«POLÍTICA CRIMINAL EN ARGENTINA: UN BARCO A LA DERIBA». por Grisela Alejandra García Ortiz
“Hoy en día cuando está en crisis la idea del Estado moderno y su legitimación basada en el ficto consenso social, también está en crisis la idea de un derecho penal penal homogéneo, igualitario, correctivo correctivo de conductas y defensor de valores sociales. Sucede Sucede entonces, que este Estado Estado cuestionado, en América América latina, latina, se achica hasta hasta prácticamente prácticamente desaparecer, abriendo paso a un mercado desregulado desregulado y a la globalización como el destino indiscutido del mundo; sin embargo, embargo, el derecho penal cuestionado cuestionado crece, crece, se utiliza para tapar dramas sociales y se presenta en el discurso oficial y electoral como un bastión para resolver conflictos generados por las nuevas n uevas políticas liberales. Cabe preguntarse preguntarse ¿dónde quedó el liberalismo liberalismo en el sistema penal?” 1. INTRODUCCIÓN AL TEMA. Si reflexionamos sobre la realidad del sistema penal en nuestro país vemos que los puntos en crisis no son pocos. Desde la opinión pública que reclama mayores penas y los medios de comunicación que maximizan el pedido; el raiting que tiene en la violencia un condimento seguro; los discursos ambiguos de los políticos del oficialismo y de la oposición; el descreimiento generalizado que padece el Poder Judicial; la burocracia del sistema; los crecientes proyectos de Ley con nuevos tipos penales; el debate diario sobre la pena de muerte; la construcción de nuevas cárceles y finalmente la atroz realidad de las prisiones Argentinas, de las que todos hablan pero muy pocos conocen. Frente a tantos cables pelados solo queda comenzar una reflexión por partes, seguir cada línea hasta su origen, ver uniones y desuniones, sin pasar por alto una revisión de la toma de corriente eléctrica ( la legitimación del sistema mismo). Todos los puntos mencionados deben ser tenidos en cuenta por un Estado que pretende delinear una determinada Política en este ámbito. Hoy se puede decir que no existe en Argentina un plan nacional de política criminal y estamos muy lejos de ello. Las medidas que se aplican, ante situaciones coyunturales, son rápidas e improvisadas, cuando no falsas y carecen de un estudio serio, cualitativo y pormenorizado de todas las cuestiones anteriormente citadas. El resultado es altamente negativo y merece un análisis.
2. NOCIONES PREVIAS. 2.1. ¿Qué es la Política Criminal? La criminología teórica es el discurso que pretende explicar etiológicamente la criminalización (1) y con ello supone que puede aportar los elementos teóricos necesarios para la prevención en los casos particulares (clínica criminológica o criminología clínica), como también proveer los elementos para una “planificación general preventiva” a la que suele denominarse política criminal. La expresión política criminal se utiliza desde los albores del siglo pasado con diferentes acepciones, pero no cabe duda que siempre ha estado subordinada a la idea de “delito” preponderante en la época. Comunmente se entiende a la política política criminal como la política estatal estatal de lucha contra el crimen; la selección de los medios para luchar contra el delito. Cuando abandonamos un punto de vista causalista del delito y comprendemos, conjuntamente con los teóricos actuales (2), que el hilo conductor de la criminología es el poder y por ende la política , no tendría sentido distinguir entre “criminología” y “política criminal”, ya que ésta no podría ser definida como la política estatal de lucha contra el crimen, sino que pasaría a ser la ideología política que orienta al control social punitivo. La noción de política criminal como «lucha contra la delincuencia» se encuentra en los discursos oficiales y electorales y es presentada en ellos, como una de las soluciones a problemas sociales característicos de la época actual en los países subdesarrollados. Cabe analizar la función social y económica de la misma, su recepción por parte de los candidatos políticos en búsqueda de las líneas de escición del electorado (3). 3. ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN. 3.1. Crítica realidad carcelaria. Si visitó alguna vez una cárcel pudo apreciar, lo facilmente observable, que las personas que son criminalizadas o punidas por el sistema penal son en su gran mayoría pertenecientes a estratos sociales inferiores económicamente o disidentes políticos en determinados regímenes (4). Si uno analiza más en detalle la cuestión ve que esas personas no son semejantes en todos los países, sino que presentan ciertas características en los países centrales y otras en los países subdesarrollados (5) , (5) , de modo que hay una selección que depende de la estructura social. Las condiciones carcelarias son calamitosas, hay superpoblación, hacinamiento, suciedad, olor nauseabundo, maltrato, violencia, resentimiento, alienación, ocio, abandono y marginación. Todo lo visible indica que hay implícito en cada rincón un resabio muchas veces grotesco de lo que comunmente se llama «castigo», con todas sus letras. Cerca, a pocos metros de las cárceles de Caseros o de Villa Devoto, incrustadas en núcleos urbanos, las personas en uso de su libertad ambulatoria caminan por las calles desconociendo la penosa realidad que las
circunda. Sin embargo en los debates televisivos piden todo tipo de penas como si estubieran hablando de algo normal y muy conocido por ellas. Como bien señala Louk Hulsman (6), la cárcel es algo que se percibe como natural, que internalizamos como el cauce normal de resolución de conflictos que llamamos «delitos». Es claro que se trata de una cuestión cultural y como tal aprendida mediante innumerables focos de «socialización» por los que pasamos desde niños (escuela, familia nuclear); pero tambien es claro, que para muchas personas es la manera normal de tener alejado a un grupo cultural y social bien determinado y que afecta a sus intereses bien determinados, en su mayoría relacionados con la llamada «propiedad privada». Más allá de las grandes inversiones en la construcción y refacción de cárceles difundidas por el gobierno, la «contracara» no divulgada se encuentra expresa en el informe anual ( 1995/1996) del Procurador Peniteciario a la Presidencia de la Nación y al Parlamento: « Durante los más de tres años de labor ininterrumpida transcurridos fue posible efectuar un exhaustivo relevamiento del estado de las prisiones de la Nación...incluyendo celdas de castigo, cocinas, y hospitales penitenciarios. Los casos de malos tratos físicos que , no obstante las medidas preventivas adoptadas, se verificaron, fueron investigados y denunciados a las autoridades judiciales y administrativas competentes, con la suerte que se informa en el capítulo respectivo...No obstante la situación de las cárceles en cuanto a su infraestructura y servicios, ésto debe ser reconocido sin ambagues, se ha deteriorado aún más durante estos últimos tres años sin lograr solucionar uno solo de los graves problemas detectados y denunciados año tras año y luego de cada inspección. El alegado propósito de la próxima desactivación de las unidades 1 , 2 y de la centenaria unidad 16, ha venido siendo esgrimido durante años como argumento irrefutable a la hora de tomar decisiones sobre inversiones en bienes de capital. Ahora bien, los inmuebles en condiciones ruinosas siguen prestando sus precarios servicios y las inversiones no sólo no se efectúan sino que ni siquiera se programa hacerlas, debido a la remanida próxima desactivación de dichos edificios./ Tampoco en lo relativo a la provisión de servicios se ha logrado una mejoría. Pese a haberse tomado consciencia en el Ministerio de Justicia de la necesidad de tercerizar prestaciones desmilitarizando su suministro,...se procesan ingentes cantidades de alimentos para confeccionar sustancias elaboradas que llegan a sus destinatorios en condiciones organolépticas inadecuadas para el consumo humano.» Más allá de las buenas intenciones del Procurador Penitenciario, en cautiverio funciona una cultura de premios y castigos que hace que muchos abusos y maltratos no salgan a la luz ya que si se conocen el castigo para el detenido no solo es aplicable a su cuerpo y Psiquis, sino que trasciende hacia su familia. Los seres queridos deben sufrir requisas atroces y humillantes para ingresar al penal o pueden incluso tener una suspensión de visita.
Los motines han sido la forma que han encontrado los presos de que sus reclamos trasciendan más allá de los muros. Muchas personas han reparado en la crítica situación carcelaria gracias a estas manifestaciones e incluso los medios han difundido algunas de ellas. Es interesante al respecto transcribir unos párrafos enunciados al respecto por el Procurador Penitenciario: «Los desórdenes registrados el 20 de diciembre de 1993 en la Unidad 1, cuando simultáneamente ocurrían hechos similares en la mayoría de las cárceles de la provincia de Buenos Aires, fueron reprimidos con una violencia inicialmente ocultada , que arrojó más de 121 internos heridos, algunos de ellos hospitalizados recién pasada una semana, luego de que se hiciera lugar a un hábeas corpus en su favor. La intervención personal de Procurador Penitenciario fué solicitada por los internos de la Unidad 2, al día siguiente, cuando se sumaron a la protesta los internos allí alojados. En esa oportunidad, en la que numerosos agentes permanecieron rehenes de los internos, fue posible evitar la solución violenta del conflicto, sin que se tuvieran que lamentar lesionados entre los detenidos y el personal sometido a cautiverio.» Con respecto al tema del trabajo carcelario, es una falacia. En el informe emitido por la Dirección General del Régimen Correccional del Servicio Penitenciario Federal, referente a la Unidad 1 de Caseros, se menciona que el 13 de diciembre de 1996 existía una población de 1.287 internos de los cuales trabajaban solamente 124 ( 99 procesados y 25 condenados); 1.163 no tenían acceso al trabajo en dicha Unidad. El 90% de la población penal no lo hacía. Dicen Buletti y Shoklender en su trabajo «Nuevos horizontes para los individuos privados de la libertad» (7): El trabajo carcelario, se nutre de quienes están dispuestos a aceptar un sometimiento diario ante los agentes que los utilizan para evitar tener que hacer la tarea por la cual le pagan. Por lo tanto la sumisión del detenido es un condición sino qua non. Muchas veces la retribución se reduce a tener una visita más en la semana o evitar las requisas a los familiares. Hay mucho más que decir acerca de la situación de la cárcel y la realidad de los maltratos reconocidos incluso por organismos del Estado. Esperamos haber dejado abierta una puerta a la meditación sobre el tema, haber incluído nuevos elementos para la percepción del fenómeno, del que muchas personas hablan pero pocos conocen. Consideramos interesante culminar este punto con la transcripción de la conclusión final del Informe 1994/1995 elaborado po el Procurador Penitenciario (Cabe señalar la falta de obligatoriedad legal de las recomendaciones por él cursadas al Servicio Penitenciario Federal): «..Con ello no queremos olvidar que la situación carcelaria sigue siendo uno de los sectores que más atención pública requiere. En este informe hemos descripto una situación que está lejos de ser óptima, se siguen produciendo malos tratos, siguen existiendo problemas de higiene, salud, alimentación, infraestructura, etc. En la medida en que estas dificultades continúen no podremos
decir que los derechos humanos de los internos se encuentran a salvo, por el contrario: siguen en peligro . Posiblemente este peligro sea innato a una institución como la cárcel, pero además de este peligro «connatural», los derechos de los internos se encuentran frente al riesgo cotidiano, al que se manifiesta con el devenir de la propia crisis del modelo y de la manifestación diaria de violencia en el marco de esa subcultura carcelaria que este informe describe. Este organismo no puede bajar los brazos. Debemos estar alertas a lo cotidiano, pero sin perder de vista la necesidad de buscar del modo más creativo posible, alternativas a un sistema penal que reclama a los gritos que se lo vaya suplantando por modelos de solución de conflictos más comprometidos con el éxito y menos violentos. Debemos ocuparnos de la demanda concreta del interno que se ha visto ilegítimamente cercenado de un derecho básico, pero al mismo tiempo no podemos abandonar la necesidad de ir realizando una global propuesta de una mejor política criminal. Es por todo ello que nuestra gestión no tiene fín, sólo tiene en el mejor de los casos horizonte. Hacia adelante no hay felicidad, sólo hay cada vez menor dolor.»
3.2. Crisis en la opinión pública. ¿Qué opinión? Los medios masivos de comunicación hablan continuamente de «opinión pública», la suma de las opiniones de individuos aislados que conforman a la moderna sociedad del consenso. Es claro que la fuerza de la llamada opinión pública reside en el número, en la suma de individualidades. Para hablar de opinión pública es necesario contar con alguna forma de medición de la misma. Los sociólogos entienden que la manera más adecuada de hacerlo es a través de los sondeos, encuestas cualitativas especialmente diseñadas y su posterior interpretación. Muchas personas tienen acceso a las cuestiones que versan en las encuestas, no por experiencia directa, sino porque las perciben a través de los medios de comunicación, son ellos los que acercan a la población la opinión «conveniente» para que las personas elaboren su «propia» opinión. Pero vemos que la información que la pantalla de televisión o el diario transporta, ya ha sido víctima del acotamiento que el negocio de la atracción y el mercado exigen; osea, que en la respuesta a las preguntas formuladas por la consultora, encontramos un visión de las cosas sucedidas que ya a pasado por lo menos por dos etapas de «reconstrucción», la del medio transmisor y la del particular. ¿Es posible hablar de opinión pública generada libremente?; ¿ acaso una información acotada, limitada por intereses comerciales, siendo ésta la fuente por la que el individuo se nutre para elaborar sus conclusiones, no restringe su construcción particular de los hechos acaecidos? Como señala el periodista Héctor Ruiz Nuñez (8), las noticias tienen un tiempo óptimo de utilidad periodística de un mes. Cuando no surge una noticia que venda se inventa una situación que la reemplace, como es el caso del debate sobre la pena de muerte que vino a suceder el impacto mediático de los casos «Cóppola» y
«Cabezas» (9) Cabe preguntarse ¿hasta que punto los medios imponen las temáticas del momento?. El poder de las encuestas. Otra forma de manipulación de los pareceres, o de mal llamada «opinión pública», la constituyen las encuestas de opinión utilizadas por los distintos organismos. Muchas veces se publican encuestas cuantitativas cuyo resultado es previsible de acuerdo a la zona abarcada en el trabajo, pero sin embargo no se expresa dicho dato como debería hacerse para un mejor análisis. En materia de política criminal, es notable ver la contradicción que existe entre encuestas realizadas por distintas instituciones. Si hechamos un vistazo a el trabajo realizado por la Dirección Nacional de Política Criminal (10), veremos que la situación económica y el desempleo no influyen en nada en el índice de delincuencia; sin embargo esto no se condice con la investigación realizada por otros organismos u investigadores particulares como el Dr. Gualberto Baistrocchi para quien el 69 % de los detenidos en el partido de San Isidro, Provincia de Buenos Aires, en la segunda quincena del mes de mayo de 1997, son desocupados. También hay que tener en cuenta que si bien en el trabajo realizado por la Dirección a cargo del Dr. Ciafardini, el número de desempleados entre la población de las cárceles Federales es bajo, el mayor número de empleados se desempeña como « jornalero/ obrero» y cuenta con un nivel de instrucción bajo. Bien se sabe que un jornalero con estas características, no solo carece de trabajo estable, sino que en la mayoría de los casos vive por debajo del nivel de pobreza (11). El Dr. Gualberto Baistrocchi, Defensor Oficial del Departamento Judicial de San Isidro, realiza habitualmente estadísticas sobre la seguridad en la Zona Norte a pedido de la Excma. Procuración General de la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires con el fín de elaborar líneas de política criminal. Habla en sus informes de índices de delincuencia y su aumento en porcentaje, teniendo en cuenta para la elaboración de los mismos solamente las denuncias efectuadas en comisarías de la zona, un punto de referencia que adolece de varias falencias, a saber: solo figuran los delitos denunciados y las personas detenidas por los preventores, quedando fuera la amplia gama de delitos que no se denuncian, los que no se persiguen, los que se denuncian solamente ante el Juez, etc. Son también resaltables los títulos con los que encabeza sus informes a saber: «Alto índice delinctivo»; «Delitos, 30 % más»; «La problemática delictiva. 1996». ¿Alguien duda sobre la incidencia en la formación de opinión de quien lea estas publicaciones?. Sin embargo hay un dato rescatable a tener en cuenta de la investigación mencionada: es claro que en las comisarías de la zona norte del Gran Buenos Aires, se detiene al mayor número de personas por delitos contra la propiedad, llegando a índices del 92% en la localidad de Boulogne. Lo antedicho es solo un ejemplo que nos hace meditar sobre la incidencia de las estadísticas en la formacion de la opinión y en la reconstrucción que cada individuo realiza de los hechos que muchas veces no percibe de manera directa; tambien sobre la variable de que los resultados son facilmente manipulables y con
diversos fines: electorales, para acreditar el cumplimiento de una función, para dar cierta imagen deseada, etc. Incluso no cabe duda que las estadísticas del Dr. Baistrocchi influyen en el actuar de las distintas comisarías del Departamento en el que se desempeña, quienes se encuentran en una situación de competencia que intentarán revertir probablemente, en caso de salir desfavorecidas, deteniendo a más gente en un determinado mes. * Se adjuntan como anexo, al final del presente trabajo, algunos de los trabajos mencionados a fin de que el lector pueda analizarlos y sacar sus propias conclusiones. Más allá de su construcción, la llamada «opinión pública», es un concepto un tanto difuso y confuso que nunca terminó de convencernos; quizás para el Estado moderno nacido del contrato social, basado en principios morales básicos y defensor incansable de los «intereses sociales» sea factible un término de tales carácterísticas. Quizás pensamos así, porque nunca se nos consultó en ninguna encuesta, sin embargo se nos incluye diariamente en un término al que nos sentimos ajenos por completo. Sucede que en nuestra razón (12) consideramos que no puede existir una opinión pública que abarque la diversidad humana de la que sí nos sentimos parte, a lo sumo podrán haber asociaciones de opiniones que siempre tendrán la obligación natural de «dejar ser» a lo distinto. En los países subdesarrolados, el mayor número de la población se encuentra comprendido en lo que se suele llamar «Clase Baja» y «Clase media baja», para estas personas la globalización muchas veces se ha tornado infausta, el mercado global se ha convertido en un tornado que ha arrasado sus negocios y los ha reemplazado por máquinas que todo lo hacen; «la seguridad», aquel objetivo tan presiado que fuera uno de los orígenes del Estado moderno, escacea como cualquier bien. Las personas con mayores recursos han acudido al fenómeno de la seguridad privada para compensar la falencia en la provisión de dicho servicio por el Estado, y las personas que se encuentran más desprotegidas son las víctimas más frecuentes de los delitos contra la propiedad. Las prisiones se encuentran pobladas, como dijimos, de personas de bajos recursos en su mayoría encerradas por la comisión de delitos contra la propiedad. Estas mismas personas se ven perjudicadas por las políticas neoliberales que las tornan más vulnerables a caer en las redes del sistema penal, pero como perciben que no tienen seguridad, esa seguridad que pagan los que pueden, piden más penas y controles policiales en los medios, ignorando seguramente que la artillería se encuentra dirigida hacia ellos y no para ellos. Los problemas sociales de fondo que llevan una persona a cometer un delito, a la sociedad a percibir una conducta como delictiva (situación que se da
claramente en el robo con armas y no por ejemplo en la estafa), y a las agencias de contro social a punir, es claro que no se solucionan aplicando más pena, ni poniendo más policías en las calles. La solución aplicable es mucho más sencilla y simple de lo que imaginamos, tiene que ver más con la solidaridad y el respeto por la diversidad que con la represión; tiene que ver más con el diálogo y la conciliación que con la privación; tiene que ver más con la solución humana de los conflictos que con el ius punendi del «Leviatan».
3.3. El discurso de los medios. Los medios de comunicación influyen en la creación del imaginario general, por lo tanto intervienen en la percepción social de las conductas caratuladas como delictivas. Sostiene Héctor Ruiz Nuñez (13) que hay una interacción entre la opinión pública y la opinión publicada, situación que se maximiza en las ciudades actuales donde todo es un torrente de comunicación contínua y la televisión especialmente cumple un rol fundamental en la creación de «estereotipos» criminales, osea la imagen de delincuente que se construye en el imaginario. Hoy en día los medios piden más «seguridad» (sin nunca especificar exactamente a que se refieren) y más penas, incluso es diario el pedido de pena de muerte y la adhesión pública a personas que mataron a quienes intentaron robarles. Este reclamo no solo es incentivado desde los propios medios que se dedican a satisfacer las expectativas de la audiencia, sino tambien desde el discurso político que busca las esciciones del electorado en su captación de votos. Es claro que hay que decirle a la gente lo que la gente quiere escuchar. La demanda del público a quien siempre le interesó la sangre, es incentivada y multiplicada por los empresarios periodísticos. Menciona Ruiz Nuñez, a raiz de una investigación realizada por él, ciertas olas de criminalidad a las que los medios prestaron atención en determinados meses, lo que incrementó la publicación de noticias similares y aumentó la percepción social de ciertas conductas como delitos: la violencia en el futbol desencadenada por la muerte de un hincha fué luego reemplazada por una ráfaga de noticias sobre las patotas en los trenes, luego se dió mucha trascendencia al tema de los asaltos en colectivos y violaciones a raiz de un hecho trágico detonante. Generalmente esta moda periodística tiene un mes de vigencia. También es señalado en otros informes, como el realizado por la Dirección Nacional de política Criminal en relación a cuatro periódicos de gran circulación en Argentina (14), que hechos de gran importancia como el atentado terrorista a la AMIA (Asociación Mutual Israelita Argentina) produjo un impacto en la prensa que disminuyó la publicación de otros delitos y acaparó gran espacio en columnas. Cabe sumar a este caso, el atentado a la embajada de Israel, la trascedencia periodística del caso Cóppola con sus condimentos de farándula y poder, y el trágico caso de
José Luis Cabezas, detonante que influyó de manera notable en la percepción de conductas delictivas realizadas desde posiciones de poder y su frecuente impunidad. Con respecto a la violencia en lo medios de comunicación, el Sr. Sirigliano Directivo de la agencia Telam- señaló que: influye en la conducta; insencibiliza y autoriza a la imitación. Además se mostró muy preocupado por la violencia cotidiana que se observa hasta en los dibujos animados. (15) Otras personas, como Enrique Sdrech (16), señalan que los medios solo reflejan una realidad existente y en nada influyen en la violencia, en el delito, ni en la percepción social del mismo. El español Jesús Martín Barbero (17) se interesa por conocer «no solo lo que los medios hacen con la gente, sino lo que la gente hace con los medios», en relación al control de las instituciones y afianzamiento de la democracia. No hay que dejar de lado también, la función de los medios como parte integrante del llamado «control social difuso» (18). El estar desinformado; el no poder comentar lo sucedido en un progarma de T.V.; el estar fuera de moda son situaciones que marginan, que separan y aislan al individuo de un determinado grupo. Más allá de las distintas posiciones esbozadas, los medios masivos de comunicación existen de manera inevitable en el mundo de hoy y realizan una presión reconocida diariamente por los gobernantes; pero no hay que pasar por alto que los medios pertenecen a personas o grupos económicos que tienen sus propios intereses. Ni siquiera un flujo ininterrumpido de información sin fronteras, como es el caso de Internet , nos conduce a la utopía de la objetividad y muestra al Planeta un mapa de Argentina cuya Patagonia pertenece a Chile.
3.4. Problemas estructurales del sistema. En parte, el sistema penal tampoco respeta a las personas que integran sus segmentos porque no fomenta en ellas las virtudes que la sociedad proclama (o al menos que los medios masivos pretenden difundir), ni tampoco se interesa por su integridad física y psíquica (caso del guardiacárcel que pertenence al mismo estrato social que el detenido, pero se encuentra en una clara relación de poder frente a él que explota). El sistema mismo no es racional: programa la criminalización (19) de prácticamente toda la sociedad (codificación) y dispone de medios para hacerlo con una minoría que selecciona entre los más vulnerables, los que no tienen PODER para resistir su acción. A todo lo antedicho, cabe añadir que proclama como objetivo la prevención de conductas lesivas ilícitas y la “resocialización” de quienes las practiquen, cuando en realidad produce todo lo contrario. Como cara inversa a la «vulnerabilidad» de ciertos sectores de la población para ser criminalizados, encontramos dos conceptos que contribuyen a la crisis del sistema penal: la «burocratización» como disfuncionalidad del sistema judicial estanco y cerrado, y la «policización» en lo relacionado con la cultura policial
específica y la cultura específica del servicio penitenciario, quienes tambien permanecen incomunicados y aislados entre ellos. Dice Louk Hulsman con respecto al sistema penal: «Para mi, el sistema penal es la interacción de muchas instituciones. Pero todas esas organizaciones tienen una vida independiente del sistema penal. La mayoría de la gente en la policía, no tiene que ver con la organización de justicia, trabaja en el orden público, a veces ayudan a la gente del vecindario, etc. De manera que la policía cumple muchas funciones que nada tienen que ver con el sistema de justicia. Lo mismo sucede con los Juzgados, están los Juzgados civiles que nada tienen que ver con los Juzgados penales. Tambien encontramos un sistema distinto en las prisiones. Yo digo que el sistema de Justicia penal es la interacción entre esos organismos..» (20). Sucede que cada parte del sistema penal tiene una cultura propia, no hay una correcta comunicación entre los eslabones y además perciben al delito de maneras muy diferentes y desde distintas perspectivas. Un ejemplo de lo antedicho se encuentra reflejado en los informes anuales del Procurador Penitenciario al Congreso Nacional y lo constituyen las tensiones y problemas generados entre éste y el Servicio Penitenciario Federal, a pesar de encontrarse ambas organizaciones dentro del ámbito del Ministerio de Justicia de La Nación. El conflicto llega a tal grado que en cada informe encontramos un acápite dedicado a detallar los obstáculos puestos por el Servicio al desempeño de las tareas del nuevo funcionario. En el informe anual 1994/1995 bajo el título: « Síntesis de las principales cuestiones conflictivas» encontramos: «Desde el inicio de la gestión del Procurador Penitenciario la relación con el Servicio Penitenciario Federal - cuya función se halla sometida al control del funcionario informante- ha transitado por carriles diversos. Mediante distintas estrategias, algunos funcionarios del Servicio han tratado de limitar el ámbito de competencia de la tarea que desarrolla el Procurador». Incluso algunos problemas han terminado con un querella por calumnias e injurias realizada por el Procurador contra el Subprefecto Michonovich, Director de Seguridad y traslados del Servicio Penitenciario Federal. Las diferencias culturales de las áreas son muy opuestas, es claro que mientras la Procuración Penitenciaria busca condiciones dignas para los internos, durante décadas el trato entre los detenidos y el Servicio se baso un una relación de poder y humillación constante. En el informe 1995/1996, a pesar del cambio de Director del Servicio Penitenciario, encontramos bajo el título «Un conflicto reiterado»: « lamentablemente y como no podía ser de otro modo, la actitud asumida por los funcionarios penitenciarios que intentaron discutir la competencia que el decreto Nº 1598/93 asigna al Procurador Penitenciario o descalificar su tarea influyó decisivamente en la situación de algunos internos».
En otro orden de cosas, la visión de la policía y la selección de los delitos que persigue tiene mucho que ver con una cuestión estadística interna del cuerpo y con la imagen social que pretenden difundir. Ésto trasciende e influye en la percepción social de las conductas delictivas creando «estereotipos». Por ejemplo, es común que las llamadas racias policiales se realicen en zonas suburbanas y a personas con determinados rasgos físicos, como tambien es común que la policía «no» persiga a quienes delinquen contra el medio ambiente, maltratan animales, o roban mediante computadoras. Al respecto señaló el Dr. Eugenio Zaffaroni (21) al referirse a los delitos cometidos por la policía: «No hay crisis policial que no sea el resultado de una crisis del sistema penal en sus conjunto. Un sistema penal se compone de varias instituciones que operan de modo aislado (por compartimentos): las políticas (legislaturas, ejecutivos), las judiciales, las policiales, las penitenciarias. Cada una se orienta segun sus intereses sectoriales (corporativos). Nadie dirige el sistema penal porque las instituciones dependen de diferentes áreas, de modo que siempre es una orquesta sin director; cada institución toca su partitura propia, conforme a los intereses de sus respectivas cúpulas y en lugar de música, producen ruido»/ « En las instituciones políticas se suele privilegiar el espectáculo que atrae votos; en las judiciales predomina un tendencia a la burocratización; en las policiales se anteponen los intereses de las cúpulas y su división por áreas; en las penitenciarias, el orden (que no haya motines ni fugas) y en general todas evitan conflictos que pongan en peligro a las cúpulas corporativas. La criminalidad policial pues es un problema que debe diagnosticarse en el marco total del sistema penal: una policía violenta y con alta tasa de criminalidad es resultado: a) de la negligencia política; b) de falta de control judicial y c) del escaso control comunitario y de la opinión pública.» Muchos de los problemas estructurales del sistema penal tienen su fruto en la creación de la llamada « Legislación penal de emergencia».
Caracteres y tendencias de la legislación penal postmoderna. En 1863 la ley 49 respondía a la emergencia de las luchas entre Provincias; en 1910 la ley de defensa social fue consecuencia de los atentados anarquistas y sobre todo a un atentado en el Teatro Colón de Buenos Aires; en 1932 el Poder Ejecutivo envía al Congreso un proyecto de reformas al Código Penal respondiendo en parte a la presión ejercida por la prensa, el proyecto no fue sancionado e incorporaba la pena de muerte. Todos los ejemplos mencionados respondían a situaciones determinadas que exigían una solución y se pretendieron solucionar mediante la legislación penal. ¿Qué sucede en la actualidad?. La legislación penal “postmoderna” se presenta en una sociedad donde ya no impera el Estado, sino el “mercado”. En la citada materia se dan varios fenómenos entre los que podemos mencionar: la creciente legislación penal y la
creciente legislación de emergencia en esa materia. Debemos distinguir que hay otros factores además de la “emergencia” que hacen que aumente la legislación penal: - La burocratización creciente del sistema. Recordemos que uno de los posibles resultados disfuncionales de una gran burocratización es que las “formas” y “medios” se convierten en “fines” en sí mismos y es más facil eludir el momento decisorio que resolver la cuestión. Este fenómeno se observa en gran medida en los empleados tribunalicios. Lo que sucede, es que la burocratización se torna contraproducente con la creación de nuevos delitos sin advertir el problema institucional y buscar soluciones en este sentido. - El Ministerio de Justicia, en Argentina, tiene muy pocas funciones , se reducen a la propuesta de los Jueces (22), y lo que respecta al Sistema Penitenciario Federal, éste proyecta leyes penales como una disfuncionalidad burocrática relacionada a su falta de funciones, como bien señala Zaffaroni (23). - La Cámara de Diputados tuvo una comisión de legislación penal y luego se reprodujo el fenómeno en el Senado. La propuesta de inserción de tipos penales (24) nuevos por parte de los legisladores se convirtió en una forma de acrecentar su producción de proyectos “formales” , una ficta solución a los problemas “reales” y una justificación de su “trabajo”. La competencia legislativa por la presentación de proyectos en la práctica consuetudinaria hace que sean mejor cotizados aquellos que contienen un tipo penal. -La ley penal tiene un carácter extraordinario; la “última ratio” de aplicar una medida coercitiva sobre el cuerpo de una persona; la privación de la libertad. Una comisión permanente de reforma va en contra de esta concepción. Hoy presenciamos una tendencia a la descodificación, la propagación de leyes especiales e inorgánicas; leyes que responden a esa improvisación que guía el actuar de los gobernantes actuales (25). - La distribución mundial del poder y los recursos hace que la legislación penal actual en los Países latinoamericanos, responde a directivas transnacionales; encontramos procesos secretos, premios a delatores (26), autorizaciones judiciales para cometer delitos (27), negociaciones sobre la pena (28) etc. Como síntesis podemos decir que la legislación penal de emergencia, se caracteriza por ser: legislación basada en un hecho nuevo; reclamada por la opinión pública; no resuelve el problema; crea un falsa apariencia y siempre hace referencia a protección o defensa, nunca a represión. “Cada nuevo tipo penal deja abierto un agujero por donde escapa el poder de policía que subyace en el Estado”, dice Zaffaroni.
3.5. Las cárceles como negocio. Es claro que el tema de construcción de nuevas cárceles es visto como un negocio por muchas personas. Si damos un vistazo al presupuesto del Servicio Penitenciario Federal es de 210 millones de pesos y se ha destinado 510 millones de pesos más para la construcción de nuevas cárceles. (29)
Del Plan Director de la Política Penitenciaria Nacional que encontramos expreso en el Decreto Nº 426/95, se encuentra en ejecución. El resultado visible se encuentra dibujado en coloridas cartillas distribuídas por la Secretaría de política Penitenciaria dependiente del Ministerio de Justicia de la Nación. Si uno concurre a dicho organismo, verá a arquitectos circulando en torno a grandes maquetas que se usarán para la construcción de los nuevos complejos Penitenciarios de Ezeiza y Marcos Paz, Provincia de Buenos Aires, cuya licitación se ha realizado. Una obra magnífica que solucionará grandes problemas sociales, como achicar el desempleo creando nuevas fuentes de trabajo y acrecentar incluso las inversiones, aunque el costo a nivel humano es incalculable ya que las ganancias se basan en el sufrimiento indiscriminados de unos cuantos de miles de personas. A tal punto se percibe a la cárcel como negocio que en el Consejo deliberante de Tres Arroyos se tocó el tema y realizó un plesbicito consultando la opinión a cerca de la construcción de una cárcel modelo en la Ciudad. Se esgrimía que la Prisión iba a fomentar el desarrollo de la localidad, la ocupación de mano de obra e innumerables beneficios a la población. También el diseño de Políticas Criminales es un negocio para muchos e incluso base de nuevo endeudamiento externo. Algo inconcebible si tenemos en cuenta que Argentina posee los medios idóneos para trabajar en el tema (Véase al respecto el punto 3.6).
3.6. La anarquía en materia de política criminal. Del 10 al 12 de noviembre de 1997, en el lujoso auditorio de la casa central del Banco Nación, se llevó a cabo el «Seminario Taller: Juventud y Violencia» organizado por el Ministerio de Justicia de La Nación, allí ante un auditorio selecto realizó una conferencia el Dr. Mariano Ciafardini, Director Nacional de Política Criminal. Las conclusiones fueron calamitosas. He aquí algunas partes de su discurso: «Pocas veces se tiene en cuenta antes de diseñar políticas el diagnóstico de la situación...Sin embargo a la hora de las decisiones en política criminal pareciera que lo que prima en los que tomamos las decisiones es una posición más próxima a Lombroso que a los planteos de la sociología./ Las penas en la forma en que están planteadas no llevan a la resocialización sino al aislamiento y exterminio./ La cárcel en su estado actual no puede hacerse cargo por sí sola del problema criminal. Hay un consenso sobre el estado calamitoso de la cárcel. No se puede rellenar las cárceles de detenidos; los que propagan una campaña de apresamiento lo que propagan es sacar de circulación a cierta gente.» «La política criminal actual responde a urgencias coyunturales y a una histeria generalizada de la sociedad; un grito desesperado transmitido a través de los medios de comunicación»
«L a Dirección de Política Criminal tiene la responsabilidad de proponer políticas reales de prevención del delito y hacerse cargo de su eficacia. Sabemos que el principal enemigo es la falta de diagnóstico. Las respuestas compulsivas no se basan en ningún diagnóstico. La Dirección se ve obligada a realizar un diagnóstico, una tomografía computada, a hacer mediciones sociológicas que por lo tanto no son matemáticas. El problema criminal tiene muchas causas convergentes./ Sin embargo se están llevando a cabo propuestas inmediatas y planes aislados.» «La dirección pretende estudiar las «cifras reales» de la delincuencia ( que incluyen hechos no denunciados y no perseguidos. Un muestreo poblacional en donde se pregunta por ejemplo si las personas han sido víctimas de algunos tipos de delitos. Es claro que no se puede aplicar este método a delitos como violación y violencia familiar) para ello ha realizado encuestas de victimización entre la población en general./ Hasta ahora se han realizado encuestas en la ciudad de Buenos Aires y en la Provincia del mismo nombre en las zonas norte y oeste. Sucede que es muy costoso este tipo de diagnóstico, pero está concretado un apoyo financiero externo.» « Hoy no contamos con el diagnóstico, ni con un mapa real del delito. posiblemente a fines del año próximo se tenga algo concreto, gracias al apoyo externo./ Estamos en deuda con nuestra función. No se puede seguir un plan sin un diagnóstico y el diagnóstico está comenzando.» Las críticas se deducen de la lectura de los fragmentos antepuestos. No hubo propuestas, no se habló nunca de la realidad socioeconómica y su influencia en el delito, solo se mencionó un diagnóstico que recién comienza. Sin embargo, en nuestra realidad cotidiana las cárceles estan allí, como un monumento incólumne a pesar de los discursos. Las políticas improvisadamente se aplican desconociendo un análisis sociológico y cualitativo profundo antecedente, por el simple motivo de que no existe. Si no se cuenta con una base de análisis seria que anteceda el actuar político, se tendrían que aplicar entonces políticas menos rígidas, en especial cuando el objeto de las medidas infundadas son seres humanos que tienen que pagar un precio muy alto y no pueden constituírse en el medio para aminorar la alarma y crisis social. En otro orden de cosas, vemos que en el Ministerio de Justicia de la Nación hay varias dependencias relacionadas con nuestro tema de análisis. Tenemos a la Dirección Nacional de Política Criminal , que según el decir de una de sus empleadas se ocupa de la prevención del delito y de la fase en que las personas aún no han ingresado en el Servicio Penitenciario Nacional; luego, tenemos a la Secretaría de Política Penitenciaria y Readaptación social que se ocupa de la fase posterior a la entrada de la persona en la cárcel y fué la elaboradora del «Plan Director de la Política Penitenciaria Nacional» (Decreto Nº 426/95) que está en plena ejecución, en especial en materia de construcción de nuevas prisiones;
también tenemos a la dependencia llamada Obras Penitenciarias donde arquitectos diseñan los nuevos «complejos Penitenciarios» cuya licitación ya se ha realizado (30). Hace tres años, se ha creado la figura del Procurador penitenciario (Decreto N º1598/93), con fin de « institucionalizar un instrumento jurídico que proteja con rapidez y eficacia los derechos de los internos sujetos al régimen penitenciario Federal (no Provincial) y que además informe al Poder Público acerca de las reformas que exige dicho régimen». El citado cargo se crea en Jurisdicción del poder Ejecutivo Nacional, extra escalafonario, con rango y jerarquía de subsecretario, el que ejercerá funciones en el ámbito del Ministerio de Justicia de la Nación. Lo que llama poderosamente la atención a nuestra mirada es la falta de comunicación y trabajo conjunto entre las distintas dependencias enumeradas. Es común encontrarse con respuestas como: «Ese tema no es nuestra competencia, sino de la subsecretaría de...»; incluso en una visita informal a la sede de la procuración penitenciaria, en donde se nos trató de manera muy cordial y se nos brindó importatnte información, ante un comentario nuestro acerca de la intervención de la Unidad 16 por parte del Servicio Penitenciario por irregularidades del personal a su cargo, percibimos que esta circunstancia era totalmente desconocida por ellos. Volviendo a la Dirección Nacional de Política Criminal, también en una charla informal con una empleada hemos explicitado algunas dudas con respecto a la investigación que pretenden realizar basada en encuestas de victimización: Cuando solicitamos un modelo de la encuesta de victimización que se utilizó en 1996 y la que se va a utilizar en el próximo año, se nos dijo que dicha información era totalmente confidencial ya que había sido realizada por la SIDE y tenía el carácter de secreto de Estado. Luego preguntamos porque esta encuesta no era realizada por el INDEC (Instituto Nacional de Estadística y Censos), un organismo dependiente de la Secretaría de Política Económica; Ministerio de Economía, Poder Ejecutivo Nacional. La respuesta fue que el INDEC no quería realizar este tipo de encuestas; que su personal no estaba preparado para preguntar a personas integrantes de las agencias de control social como la policía que tendería a ocultar información; que no habían querido incluír en el censo nacional preguntas relacionadas con la problemática delintiva (circunstancia perfectamente comprensible dada la dimensión y problemas propios de dicha encuesta) y demás circunstancias que justificaban el recurrir a un préstamo externo. No hubo respuesta coherente a varias preguntas como ¿Qué pasaba con las encuestas a la población en general y no a las agencias de control social, especificamente a las encuestas de victimización que los sociólogos del INDEC estaban totalmente capacitados para realizar?; ¿No resultaba más económico realizar el proyecto por medio del INDEC que recurriendo a fuentes privadas?; ¿No era mucho más productivo trabajar conjuntamente el personal de la secretaría especializado en política criminal y el personal del Instituto especializado en técnicas de encuestas
cualitativas?; ¿No se podía además bajar costos permitiendo luego que la información sea publicada por el organismo encuestador?; ¿Si eran conscientes de la falta de comunicación e interacción de los organismos del Estado cuya cooperación sería sumamente fructífera? y ¿Si el financiamiento externo era una decisión política?. Por otra parte, la Licenciada Alicia Fernandez del INDEC, nos infromó en una clase sobre estadística en la Escuela nacional de Gobierno (31) que el Ministerio de Justicia no les había requerido la realización de ningún tipo de encuesta relacionada con el delito o con la población carcelaria especificamente. Que el organismo contaba con un servicio, abierto incluso al sector privado, consistente en el encargo de encuestas específicas; que se podían abaratar los costos si se permitía luego la publicación de la información y la disponibilidad de ella por parte del Instituto (que además vende publicaciones), y más cuando el organismo solicitante es de carácter público. Que en lo que respecta a las personas privadas de la libertad, se incluían en un formulario especial en los Censos Generales: «Viviendas Colectivas» , conjuntamente con los internados en hospitales, por lo que resultaba imposible discriminarlos de estos últimos. Muchos interrogantes quedaron sembrados, sobre todo la dimensión numérica del crédito otorgado y una seria duda sobre su necesidad.
3.7. ¿Cómo se delinea la política criminal en el discurso oficial y en el discurso electoral?. Es común escuchar en los discursos oficiales (señalando en especial el del Sr. Presidente de la Nación Dr. Carlos Saúl Menem a favor de la instauración de la pena de muerte), una tendencia a vender la solución de los problemas sociales a través de penas más severas o de la creación de nuevas leyes penales que abarquen conductas que anteriormente no se penaban. Con respecto a la pena capital, cabe señalar que es imposible su instauración en Argentina si tenemos en cuenta nuestra adhesión y ratificación a tratatos internacionales (32) y que éstos tienen rango constitucional según la última reforma de la carta magna (33); lo antedicho indica que se esta dando a la opinión pública un discurso erróneo en relación a la realidad de los hechos plasmada en los tratados. Sin embargo la Diputada por la Provincia de Neuquén Norma Amelia Miralles de Romero, concurre asiduamente a la televisión proclamando la instauración de la pena de muerte y la efectivización de un plesbicito para la consulta popular sobre el tema. Nos hemos comunicado con personal del despacho de la Diputada Miralles de Romero el día 18 de noviembre del corriente encontrándose la funcionaria en Italia. Se nos trató con suma cortesía y no se explicitó ningun tipo de inconveniente para la realización de una entrevista personal a su regreso. Sin embargo y frente a la
inmediación del cierre del presente trabajo, se formularon algunas preguntas en relación a la labor realizada por la Diputada en relación al tema que nos ocupa. Se nos informó: sobre la actual realización de un proyecto de ley a cargo de un grupo de abogados penalistas; que diariamente se contestan muchos llamados telefónicos de personas que se muestran de acuerdo con su instauración; que se ha realizado una reunión con miembros de la ciudadanía recabando sus reclamos y que se están distribuyendo formularios de recolección de firmas para el llamado de un plesbicito en relación al tema. Se reconoció la imposibilidad actual de implementar la pena de muerte en Argentina y que se pretendía dar una respuesta a los reclamos de la opinión pública y la presión de los medios. Muchas preguntas quedarán supeditadas al regreso de la señora Miralles de Romero entre ellas: ¿Es conciente de que su discurso se contradice con las leyes votadas por el Congreso Nacional que aprueban los Tratados Internacionales y la última reforma constitucional que eleva su rango?; ¿Piensa que un plesbicito popular puede cambiar una realidad tan concreta y producto de centenares de años de lucha a favor de los derechos humanos?; ¿Conoce la realidad carcelaria?; ¿Conoce la metodología de implementación de la pena de muerte en Estados donde se permite?; ¿Qué metodología implementaría en Argentina?; ¿Cree que es una solución eficaz para el problema del delito?; ¿Es eficaz para erradicar al delincuente o para amedrentar al resto de la sociedad?; ¿A qué tipo de delitos se aplicaría?; etc., pero solo ella puede contestarnos. Con respecto al tipo de delitos que se mencionan en la mayoría de los discursos políticos, se hace referencia a delitos contra la propiedad e incluso contra la propiedad del fisco (en lo que hace a la evasión impositiva, recordemos el afán de recaudar del Estado mínimo desprovisto de las empresas y del “dinero” de las privatizaciones). Un nuevo fenómeno se presenta en la sociedad actual, el auge de los delitos de “corrupción” que incluso tuvieron recepción en la reforma constitucional de 1994 (34). Si tenemos en cuenta la impresión de la gente común al preguntarle sobre los procesados por estos delitos de cuello blanco, se manejan conceptos como los siguientes: “Es un chivo expiatorio para tapar otros asuntos”; “Hay un claro propósito electoral en destapar esta cuestión de corrupción”; “El pobre se comió el garrón para salvar al verdadero jefe del narcotráfico y funcionario público”; “Hay una disputa de poder interno entre las mafias institucionalizadas en ciertas esferas de poder”; etc. Al respecto dice Zaffaroni en su libro “ Criminología. Aproximación desde un margen”: “En cuanto a la criminalidad del poder, es necesario hacer notar que en latinoamérica su criminalización es inexistente, salvo muy contados casos de retiro de cobertura, en que pugnas hegemónicas o la disfuncionalidad de ciertas personas en algunas coyunturas determina su criminalización. El retiro de cobertura los hace vulnerables porque en la nueva coyuntura eso es funcional para otros de mayor poder y, consecuentemente, de mayor grado de invunerabilidad al sistema penal”.
Muchas de las apreciaciones anteriormente citadas se refieren a la corrupción en el discurso oficial. En los discursos partidarios en general, se puede decir que la corrupción desenmascarada por los medios masivos de comunicación, irremediablemente se convirtió en un punto de reacción (35) que tomaron los candidatos de los distintos partidos políticos como una de las bases de su discurso electoral. Se puede ver una mayor percepción por parte de los sectores bajos y medios de la sociedad con relación a las conductas corruptas y este principio de división es captado por los candidatos a la ocupación de puestos públicos en su afán de ganar votos. Bernard Manin dice que las divisiones sociales que fuera de las elecciones dividen a la masa de ciudadanos constituyen en este sentido el recurso escencial, los hombres políticos tienen interés en vincularse con esas divisiones sociales y en apoyarse en ellas. Es el caso donde la oferta política no coincide necesariamente con la estructura social; donde la iniciativa respecto de los términos ofertados al electorado pertenece a los políticos (36) y no al electorado y donde el voto adquiere un efecto reactivo frente a cuestiones concretas. En la llamada por Manin “democracia de partidos” la escición principal se imponía a los candidatos, no tenían que buscar la diferencia social que tenían que movilizar. En este aspecto, los medios alertan sobre la corrupción, la población reacciona (las encuestas muestran este hecho) y los políticos recepcionan el descontento para esgrimirlo en sus campañas electorales. En el ámbito oficial el discurso contra la corrupción se realiza en un marco de “traiciones” internas, donde algunos pagan el precio necesario para preservar el nivel mínimo de confianza que se necesita para conservar el poder. Más allá del discurso suceden otras cosas, como bien ha resaltado Alain Touraine (37), en América Latina se acrecienta el mundo de los pobres, del desempleo; en este contexto encontramos un mundo político flotando en el aire, sin controlar las fuerzas económicas ni integrar a la sociedad. Surge la pregunta: ¿Cómo mostrar en sus discursos un rasgo de seguridad que los haga confiables? (38), quizás el único poder relativamente autónomo que les quede para aplacar los problemas sociales, al menos aparentemente, al asumir un cargo sea crear nuevas leyes penales internas, una falsa apariencia que deja a sus espaldas un conflicto sin resolver y a su frente un nuevo conflicto que nace producto de un sistema irracional. Cabe señalar un aspecto positivo en el papel que desempeñan hoy los medios de comunicación de desenmascaramiento de conductas corruptas y una función importante en la toma de conciencia por parte de la sociedad de que conductas consideradas normales son lesivas de sus bienes, incluso de manera indirecta (tengamos en cuenta que la sociedad percibe las conductas como desviadas, muchas veces, gracias al llamado de atención que realizan sobre ellas las instituciones -policía, políticos- o los medios).
4. POLÍTICA CRIMINAL Y MERCADO. “Es claro que las cárceles no encuadran en el mercado, los presos no consumen, pero sí, en cambio, significan un número de personas que se quitan de las estadísticas y censos, no son desocupados ni subocupados, descomprensionan la presión demográfica sobre el mercado; pero la principal causa del olvido por parte de quienes manejan el mundo es que son pasivos e improductivos. Sucede que los “presos” son tambien parte del gran número de personas excluídas del mercado”.
El modelo económico: La idea de “Globalización”. Es claro desde una perspectiva latinoamericana que la globalización limita la libertad de acción de los Estados Nacionales (39), tiene como la lluvia: efectos benéficos y perjudiciales, pero para los países subdesarrollados tiene mayores efectos negativos. Muchos economistas Latinoamericanos hablan sobre el gasto público que genera inflación y en la necesidad de su reducción. En EEUU en 1983 encontramos un Estado con un Gran gasto público y una inflación del 2%, tambien vemos que en la Europa actual no se restringe el gasto. Para que el gasto público no tenga efectos adversos en las restantes variables de la economía, hay que tratar de que sea eminentemente productivo. En muchas areas donde el Estado interviene ésto no sucede, por ejemplo en salud y educación para algunos (40). Con respecto al sistema penal, se puede decir que da de comer a muchas familias (41) y a otras las “simplifica” de la ecuación económica; creemos que se pueden hacer muchas cosas para que se autofinancie y para que sea “productivo”, pero cabe aclarar que no creo en el sistema de reclusión mismo por lo que “simplificaré” también la explicación al respecto. Cuando Gambarotta (42) se refiere a la diferencia entre “Estado empresario” y “Estado distribuidor” es claro al respecto. Para que el sistema carcelario salga de su ruina necesitamos un Estado distribuidor y solidario; si vamos a tener un Estado empresario la lógica tendría que invalidar al sistema carcelario tal cual existe, pero el sistema de control social es necesario y persiste para reproducir las relaciones de dominación. La “Globalización” es un fenómeno de características únicas, equiparable a la “revolución Industrial”. El que vivimos es un cambio fundamentalmente tecnológico: la “revolución tecnológica” que abarca dos áreas, la informática y la comunicacional. Hay una difusión planetaria de la ideología neoliberal que viene de todas las direcciones y en tiempo ininterrumpido. Dante Caputo (43) señala al respecto, que esta idea de globalización torna caduca la existencia de los Estados y surge una secuencia que realimenta y amplía el fenómeno. La capacidad de los
capitales financieros especulativos para circular hacia donde se encuentran las mejores condiciones lleva, a los países a una creciente desregulación o disminución de controles. Paradógicamente, en el derecho penal interno los controles se multiplican y acaparan a los más débiles frente al mercado. Es claro que la balanza no está equilibrada. En América Latina, la realidad que nos toca vivir, nos muestra una creciente desocupación y un aumento en el índice de pobreza. Hay un alto grado de conflicto creciente en la sociedad, muchas personas que quedan excluídas del sistema productivo y entran en una situación de anomia (44). Los operadores políticos se encuentran impotentes, no pueden bajar los niveles de conflictividad y plantean a los ciudadanos la necesidad de crear nuevas leyes penales con el mensaje de que van a solucionar el problema del delito (en general se hace referencia al delito que lesiona la propiedad privada); muchas veces se utiliza este tema en el discurso electoral con el fin único de ganar votos. Podríamos relacionar lo antedicho con la “política espectáculo” resultado de la sociedad mediática y con la democracia de lo público que menciona Bernard Manin (45). En relación a la reducción de los Estados Latinoamericanos y la política de las privatizaciones, encontramos una notoria reducción de la capacidad de recaudación fiscal; la inversión que se realiza en nuestros países es especulativa y escasamente productiva, entonces surge el “derecho penal fiscal” y cabe preguntarse: ¿Cuál es el bien jurídico lesionado y protegido?. El único objetivo es recaudar.
Los teóricos del mercado Vs. los teóricos de la criminología crítica. Cabe meditar ¿quiénes son los que proclaman el fin del Estado?. Es claro que no son los mismos hombres que hablan de crisis y deslegitimación del sistema carcelario. El hecho de que no sean los mismos invita a la reflexión y a la duda sobre los principios mismos del liberalismo que esgrimen los primeros. Ambos son pensadores. Los del “libre mercado” son teóricos de la globalización, de los números; los de las “cárceles” son teóricos que enfocan su atención hacia los sectores más desprotegidos de la sociedad. Hace pocos días atrás, Michel Camdessus, el máximo responsable del FMI sostuvo en un discurso público en Buenos Aires, que ningún plan económico es realmente viable si no consigue atender las necesidades básicas de la población en general, ni puede sustentarse donde prevalezca la corrupción o la justicia no exista. La eficiencia sin la equidad lleva a la exclusión y a la desigualdad. Aquellos teóricos que en épocas de la revolución industrial legitimaron con su discurso el ascenso de la burguesía al poder, que necesitaron un “leviatan” fuerte y el principio de legalidad penal para contener y limitar el poder punitivo ilimitado del antiguo régimen, hoy, luego de la “revolución tecnológica” parecen querer desembarazarse de aquellas necesidades. El motivo es el mismo: su interés individual.
5. LAS SOLUCIONES A NUESTRO ALCANCE. Es dificil construír un discurso electoral, que sea capaz de captar votos, si se esgrime como postulado la aminoración de las penas privativas de la libertad y el cierre de las cárceles. Más allá del hecho de que estos programas molestarían a varios “intereses” (46), irían además en contra de lo que las encuestas de opinión expresan en relación a la dirección de la opinión pública. Por estas razones, los políticos no pueden incorporar el tema en los discursos que son transmitidos por los medios masivos de comunicación o en los actos masivos, salvo que se empeñen en nadar contra la corriente y en su desmedro. El cambio, para no producir efectos nefastos, tiene que ser progresivo e incorporarse por otros canales. Si se opta por un mejoramiento de las condiciones penitenciarias, en temas como interacción e integración; educación; trabajo; reducción de secuelas individuales y familiares, etc. hay mucho por hacer, pero ésto excede en demasía el tema del presente trabajo (47). Cabe señalar que este tema si podría incluírse en un discurso electoral sin producir efectos negativos, sin embargo invita a la reflexión que el hecho de que no sea así. Si uno elige el problema de fondo y entiende, conjuntamente con los mas importantes pensadores del derecho penal y la criminología crítica actual, la deslegitimación; parcialidad e irracionalidad del sistema penal y adopta además un posición agnóstica o negativa en relación a la pena privativa de la libertad, debe desplazar el discurso por otros cauces y dirigir el esfuerzo hacia programas integradores, instructivos y educativos; advirtiendo, que el cambio cognoscitivo y cultural en relación a los temas antepuestos debe y solo puede ser progresivo. Podemos hablar en primer lugar de la necesidad, para nuestro cometido, de la difusión de historia; ideas (de todas las tendencias) y doctrina comparada sobre: el origen de la pena privativa de la libertad y su relación con las estructuras de poder de la sociedad y el mundo. Ésto parece ser una utopía y claro está que el nivel de abstracción necesario para comprender ciertas cuestiones no puede encontrarse si no se aumenta el nivel de educación de la población en general. La educación es la cave para equilibrar la balanza; una inversión y un principio de solución a los problemas latinoamericanos. Ella si puede incorporarse a los discursos oficiales y electorales sin provocar un efecto nocivo en los votantes; es más, los problemas educativos son motivo constante de reclamo por parte de éstos. Con respecto a la “instrucción”, es necesario que la gente conozca el funcionamiento y los caracteres del sistema penitenciario nacional. Los medios de comunicación son el medio propicio para la difusión de documentales y cortos instructivos y la instauración de programas, no de prevención del delito sino de conocimiento ; osea, no con el mensaje: “no delinca la cárcel es mala...”, sino con el mensaje : “La cárcel no soluciona el conflicto social y personal subyacente; ni el conflicto social y personal creado por el delito”.
Bien sabemos que el derecho penal se apropia del conflicto desplazando a la víctima -que queda totalmente desprotegida y sin resarcimiento patrimonial, ni moral- e incluso puede continuar -en los delitos de acción pública- con la tramitación de la respectiva causa aún en contra de la voluntad del damnificado (se incluyen entre estos casos todos los delitos contra la propiedad). Una opción en este aspecto sería conocer, por medio de las encuestas de opinión, de que manera la gente entiende que se podría solucionar el conflicto creado por un delito, como por ejemplo el “robo”, sin recurrir a una pena de prisión. La realización de encuestas cumpliría una triple función: 1. Instructiva: mostraría a los encuestados que existen otras soluciones en caso de ser víctimas de un delito, como la conciliación, el resarcimiento, los trabajos comunitarios- más favorables a sus intereses lesionadosademás de la pena privativa de la libertad; 2. Participativa: permitiría que éstos expresen de que manera creen que se podría solucionar el conflicto suscitado por el delito sin recurrir a la pena de prisión o reclusión y 3. Legitimativa: en el sentido que aportaría la base necesaria de aprobación social para iniciar cambios en el sistema.
El germen del cambio. Los Congresos Latinoamericanos de Derecho Penal y Criminología. Como bien ha señalado Zaffaroni, en oportunidad del Congreso Internacional de Derecho Penal realizado en Buenos Aires conmemorando el 75º aniversario del Código Penal Argentino, dadas las condiciones actuales del sistema penal en Latinoamérica, nuestro único poder es el del “ discurso”, el actuar como una agencia de reproducción ideológica; además señaló, es muy importante el control difuso de constitucionalidad ( en el caso particular) que pueden y deben realizar los Jueces. Los estudiantes y jóvenes graduados que se dedican al derecho penal y la criminología están organizando anualmente Congresos donde se debate y profundiza la problemática común a éstos países y su legislación penal procesal y de fondo. Se han realizado nueve Congresos Latinoamericanos y el presente año se ha incorporado España en el Primer Congreso Iberoamericano en la materia, el que ha contado con 2.600 inscriptos y conferencistas de primer nivel internacional. El clima imperante en los mismos es de verdadera preocupación con respecto al sistema penal; de verdadero compromiso en el tratamiento del problema y hay un consenso general sobre la crisis, estructural y de legitimación, del sistema punitivo estatal y en especial en lo que referente al sistema penitenciario. Como hemos señalado en el transcurso del presente trabajo, en las Universidades Latinoamericanas y del mundo se ha tomado conciencia del problema. Éste es el germen del cambio y la tierra fértil es la Educación.
Grisela Alejandra García Ortiz.
NOTAS y BIBLIOGRAFÍA 1. Según el informe anual 1994/5 realizado por el Procurador Penitenciario, más del 80% de la población carcelaria no supera el nivel mínimo de instrucción. 2. Véase al respecto autores como Taylor; Walton; Young; Pavarini; Baratta; Zaffaroni; Neuman. 3. Véase, Manin Bernard: “Metamorfosis de la representación”. En Dos Santos, Manuel: “Qué queda de la representación”. Nueva Sociedad, Caracas, 1992. 4. véase, ob. cit. 1. 5. Zaffaroni Eugenio Raúl. En “Criminología. Aproximación desde un margen”. Editorial Temis. 1993. 6. Hulsman Louk. «Pensar en clave abolicionista». Ediciones, CINAP, Buenos Aires. 7. Véase al respecto el trabajo: “Alternativas de nuevos horizontes para individuos privados de la libertad” de Buletti Roberto Ignacio y Shoklender Pablo Guillermo, Libro de ponencias del IX Congreso Latinoamericano de Derecho Penal y Criminología y I Congreso Iberoamericano. Realizado entre el 4 y 7 de septiembre de 1997 en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires. 8. Héctor Ruiz Nuñez, periodista. Conferencia dada en las jornadas organizadas por el Ministerio de Justicia de la Nación: «Juventud y Violencia». Buenos Aires, 12 de noviembre de 1997. 9. En el caso «Cóppola» se imputó a Guillermo Cóppola, conocido manager de Diego Armando Maradona, por el delito de tráfico de estupefacientes. La trascendencia en los medios alcanzó niveles inusitados, llegándose a escuchar grabaciones telefónicas y concurriendo los principales testigos diariamente a programas de T.V., además se procesó a tres policías por su labor ilegal. El caso «José Luis Cabezas s/ Homicidio», se relaciona con un reportero gráfico quien fuera encontrado incinerado a mediados de enero de 1997 en Pinamar. A la fecha hay varias personas procesadas, pero aún no se ha encontrado al autor intelectual del hecho. 10. Publicación realizada por la Dirección Nacional de Política Criminal, Ministerio de Justicia de la Nación: «Hacia un Plan Nacional de Política Criminal». Buenos Aires, 17 de mayo de 1996. (Mil ejemplares). 11. Baistrocchi Gualberto, Defensor Oficial, Departamento Judicial de San Isidro. Publicaciones en «Carta Abierta. El semanario de la zona Norte», mayo de 1997: «Delitos 30% más. La Problemática delictiva en el Partido de San Isidro»; «Dos Primeras», diciembre de 1996: «La problemática delictiva»; «Dos Primeras», noviembre de 1997: «Alto índice delictivo». 12. Pensamos, al igual que Umberto Eco, a la postmodernidad como diversas formas de razón. 13. Véase ob. cit. 8. 14. Crónica; La Nación; Página 12 y Clarín. Ver anexo. 15. Sirigliano, Directivo de la Agencia TELAM. Conferencia dada en las Jornadas «Juventud y Violencia» organizadas por el Ministerio de Justicia de la Nación, Buenos Aires, 12 de n oviembre de 1997. 16. Sdrech Enrique, periodista. Conferencia dada en las Jornadas «Juventud y Violencia» organizadas por el Ministerio de Justicia de la Nación, Buenos Aires, 12 de noviembre de 1997. 17. Barbero Jesús Martín. Véase al respecto la ponencia presentada en el I Congreso Iberoamericano de Derecho Penal y Criminología: «La prensa como instrumento de control ¿Es responsable el editor
responsable?» de Laura Zommer y Javier Augusto de Luca, Universidad de Buenos Aires. Septiembre de 1997. 18. Zaffaroni Eugenio Raúl, «Criminología. Aproximación desde un margen». Editorial Temis, Colombia, 1996. 19. Utilizamos el término “criminalización”, como un proceso de interacción y rotulación. Se estudia el porque una persona es considerada delincuente, ¿quién define lo que es delito? y ¿ qué participación tienen las agencias de control social en esa calificación?. Las teorías actuales ven que el status de criminal se distribuye de manera desigual entre los individuos y es independiente de la dañosidad social de las acciones. El derecho penal tiende a privilegiar los intereses de las clases dominantes y a inmunizar del proceso de criminalización comportamientos socialmente dañosos típicos de los individuos pertenecientes a ellas y ligados funcionalmente al sistema de acumulación capitalista y tiende a orientar el proceso de criminalización sobre todo hacia las formas de desviación típicas de las clases subalternas. 20. Véase ob. cit. 6. 21. Zaffaroni Eugenio Raúl. Diario Clarín, Buenos Aires, pág. 17, miércoles 12 de noviembre de 1997. 22. Nota del autor. Tengamos en cuenta que aún no se ha sancionado la ley del “Consejo de la Magistratura” cuya norma programática se incorporó a la Constitución Nacional en la reforma de 1994, art. 114. El mismo tendrá a su cargo la selección de magistrados y la administración del Poder Judicial. 23. Zaffaroni Eugenio Raúl. Congreso Internacional de Derecho Penal, realizado en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires, del 11 al 14 de agosto de 1997. 24. Tipo penal se llama a la conducta descripta por la ley y cuya realización implica en principio una sanción. Decimos en principio porque para la aplicación de la pena se deberán analizar dos estadios más de la llamada “teoría del delito”, la antijuridicidad y la culpabilidad. 25. Bobbio Norberto. “Representación e intereses” en Fernandez Santillán, “El filósofo y la política. Una antología”. México, Fondo de cultura económica, 1996. 26. Nos referimos al arrepentido que logra mediante su declaración, al delatar el accionar de una banda delictiva por ejemplo, la no punición del delito cometido, la aplicación de una pena menor y tambien en algunos casos un resarcimiento patrimonial. 27. Se define como agente encubierto, cualquier persona cuyo propósito es adquirir evidencia contra uno o varios sospechoso que se encuentran cometiendo algún ilícito; se encontrarían dentro de ellos los agentes secretos que son miembros de alguna fuerza de seguridad que realizan alguna investigación bajo un identidad encubierta. Una figura muy cuestionada. 28. De acuerdo al principio de oportunidad el agente fiscal goza de discrecionalidad a los efectos de iniciar o continuar el proceso, pudiendo llegado el caso, hasta negociar o transar con el imputado todo lo referido a la aplicación de la pena. Se trata, en consecuencia, de un sistema procesal basado en un principio distinto y autónomo al de legalidad. La lógica del mercado y la eficiencia se traslada al proceso. 29. Véase ob. cit. 7. 30. Complejo Penitenciario I, Ezeiza, Pcia. de Buenos Aires. Complejo Penitenciario II, Marcos Paz, Pcia. de Buenos Aires. 31. Escuela Nacional de Gobierno: «Carrera de formación de futuros dirigentes políticos», Instituto Nacional de la Administración Pública, Poder Ejecutivo Nacional. Buenos Aires, ciclo lectivo 1997. 32. Con respecto a la pena de muerte, el artículo 18 de la Constitución nacional prohibe la pena de muerte por causas políticas. La Convención Americana de Derechos Humanos, dice en su art. 4 inc. 3 :”No se
restablecerá la pena de muerte en los Estados que la han abolido”, ésto incluye según la interpretación mayoritaria a aquellos Estados que nunca la han tenido. 33. La Constitución Nacional Argentina en su reforma de 1994, en su art. 75 inc. 22 encuadra como facultades del Congreso el aprobar o desechar tratados y concordatos, diciendo que ambos tienen jerarquía superior a las leyes y rompiendo así con una polémica de décadas al respecto. 34. La Constitución Nacional en su reforma de 1994, incorpora en el art. 36: “...Atentará asimismo contra el sistema democrático quien incurriere en grave delito doloso contra el Estado que conlleve enriquecimiento, quedando inhabilitado por el tiempo que las leyes determinen para ocupar cargos o empleos públicos. El Congreso sancionará un ley sobre ética pública para el ejercicio de la función”. Estos párrafos están destinados a combatir un fenómeno que afecta el equilibrio y la legitimidad de nuestro régimen político: la corrupción. En esta materia la norma constitucional es programática y respecto de la tipificación del delito y su consecuente sanción deja librado al Congreso la regulación concreta. 35. Manin Bernard. En “Metamorfosis de la representación”. 36. Nota del autor. Ésto es relativo, ya que el saber interpretar los principios de escisión de la sociedad del momento para resaltarlos en las campañas, a fin de ganar ciertos adeptos, se basa en una observación del electorado y sus reacciones; en este contexto toman gran importancia las encuestas de opinión, éstas incluso nos muestran las preferencias de aquellos sectores independientes o que no tienen una participación activa en política y por lo tanto más vulnerables a las propuestas puntuales. 37. Touraine Alain. Conferencia. Escuela Nacional de Gobierno. Buenos Aires, 14 de noviembre de 1996. 38. Recordemos el papel importante que vuelve a cumplir la confianza personal en la llamada “democracia de la público” por Bernard Manin en “Metamorfosis de la Representación”. 39. Machinea José Luis. Al respecto véase la conferencia: “El rol del Estado en las Postprivatizaciones”. Escuela Nacional de Gobierno. Buenos Aires, 1997. 40. Véase ob. acápite final. Nota del autor. Nosotros pensamos que la educación es la mayor inversión que podemos hacer. 41. Desde los Jueces, defensores, personal del sistema penitenciario - de la fuerza, psicólogos, asistentes sociales, criminólogos, licenciados en criminalística, sociólogos, enfermeros, médicos-. Para que el sistema funcione hace falta dinero. El presupuesto del Sistema Penitenciario Federal es de 210 millones de pesos y se destinarán más de 500 millones para la construcción de nuevas cárceles. 42. Gambarotta Héctor. Conferencia sobre “estado y mercado”. Escuela Nacional de Gobierno. Buenos Aires. 1997. 43. Caputo Dante. Conferencia “Mundo de incertidumbre. Siglo XXI”. Escuela Nacional de Gobierno. Buenos Aires, 1997. 44. Falta de normas, incertidumbre. 45. Manin Bernard. Véase ob. cit. nº 6. Chojo Ortiz. Al respecto véase la conferencia en la «Escuela Nacional de Gobierno». Buenos Aires, 1997. 46. Véase ob. cit nº 23. 47. Véase al respecto el trabajo: “Alternativas de nuevos horizontes para individuos privados de la libertad” de Buletti Roberto Ignacio y Shoklender Pablo Guillermo, Libro de ponencias del IX Congreso Latinoamericano de Derecho Penal y Criminología y I Congreso Iberoamericano. Realizado entre el 4 y 7 de septiembre de 1997 en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires.