ANEXO 3A: FORMATO DE RECONSIDERACIÓN / APELACIÓN SEÑORES: EDELNOR S.A.A. Empresa del servicio público de electric idad o de gas natural
SUMINISTRO N°
2289174
DATOS DATOS DEL RECURRENTE Nombr mbres y apel apelli lido dos s del del rec recurre urrent nte e y, de ser el caso caso,, de su repr repres esen enta tant nte e (*) (*) OLGA RODRIGUEZ PACORA
DNI/C NI/CE E
Tel!o l!on no
15594095
"epresentante #egal Ab!. C"#$ C%'#"( )*+"$ , C.A.-. N° 19
Direcci$n del %uministro&
CA. LUIS RISCO S/N
Distrito&
-0"
'rovincia&
-UAURA
Dpto&
LIMA
'CIN#& %ealo este nuevo domicilio al +ue debe noti!icarse todos los documentos +ue se emitan durante el procedimiento& Distrito& 'rovincia& Dpto& 5uac6o 5uaura #ima r- os .lve0 N1 234
MOTI)O DEL RECURSO
R'0#( +' +' A'$"*% +' " $" R'($0*% R'($0*% N5 13162176ENEL R'*b*+ 23MAR217 %olicito +ue la empresa "E7I%E en la instancia administrativa, al no estar de acuerdo con los !undamentos +ue sta 6a sealado8 o con la manera en +ue 6a evaluado las prueba de o!icio, mas no de parte por lo +ue ad9unto nuevos medios probatorios, por las siguientes ra0ones&
I.6 FUNDAMENTOS DE -EC-O: :- #a
C"#&" M;RE 699361<6RAE, +' ='" 21 +' +**'>b#' +'$ 21 '% (0 &'#'# @##"=? ('"$" B
El recupero de Energía de S/ 1202.97 se procederá en el próximo recibo de consumo de energía eléctrica del suministro !22"917# en 10 cuotas iguales sin intereses ni moras$ con%orme a lo establecido en artículo 92! de la &e' de (oncesiones Eléctricas ! 2)"## *+,- 8 De nuestra nuestra parte parte no estamos con!ormes con la imposici$n de dic6o monto, el mismo +ue se basan en presunciones ale9ados a la realidad, de actos con e!ectos retroactivos, omitiendo el descargo respectivo del recurrente, para un me9or resolver- carreando el presente acto de imposici$n de pago por recupero de energ;a carece de motivaci$n2-< El inmueble donde donde se 6a reali0ado reali0ado el cta cta de Intervenci$n, N1=>=<:?C, de !ec6a @2 del del :: del 2@:?, es propiedad registrado como usuaria el sr- "oberto 'ablo Alores 'once siendo representada por la sra-#. "D"I.BE N"8 en tanto, +ue el recurrente +ue suscribe el cta es una persona a9ena del usuario8 ue si bien es cierto, +ue a la !ec6a de la inspecci$n el recurrente se encontraba en posesi$n del mismo, es por cuanto, viene ostentando un contrato de rrendamiento desde el @: de Noviembre del 2@:?, con!orme lo demuestro con el document documento o +ue ad9unto ad9unto al presen presente, te, el mismo mismo +ue en la $@0(0$" (&*>" del contrato, el recurrente se responsabili0a del pago de energ;a elctrica- Es decir, decir, es 9ustamente +ue estos 6ec6os cuestionados cuestionados por mi persona persona (cobro (cobro ecesivo) ecesivo) se 6a detectado detectado por+ue por+ue mi persona persona inicio inicio un proceso proceso de limpie0a limpie0a y arreglo arreglo del inmueb inmueble le +ue se encont encontrab raba a DE%5F DE%5FIT IT D en estado estado de abando abandono, no, de all; all; +ue entre otras otras cosas cosas se necesitaba necesitaba restituir restituir el servicio servicio elctrico elctrico,, por lo solicite solicite a EDE#N EDE#N" " a !in de +ue le cambien cambien el el medidor medidor por encontrarse en BN E7IDENTE E7IDENTE G# E%TD8 E%TD8 ra0$n por el cual la concesionaria 6iso el acta de intervenci$n, y reali0a un acto di!erente a lo solicitado, es decir revisar revisar el atasco en el numerador elctrico8 elctrico8 %obre dic6a !alla DEF 6acer menci$n +ue es de ENTE" "E%'N%FI#IDD DE # EG'"E% +ue NBNC D7I"TI DE T#E% DEAECT%, %IN 5%T CBND E# "ECB"ENTE %#ICIT E# CGFI DE C8 '" TNT, TNT, E# "ECB""ENTE N 'BEDE %BGI" BN '. '. DE BN %E"7ICI BE NBNC "ECIFI "ECIFI H '" '"'I E""" DE #% GBIN% DE %B "E'"E%ENTD-< -< esto debe sumarse, +ue el clculo retroactivo +ue reali0a la concesionaria, toma en cuenta el pago del último mes, es decir el consumo +ue reali0o el rrendatario durante el mes de Noviembre, para as; reali0ar el clculo aproimado de manera retroactiva, e imponer a la usuaria el pago de %/:2@2->J por los meses de :4 Enero del 2@:? 6asta el := de Noviembre del 2@:?, por consumo no registrado, a pesar de +ue la casa se enco encont ntra raba ba des6 des6ab abit itad ada a por por lo +ue +ue ning ningun una a pers person ona a se enco encont ntra raba ba arre arrend ndan ando do dic6o dic6o inmu inmueb eble8 le8 CN%ECBENTEGENTE CN%ECBENTEGENTE E# C#CB# C#CB# se debi$ e!ectuar sobre el m;nimo consumo, por tratarse 6asta 6asta antes de +ue lo arrendara, de un INGBEF#E DE%5FITD8 DE%5FITD8 sumado, al 6ec6o de +ue su ca9a elctrica ten;a un
atasco de entera responsabilidad de la empresa, +ue debi$ en cada visita de operador de lectura, y no esperar detectarlo cuando uno solicita el alta de un nuevo servicio8 %I.NIAICND E##, +ue la empresa N 'BEDE 5CE" BN C#CB# DE# B#TIG GE%, si el último mes antes de contratar su arredramiento del inmueble ! ue noviembre, y consta a la empresa +ue N EKI%TI CN%BG de noviembre '" DEAECT DE # C-< =-< ue como se puede apreciar, la concesionaria por calculo retroactivos a partir del consumo del último mes, reali0a la imposici$n de un monto a pagar !uera de la realidad, siendo +ue el inmueble se encontraba des6abitada y por tanto el consumo de energ;a resulta ser el in!erior m;nimo8 as; mismo, cabe mencionar +ue el trabado del numerador elctrico, resulta ser a9ena al de usuario, en cambio el arrendatario como buena conducta procedimental y de buena !e solicito la intervenci$n de su concesionaria a !in de +ue cambiara de medidor, toda ve0 +ue de o!icio la concesionaria no se preocup$ por veri!icar y/o dar mantenimiento a su medidor durante los :: meses del ao, por lo +ue dic6as omisiones de la concesionaria no se puede responsabili0ar a la usuaria, por lo +ue vulneraria al principio de ra0onabilidad4- ue debe tenerse en cuenta +ue los escritos se deben interpretar no de acuerdo a la letra sino a la
intención del recurrente.- Encontrado en *ictámenes$ 7 "$ 210 ' 22)$ ' los citados en la nota precedente,3 simismo, se debe tener en cuenta el principio de presunci$n de veracidad, 6asta +ue no se demuestre lo contrario por la concesionaria-< 'or lo +ue, al resolver la concesionaria imponiendo algún pago a la usuaria, debe ser esta ra0onable y motivada no en bases a presunciones sino con carga probatoria concreta %F"E #% #CNCE% DE #% N"G% BE '% CIT"&
FACULTADES DEL CONCESIONARIO rt;culo :JJ1-< El concesionario, en los casos de consumos de energ;a sin su autori0aci$n, a +ue se contrae el inciso b) del art;culo >@1 de la #ey, +ueda !acultado para& a) Calcular la cantidad de energ;a consumida, multiplicando la carga conectada sin autori0aci$n por 2=@ 6oras mensuales para los usos domsticos y por =3@ 6oras mensuales para los usos no domsticos, considerando un per;odo mimo de doce meses8 b) 7alori0ar la cantidad de energ;a consumida aplicando la tari!a vigente a la !ec6a de detecci$n, correspondiente al tipo de servicio utili0ado, considerando los intereses compensatorios y recargos por mora correspondientes8 y, c) %olicitar a la Direcci$n o, a +uien sta designe en las localidades ubicadas !uera de la Capital de la "epública, la aplicaci$n de las multas +ue seala el art;culo 2@21 del "eglamentoCumplido el pago de las obligaciones +ue emanan de los incisos +ue anteceden, el usuario deber regulari0ar de inmediato la obtenci$n del suministro, cumpliendo los re+uisitos establecidos en la #ey y el "eglamento-
7. DOCUMENTACION A EMITIR POR EL CONCECIONARIO.
7.1 45iso 6re5io a la nter5ención ntes de reali0ar la Intervenci$n, el Concesionario debe e!ectuar el aviso previo al Bsuario o a la persona +ue se encuentre en el predio, este aviso debe contener toda la in!ormaci$n establecido en el neo- %i se negara a recibir el aviso o eistiera alguna situaci$n +ue di!iculte la noti!icaci$n del mismo, el Concesionario, previa constataci$n policial o de un notario, proceder a de9arlo por deba9o de la puertaToda constataci$n policial deber ser e!ectuada por un e!ectivo policial en servicio perteneciente a la comisar;a del sector, +uien deber registrar los 6ec6os constatados en el l ibro de ocurrencias de la citada comisar;aEl mismo +ue el aviso previo, a sido
7.2 4cta de nter5ención Concluida la Intervenci$n el Concesionario elaborar y entregar al Bsuario, o a la persona +ue se encuentre en el predio, un acta de Intervenci$n consignando los resultados de la misma, el cual deber considerar como m;nimo& i) Aec6a y, 6ora de inicio y trmino de la Intervenci$n8 ii) %egún sea el caso, datos del %istema de Gedici$n y registro de lectura en +ue se encontr$8 iii) Numeraci$n de los precintos de seguridad encontrados e instalados, en caso corresponda8 iv) Descripci$n detallada de la irregularidad, incluyendo el diagrama elctrico y/o mecnico, y el registro de la potencia y/o corriente en el momento de la Intervenci$n8 v) Cuando sea permitido, el inventario de la carga instalada y el diagrama uni!ilar correspondiente- Cuando no se pueda reali0ar el inventario de la carga instalada, el Concesionario deber de9ar constancia de ello en el cta de Intervenci$n8 y, vi) In!ormaci$n detallada sobre la normali0aci$n del suministro-
7..2 oti%icación del 8ecupero %e deber remitir al Bsuario, o bene!iciario del Consumo sin utori0aci$n del Concesionario, un in!orme detallado de la causa del "ecuperoEl in!orme debe ser remitido en un pla0o mimo de cinco (4) d;as 6biles contados& a) para el caso indicado en el inciso i) del numeral 4-2, a partir de la !ec6a de detecci$n de la causal8 y, b) 'ara los casos indicados en los incisos ii) e iii) del numeral 4-2, a partir de la conclusi$n del per;odo de dos (2) meses de superada la condici$n de!ectuosa, o a partir de la !ec6a de detecci$n de la causal si se trata de usuarios con consumo estacional, en concordancia con lo establecido en el numeral >-2-2H en un pla0o mimo de tres () d;as para los casos indicados en los incisos iv) y v) del numeral 4-2, contados a partir de la Intervenci$n-
El in!orme detallado indicar como m;nimo lo siguiente& i) El motivo del "ecupero8 ii) El per;odo retroactivo de clculo8 iii) El monto determinado, incluyendo el detalle del clculo por mes8 iv) #os intereses y recargos por moras en !orma desagregada, cuando corresponda, según lo establecido en el numeral 3-2-2v) In!ormar el derec6o del Bsuario a e!ectuar un reclamo si considera +ue el "ecupero a aplicar no es procedente o si no se est de acuerdo con el monto calculado para dic6o "ecupero simismo, para las causales indicadas en los incisos iii), iv) y v) del numeral 4-2, ad9untar copia de los documentos +ue acrediten el cumplimiento de los correspondientes re+uisitos establecidos en los incisos iii), iv) y v) del numeral ?-2En trminos generales, los recuperos de energ;a no registrados pueden clasi!icarse en a+uellos +ue se originan en causas imputables a la concesionaria (error en el proceso de !acturaci$n o en la, instalaci$n del sistema de medici$n)L, de!iciencias tcnicas del sistema de medici$n (error en el sistema de medici$n), o a +uienes 6acen un uso indebido del servicio elctrico (vulneraci$n de las condiciones del suministro consumo sin autori0aci$n)
(uando se a'a de:ado de %acturar la energía demandada en el suministro por ra;ón imputable a la concesionaria o al e
El Concesionario e!ectuar el "ecupero considerando lo siguiente& i) 'ara los casos i), ii) y iii) re!eridos en el numeral 4-2, el "ecupero se e!ectuar en die0 (:@) cuotas mensuales iguales sin considerar intereses ni recargos por moras, en concordancia con el rt;culo >2M de la #CE- El Concesionario podr incluir el "ecupero en la !acturaci$n mensual inmediata posterior a la noti!icaci$n e!ectuada con!orme al numeral J--2ii) 'ara los casos iv) y v) re!eridos en el numeral 4-2, el "ecupero se podr e!ectuar en una (:) sola cuota considerando los intereses y recargos por moras correspondientes, en concordancia con los rt;culos :J?M y :JJM del "#CE- %$lo para el re!erido caso v), el pago del "ecupero es eigible a partir de la noti!icaci$n del mismoiii) El "ecupero comprende eclusivamente la valori0aci$n de la energ;a y/o potencia no !acturada-
2. . CAUSALES NORMA DE RR %on causales de "eintegro o de "ecupero los siguientes casos +ue se de!inen a continuaci$n& i) Error en el 'roceso de Aacturaci$n& Error del Concesionario en el proceso de !acturaci$n, +ue origine el cobro de montos distintos a los +ue e!ectivamente correspondan- El proceso de !acturaci$n comprende desde la toma de lectura del contador 6asta la emisi$n y reparto de la !acturaii) Error en el %istema de Gedici$n& De!iciencia en el %istema de Gedici$n, debido al mal !uncionamiento de uno o ms de sus componentes, +ue origina una inadecuada medici$n o registro del Consumoiii) Error en la Instalaci$n del %istema de Gedici$n& Error del Concesionario al reali0ar la instalaci$n o el coneionado eterno del %istema de Gedici$n, +ue origina una inadecuada medici$n o registro del Consumoiv) 7ulneraci$n de la Condiciones del %uministro& 'ara e!ectos de la presente norma, espec;!icamente se considera a la intervenci$n o manipulaci$n de uno o ms de los componentes de la Conei$n, reali0ada por una persona distinta del Concesionario, +ue modi!i+ue la medici$n o registro normal del Consumo, o no permita +ue dic6o Consumo sea medido o registrado-
).2 (ausales del 8ecupero En concordancia con los rt;culo >@M inciso b), >2M de la #CE y el rt;culo :JJM del "#CE, son causales de "ecupero, siempre +ue 6ayan implicado el cobro de montos menores a los +ue e!ectivamente correspond;an, o el no cobro según sea la causal, los siguientes casos& i) Error en el 'roceso de Aacturaci$n8 ii) Error en el %istema de Gedici$n8 iii) Error en la Instalaci$n del %istema de Gedici$n8 iv) 7ulneraci$n de las Condiciones del %uministro8 y, v) Consumo sin utori0aci$n del Concesionario-
S>?(46í@>&A 11 E88A8 E &4 S@4&4(B E& SS@EC4 E CE(B El art;culo >21 de la #CE y el numeral 4 inciso iii) de la N"G "", establecen +ue las concesionarias estn !acultadas a aplicar un recupero de consumos no registrados cuando por de!iciencias al reali0ar la instalaci$n o el coneionado eterno del sistema de medici$n, se origina una inadecuada medici$n +ue puede generar +ue se registren consumos menores a los realmente demandados por el suministro l respecto, el numeral ?-2 ii) de la N"G "" establece +ue a e!ectos de acreditar el error en la instalaci$n del sistema de medici$n, la concesionaria debe cumplir con acreditar los siguientes re+uisitos& a) aviso previo, b) vistas !otogr!icas a color !ec6adas y diagrama elctrico8 y c) in!lei$n de consumos acreditada con el promedio de m;nimo 2 meses consecutivos posteriores de corregido el error e igual número de meses anterioresEn este sentido, cuando se veri!i+ue su procedencia del recupero, se aplicar la misma metodolog;a de clculo prevista para el error en el sistema de medici$n, en el numeral O>-2-2 de la mencionada N"G ""#ineamiento& %e considera tambin como error en la instalaci$n del sistema de medici$n, +ue puede generar un recupero de
consumos no registrados, la inversi$n de los suministros-
3.1 E### '% $" *%(&"$"*% +'b*+ " 0%" >"$" %'*% Este tipo de anomal;a se presenta cuando las l;neas de alimentaci$n y las l;neas de carga no estn conectadas correctamente al sistema de medici$n8 es decir la conei$n en el campo di!iere de la conei$n de diseo del sistema de medici$nEllo puede producirse cuando las !ases de un medidor, las secuencias de alimentaci$n de la tensi$n, o la polaridad de los trans!ormadores se encuentren invertidos- El supuesto ms común de error se presenta cuando las !ases del medidor se encuentran invertidas-
SUCAPTULO I): )ULNERACIÓN DE LAS CONDICIONES DEL SUMINISTRO El art;culo :JJL del "#CE y el numeral 4 inciso ivP de la N"G "", !acultan a las concesionarias a aplicar, un recupero de consumos no registrados cuando se veri!i+ue una vulneraci$n de las condiciones del suministro, debido a la manipulaci$n de uno o ms de los componentes de la conei$n, reali0ada por una persona distinta a la concesionaria, +ue genere +ue se registren consumos menores a los realmente demandado por el suministro, o +ue stos no se registrenCabe precisar +ue el numeral :- de la N"G "" de!ine como conei$n al con9unto de componentes e instalaciones necesarias para la prestaci$n del servicio elctrico, +ue comprende desde el punto de entrega 6asta los bornes de salida del medidor- Est compuesta principalmente por el empalme, la acometida, la ca9a de protecci$n, el sistema de protecci$n/seccionamiento y el sistema de medici$n- #os usuarios estn impedidos de manipular tales elementos, en tanto su mantenimiento y reposici$n est a cargo de la concesionaria, con!orme lo establece el art;culo :? del "#CE-
<.2 P#'+'%*" +'$ R'0'# El "ecupero proceder para cada uno de los casos indicados en el numeral 4-2, siempre +ue el Concesionario remita al Bsuario el in!orme al +ue se 6ace re!erencia en el numeral J--2, y se cumpla con lo siguiente& i) 'ara el caso re!erido en el inciso i) del numeral 4-2, se veri!i+ue la eistencia de error en la !acturaci$n al usuario- Este 6ec6o deber ser sustentado mediante un In!orme Tcnico
II.6 FUNDAMENTOS DE DEREC-O: Aundamento mi solicitud en&
rt;culo 2@>-< El recurso de apelaci$n se interpondr cuando la impugnaci$n se sustente en di!erente interpretaci$n de las pruebas producidas o cuando se trate de cuestiones de puro derec6o, debiendo dirigirse a la misma autoridad +ue epidi$ el acto +ue se impugna para +ue eleve lo actuado al superior 9err+uico-
III.6 MEDIOS PROATORIOS NUE)OS: < Copia simple de la (AS@4(4 E 4DSA 68EDA E @E8DE(A ! 10090 de !ec6a @2/@J/2@:< Copia simple del 4(@4 E @E8DE(A ! 01907201 de !ec6a @2/@J/2@:< Copia simple de contrato de arrendamiento
I).6 ANEXOS: :-< Copia simple del DNI de la recurrente2-< Copia %imple de la Carta FGH"E <@>>@<:?<"E -< Copia simple del Contrato de rrendamiento=-< Declaraci$n urada de lga "odr;gue0 'acora 4-< "esoluci$n NM :4:@44<2@:J
Aec6a& ::/F"I#/2@:J
5uella digital
F*#>" +'$ #'0##'%&' #'#'('%&"%&' (*) 'ara actuar representado en el procedimiento (reclamar, impugnar y presentar dems escritos) es su!iciente una carta poder simple, pero para conciliar con la empresa o desistirse del procedimiento el poder debe ser espec;!ico y con !irma legali0ada ante notario público o ante !uncionario autori0ado de s inergmin-