene experimentando desde el año 2007. Si bien en el transcurso del año 2010 la tasa de desempleo ha experimentado un leve descenso, en el tercer trimestre esta tasa es de 19,79% con 4.574.700 desempleados. Una característica también típica del mercado laboral español, es la disparidad en la tasas de paro entre las comunidades autónomas. Así, la tasa de desempleo oscila entre el 9,98% del País Vasco y el 28,67% de Canarias. Para entender por qué ante este contexto resulta necesaria la implementación de una reforma laboral tenemos que entrar en el análisis de las posibles causas que explican la singularidad del mercado laboral español. El primer factor que Sandalio Gómez, en su investigación “El Mercado de Trabajo Español ante una nueva Reforma Laboral”, identifica que tiene que ver con la rigidez laboral. El índice de rigidez del empleo coloca a España, junto a Francia, en los niveles de regulación más rígida explicada principalmente por el alto índice de dificultad de contratación. Por otro lado, los costos
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de despido tampoco son bajos, lo que nos estaría indicando que tanto contratar como despedir es altamente difícil en España y esto está afectando la rigidez del empleo hasta situarla a la cabeza del resto de Europa. El segundo factor analizado es el aporte que los distintos sectores de la economía hacen al
PBI concluyendo que los sectores de principal relevancia en España son: el sector de la construcción, el sector del automóvil y el sector servicios. En cuanto al sector de la construcción, al ser un sector intensivo en el uso de mano de obra, la crisis actual, que ha afectado especialmente al sector inmobiliario, ha producido un incremento espectacular en las cifras de paro. A su vez, un descenso drástico del nivel de actividad en el mismo, además de afectar directamente a las empresas promotoras y constructoras, arrastra a otros sectores que permanecen vinculados a él. En lo que respecta a la industria automovilística, el descenso en la fabricación de coches no sólo ha afectado a las grandes firmas sino que las empresas de transporte, las que fabrican las pinturas especiales para las carrocerías, entre otras, también han visto ralentizada su actividad. Por último, el sector servicios se ha visto muy afectado por la gran proporción de empleados en el sector hotelero y en el sector turístico que presenta España en comparación con otros países. El tercer factor tiene que ver con la baja competitividad de las empresas españolas al ser dependientes de sectores que son bajos en innovación e intensivos en el uso de mano de obra; esto provoca también que las mismas estén más expuestas a los ciclos económicos. En cuarto lugar está el factor educación; en este aspecto existe el problema de que el sector de la construcción es el sector cuyos trabajadores tienen menor nivel de formación. Por lo tanto, su escasa cualificación y su falta de empleabilidad hacen que la recolocación de los trabajadores de este sector que pierden su empleo sea más difícil. El quinto factor que se establece como una más de las causas de la elevada tasa de desempleo en España son los elevados costos asociados al trabajo pues un empresario al contratar a un trabajador tiene que pagar un 70% en sueldos y el 30% en seguridad social. En este aspecto, España ha estado por encima de la media de la UE-15. En sexto lugar se considera a las prestaciones por desempleo otra causa explicativa de la situación del mercado laboral. Si bien el salario promedio anual de los españoles no es de los más altos de Europa, la proporción de éste que se ofrece como seguro de desempleo, resulta bastante atractivo en términos de que permanece el mismo porcentaje durante todo el período y tiene menos restricciones. Por otro lado, la duración del beneficio es bastante amplia, aunque es necesario haber contribuido un importante número de meses para poder recibirlo. El séptimo factor está vinculado con la negociación colectiva; en España sólo un 15% de los trabajadores está afiliado a algún sindicato. En cuanto a la cobertura de las negociaciones colectivas, no es de los que tienen más baja cobertura pero está por debajo del 80% de los trabajadores. A su vez, España tiene niveles moderados de centralización y coordinación, lo que significa que la coordinación entre empresarios y trabajadores es moderada y el nivel al que se
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suelen realizar los convenios colectivos está repartido entre los convenios a nivel de empresa y a nivel superior. Por último, Sandalio Gómez establece que existen otros factores que también condicionan el mercado laboral español, como son principalmente la alta tasa de temporalidad y los contratos a tiempo parcial, cuyo porcentaje está muy por debajo de la media de la UE. La situación actual del mercado laboral español, con más de 4.500.000 parados vislumbra la necesidad apremiante de tomar medidas de política que ayuden a salir de esta situación. En este sentido, considerando todos estos factores y el rol que los mismos juegan en las condiciones actuales es evidente que se deben introducir modificaciones en la legislación laboral, y según Sandalio Gómez éstas deben impulsar: la flexibilidad de la contratación; el incremento de los contratos a tiempo parcial; la disminución de los contratos temporales; el incremento de la formación de los trabajadores y el incremento de la productividad laboral, para hacer frente con más defensas a una etapa de fuerte recesión económica.
2- Negociación de reforma laboral entre sindicatos y patronal: ¿cuándo iniciaron las conversaciones para dicha negociación? ¿en qué estaban de acuerdo y en qué discrepaban? ¿cuándo y por qué rompieron las negociaciones? ¿qué función ejercía durante este proceso el Ministro de Trabajo? La pretensión de una reforma laboral inició su andadura en 2008, durante la crisis económica mundial, cuando comenzó a reflejarse en España con un fuerte aumento del número de desempleados, bien distinta a cómo se manifestaba en otros países del mismo contexto, donde el crecimiento del desempleo fue mucho más moderado. El ejecutivo manifestó entonces la predisposición a una reforma del mercado de trabajo para flexibilizarlo, condicionado a que los agentes sociales (patronal y sindicatos), llegaran a un acuerdo en la mesa de diálogo social. El 18 de junio del 2008 iniciaron el proceso de diálogo; el acto fue presenciado en el Palacio de la Moncloa al mando de los líderes de CCOO y UGT, José María Fidalgo y Cándido Méndez, y a los presidentes de CEOE y Cepyme, Gerardo Díaz Ferrán y Jesús Bárcenas.
COINCIDENCIAS El responsable de Acción Sindical de UGT, Toni Ferrer, además de defender un nuevo modelo de crecimiento económico y el mantenimiento de las redes de protección social, establecía en ese entonces que UGT quería que el diálogo social abordara la política industrial y la salarial, pues se entendía que las mejoras salariales no sólo permitirán conservar el poder de compra sino también 'tirar' del consumo. Por su parte, el presidente de la CEOE, Gerardo Díaz Ferrán, afirmaba que acudiría al encuentro con Zapatero con "muchísimo ánimo" y con ganas de buscar la "mejores soluciones" de cara al
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futuro, sobre todo en un entorno económico cada día más complicado. El presidente de la patronal española creía que el diálogo social debía abordar un nuevo modelo de flexibilidad laboral para incrementar la competitividad de las empresas, especialmente de las PYMES.
DISCREPANCIAS El secretario de Acción Sindical de CCOO, Ignacio Fernández Toxo, cuestionó las "formas" elegidas por el Gobierno para dar comienzo al diálogo social de esa legislatura y dijo que debería haberse trabajado con "más intensidad" antes de llegar a la reunión que se celebró en el Palacio de La Moncloa entre el jefe del Ejecutivo, José Luis Rodríguez Zapatero, y los líderes sindicales y empresariales. Fernández Toxo, en declaraciones a RNE, subrayó que, pese a coincidir en algunos puntos, el texto que ha hecho llegar el Gobierno a sindicatos y empresarios con los objetivos del diálogo social no está suficientemente trabajado. "La situación es realmente seria y lo que demanda el país también lo es. Al documento (del Gobierno) le falta bastante cocina. Debería haberse trabajado con más intensidad entre los diferentes actores antes de llegar a la escenificación en La Moncloa, porque eso puede quedar como un escenario de cartón piedra y no queremos que sea así", afirmó. No obstante, el representante sindical reconoció que, aunque las "formas" han cambiado y "no para mejor", los "arranques" del diálogo social siempre son complicados. "Pero en cuanto cojamos el paso, seguro que nos pondremos a caminar, entre otras cosas porque el país no nos perdonaría y la gente mucho menos que no fuéramos capaces de encontrar soluciones a los problemas y resolverlos", añadió.
09/06/2010 Tras dos largos años de negociaciones sin fruto alguno y tras el fracaso del paro de los funcionarios del martes 8 de junio, el sindicato de los empleados públicos CSI-CSIF ha roto relaciones con CCOO y UGT, a quienes acusa de utilizar la movilización como "un ensayo para una huelga general" y de desentenderse de los verdaderos intereses de los empleados públicos. "Ante la pretensión por parte de CCOO y UGT de utilizar la manifestación del 8 de junio en Madrid, día de la huelga de los servicios públicos de España, para intereses distintos a la defensa de los empleados públicos, CSIF da por finalizado el diálogo con estas organizaciones", indica la Central Sindical Independiente y de Funcionarios, en un comunicado. El rol del Ministro de Trabajo, Celestino Corbacho, ha sido el de promover la implantación de la Reforma Laboral que proponía el Ejecutivo. El ministro de Trabajo quiso dejar en claro que con la entrada en vigor de la nueva reforma laboral no se va a abaratar el despido.
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El responsable de la cartera de Trabajo e Inmigración aseguró que los trabajadores seguirán teniendo las mismas indemnizaciones que contempla la legislación vigente y que rondan entre los 45, los 33 y los 20 días por año trabajado. La diferencia que se incluye con el nuevo decreto es que el Fondo de Garantía Salarial, el Fogasa, asumirá ocho días para los despidos tanto procedentes como improcedentes. Hasta ahora este fondo solo garantizaba el 40 por ciento del coste del despido procedente de las empresas con menos de 25 trabajadores. Con la reforma se universaliza y se aplicará a todas las empresas.
YO QUITARÍA ESTA PARTE…
Sin embargo, Corbacho indicó que esta normativa se aplicará siempre y cuando se den dos condiciones. Por un lado, los contratos tendrán que ser firmados después de la entrada en vigor de la reforma laboral y segundo, el contrato laboral tendrá que tener como mínimo una vigencia de un año para poder aplicar esta normativa. Por otro lado, el ministro de Trabajo también reseñó que es importante que este Real Decreto Ley sea aprobado de manera "urgente" en el Parlamento para que pueda estar en funcionamiento lo antes posible para evitar la "incertidumbre" entre los ciudadanos. Respecto a las posibles ventajas que la reforma laboral acarreará Corbacho resaltó que "sería un error imputar a la reforma laboral la creación de empleo". No obstante, indicó que "la reforma laboral puede facilitar que no se destruya tanto empleo como se ha destruido en esta crisis". Asimismo, la entrada en funcionamiento de este decreto puede dotar a las empresas de mayor flexibilidad para hacer que ganen en competitividad y en productividad. Corbacho explicó que el empleo lo genera y lo destruye la economía y como ejemplo puso una fábrica de coches. El ministro comentó que si la empresa produce muchos coches necesitará más personal, pero si produce menos entonces no necesitará aumentar su plantilla
3- Real Decreto-ley 10/2010, de 16 de junio, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo: ¿qué objetivos tiene según su exposición de motivos o preámbulo? ¿cuáles son las novedades más relevantes? OBJETIVOS -
EXIGENCIA UNÁNIME: Recuperar la senda de la creación de empleo y reducir el desempleo (debe ser el objetivo último fundamental de todas las políticas públicas)
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Corregir la evidencia de insostenibilidad económica y social de este modelo, manifestada por la crisis
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Reforzar la protección social, incentivar la contratación y mejorar la empleabilidad de los colectivos más perjudicados, o favorecer el mantenimiento del empleo en las empresas, con la priorización en cada momento de la puesta en práctica de actuaciones laborales.
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Hacer más resistente nuestra economía frente a las perturbaciones externas; mejorar su competitividad a medio y largo plazo; incrementar la productividad de la economía española; fortalecer los pilares de nuestro estado de bienestar y, en último término, generar más empleo.
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Actuar desde una perspectiva integral, que contemple tanto la totalidad de las actuaciones adoptadas en los últimos dos años como las iniciativas de futuro en marcha.
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Corregir la dualidad de nuestro mercado de trabajo impulsando la creación de empleo estable y de calidad.
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Reforzar los instrumentos de flexibilidad interna en el desarrollo de las relaciones laborales, y las medidas de reducción temporal de la jornada.
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Elevar las oportunidades de las personas desempleadas, con particular atención a los jóvenes.
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Mejorar los mecanismos de intermediación laboral para fomentar las oportunidades de acceder a un empleo por parte de las personas desempleadas.
NOVEDADES -
Se marca en 33 días la indemnización por despido improcedente en casi todos los contratos.
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La duración del contrato de obra o servicio se limita a un máximo de tres años (se puede ampliar a otro adicional si está recogido en el convenio colectivo del sector) y, transcurrido dicho plazo, el trabajador se considerará fijo.
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Entre las causas objetivas para despedir a un trabajador se introducen nuevos elementos de valoración, como considerar suficiente que de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa
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Las empresas podrán rescindir el contrato de sus trabajadores si demuestran pérdidas no coyunturales
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Entre las medidas para reducir la dualidad del mercado laboral y su temporalidad, se establecen disposiciones que se encaminan a abaratar el despido y limitar los contratos
temporales. -
La indemnización por finalización del contrato temporal pasa a 12 días (desde los ocho actuales), aunque de forma progresiva a partir de 2012. La indemnización irá subiendo cada año hasta alcanzar los 12 días máximos en 2016.
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Los contratos de formación también varían. A partir del segundo ejercicio de vigencia, se cobrará el salario mínimo interprofesional en su totalidad. Otros afectados por las nuevas medidas son los trabajadores con contrato en prácticas: se amplía de cuatro a cinco años.
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Contrato de fomento de la contratación indefinida: se extiende a todos los trabajadores que lleven más de tres meses en paro. Si llevan menos tiempo sin trabajo, deben haber estado contratado de forma temporal durante los dos años previos a su entrada en el
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desempleo. Solo podrán realizar este tipo de contratos las empresas que no hayan reducido empleo en el año previo a la firma del mismo. -
Se creará un fondo para pagar las indemnizaciones: por los despidos de quienes firmen un contrato de fomento del empleo desde ese momento. El fondo se nutrirá con aportaciones
empresariales. La parte que no se emplee pasará a cobrarse en la jubilación. -
Participación del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) en la indemnización de 33 días por año trabajado, se dividirá entre la empresa y el Fondo de Garantía Salarial, de carácter público, ya sean justificados o no. La empresa abonará 22 días y el Fogasa, los restantes.
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Flexibilidad interna: Se autoriza a las empresas a modificar las condiciones laborales. Si no existe consenso entre trabajadores y empresa, un árbitro dictará la modificación de las condiciones de trabajo o acordará, en su caso, medidas alternativas
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Cambio en las bonificaciones: de 16 a 30 años (indefinidos); se beneficiarán de una bonificación en la cuota empresarial a la Seguridad Social de 800 euros durante tres años. Solo es aplicable a los jóvenes con un año en paro y que no hayan completado la escolaridad obligatoria o carezcan de titulación profesional. En el caso de las mujeres, aumenta a 1.000
euros. Mayores de 45 años: Si llevan en paro un año, tendrán derecho a una bonificación de 1.200 euros. Las empresas que quieran acogerse a estas bonificaciones,
deberán
aumentar su nivel de empleo fijo. También están obligadas a mantenerlo a lo largo del periodo que dure la bonificación. -
Inclusión de las Empresas de Trabajo Temporal (ETT): Se liberalizan los servicios de empleo dando entrada a las Empresas de Trabajo Temporal en todos los sectores para orientar, asesorar y colocar a los desempleados.
4. Críticas de la reforma laboral por parte de: SINDICATOS CCOO (confederación sindical de comisiones obreras) y UGT (Unión General de Trabajadores) Principales críticas a la Reforma Laboral: 1- Precariza las condiciones de trabajo; reduce derechos de los trabajadores. 2- Abarata el despido. 3- Salida injusta a la crisis 4- Brinda mayor poder a los empresarios. 5- Debilitamiento de las negociaciones colectivas. 6-
Elimina prohibiciones vigentes con respecto a la actuación de las Empresas de Trabajo Temporal (ETTs)
7-
Merma el papel de los Servicios Públicos de Empleo (SPPE) en favor de la gestión privada.
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CCOO insiste en que la Reforma Laboral, ni reduce ni reducirá la dualidad del mercado laboral, ni dota ni dotará de mayor estabilidad al mercado laboral y lo que si hace es dar mayor poder
empresarial a través de los descuelgues salariales y mediante la adopción de decisiones unilaterales empresariales. Es una reforma lesiva que reduce los derechos de los/as trabajadores/as, abarata el despido y lo facilita y, no es prematuro valorar sus resultados porque se está aplicando desde el mes de junio y en este periodo ha crecido la temporalidad y se ha destruido empleo fijo y a tiempo completo. Las principales críticas también se centraron en la intención de los empresarios y del Gobierno de cambiar la indemnización en caso de despido disciplinario. Los sindicatos temían que si se reduce a 33 días también este tipo de despidos, los empresarios tendrían vía libre para extinguir el contrato de los trabajadores con esa indemnización, sin tener que demostrar las causas y sin la posibilidad de que el empleado pueda iniciar un proceso judicial. En cuanto al plan de choque para el empleo joven, que se centrará principalmente en la reforma del contrato de formación, los sindicatos aceptarían que se amplie hasta los 24 años la edad máxima para su utilización. No obstante, denuncian que sobre este tema los empresarios pretenden que este modelo de contrato se pueda usar con personas de hasta 30 años, lo que finalmente se ha llevado a cabo. Los sindicatos denuncian que la Reforma Laboral va a provocar efectos indeseables en el proceso de negociación colectiva al modificar la regulación de materias esenciales e incrementar la posibilidad de actuación discrecional de las empresas, en detrimento de los derechos de los trabajadores. "La nueva regulación del descuelgue empresarial que prima la negociación en el centro de trabajo sobre el convenio sectorial, abre las puertas al dumping salarial entre empresas, además de aumentar el margen de maniobra de los empresarios, sobre todo en las pequeñas empresas, muchas de ellas sin derecho o posibilidad de disponer de representantes de los trabajadores", denuncia el secretario de Acción Sindical de CCOO, Ramón Górriz. La Ley aprobada sobre la reforma laboral abre la puerta a la modificación del tiempo de trabajo, lo que conlleva que la distribución de la jornada pactada en convenio colectivo sectorial podrá ser modificada en cualquier empresa con acuerdo de la representación legal de los trabajadores o por laudo arbitral. Respecto al descuelgue salarial, la reforma laboral amplía las causas justificativas, permitiendo el descuelgue por el hecho incierto e indeterminado de que "las perspectivas económicas de la empresa pudieran verse dañadas o sus beneficios reducidos", algo que lesiona gravemente el derecho laboral y que sirve en bandeja a los empresarios la posibilidad de incumplir el convenio colectivo sectorial.
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Los sindicatos afirman que el Gobierno ha privatizado el desempleo en este país al eliminar todas las limitaciones o prohibiciones vigentes con respecto a la actuación de las Empresas de Trabajo Temporal (ETTs). Esta medida merma el papel de los Servicios Públicos de Empleo (SPPE) en favor de la gestión privada con ánimo de lucro, es decir, se va a hacer negocio con las personas desempleadas.
16-08-2010. "Es lamentable que haya sido un gobierno de izquierdas el que haya perpetrado el mayor ataque al derecho del trabajo desde la transición, contra la opinión de todo el movimiento sindical y debidamente jaleado por las organizaciones empresariales", denuncia el secretario general de CCOO, Ignacio Fernández Toxo
PATRONAL La patronal, representada por la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE), también rechazó la reforma por boca de su Presidente, Gerardo Díaz Ferrán, al considerarla "inadecuada" por no aclarar "suficientemente" las causas y los procedimientos en la extinción de contratos y "no estar a la altura de las necesidades del país", oponiéndose a la conversión de contratos temporales en fijos. Se manifestaron en contra de la convocatoria de huelga por los sindicatos, por considerar que el futuro estaba en unas relaciones laborales "modernas y flexibles"
PARTIDOS POLÍTICOS Tras una accidentada y precipitada tramitación, la comisión de Trabajo del Congreso de los Diputados ha aprobado esta tarde el proyecto de ley de la reforma laboral del Gobierno con los votos a favor del PSOE (169) y las abstenciones de PNV y CiU (16). Los grupos de izquierda (IU, ICV y ERC) y el PP han votado en contra, sumando un total de 165 noes. El texto legal se enviará al Senado, donde de nuevo habrá negociaciones y se podrá modificar el texto.
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BIBLIOGRAFÍA CONSULTADA
Documento de investigación “El mercado de trabajo español ante una nueva Reforma
Laboral”. Sandalio Gómez, María Dolores García, Magdalena Opazo. Junio 2009
Encuesta de Población Activa (EPA). INE. Tercer trimestre 2010. Real Decreto-ley 10/2010, de 16 de junio, de medidas urgentes para la reforma del
mercado de trabajo. Boletín Oficial del Estado. http://es.wikipedia.org/wiki/Huelga_general_de_2010_en_Espa%C3%B1a http://es.wikipedia.org/wiki/Reforma_laboral_en_Espa%C3%B1a_en_2010
www.elmundo.es
www.lavanguardia.es_economia_noticias_20100909_540006422
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