Clases de prueba anticipada
Declaración Jurada Artículo 98 del Código Procesal civil y Mercantil. Requisitos especiales: Artículo 131 del CPCyM: Plao que de!e "ediar entre noti#icación y la audiencia. Artículo 13$ del CPCyM: %e!en a!solver personal"ente& cuando así se pida. Artículo 133 del CPCyM: Requisitos de las posiciones 'preguntas( Artículo 13) del CPCyM: Pr*ctica de la diligencia. Artículo 13+ del CPCyM: Preguntas adicionales. Artículo 139 del CPCyM: ,alor pro!atorio. -ipo de valoración.
Confesión cta y confesión sin posiciones u/ se pide en el "e"orial de la declaración 0urada ue artículo per"ite que se diligencia 0unta"ente con reconoci"iento de docu"entos 18) del CPCyM %i#erencia. Artículos 1)2 y 1)1 del CPCyM peran en la Prue!a anticipada
Exhibición de documentos Artículo 99 del CPCyM !e"uisitos especiales# A$ Debe indicarse en t%rminos &enerales el contenido del documento '$ Probar "ue se encuentra en poder de "uien se pide lo exhiba En "u% parte del memorial se incluye lo anterior( )echos *u% debe pedirse( Cómo redactar la petición especíca
Exhibición de libros de contabilidad y de comercio Puede diligenciarse en el tri!unal o #uera de el Puede 4acerlo el 5ue o necesaria"ente de!e realiarlo un perito o auditor u/ requisito especial tiene %e!e 4acerse relación al contenido de los li!ros u/ de!e pedirse especí#ica"ente Có"o es el tr*"ite 6ncidentes
Exhibición de bienes muebles y semo+ientes Aspectos especí#icos: 7e solicita que se #i0e plao para e4i!irlos a0o aperci!i"iento se ordene el secuestro no"!rando depositario. l depositario se designa en un "e"orial posterior"ente al incu"pli"iento de e4i!irlos -ra"ite de los incidentes: 13; al 1)2 de la <5
!econocimiento ,udicial y prueba pericial uien tiene la legiti"ación para 4acerlo: l que 4aya de de"andar l que crea verosí"il"ente que va a ser de"andado. Artículo 123 del CPCyM
7olo aquellas cosas que 'presupuestos de procedencia(: st*n lla"adas a desaparecer A"enace ruina o evidente deterioro 7u conservación en el estado en que se encuentra resulta gravosa. %e!e de"ostrarse que van a desaparecer Có"o
Pr-ctica del reconocimiento ,udicial Artículos 1=) y 1=; del CPCyM
Artículo 1=+ CPCyM: Acta
%eclaración de testigos
ui/n tiene la legiti"ación: Artículo 12) del CPCyM
-estigos: a( avanada edad ( grave"ente en#er"os C( prói"os a ausentarse del país u/ de!e pedirse Có"o insertar el interrogatorio Requisitos del interrogatorio Artículo 1); del CPCyM u/ sucede si no co"parecen los testigos Artículo 1)= del CPCyM
si el testigo es un #uncionario Có"o de!e declarar Artículo 1;) del CPCyM ue son las tac4as Artículo 1+$ del CPCyM. Mo"ento para 4acerla valer
.tras pruebas anticipadas
Puede solicitarse otro tipo de prue!a anticipada #uera de las antes "encionadas
Artículo 12; del CPCyM
Apelación en la prue!a anticipada
ue es la apelación
%i#erencia entre recurso y re"edio procesal