FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL AMBIENT AL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASA LUKER ECUADOR S.A.
ELABORADO POR: Ing. Qco. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT DURÁN, AGOSTO DEL 2012
Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
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FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL AMBIENT AL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
CONTENIDO CAPITULO 1: FICHA AMBIENTAL…………………………………………… AMBIENTAL………………………………………………………………………….. …………………………….. 5 5 1.1 DATOS DE IDENTIFICACIÓN Y LOCALIZACIÓN LOCALIZACIÓN DE LA PLANTA PROCESADORA………… PROCESADORA………….5 .5 1.2 DATOS DEL SUJETO DE CONTROL……………….………………………………………………….. CONTROL……………….…………………………………………………..66 1.3 CARACTERÍSTICAS DEL ÁREA DE INFLUENCIA……………………………………………………….. I NFLUENCIA………………………………………………………..66 1.4 MEDIO PERCEPTUAL…………………………………………………………………………………...11 PERCEPTUAL…………………………………………………………………………………...11 1.5 ANÁLISIS DEL COMPONENTE AMBIENTAL. ... …………………………………………....................1 …………………………………………....................122 CAPÍTULO 2: PLAN DE MANEJO AMBIENTAL AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR ECUADOR S.A., UBICADA EN EN EL CANTÓN DURÁN………………………………………………………………………………………….123 123 2.1 ANTECEDENTES. ANTECEDENTES. ..………………………………………………………………………………………. .. ……………………………………………………………………………………….133 133 2.2 OBJETIVOS....…………………………………………………………………………………………… ... ……………………………………………………………………………………………133 133 2.3 ALCANCE DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL. .. ………………………………………………… …………………………………………………133 133 2.4 METODOLOGÍA .. ……………………………………………………………………………………….133 133 2.5 MARCO M ARCO LEGAL .. ………………………………………………………………………………………..144 144 2.6 MARCO M ARCO INSTITUCIONAL ... …………………………………………………………………………….. ……………………………………………………………………………..44 44 CAPITULO 3: DESCRIPCIÓN DE LA PLANTA ………………………………….……………………… ………………………………….………………………445 3.1 MATERIA PRIMA E INSUMO………………………………………………………………………….. INSUMO …………………………………………………………………………..45 45 3.2 EQUIPOS Y MAQUINARIA M AQUINARIA QUE EMPLEADA CASALUKER DEL ECUADOR S.A. ,………………46 ,………………46 3.3 BREVE DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES QUE SE REALIZAN EN LAS INSTALACIONES DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A., UBICADA EN EL CANTÓN DURÁN……………………………….. DURÁN ………………………………..46 46 3.4 SERVICIOS BÁSICOS………………………………………………………………………………… BÁSICOS …………………………………………………………………………………488 488 3.5 DESECHOS GENERADOS……………………………………………………………………………. GENERADOS …………………………………………………………………………….488 488 CAPITULO 4: ÁREA DE INFLUENCIA……………………………………………………..…………….. INFLUENCIA ……………………………………………………..……………..50 50 4.1 AREA DEINFLUENCIA DIRECTA ……………………………………………………………………… 50 4.2 AREA DE INFLUENCIA INDIRECTA ………………………………………………………………….. 50 CAPITULO 5: LÍNEA BASE AMBIENTAL………………………………………………………………… AMBIENTAL …………………………………………………………………551 5.1 COMPONENTE FISICO ………………………………………………………………………..………. 51 5.2 COMPONENTE BIOTICO ……………………………………………………………..……………….. 52 5.3 COMPONENTE SOCIO ECONOMICO Y CULTURAL ……………………………………….……… 53 5.4 CARACTERIZACIÓN DE RIESGOS INHERENTES…………………………………………………..59 INHERENTES…………………………………………………..5999 5.5 CONTAMINANTES ATMOSFÉRICOS……………………………………………………………….. ATMOSFÉRICOS ……………………………………………………………….. 60 CAPITULO 6: REVISIÓN DE LA L A NORMATIVA AMBIENTAL…………………………………………. AMBIENTAL ………………………………………….61 61 6.1 CUADRO DE LAS CONFORMIDAD C ONFORMIDADES ES Y NO CONFORMIDADES ……………………..…………..62 ……………………..…………..62 6.2 CRITERIO AUDITABLE …………………..…………………...…………………………………………. 73 CAPITULO 7: ACTIVIDADES 7: ACTIVIDADES DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL………………………………… AMBIENTAL …………………………………....74 74 7.1 PLAN 7.1 PLAN DE PREVENCIÓN, PREVENCIÓN, MITIGACIÓN Y CONTROL DE IMPACTOS AMBIENTALES NEGATIVO NEGATIVO ………………………………………………………………………………………………………………..744 .744 7.2 PROGRAMA 7.2 PROGRAMA DE MANEJO DE DESECHOS SÓLIDOS PELIGROSOS Y NO PELIGROSOS ……75 ……75 7.3 PROGRAMA DE SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL…………………………………….…. OCUPACIONAL…………………………………….….76 76 7.4 PROGRAMA DE CAPACITACIÓN Y EDUCACIÓN AMBIENTAL……………………….… AMBIENTAL ……………………….…....…. ….82 82 7.5 PROGRAMA DE CONTINGENCIA C ONTINGENCIA…………………………………………………………… …………………………………………………………….....…. .….83 83 7.6 PROGRAMA DE MONITOREO Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL ………………………………….. …………………………………..883 7.7 PROGRAMA DE RELACIONES COMUNITARIAS…………………………………………………. COMUNITARIAS………………………………………………….85 85 7.8 PROGRAMA GENERAL DE ABANDONO ……………………………………………… ………………………………………………....……….. ………..86 86
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FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL AMBIENT AL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
CONTENIDO CAPITULO 1: FICHA AMBIENTAL…………………………………………… AMBIENTAL………………………………………………………………………….. …………………………….. 5 5 1.1 DATOS DE IDENTIFICACIÓN Y LOCALIZACIÓN LOCALIZACIÓN DE LA PLANTA PROCESADORA………… PROCESADORA………….5 .5 1.2 DATOS DEL SUJETO DE CONTROL……………….………………………………………………….. CONTROL……………….…………………………………………………..66 1.3 CARACTERÍSTICAS DEL ÁREA DE INFLUENCIA……………………………………………………….. I NFLUENCIA………………………………………………………..66 1.4 MEDIO PERCEPTUAL…………………………………………………………………………………...11 PERCEPTUAL…………………………………………………………………………………...11 1.5 ANÁLISIS DEL COMPONENTE AMBIENTAL. ... …………………………………………....................1 …………………………………………....................122 CAPÍTULO 2: PLAN DE MANEJO AMBIENTAL AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR ECUADOR S.A., UBICADA EN EN EL CANTÓN DURÁN………………………………………………………………………………………….123 123 2.1 ANTECEDENTES. ANTECEDENTES. ..………………………………………………………………………………………. .. ……………………………………………………………………………………….133 133 2.2 OBJETIVOS....…………………………………………………………………………………………… ... ……………………………………………………………………………………………133 133 2.3 ALCANCE DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL. .. ………………………………………………… …………………………………………………133 133 2.4 METODOLOGÍA .. ……………………………………………………………………………………….133 133 2.5 MARCO M ARCO LEGAL .. ………………………………………………………………………………………..144 144 2.6 MARCO M ARCO INSTITUCIONAL ... …………………………………………………………………………….. ……………………………………………………………………………..44 44 CAPITULO 3: DESCRIPCIÓN DE LA PLANTA ………………………………….……………………… ………………………………….………………………445 3.1 MATERIA PRIMA E INSUMO………………………………………………………………………….. INSUMO …………………………………………………………………………..45 45 3.2 EQUIPOS Y MAQUINARIA M AQUINARIA QUE EMPLEADA CASALUKER DEL ECUADOR S.A. ,………………46 ,………………46 3.3 BREVE DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES QUE SE REALIZAN EN LAS INSTALACIONES DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A., UBICADA EN EL CANTÓN DURÁN……………………………….. DURÁN ………………………………..46 46 3.4 SERVICIOS BÁSICOS………………………………………………………………………………… BÁSICOS …………………………………………………………………………………488 488 3.5 DESECHOS GENERADOS……………………………………………………………………………. GENERADOS …………………………………………………………………………….488 488 CAPITULO 4: ÁREA DE INFLUENCIA……………………………………………………..…………….. INFLUENCIA ……………………………………………………..……………..50 50 4.1 AREA DEINFLUENCIA DIRECTA ……………………………………………………………………… 50 4.2 AREA DE INFLUENCIA INDIRECTA ………………………………………………………………….. 50 CAPITULO 5: LÍNEA BASE AMBIENTAL………………………………………………………………… AMBIENTAL …………………………………………………………………551 5.1 COMPONENTE FISICO ………………………………………………………………………..………. 51 5.2 COMPONENTE BIOTICO ……………………………………………………………..……………….. 52 5.3 COMPONENTE SOCIO ECONOMICO Y CULTURAL ……………………………………….……… 53 5.4 CARACTERIZACIÓN DE RIESGOS INHERENTES…………………………………………………..59 INHERENTES…………………………………………………..5999 5.5 CONTAMINANTES ATMOSFÉRICOS……………………………………………………………….. ATMOSFÉRICOS ……………………………………………………………….. 60 CAPITULO 6: REVISIÓN DE LA L A NORMATIVA AMBIENTAL…………………………………………. AMBIENTAL ………………………………………….61 61 6.1 CUADRO DE LAS CONFORMIDAD C ONFORMIDADES ES Y NO CONFORMIDADES ……………………..…………..62 ……………………..…………..62 6.2 CRITERIO AUDITABLE …………………..…………………...…………………………………………. 73 CAPITULO 7: ACTIVIDADES 7: ACTIVIDADES DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL………………………………… AMBIENTAL …………………………………....74 74 7.1 PLAN 7.1 PLAN DE PREVENCIÓN, PREVENCIÓN, MITIGACIÓN Y CONTROL DE IMPACTOS AMBIENTALES NEGATIVO NEGATIVO ………………………………………………………………………………………………………………..744 .744 7.2 PROGRAMA 7.2 PROGRAMA DE MANEJO DE DESECHOS SÓLIDOS PELIGROSOS Y NO PELIGROSOS ……75 ……75 7.3 PROGRAMA DE SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL…………………………………….…. OCUPACIONAL…………………………………….….76 76 7.4 PROGRAMA DE CAPACITACIÓN Y EDUCACIÓN AMBIENTAL……………………….… AMBIENTAL ……………………….…....…. ….82 82 7.5 PROGRAMA DE CONTINGENCIA C ONTINGENCIA…………………………………………………………… …………………………………………………………….....…. .….83 83 7.6 PROGRAMA DE MONITOREO Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL ………………………………….. …………………………………..883 7.7 PROGRAMA DE RELACIONES COMUNITARIAS…………………………………………………. COMUNITARIAS………………………………………………….85 85 7.8 PROGRAMA GENERAL DE ABANDONO ……………………………………………… ………………………………………………....……….. ………..86 86
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7.9 PLAN DE MANEJO AMBIENTAL……………………………………………….……………………87 AMBIENTAL……………………………………………….……………………87 7.10 MATRIZ PRESUPUESTAL……………………………………….…………………… PRESUPUESTAL……………………………………….……………………………………. ……………….94 94 CAPITULO8: CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES……………………………………………… R ECOMENDACIONES………………………………………………99 99 CAPITULO 9 VOCABULARIO…………………………………………………………………………….100 VOCABULARIO…………………………………………………………………………….100 CAPITULO 10: FUENTES BIBLIOGRÁFICAS…………………………………………………………….. BIBLIOGRÁFICAS……………………………………………………………..101 101 CAPITULO 11: ANEXOS……………………………………………………………………… ANEXOS ………………………………………………………………………..………….102 ………….102
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DATOS BÁSICOS DE LA ACTIVIDAD – FICHA TÉCNICA Estudio: Plan de Manejo Ambiental y Ficha Ambiental Nombre del proyecto
CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
Coordenadas WGS 84
Ubicación de la Planta Procesadora:
Nombre Comercial: Dirección de la Planta Procesadora: Teléfonos: Propietario: Nombre del consultor Ambiental: Equipo Técnico: Oswaldo Sánchez Mazzini Oswaldo Ordoñez Ordoñez Walter Murillo Israel Arias Arcos Joselyn Pazmiño Patiño Karina Coronel Ruíz
1
0632611
9758572
2
0632533
9758484
3
0632582
9758514
4
0632542
9758601
CASALUKER DEL ECUADOR S.A. km. 4.5 Vía Durán - Yaguachi Ec. Juan Loaiza Naranjo Onassis Sánchez Mazzini
Asesor Legal Ambiental Técnico en Seguridad y Salud Ocupacional Especialista en Obras Civiles Técnico en Medio Ambiente Asistente de Operaciones Asistente de Operaciones
____________________________ Ing. Onassis Sánchez Mazzini. Director Técnico del Proyecto.
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CAPITULO 1: FICHA AMBIENTAL. 1.1 DATOS DE IDENTIFICACIÓN Y LOCALIZACIÓN DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A. Identificación de la actividad: Nombre del proyecto:
CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
Localización Geográfica: Localización del Proyecto
Provincia: Cantón: Parroquia: Recinto:
Auspiciado por: Ministerio de : Gobierno Provincial: Gobierno Municipal: Org. de inversión/desarrollo: Otro:
Guayas Durán Eloy Alfaro
Ec. Juan Loaiza Naranjo
Tipo de Proyecto: Abastecimiento de energía Agricultura y ganadería Amparo y bienestar social Protección áreas naturales Educación Electrificación Hidrocarburos Industria y comercio Pesca Salud Saneamiento ambiental Turismo Vialidad y transporte Otros: (especificar)
Descripción del proyecto: Idea o pre factibilidad
Nivel de los estudios Técnicos del proyecto:
Definitivo
CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
Categoría del proyecto: Fase 1 Operación: CASALUKER DEL ECUADOR S.A., está ubicada en el cantón Durán, es una empresa comercializadora agrícola ecuatoriana dedicada a la venta al por mayor y menor de semillas y/o productos del agro, cuya actividad principal es el secado y clasificación de cacao en grano para la exportación. La Planta Procesadora cuenta con 21 trabajadores
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FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A. que realizan las diferentes tareas que involucra el desarrollo de esta actividad productiva. Las principales herramientas y equipos utilizados por la Planta Procesadora son los siguientes: Tolva Elevadores Clasificadoras Densimetrías Secadoras Balanzas Silos ( comparten con “ Ay J ”) Montacargas
Fase 2 Mantenimiento: El mantenimiento de los equipos y maquinarias se los realiza de manera periódica para optimizar y garantizar el buen funcionamiento de los mismos.
1.2
DATOS DEL SUJETO DE CONTROL.
Nombre Comercial: Propietario: Dirección: Parroquia: Teléfono: 1.3
CASALUKER DEL ECUADOR S.A. Ec. Juan Loaiza Naranjo km. 4.5 Vía Durán - Yaguachi Cantón:Durán Provincia: Guayas Fax: Email: -
CARACTERÍSTICAS DEL ÁREA DE INFLUENCIA. Caracterización del Medio Físico:
Localización: Costa
Región geográfica:
Coordenadas:
GSW 84
1
Longitud
0632611
Latitud
9758572
2
Longitu
0632533
Latitu
9758484
3
Longitud
0632582
Latitud
9758514
4
Longitud
0632542
Latitud
9758601
Altitud:
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A nivel del mar Entre 0 y 500 msnm Entre 501 y 2.300 msnm Entre 2.301 y 3.000 msnm Entre 3.001 y 4.000 msnm Más de 4000 msnm
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Clima:
Temperatura
Cálido-seco Cálido-húmedo Subtropical Templado Frío Glacial
Cálido - seco (0-500 msnm) Cálido - húmedo (0-500 msnm) Sub-tropical (500-2.300 msnm) Templado (2.300-3.000 msnm) Frío (3.000-4.500 msnm) Menor a 0 ªC en altitud >4.500 msnm)
Geología, geomorfología y suelos:
Ocupación actual del área de influencia:
Pendiente del suelo
Asentamientos humanos Áreas agrícolas o ganaderas Áreas ecológicas protegidas Bosques naturales o artificiales Fuentes hidrológicas y cauces naturales Manglares Zonas arqueológicas Zonas con riqueza hidrocarburífera Zonas con riquezas minerales Zonas de potencial turístico Zonas de valor histórico, cultural o religioso Zonas escénicas únicas Zonas inestables con riesgo sísmico Zonas reservadas por seguridad nacional Otra: (especificar) Llano
El terreno es plano. Las pendientes son menores que el 30%.
Ondulado
El terreno es ondulado. Las pendientes son suaves (entre 30% y 100 %).
Montañoso
El terreno es quebrado. Las pendientes son mayores al 100 %. Arcilloso Arenoso Semi-duro
Tipo de suelo
Rocoso Saturado
Calidad del suelo
Fértil Semi-fértil Erosionado Otro (especifique) Saturado
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FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
Permeabilidad del suelo
Condiciones de drenaje
Altas
(El agua se infiltra fácilmente en el suelo. Los charcos de lluvia desaparecen rápidamente)
Medias
(El agua tiene ciertos problemas para infiltrarse en el suelo. Los charcos permanecen algunas horas después de que ha llovido)
Bajas
El agua queda detenida en charcos por espacio de días. Aparecen aguas estancadas.
Muy buenas
No existen estancamientos de agua, aún en época de lluvias
Buenas Malas
Existen estancamientos de agua que se forman con las lluvias, pero que desaparecen a las pocas horas de cesar las precipitaciones. Las condiciones son malas. Existen estancamientos de agua, aún en épocas cuando no llueve
Hidrología:
Fuentes
Nivel freático Precipitaciones
Agua superficial Agua subterránea Agua de mar Ninguna Alto Profundo Altas Lluvias fuertes y constantes Medias Lluvias en época invernal o esporádicas Bajas Casi no llueve en la zona
Aire: Pura
No existen fuentes contaminantes que lo alteren
Buena
El aire es respirable, presenta malos olores en forma esporádica o en alguna época del año. Se presentan irritaciones leves en ojos y garganta.
Mala
El aire ha sido poluído. Se presentan constantes enfermedades bronquio-respiratorias. Se verifica irritación en ojos, mucosas y garganta.
Muy Buena
Brisas ligeras y constantes. Existen frecuentes vientos que renuevan la capa de aire
Buena
Los vientos se presentan sólo en ciertas épocas y por lo general son escasos.
Calidad del aire
Recirculación de aire:
Mala
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Ruido
Bajo
No existen molestias y la zona transmite calma.
Tolerable
Ruidos admisibles o esporádicos. No hay mayores molestias para la población y fauna existente.
Ruidoso
Ruidos constantes y altos. Molestia en los habitantes debido a intensidad o por su frecuencia. Aparecen síntomas de sordera o de irritabilidad.
Caracterización del Medio Biótico: Ecosistema: Páramo Bosque pluvial Bosque nublado
Bosque seco tropical Ecosistemas marinos Ecosistemas lacustres
Flora:
Tipo de cobertura Vegetal:
Importancia de la Cobertura vegetal:
Usos de la vegetación:
Bosques Arbustos Pastos Cultivos Matorrales Sin vegetación Común del sector Rara o endémica En peligro de extinción Protegida Intervenida Alimenticio Comercial Medicinal Ornamental Construcción Fuente de semilla Mitológico Otro (especifique)
Fauna silvestre:
Tipología
Importancia
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Microfauna: escarabajos, arañas. Insectos: mariposas, avispas, grillos, hormigas. Anfibios Peces Reptiles: lagartijas. Aves: gallinazos, palomas. Mamíferos: perros, gatos, rata común. Común Rara o única especie Frágil
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FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A. En peligro de extinción
Caracterización del Medio Socio-Cultural: Demografía: Nivel de consolidación Del área de influencia:
Tamaño de la población
Características étnicas de la Población
Urbana Periférica Rural Entre 0 y 1.000 habitantes Entre 1.001 y 10.000 habitantes Entre 10.001 y 100.000 habitantes Más de 100.00 habitantes Mestizos Indígena Negros Otro (especificar):
Infraestructura social:
Abastecimiento de agua
Evacuación de aguas Servidas
Evacuación de aguas Lluvias
Desechos sólidos
Electrificación
Transporte público
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Agua potable Conexión domiciliaria Agua de lluvia Grifo público Servicio permanente Racionado Tanquero Acarreo manual Ninguno Pozo Alcantarillado sanitario Alcantarillado Pluvial Fosas sépticas Letrinas Ninguno Alcantarillado Pluvial Drenaje superficial Ninguno Barrido y recolección Botadero a cielo abierto Relleno sanitario Otro (especificar): Red energía eléctrica Plantas eléctricas Ninguno Servicio Urbano Servicio intercantonal Rancheras Canoa
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FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A. Otro (especifique): Vías principales Vías secundarias Caminos vecinales Vías urbanas Otro (especifique): Red domiciliaria Cabina pública Ninguno
Vialidad y accesos
Telefonía
Actividades socio-económicas: Residencial Comercial Recreacional Productivo Baldío Otro (especificar): Terrenos privados Terrenos comunales Terrenos municipales Terrenos estatales
Aprovechamiento y uso de la tierra
Tenencia de la tierra:
Organización social: Primer grado Segundo grado Tercer grado Otra
Comunal, barrial Pre-cooperativas, cooperativas Asociaciones, federaciones, unión de organizaciones
Aspectos culturales: Lengua Religión
Tradiciones
Castellano Otro (especificar): Católicos Evangélicos Otra (especifique): Ancestrales Religiosas: Navidad, Semana Santa, día de los difuntos. Populares: Año Nuevo, Carnaval. Otras (especifique):
1.4 MEDIO PERCEPTUAL Paisaje: Zonas con valor paisajístico Atractivo turístico Recreacional Otro (especificar):
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Riesgos Naturales e inducidos: Inminente
Peligro de Deslizamientos
Latente Nulo Inminente
Peligro de Inundaciones
Latente Nulo Inminente
Peligro de Terremotos
Latente Nulo
La zona es muy inestable y se desliza con relativa frecuencia La zona podría deslizarse cuando se produzcan precipitaciones extraordinarias. La zona es estable y prácticamente no tiene peligro de deslizamientos. La zona se inunda con frecuencia La zona podría inundarse cuando se produzcan precipitaciones extraordinarias. La zona, prácticamente, no tiene peligro de inundaciones. La tierra tiembla frecuentemente La tierra tiembla ocasionalmente (está cerca de o se ubica en fallas geológicas). La tierra, prácticamente, no tiembla.
1.5 ANÁLISIS DEL COMPONENTE AMBIENTAL. Probables impactos ambientales de la actividad en funcionamiento: PROBABLES IMPACTOS AMBIENTALES Generación de residuos sólidos Falta de señalización Generación de empleo Aumento en la economía local Servicio a la comunidad
POSITIVOS
NEGATIVOS X X
X X X
FIRMAS RESPONSABLES
____________________________________ Ec. Juan Loaiza Naranjo Gerente General CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
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_____________________________________ Ing. Onassis Sánchez Mazzini. Consultor Ambiental
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FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
CAPÍTULO 2: PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A., UBICADA EN EL CANTÓN DURÁN. 2.1
ANTECEDENTES.
Con el ánimo de cumplir con las disposiciones de la Gobierno Provincial del Guayas, CASALUKER DEL ECUADOR S.A., presenta el siguiente Plan de Manejo Ambiental y Ficha Ambiental a fin de determinar los impactos negativos generados al medio ambiente que eventualmente podrían estar siendo generados por las operaciones que esta empresa realiza en sus instalaciones ubicadas en el cantón Durán, y de esta manera contribuir a la minimización de dichos impactos en la zona circundante. El Plan de Manejo Ambiental es un instrumento de gestión destinado a proveer de una guía de programas, procedimientos, medidas, prácticas y acciones, orientados a prevenir, eliminar, minimizar o controlar aquellos impactos ambientales y/o sociales negativos determinados como significativos. El Plan de Manejo Ambiental se elaboró tomando en cuenta los resultados obtenidos en la matriz de Identificación de Aspectos e Impactos Ambientales y su correspondiente análisis, además se estableció un cronograma con plazos de ejecución para las actividades propuestas, recursos necesarios, indicadores de cumplimiento medios de verificación y los responsables de su aplicación. Las medidas que contempla el Plan de Manejo Ambiental, están basadas en el Sistema de Gestión Ambiental, Salud y Seguridad ocupacional.
2.2
OBJETIVOS
2.2.1 OBJETIVO GENERAL El objetivo general del PMA se centra en especificar las acciones o medidas que deberá tomar en cuenta CASALUKER DEL ECUADOR S.A., para prever, control, mitigar, compensar y fundamentalmente cumplir con la Legislación Ambiental vigente.
2.2.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS Optimizar y monitorear los procedimientos de operación, a fin de reducir o eliminar los potenciales procesos de generación de contaminación de los recursos aire, agua y el suelo. Implementar y ejecutar un proceso preventivo, controlado y optimizado de gestión ambientalmente adecuado, que permita minimizar los potenciales riesgos ambientales. Aportar con la conservación y preservación de un ambiente natural sano y libr e de contaminación. Prevenir, mitigar, controlar, corregir y/o compensar los impactos ambientales negativos.
2.3
ALCANCE DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL.
El Plan de Manejo Ambiental plantea medidas tendientes a evitar que el ambiente, la población del área de influencia y el personal que trabaja en CASALUKER DEL ECUADOR S.A., sufran los impactos y riesgos determinados en la identificación de aspectos e impactos ambientales, además de los riesgos operacionales. 2.4 METODOLOGÍA En cuanto a la metodología utilizada para la identificación de los aspectos e impactos ambientales se realizaron reuniones de trabajo “in situ” con el personal técnico -administrativo y operativo, teniendo como objeto el análisis, apreciación y verificación de la situación ambiental y del impacto que podría estar ocasionando las operaciones de la Planta, sobre el medio ambiente, al mismo tiempo que verifica el cumplimiento de las leyes y regulaciones ambientales ecuatorianas.
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FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A. Para mitigar los impactos identificados se detalla el plan de manejo ambiental que contiene actividades de prevención, mitigación y/o remediación con sus indicadores y medios de verificación para evidenciar el cumplimiento de las mismas.
2.5
MARCO LEGAL
A continuación se hará una síntesis de los principales cuerpos legales, que en materia ambiental, se encuentran vinculados al desarrollo de las actividades de pilado de arroz. Dichos cuerpos son el sustento legal que ampara y regula la ejecución de la ficha ambiental y el Plan de Manejo Ambiental y sus correspondientes medidas de mitigación, prevención, contingencia, etc., las cuales serán detalladas posteriormente.
2.5.1 CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Constitución de la República del Ecuador, aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente y el Referéndum aprobatorio, que se encuentra publicado en el Registro Oficial No. 449 del día lunes 20 de octubre del 2008.
TÍTULO II: DERECHOS CAPÍTULO II. DERECHOS DEL BUEN VIVIR Art. 14.- Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay. Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales degradados. CAPÍTULO VII. DERECHOS DE LA NATURALEZA Art. 71.- La naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos. Toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá exigir a la autoridad pública el cumplimiento de los derechos de la naturaleza. Para aplicar e interpretar estos derechos se observarán los principios establecidos en la Constitución, en lo que proceda. El Estado incentivará a las personas naturales y jurídicas, y a los colectivos, para que protejan la naturaleza, y promoverá el respeto a todos los elementos que forman un ecosistema. Art. 72.- La naturaleza tiene derecho a la restauración. Esta restauración será independiente de la obligación que tienen el Estado y las personas naturales o jurídicas de indemnizar a los individuos y colectivos que dependan de los sistemas naturales afectados. En los casos de impacto ambiental grave o permanente, incluidos los ocasionados por la explotación de los recursos naturales no renovables, el Estado establecerá los mecanismos más eficaces para alcanzar la restauración, y adoptará las medidas adecuadas para eliminar o mitigar las consecuencias ambientales nocivas. Art. 73.- EI Estado aplicará medidas de precaución y restricción para las actividades que puedan conducir a la extinción de especies, la destrucción de ecosistemas o la alteración permanente de los ciclos naturales. Se prohíbe la introducción de organismos y material orgánico e inorgánico que puedan alterar de manera definitiva el patrimonio genético nacional. Art. 74.- Las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades tendrán derecho a beneficiarse del ambiente y de las riquezas naturales que les permitan el buen vivir. Los servicios ambientales no serán
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FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A. susceptibles de apropiación; su producción, prestación, uso y aprovechamiento serán regulados por el Estado.
CAPÍTULO I. BIODIVERSIDAD Y RECURSOS NATURALES SECCIÓN PRIMERA: Naturaleza y Medio Ambiente Art. 395.- La Constitución reconoce los siguientes principios ambientales: 1. El Estado garantizará un modelo sustentable de desarrollo, ambientalmente equilibrado y respetuoso de la diversidad cultural, que conserve la biodiversidad y la capacidad de regeneración natural de los ecosistemas, y asegure la satisfacción de las necesidades de las generaciones presentes y futuras. 2. Las políticas de gestión ambiental se aplicarán de manera transversal y serán de obligatorio cumplimiento por parte del Estado en todos sus niveles y por todas las personas naturales o jurídicas en el territorio nacional. 3. El Estado garantizará la participación activa y permanente de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades afectadas, en la planificación, ejecución y control de toda actividad que genere impactos ambientales. 4. En caso de duda sobre el alcance de las disposiciones legales en materia ambiental, éstas se aplicarán en el sentido más favorable a la protección de la naturaleza. Art. 396.- El Estado adoptará las políticas y medidas oportunas que eviten los impactos ambientales negativos, cuando exista certidumbre de daño. En caso de duda sobre el impacto ambiental de alguna acción u omisión, aunque no exista evidencia científica del daño, el Estado adoptará medidas protectoras eficaces y oportunas. La responsabilidad por daños ambientales es objetiva. Todo daño al ambiente, además de las sanciones correspondientes, implicará también la obligación de restaurar integralmente los ecosistemas e indemnizar a las personas y comunidades afectadas. Cada uno de los actores de los procesos de producción, distribución, comercialización y uso de bienes o servicios asumirá la responsabilidad directa de prevenir cualquier impacto ambiental, de mitigar y reparar los daños que ha causado, y de mantener un sistema de control ambiental permanente. Las acciones legales para perseguir y sancionar por daños ambientales serán imprescriptibles. Art. 397.- En caso de daños ambientales el Estado actuará de manera inmediata y subsidiaria para garantizar la salud y la restauración de los ecosistemas. Además de la sanción correspondiente, el Estado repetirá contra el operador de la actividad que produjera el daño las obligaciones que conlleve la reparación integral, en las condiciones y con los procedimientos que la ley establezca. La responsabilidad también recaerá sobre las servidoras o servidores responsables de realizar el control ambiental. Para garantizar el derecho individual y colectivo a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, el Estado se compromete a: 1. Permitir a cualquier persona natural o jurídica, colectividad o grupo humano, ejercer las acciones legales y acudir a los órganos judiciales y administrativos, sin perjuicio de su interés directo, para obtener de ellos la tutela efectiva en materia ambiental, incluyendo la posibilidad de solicitar medidas cautelares que permitan cesar la amenaza o el daño ambiental materia de litigio. La carga de la prueba sobre la inexistencia de daño potencial o real recaerá sobre el gestor de la actividad o el demandado. Establecer mecanismos efectivos de prevención y control de la contaminación ambiental, de 2. recuperación de espacios naturales degradados y de manejo sustentable de los recursos naturales.
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3. Regular la producción, importación, distribución, uso y disposición final de materiales tóxicos y peligrosos para las personas o el ambiente. 4. Asegurar la intangibilidad de las áreas naturales protegidas, de tal forma que se garantice la conservación de la biodiversidad y el mantenimiento de las funciones ecológicas de los ecosistemas. El manejo y administración de las áreas naturales protegidas estará a cargo del Estado. 5. Establecer un sistema nacional de prevención, gestión de riesgos y desastres naturales, basado en los principios de inmediatez, eficiencia, precaución, responsabilidad y solidaridad. Art. 398. - Toda decisión o autorización estatal que pueda afectar al ambiente deberá ser consultada a la comunidad, a la cual se informará amplia y oportunamente. El sujeto consultante será el Estado. La ley regulará la consulta previa, la participación ciudadana, los plazos, el sujeto consultado y los criterios de valoración y de objeción sobre la actividad sometida a consulta. El Estado valorará la opinión de la comunidad según los criterios establecidos en la ley y los instrumentos internacionales de derechos humanos. Si del referido proceso de consulta resulta una oposición mayoritaria de la comunidad respectiva, la decisión de ejecutar o no el proyecto será adoptada por resolución debidamente motivada de la instancia administrativa superior correspondiente de acuerdo con la ley. Art. 399.- El ejercicio integral de la tutela estatal sobre el ambiente y la corresponsabilidad de la ciudadanía en su preservación, se articulará a través de un sistema nacional descentralizado de gestión ambiental, que tendrá a su cargo la defensoría del ambiente y la naturaleza. SECCIÓN SEGUNDA: BIODIVERSIDAD Art. 400.- El Estado ejercerá la soberanía sobre la biodiversidad, cuya administración y gestión se realizará con responsabilidad intergeneracional. Se declara de interés público la conservación de la biodiversidad y todos sus componentes, en particular la biodiversidad agrícola y silves tre y el patrimonio genético del país. Art. 401.- Se declara al Ecuador libre de cultivos y semillas transgénicas. Excepcionalmente, y sólo en caso de interés nacional debidamente fundamentado por la Presidencia de la República y aprobado por la Asamblea Nacional, se podrán introducir semillas y cultivos genéticamente modificados. El Estado regulará bajo estrictas normas de bioseguridad, el uso y el desarrollo de la biotecnología moderna y sus productos, así como su experimentación, uso y comercialización. Se prohíbe la aplicación de biotecnologías riesgosas o experimentales. Art. 402.- Se prohíbe el otorgamiento de derechos, incluidos los de propiedad intelectual, sobre productos derivados o sintetizados, obtenidos a partir del conocimiento colectivo asociado a la biodiversidad nacional. Art. 403. - El Estado no se comprometerá en convenios o acuerdos de cooperación que incluyan cláusulas que menoscaben la conservación y el manejo sustentable de la biodiversidad, la salud humana y los derechos colectivos y de la naturaleza. SECCIÓN SEXTA: Agua Art. 411.- El Estado garantizará la conservación, recuperación y manejo integral de los recursos hídricos, cuencas hidrográficas y caudales ecológicos asociados al ciclo hidrológico. Se regulará toda actividad que pueda afectar la calidad y cantidad de agua, y el equilibrio de los ecosistemas, en especial en las fuentes y zonas de recarga de agua. La sustentabilidad de los ecosistemas y el consumo humano serán prioritarios en el uso y aprovechamiento del agua.
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Art. 412.- La autoridad a cargo de la gestión del agua será responsable de su planificación, regulación y control. Esta autoridad cooperará y se coordinará con la que tenga a su cargo la gestión ambiental para garantizar el manejo del agua con un enfoque ecosistémico. 2.5.2 LEY DE AGUAS DECRETO SUPREMO N° 369. RO/69 DEL 30 DE MAYO DE 1972, CODIFICADA EN EL 2004. Los Artículos 20, 21 y 22 se refieren a la conservación y a la prevención de la contaminación del agua. Según el Art. 3 del Decreto Ejecutivo No. 2224, publicado en Registro Oficial Suplemento 558 del 28 de Octubre de 1994 el ente administrativo ejecutor de las disposiciones de la Ley de Aguas, el Instituto Ecuatoriano de Recursos Hídricos (INERHI) fue reemplazado por el Consejo Nacional de Recursos Hídricos (CNRH) correspondiéndole a este último en general, las funciones que la Ley de Aguas, la Ley de Creación del INERHI y la Ley de Desarrollo Agrario asignaban al INERHI. Se exceptúan aquellas funciones que se relacionan con conservación ambiental, control de la contaminación de los recursos hídricos y la construcción, mantenimiento y manejo de obras de infraestructura, que en este Decreto se atribuyen a las corporaciones regionales de desarrollo.
TÍTULO II. DE LA CONSERVACIÓN Y CONTAMINACIÓN DE LAS AGUAS. CAPÍTULO I. De la conservación: Art. 21.- Deberes de conservación.- El usuario de un derecho de aprovechamiento, utilizará las aguas con la mayor eficiencia y economía, debiendo contribuir a la conservación y mantenimiento de las obras e instalaciones de que dispone para su ejercicio. CAPÍTULO II. De la contaminación: Art. 22.- Prevención de la contaminación.- Prohíbase toda contaminación de las aguas que afecte a la salud humana o al desarrollo de la flora o de la fauna. El Consejo Nacional de Recursos Hídricos, en colaboración con el Ministerio de Salud Pública y las demás entidades estatales, aplicará la política que permita el cumpli miento de esta disposición.
TÍTULO IV. DE LOS USOS DE AGUA Y PRELACIÓN. Art. 35.- Condiciones para el aprovechamiento de aguas.- Los aprovechamientos de aguas están supeditados a la existencia del recurso, a las necesidades de las poblaciones, del fundo o industria y a las prioridades señaladas en esta ley. 2.5.3 LEY DE GESTIÓN AMBIENTAL La Codificación de la Ley de Gestión Ambiental, publicada en el Registro Oficial Suplemento No. 418 del 10 de septiembre de 2004, previo a su actual status de codificada, la expedición de la Ley de Gestión Ambiental (D.L. No. 99-37: 22-07-99 R.O. No. 245: 30-O7-99) norma por primera vez la gestión ambiental del Estado, y da una nueva estructuración institucional; además, se establecen los principios y directrices de una política ambiental, determinando las obligaciones de los sectores público y privado en la gestión ambiental y señala los límites permisibles, controles y sanciones en esta materia. Sin duda, esta Ley de Gestión Ambiental (actualmente codificada, como Ley especial), se torna como la normativa jurídica ambiental general a la que deben sujetarse todas las instituciones públicas, privadas o mixtas en la ejecución de obras o estudios, conforme se indica precedentemente. De esta manera, queda
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FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A. establecida en esta ley la obligatoriedad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental en toda obra que suponga un riesgo ambiental. En la actualidad, los municipios del país están incorporando en sus Ordenanzas la exigencia de realizar este estudio en toda obra nueva.
TÍTULO I: ÁMBITO Y PRINCIPIOS DE LA GESTIÓN AMBIENTAL. Art. 1.- La presente Ley establece los principios y directrices de política ambiental; determina las obligaciones, responsabilidades, niveles de participación de los sectores público y privado en la gestión ambiental y señala los límites permisibles, controles y sanciones en esta materia. Art. 2.- La gestión ambiental se sujeta a los principios de solidaridad, corresponsabilidad, cooperación, coordinación, reciclaje y reutilización de desechos, utilización de tecnologías alternativas ambientalmente sustentables y respecto a las culturas y prácticas tradicionales. TÍTULO II. DEL RÉGIMEN INSTITUCIONAL DE LA GESTIÓN AMBIENTAL CAPÍTULO I. Del desarrollo sustentable Art. 7 y 8.- Se establece como principio el desarrollo sustentable para la conservación del Patrimonio Natural y el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales. Se dispone como autoridad ambiental nacional el Ministerio de Medio Ambiente que actúa como instancia rectora, coordinadora y reguladora del “Sistema Descentralizado de Gestión Ambiental”. Esta institución reguladora debe, entre otras cosas,
determinar las obras, proyectos e inversiones que requieran estudios de impacto ambiental aprobados.
CAPÍTULO IV. De la participación de las instituciones del estado. Los diversos organismos estatales y entidades sectoriales intervienen de manera activa en la descentralización de la Gestión Ambiental, prueba de aquello es que el Ministerio del Ambiente asigna la responsabilidad de ejecución de los planes a todas las instituciones del Estado que tienen que ver con los asuntos ambientales. Actualmente son los Municipios los que están actuando en este ámbito con la expedición de Ordenanzas Ambientales. Con esta medida el Estado espera ampliar su ámbito de acción y mejorar su efectividad.
TÍTULO III: INSTRUMENTOS DE GESTIÓN AMBIENTAL CAPÍTULO II. De la evaluación de impacto ambiental y del control ambiental Art. 19.- Las obras públicas privadas o mixtas, y los proyectos de inversión públicos o privados que puedan causar impactos ambientales, serán calificados previamente a su ejecución, por los organismos descentralizados de control, conforme el Sistema Único de Manejo Ambiental, cuyo principio rector será el precautelatorio. Art. 21.- Los sistemas de manejo ambiental incluirán estudios de línea base; evaluación del impacto ambiental; evaluación de riesgos; planes de manejo; planes de manejo de riesgo; sistemas de monitoreo; planes de contingencia y mitigación; auditorías ambientales y planes de abandono. Una vez cumplidos estos requisitos y de conformidad con la calificación de los mismos, el Ministerio del ramo podrá otorgar o negar la licencia correspondiente. Art. 23.- La evaluación del impacto ambiental comprenderá: a) La estimación de los efectos causados a la población humana, la biodiversidad, el suelo, el aire, el agua el paisaje y la estructura y función de los ecosistemas presentes en el área previsiblemente afectada;
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b) Las condiciones de tranquilidad públicas, tales como: ruido, vibraciones, olores, emisiones luminosas, cambios térmicos y cualquier otro perjuicio ambiental derivado de su ejecución, y, c) La incidencia que el proyecto, obra o actividad tendrá en los elementos que componen el patrimonio histórico, escénico y cultural. CAPÍTULO III. De los mecanismos de Participación Social Art. 28.- Toda persona natural o jurídica tiene derecho a participar en la gestión ambiental, a través de los mecanismos que para el efecto establezca el Reglamento, entre los cuales se incluirán consultas, audiencias públicas, iniciativas, propuestas o cualquier forma de asociación entre el sector público y el privado. Se concede acción popular para denunciar a quienes violen esta garantía, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal por denuncias o acusaciones temerarias o maliciosas. El incumplimiento del proceso de consulta al que se refiere el artículo 88 de la Constitución Política de la República tornará inejecutable la actividad de que se trate y será causal de nulidad de los contratos respectivos.
Art. 29.- Toda persona natural o jurídica tiene derecho a ser informada oportuna y suficientemente sobre cualquier actividad de las instituciones del Estado que conforme al Reglamento de esta Ley, pueda producir impactos ambientales. Para ello podrá formular peticiones y deducir acciones de carácter individual o colectivo ante las autoridades competentes.
Art. 40. Instancias.- La acción del Comité de Coordinación y Cooperación Interinstitucional para la Gestión de Residuos se enmarca en las siguientes instancias: a) Política.- que involucra la toma de decisiones que orienten la gestión de los actores de los procesos según las disposiciones legales correspondientes; y, b) Técnica.- que implica la capacidad de incidir en los procedimientos operativos y en la participación de los distintos actores, siempre dentro del marco de las orientaciones de las instancias políticas y normatividad general vigente. TÍTULO VI: DE LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS AMBIENTALES Art. 41. Con el fin de proteger los derechos ambientales individuales o colectivos, concédase acción pública a las personas naturales, jurídicas o grupo humano a denunciar la violación de las normas del medio ambiente, sin perjuicio de la acción de amparo constitucional previsto en La Constitución Política de la República”
CAPÍTULO I. De las acciones civiles. Art. 43. Las personas naturales, jurídicas o grupos humanos vinculados por un interés común y afectado directamente por la acción u omisión dañosa podrán interpone ante el Juez competente, acciones por daños y perjuicios y por el deterioro causado a la salud o al medio ambiente incluyendo la biodiversidad con sus elementos constitutivos. CAPÍTULO II. De las acciones administrativas y contencioso administrativas Art. 46.- Cuando los particulares, por acción u omisión incumplan las normas de protección ambiental, la autoridad competente adoptará las sanciones previstas en esta Ley, y las siguientes medidas admi nistrativas:
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FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A. Exigirá la regularización de las autorizaciones, permisos estudios y evaluaciones; así como verificará el cumplimiento de las medidas adoptadas para mitigar y compensar daños ambientales, dentro del término de treinta días.
2.5.4 LEY ORGÁNICA DE SALUD Publicada en el suplemento del registro oficial No. 423 del 22 de diciembre de 2006. El Art. 7 literal c) se refiere al derecho que tienen las personas de vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado y libre de contaminación. El Libro II se refiere a la Salud y Seguridad Ambiental estableciendo en su Art. 95 que la autoridad sanitaria nacional coordinara con el MAE las normas básicas para la preservación del ambiente en temas de salud humana. El Art. 96 señala la obligación de toda persona natural o jurídica de proteger todo acuífero, fuente o cuenca que sirva para abastecimiento de agua para consumo humano y prohíbe cualquier actividad que pueda contaminar dicha fuente de captación de agua. El Art. 103 prohíbe descargar o depositar aguas servidas y residuales sin el tratamiento apropiado en cualquier curso de agua siendo responsabilidad de la autoridad sanitaria nacional en coordinación con los municipios del país. El Art. 104 dispone la obligación de todo establecimiento comercial industrial o de servicios de instalar sistemas de tratamiento de aguas contaminadas que se produzcan por efecto de sus actividades. El Capítulo III se refiere a la Calidad del aire y contaminación acústica con el objetivo de evitar la contaminación por ruido que afecte la salud humana.
2.5.5 CÓDIGO ORGÁNICO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL, AUTONOMÍA Y DESCENTRALIZACIÓN Título III: Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal Art. 136.- Ejercicio de las competencias de gestión ambiental.- De acuerdo con lo dispuesto en la Constitución, el ejercicio de la tutela estatal sobre el ambiente y la corresponsabilidad de la ciudadanía en su preservación, se articulará a través de un sistema nacional descentralizado de gestión ambiental, que tendrá a su cargo la defensoría del ambiente y la naturaleza a través de la gestión concurrente y subsidiaria de las competencias de este sector, con sujeción a las políticas, regulaciones técnicas y control de la autoridad ambiental nacional, de conformidad con lo dispuesto en la ley. Para otorgar licencias ambientales, los gobiernos autónomos descentralizados municipales podrán calificarse como autoridades ambientales de aplicación responsable en su cantón. En los cantones en los que el gobierno autónomo descentralizado municipal no se haya calificado, esta facultad le corresponderá al gobierno provincial. Los gobiernos autónomos descentralizados municipales establecerán, en forma progresiva, sistemas de gestión integral de desechos, a fin de eliminar los vertidos contaminantes en ríos, lagos, lagunas, quebradas, esteros o mar, aguas residuales provenientes de redes de alcantarillado, público o privado, así como eliminar el vertido en redes de alcantarillado. Las obras o proyectos que deberán obtener licencia ambiental son aquellas que causan graves impactos al ambiente, que entrañan riesgo ambiental y/o que atentan contra la salud y el bienestar de los seres humanos, de conformidad con la ley.
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2.5.6 LEY DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL. Art. 1.- Queda prohibido expeler hacia la atmósfera o descargar en ella, sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas y regulaciones, contaminantes que, a juicio de los Ministerios de Salud y del Ambiente, en sus respectivas áreas de competencia, puedan perjudicar la salud y vida humana, la flora, la fauna y los recursos o bienes del estado o de particulares o constituir una molestia. Art. 10.- Queda prohibido descargar, sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas y regulaciones, cualquier tipo de contaminantes que puedan alterar la calidad del suelo y afectar a la salud humana, la flora, la fauna, los recursos naturales y otros bienes.
1.3.6 TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN SECUNDARIA DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE, Libro VI.de la Calidad Ambiental - Normas de Calidad Ambiental. Decreto ejecutivo Nº: 3516 del 31 de Marzo del 2003. Art. 1.- Propósito y ámbito.- Reglamentase el Sistema Único de Manejo Ambiental señalado en los artículos 19 hasta 24 de la Ley de Gestión Ambiental, en lo referente a: marco institucional, mecanismos de coordinación interinstitucional y los elementos del sub-sistema de evaluación de impacto ambiental, el proceso de evaluación de impacto ambiental, así como los procedimientos de impugnación, suspensión revocatoria y registro de licencias ambientales. Art. 2.- Disposiciones especiales de coordinación interinstitucional.- La determinación de la AAAr dentro de un proceso de evaluación de impactos ambientales será diferente a lo dispuesto en los artículos precedentes en los siguientes casos y/o circunstancias específicos: El licenciamiento ambiental corresponde a la autoridad ambiental nacional, la cual se convertirá en estos casos en AAAr que coordinará con las demás autoridades de aplicación involucradas, para: a) Proyectos específicos de gran magnitud, declarados de interés nacional de manera particularizada por el Presidente de la República mediante decreto ejecutivo; así como proyectos de gran impacto o riesgo ambiental, declarados expresamente por la Autoridad Ambiental Nacional. b) Actividades o proyectos propuestos cuyo promotor sería la misma autoridad ambiental de aplicación, excepto que ésta sea un municipio, caso en el cual el licenciamiento ambiental corresponderá al respectivo Consejo Provincial siempre y cuando el Consejo Provincial tenga en aplicación un sub-sistema de evaluación de impacto ambiental acreditado, caso contrario la autoridad líder se determinada de acuerdo a lo establecido en el artículo anterior; y, c) Actividades o proyectos propuestos cuyo licenciamiento ambiental en razón de competencia territorial correspondería al ámbito provincial cuando la actividad, proyecto o su área de influencia abarca a más de una jurisdicción provincial. En el caso que la propia autoridad ambiental nacional sea el promotor de una actividad o proyecto sujeto a licenciamiento ambiental, será el Consejo Nacional de Desarrollo Sustentable quien determine la AAAr del proceso de evaluación de impactos ambientales mediante resolución. Art. 35.- Inciso b): establece los criterios y métodos de calificación para determinar en cada caso la necesidad (o no) de un proceso de evaluación de impactos ambientales en función de las características de una actividad; entre estos métodos pudiendo incluirse fichas ambientales. Art. 22.- Literal a): establece la ficha ambiental de la actividad o proyecto propuesto, la cual justifique que no es sujeto de evaluación de impactos ambientales.
2.5.7 CÓDIGO PENAL Art. 95.- La autoridad sanitaria nacional en coordinación con el Ministerio de Ambiente, establecerá las normas básicas para la preservación del ambiente en materias relacionadas con la salud humana, las mismas que serán de cumplimiento obligatorio para todas las personas naturales, entidades públicas, privadas y comunitarias.
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FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A. El Estado a través de los organismos competentes y el sector privado está obligado a proporcionar a la población, información adecuada y veraz respecto del impacto ambiental y sus consecuencias para la salud individual y colectiva. Art. 108.- Corresponde a la autoridad sanitaria nacional, en coordinación con la Comisión Ecuatoriana de Energía Atómica y más organismos competentes, vigilar el cumplimiento de las normas establecidas en materia de radiaciones ionizantes y no ionizantes. Art. 109.- Ninguna persona será sometida o expuesta a radiaciones ionizantes y no ionizantes más allá de las dosis o límites permisibles, conforme a las normas pertinentes. Los equipos diagnósticos y terapéuticos que utilicen radiaciones ionizantes y no ionizantes se instalarán en edificaciones técnicamente apropiadas y que cumplan con requisitos sanitarios y de seguridad, establecidos por la autoridad sanitaria nacional y la Comisión Ecuatoriana de Energía Atómica; estarán sujetos a mantenimientos rigurosos y periódicos, debiendo contar con los certificados de control de calidad. Art. 110.- Los importadores de artículos y dispositivos electrónicos que emiten radiaciones no ionizantes, deberán asegurarse que los mismos cumplan con las normas sanitarias vigentes, no estén prohibidos en su país de origen o en otros países; y, lleven la rotulación de precauciones e indicaciones claras sobre su uso.
2.5.8 TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN SECUNDARIA DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE, PUBLICADO EN EL R.O. EDICIÓN ESPECIAL NO. 2 DE 31 DE MARZO DEL 2003. LIBRO VI, DE LA CALIDAD AMBIENTAL.Título I.- Del Sistema Único de Manejo Ambiental (SUMA).- El presente título establece y define el conjunto de elementos mínimos que constituyen un sub-sistema de evaluación de impactos ambientales a ser aplicados en las instituciones integrantes del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental. Un sub-sistema de evaluación de impactos ambientales abarca el proceso de presentación, revisión, licenciamiento y seguimiento ambiental de una actividad o un proyecto propuesto. El Art. 13 del SUMA establece que es Objetivo General de la evaluación de impactos ambientales el garantizar el acceso de funcionarios públicos y la sociedad en general a la información ambiental relevante de una actividad o proyecto propuesto previo a la decisión sobre la implementación o ejecución de la actividad o proyecto. El Art. 15 del SUMA establece la necesidad (o no) de una evaluación de impactos ambientales, en función de las actividades o proyectos propuestos. En función de los siguientes métodos: a) lista taxativa y umbrales que determinen las actividades y/o proyectos sujetos a un proceso de evaluación de impactos ambientales, incluyendo criterios complementarios para la determinación de la necesidad de una evaluación de impactos ambientales; o, b) criterios y método de calificación para determinar en cada caso la necesidad (o no) de un proceso de evaluación de impactos ambientales; entre estos métodos pueden incluirse fichas ambientales y/o estudios preliminares de impacto ambiental; o, c) cualquier tipo de combinación de las dos alternativas mencionadas; y, d) tomarán en cuenta los criterios priorizados en la Estrategia Ambiental para el Desarrollo Sustentable, así como las correspondientes políticas sectoriales y/o seccionales.
Título IV. Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental, Para la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental (RLGAPCCA). El presente título establece: Las normas generales nacionales aplicables a la prevención y control de la contaminación ambiental y de los impactos ambientales negativos de las actividades definidas por la Clasificación Ampliada de las Actividades Económicas de la versión vigente de la Clasificación Internacional Industrial Uniforme (CIIU), adoptada por el Instituto Nacional de Estadística y Censo; Las normas técnicas nacionales que fijan los límites permisibles de emisión, descargas y vertidos al ambiente; y los criterios de calidad de los recursos agua, aire y suelo, a nivel nacional.
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FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A. El Art. 45 establece que toda acción relacionada a la gestión ambiental deberá planificarse y ejecutarse sobre la base de los principios de: sustentabilidad, equidad, consentimiento informado previo, representatividad validada, coordinación, precaución, prevención, mitigación y remediación de impactos negativos, solidaridad, corresponsabilidad, cooperación, reciclaje y reutilización de desechos, conservación de recursos en general, minimización de desechos, uso de tecnologías más limpias, tecnologías alternativas ambientalmente responsables y respeto a las culturas y prácticas tradicionales y posesiones ancestrales. Igualmente, el citado reglamento establece que deberán considerarse los impactos ambientales de cualquier producto, industrializados o no, durante su ciclo de vida. El Art. 60 especifica la Auditoría Ambiental de Cumplimiento que se realiza un año después de entrar en operación la actividad a favor de la cual se aprobó el EIA. El regulado deberá realizar una Auditoría Ambiental de Cumplimiento con su plan de manejo ambiental y con las normativas ambientales vigentes, particularmente del presente reglamento y sus normas técnicas .La Auditoría Ambiental de Cumplimiento con el plan de manejo ambiental y con las normativas ambientales vigentes incluirá la descripción de nuevas actividades de la organización cuando las hubiese y la actualización del plan de manejo ambiental de ser el caso.
Título V. Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación por Residuos Peligrosos. Establece: Las disposiciones generales, Autoridades Competentes, Fases de la Gestión de Residuos Peligrosos, Mecanismos de Prevención y Control, Infracciones y Sanciones. Anexo 1: Norma de calidad ambiental y de descarga de efluentes: recurso agua (Texto Único de Legislación Secundaria). Art 4.2.1.1. El regulado deberá mantener un registro de los efluentes generados, indicando el caudal del efluente, frecuencia de descarga, tratamiento aplicado a los efluentes, análisis de laboratorio y la disposición de los mismos, identificando el cuerpo receptor. Es mandatorio que el caudal reportado de los efluentes generados sea respaldado con datos de producción. Art 4.2.1.2. En las tablas # 11, 12 y 13 de la presente norma, se establecen los parámetros de descarga hacia el sistema de alcantarillado y cuerpos de agua (dulce y marina), los valores de los límites máximos permisibles, corresponden a promedios diarios. La Entidad Ambiental de Control deberá establecer la normativa complementaria en la cual se establezca: La frecuencia de monitoreo, el tipo de muestra (simple o compuesta), el número de muestras a tomar y la interpretación estadística de los resultados que permitan determinar si el regulado cumple o no con los límites permisibles fijados en la presente normativa para descargas a sistemas de alcantarillado y cuerpos de agua. Art 4.2.1.3 Se prohíbe la utilización de cualquier tipo de agua, con el propósito de diluir los efluentes líquidos no tratados.
Art 4.2.1.4 Las municipalidades de acuerdo a sus estándares de Calidad Ambiental deberán definir independientemente sus normas, mediante ordenanzas, considerando los criterios de calidad establecidos para el uso o los usos asignados a las aguas. En sujeción a lo establecido en el Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación.
Art 4.2.1.5 Se prohíbe toda descarga de residuos líquidos a las vías públicas, canales de riego y drenaje o sistemas de recolección de aguas lluvias y aguas subterráneas. La Entidad Ambiental de Control, de manera provisional mientras no exista sistema de alcantarillado certificado por el proveedor del servicio de alcantarillado sanitario y tratamiento e informe favorable de ésta entidad para esa descarga, podrá permitir la descarga de aguas residuales a sistemas de recolección de aguas lluvias, por excepción, siempre que estas cumplan con las normas de descarga a cuerpos de agua.
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Art 4.2.1.6 Las aguas residuales que no cumplan previamente a su descarga, con los parámetros establecidos de descarga en esta Norma, deberán ser tratadas mediante tratamiento convencional, sea cual fuere su origen: público o privado. Por lo tanto, los sistemas de tratamiento deben ser modulares para evitar la falta absoluta de tratamiento de las aguas residuales en caso de paralización de una de las unidades, por falla o mantenimiento.
Art 4.2.1.8 Los laboratorios que realicen los análisis de determinación del grado de contaminación de los efluentes o cuerpos receptores deberán haber implantado buenas prácticas de laboratorio, seguir métodos normalizados de análisis y estar certificados por alguna norma internacional de laboratorios, hasta tanto el organismo de acreditación ecuatoriano establezca el sistema de acreditación nacional que los laboratorios deberán cumplir.
Art 4.2.1.9 Los sistemas de drenaje para las aguas domésticas, industriales y pluviales que se generen en una industria, deberán encontrarse separadas en sus respectivos sistemas o colectores . Art. 4.2.1.10 Se prohíbe descargar sustancias o desechos peligrosos (líquidos-sólidos- semisólidos) fuera de los estándares permitidos, hacia el cuerpo receptor, sistema de alcantarillado y sistema de aguas lluvias.
Art 4.2.1.12 Se prohíbe la infiltración al suelo, de efluentes industriales tratados y no tratados, sin permiso de la Entidad Ambiental de Control.
Art 4.2.1.21 Loso sedimentos, lodos y sustancias sólidas provenientes de sistemas de potabilización de agua y de tratamiento de desechos y otras tales como residuos del área de la construcción, cenizas, cachaza, bagazo, o cualquier tipo de desecho doméstico o industrial, no deberán disponerse en aguas superficiales, subterráneas, marinas, de estuario, sistemas de alcantarillado y cauces de agua estacionales secos o no, y para su disposición deberá cumplirse con las normas legales referentes a los desechos sólidos no peligrosos.
Anexo 2: Norma de calidad ambiental del recurso suelo y criterios de remediación para suelos contaminados (Texto Único de Legislación Secundaria). Art. 4.1.1 Prevención de la contaminación del recurso suelo: La prevención de la contaminación al recurso suelo se fundamenta en las buenas prácticas de manejo e ingeniería apli cada a cada uno de los procesos productivos. Se evitará trasladar el problema de contaminación de los recursos agua y aire al recurso suelo.
Art. 4.1.1.1 Sobre las actividades generadoras de desechos sólidos no peligrosos: Toda actividad productiva que genere desechos sólidos no peligrosos, deberá implementar una política de reciclaje o re-uso de los desechos. Si el reciclaje o re-uso no es viable, los desechos deberán ser dispuestos de manera ambientalmente aceptable. Las industrias y proveedores de servicios deben llevar un registro de los desechos generados, indicando volumen y sitio de disposición de los mismos. Por ningún motivo se permite la disposición de desechos en áreas no aprobadas para el efecto por parte de la entidad ambiental de control.
Art. 4.1.1.2 Sobre las actividades que generen desechos peligrosos: Los desechos considerados peligrosos generados en las diversas actividades industriales, comerciales agrícolas o de servicio, deberán ser devueltos a sus proveedores, quienes se encargarán de efectuar la disposición final del desecho mediante métodos de eliminación establecidos en las normas técnicas ambientales y regulaciones expedidas para el efecto.
Art. 4.1.1.3 Sobre el manejo, almacenamiento y disposición de residuos peligrosos: El almacenamiento, transporte y disposición de residuos peligrosos, deberán ser manejados de acuerdo a lo establecido en las normas y regulaciones expedidas para el efecto.
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Las personas que generan residuos peligrosos, deben llevar una bitácora mensual sobre la generación de sus residuos peligrosos, donde se inclui rá las características del desecho, volumen, procedencia y disposición final del mismo. Se debe transportar los residuos peligrosos en los vehículos que cuenten con todas las condiciones previstas en las normas técnicas y regulaciones expedidas para el efecto. Las personas que realicen esta actividad, deben contar con el permiso de la Entidad Ambiental de Control correspondiente.
Las áreas de almacenamiento deberán reunir como mínimo, a más de las establecidas en la Norma Técnica Ambiental para el Manejo de Desechos Peligrosos, con las siguientes condiciones: Estar separadas de las áreas de producción, servicios, oficinas y de almacenamiento de materias primas o productos terminados.
Estar ubicadas en zonas donde se minimicen los riesgos por posibles emisiones, fugas, incendios, explosiones e inundaciones.
Contar con muros de contención, y fosas de retención para la captación de los residuos de los lixiviados. Los lixiviados deberán ser recogidos y tratados para volverlos inocuos. Por ningún motivo deberán ser vertidos o descargados sobre el suelo sin previo tratamiento y aprobación de la entidad ambiental de control.
Los pisos deberán contar con trincheras o canaletas que conduzcan los derrames a las fosas de retención, con capacidad para contener una quinta parte de lo almacenado.
Contar con pasillos lo suficientemente amplios, que permitan el tránsito de montacargas mecánicos, electrónicos o manuales, así como el movimiento de los grupos de seguridad y bomberos en casos de emergencia.
Contar con sistemas para la prevención y respuesta a incendios.
Art. 4.1.1.6 De la prohibición de descargas, infiltración o inyección de efluentes en el suelo y subsuelo. Se prohíbe la descarga, infiltración o inyección en el suelo o en el subsuelo de efluentes tratados o no, que alteren la calidad del recurso. Se exceptúa de lo dispuesto en este artículo las actividades de inyección asociadas a la exploración y explotación de hidrocarburos, estas actividades deberán adoptar los procedimientos ambientales existentes en los reglamentos y normas ambientales hidrocarburíferas vigentes en el país. Las sustancias químicas e hidrocarburos deberán almacenarse, manejarse y transportarse de manera técnicamente apropiada, tal como lo establece las regulaciones ambientales del sector hidrocarburífero y la Norma Técnica Ecuatoriana INEN 2266, referente al Transporte, Almacenamiento y Manejo de Productos Químicos Peligrosos, o la que la reemplace. Art. 4.1.2 De las actividades que degradan la calidad del suelo
4.1.2.4 Los talleres mecánicos y lubricadoras, y cualquier actividad industrial, comercial o de servicio que dentro de sus operaciones manejen y utilicen hidrocarburos de petróleo o sus derivados, deberán realizar sus actividades en áreas pavimentadas e impermeabilizadas y por ningún motivo deberán verter los residuos aceitosos o disponer los recipientes, piezas o partes que hayan estado en contacto con estas sustancias sobre
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FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A. el suelo. Este tipo de residuos deberán ser eliminados mediante los métodos establecidos en las Normas Técnicas y Reglamentos aplicables y vigentes en el país. Los aceites minerales usados y los hidrocarburos de petróleo desechados serán considerados sustancias peligrosas. Los productores o comercializadores de aceites minerales o aceites lubricantes están obligados a recibir los aceites usados, los cuales obligatoriamente deberán devolverles sus clientes.
Anexo 5: Límites permisibles de niveles de ruido ambiente para fuentes fijas y fuentes móviles, y para vibraciones. Art. 4.1 Límites máximos permisibles de niveles de ruido ambiente para fuentes fijas.
Art. 4.1.1 Niveles máximos permisibles de ruido Art. 4.1.1.1 Los niveles de presión sonora equivalente, NPSeq, expresados en decibeles, en ponderación
con escala A, que se obtengan de la emisión de una fuente fija emisora de ruido, no podrán exceder los valores que se fijan en la siguiente Tabla. Tabla 2-2 Niveles Máximos de Ruido Permisibles según el uso de suelo NIVEL DE PRESIÓN SONORA EQUIVALENTE NPS eq [dB(A)] TIPO DE ZONA SEGÚN USO DE SUELO DE 06H00 A 20H00 DE 20H00 A 06H00 45 35 Zona hospitalaria y educativa Zona Residencial 50 40 55 45 Zona Residencial mixta 60 50 Zona Comercial Zona Comercial mixta 65 55 70 65 Zona Industrial Fuente: Reglamento de la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental, Anexo 5, Norma de Calidad de Aire.
Anexo 6: Norma de Calidad Ambiental para el Manejo y Disposición final de Desechos Sólidos No Peligrosos”, Libro VI, “DE LA CALIDAD AMBIENTAL”, del Texto Unificado de la Legislación Ambiental Secundaria. Art. 4.1.4. Los propietarios de terrenos y solares tienen las siguientes responsabilidades:
a) Mantenerlos en condiciones adecuadas de higiene, salubridad y seguridad, libre de desechos sólidos en general; y, b) Ejecutar labores de desratización y desinfección de manera periódica. Art. 4.1.22 Las industrias generadoras, poseedoras y/o terceros que produzcan o manipulen desechos
peligrosos deben obligatoriamente realizar la separación en la fuente de los desechos sólidos normales de los peligrosos, evitando de esta manera una contaminación cruzada en la disposición final de los desechos. Art. 4.1.23 Las industrias generadoras, poseedoras y/o terceros que produzcan o manipulen desechos
peligrosos deben obligatoriamente facilitar toda la información requerida a los municipios, sobre el origen, naturaleza, composición, características, cantidades, forma de evacuación, sistema de tratamiento y destino final de los desechos sólidos. Así también brindarán las facilidades necesarias al personal autorizado de los municipios, para que puedan realizar inspecciones, labores de vigilancia y control. Art. 4.2.5 Se prohíbe la quema de desechos sólidos en los contenedores de almacenamiento de desechos
sólidos.
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FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A. Art. 4.2.6 Se prohíbe quemar desechos sólidos a cielo abierto. Art. 4.2.18 Se prohíbe mezclar desechos sólidos peligrosos con desechos sólidos no peligrosos.
2.5.9 REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES Y MEJORAMIENTO DEL MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO. DECRETO 2393. TÍTULO II CONDICIONES GENERALES DE LOS CENTROS DE TRABAJO CAPÍTULO II. EDIFICIOS Y LOCALES Art. 33. PUERTAS Y SALIDAS. 1. Las salidas y puertas exteriores de los centros de trabajo, cuyo acceso será visible o debidamente señalizado, serán suficientes en número y anchura, para que todos los trabajadores ocupados en los mismos puedan abandonarlos con rapidez y seguridad. 2. Las puertas de comunicación en el interior de los centros de trabajo reunirán las condiciones suficientes para una rápida salida en caso de emergencia. 3. En los accesos a las puertas, no se permitirán obstáculos que interfieran la salida normal de los trabajadores. 4. El ancho mínimo de las puertas exteriores será de 1,20 metros cuando el número de trabajadores que las utilicen normalmente no exceda de 200. Cuando exceda de tal cifra, se aumentará el número de aquellas o su ancho de acuerdo con la siguiente fórmula: Ancho en metros = 0,006 x número de trabajadores usuarios. 5.
Se procurará que las puertas abran hacia el exterior.
6. Se procurará que la puerta de acceso a los centros de trabajo o a sus plantas, permanezcan abiertas durante los períodos de trabajo, y en todo caso serán de fácil y rápida apertura. Art. 34. LIMPIEZA DE LOCALES. 1. Los locales de trabajo y dependencias anexas deberán mantenerse siempre en buen estado de limpieza. 2. En los locales susceptibles de que se produzca polvo, la limpieza se efectuará preferentemente por medios húmedos o mediante aspiración en seco, cuando aquella no fuera posible o resultare peligrosa. CAPÍTULO III. SERVICIOS PERMANENTES Art. 39. ABASTECIMIENTO DE AGUA. 1. En todo establecimiento o lugar de trabajo, deberá proveerse en forma suficiente, de agua fresca y potable para consumo de los trabajadores. Debe disponerse, cuando menos, de una llave por cada 50 trabajadores, recomendándose 2. especialmente para la bebida las de tipo surtidor.
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3.
Queda expresamente prohibido beber aplicando directamente los labios a los grifos.
4. No existirán conexiones entre el sistema de abastecimiento de agua potable y el de agua que no sea apropiada para beber, tomándose las medidas necesarias para evitar su contaminación. 5. En los casos en que por la ubicación especial de los centros de trabajo, el agua de que se disponga no sea potable, se recurrirá a su tratamiento, practicándose los controles físicos, químicos y bacteriológicos convenientes. Art. 41. SERVICIOS HIGIÉNICOS.- El número de elementos necesarios para el aseo personal, debidamente separados por sexos, se ajustará en cada centro de trabajo a lo establecido en la siguiente tabla: Elementos
Relación por número de trabajadores
Excusados
1 por cada 25 varones o fracción 1 por cada 15 mujeres o fracción
Urinarios
1 por cada 25 varones o fracción
Duchas
1 por cada 30 varones o fracción 1 por cada 30 mujeres o fracción
Lavabos
1 por cada 10 trabajadores o fracción
Art. 42. EXCUSADOS Y URINARIOS. 1. Estarán provistos permanentemente de papel higiénico y de recipientes especiales y cerrados para depósito de desechos. 2. Cuando los excusados comuniquen con los lugares de trabajo estarán completamente cerrados y tendrán ventilación al exterior, natural o forzada. 3. Las dimensiones mínimas de las cabinas serán de 1 metro de ancho por 1,20 metros de largo y de 2,30 metros de altura. 4. Las puertas impedirán totalmente la visibilidad desde el exterior y estarán provistas de cierre interior y de un colgador. 5.
Se mantendrán con las debidas condiciones de limpieza, desinfección y desodorización.
6. (Reformado por el Art. 25 del D.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-88) Los urinarios y excusados serán diariamente mantenidos limpios y evacuados por cuenta del empleador. Art. 43. DUCHAS. 1. Se instalarán en compartimientos individuales para mujeres y comunes para varones y dotados de puertas con cierre interior. 2. Estarán preferentemente situadas en los cuartos vestuarios o próximas a los mismos. Caso contrario se instalarán colgadores para la ropa. Art. 44. LAVABOS
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1. 2. etc.
Estarán provistos permanentemente de jabón o soluciones jabonosas. Cada trabajador dispondrá de sus útiles de aseo de uso personal, como toallas, espejos, cepillos,
A los trabajadores que utilicen sustancias grasosas, oleaginosas, pinturas, etc., o manipulen 3. sustancias tóxicas, se les facilitarán los medios especiales de limpieza necesarios en cada caso, que no serán irritantes o peligrosos.
4. En los supuestos de que el agua destinada al aseo personal no fuese potable, se advertirá claramente esta circunstancia, con la correspondiente indicación escrita, perfectamente legible. Art. 45. NORMAS COMUNES A LOS SERVICIOS HIGIÉNICOS. 1. Los suelos, paredes y techos de los cuartos de aseo, vestuarios, duchas, lavabos y excusados, serán continuos, lisos e impermeables, enlucidos en tonos claros y con materiales que permitan su limpieza con líquidos desinfectantes. 2. Los empleadores velarán porque todos sus elementos tales como grifos, desagües y regaderas de las duchas, estén siempre en perfecto estado de funcionamiento y los armarios y asientos aptos para su utilización. 3. Queda prohibido usar estos locales para funciones distintas a las que están destinadas y, en cualquier caso, los trabajadores mantendrán en perfecto estado de conservación tales servicios y locales. Art. 46. SERVICIOS DE PRIMEROS AUXILIOS. Todos los centros de trabajo dispondrán de un botiquín de emergencia para la prestación de primeros auxilios a los trabajadores durante la jornada de trabajo. Si el centro tuviera 25 o más trabajadores simultáneos, dispondrá además, de un local destinado a enfermería. El empleador garantizará el buen funcionamiento de estos servicios, debiendo proveer de entrenamiento necesario a fin de que por lo menos un trabajador de cada turno tenga conocimientos de primeros auxilios.
CAPÍTULO V. MEDIO AMBIENTE Y RIESGOS LABORALES POR FACTORES FÍSICOS, QUÍMICOS Y BIOLÓGICOS Art. 53. CONDICIONES GENERALES AMBIENTALES: VENTILACIÓN, TEMPERATURA Y HUMEDAD. 1. En los locales de trabajo y sus anexos se procurará mantener, por medios naturales o artificiales, condiciones atmosféricas que aseguren un ambiente cómodo y saludable para los trabajadores. 2. En los locales de trabajo cerrados el suministro de aire fresco y limpio por hora y trabajador será por lo menos de 30 metros cúbicos, salvo que se efectúe una renovación total del aire no inferior a 6 veces por hora. 3. La circulación de aire en locales cerrados se procurará acondicionar de modo que los trabajadores no estén expuestos a corrientes molestas y que la velocidad no sea superior a 15 metros por minuto a temperatura normal, ni de 45 metros por minuto en ambientes calurosos. 4. En los procesos industriales donde existan o se liberen contaminantes físicos, químicos o biológicos, la prevención de riesgos para la salud se realizará evitando en primer lugar su generación, su emisión en segundo lugar, y como tercera acción su transmisión, y sólo cuando resultaren técnicamente imposibles las
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FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A. acciones precedentes, se utilizarán los medios de protección personal, o la exposición limitada a los efectos del contaminante.
5. (Reformado por el Art. 26 del D.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-88) Se fijan como límites normales de temperatura de bulbo seco y húmedo aquellas que en el gráfico de confort térmico indiquen una sensación confortable; se deberá condicionar los locales de trabajo dentro de tales límites, siempre que el proceso de fabricación y demás condiciones lo permitan. 6. En los centros de trabajo expuestos a altas y bajas temperaturas se procurará evitar las variaciones bruscas. En los trabajos que se realicen en locales cerrados con exceso de frío o calor se limitará la 7. permanencia de los operarios estableciendo los turnos adecuados.
8. (Reformado por el Art. 27 del D.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-88) Las instalaciones generadoras de calor o frío se situarán siempre que el proceso lo permita con la debida separación de los locales de trabajo, para evitar en ellos peligros de incendio o explosión, desprendimiento de gases nocivos y radiaciones directas de calor, frío y corrientes de aire perjudiciales para la salud de los trabajadores. Art. 55. RUIDOS Y VIBRACIONES. 1. La prevención de riesgos por ruidos y vibraciones se efectuará aplicando la metodología expresada en el apartado 4 del artículo 53. 2. El anclaje de máquinas y aparatos que produzcan ruidos o vibraciones se efectuará con las técnicas que permitan lograr su óptimo equilibrio estático y dinámico, aislamiento de la estructura o empleo de soportes anti vibratorios. 3. Las máquinas que produzcan ruidos o vibraciones se ubicarán en recintos aislados si el proceso de fabricación lo permite, y serán objeto de un programa de mantenimiento adecuado que aminore en lo posible la emisión de tales contaminantes físicos. 4. Reformado por el Art. 31 del D.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-88) Se prohíbe instalar máquinas o aparatos que produzcan ruidos o vibraciones, adosados a paredes o columnas excluyéndose los dispositivos de alarma o señales acústicas. 5. (Reformado por el Art. 32 del D.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-88) Los conductos con circulación forzada de gases, líquidos o sólidos en suspensión, especialmente cuando estén conectados directamente a máquinas que tengan partes en movimiento siempre y cuando contribuyan notablemente al incremento de ruido y vibraciones, estarán provistos de dispositivos que impidan la transmisión de las vibraciones que generan aquéllas mediante materiales absorbentes en sus anclajes y en las partes de su recorrido que atraviesen muros o tabiques. 6. (Reformado por el Art. 33 del D.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-88) Se fija como límite máximo de presión sonora el de 85 decibeles escala A del sonómetro, medidos en el lugar en donde el trabajador mantiene habitualmente la cabeza, para el caso de ruido continuo con 8 horas de trabajo. No obstante, los puestos de trabajo que demanden fundamentalmente actividad intelectual, o tarea de regulación o de vigilancia, concentración o cálculo, no excederán de 70 decibeles de ruido.
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7. (Reformado por el Art. 34 del D.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-88) Para el caso de ruido continuo, los niveles sonoros, medidos en decibeles con el filtro "A" en posición lenta, que se permitirán, estarán relacionados con el tiempo de exposición según la siguiente tabla: Nivel Sonoro /dB (A-lento) 85 90 95 100 110 115
Tiempo de exposición por jornada / hora 8 4 2 1 0.25 0.125
Los distintos niveles sonoros y sus correspondientes tiempos de exposición permitidos señalados, corresponden a exposiciones continuas equivalentes en que la dosis de ruido diaria (D) es igual a 1. En el caso de exposición intermitente a ruido continuo, debe considerarse el efecto combinado de aquellos niveles sonoros que son iguales o que excedan de 85 dB (A). Para tal efecto la Dosis de Ruido Diaria (D) se calcula de acuerdo a la siguiente fórmula y no debe ser mayor de 1: D = C1 T1
+
C2 T2
+
Cn__ Tn
C = Tiempo total de exposición a un nivel sonoro específico. T = Tiempo total permitido a ese nivel. En ningún caso se permitirá sobrepasar el nivel de 115 dB (A) cualquiera que sea el tipo de trabajo.
RUIDO DE IMPACTO.- Se considera ruido de impacto a aquel cuya frecuencia de impulso no sobrepasa de un impacto por segundo y aquel cuya frecuencia sea superior, se considera continuo. Los niveles de presión sonora máxima de exposición por jornada de trabajo de 8 horas dependerán del número total de impactos en dicho período de acuerdo con la siguiente tabla: Número de impulso o impacto por jornada de 8 horas
Nivel de presión sonora máxima (dB)
100
140
500
135
1000
130
5000
125
10000
120
Los trabajadores sometidos a tales condiciones deben ser anualmente objeto de estudio y control audio métrico.
8. (Agregado inc. 2 por el Art. 30 del D.E. 4217, R.O. R.O. 997, 10-VIII-88) Las máquinas-herramientas que originen vibraciones tales como martillos neumáticos, apisonadoras, remachadoras, compactadoras y vibradoras o similares, deberán estar provistas de dispositivos amortiguadores y al personal que los utilice se les proveerá de equipo de protección anti vibratorio. Los trabajadores sometidos a tales condiciones deben ser anualmente objeto de estudio y control audio métrico.
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9. (Reformado por el Art. 35, y agregado inc. 2 por el Art. 30 del D.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-88) Los equipos pesados como tractores, traíllas, excavadoras o análogas que produzcan vibraciones, estarán provistas de asientos con amortiguadores y suficiente apoyo para la espalda. Los trabajadores sometidos a tales condiciones deben ser anualmente objeto de estudio y control audio métrico.
Art. 56. ILUMINACIÓN, NIVELES MÍNIMOS. 1. Todos los lugares de trabajo y tránsito deberán estar dotados de suficiente iluminación natural o artificial, para que el trabajador pueda efectuar sus labores con seguridad y sin daño para los ojos. Los niveles mínimos de iluminación se calcularán en base a la siguiente tabla: NIVELES DE ILUMINACIÓN MÍNIMA PARA TRABAJADORES ESPECÍFICOS Y SIMILARES ILUMINACIÓN MÍNIMA ACTIVIDADES 20 luxes 50 luxes
100 luxes
200 luxes
300 luxes
500 luxes
1000 luxes
Pasillos, patios y lugares de paso Operaciones en las que la distinción no sea esencial como manejo de materias, desechos de mercancías, embalaje, servicios higiénicos Cuando sea necesaria una ligera distinción de detalles como: fabricación de productos de hierro y acero, taller de textiles y de industria manufacturera, salas de máquinas y calderos, ascensores. Si es esencial una distinción moderada de detalles, tales como: talleres de metal mecánica, costura, industria de conserva, imprentas. Siempre que sea esencial la distinción media de detalles, tales como: trabajos de montaje, pintura a pistola, tipografía, contabilidad, taquigrafía. Trabajos en que sea indispensable una fina distinción de detalles, bajo condiciones de contraste, tales como: corrección de pruebas, fresado y torneado, dibujo. Trabajos en que exijan una distinción extremadamente fina o bajo condiciones de contraste difíciles, tales como: trabajos con colores o artísticos, inspección delicada, montajes de precisión electrónicos, relojería
Los valores especificados se refieren a los respectivos planos de operación de las máquinas o 2. herramientas, y habida cuenta de que los factores de deslumbramiento y uniformidad resulten aceptables.
3. Se realizará una limpieza periódica y la renovación, en caso necesario, de las superficies iluminantes para asegurar su constante transparencia. Art. 57. ILUMINACIÓN ARTIFICIAL 1. Norma General En las zonas de trabajo que por su naturaleza carezcan de iluminación natural, sea ésta insuficiente, o se proyecten sombras que dificulten las operaciones, se empleará la iluminación artificial adecuada, que
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FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A. deberá ofrecer garantías de seguridad, no viciar la atmósfera del local ni presentar peligro de incendio o explosión. Se deberán señalar y especificar las áreas que de conformidad con las disposiciones del presente reglamento y de otras normas que tengan relación con la energía eléctrica, puedan constituir peligro.
2. Iluminación localizada. Cuando la índole del trabajo exija la iluminación intensa de un lugar determinado, se combinará la iluminación general con otro local, adaptada a la labor que se ejecute, de tal modo que evite deslumbramientos; en este caso, la iluminación general más débil será como mínimo de 1/3 de la iluminación localizada, medidas ambas en lux. 3. Uniformidad de la iluminación general. La relación entre los valores mínimos y máximos de iluminación general, medida en lux, no será inferior a 0,7 para asegurar la uniformidad de iluminación de los locales. 4.
Para evitar deslumbramientos se adoptarán las siguientes medidas:
a) No se emplearán lámparas desnudas a menos de 5 metros del suelo, exceptuando aquellas que en el proceso de fabricación se les haya incorporado protección antideslumbrante. Para alumbrado localizado, se utilizarán reflectores o pantallas difusoras que oculten b) completamente el punto de luz al ojo del trabajador.
c) En los puestos de trabajo que requieran iluminación como un foco dirigido, se evitará que el ángulo formado por el rayo luminoso con la horizontal del ojo del trabajador sea inferior a 30 grados. El valor ideal se fija en 45 grados. d) Los reflejos e imágenes de las fuentes luminosas en las superficies brillantes se evitarán mediante el uso de pinturas mates, pantallas u otros medios adecuados. 5. Fuentes oscilantes. Se prohíbe el empleo de fuentes de luz que produzcan oscilaciones en la emisión de flujo luminoso, con excepción de las luces de advertencia. 6. Iluminación fluorescente. Cuando se emplee iluminación fluorescente, los focos luminosos serán como mínimo dobles, debiendo conectarse repartidos entre las fases y no se alimentarán con corriente que no tenga al menos cincuenta períodos por segundo. 7. (Reformado por el Art. 36 del D.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-88) Iluminación de locales con riesgos especiales. En los locales en que existan riesgos de explosión o incendio por las actividades que en ellos se desarrollen o por las materias almacenadas en los mismos, el sistema de iluminación deberá ser antideflagrante. TÍTULO III. APARATOS, MÁQUINAS Y HERRAMIENTAS CAPÍTULO I. INSTALACIONES DE MÁQUINAS FIJAS. Art. 75. COLOCACIÓN DE MATERIALES Y ÚTILES.
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1. Se establecerán en las proximidades de las máquinas zonas de almacenamiento de material de alimentación y de productos elaborados, de modo que éstos no constituyan un obstáculo para los operarios, ni para la manipulación o separación de la propia máquina. 2. Los útiles de las máquinas que se deban guardar junto a éstas, estarán debidamente colocadas y ordenadas en armarios, mesas o estantes adecuados. 3. Se prohíbe almacenar en las proximidades de las máquinas, herramientas y materiales ajenos a su funcionamiento.
CAPÍTULO II. PROTECCIÓN DE MÁQUINAS FIJAS Art. 76. INSTALACIÓN DE RESGUARDOS Y DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD.- Todas las partes fijas o móviles de motores, órganos de transmisión y máquinas, agresivos por acción atrapante, cortante, lacerante, punzante, prensante, abrasiva y proyectiva en que resulte técnica y funcionalmente posible, serán eficazmente protegidos mediante resguardos u otros dispositivos de seguridad. Los resguardos o dispositivos de seguridad de las máquinas, únicamente podrán ser retirados para realizar las operaciones de mantenimiento o reparación que así lo requieran, y una vez terminadas tales operaciones, serán inmediatamente repuestos.
TÍTULO V. PROTECCIÓN COLECTIVA CAPÍTULO VI. SEÑALIZACIÓN DE SEGURIDAD.- NORMAS GENERALES Art. 164. OBJETO. 1. La señalización de seguridad se establecerá en orden a indicar la existencia de riesgos y medidas a adoptar ante los mismos, y determinar el emplazamiento de dispositivos y equipos de seguridad y demás medios de protección. 2. La señalización de seguridad no sustituirá en ningún caso a la adopción obligatoria de las medidas preventivas, colectivas o personales necesarias para la eliminación de los riesgos existentes, sino que serán complementarias a las mismas. 3. La señalización de seguridad se empleará de forma tal que el riesgo que indica sea fácilmente advertido o identificado. Su emplazamiento se realizará:
a) Solamente en los casos en que su presencia se considere necesaria. b) En los sitios más propicios. c) En posición destacada. d) De forma que contraste perfectamente con el medio ambiente que la rodea, pudiendo enmarcarse para este fin con otros colores que refuercen su visibilidad. 4. Los elementos componentes de la señalización de seguridad se mantendrán en buen estado de utilización y conservación.
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5. Todo el personal será instruido acerca de la existencia, situación y significado de la señalización de seguridad empleada en el centro de trabajo, sobre todo en el caso en que se utilicen señales especiales. 6. a)
La señalización de seguridad se basará en los siguientes criterios: Se usarán con preferencia los símbolos evitando, en general, la utilización d e palabras escritas.
b) Los símbolos, formas y colores deben sujetarse a las disposiciones de las normas del Instituto Ecuatoriano de Normalización y en su defecto se utilizarán aquellos con significado internacional. Art. 165. TIPOS DE SEÑALIZACIÓN. A efectos clasificatorios la señalización de seguridad podrá adoptar las siguientes formas: óptica y 1. acústica.
2. La señalización óptica se usará con iluminación externa o incorporada de modo que combinen formas geométricas y colores. 3. Cuando se empleen señales acústicas, intermitentes o continuas en momentos y zonas que por sus especiales condiciones o dimensiones así lo requieran, la frecuencia de las mismas será diferenciable del ruido ambiente y en ningún caso su nivel sonoro superará los límites establecidos en el presente Reglamento. Art. 166. Se cumplirán además con las normas establecidas en el Reglamento respectivo de los Cuerpos de Bomberos del país. TÍTULO VI. PROTECCIÓN PERSONAL Art. 179. PROTECCIÓN AUDITIVA. 1. Cuando el nivel de ruido en un puesto o área de trabajo sobrepase el establecido en este Reglamento, será obligatorio el uso de elementos individuales de protección auditiva. 2. Los protectores auditivos serán de materiales tales que no produzcan situaciones, disturbios o enfermedades en las personas que los utilicen. No producirán además molestias innecesarias, y en el caso de ir sujetos por medio de un arnés a la cabeza, la presión que ejerzan será la suficiente para fijarlos debidamente. 3. Los protectores auditivos ofrecerán la atenuación suficiente. Su elección se realizará de acuerdo con su curva de atenuación y las características del ruido.
4. Los equipos de protección auditiva podrán ir colocados sobre el pabellón auditivo (protectores externos) o introducidos en el conducto auditivo externo (protectores insertos). 5. Para conseguir la máxima eficacia en el uso de protectores auditivos, el usuario deberá en todo caso realizar las operaciones siguientes: a) Comprobar que no poseen abolladuras, fisuras, roturas o deformaciones, ya que éstas influyen en la atenuación proporcionada por el equipo.
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b) Proceder a una colocación adecuada del equipo de protección personal, introduciendo completamente en el conducto auditivo externo el protector en caso de ser inserto, y comprobando el buen estado del sistema de suspensión en el caso de utilizarse protectores externos. c) 6.
Mantener el protector auditivo en perfecto estado higiénico. Los protectores auditivos serán de uso personal e intransferible.
Cuando se utilicen protectores insertos se lavarán a diario y se evitará el contacto con objetos sucios. Los externos, periódicamente se someterán a un proceso de desinfección adecuado que no afecte a sus características técnicas y funcionales. Para una buena conservación los equipos se guardarán, cuando no se usen, limpios y secos en sus 7. correspondientes estuches.
2.5.10 REGLAMENTO GENERAL PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY DE AGUAS (NORMAS PERTINENTES DEL TEXTO UNIFICADO DE LA LEGISLACIÓN SECUNDARIA DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA) Capítulo XXIV. De la contaminación Art. 90.- Agua contaminada.- Para los efectos de aplicación del artículo 22 de la Ley de Aguas, se considerará como “agua contaminada” toda aquella corr iente o no que presente deterioro de sus características físicas, químicas o biológicas, debido a la influencia de cualquier elemento o materia sólida, líquida o gaseosa, radioactiva o cualquier otra sustancia y que den por resultado la limitación parcial o total de ellas para el uso doméstico, industrial, agrícola, de pesca, recreativo y otros. Art. 91.- Cambio nocivo.- Para los fines de la Ley de Aguas, se consideran “cambio nocivo” al que se produce por la influencia de contaminantes sólidos, líquidos o gaseosos, por el depósito de materiales o cualquier otra acción susceptible de causar o incrementar el grado de deterioro del agua, modificando sus cualidades físicas, químicas o biológicas, y, además, por el prejuicio causado a corto o largo plazo, a los usos mencionados en el artículo anterior. Art. 92.- Grado de contaminación.- Todos los usuarios, incluyendo las municipalidades, entidades industriales y otros, están obligados a realizar el análisis periódico de sus aguas efluentes, para determinar el “grado de contaminación”. El Consejo Nacional de Recursos Hídricos supervisará esos análisis, y, de ser
necesario, comprobará sus resultados que serán dados a conocer a los interesados, para los fines de ley; además fijará los límites máximos de tolerancia a la contaminación para las distintas sustancias. Si los análisis acusaren índices superiores a los límites determinados, el usuario causante, queda obligado a efectuar el tratamiento correspondiente, sin perjuicio de las sanciones previstas en el artículo 77 de la Ley de Aguas.
2.5.11 REGLAMENTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO AMBIENTAL PARA LAS OPERACIONES HIDROCARBURÍFERAS EN EL ECUADOR. Expedido mediante Decreto Ejecutivo 1215 y publicado en el Registro Oficial No. 265 del 13 de Febrero del 2001. El Art. 1 señala el objeto de regular las actividades hidrocarburíferas de exploración, desarrollo y producción, almacenamiento, transporte, industrialización y comercialización de petróleo crudo, derivados del petróleo, gas natural y afines, susceptibles de producir impactos ambientales en el área de influencia directa, definida en cada caso por el Estudio Ambiental respectivo.
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FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A. Es menester repetir que mediante Decreto Ejecutivo 1630 y publicado en el Registro Oficial No. 561 del 1 de abril de 2009 se transfirieron al Ministerio del Ambiente todas las competencias, atribuciones, funciones y delegaciones que en materia ambiental ejercían la Subsecretaría de Protección Ambiental SPA y la Dirección Nacional de Protección Ambiental Hidrocarburífera DINAPAH del Ministerio de Minas y Petróleos (Hoy Ministerio de Recursos No Renovables).
REGISTRO OFICIAL EDICIÓN ESPECIAL NO. 62, AGOSTO 18 DE 2010 En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, establecidas en el párrafo fina! del Artículo 263 de la Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con los Artículos 29. Literal a) y 56 de la Codificación de la Ley Orgánica de Régimen Provincial:
Expide: LA "ORDENANZA QUE PONE EN VIGENCIA Y APLICACIÓN EL SUBSISTEMA DE EVALUACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES DEL GOBIERNO PROVINCIAL DEL GUAYAS". Artículo 1.- ALCANCE DE LA ORDENANZA. Mediante este instrumento se establecen y regulan las etapas, requisitos y procedimientos del Subsistema de Evaluación de Impacto Ambiental (ElA) por parte del Gobierno Provincial del Guayas, dentro de su jurisdicción. con sujeción a los elementos v requisitos definidos por la Ley de Gestión Ambiental, el Reglamento del Sistema Único de Manejo Ambiental (SUMA) previsto en el Título 1. Libro V, del Texto Unificado de legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente (TULSMA). y otras normas que tengan que ver con materia ambiental. Artículo 2.- ÁMBITO DE APLICACIÓN. Lo dispuesto en esta Ordenanza, es aplicable a los Proyectos o Actividades. Públicos. Privados o Mixtos. Nacionales o Extranjeros que se desarrollen o vayan a desarrollarse dentro de la jurisdicción de la Provincia del Guayas, a excepción de aquellos que se desarrollen en Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) que cuente con un Subsistema de Evaluación de Impactos Ambientales acreditados ante el Ministerio del Ambiente: y para los proyectos o actividades que los GAD, lleven a cargo tal como lo determina el literal b. del Artículo 12, del Libro VI. del TULSMA, siempre que tales proyectos o actividades no se encuentren total o parcialmente dentro del Patrimonio Nacional de Áreas Naturales. Patrimonio Forestal. Bosques y Vegetación Protectores del Estado, ni estén comprendidos en lo establecido en el Artículo 12 anteriormente citado literales a y c. Así mismo las Estaciones de Servicio (Gasolineras). Centro de distribución de gas licuado de petróleo, explotación de material pétreo de libre aprovechamiento como arcillas superficiales, rocas y demás materiales de empleo directo en la industria de la construcción, los cuales serán también competencia del Gobierno Provincial del Guayas. Artículo 3.- PROMOTORES. Para electos de aplicación de esta Ordenanza se entenderá como promotores a las personas naturales o jurídicas. Públicas, privadas y mixtas, nacionales o extranjeras que desarrollen proyectos o actividades en la Provincia del Guayas de acuerdo al Anexo 1. en el cual se incluye la Lista laxativa del Subsistema de Evaluación de Impactos Ambientales de la Provincia del Guayas. Artículo 4.-PRINCIPIOS Los principios bajo los cuales se rige la acreditación del Gobierno Provincial del Guayas ante el Sistema Único de Manejo Ambiental, serán los establecidos en la Constitución de la República del Ecuador. Convenios y Tratados Internacionales ratificados por el Ecuador, y la Legislación Ambiental aplicable a nuestra competencia.
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Artículo 5.- AUTORIDAD AMBIENTAL. Para el cumplimiento de la presente Ordenanza el Prefecto Provincial del Guayas podrá delegar las facultades establecidas en la presente Ordenanza a la Dirección Coordinadora de Medio Ambiente y Agua, o a la Unidad Administrativa correspondiente del Gobierno Provincial del Guayas, a través de su Director, quien será el funcionario competente para llevar a cabo el cumplimiento de los procedimientos en esta ordenanza. Para el efecto, las demás dependencias de la institución prestarán a dicho departamento, su apoyo inmediato cuando así lo solicite. TÍTULO I DE LA CATEGORIZACIÓN AMBIENTAL Artículo 6.- DE LA CATEGORIZACIÓN AMBIENTAL. El Promotor que vaya a realizar un provecto o actividad, dentro del territorio de la Provincia del Guayas, y que esté inmerso dentro del ámbito de aplicación de la presente Ordenanza, en forma previa y como condición para llevarla a cabo o para que la misma siga en funcionamiento, deberá solicitar a la Autoridad Ambiental Provincial del Guayas a través de la Dirección Coordinadora de Medio Ambiente y Agua, la categorización ambiental de su proyecto o actividad. Para solicitar la categorización ambiental, se debe presentar la documentación señalada en la Guía Técnica para la Evaluación de Impactos Ambientales en la Provincia del Guayas, la misma que será expedida por la Autoridad Ambiental Provincial del Guayas en el término de 30 días luego de aprobada la presente Ordenanza. Para garantizar el ámbito de competencia del Gobierno Provincial del Guayas, los promotores tendrán que tramitar ante el Ministerio del Ambiente del Ecuador, el respectivo Certificado de Intersección con el Sistema Nacional de Arcas Protegidas (SNAP). Bosques Protectores y Patrimonio forestal del Estado, para el provecto o actividad a someterse al proceso de Evaluación de Impacto Ambiental, definiendo de esta manera con claridad si el trámite se debe realizar en esta Institución o en las dependencias de la referida Cartera de Estado. Artículo 7.- DEFINICIÓN DE LA CATEGORÍA AMBIENTAL. La Autoridad Ambiental Provincial del Guayas, se encargará de categorizar el provecto y comunicar al promotor la clasificación a la que pertenece el provecto o actividad. Para la categorización del provecto se tomará inicialmente en consideración el Certificado de Intersección con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP). Patrimonio forestal. Bosques y Vegetación Protectores del Estado entregado por el Ministerio del Ambiente, la Lista Taxativa del Anexo 1 de la presente ordenanza, la Solicitud, el Formulario para la Categorización Ambiental y otros documentos que se incluyan en la Guía Técnica para la Evaluación de Impactos Ambientales en la Provincia del Guayas. Artículo 8.- CATEGORÍAS AMBIENTALES. Categoría I Proyectos o actividades que causen alto impacto ambiental, que por sus características implica necesariamente la presentación de un EsIA detallado, para la obtención de la Licencia Ambiental. Categoría II Proyectos o actividades que no afecten de manera directa al ambiente y causen un moderado impacto ambiental, que por sus características implica la presentación de un EsIA. para la obtención de la Licencia Ambiental. Categoría III Proyectos o actividades de leve o nulo impacto ambiental que por sus características implica la presentación de una Ficha Ambiental, acompañada de la descripción detallada de la construcción,
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FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A. instalación u operación del provecto, descripción detallada del área de influencia, información a la comunidad, las autorizaciones ambientales a las que hubiese lugar y un Plan de Manejo Ambiental o Medidas Ambientales de características puntuales.
TÍTULO II DE LA RESPONSABILIDAD DE LOS ESTUDIOS AMBIENTALES Artículo 9.- RESPONSABILIDAD DE LOS ESTUDIOS AMBIENTALES. El promotor y/o el consultor que presenten Estudios de Impacto Ambiental. Estudios de Impacto Ambiental Ex Post. Auditorias Ambientales. Fichas Ambientales y Planes de Manejo Ambiental a los que hace referencia este Título son responsables por la veracidad y exactitud de sus contenidos. Los Estudios Ambientales serán realizados por personas naturales o jurídicas legalmente habilitadas y técnicamente especializados para prestar este servicio a costa del t i t u l a r de proyecto o actividad, quienes para electo de esta Ordenanza se denominan Consultores Ambientales. La Autoridad Ambiental Provincial del Guayas no dará curso a los Estudios de Impacto Ambiental u otro tipo de Estudios Ambientales sometidos a su consideración, que no sean suscritos por el promotor del provecto o actividad y por el profesional o representante de la persona jurídica que lo elaboró. Artículo 10.- DE LOS CONSULTORES AMBIENTALES Los consultores que realicen Estudios de Impacto Ambiental. Estudios de Impacto Ambiental Ex Post. Auditorias Ambientales. Pichas Ambientales y Planes de Manejo Ambiental, deberán estar previamente calificados ante el Ministerio del Ambiente del Ecuador (MAE), cumpliendo con los lineamientos incluidos dentro del Acuerdo Ministerial No. 055. del 13 de abril del 2010. Para lo cual la Autoridad Ambiental del Guayas a través de la Dirección Coordinadora de Medio Ambiente y Agua, solicitará conjuntamente con la presentación de los Términos de Referencia, el Certificado de calificación como Consultor Ambiental ante la referida Cartera de Estado, documento que lo habilita para ingresar esa documentación al Gobierno Provincial del Guayas, así como los restantes que se solicitaren. Artículo II.- DE LOS LABORATORIOS PARA EL ANÁLISIS DE MUESTRAS DE SUELO, AGUA V AIRE Los análisis físicos - químicos y biológicos para los Estudios Ambientales, el monitoreo y control de parámetros considerados en la presente Ordenanza deberán ser realizados por laboratorios previamente calificados por el Ministerio de Ambiente y acreditados bajo la Norma Internacional ISO/IEC 17025 ante el Ministerio de Industrias Comercio Integración y Pesca, a través de Organismo de Acreditación Ecuatoriano (OAE), entidad oficial de Acreditación en el Ecuador, que forma parte de la Estructura del Sistema Ecuatoriano de la Calidad, determinado en el Articulo 8 de la Lev del Sistema Ecuatoriano de Calidad expedida el 22 de febrero del 2007, publicado en el Registro Oficial No. 26. de conformidad con las regulaciones que para efecto se establezcan. TITULO III DE LA LICENCIA AMBIENTAL Artículo 12.- DEFINICIÓN V ALCANCE DE LA LICENCIA AMBIENTAL. La Licencia Ambiental es la autorización que otorga el Gobierno Provincial del Guayas a una persona natural o jurídica, pública, privada o mixta, nacional o extranjera. Para la ejecución, operación, cierre y/o abandono de provectos o actividades. En ella se establecen los requisitos, obligaciones y condiciones que el beneficiario debe cumplir para prevenir, mitigar o corregir impactos ambientales negativos, que el provecto o actividad pueda causar al ambiente. Artículo 13.- OBLIGATORIEDAD DE LA LICENCIA AMBIENTAL.
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FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A. Para aquellas actividades que vienen funcionando sin Licencia Ambiental, deberán someterse al proceso de licenciamiento ambiental, para el efecto, deberán solicitar, en un término de 90 días después de publicada esta ordenanza, la Categorización Ambiental determinada en. El Subsistema de Evaluación de Impactos Ambientales de la Provincia del Guayas, sin perjuicio de las sanciones aplicables de conformidad con la legislación vigente. En el caso de provectos o actividades, que cuenten con una Licencia Ambiental otorgada por el Ministerio del Ambiente del Ecuador (MAE), deben presentar una copia notariada de la Licencia Ambiental y su respectivo Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental a la Autoridad Ambiental Provincial del Guayas a través de la Dirección Coordinadora de Medio Ambiente y Agua, en un término de 90 días, después de publicada esta ordenanza. para electos de establecer una base de promotores dentro de la. Provincia de Guayas.
Artículo 14.- EMISIÓN DE LA LICENCIA AMBIENTAL. En caso de notificación de aprobación del Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) o del Estudio de Impacto Ambiental Ex Post sometidos a consideración, y canceladas las tasas por servicios administrativos de Gestión y Calidad Ambiental, el promotor del provecto o actividad, solicitará a! Gobierno Provincial del Guayas la emisión de la Licencia Ambiental, para lo cual la Dirección Coordinadora de Medio Ambiente y Agua informará al Prefecto, sobre el cumplimiento de todos los requisitos previo a la emisión de la Licencia Ambiental v su respectivo considerando. El Prefecto Provincial del Guayas mediante Resolución. notificará y entregara al promotor el original de la Licencia Ambiental, la misma que rige desde la fecha de su suscripción. Artículo 15.- GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO Y PÓLIZAS AMBIENTALES. El promotor del provecto o actividad licenciada ambientalmente presentará una garantía bancaria a favor del Gobierno Provincial del Guayas, por el monto total del valor establecido para las medidas de control y seguimiento establecidos en el Plan de Manejo Ambiental. La garantía tendrá una vigencia de 12 meses, renovables automáticamente para períodos posteriores, y es de carácter incondicional, irrevocable y de cobro inmediato, a la sola presentación del documento que indique que el promotor o representante del provecto o actividad licenciado ha incumplido con el compromiso de ejecutar el Plan de Manejo Ambiental. Las empresas estatales y las instituciones del estado están exoneradas de esta garantía, sin embargo son responsables pecuniariamente por daños al ambiente y a terceros, dando cumplimiento a lo que determina el Decreto Ejecutivo No. 817. de fecha 07 de enero del 2008. La Póliza de Responsabilidad Civil o Cobertura de Riesgo Ambiental, puede ser tramitada como una Garantía o Seguro por daños a terceros o de responsabilidad civil equivalente al 20% de la inversión total del provecto o actividad. Artículo 16.- EXONERACIÓN POR EMERGENCIA. La Autoridad Ambiental Provincial del (mayas podrá conceder una exoneración a la obligatoriedad de iniciar un proceso de licenciamiento ambienta! cuando existan circunstancias de emergencia declarada por la Autoridad Competente bajo su responsabilidad civil, penal y pecuniaria, que hagan imprescindible la adopción de una acción o la ejecución del proyecto o actividad, para evitar un peligro inminente y sustancial a la vida, a la salud, ai ambiente o a la propiedad. La exención tendrá vigencia mientras duren los motivos que provocaron la emergencia, luego de lo cual se deberá iniciar el proceso de licenciamiento ambiental para la fase en la que se encuentre el proyecto o actividad. Artículo 17.-JUZGAMIENTO Y COMPETENCIA. El competente para conocer las contravenciones y establecer sanciones relativas al juzgamiento de las mismas, es el Comisario Ambiental Provincial, según ordenanza respectiva que se creará oportunamente. TITULO IV DEL LICENCIAMIENTO AMBIENTAL DE PROYECTOS O ACTIVIDADES NUEVAS DE CATEGORÍA I Y II
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Artículo 18.- TÉRMINOS DE REFERENCIA (TDR s). Luego de la Categorización Ambiental, para los proyectos o actividades, el promotor debe presentar los Términos de Referencia (TDR's), bajo los lineamientos establecidos en la Guía Técnica para la Evaluación de Impactos Ambientales en la Prov incia del Guayas. La Autoridad Ambiental Provincial del Guayas previo informe favorable emitido aprobará los respectivos Términos de Referencia (TDR's), que serán elaborados y presentados oportunamente por el consultor contratado o por el promotor responsable del provecto o actividad. Una vez aprobados los Términos de Referencia (TDR's), el promotor queda autorizado para elaborar el EsIA, en función a la Categorización Ambiental de su provecto o actividad aprobado por la Autoridad Ambiental Provincial del Guayas. Artículo 19.-OBLIGATORIEDAD DEL EsIA. Aquellos provectos o actividades Categorizados Ambientalmente como I y II, están en la obligación de presentar un Estudio de Impacto Ambiental (EsIA), para la obtención de la Licencia Ambiental ante el Gobierno Provincial del Guayas en su calidad de Autoridad Ambiental de Aplicación responsable (AAAr). Artículo 20.- ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL El Estudio de Impacto Ambiental (EsIA), será presentado a la Autoridad Ambiental Provincial del Guayas a través de la Dirección Coordinadora de Medio Ambiente y Agua en forma previa a la ejecución de los Mecanismos de Participación Social, según lo reglamenta el Decreto Ejecutivo No. 1040, publicado en el Registro Oficial No. 332 del 8 de mayo del 2008. Acuerdos Ministeriales aplicables a este proceso y demás reformas pertinentes. Artículo 21.- EVALUACIÓN La Autoridad Ambiental Provincial del Guayas a través de la Dirección Coordinadora de Medio Ambiente y Agua será la encargada de revisar y evaluar el Estudio de Impacto Ambiental (EsIA), sometido a consideración a esta institución, la misma que aprobará, observará o rechazará los mismos. Artículo 22.- PRONUNCIAMIENTO. La Autoridad Ambiental Provincial de! Guayas a través de la Dirección Coordinadora de Medio Ambiente y Agua una Registro Oficial Edición Especial No. 62, Agosto 18 de 2010 vez realizada la evaluación del Estudio de Impacto Ambiental (EsIA), adoptará una de las siguientes resoluciones: a) Observar el Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) presentado, en el que constarán las observaciones hechas por la ciudadanía y por la Autoridad Ambiental Provincial del Guayas, y se concederá un termino de treinta 30 días, contados a partir de la fecha de la devolución del mencionado estudio, para la presentación del EsIA corregido. b) Aprobar el Estudio de Impacto Ambiental (Es IA) presentado, y considerarlo como definitivo o final. c) Negar la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental (EsIA). por cuanto la actividad o provecto propuesto generaría impactos ambientales significativos que llevarían a serios riesgos ambientales durante su ejecución.
ARTÍCULO 23.- MODIFICACIONES AL PROVECTO INICIALMENTE APROBADO. Cuando se vayan a realizar cambios en el provecto o actividad licenciado y este posea un EsIA aprobado para tal efecto, y dichos cambios conlleve un impacto ambiental significativo o no por ampliaciones, remodelaciones o sustituciones, el promotor o representante del proyecto o actividad licenciado deberá informar inmediatamente este particular al Gobierno Provincial del Guayas, las mismas sean sometidas a un proceso de evaluación ambiental que determinará el requerimiento o no de un Estudio de Impacto
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FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A. Ambiental (EsIA) y tramitación de una Licencia Ambiental. según lo determinado en la presente Ordenanza.
Artículo 24.- SEGUIMIENTO Y MONITOREO DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL. El seguimiento y monitoreo a la aplicación del Plan de Manejo Ambiental (PMA). Que se apruebe junto con el Estudio de Impacto Ambiental, será realizado por la Autoridad Ambiental Provincial del Guayas a través de la Dirección Coordinadora de Medio Ambiente y Agua, luego de entregada la licencia ambiental. Los pasos a seguir se incluirán en la Guía Técnica para la Evaluación de Impactos Ambientales en la Provincia del Guayas. Artículo 25.-SANCIONES Sin perjuicio de poder solicitar la aplicación de las sanciones señaladas en el Código Penal, en la Ley de Gestión Ambiental y otras que. en aplicación de las Ordenanzas Provinciales, sean pertinentes, las sanciones a imponerse, según la infracción, se aplicarán sobre la base del Salario Básico Unificado (SBU) vigente a la fecha de la sanción y serán las siguientes: a) El ejecutar un proyecto o actividad sin contar con la Categorización respectiva y un Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) aprobado, siendo éste de carácter obligatorio, el mismo que será sancionado con la paralización y/o clausura, de ser el caso, además del cobro de una multa de 30 SBU al promotor del proyecto o actividad; el promotor deberá iniciar inmediatamente el proceso de evaluación de impacto ambiental, dentro del plazo que la Autoridad Ambiental Provincial del Guayas lo determine. De no darse cumplimiento a esta disposición, se mantendrá la suspensión o clausura del proyecto o actividad: b) El aportar información incompleta, errónea o falsa con el Un de obtener la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental (EsIA). se sancionará con el cobro de una multa de 50 SBU: en cuanto a lo falso, de ser pertinente se iniciara la acción penal. Además, se procederá a la anulación del trámite para la obtención de la aprobación: y. Si es el caso, la revocatoria de la aprobación de la Licencia Ambiental emitido por el Gobierno Provincial del Guayas y se dispondrá la paralización y/o clausura, de ser el caso, hasta que el promotor obtenga la licencia ambiental: c) Por ocasionar contaminación ambiental comprobada durante las inspecciones que realice la Autoridad Ambiental 'Provincial del Guayas a través de la Dirección Coordinadora de Medio Ambiente y Agua, se sancionará con el cobro de una multa que puede llegar a 100 SBU. y puede disponer la paralización y/o clausura del proyecto o actividad hasta que el promotor dé cumplimiento a las medidas del Plan de Manejo Ambiental y consiga una prórroga a través de la Autoridad Ambiental Provincial del Guayas para su cumplimiento: d) El incumplimiento del plazo por parte de los promotores de los proyectos o actividades que no dispongan con una Licencia Ambiental, establecido en el Artículo 15 de la presente ordenanza, serán sancionados con 50 SBU; e) La no regularización del registro de la Licencia Ambiental, a través de la Autoridad Ambiental Provincial del Guayas, establecido en el Artículo 15 de la presente ordenanza, serán sancionados con 50 SBU: f) Por presentación del Estudio de Impacto Ambiental fuera del plazo establecido en los TDR's serán sancionados con 5 SBU;
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g) Por reincidencia en la demora de la presentación del Estudio de Impacto Ambiental, una vez concedido un nuevo plazo: serán sancionados con 20 SBU; h) El aportar información incompleta, errónea o falsa con el fin de obtener la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental, serán sancionados con 50 SBU. Además, se procederá a la anulación del trámite para la obtención de la aprobación y. si es el caso, la revocatoria de la aprobación de la Licencia Ambiental que se haya emitido y se dispondrá la suspensión o clausura de la actividad hasta que el representante legal obtenga el nuevo documento que le habilite su funcionamiento; i) El no dar facilidades para que el personal técnico de la Autoridad Ambiental Provincial del Guayas a través de la Dirección Coordinadora de Medio Ambiente y Agua realice las inspecciones ambientales pertinentes: serán sancionados con 20 SBU, en caso de reincidencia se procederá a la paralización o clausura del proyecto o actividad: y. j) La no renovación automática de la Garantía de Piel Cumplimiento. Irrevocable y de cobro inmediato, será Registro Oficial Edición Especial No. 62, Agosto 18 de 2010 sancionada con 20 SBU. en caso de reincidencia se procederá a la paralización o clausura del proyecto o actividad. Las sanciones impuestas, no eximen al promotor del proyecto o actividad, de pagar los daños causados a la salud de la población, a la infraestructura básica, a la calidad ambiental de los recursos naturales, a la remediación y restauración del ambiente que fuera afectado. Adicional a lo anterior, se ejecutarán las garantías y pólizas bancarias para la obtención de la Licencia Ambiental.
TITULO V DEL LICENCIAMIENTO AMBIENTAL PARA ACTIVIDADES EN OPERACIÓN DE CATEGORÍA I y II Artículo 26.- OBLIGATORIEDAD DEL EsIA Ex Post. En concordancia con el Art. 6 de la presente ordenanza, el representante legal de la actividad en funcionamiento deberá solicitar su Categorización Ambiental ante la Autoridad Ambiental Provincial del Guayas, de estar su actividad dentro de las Categoría I ó II, están en la obligación de presentar un Estudio de Impacto Ambiental Ex Post, para la obtención de la Licencia Ambiental ante el Gobierno Provincial del Guayas bajo los lineamientos que consta en la Guía Técnica para la Evaluación de Impactos Ambientales en la Provincia del Guayas. Artículo 27.- TÉRMINOS DE REFERENCIA (TDR's) DEL EsIA E\ POST. Luego de la Categorización Ambiental de la actividad, el promotor debe presentar los Términos de Referencia (TDR's), bajo los lineamientos establecidos en la Guía Técnica para la Evaluación de Impactos Ambientales en la Provincia del Guayas. La Autoridad Ambiental Provincial del Guayas previo informe favorable emitido aprobará los respectivos Términos de Referencia (TDR's). que serán elaborados y presentados oportunamente por el consultor contratado o por el promotor responsable de la ac tividad. Una vez aprobados los Términos de Referencia (TDR's) . el promotor queda autorizado para elaborar el EsIA Ex Post. En función a la Categorización Ambiental de su actividad aprobado por la Autoridad Ambiental Provincial del Guayas. Artículo 28.- EsIA EX POST El Estudio de Impacto Ambiental L\ Post será presentado a la Autoridad Ambiental Provincial del Guayas a través de la Dirección Coordinadora de Medio Ambiente y Agua. El Estudio de Impacto Ambiental Ex Post no tiene que someterse al proceso de Participación Social tal como lo determina el Art. 4 del Acuerdo Ministerial No. 106 del 30 de octubre del 2009. sin embargo se dará cumplimiento a la disposición final segunda del Decreto Ejecutivo 1040 y acuerdos vigentes sobre el tema.
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Artículo 29.- EVALUACIÓN DEL EsIA EX POST. La Autoridad Ambiental Provincial del Guayas a través de la Dirección Coordinadora de Medio Ambiente y Agua será la encargada de revisar y evaluar el Estudio de Impacto Ambiental Lx Post (EsIA Ex Post) sometidos a consideración a esta institución, la misma que aprobará. Observará o rechazará los mismos. Artículo 30.- PRONUNCIAMIENTO RESPECTO AL EsIA EX POST. La Autoridad Ambiental Provincial del Guayas a través de la Dirección Coordinadora de Medio Ambiente y Agua una vez realizada la evaluación del Estudio de Impacto Ambiental Ex Post (EsIA Ex Post), adoptará una de las siguientes resoluciones: a) Observar el Estudio de Impacto Ambiental Lx Post presentado, en el que constarán las observaciones hechas por la ciudadanía y/o por la por la Autoridad Ambiental Provincial del Guayas, y se concederá un término de treinta 30 días, contados a partir de la fecha de la devolución del mencionado estudio, para la presentación del EsIA Ex Post corregido: b) Aprobar el Estudio de Impacto Ambiental Ex Post y el Plan de Manejo o Plan de Acción. Con la aprobación el promotor de la actividad debe solicitar la emisión de la Licencia Ambiental: y. c) Negar la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental ELx Post. si durante la verificación de campo y del contenido del EsIA Ex Post. resulte información contradictoria o falsa, que lleven a la generación de impactos ambientales severos o si el Plan de Manejo Ambiental propuesto en el Estudio de Impacto Ambiental Ex Post no propone medidas ambientales que permitan la anulación o mitigación de los impactos ambientales significativos que se generan durante la actividad.
TITULO VI DE LOS PROYECTOS O ACTIVIDADES DE CATEGORÍA III Artículo 31.- ELABORACIÓN DE FICHAS AMBIENTALES Y PLANES DE MANEJO AMBIENTAL Las fichas ambientales deberán ser presentadas con la documentación que se indica dentro de la Guía Técnica para la Evaluación de Impactos Ambientales en la Provincia del Guayas. Para el caso de los proyectos o actividades de Categoría III. que necesitan Ficha Ambiental y Plan de Manejo Ambiental, se otorgará una Certificación de Viabilidad Ambiental, que será emitida por el Gobierno Provincial del Guayas.
2.6
MARCO INSTITUCIONAL
De acuerdo a las leyes vigentes, la institución que tendría facultad legal para llevar a cabo el proceso de Regulación Ambiental para la actividad en funcionamiento que realiza a CASALUKER DEL ECUADOR S.A., es la Gobierno Provincial del Guayas.
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CAPITULO 3: DESCRIPCIÓN DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A. CASALUKER DEL ECUADOR S.A. está ubicada en el cantón Durán, es una empresa comercializadora agrícola ecuatoriana dedicada a la venta al por mayor y menor de semillas y/o productos del agro, cuya actividad principal es el secado y clasificación de cacao en grano para la exportación. La Planta Procesadora cuenta con 21 trabajadores que realizan las diferentes tareas que involucra el desarrollo de esta actividad productiva.
Datos de las instalaciones de la Planta Procesadora. La Planta Procesadora está ubicada en la siguiente dirección: Provincia: Guayas Cantón: Durán Dirección: km 4.5 Vía Durán – Yaguachi. Teléfono: Correo Electrónico: -
Coordenadas GSW 84 de la Planta Procesadora de Granos CASALUKER DEL ECUADOR S.A. 1
0632611
9758572
2
0632533
9758484
3
0632582
9758514
4
0632542
9758601
Nombre del proyecto o actividad en funcionamiento a ser regulada ambientalmente CASALUKER DEL ECUADOR S.A., está ubicada en el cantón Durán, es una empresa comercializadora agrícola ecuatoriana dedicada a la venta al por mayor y menor de semillas y/o productos del agro, cuya actividad principal es el secado y clasificación de cacao en grano para la exportación. La Planta procesadora de granos cuenta con 21 trabajadores que realizan las diferentes tareas que involucra el desarrollo de esta actividad productiva.
3.1 MATERIA PRIMA E INSUMO CASALUKER DEL ECUADOR S.A. utiliza como materia prima e insumos lo siguiente:
Cacao Saquillos. Agua Energía eléctrica. Piola de algodón. Rodillos Bandas
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3.2 EQUIPOS Y MAQUINARIA EMPLEADA EN EL PROCESO DE ALMACENAMIENTO DE CACAO, CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
Tipo de equipo o maquinaria
Cantidad
Tolvas
1
Balanzas
2
Basculas
-
clasificadores Elevadores
2
Hornos
-
Secadoras
1
Zarandas
-
Monitores
-
Mesa Paddy
-
Seleccionadores Eléctricos
-
Conos Pulidores
-
Descascaradores
-
Compresor
-
Silo De Almacenamiento
-
3.3 BREVE DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES QUE SE REALIZAN EN LAS INSTALACIONES DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A., UBICADA EN EL CANTÓN DURÁN. CASALUKER DEL ECUADOR S.A., está ubicada en el cantón Durán, es una empresa comercializadora agrícola ecuatoriana dedicada a la venta al por mayor y menor de semillas y/o productos del agro, cuya actividad principal es el secado y clasificación de cacao en grano para la exportación. La Planta Procesadora cuenta con 21 trabajadores que realizan las diferentes tareas que involucra el desarrollo de esta actividad productiva. A continuación se describen los diferentes procesos que se realizan en CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
PROCESO DE CACAO DE CASALUKER S.A.
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FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A. El primer paso es a pesar el cacao para su posterior proceso, luego es trasportado a la tolva que produce 8 sacos por hora, este paso se lo realiza con la ayuda de los elevadores para su traslado de un equipo a otro, posterior a ese proceso se llega a la clasificadora por vibración, luego se seca y es utilizando para ser ofrecido para ventas luego pasa a la maquina desimetrica que produce 30 sacos por hora , se encuentra con una humedad relativa de 10% a 20%, luego es trasladado al patio según el porcentual de humedad del medio ambiente se tarda 2 días en secarse, cabe recalcar que este lapso fluctúa según la estación en la que se encuentre, ya sea en invierno un periodo de 3 días y en el verano de 1-2 días, después pasa a ser almacenado para ser pilado posteriormente este proceso se lo lleva a cabo con pala de madera, luego se los almacena en los sacos cada cierto tiempo se realiza una fumigación con gas Tosin por parte de la empresa TESCOMERCIAL hasta su posterior embarque y distribución, la empresa realiza una exportación de entre 50 a 100 toneladas de sacos de cacao; cabe recalcar que poseen una secadora y esta es utilizada de 2 a 1 veces al año
ROCESO DEL CACAO Secado Los granos se dejan secar al sol durante una semana aproximadamente para eliminar la humedad y mejorar la conservación. En ocasiones se usa el calor del fuego y cámaras de secado. Cuando el cacao suena como papel estrujado, el secado puede darse como terminado. Limpieza y Clasificación La primera etapa en el procesamiento del cacao es la limpieza, la cual consiste en eliminarlos cuerpos extraños, como: metales, piedras, trozos de madera, vidrios, entre otros. Luego de esta operación es posible que aún queden residuos, los cuales se eliminan posteriormente en forma manual. Después se retiran las impurezas, las semillas rotas o deficientes y se clasifican los granos de cacao en función de su tamaño. Tostado Seguidamente, se realiza un tostado que es determinante en el desarrollo del sabor y del color del producto final. El tostado del cacao se lleva a cabo con el propósito de disminuir el contenido de humedad de los granos, desarrollar el aroma y sabor del cacao con la pérdida de volátiles, y facilitar la eliminación de la cáscara. Existen dos alternativas dentro del proceso productivo: el tostado convencional de l as habas enteras (a temperatura entre 100 y 140º C durante un tiempo de 45 a 90 minutos) o bien someter las habas a un tratamiento térmico previo. El producto final obtenido se conoce como cacao en grano. Ensacado y Almacenado La última fase es la del envasado, en sacos de papel o de yute. Las semillas del cacao ya están listas para ser enviadas a la industria chocolatera. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCESO PRODUCTIVO. El siguiente es un Flujograma del proceso productivo del pilado de arroz.
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FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A. Planta de Procesamiento
Secado
Limpieza y Clasificación
• • •
Cuerpos extraños Impurezas Semillas rotas o deficientes
Tostado
Empacado y Almacenado
3.4
SERVICIOS BÁSICOS
Agua, alcantarillado y servicio de recolección de basura La infraestructura que posee CASALUKER DEL ECUADOR S.A., es la más común del sector, pues por encontrarse en una zona comercial posee alcantarillado y agua potable, y el servicio de recolección de basura es realizado a un botadero a cielo abierto.
3.5
DESECHOS GENERADOS
3.5.1 Desechos líquidos Entre los desechos líquidos que son considerados en esta sección están: las aguas residuales. 3.5.2 Aguas residuales domesticas Los efluentes líquidos que se generan en CASALUKER DEL ECUADOR S.A., son origen de todos los aparatos sanitarios, estos se conectan a un sistema de alcantarillado.
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FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A. El agua lluvia es llevada por canales que desembocan a la tierra o canales que fueron construidos.
3.5.3 Aguas residuales industriales Dentro de las operaciones productivas de CASALUKER DEL ECUADOR S.A., se ha determinado que no se generan efluentes residuales industriales en las operaciones de producción y no hay limpieza de la planta con agua pues en esta se barren todos los desperdicios para evitar mojar el piso de la Planta Procesadora de Granos. 3.5.4 Desechos sólidos no peligrosos Los desechos sólidos no peligrosos que se generan se dan en: Área administrativa.- Estos son papeles, plásticos y cartón, los cuales son dispuestos en tachos de almacenamiento temporal para luego ser enviados al botadero que autorizó el Municipio. o
Área de producción.- Los desechos sólidos generados en esta sección son aprovechados en otros negocios y vendidos, mismos que se detallan a continuación: o
En la planta no se generan grandes cantidades de desechos solidos, hay mínimas proporciones que estas a su vez son gestionadas por el recolector de desechos autorizados del sector
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FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
CAPITULO 4: ÁREA DE INFLUENCIA El área de influencia está considerada como el espacio donde se presentan los posibles impactos ambientales y sociales derivados de la implementación de un proyecto o actividad en funcionamiento. Aspectos bióticos: se considera a la flora y fauna que se encuentra, toda el área de influencia prácticamente se encuentra intervenida considerando que el crecimiento de la ciudad y expansión urbanas.
Aspectos físicos:
Aspectos socio-económicos: Dentro del área de influencia directa del proyecto se encuentran viviendas, centros educativos, centros infantiles, e infraestructura de servicios (Sub centro de Salud Durán).
Para determinar el área de influencia de CASALUKER DEL ECUADOR S.A., se analizaron los criterios que tienen relación con:
Tipo de proceso productivo; Niveles de producción; Tipo de instalaciones; Ubicación geográfica de las instalaciones; Población aledaña; Impactos ambientales generados; Microambiente laboral;
4.1 Área de influencia directa El cacao es la materia prima de este proceso y su estado natural seco genera material particulado al momento de su manipulación y transporte dentro y fuera de CASALUKER DEL ECUADOR S.A., por lo que se considera como área de influencia directa la parte interna de las instalaciones, así como 500 metros alrededor de esta, ya que por estar ubicada cerca de la carretera factores como el viento y las turbulencias producidas por el movimiento de los vehículos que transitan por el sector dispersan el material particulado a lo largo de esta franja. El ruido producido por la maquinaria empleada en el proceso productivo, es otro factor que se incluye para determinar el área de influencia directa, pues en las inspecciones realizadas se comprobó que los niveles de presión sonora lindan en el perímetro de la Planta Procesadora y no logran sobresalir a sus alrededores . En la determinación del área de afectación directa se estimó las posibilidades de afectación por contingencias operacionales como incendios, posibles accidentes en el interior de las instalaciones, etc. 4.2 Área de influencia indirecta Estará determinada por los cambios o efectos que la Planta Procesadora generará sobre los componentes naturales y sociales del entorno debido a los impactos ambientales determinados. Desde el punto de vista físico, el alcance de esta fase considerará hasta 2000 metros alrededor del predio por considerar que en esta área los impactos se presentan de una manera atenuada sin afectar severamente a los elementos del entorno físico, biótico y socioeconómico establecidos. Al momento de la visita no se presenció mamíferos e insectos en las instalaciones , sin embargo en insectos se pudo constatar la presencia de mosquitos.
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CAPITULO 5: LÍNEA BASE AMBIENTAL La Línea Base Ambiental consistirá en una descripción y caracterización de los componentes físicos, bióticos y socio-económicos del área de estudio.
5.1
COMPONENTE FÍSICO
5.1.1 METODOLOGÍA PARA LA DESCRIPCIÓN DEL COMPONENTE FÍSICO Para la descripción del componente físico se utilizará información verificable como son las visitas de campo, datos de estaciones meteorológicas y fuentes bibliográficas. Con dicha información se podrá ampliar el contenido de este elemento. 5.1.2 CLIMATOLOGÍA Y PRECIPITACIÓN Durán tiene una temperatura promedio de 25º C y su precipitación anual oscila entre 500 a 1000 mm.
5.1.3 HIDROGRAFÍA La red fluvial de esta provincia es extensa; Guayas nacen en la cordillera occidental de los Andes, el cantón de Duran cuenta con dos ríos a su alrededor el Daule y Babahoyo que se unen para formar el rio Guayas. 5.1.4 GEOLOGÍA El análisis geológico tiene como objetivo proveer una descripción detallada de la geología que aflora en el área de estudio. Como la geología de la zona no se verá afectada por el proyecto, la información recopilada se utilizó como base para el análisis de algunos de los aspectos físicos tales como: geomorfología, suelos, e hidrogeología. 5.1.5 GEOMORFOLOGÍA Y SUELOS La zona donde se asienta el sector es en general plana, con excepción del suelo las cabras que suele experimentar deslaves, lo que pone en peligros a sus habitantes. El perímetro urbano fue originalmente irregular con varios cerros, riachuelos y lagunas que aún se presentan como restos de una ecología en disolución. Existen aproximadamente dos cantera de piedra calisa para la construcción en la zona sur y noreste del centro de la ciudad que fueron cerros de una cadena montañosa que se conectaba hasta las orillas del rio Daule donde se une con el Babahoyo.
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51
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5.2
COMPONENTE BIÓTICO
5.2.1 Fauna terrestre El diagnóstico de la fauna terrestre en el área de influencia directa de CASALUKER DEL ECUADOR S.A., fue realizado en Marzo 2012 para lo cual se utilizó la Metodología de Evaluación Ecológica Rápida. Se establecieron estaciones de muestreo, tanto para aves como para reptiles, anfibios, mamíferos e insectos. Lista total de las especies presentes en las inmediaciones de la Planta Procesadora Especie
Clasificación taxonómica
Ardeidae Burorides striatus
Garcilla estriada
Cathartidae Coragyps atratus
Gallinazo negro
Columba livia
Palomas
Avecrem
Gallinas
Canis lupus familiaris
Perros
Bos Taurus
Vacas
Anas platyrhynchos
Patos
Felis catus
Gatos
Stenocercus iridescens
Lagartija
Gomphus vulgatissimus
Libélula
Danaus plexippus Linneo
Mariposa
Musca domestica
Mosca común
(>): Introducido (<): Residentes (*): Migratoria boreal (**): Migratoria austral (***): EX: Extinto CR: Peligro crítico EN: En peligro VU: Vulnerable LC: Preocupación menor Elaborado por : El consultor Ambiental
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5.2.2 Flora Las especies vegetales que se encuentran en la zona del estudio pertenecen al clima Tropical. Las especies más encontradas se las detalla a continuación:
Banano: Musa acuminata
Plátano: Musa paradisiaca
Al estar en una zona rural, su flora existente es muy variada entre la que logramos apreciar especies domésticas tales como: ESPECIE Arroz Banano Plátano
CLASIFICACIÓN TAXONÓMICA Oryza sativa Musa sapientum Musa paradisiaca
Elaboración: Consultor Ambiental
5.3
COMPONENTE SOCIO ECONÓMICO Y CULTURAL
5.3.1 Aspectos demográficos Durán es el centro comercial de la Provincia, y aporta divisas de la exportación de sus productos agrícolas como: banana, café, cacao, palo de balsa, caucho, palma africana, frutales, soya, maíz, entre otros. El Cantón Durán está integrado por nueve parroquias urbanas: San José, San Camilo, San Cristóbal, Venus del Río Durán, Nicolás Infante Díaz, Guayacán, Siete de Octubre, 24 de Mayo y Viva Alfaro; y dos rurales: San Carlos y La Esperanza.
Población del Cantón Durán
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FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
Cuadro de población por áreas (Censos 2010) Fuente: INEC
5.3.2 Tasa de crecimiento La población del Cantón DURÁN, según el Censo del 2010, el 230839 corresponde a la población urbana y el 4930 corresponde a la población rural y el 235769 corresponde a el 235769; se caracteriza por ser una población joven, ya que el 43 % de la población son menores de 20 años, según se puede observar en la Pirámide de Población por edades y sexo.
5.3.3 Composición por Sexo y Edad Del total de la población, el 51% 119368 está representada por mujeres y el 49% 116401 son hombres.
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Composición por edad de la población Fuente: INEC CENSO 2010
5.3.4 Condiciones Económicas La población económicamente activa es de 65.619 habitantes lo que representa un 70% del total de la población del cantón, el área urbana representa el 64.098% y área rural 1.521%
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FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
Fuente: INEC 2010
De la población económicamente activa podemos observar en el cuadro, que el 88809 está compuesto por hombres, mientras que las mujeres representan el 9994
5.3.5 Educación 5.3.5.1 Instituciones Educativas En lo referente a educación, el área de intervención del proyecto cuenta con centros educativos fiscales y particulares de nivel pre primario, primario, secundario y Universitario. Según los datos del INEN, el 9769 de la población total son analfabetas. El resto de la población tiene un nivel de educación que va de entre Centro de Alfabetización a Posgrado.
Fuente: INEC 2010
5.3.5.2 Analfabetismo y Niveles de Instrucción La incidencia de analfabetismo en la población ES de 9769 (INEC, 2010). Tal comportamiento del analfabetismo por sexo reproduce el fenómeno nacional que se relaciona con las condiciones determinantes de la asignación de roles sobre el acceso a la educación. Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
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FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
5.3.6 Vivienda y servicios básicos Las viviendas del cantón están oscilando en 70898, teniendo en consideración las áreas: urbana y rural. Los tipos de viviendas que fueron examinadas son: casa o villa 54578, departamento 3895, cuartos en inquilinos 2447, ranchos 5797, covacha 1083, choza 118 y otras 538.
Fuente: INEC 2010
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FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
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FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
Fuente: INEC 2010
El cantón dispone abastecimiento de agua es en un mayor porcentaje con red pública, representado con 39374 y con 1554 de pozo. En lo que respecta a eliminación de aguas servidas en un 26884 son descargadas en pozo séptico y otro 4749 en pozo ciego. Y un 55567 red pública dispone de servicio eléctrico.
5.4
CARACTERIZACIÓN DE RIESGOS INHERENTES.
Entre los riesgos que se pueden generan por esta actividad y su componente a ser afectado podemos mencionar:
5.3.1 Riesgos Físicos Ruido.- uno de los riesgos que se evidencia en el desarrollo de las actividades realizadas por la CASALUKER DEL ECUADOR S.A., siendo el personal de producción quién tiene relación directa a la incidencia de ruido producido por las maquinarias utilizadas en el proceso de pilado de cacao; destacando que el componente a ser afectado es el humano, exclusivamente el que participa activamente en este proceso. o
Mecánico.- en las inspecciones realizadas se evidenciaron riesgos físicos que pueden afectar al componente humano, específicamente aquel que se involucra en el proceso de pilado, debido a que la maquinaria y equipos no cuenta con un sistema de seguridad integral (resguardo de equipos con partes móviles). o
5.3.2 Riesgos Químicos. Polvos.- En las etapas de clasificación, descascarado y almacenamiento en tolvas de tamo existe generación de material particulado lo que podría causar en lo posterior problemas respiratorios al factor humano (personal implicado directamente en estas etapas), por lo que se recomienda utilizar los equipos de protección necesarios para mitigar este riesgo o
5.3.3 Riesgos Ergonómicos Se visualizan riesgos de tipo ergonómicos porque las actividades productivas están muy ligadas a acciones de fuerza, y el personal que realiza los movimientos o traslados de sacos con cacao, etc. podría ser el afectado. o
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5.5 CONTAMINANTES ATMOSFÉRICOS 5.5.1 Generación de Ruido En las inspecciones realizadas en el interior de las instalaciones se determinó que hay niveles de ruido producido por la maquinaria empleada y que tienen riesgos con niveles de acción y control, no siendo críticos y muy normales por la naturaleza del mismo proceso. El personal de producción tiene relación directa en la incidencia del ruido generado, pero es mitigado por el empleo de protectores auditivos.
5.5.2 Material Particulado Existe generación de material particulado en las etapas de clasificación, descascarado, almacenamiento en tolvas, que pudo ser visualizado en las inspecciones realizadas, sin llegar a determinarse los verdaderos niveles producidos por estas actividades a través de un monitoreo de PM10. La mitigación parcial que se lleva a cabo dentro de las instalaciones se la realiza a través del uso de los EPP empleados por los trabajadores y de un sistema de riego.
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CAPITULO 6: REVISIÓN DE LA NORMATIVA AMBIENTAL En este capítulo se realizará una evaluación del cumplimiento de las actividades realizadas mediante la definición de conformidades, no conformidades mayores y menores respecto a la legislación aplicable (Normas Ambientales - TULSMA, entre otras), usando la Matriz Lógica de Obligaciones Ambientales y Plan de Acción. De las no conformidades encontradas, se procederá a proponer actividades inmediatas que estarán indicadas en un plan de acción, con plazos de cumplimiento de las mismas, o en el mismo Plan de Manejo Ambiental de la Ficha.
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FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
6.1
REVISIÓN DE NORMATIVA AMBIENTAL CUADRO DE LAS CONFORMIDADES Y NO CONFORMIDADES Normativa Ambiental
M E T Í
ACTIVIDAD 1
1.1
REFERENCIA
Nivel de Cumplimiento de la normativa ambiental en (%) l a t o T
l a i c r a P
Medios de verificación tangibles
o r e C
Observaciones
NC
C
REGLAMENTO A LA LEY DE GESTIÓN AMBIENTAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL PRIMERA.- Las actividades o proyectos que se encuentren en funcionamiento y que no cuenten con un estudio de impacto ambiental aprobado deberán presentar una auditoría ambiental inicial de cumplimiento con las regulaciones ambientales vigentes ante la entidad ambiental de control. La auditoría ambiental
TULAS, TULSMA Libro VI Título IV. Primera disposición transitoria
Informe de Ficha Ambiental
X
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A fin de obtener la Ficha Ambiental Cumpliendo los procedimientos preestablecidos, la CASALUKER S.A., procedió a la elaboración de la presente Ficha Ambiental.
X
62
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
1.2
1.3
inicial debe incluir un plan de manejo ambiental. La Ficha Ambiental cubre la ausencia de un EIA para actividades que no generan mayor impacto ambiental. La empresa ha verificado el cumplimiento de las normas ambientales de emisión y descarga mediante el monitoreo ambiental La información derivada del monitoreo ambiental ha sido reportada a la GPG.
2.0
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TULSMA, Libro VI, Título IV Art. 122
TULAS, Libro VI, Título IV Art. 123
X
Informes de Monitoreo
La empresa deberá implementar el monitoreo ambiental para verificar el cumplimiento de las normas de emisión.
X
Oficio de entrega a la GPG de informes de Monitoreos
Reportar a la GPG la información derivada del monitoreo ambiental.
NORMA DE CALIDAD AMBIENTAL DEL RECURSO SUELO Y CRITERIOS DE REMEDIACIÓN PARA SUELOS CONTAMINADOS
63
X
X
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
1.2
1.3
inicial debe incluir un plan de manejo ambiental. La Ficha Ambiental cubre la ausencia de un EIA para actividades que no generan mayor impacto ambiental. La empresa ha verificado el cumplimiento de las normas ambientales de emisión y descarga mediante el monitoreo ambiental La información derivada del monitoreo ambiental ha sido reportada a la GPG.
2.0
TULSMA, Libro VI, Título IV Art. 122
TULAS, Libro VI, Título IV Art. 123
X
Informes de Monitoreo
La empresa deberá implementar el monitoreo ambiental para verificar el cumplimiento de las normas de emisión.
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Oficio de entrega a la GPG de informes de Monitoreos
Reportar a la GPG la información derivada del monitoreo ambiental.
X
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NORMA DE CALIDAD AMBIENTAL DEL RECURSO SUELO Y CRITERIOS DE REMEDIACIÓN PARA SUELOS CONTAMINADOS
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63
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
2.1
2.2
2.3
Se ha implementado una política de reciclaje o reuso de los desechos sólidos no peligrosos generados. Si el reciclaje o reuso no es viable, los desechos son dispuestos de manera ambientalmente aceptable. La empresa lleva un registro de los desechos generados, indicando volumen y sitio de disposición de los mismos. Por ningún motivo se permite la disposición de desechos en áreas no aprobadas para el efecto por parte de la entidad ambiental de control. No se realiza descargas, infiltraciones o inyección en el suelo o en el subsuelo de efluentes tratados o no, que alteren la
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TULSMA, Libro VI Anexo 2 Art. 4.1.1.3 literal a
X
TULSMA, Libro VI Anexo 2 Art. 4.1.1.3 literal b
TULSMA, Libro VI Anexo 2, Art. 4.1.1.6
X
X
64
Registro de entrega del cacao, Facturas de venta del subproducto
Los desechos generados por la Planta Procesadora son: cascarilla e impureza.
Registros de generación de disposición final de los desechos generados
No existe un registro de entradas ni salidas de desechos generados. Los desechos que se generan en el área administrativa son dispuestos en tachos de almacenamiento temporal para luego ser enviados al botadero Municipal de Durán.
-
No se realizan descargas e infiltraciones.
X
X
X
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
2.1
2.2
2.3
Se ha implementado una política de reciclaje o reuso de los desechos sólidos no peligrosos generados. Si el reciclaje o reuso no es viable, los desechos son dispuestos de manera ambientalmente aceptable. La empresa lleva un registro de los desechos generados, indicando volumen y sitio de disposición de los mismos. Por ningún motivo se permite la disposición de desechos en áreas no aprobadas para el efecto por parte de la entidad ambiental de control. No se realiza descargas, infiltraciones o inyección en el suelo o en el subsuelo de efluentes tratados o no, que alteren la
TULSMA, Libro VI Anexo 2 Art. 4.1.1.3 literal a
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TULSMA, Libro VI Anexo 2 Art. 4.1.1.3 literal b
TULSMA, Libro VI Anexo 2, Art. 4.1.1.6
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Registro de entrega del cacao, Facturas de venta del subproducto
Los desechos generados por la Planta Procesadora son: cascarilla e impureza.
Registros de generación de disposición final de los desechos generados
No existe un registro de entradas ni salidas de desechos generados. Los desechos que se generan en el área administrativa son dispuestos en tachos de almacenamiento temporal para luego ser enviados al botadero Municipal de Durán.
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No se realizan descargas e infiltraciones.
X
X
X
64
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A. calidad del recurso.
2.4
2.5
En caso de que por acción u omisión se contamine al recurso suelo, a causa de derrames, vertidos, fugas, almacenamiento o abandono de productos o desechos peligrosos, se procede a la remediación de la zona afectada, considerando para el efecto los criterios de remediación de suelos contaminados que se encuentran en la presente En casos de contaminación del suelo la empresa ha realizado la caracterización del área de influencia directa y determinado el origen de la contaminación, y tomado las medidas de remediación.
Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
TULSMA, Libro VI Anexo 2 Art. 4.1.3.1
X
TULSMA, Libro VI Anexo 2 Art. 4.1.3.6
X
-
-
65
CASALUKER DEL ECUADOR S.A., no contamina el recurso suelo, debido a que no produce ningún tipo de derrame, vertido, fuga o almacenamiento de productos peligrosos o desechos peligrosos.
X
No se evidencio contaminación en el área.
X
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A. calidad del recurso.
2.4
2.5
En caso de que por acción u omisión se contamine al recurso suelo, a causa de derrames, vertidos, fugas, almacenamiento o abandono de productos o desechos peligrosos, se procede a la remediación de la zona afectada, considerando para el efecto los criterios de remediación de suelos contaminados que se encuentran en la presente En casos de contaminación del suelo la empresa ha realizado la caracterización del área de influencia directa y determinado el origen de la contaminación, y tomado las medidas de remediación.
TULSMA, Libro VI Anexo 2 Art. 4.1.3.1
X
TULSMA, Libro VI Anexo 2 Art. 4.1.3.6
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-
CASALUKER DEL ECUADOR S.A., no contamina el recurso suelo, debido a que no produce ningún tipo de derrame, vertido, fuga o almacenamiento de productos peligrosos o desechos peligrosos.
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No se evidencio contaminación en el área.
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Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
65
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
3.0
NORMA DE CALIDAD AMBIENTAL PARA EL MANEJO Y DISPOSICIÓN FINAL DE DESECHOS SÓLIDOS NO PELIGROSOS.
3.1
No se realiza la quema de desechos sólidos en los contenedores de almacenamiento y a cielo abierto.
3.2
La entrega de desechos sólidos no peligrosos se la realiza en recipientes adecuados.
TULAS, Libro VI, Anexo 6, 4.2.9
X
-
3.3
Los desechos sólidos son entregados a la entidad autorizada de aseo público.
TULAS, Libro VI, Anexo 6, 4.2.12
X
-
4.0
4.1
TULAS, Libro VI, Anexo 6, 4.2.5 y 4.2.6
X
-
No se realizan quemas de desechos sólidos en la Planta. Se realiza la entrega de desechos sólidos no peligrosos en recipientes adecuados al recolector de basura del municipio de Durán para su disposición final. Se realiza la entrega de desechos sólidos al recolector de basura del municipio de Durán para su disposición final.
X
X
X
REGLAMENTO PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN POR DESECHOS PELIGROSOS ¿Almacena los desechos en condiciones ambientalmente seguras, evitando su
Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
TULAS, Libro VI, Título V, Art. 160, 2
ANEXO FOTOGRÁFICO Nº 1
X
66
No se dispone de un área para el almacenamiento de desechos peligrosos que cuente con las
X
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
3.0
NORMA DE CALIDAD AMBIENTAL PARA EL MANEJO Y DISPOSICIÓN FINAL DE DESECHOS SÓLIDOS NO PELIGROSOS.
3.1
No se realiza la quema de desechos sólidos en los contenedores de almacenamiento y a cielo abierto.
3.2
La entrega de desechos sólidos no peligrosos se la realiza en recipientes adecuados.
TULAS, Libro VI, Anexo 6, 4.2.9
X
-
3.3
Los desechos sólidos son entregados a la entidad autorizada de aseo público.
TULAS, Libro VI, Anexo 6, 4.2.12
X
-
4.0
4.1
TULAS, Libro VI, Anexo 6, 4.2.5 y 4.2.6
X
-
No se realizan quemas de desechos sólidos en la Planta.
X
Se realiza la entrega de desechos sólidos no peligrosos en recipientes adecuados al recolector de basura del municipio de Durán para su disposición final. Se realiza la entrega de desechos sólidos al recolector de basura del municipio de Durán para su disposición final.
X
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REGLAMENTO PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN POR DESECHOS PELIGROSOS ¿Almacena los desechos en condiciones ambientalmente seguras, evitando su
TULAS, Libro VI, Título V, Art. 160, 2
ANEXO FOTOGRÁFICO Nº 1
X
Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
No se dispone de un área para el almacenamiento de desechos peligrosos que cuente con las
X
66
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
4.2
4.3
4.4
contacto con el agua y la mezcla entre aquellos que sean incompatibles? ¿Dispone de instalaciones adecuadas para realizar el almacenamiento temporal de los desechos, con accesibilidad a los vehículos recolectores? Los desechos peligrosos incompatibles no deberán ser almacenados en forma conjunta en un mismo recipiente ni en una misma área. Mantiene un registro de los movimientos de entrada y salida de desechos peligrosos al área de almacenamiento temporal, en donde consta la fecha de los movimientos, su origen, cantidad y destino.
Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
especificaciones técnicas requeridas.
TULAS, Libro VI, Título V, Art. 160, 3
X
TULAS, Libro VI, Título V, Art. 165
X
TULAS, Libro VI, Título V, Art. 166
No se dispone de un área para el almacenamiento de desechos, pero se consta con tachos de basura.
X
ANEXO FOTOGRÁFICO Nº 1
No dispone de desechos peligrosos en la piladora.
X
documento de entrega de envases vacíos de productos químicos peligrosos a proveedores Custodia de objetos de valor
No se mantienen registros de movimiento de desechos peligrosos para el almacenamiento temporal de estos.
ANEXO FOTOGRÁFICO Nº 1
X
67
X
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
4.2
4.3
4.4
contacto con el agua y la mezcla entre aquellos que sean incompatibles? ¿Dispone de instalaciones adecuadas para realizar el almacenamiento temporal de los desechos, con accesibilidad a los vehículos recolectores? Los desechos peligrosos incompatibles no deberán ser almacenados en forma conjunta en un mismo recipiente ni en una misma área. Mantiene un registro de los movimientos de entrada y salida de desechos peligrosos al área de almacenamiento temporal, en donde consta la fecha de los movimientos, su origen, cantidad y destino.
especificaciones técnicas requeridas.
TULAS, Libro VI, Título V, Art. 160, 3
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TULAS, Libro VI, Título V, Art. 165
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TULAS, Libro VI, Título V, Art. 166
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ANEXO FOTOGRÁFICO Nº 1
No dispone de desechos peligrosos en la piladora.
X
documento de entrega de envases vacíos de productos químicos peligrosos a proveedores Custodia de objetos de valor
No se mantienen registros de movimiento de desechos peligrosos para el almacenamiento temporal de estos.
ANEXO FOTOGRÁFICO Nº 1
X
Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
No se dispone de un área para el almacenamiento de desechos, pero se consta con tachos de basura.
X
67
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
4.5
El transporte de desechos peligrosos se realiza acompañado de un manifiesto de identificación entregado por el generador, condición indispensable para que el transportista pueda recibir y transportar dichos desechos.
TULAS, Libro VI, Título V Art. 170
5.0
X
Manifiesto de desechos peligrosos.
No se mantienen registros de movimiento de desechos peligrosos para el transporte y disposición final del mismo.
X
REGLAMENTO DE SEGURIDAD E HIGIENE DEL TRABAJO DEL IESS
5.1
En el lugar de trabajo, provee en forma suficiente, de agua fresca y potable para consumo de los trabajadores.
5.2
Los servicios higiénicos en los centros de trabajo, han sido instalados independientemente, considerando, el sexo de los trabajadores.
Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
X
Art. 1
Art.2
FOTOGRAFÍA #2
X
FOTOGRAFÍA #3
68
Se cuenta en el área de oficinas administrativas pero en la zona de los trabajadores no se evidencio botellones de agua potable. Se mantiene servicios higiénicos independientes tanto para hombres y mujeres.
X
X
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
4.5
El transporte de desechos peligrosos se realiza acompañado de un manifiesto de identificación entregado por el generador, condición indispensable para que el transportista pueda recibir y transportar dichos desechos.
TULAS, Libro VI, Título V Art. 170
5.0
X
Manifiesto de desechos peligrosos.
No se mantienen registros de movimiento de desechos peligrosos para el transporte y disposición final del mismo.
X
REGLAMENTO DE SEGURIDAD E HIGIENE DEL TRABAJO DEL IESS
5.1
En el lugar de trabajo, provee en forma suficiente, de agua fresca y potable para consumo de los trabajadores.
5.2
Los servicios higiénicos en los centros de trabajo, han sido instalados independientemente, considerando, el sexo de los trabajadores.
X
Art. 1
Art.2
FOTOGRAFÍA #2
X
Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
FOTOGRAFÍA #3
Se cuenta en el área de oficinas administrativas pero en la zona de los trabajadores no se evidencio botellones de agua potable. Se mantiene servicios higiénicos independientes tanto para hombres y mujeres.
X
X
68
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
5.3
5.4
5.5
Los residuos sólidos son eliminados frecuentemente si así fuere necesario, o después de las horas de labor, utilizando en todo caso procedimientos que impidan su dispersión en el ambiente de trabajo. El lugar de trabajo, está dotado de suficiente iluminación natural o artificial, para que el trabajador pueda efectuar sus labores con seguridad y sin daño para sus ojos. La iluminación general artificial debe ser uniforme y distribuida de tal manera que se eviten sombras intensas, contrastes violentos y deslumbramientos.
Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
Art. 4
X
X
-
Se eliminan frecuentemente por un camión que traslado los desechos sólidos al botadero municipal.
X
FOTOGRAFIA #4
La iluminación en el área de pilado cumple con las especificaciones generales de iluminación del puesto de trabajo.
X
Art. 6
Art. 8
X
FOTOGRAFIA #4
69
La iluminación general, tanto como natural y artificial es uniforme.
X
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
5.3
5.4
5.5
Los residuos sólidos son eliminados frecuentemente si así fuere necesario, o después de las horas de labor, utilizando en todo caso procedimientos que impidan su dispersión en el ambiente de trabajo. El lugar de trabajo, está dotado de suficiente iluminación natural o artificial, para que el trabajador pueda efectuar sus labores con seguridad y sin daño para sus ojos. La iluminación general artificial debe ser uniforme y distribuida de tal manera que se eviten sombras intensas, contrastes violentos y deslumbramientos.
Art. 4
X
X
-
Se eliminan frecuentemente por un camión que traslado los desechos sólidos al botadero municipal.
X
FOTOGRAFIA #4
La iluminación en el área de pilado cumple con las especificaciones generales de iluminación del puesto de trabajo.
X
Art. 6
Art. 8
X
FOTOGRAFIA #4
Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
La iluminación general, tanto como natural y artificial es uniforme.
X
69
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
5.6
5.7
5.8
5.9
Las paredes de los sitios de trabajo están pintados con colores claros, que contribuyan a reflejar la luz natural o artificial, con el objeto de mejorar el sistema de iluminación, evitando al mismo tiempo los Deslumbramientos.
Los operadores utilizan protectores auditivos en áreas en las que supera los 85 dB A.
Toda maquinaria, equipo o instalación que debido a sus movimientos ofrezca riesgo de accidente a los trabajadores, deberá estar debidamente resguardada. Todo establecimiento de trabajo, deberá mantener los equipos
Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
X
FOTOGRAFIA #4
Art. 9
X
Art. 40
Art. 51
Art. 83
Registro de entrega de EEP.
X
-
X
FOTOGRAFIA #5
70
Las paredes de la Planta procesadora están pintadas.
Los operados no utilizan protector auditivos. Se deberá implementar el uso de estos, en los lugares donde el ruido supere los 85 dB A.
Todos los equipos se encuentran debidamente resguardados.
Cuenta con extintores de incendios en las
X
X
X
X
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
5.6
5.7
5.8
5.9
Las paredes de los sitios de trabajo están pintados con colores claros, que contribuyan a reflejar la luz natural o artificial, con el objeto de mejorar el sistema de iluminación, evitando al mismo tiempo los Deslumbramientos.
Los operadores utilizan protectores auditivos en áreas en las que supera los 85 dB A.
Toda maquinaria, equipo o instalación que debido a sus movimientos ofrezca riesgo de accidente a los trabajadores, deberá estar debidamente resguardada. Todo establecimiento de trabajo, deberá mantener los equipos
X
FOTOGRAFIA #4
Art. 9
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Art. 40
Art. 51
Art. 83
Registro de entrega de EEP.
X
-
X
FOTOGRAFIA #5
Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
Las paredes de la Planta procesadora están pintadas.
Los operados no utilizan protector auditivos. Se deberá implementar el uso de estos, en los lugares donde el ruido supere los 85 dB A.
Todos los equipos se encuentran debidamente resguardados.
Cuenta con extintores de incendios en las
X
X
X
X
70
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A. de extinción de incendios más adecuados para el tipo de riesgos que pueden producirse ciñéndose a las normas legales y reglamentarias pertinentes.
5.10
Los equipos o aparatos de incendios, estarán debidamente ubicados, con fácil acceso de identificación y en condiciones de funcionamiento inmediato.
5.11
Los equipos de extinción de incendios deberán tener un mantenimiento periódico y someterlos a comprobaciones frecuentes de funcionamiento, por lo menos cada seis meses, de lo cual se dejará constancia en una etiqueta especial
Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
áreas de proceso de pilado del arroz y en el área administrativa, pero no cuentan con una señalética adecuada.
Art. 85
X
X Art. 86
71
FOTOGRAFIA #5
Cuenta con extintores de incendios en las áreas de proceso del arroz, del cacao y en el área administrativa, pero no cuentan con una señalética adecuada.
X
FOTOGRAFIA #5
Los extintores que se encuentran distribuidos en el área de producción y administrativa, se realizan mantenimiento cada 6 meses.
X
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A. de extinción de incendios más adecuados para el tipo de riesgos que pueden producirse ciñéndose a las normas legales y reglamentarias pertinentes.
5.10
Los equipos o aparatos de incendios, estarán debidamente ubicados, con fácil acceso de identificación y en condiciones de funcionamiento inmediato.
5.11
Los equipos de extinción de incendios deberán tener un mantenimiento periódico y someterlos a comprobaciones frecuentes de funcionamiento, por lo menos cada seis meses, de lo cual se dejará constancia en una etiqueta especial
áreas de proceso de pilado del arroz y en el área administrativa, pero no cuentan con una señalética adecuada.
Art. 85
X
X
FOTOGRAFIA #5
Cuenta con extintores de incendios en las áreas de proceso del arroz, del cacao y en el área administrativa, pero no cuentan con una señalética adecuada.
X
FOTOGRAFIA #5
Los extintores que se encuentran distribuidos en el área de producción y administrativa, se realizan mantenimiento cada 6 meses.
X
Art. 86
Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
71
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
5.12
colocada en los mismos equipos. En cumplimiento a lo dispuesto por el Código de Trabajo, los patronos suministrarán gratuitamente a sus trabajadores por lo menos cada año ropa de trabajo adecuada para su labor.
Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
X Art. 93
72
Registro de entrega de EEP (uniformes).
La empresa no ha suministrado uniformes a sus trabajadores.
X
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
5.12
colocada en los mismos equipos. En cumplimiento a lo dispuesto por el Código de Trabajo, los patronos suministrarán gratuitamente a sus trabajadores por lo menos cada año ropa de trabajo adecuada para su labor.
Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
X Art. 93
Registro de entrega de EEP (uniformes).
La empresa no ha suministrado uniformes a sus trabajadores.
X
72
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
La matriz antes indicada, evaluará el cumplimiento legal de las instalaciones y operaciones de la Planta Procesadora, en la cual se describirán las medidas ambientales implantadas mediante identificadores verificables (fotografías, resultados de protocolos y resultados de Monitoreos, informes técnicos, registros, entre otros), los cuales serán anexados a la Ficha Ambiental como soporte.
6.2
Criterios Auditables
Entre los criterios de auditoría de la Norma que se aplicarán para la elaboración del Ficha Ambiental, están los siguientes: Ley de Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la Contaminación; Norma de calidad ambiental del recurso suelo y criterios de remediación para suelos contaminados; Norma de calidad ambiental para el manejo y disposición final de desechos sólidos no peligrosos; Cumplimiento del Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y Mejoramiento del Medio Ambiente de Trabajo; A fin de validar la información que la empresa proporcione, se establecerá las siguientes actividades entre el equipo consultor y el personal que labora en las instalaciones de CASALUKER DEL ECUADOR S.A. Entrevistas in situ con el personal técnico-administrativo de la Plan ta Procesadora;
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
La matriz antes indicada, evaluará el cumplimiento legal de las instalaciones y operaciones de la Planta Procesadora, en la cual se describirán las medidas ambientales implantadas mediante identificadores verificables (fotografías, resultados de protocolos y resultados de Monitoreos, informes técnicos, registros, entre otros), los cuales serán anexados a la Ficha Ambiental como soporte.
6.2
Criterios Auditables
Entre los criterios de auditoría de la Norma que se aplicarán para la elaboración del Ficha Ambiental, están los siguientes: Ley de Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la Contaminación; Norma de calidad ambiental del recurso suelo y criterios de remediación para suelos contaminados; Norma de calidad ambiental para el manejo y disposición final de desechos sólidos no peligrosos; Cumplimiento del Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y Mejoramiento del Medio Ambiente de Trabajo; A fin de validar la información que la empresa proporcione, se establecerá las siguientes actividades entre el equipo consultor y el personal que labora en las instalaciones de CASALUKER DEL ECUADOR S.A. Entrevistas in situ con el personal técnico-administrativo de la Plan ta Procesadora; Revisión de documentos: revisión de registros de la generación de desechos peligrosos y no peligrosos, registro de la realización de actividades relacionadas con seguridad industrial y salud ocupacional, revisión de información sobre producción, registros de consumo de materia prima, insumos y productos auxiliares. También se revisarán actas, registros o documentación que avalen el cumplimiento de la Normativa Ambiental vigente.
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FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
Capitulo 7: ACTIVIDADES DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL El Plan de Manejo Ambiental es un instrumento de gestión destinado a proveer de una guía de programas, procedimientos, medidas, prácticas y acciones, orientados a prevenir, eliminar, minimizar o controlar aquellos impactos ambientales y/o sociales negativos determinados como significativos. El PMA que se plantea para CASALUKER DEL ECUADOR S.A., se subdivide en una serie de planes y programas que se detallan a continuación: Plan de Prevención, Mitigación y Control de Impactos Negativos; Plan de Manejo de Desechos Sólidos Peligrosos y No Peligrosos; Programa de Manejo y Almacenamiento de Hidrocarburos; Programa de Manejo y Almacenamiento de Gas Licuado de Petróleo (GLP); Programa de Salud y Seguridad Ocupacional; Programa de Orden y Limpieza Plan de Capacitación y Educación Ambiental; Plan de Contingencia; Plan de Monitoreo y Seguimiento Ambiental.
7.1
PLAN DE PREVENCIÓN, MITIGACIÓN Y CONTROL DE IMPACTOS AMBIENTALES NEGATIVOS.
7.1.1 Introducción A través del presente plan se verifica la necesidad de definir normas que deben respetarse a fin de prevenir, mitigar y controlar los efectos negativos en la ejecución de las actividades de almacenamiento y pilado de arroz. 7.1.2 Objetivos. El objetivo del Plan como su nombre lo indica es prevenir y minimizar la generación de impactos ambientales negativos al entorno que están alterando la calidad de los recursos suelo y aire, a partir de las actividades propias de CASALUKER DEL ECUADOR S.A., tanto administrativas como operativas. 7.1.3 Alcance El plan de prevención, mitigación y control de impactos ambientales negativos está basado en la aplicación de las mejores prácticas administrativas y operativas que deberá seguir CASALUKER DEL ECUADOR S.A., durante la operación, mantenimiento y limpieza de sus instalaciones. Las medidas que contemplará el plan de prevención, mitigación y control de impactos ambientales negativos estarán encaminadas a la prevención y reducción de emisiones de material particulado. 7.1.4 Medidas a Implementarse.
Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
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FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A. La empresa debe implementar un sistema de absorción de polvo (sifón) en el área de pilado para así reducir las emisiones de material particulado, evitando afectar el recurso aire, así como la salud de los trabajadores y de la población más cercana. La empresa debe implementar un sistema para la recolección de residuos líquidos peligrosos y una correcta disposición final de los mismos en la utilización de maquinarias y equipos. La empresa debe implementar la utilización de señalética en todas las áreas que indiquen la ubicación de equipos extintores. La empresa debe implementar un sistema adecuado para la eliminación de pasivos ambientales (chatarra) que se encontró en dichos predios. Es responsabilidad del propietario asegurarse que los desechos sólidos generados en el desarrollo de las actividades productivas por parte de su Planta Procesadora tenga la disposición final en los sitios asignados por la autoridad de control competente. Es responsabilidad del propietario verificar el cumplimiento de las medidas de prevención y mitigación de los impactos ambientales negativos.
7.1.5 Duración del programa. Este programa deberá ejecutarse durante el tiempo que comprende el desarrollo de las actividades productivas por lo tanto será una medida permanente. 7.2
PROGRAMA DE MANEJO DE DESECHOS SÓLIDOS PELIGROSOS Y NO PELIGROSOS
7.2.1 Introducción. El programa describe los procedimientos para el manejo adecuado de desechos sólidos generados en las instalaciones de CASALUKER DEL ECUADOR S.A., además se considerará el tipo de desperdicio, las características del mismo y el tratamiento y disposición temporal/final. 7.2.2 Objetivos. Fomentar correctas prácticas para el manejo, almacenamiento temporal de los desechos sólidos no peligrosos. Minimizar cualquier impacto contraproducente sobre el ambiente, que pueda ser originado por la generación, manipulación y disposición final de los desechos sólidos generados en las instalaciones de CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
7.2.2 Alcance. Este programa contempla los procedimientos que los trabajadores de CASALUKER DEL ECUADOR S.A., deben consideran para el adecuado manejo de los desechos sólidos generados durante el desarrollo de sus actividades. 7.2.3 Medidas a implementarse. Durante el desarrollo de las actividades productivas realizadas por CASALUKER DEL ECUADOR S.A., se generan desechos sólidos, tales como: polvillo, ceniza y tamo. se debe realizar utilizando mascarillas guantes de protección y gafas de seguridad para de esta manera evitar cualquier afectación a la salud del personal que realiza esta tarea. Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
75
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
Colocar los desechos sólidos no peligrosos que se generan en las instalaciones de la empresa en recipientes (tachos) en un área o lugar en el que no obstaculice el desarrollo de las actividades, para en lo posterior enviarlos al botadero Municipal. Los recipientes que se emplearán para la recolección de desechos sólidos no peligrosos estarán previamente identificados con el nombre (vidrios, plásticos, papeles, etc.) del tipo de desecho que será depositado en los mismos. Es responsabilidad del Representante Legal asegurarse que los desechos sólidos generados en el desarrollo de las actividades productivas por parte de su empresa tenga la disposición final en los sitios asignados por la autoridad de control competente. Es responsabilidad del Representante Legal verificar el cumplimi ento de las medidas de prevención y mitigación de los impactos ambientales negativos. Basura doméstica, papeles, plásticos y cartón; estos residuos serán dispuestos en tachos debidamente rotulados
7.2.4 Duración del programa. Este programa deberá ejecutarse durante el tiempo que comprende el desarrollo de las actividades productivas por lo tanto será una medida permanente. 7.3
Programa de salud y seguridad ocupacional
7.3.1 Introducción En este programa se incluirán medidas orientadas a garantizar la salud y seguridad del personal que labora en CASALUKER DEL ECUADOR S.A. promoviendo así que su labor sea más eficiente y segura, previniendo posibles accidentes, dotándolos de equipos de protección personal indispensables y capacitándolos en procedimientos y hábitos de seguridad. 7.3.2 Objetivos. Precautelar la integridad física y mental de personal que labora en CASALUKER DEL ECUADOR S.A. ante cualquier eventualidad que pueda ocurrir durante el desarrollo de las actividades productivas. Prevenir y minimizar los riesgos laborales. Promover la continuidad de las acciones en salud ocupacional establecidas en la Planta Procesadora. 7.3.3 Alcance Este programa contempla las medidas que CASALUKER DEL ECUADOR S.A. debe considerar, para mantener la salud y seguridad de los trabajadores durante el desarrollo de sus actividades que contempla todas las etapas del proceso productivo. 7.3.4 Medidas a implementarse en el Programa de salud y seguridad ocupacional. Proveer a los trabajadores que desarrollan las tareas de almacenamiento, pilado y secado del arroz; manipulación, almacenamiento y disposición final del tamo; y manipulación del polvillo los respectivos Equipos de Protección Personal entre los que constaran: mascarillas, guantes de protección, tapones de oído y gafas de seguridad. Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
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FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A. Inspeccionar el correcto uso de los equipos de protección personal y en caso de no utilizarlos efectuar llamadas de atención y controles necesarios. Capacitar e instruir a los trabajadores en temas de riesgos de trabajos, seguridad laboral y salud ocupacional. Colocar señalización (informativa, de precaución y de advertencia) en áreas estratégicas de la Planta Procesadora previa elaboración de un análisis de riesgo realizada por un especialista en Salud y Seguridad Ocupacional. Realizar simulacros de prevención en caso de que se suscitase algún percance dentro de la Planta Procesadora. Las instalaciones deberán contar e implementar con la suficiente iluminación natural (planchas traslucidas) y artificial (fluorescentes).
Implementos del Programa de salud y seguridad ocupacional. Botiquín de primeros auxilios: Se tendrá un botiquín de emergencia que estará a disposición de los trabajadores durante la jornada laboral, el que deberá estar dotado de todos los insumos necesarios, que permitan realizar procedimientos sencillos de primeros auxilios en caso de accidentes; Se deberá mantener y controlar que el botiquín de emergencias cuente siempre con los insumos descritos a continuación para así responder ante una emergencia. Los elementos del botiquín estarán orientados a las necesidades más corrientes del trabajador. Se sugiere como mínimo considerar lo siguiente: gasa para vendaje, algodón, esparadrapo, jeringuillas, agujas, alcohol, agua oxigenada, jabón quirúrgico, etc. Se presentan algunas recomendaciones que deberán seguir los trabajadores: Antes de iniciar los procedimientos de primeros auxilios busque ayuda, comunicando el tipo de accidente, la localización, el número de personas heridas y de ser posible el tipo de lesión. No se debe movilizar a un herido hasta que su estado haya sido estabilizado o inmovilizado adecuadamente. Al administrar primeros auxilios, las personas que asistan a la victima deben establecer prioridades que permitan un tratamiento correcto y que eviten complicaciones inmediatas o futuras.
Equipos de protección personal (EPP) El equipo de protección personal está diseñado para proteger a los empleados en el lugar de trabajo en caso de tener algún riesgo laboral, como por ejemplo: cortaduras, fracturas, etc. El equipo de protección personal está diseñado para proteger a los empleados en el lugar de trabajo en caso de tener algún riesgo laboral, como por ejemplo: cortaduras, molestias en los ojos, molestias en las vías respiratorias etc. Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
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FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A. La provisión y reposición de los EPP será por parte del propietario de la Planta Procesadora Se presentan algunas recomendaciones acerca del uso de los EPP:
El correcto uso del EPP es fundamental para asegurar un lugar de trabajo seguro y saludable para el
personal. Todo empleado está obligado a utilizar correctamente su EPP, cuando sea requerido para una tarea específica o en un área designada.
Todo trabajador debe ser entrenado en el uso correcto de EPP, propósito, funcionamiento, inspección, mantenimiento y almacenamiento.
El trabajador deberá mantener su EPP en buen estado. Si considera que este está defectuoso deberá solicitar la reposición inmediata del mismo.
Se deberá utilizar equipos de protección auditiva en todas las actividades que generen ruido en un nivel que supere los límites permisibles de exposición (85 dB decibeles).
Se deberá llevar un registro de entrega de EPP cuando se realice la dotación del mismo para los trabajadores.
Recomendaciones para señalización Definiciones y abreviaturas Color de seguridad: Es aquel color definido, cuya finalidad es identificar la presencia de algún tipo de riesgo o peligro, y proporcionar información (alertar, prohibir, aconsejar) sobre una acción a seguir. Véase tabla.
Símbolo: Representación de un concepto definido, mediante una imagen.
Señal de seguridad: Sistema que proporciona información de seguridad o higiene. Consta de una forma geométrica, un color de seguridad, un color contraste y un símbolo. Objetivo de las señales de seguridad:
Las señales de seguridad cumplen con: Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
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FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A. a. Identificar, advertir los riesgos y peligros y generar acciones de prevención. b. Atraer la atención de los colaboradores a quienes está destinado el mensaje. c. Conducir a una sola interpretación. d. Facilitar su identificación. e. Informar la acción específica en cada caso. f. Exigir su cumplimiento
Formas geométricas: Las formas geométricas de las señales de seguridad y su significado se establecen en la siguiente tabla.
Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
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FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
Señales de información.
Señales de precaución
Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
80
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
Señales de precaución
a. Señales de información para equipo contra incendio. Estas señales informan sobre la ubicación de los equipos y estaciones contra incendio y atención en caso de emergencia. Tienen forma rectangular o cuadrada con fondo rojo y figura color blanco, ejemplos ver en la siguiente tabla.
INDICACIÓN
Ubicación de un extintor
CONTENIDO DE IMAGEN DEL SÍMBOLO
EJEMPLO DE UBICACIÓN
Silueta de un extintor
Dirección hacia un extintor
EJEMPLO DE LA SEÑAL
b. Señales de información para primeros auxilios Indican la ubicación de salidas de emergencia y de instalaciones de primeros auxilios. Tiene fondo verde con la figura color blanco, ejemplos ver en la siguiente tabla. INDICACIÓN
Ubicación de una salida de emergencia
CONTENIDO DE IMAGEN DEL SÍMBOLO Silueta humana avanzando hacia una salida de emergencia indicando con una flecha la dirección del sentido.
Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
EJEMPLO
EJEMPLO DE SEÑAL
Puertas de escape.
81
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
Ubicación de una estaciones de primeros auxilios.
7.4
Cruz
Direccionando las estaciones de primeros auxilios
Programa de capacitación y educación ambiental
7.4.1 Introducción El programa de Capacitación y Educación Ambiental permitirá informar y sensibilizar a los trabajadores involucrados en las diferentes actividades desarrolladas en las instalaciones de CASALUKER DEL ECUADOR S.A., además les ayudará a comprender el Plan de Manejo Ambiental. La Planta Procesadora será la responsable de impartir a su personal las medidas ambientales establecidas en el Plan de Manejo Ambiental.
7.4.2 Objetivos: Promover una mayor conciencia ambiental en las personas que laboran en CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
Reflexionar sobre la incidencia de las actividades realizadas por CASALUKER DEL ECUADOR S.A., frente a su responsabilidad socio-ambiental.
7.4.3 Alcance El programa está encaminado a cubrir las necesidades de capacitación al personal en temas ambientales, para lo cual se darán charlas para dar a conocer la información que contiene el Plan de Manejo Ambiental.
7.4.4 Medidas a implementarse. Programar e impartir capacitaciones bimestrales a los involucrados en la ejecución y cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental y de cualquier aspecto relacionado a la aplicación de la Normativa Ambiental y las sanciones de las que podrían ser sujetos. Capacitar a los empleados en el correcto manejo, segregación en la fuente y disposición final de los desechos no peligrosos y peligrosos. Capacitar a los empleados en el manejo adecuado de extintores y cómo controlar incendios en caso de que llegaran a ocurrir. Capacitar al personal en el uso correcto de los EPP (equipos de protección personal). Es responsabilidad del Propietario de la Planta Procesadora capacitar y entrenar a los trabajadores vinculados laboralmente con el desarrollo de las actividades realizadas en CASALUKER DEL ECUADOR S.A., mismas que deben contar con un registro de asistencia.
7.4.5 Duración del programa Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
82
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
Este programa deberá ejecutarse dos veces al año y cada vez que se contrate nuevo personal.
7.5
Programa de contingencia
7.5.1 Introducción. El programa describe los procedimientos para disminuir los impactos generados al ambiente y a la salud de los trabajadores.
7.5.2 Objetivos. Establecer procedimientos de seguridad en caso de sufrir una emergencia en la Planta Procesadora. Ayudar al personal en general de la Planta Procesadora, a responder rápida y eficazmente ante un evento que genere riesgos para la salud humana, instalaciones físicas, equipos y al ambiente.
7.5.3 Alcance. Para la correcta comprensión y ejecución de este Plan de Contingencia se procederá a las constantes charlas informativas, simulacros, entrenamientos programados, charlas de inducción, etc. Con todo el personal que labora en CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
7.5.4 Medidas a implementarse Programar y realizar simulacros anuales en temas como evacuación e incendios, inundaciones, terremotos, derrumbes, derrames de combustible, etc. Colocar extintores en las áreas consideradas como críticas. Realizar revisiones periódicas de los extintores y sus respectivas requeridas.
recargas cuando estas sean
7.5.5 Duración del programa. Este programa deberá ejecutarse una vez al año.
7.6
Programa de monitoreo y seguimiento ambiental
7.6.1 Introducción Este programa describe los tipos de monitoreos que deberán realizarse en la Planta Procesadora para evaluar y cuantificar las emisiones que afecten a los componentes humanos y aire.
7.6.2 Objetivos Determinar los niveles de presión sonora y de material particulado que se generan por las actividades productivas realizadas en las instalaciones de CASALUKER S.A.
7.6.3 Alcance Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
83
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A. El programa de monitoreo cubrirá todos los puntos de generación de presión sonora y material particulado, así como los alrededores de las instalaciones de CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
7.6.3 Medidas a implementarse. Monitoreos de material particulado en el área de recepción, bandas transportadoras y de almacenamiento de polvillo y los predios colindantes de la Planta Procesadora. Monitoreos de niveles de ruido en el área de pilado, secado y los alrededores de la Planta Procesadora. La Planta Procesadora deberá contar con una matriz que establezca el cumplimiento de todas las medias propuestas en el PMA. Véase anexos Se debe contar con los informes respectivos de los monitoreos, mismos que deberán ser realizados por un laboratorio acreditado ante la OAE (Organismo de Acreditación Ecuatoriano) y firmados por un técnico responsable. Los parámetros a ser monitoreados serán: Material Particulado de diámetro aerodinámico menor a 10 (diez) micrones
(PM10);
El tipo de muestreo que se realizará será aire ambiente, con frecuencia anual. La Normativa ambiental que se utilizará para realizar la comparación de los resultados obtenidos durante el muestreo de material particulado será la reforma a la Norma de Calidad del Aire Ambiente o Nivel de Inmisión, constante en el Anexo 4 del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Secundaria de esta Cartera de Estado No. 050. Monitoreo de niveles los niveles de Ruido Laboral la Base Se realizara el Monitoreo de Ruido Laboral anualmente en la instalaciones de la Base Las mediciones se la realizaran por un periodo de 8 horas con un intervalo de cada hora en los lugares previamente seleccionados. Además de las medidas mencionadas se realizará: Comprobar la ejecución de cada una de las medidas propuestas en el Plan de Manejo Ambiental El representante legal deberá comprobar la ejecución de cada una de las medidas de prevención, mitigación y monitoreo ambiental en su momento oportuno, conforme al cronograma de ejecución del Plan de Manejo Ambiental. Además de las medidas mencionadas se realizará: Supervisión del Cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental. El Propietario de la Planta Procesadora deberá comprobar la ejecución de cada una de las medidas de prevención, mitigación y monitoreo ambiental en su momento oportuno, conforme al cronograma de ejecución del Plan de Manejo Ambiental.
Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
84
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A. CASALUKER S.A., deberá llevar los indicadores de cumplimiento y medios de verificación respectivos de forma permanente, los mismos que deberán ser archivados y deberán estar disponibles para su verificación por parte de la Dirección de Ambiente de Guayas. Monitoreo de las Medidas de Seguridad Laboral y Salud Ocupacional. El Propietario de CASALUKER DEL ECUADOR S.A., deberá mantener un control permanente del personal, del uso de los implementos y equipos de seguridad personal, como son: mascarilla, tapones para oídos, gafas y cualquier otro implemento que sea necesario, para el cumplimiento de una función específica que impliquen riesgos adicionales a los normales, cuya inobservancia será castigada drásticamente. Registro y Archivos. El propietario de la Planta Procesadora San Francisco deberá llevar registros actualizados permanentemente de los eventos de capacitación y sus resultados. Toda la información relacionada a la elaboración de los registros y medios de verificación del cumplimiento de cada medida señalada en el presente Plan de Manejo Ambiental deberá ser dirigida y controlada por el propietario.
7.6.4 Duración del programa. Los Monitoreos tanto de presión sonora como de generación de material particulado de deberán realizar una vez al año.
7.7
Programa de Relaciones Comunitarias
7.7.1 Introducción Este programa incluye el diseño preliminar de un Programa de Relaciones Comunitarias, considerando los intereses tanto de CASALUKER DEL ECUADOR S.A., como de la comunidad y/o organizaciones (cooperativas y asentamientos) identificadas dentro del área de influencia directa e indirecta.
7.7.2 Objetivos Lograr el reconocimiento por parte de la comunidad, de tal manera que se perciba a CASALUKER DEL ECUADOR S.A., como una Planta Procesadora socialmente responsable. Difundir y promocionar la importancia que para la comunidad y la región, tienen las actividades desarrolladas en las instalaciones de CASALUKER DEL ECUADOR S.A.,
7.7.3 Alcance. El programa de relaciones comunitarias cubrirá el área de influencia directa e indirecta.
7.7.4 Medidas a implementarse. Realizar charlas de carácter informativo para que la población residente aprenda a convivir con las actividades que se desarrollan en las instalaciones de la Planta Procesadora recogiendo los criterios de la población. Desarrollar un Programa de Compensación que incorpore los intereses de la comunidad afectada siempre que sea técnica y económicamente viable y acorde con la realidad de la Planta Procesadora. Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
85
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
7.7.5 Duración del programa. Este programa deberá realizarse una vez al año.
7.8
Programa general de Abandono
7.8.1Introducción El Programa General de Abandono para CASALUKER DEL ECUADOR S.A., comprende el cese de las operaciones en general. El presente Programa General de Abandono provee los lineamientos básicos a seguirse durante la etapa de finalización de sus actividades operacionales.
7.8.2 Objetivo. Ejecutar un conjunto de actividades tendientes a evaluar si las actividades realizadas por la CASALUKER S.A., provocaron impactos negativos en el entorno (pasivos ambientales) y de ser el caso determinar las medidas de manejo y remediación necesarias para la recuperación de los recursos ambientales afectados.
7.8.3 Alcance. El programa general de abandono cubrirá todas las actividades desarrolladas en las instalaciones de la Planta Procesadora.
7.8.4 Medidas a implementarse. Realizar un estudio preliminar en el sitio para descartar la posibilidad de contaminación de los recursos naturales en el área de influencia. Dar a conocer los resultados del estudio a la Autoridad Ambiental Competente. Efectuar un inventario detallado de materiales, equipos e infraestructura al momento del cierre de las actividades y el abandono de las instalaciones. Establecer un cronograma detallado de las acciones necesarias para la ejecución integral del plan de abandono, entre las cuales se establecen las siguientes: Procedimientos adecuados para el desmontaje de la infraestructura de la Planta Procesadora y retiro de equipos. Desalojo de oficinas. Limpieza completa de las áreas. Recolección, transporte y eliminación adecuada de los desechos generados de acuerdo a su clasificación
Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
86
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
7.9 PLAN DE MANEJO AMBIENTAL PROGRAMA DE PREVENCIÓN, MITIGACIÓN Y CONTROL DE IMPACTOS AMBIENTALES NEGATIVOS. #
POSIBLES IMPACTOS AMBIENTALES NEGATIVOS
MEDIDAS DE IMPLEMENTACIÓN
INDICADORES DE CUMPLIMIENTO
MEDIOS DE VERIFICACIÓN
FRECUENCIA DE EJECUCIÓN
PERSONAL RESPONSABLE
1
Contaminación de la Calidad del aire por generación de material particulado
Implementación de sistemas de absorción de polvo (sifón), en el área de pilado para así reducir las emisiones de material particulado
Ausencia de Material Particulado en el área de pilado.
Informes de monitoreos del material particulado generados en esta área.
Implementación: Inmediata
Representante Legal.
#
POSIBLES IMPACTOS AMBIENTALES NEGATIVOS
MEDIDAS DE IMPLEMENTACIÓN
INDICADORES DE CUMPLIMIENTO
MEDIOS DE VERIFICACIÓN
FRECUENCIA DE EJECUCIÓN
PERSONAL RESPONSABLE
PROGRAMA DE MANEJO DE DESECHOS SÓLIDOS NO PELIGROSOS Afectación a la salud de los trabajadores por la inadecuada manipulación de desechos sólidos no peligrosos.
2
Correcta manipulación de los desechos con sus adecuados EPP para cada trabajador.
Uso de mascarillas, gafas y guantes durante la manipulación y disposición final de los desechos.
– recepción de EPP.
Registro de entrega
Dotación de EPP: Mensualmente.
Registros Fotográficos.
Uso de EPP: Permanente
Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
Administrador
87
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A. Ausencia de Registro de Control de los desechos generados en la Planta Procesadora.
3
#
Implementar y mantener registros de generación y entrega de desechos no peligrosos
POSIBLES IMPACTOS AMBIENTALES NEGATIVOS
Control y registro de los desechos generados.
MEDIDAS DE IMPLEMENTACIÓN
Registros de generación y disposición final de los desechos generados
INDICADORES DE CUMPLIMIENTO
Uso de Registro: Permanente
MEDIOS DE VERIFICACIÓN
Administrador
FRECUENCIA DE EJECUCIÓN
PERSONAL RESPONSABLE
PROGRAMA DE SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL.
4
5
6
Afectaciones a la salud de enfermedades (respiratorias, auditivas) a los trabajadores que laboran en la Planta Procesadora por la ausencia de EPP Accidentes labores por desconocimiento de los riesgos de trabajo que existen en la Planta Procesadora. Accidente laborales por ausencia de señalización
Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
Entregar a los trabajadores de EPP (mascarillas, gafas y guantes) que se encuentran en las áreas de proceso (almacenamiento, apilado, secado).
Uso de los EPP durante el desarrollo de las actividades de la Planta Procesadora
– recepción recepción de EPP.
Dotación de EPP: Mensual
Administrador.
Capacitar e instruir a los trabajadores en temas de riesgos de trabajos, seguridad laboral y salud ocupacional.
Personal esté capacitado en riesgos de trabajo, seguridad laboral y salud ocupacional.
Registro de asistencia a la capacitación. Registro fotográfico
Realización de capacitaciones: Semestrales
Administrador
Colocar señalización (informativa, de precaución y de advertencia) en áreas estratégicas en la Planta
Señales y letreros de seguridad instalados de acuerdo a la Norma NFPA en todas
88
Registro de entrega
Plano de señalización. Señalización
Frecuencia de Ejecución: Inmediata
Administrador
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A. Ausencia de Registro de Control de los desechos generados en la Planta Procesadora.
3
#
Implementar y mantener registros de generación y entrega de desechos no peligrosos
POSIBLES IMPACTOS AMBIENTALES NEGATIVOS
Control y registro de los desechos generados.
MEDIDAS DE IMPLEMENTACIÓN
Registros de generación y disposición final de los desechos generados
INDICADORES DE CUMPLIMIENTO
Uso de Registro: Permanente
MEDIOS DE VERIFICACIÓN
Administrador
FRECUENCIA DE EJECUCIÓN
PERSONAL RESPONSABLE
PROGRAMA DE SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL.
4
5
6
Afectaciones a la salud de enfermedades (respiratorias, auditivas) a los trabajadores que laboran en la Planta Procesadora por la ausencia de EPP Accidentes labores por desconocimiento de los riesgos de trabajo que existen en la Planta Procesadora. Accidente laborales por ausencia de señalización
Entregar a los trabajadores de EPP (mascarillas, gafas y guantes) que se encuentran en las áreas de proceso (almacenamiento, apilado, secado).
Uso de los EPP durante el desarrollo de las actividades de la Planta Procesadora
– recepción recepción de EPP.
Dotación de EPP: Mensual
Administrador.
Capacitar e instruir a los trabajadores en temas de riesgos de trabajos, seguridad laboral y salud ocupacional.
Personal esté capacitado en riesgos de trabajo, seguridad laboral y salud ocupacional.
Registro de asistencia a la capacitación. Registro fotográfico
Realización de capacitaciones: Semestrales
Administrador
Colocar señalización (informativa, de precaución y de advertencia) en áreas estratégicas en la Planta
Señales y letreros de seguridad instalados de acuerdo a la Norma NFPA en todas
Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
Registro de entrega
Plano de señalización.
Frecuencia de Ejecución: Inmediata
Administrador
Señalización
88
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A. Procesadora.
7 Afectación a la salud de los trabajadores por la ausencia de implementos básicos de primeros auxilios.
8
#
POSIBLES IMPACTOS AMBIENTALES NEGATIVOS
las áreas de proceso de la Planta Procesadora. Norma INEN 439
Disponer de un botiquín de emergencia en la Planta Procesadora que se encuentre a disposición de los trabajadores. Este contendrá insumos necesarios que permitan realizar procedimientos sencillos de primeros auxilios en caso de emergencia. Inspeccionar el suministro permanente del botiquín de primeros auxilios con los insumos necesarios para responder ante alguna emergencia.
MEDIDAS DE IMPLEMENTACIÓN
Botiquín de emergencia ubicado en un área estratégica y fácil acceso en la Planta Procesadora. Este deberá contar con: gasas para vendaje, algodón, esparadrapo, jeringuillas, agujas, alcohol, agua oxigenada, jabón quirúrgico, entre otros.
INDICADORES DE CUMPLIMIENTO
instalada. Registro Fotográfico.
Boquín de emergencia habilitado. Registro Fotográfico.
MEDIOS DE VERIFICACIÓN
PROGRAMA DE ORDEN Y LIMPIEZA.
Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
89
Disposición del botiquín: Inmediata Administrador. Dotación de los insumos: bimensual
FRECUENCIA DE EJECUCIÓN
PERSONAL RESPONSABLE
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A. Procesadora.
7 Afectación a la salud de los trabajadores por la ausencia de implementos básicos de primeros auxilios.
8
#
POSIBLES IMPACTOS AMBIENTALES NEGATIVOS
las áreas de proceso de la Planta Procesadora. Norma INEN 439
Disponer de un botiquín de emergencia en la Planta Procesadora que se encuentre a disposición de los trabajadores. Este contendrá insumos necesarios que permitan realizar procedimientos sencillos de primeros auxilios en caso de emergencia. Inspeccionar el suministro permanente del botiquín de primeros auxilios con los insumos necesarios para responder ante alguna emergencia.
MEDIDAS DE IMPLEMENTACIÓN
instalada. Registro Fotográfico.
Botiquín de emergencia ubicado en un área estratégica y fácil acceso en la Planta Procesadora. Este deberá contar con: gasas para vendaje, algodón, esparadrapo, jeringuillas, agujas, alcohol, agua oxigenada, jabón quirúrgico, entre otros.
INDICADORES DE CUMPLIMIENTO
Boquín de emergencia habilitado. Registro Fotográfico.
MEDIOS DE VERIFICACIÓN
Disposición del botiquín: Inmediata Administrador. Dotación de los insumos: bimensual
FRECUENCIA DE EJECUCIÓN
PERSONAL RESPONSABLE
PROGRAMA DE ORDEN Y LIMPIEZA.
Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
89
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
9 Impacto visual negativo y accidentes de trabajo 10
#
POSIBLES IMPACTOS AMBIENTALES NEGATIVOS
Diseñar y ejecutar un Programa de Ordenamiento y Limpieza, que tendrá que incluirse en el programa de seguridad industrial y salud ocupacional. Segregación de los desechos y ordenamientos de los pasivos ambientales que se encuentran dispersos por todas las diferentes áreas de la Planta Procesadora.
MEDIDAS DE IMPLEMENTACIÓN
Áreas ordenadas, seguras y limpias.
Registro fotográfico de cumplimiento de medidas
Máquinas y equipos en buen estado de orden.
Frecuencia de Ejecución: Inmediata
Administrador
Registro de Charlas y capacitaciones
INDICADORES DE CUMPLIMIENTO
MEDIOS DE VERIFICACIÓN
FRECUENCIA DE EJECUCIÓN
PERSONAL RESPONSABLE
PROGRAMA DE CAPACITACIÓN AMBIENTAL.
11
Incumplimiento del Plan de Manejo Ambiental por la ausencia de conocimiento del mismo.
Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
Programar e impartir capacitaciones a los involucrados en los temas medio ambientales (Plan de Manejo Ambiental, Manejo de Desechos, Normativa Ambiental y las sanciones de las que podría ser sujeto la Planta Procesadora por el incumplimiento).
Los trabajadores tienen conocimientos sobre temas ambientales, que sirvan para la implementación del Plan de Manejo Ambiental.
Registro de asistencia a las capacitaciones. Registro fotográfico.
90
Programación: Anual Capacitación: Semestral
Administrador.
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
9 Impacto visual negativo y accidentes de trabajo 10
#
POSIBLES IMPACTOS AMBIENTALES NEGATIVOS
Diseñar y ejecutar un Programa de Ordenamiento y Limpieza, que tendrá que incluirse en el programa de seguridad industrial y salud ocupacional. Segregación de los desechos y ordenamientos de los pasivos ambientales que se encuentran dispersos por todas las diferentes áreas de la Planta Procesadora.
MEDIDAS DE IMPLEMENTACIÓN
Áreas ordenadas, seguras y limpias.
Registro fotográfico de cumplimiento de medidas
Máquinas y equipos en buen estado de orden.
Frecuencia de Ejecución: Inmediata
Administrador
Registro de Charlas y capacitaciones
INDICADORES DE CUMPLIMIENTO
MEDIOS DE VERIFICACIÓN
FRECUENCIA DE EJECUCIÓN
PERSONAL RESPONSABLE
PROGRAMA DE CAPACITACIÓN AMBIENTAL.
11
Incumplimiento del Plan de Manejo Ambiental por la ausencia de conocimiento del mismo.
Programar e impartir capacitaciones a los involucrados en los temas medio ambientales (Plan de Manejo Ambiental, Manejo de Desechos, Normativa Ambiental y las sanciones de las que podría ser sujeto la Planta Procesadora por el incumplimiento).
Los trabajadores tienen conocimientos sobre temas ambientales, que sirvan para la implementación del Plan de Manejo Ambiental.
Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
Registro de asistencia a las capacitaciones. Registro fotográfico.
Programación: Anual Capacitación: Semestral
Administrador.
90
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
12 Ocurrencia de accidentes laborales y eventos de emergencia.
Capacitar al personal en el uso correcto de los EPP (equipos de protección personal).
13
14
#
Capacitar a los empleados en el manejo adecuado de extintores y cómo controlar incendios en caso de que llegaran a ocurrir.
Contaminación del recurso suelo por inadecuado manejo y disposición final de los desechos peligrosos y no peligrosos.
POSIBLES IMPACTOS AMBIENTALES NEGATIVOS
Capacitar a los empleados en el correcto manejo, segregación en la fuente y disposición final de los desechos no peligrosos y peligrosos.
MEDIDAS DE IMPLEMENTACIÓN
Se han realizado informes de simulacros que demuestren la preparación del personal de la Planta Procesadora para enfrentar posibles incendios. Los trabajadores utilizan el uso adecuado del EPP Para el desarrollo de las actividades actividades de la Planta Procesadora
Correcto manejo y disposición final de los desechos
Programa implementado en el área de seguridad y salud ocupacional. Registro de asistencia a capacitación. Registro fotográfico.
Registro de asistencia a capacitaciones.
Capacitación: Una vez al año
Registro fotográfico
Registro de asistencia a capacitaciones.
INDICADORES DE CUMPLIMIENTO
MEDIOS DE VERIFICACIÓN
91
Administrador.
Representante Legal. Administrador.
Capacitación: semestral
Registro fotográfico
PROGRAMA DE CONTINGENCIA.
Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
Capacitación: Semestrales
Representante Legal. Administrador.
FRECUENCIA DE EJECUCIÓN
PERSONAL RESPONSABLE
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
12 Ocurrencia de accidentes laborales y eventos de emergencia.
Capacitar al personal en el uso correcto de los EPP (equipos de protección personal).
13
14
#
Capacitar a los empleados en el manejo adecuado de extintores y cómo controlar incendios en caso de que llegaran a ocurrir.
Contaminación del recurso suelo por inadecuado manejo y disposición final de los desechos peligrosos y no peligrosos.
Capacitar a los empleados en el correcto manejo, segregación en la fuente y disposición final de los desechos no peligrosos y peligrosos.
POSIBLES IMPACTOS AMBIENTALES NEGATIVOS
MEDIDAS DE IMPLEMENTACIÓN
Se han realizado informes de simulacros que demuestren la preparación del personal de la Planta Procesadora para enfrentar posibles incendios. Los trabajadores utilizan el uso adecuado del EPP Para el desarrollo de las actividades actividades de la Planta Procesadora
Programa implementado en el área de seguridad y salud ocupacional. Registro de asistencia a capacitación. Registro fotográfico.
Registro de asistencia a capacitaciones.
Capacitación: Semestrales
Capacitación: Una vez al año
Registro fotográfico
Correcto manejo y disposición final de los desechos
Registro de asistencia a capacitaciones.
MEDIOS DE VERIFICACIÓN
Representante Legal. Administrador.
Capacitación: semestral
Registro fotográfico
INDICADORES DE CUMPLIMIENTO
Administrador.
Representante Legal. Administrador.
FRECUENCIA DE EJECUCIÓN
PERSONAL RESPONSABLE
PROGRAMA DE CONTINGENCIA.
Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
91
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
Afectaciones a la salud de los trabajadores por la falta de un plan de respuesta a emergencias.
Programar y realizar simulacros en temas como evacuación e incendios, inundaciones, terremotos, derrumbes, derrames de combustible, etc.
16
Afectación a la seguridad de los trabajadores por la ocurrencia de eventualidades.
Realizar revisiones de los extintores y sus respectivas recargas cuando estas sean requeridas.
#
POSIBLES IMPACTOS AMBIENTALES NEGATIVOS
15
MEDIDAS DE IMPLEMENTACIÓN
Informes de simulacros que demuestren la preparación del personal de la empresa para enfrentar contingencias
Registro de asistencia.
Representante Legal.
Periódica
Administrador.
Registro fotográfico
Registro de verificación. Facturas por la recarga de los extintores.
Extintores operativos ante cualquier emergencia
INDICADORES DE CUMPLIMIENTO
Anual
MEDIOS DE VERIFICACIÓN
FRECUENCIA DE EJECUCIÓN
PERSONAL RESPONSABLE
Anual
Administrador
PROGRAMA DE MONITOREO Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL.
17
18
Contaminación del aire por la emisión de material particulado. Ocurrencia de impactos a la comunidad y el medio ambiente
Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
Monitoreos de material particulado en el área de recepción, bandas transportadoras y de almacenamiento de polvillo. Monitoreos de niveles de ruido en el área de pilado, secado y los alrededores de la Planta Procesadora
Concentraciones de material particulado de acuerdo a lo establecido en la norma.
Informe de Monitoreos
Niveles de ruido generado dentro de los parámetros establecidos por la
92
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
Afectaciones a la salud de los trabajadores por la falta de un plan de respuesta a emergencias.
Programar y realizar simulacros en temas como evacuación e incendios, inundaciones, terremotos, derrumbes, derrames de combustible, etc.
16
Afectación a la seguridad de los trabajadores por la ocurrencia de eventualidades.
Realizar revisiones de los extintores y sus respectivas recargas cuando estas sean requeridas.
#
POSIBLES IMPACTOS AMBIENTALES NEGATIVOS
15
MEDIDAS DE IMPLEMENTACIÓN
Informes de simulacros que demuestren la preparación del personal de la empresa para enfrentar contingencias
Registro de asistencia.
Representante Legal.
Periódica
Administrador.
Registro fotográfico
Registro de verificación. Facturas por la recarga de los extintores.
Extintores operativos ante cualquier emergencia
INDICADORES DE CUMPLIMIENTO
Anual
MEDIOS DE VERIFICACIÓN
FRECUENCIA DE EJECUCIÓN
PERSONAL RESPONSABLE
Anual
Administrador
PROGRAMA DE MONITOREO Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL.
17
18
Contaminación del aire por la emisión de material particulado. Ocurrencia de impactos a la comunidad y el medio ambiente
Monitoreos de material particulado en el área de recepción, bandas transportadoras y de almacenamiento de polvillo. Monitoreos de niveles de ruido en el área de pilado, secado y los alrededores de la Planta Procesadora
Concentraciones de material particulado de acuerdo a lo establecido en la norma.
Informe de Monitoreos
Niveles de ruido generado dentro de los parámetros establecidos por la
Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
92
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A. circundante por la generación de ruido y material particulado (PM10 milimicras)
19
Incumplimiento del Plan de Manejo Ambiental.
20
Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
norma.
Comprobar la ejecución de cada una de las medidas propuestas en el Plan de Manejo Ambiental. Supervisión del cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental.
Registro de los indicadores de cumplimiento de cada una de las medidas propuestas en el PMA.
Registro de los medios de verificación de cada una de las medidas propuestas en el PMA.
93
De acuerdo al cronograma de ejecución del Plan de Manejo Ambiental.
Administrador
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A. circundante por la generación de ruido y material particulado (PM10 milimicras)
19
norma.
Comprobar la ejecución de cada una de las medidas propuestas en el Plan de Manejo Ambiental. Supervisión del cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental.
Incumplimiento del Plan de Manejo Ambiental.
20
Registro de los indicadores de cumplimiento de cada una de las medidas propuestas en el PMA.
Registro de los medios de verificación de cada una de las medidas propuestas en el PMA.
Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
De acuerdo al cronograma de ejecución del Plan de Manejo Ambiental.
Administrador
93
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
7.10 MATRIZ DE PRESUPUESTO DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL Nº
Plan
Impacto
Medida Propuesta
Presupuesto en US $
1
PROGRAMA DE PREVENCIÓN, MITIGACIÓN Y CONTROL DE IMPACTOS AMBIENTALES NEGATIVOS
Contaminación de la Calidad del aire por generación de material particulado.
Implementación de sistemas de absorción de polvo (sifón), en el área de pilado para así reducir las emisiones de material particulado.
1200
2
3
Afectación a la salud de los trabajadores Correcta manipulación de los por la inadecuada desechos con sus adecuados EPP manipulación de para cada trabajador. PROGRAMA DE desechos sólidos no MANEJO DE DESECHOS peligrosos. SÓLIDOS PELIGROSOS Y Ausencia de Registro NO PELIGROSOS de Control de los Implementar y mantener registros de desechos generados generación y entrega de desechos en la Planta no peligrosos. Procesadora.
Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
94
N/A
N/A
1
2
3
4
5
Meses 6 7
8
9 10 11 12
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
7.10 MATRIZ DE PRESUPUESTO DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL Nº
Plan
Impacto
Medida Propuesta
Presupuesto en US $
1
PROGRAMA DE PREVENCIÓN, MITIGACIÓN Y CONTROL DE IMPACTOS AMBIENTALES NEGATIVOS
Contaminación de la Calidad del aire por generación de material particulado.
Implementación de sistemas de absorción de polvo (sifón), en el área de pilado para así reducir las emisiones de material particulado.
1200
2
3
Afectación a la salud de los trabajadores Correcta manipulación de los por la inadecuada desechos con sus adecuados EPP manipulación de para cada trabajador. PROGRAMA DE desechos sólidos no MANEJO DE DESECHOS peligrosos. SÓLIDOS PELIGROSOS Y Ausencia de Registro NO PELIGROSOS de Control de los Implementar y mantener registros de desechos generados generación y entrega de desechos en la Planta no peligrosos. Procesadora.
Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
1
2
3
4
5
Meses 6 7
8
9 10 11 12
N/A
N/A
94
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
4
Afectaciones a la salud de enfermedades Entregar a los trabajadores de EPP (respiratorias, (mascarillas, gafas y guantes) que auditivas) a los se encuentran en las áreas de trabajadores que proceso (almacenamiento, apilado, laboran en la Planta secado). Procesadora por la ausencia de EPP
2500
5
Accidentes labores por desconocimiento Capacitar e instruir a los de los riesgos de trabajadores en temas de riesgos de trabajos, seguridad laboral y salud PROGRAMA DE SALUD trabajo que existen en la Planta ocupacional. Y SEGURIDAD Procesadora. OCUPACIONAL.
500
6
Colocar señalización (informativa, Accidente laborales de precaución y de advertencia) en por ausencia de áreas estratégicas en la Planta señalización. Procesadora.
450
Disponer de un botiquín de Afectación a la salud emergencia en la Planta de los trabajadores Procesadora que se encuentre a por la ausencia de disposición de los trabajadores. Este implementos básicos contendrá insumos necesarios que de primeros auxilios. permitan realizar procedimientos sencillos de primeros auxilios en caso
200
7
Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
95
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
4
Afectaciones a la salud de enfermedades Entregar a los trabajadores de EPP (respiratorias, (mascarillas, gafas y guantes) que auditivas) a los se encuentran en las áreas de trabajadores que proceso (almacenamiento, apilado, laboran en la Planta secado). Procesadora por la ausencia de EPP
2500
5
Accidentes labores por desconocimiento Capacitar e instruir a los de los riesgos de trabajadores en temas de riesgos de trabajos, seguridad laboral y salud PROGRAMA DE SALUD trabajo que existen en la Planta ocupacional. Y SEGURIDAD Procesadora. OCUPACIONAL.
500
6
Colocar señalización (informativa, Accidente laborales de precaución y de advertencia) en por ausencia de áreas estratégicas en la Planta señalización. Procesadora.
450
Disponer de un botiquín de Afectación a la salud emergencia en la Planta de los trabajadores Procesadora que se encuentre a por la ausencia de disposición de los trabajadores. Este implementos básicos contendrá insumos necesarios que de primeros auxilios. permitan realizar procedimientos sencillos de primeros auxilios en caso
200
7
Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
95
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A. de emergencia. Inspeccionar el suministro permanente del botiquín de primeros auxilios con los insumos necesarios para responder ante alguna emergencia.
8
9 PROGRAMA DE LIMPIESA AMBIENTAL.
Impacto visual negativo y accidentes de trabajo
Diseñar y ejecutar un Programa de Ordenamiento y Limpieza, que tendrá que incluirse en el programa de seguridad industrial y salud ocupacional. Segregación de los desechos y ordenamientos de los pasivos ambientales que se encuentran dispersos por todas las diferentes áreas de la Planta Procesadora.
10
Impacto visual negativo y accidentes de trabajo
11
Incumplimiento del Plan de Manejo Ambiental por la ausencia de conocimiento del mismo.
Programar e impartir capacitaciones a los involucrados en los temas medio ambientales (Plan de Manejo Ambiental, Manejo de Desechos, Normativa Ambiental y las sanciones de las que podría ser sujeto la Planta Procesadora por el incumplimiento).
Ocurrencia de accidentes laborales y eventos de emergencia.
Capacitar a los empleados en el manejo adecuado de extintores y cómo controlar incendios en caso de que llegaran a ocurrir.
PROGRAMA DE CAPACITACION AMBIENTAL. 12
Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
250
300
120
1000
200
96
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A. de emergencia. Inspeccionar el suministro permanente del botiquín de primeros auxilios con los insumos necesarios para responder ante alguna emergencia.
8
9 PROGRAMA DE LIMPIESA AMBIENTAL.
Impacto visual negativo y accidentes de trabajo
Diseñar y ejecutar un Programa de Ordenamiento y Limpieza, que tendrá que incluirse en el programa de seguridad industrial y salud ocupacional. Segregación de los desechos y ordenamientos de los pasivos ambientales que se encuentran dispersos por todas las diferentes áreas de la Planta Procesadora.
10
Impacto visual negativo y accidentes de trabajo
11
Incumplimiento del Plan de Manejo Ambiental por la ausencia de conocimiento del mismo.
Programar e impartir capacitaciones a los involucrados en los temas medio ambientales (Plan de Manejo Ambiental, Manejo de Desechos, Normativa Ambiental y las sanciones de las que podría ser sujeto la Planta Procesadora por el incumplimiento).
Ocurrencia de accidentes laborales y eventos de emergencia.
Capacitar a los empleados en el manejo adecuado de extintores y cómo controlar incendios en caso de que llegaran a ocurrir.
PROGRAMA DE CAPACITACION AMBIENTAL. 12
250
Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
300
120
1000
200
96
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
Ocurrencia de accidentes laborales y eventos de emergencia. Contaminación del recurso suelo por inadecuado manejo y disposición final de los desechos peligrosos y no peligrosos.
13
14
15
PROGRAMA DE CONTINGENCIA 16
Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
Capacitar al personal en el uso correcto de los EPP (equipos de protección personal).
100
Capacitar a los empleados en el correcto manejo, segregación en la fuente y disposición final de los desechos no peligrosos y peligrosos.
100
Programar y realizar simulacros en Afectaciones a la salud temas como evacuación e de los trabajadores por incendios, inundaciones, terremotos, la falta de un plan de derrumbes, derrames de respuesta a combustible, etc. emergencias. Ocurrencia de impactos a la comunidad y el Monitoreos de niveles de ruido en el medio ambiente área de pilado, secado y los circundante por la alrededores de la Planta generación de ruido y Procesadora material particulado (PM10 milimicras).
97
500
500
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A.
Ocurrencia de accidentes laborales y eventos de emergencia. Contaminación del recurso suelo por inadecuado manejo y disposición final de los desechos peligrosos y no peligrosos.
13
14
Capacitar al personal en el uso correcto de los EPP (equipos de protección personal).
100
Capacitar a los empleados en el correcto manejo, segregación en la fuente y disposición final de los desechos no peligrosos y peligrosos.
100
Programar y realizar simulacros en Afectaciones a la salud temas como evacuación e de los trabajadores por incendios, inundaciones, terremotos, la falta de un plan de derrumbes, derrames de respuesta a combustible, etc. emergencias. Ocurrencia de impactos a la comunidad y el Monitoreos de niveles de ruido en el medio ambiente área de pilado, secado y los circundante por la alrededores de la Planta generación de ruido y Procesadora material particulado (PM10 milimicras).
15
PROGRAMA DE CONTINGENCIA 16
Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
500
500
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Contaminación del aire por la emisión de material particulado.
17
18
PROGRAMA DE MONITOREO Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL.
Ocurrencia de impactos a la comunidad y el medio ambiente circundante por la generación de ruido y material particulado (PM10 milimicras)
Monitoreos de material particulado en el área de recepción, bandas transportadoras y de almacenamiento de polvillo.
Monitoreos de niveles de ruido en el área de pilado, secado y los alrededores de la Planta Procesadora
1500
19
Comprobar la ejecución de cada Incumplimiento del Plan una de las medidas propuestas en el de Manejo Ambiental. Plan de Manejo Ambiental.
20
Incumplimiento del Plan de Manejo Ambiental.
Supervisión del cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental.
1200
TOTAL
$ 10620
Leyenda Sumamente importante Muy importante Importante Ing. Onassis Sánchez Mazzini Consultor Ambiental Reg. MAE No. 65 CI-CAT-B
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Contaminación del aire por la emisión de material particulado.
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PROGRAMA DE MONITOREO Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL.
Ocurrencia de impactos a la comunidad y el medio ambiente circundante por la generación de ruido y material particulado (PM10 milimicras)
Monitoreos de material particulado en el área de recepción, bandas transportadoras y de almacenamiento de polvillo.
Monitoreos de niveles de ruido en el área de pilado, secado y los alrededores de la Planta Procesadora
1500
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Comprobar la ejecución de cada Incumplimiento del Plan una de las medidas propuestas en el de Manejo Ambiental. Plan de Manejo Ambiental.
20
Incumplimiento del Plan de Manejo Ambiental.
Supervisión del cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental.
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TOTAL
$ 10620
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CAPITULO 8: CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES. a)
Conclusiones.
Después de concluida la elaboración del plan de manejo ambiental se ha establecido que CASALUKER DEL ECUADOR S.A., genera un ligero impacto ambiental negativo en lo que respecta al material particulado, que son propias de las condiciones del proceso, sin embargo existe la buena voluntad y el deseo de mejora de parte del propietario de la Planta Procesadora para aportar con la optimización de sus operaciones a través de la ejecución sustentable del Plan de Manejo Ambiental De los aspectos ambientales que deben prevenirse son la exposición de los trabajadores al ruido y al material particulado, por el mal uso de los EPP, ya que mediante capacitación y concientización darán el uso correcto a los equipos de protección personal y a las normas de seguridad industrial. Así también como la implementación de los planes de evacuación, emergencia y contingencias.
b)
Recomendaciones.
Definir el Plan de Manejo Ambiental como la principal herramienta para el mejoramiento del ambiente laboral y salud ocupacional de sus colaboradores asignando los recursos y responsabilidades necesarias para su ejecución. Se recomienda trabajar con el componente humano, pues no es sino a través de este, en donde se genera el fortalecimiento y la optimización del proceso productivo de la Planta Procesadora.
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CAPITULO 8: CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES. a)
Conclusiones.
Después de concluida la elaboración del plan de manejo ambiental se ha establecido que CASALUKER DEL ECUADOR S.A., genera un ligero impacto ambiental negativo en lo que respecta al material particulado, que son propias de las condiciones del proceso, sin embargo existe la buena voluntad y el deseo de mejora de parte del propietario de la Planta Procesadora para aportar con la optimización de sus operaciones a través de la ejecución sustentable del Plan de Manejo Ambiental De los aspectos ambientales que deben prevenirse son la exposición de los trabajadores al ruido y al material particulado, por el mal uso de los EPP, ya que mediante capacitación y concientización darán el uso correcto a los equipos de protección personal y a las normas de seguridad industrial. Así también como la implementación de los planes de evacuación, emergencia y contingencias.
b)
Recomendaciones.
Definir el Plan de Manejo Ambiental como la principal herramienta para el mejoramiento del ambiente laboral y salud ocupacional de sus colaboradores asignando los recursos y responsabilidades necesarias para su ejecución. Se recomienda trabajar con el componente humano, pues no es sino a través de este, en donde se genera el fortalecimiento y la optimización del proceso productivo de la Planta Procesadora.
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CAPITULO 9: VOCABULARIO. Agentes bióticos.- todas las plagas o enfermedades (insectos dañinos, hongos, bacterias y virus perjudiciales) que tienden a deprimir, a disminuir el rendimiento o la productividad de cultivos y animales domésticos. Endospermo.- es el tejido fino producido en semillas alrededor de la época de la fertilización. Paddy.- arroz en cascara. Polipropileno.- Plástico ligero muy resistente al calor, a los disolventes orgánicos y agentes químicos activos, pero sensible a la luz solar, que se obtiene por polimerización del propileno. Geomorfología.- Rama de la geología que estudia el relieve terrestre y su evolución. Taxonomía.- Ciencia que se ocupa de los principios, métodos y fines de la clasificación. Inceptisol.- Suelos con débil desarrollo de horizontes; suelos de tundra, suelos volcánicos recientes, zonas recientemente deglaciadas.
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Capitulo 10: FUENTES BIBLIOGRÁFICAS. www.Durán.gov.ec Instituto Nacional de estadística y Censos. Constitución Política de la República del Ecuador. Junio 5 de 1998.
Ley Reformatoria al Código Penal. Registro Oficial Nº 2 del 25 de enero del 2000. Ley de Gestión Ambiental. Ley Nº 37, Registro Oficial Nº 245, 30 de julio de 1999. Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental. Registro Oficial 97, 31 de mayo de 1976 Texto Unificado de Legislación Ambiental (TULAS). Registro Oficial Nº 725, 16 de diciembre del 2002. Edición Especial Nº 2 del 31 de marzo del 2003. Sistema Único de Manejo Ambiental (SUMA). Registro Oficial Nº 725, 16 de diciembre del 2002. Legislación Ambiental Secundaria, Libro VI (Titulo I). Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la Contaminación. Registro Oficial Nº 725, 16 de diciembre del 2002. Legislación Ambiental Secundaria, Libro VI (Título IV). Límites permisibles de niveles de ruido ambiente para fuentes fijas, fuentes móviles y para vibraciones. Registro Oficial Nº 725, 16 de diciembre del 2002. Legislación Ambiental Secundaria, Libro VI (Anexo 5). Norma de Calidad ambiental para el manejo y disposición final de desechos sólidos no peligrosos. Registro Oficial Nº 725, 16 de diciembre del 2002. Legislación Ambiental Secundaria, Libro VI (Anexo 6). Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y Mejoramiento del Medio Ambiente de Trabajo. Normas emitidas por el Consejo Superior del IESS. Resolución Nº 172. Registro Oficial Nº 565, 17 de Noviembre del 1986.
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Capitulo: 11 ANEXOS. N.N.
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Formato del registro de Asistencia a Capacitaciones.
REGISTRO DE ASISTENCIA A CURSOS. Número de Registro: Nombre del Seminario/curso/charla: Facilitador: Fecha de Inicio: Nº 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 Observaciones:
NOMBRE DEL PARTICIPANTE
Duración: FIRMA OBSERVACIÓN
_________________________________ Coordinador.
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Formato del registro de entrega recepción del tamo y las cenizas.
REGISTRO DE ENTREGA-RECEPCIÓN. Número de Registro: Nombre del desecho a ser entregado (Tamo, Cenizas, etc.) Motivo del traslado: Venta:
Cedido:
Otros:
Despachado por: Nombre de la persona que recibe:
Dirección de la persona que recibe: Fecha de entrega: CANTIDAD
DESCRIPCIÓN
VALOR UNITARIO
VALOR TOTAL
OBSERVACIONES:
__________________________________ ENTREGADO POR.
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_________________________________ RECIBIDO POR.
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FEC HA
REGISTRO DE ENTREGA – RECEPCIÓN DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL NOMBRE DEL CANTI EQUIPO DE FIRMA DE MARCA NOMBRE DEL TRABAJADOR DAD PROTECCIÓN RECIBIDO PERSONAL
OBSERVACIONES:
___________________________ FIRMA PERSONA QUE ENTREGA
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Registro del cumplimiento de las medidas propuestas en el Plan de manejo Ambiental.
NIVEL DE CUMPLIMIENTO
MEDIDA DE IMPLEMENTACIÓN
l a t o T
l a i c r a P
o r e C
SE EJECUTÓ LA MEDIDA EN EL TIEMPO PREVISTO (INDICAR LA FECHA DE INICIO Y TERMINO DE LA MEDIDA) i S
o N
MEDIOS DE VERIFICACIÓN TANGIBLES OBSERVACIONES
r ? o é P u ¿ q
OBSERVACIONES GENERALES:
C: Cumple
NC
_____________________ INSPECCIÓN REALIZADA POR
N: No Cumple.
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FOTOGRAFÍA DE LAS INSTALACIONES DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A. UBICADA EN EL CANTÓN DURÁN
ANEXO FOTOGRÁFICO Nº 1
C
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FOTOGRAFÍA DE LAS INSTALACIONES DE CASALUKER DEL ECUADOR S.A. UBICADA EN EL CANTÓN DURÁN
ANEXO FOTOGRÁFICO Nº 1
FOTOGRAFÍA #2
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FOTOGRAFIA #4
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FOTOGRAFIA #5
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