Parcial I - Corresponde al Módulo 1
Explicite los contenidos conceptuales, procedimentales y actitudinales correspondientes a las siguientes temáticas: •
Caracterización del abogado.
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Conveniencia y/o necesidad del patrocinio letrado.
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Obligaciones del abogado para con su cliente.
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Obligaciones del abogado como auxiliar de la Justicia.
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Obligaciones del abogado para con sus colegas proesionales
1. Conceptualmente, Conceptualmente, un abogado es un perito en derecho que se dedica a defender, por escrito o de palabra, los derechos o intereses de las partes en una controversia de carácter jurídico, así como también a dar dictamen sobre las cuestiones o puntos jurídicos que se le consultan. En los aspectos procedimentales procedimentales y actitudinales actitudinales t iene la misión de mediar en las diferentes relaciones humanas, no
reflejando pasiones extremas como pudiere ocurrir con las personas que acuden a él, pero por el contrario, deben poseer virtudes propias de todo hombre de bien y justo. Los ciudadanos deben encontrar en el abogado confianza, armarse de seguridad, entendiéndose que serán ellos los que salvaguardarán nuestros derechos y nos harán conocer nuestras obligaciones. En la base de todo abogado debe de be !aber un !ombre virtuoso con cabal sentido de "usticia, uertemente desarrollado, coronado por cierto, de estudios especializados. #er abogado, re$uerirá de tener tacto a la !ora de comunicarse con sus clientes, aprendiendo a dar conse"os, teniendo autoridad para imponerse cuando corresponda y saber renunciar si resulta preciso. #e necesita ortaleza para desarrollarse en esta proesión principalmente en lo $ue respecta a la irmeza del obrar. #e necesita además tener iniciativa, decidir y luego llevar a cabo lo decidido, aun$ue cueste un esuerzo importante. #e suelen mencionar dos condiciones important%simas para llegar a ser un buen abogado: una primera y undamental es tener vocación por l a "usticia, y además el poseer y desarrollar sólidos conocimientos de la ciencia "ur%dica. &n buen abogado, será a$uel cuya !onorabilidad sea intac!able en el ámbito p'blico y privado y tenga siempre una constante sed de aprendiza"e. a prendiza"e. El abogado está obligado a asumir a sumir la deensa de su cliente con el mayor vigor posible, sin contemplaciones, aun$ue con corrección. (o debe ser imparcial en una causa en la $ue "ustamente se lo !a buscado buscado para ser parcial, deendiendo a una de las partes. )ebe iluminar con la mayor luz los argumentos $ue avorezca a su cliente y empalidecer los de la contraria.
. )esde el punto de vista conceptual, nos reerimos a la conveniencia de contar con un asesoramiento en la irma de cuestiones relacionadas con el derec!o. )esde el punto de vista procedimental, dic!a conveniencia se transorma en una necesidad imperiosa de acuerdo a los procedimientos normados en la legislación procesal. *a ausencia de patrocinio letrado, en muc!as ocasiones puede llegar a invalidar el acto "ur%dico, constituyendo una nulidad absoluta. #iempre resulta conveniente contar con un debido asesoramiento en cuanto al patrocinio letrado, a'n en cuestiones $ue no resulten obligatoriamente as%. En cuanto al aspecto actitudinal, puede incluirse ba"o ese supuesto la obligación $ue posee el propio asesor letrado de explicar bien y detalladamente la conveniencia real $ue representa ser asesorado por un proesional del derec!o, sea o no totalmente necesario seg'n lo establecido normativamente. !. Conceptualmente consisten en a$uellas cuestiones $ue debe cumplir rente a su cliente, le son in!erentes a su proesión y como tales deben ser correctamente acatadas. +rocedimentalmente las obligaciones ante el cliente, generalmente se encuentran regladas en las normas de orma o códigos procesales, mencionando a su vez las normas ticas establecidas normativamente $ue regulan la proesión de abogado. El abogado tiene el deber y la obligación de inormar a su cliente sobre las reales posibilidades de obtener un resultado avorable rente al reclamo $ue se plantea,
pero, sin embargo, debe limitarse en nu nca garantizar el resultado de litigio alguno. Esto resulta lógico pensarlo, ya $ue siempre existirán variantes $ue podr%an impedir tales resultados. &na cosa es la expectativa, el deseo, etc. y otra dierente es airmar un resultado incierto sólo basándose en esas expectativas o deseos personales. +or otra parte, debe inormar a su cliente el trámite del proceso ante el simple re$uerimiento por parte de ste. +ueden rec!azarse las causas cuando por cual$uier circunstancia -amistad o amiliar pudiera per"udicar la libertad de dirigir el proceso. El abogado no tiene obligación de undamentar la aceptación o negación de un caso. Excepto $ue se trate de un nombramiento oicial, "udicial o del Colegio de bogados, el rec!azo debe ser "ustiicado. En resumen, cuando se !abla de las obligaciones desde un aspecto actitudinal el abogado d ebe tener verdadera actitud de servicio. 0a en contra de la tica representar de manera simultánea por parte del letrado en una misma causa intereses contrarios. (o debe prevalecer el materialismo descartando causas pe$ue1as por sobre grandes, sino $ue siempre debe imponerse la deensa autntica de cual$uiera sea la diicultad o e xtensión del proceso. En su actitud debe siempre procurar examinar el problema con detenimiento, siendo ante el cliente, el primer "uez en la causa. (o debe deraudar al cliente por su incorrecto procedimiento y para ello siempre deberá ser claro, conciso y contundente con los argumentos. (o se puede permitir actuar con pasión en ninguna causa, entendido esto como la negativa a traba"ar impulsado por rencores u otros asuntos personales. Es sabido $ue actuando de esta manera lo más probable es $ue el abogado pierda la compostura y lo lleve a resultados $ue no pretend%a. 2. Conceptualmente consisten en la necesidad $ue el abogado act'e como instrumento de solución de conlictos y colaborador de la "usticia considerada de una manera integral. *a abogac%a es una tarea de inters p'blico, ya $ue está ligada a uno de los ob"etivos del 3obierno. 4 debido a $ue el derec!o es considerado una ciencia posee su propio lengua"e tcnico $ue todo a$ul $ue est ligado de una orma u otra, siendo un abogado, "uez, magistrado, iscal, etc. deberá obligatoriamente saber, entender y utilizar. En cuanto a la manera de proceder del abogado en este rol de auxiliar de la Justicia, tiene el deber para con el "uez o tribunal de "usticia de presentar el reclamo y/o in$uietudes de su deendido, conorme exigencias de la ciencia "ur%dica, evitando as% los intereses personales y las pasiones propias del carácter. )eberá ser conciso en el momento de exponer a lgo rente al "uez, dirigindose a ste con propiedad como su manto de autoridad lo demanda. Es necesario comprender $ue la "erar$u%a de la "usticia dependerá en gran parte de sus operadores, sean stos abogados o "ueces, y por lo tanto en cadena me"orará o no respecto de la eicacia y sabidur%a $ue demuestren ante la sociedad. 5especto de la actitud del abogado en este sentido deberá actuar ante el "uez con !onradez en relación a la exposición de los !ec!os y material probatorio $ue se aportará al proceso. El máximo sentido de la abogac%a es la aplicación de la "usticia y por lo tanto, la colaboración $ue ste le preste al "uez deberá siempre ser de utilidad. Como un auxiliar de la "usticia, tiene $ue deender a su cliente con postura y sin llegar al agravio en ning'n ámbito o lugar. *a tica será su lema para con los "ueces, colegas y la sociedad en s%. (unca se deberá olvidar $ue cada uno cumple una unción espec%ica e importante, y $ue por lo tanto, "amás se deberá de ser irrespetuoso ni menoscabar a nadie. En su actitud nunca puede existir y muc!o menos demostrar exteriormente las intenciones de da1ar. *os "ueces están acultados para sancionar al proesional $ue act'e de manera des!onesta o despreocupada durante el proceso "udicial. +or 'ltimo es destacable saber $ue poseer buena conducta en el ámbito p'blico y privado garantizará la seguridad proesional. 6. )esde el punto de vista conceptual, consiste en cuestiones de orma y de ondo, $ue los abogados deben respetar rente a sus propios colegas. )ic!os incumplimientos pueden ser
"uzgados por los tribunales de tica de los distintos colegios de abogados, por los procedimientos all% dispuestos. 7mplicará respetarse los unos a los otros, prevenir cuidadosamente, mediante una aectuosa tolerancia el c!o$ue inevitable de las naturales susceptibilidades. En cuanto a la manera de proceder !ay $ue tener en cuenta $ue en cuanto en el proceso, !aya respeto entre los colegas, la "usticia !abrá ganado. En todo proceso siempre !abrá un m%nimo de dos intereses en contraposición y es in!erente a l abogado el deber de procurar por la "usticia8 y la manera de lograr esto es principalmente proveyendo al "uez de material idedigno para $ue pueda impartirla. 5especto de la actitud, respetar al colega es respetarse a s% mismo. (o deberá por tanto, permitir actos $ue sean contrarios a la tica, ya $ ue es all% donde se podr%a per"udicar a todos los letrados. #iempre deberá prevalecer el respeto mutuo y trato cordial, ya $ue de esta manera no sólo los colegas los respetarán sino tambin sus clientes, los "ueces y la comunidad en con"unto. 9abiendo tantos intereses dierentes unos de otros la tolerancia será undamental. Cabe decir además $ue los Colegios de bogados están destinados a omentar el compa1erismo y la ayuda mutua entre los colegas.