NORMA ARGENTINA
IRAM-IAS U 500-169* Cuarta edición
00000-0 97
2009-03-06
Soldadura Calificación y certificación de inspectores Welding - Qualification and certification of inspectors
* Corresponde Corresponde a la revisión de la tercera tercera edición a la que que esta cuarta edición anula y reemplaza.
Referencia Numérica: IRAM-IAS U 500-169:2009 500-169:2009
IRAM 2009 No está permitida la reproducción de ninguna de las partes de esta publicación por cualquier medio, incluyendo fotocopiado y microfilmación, sin permiso escrito del IRAM.
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Prefacio El Instituto Argentino de Normalización y Certificación (IRAM) es una asociación civil sin fines de lucro cuyas finalidades específicas, en su carácter de Organismo Argentino de Normalización, son establecer normas técnicas, sin limitaciones en los ámbitos que abarquen, además de propender al conocimiento y la aplicación de la normalización como base de la calidad, promoviendo las actividades de certificación de productos y de sistemas de la calidad en las empresas para brindar seguridad al consumidor. IRAM es el representante de la Argentina en la International Organization for Standardization (ISO), en la Comisión Panamericana de Normas Técnicas (COPANT) y en la Asociación MERCOSUR de Normalización (AMN). Esta norma IRAM es el fruto del consenso técnico entre los diversos sectores involucrados, los que a través de sus representantes han intervenido en los Organismos de Estudio de Normas correspondientes. Esta norma fue estudiada en el marco del Convenio con el Instituto Argentino de Siderurgia (IAS). Corresponde a la revisión de la tercera edición a la que esta cuarta edición anula y reemplaza.
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Índice
Página
0 INTRODUCCIÓN......................................................................................... 5 1 OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN........................................................ 5 2 DOCUMENTOS NORMATIVOS PARA CONSULTA.................................. 5 3 DEFINICIONES ........................................................................................... 5 4 ORGANISMO DE CALIFICACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE INSPECTORES DE SOLDADURA ............................................................. 7 4.1 RESPONSABILIDADES ...................................................................... 7 4.2 ORGANISMO DE CERTIFICACIÓN.................................................... 7 4.3 ORGANISMO DE CALIFICACIÓN ...................................................... 7 5 NIVELES DE COMPETENCIA DE INSPECTORES DE SOLDADURA ............................................................. 9 5.1 CLASIFICACIÓN ................................................................................. 9 5.2 FUNCIONES........................................................................................ 9 6 APTITUD ..................................................................................................... 11 6.1 APTITUD PARA EL EXAMEN ............................................................. 11 6.2 APTITUD PARA LA CERTIFICACIÓN ................................................ 12 7 EXAMEN DE CALIFICACIÓN ..................................................................... 12 7.1 7.2 7.3 7.4 7.5
EXAMEN TEÓRICO ............................................................................ 12 EXAMEN PRÁCTICO ..........................................................................15 REALIZACIÓN DE LOS EXÁMENES.................................................. 15 EVALUACIÓN DE LOS EXÁMENES DE CALIFICACIÓN .................. 15 ÉTICA DURANTE EL EXAMEN .......................................................... 15
8 CERTIFICACIÓN......................................................................................... 15 8.1 EMISIÓN DE CERTIFICADOS............................................................ 15 8.2 REQUISITOS DE LOS CERTIFICADOS Y LAS CREDENCIALES .... 15 9 VALIDEZ DE LA CERTIFICACIÓN Y RENOVACIÓN ................................ 16 9.1 9.2 9.3 9.4
VALIDEZ .............................................................................................. 16 RENOVACIÓN..................................................................................... 16 TRANSGRESIONES ........................................................................... 16 CÓDIGO DE ÉTICA............................................................................. 17
10 ARCHIVOS.................................................................................................. 17 ANEXO A (informativo) BIBLIOGRAFÍA.......................................................... 19 ANEXO B (informativo) INTEGRANTES DE LOS ORGANISMOS DE ESTUDIO.......................................................................... 20
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Soldadura Calificación y certificación de inspectores 0 INTRODUCCIÓN La efectividad de la aplicación de las inspecciones de soldadura depende fundamentalmente de los conocimientos y aptitudes de las personas que realizan dichas inspecciones. Se hace necesario establecer requisitos para evaluar y documentar la competencia del personal, cuyas tareas requieren los conocimientos teóricos y prácticos apropiados sobre las distintas variables que intervienen en la inspección de las soldaduras. Resulta importante establecer los requisitos y el funcionamiento de las entidades que realizan tanto la calificación como la certificación de los inspectores de soldadura mediante la aplicación de un sistema de gestión para las calificaciones y certificaciones. 1 OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN 1.1 Esta norma establece un sistema de calificación y certificación, por medio de un organismo de certificación, de inspectores de soldadura 1.2 Esta norma es aplicable a todo el ámbito de la construcción y reparación de estructuras o componentes metálicos en la que intervenga cualquier proceso de soldadura. 1.3 Donde esta norma establezca cierta libertad de criterio, el organismo de certificación tendrá la decisión final en la determinación de los requisitos específicos. 2 DOCUMENTOS NORMATIVOS PARA CONSULTA Todo documento normativo que se menciona a continuación es indispensable para la aplicación de este documento.
Cuando en el listado se mencionan documentos normativos en los que se indica el año de publicación, esto significa que se debe aplicar dicha edición, en caso contrario, se debe aplicar la edición vigente, incluyendo todas sus modificaciones. IRAM-ISO/IEC 17024 - Evaluación de la conformidad - Requisitos generales para los organismos que realizan la certificación de personas IRAM-IAS U 500-96 - Soldadura - Calificación de soldadores 3 DEFINICIONES Para los propósitos de esta norma se aplican los siguientes términos y definiciones: 3.1 calificación de personas. Evaluación de las aptitudes físicas, conocimientos, habilidad, entrenamiento y experiencia requeridos para ejecutar correctamente tareas de inspecciones de soldadura. 3.2 certificación. Procedimientos que conducen a un documento escrito del nivel de calificación de una persona para inspecciones de soldadura. 3.3 certificado. Documento escrito que evidencia la certificación. 3.4 organismo de certificación. Entidad que administra los procedimientos para la certificación del personal en inspección de soldadura de acuerdo con los requerimientos de esta norma. 3.5 organismo calificador autorizado. Organización competente, independiente del empleador, autorizada por el organismo de certificación para preparar y administrar los exámenes de calificación de inspectores de soldadura.
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3.6 representantes. Personas designadas por entidades estatales, privadas, o mixtas vinculadas a las actividades de soldadura. 3.7 consejo permanente de certificación (CPC). El CPC esta integrado por miembros elegidos en las reuniones de representantes. 3.8 postulante. Persona que busca certificarse bajo esta norma. 3.9 examen de calificación. Examen, teórico práctico administrado por un organismo de certificación o por un organismo calificador autorizado, que evalúa los conocimientos y capacidades del postulante. 3.10 examinador. Persona certificada en el nivel III de inspecciones de soldadura, habilitado por el organismo de calificación para conducir y/o evaluar los exámenes de calificación de inspectores de soldadura. 3.11 probeta de ensayo. Elemento utilizado en los exámenes prácticos. 3.12 experiencia. Período durante el cual el candidato ha ejecutado inspecciones de soldadura o actividades específicas en los temas mencionados en 6.1. 3.13 instrucción de inspecciones de soldadura. Descripción escrita de los pasos a seguir en inspecciones de soldadura basados en un procedimiento, código, norma o especificación de inspecciones de soldadura. 3.14 documentación técnica aplicable. Documentos, códigos, normas, especificaciones, certificaciones, etc., que sirvan como evidencia objetiva a los fines de esta norma. 3.15 interrupción significativa. Ausencia o cambio de actividad a una no relacionada con soldadura, por un período que exceda un año. 3.16 actividad continuada. Tareas desarrolladas en forma continua, admitiéndose interrupciones de hasta un máximo de 6 meses en forma acumulativa, durante los 3 años de validez de la certificación.
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3.17 procedimiento de inspecciones de soldadura. Secuencia ordenada de pasos que describen dónde, cómo y en qué secuencia se recomienda aplicar inspecciones de soldadura a un producto. 3.18 evidencia objetiva. Información cualitativa y/o cuantitativa, registro o detección de suceso, relativo a la calidad de un ítem o servicio, que se basa en la observación, medición o ensayo, y que puede ser verificada. 3.19 supervisión. Acto de dirigir la aplicación de inspecciones de soldadura, realizado por otro personal en inspecciones de soldadura, que incluye el control de las acciones involucradas y la información de los resultados. 3.20 inspector de soldadura Nivel I. Persona que cumple con lo establecido en esta norma y ha sido calificada y certificada como tal. 3.21 inspector de soldadura Nivel II. Persona que cumple con lo establecido en esta norma y ha sido calificada y certificada como tal. 3.22 inspector de soldadura Nivel III. Persona que cumple con lo establecido en esta norma y ha sido calificada y certificada como tal. 3.23 verificar. Comprobar el cumplimiento de los requisitos aplicables. 3.24 evaluar. Analizar e informar resultados en función de las variables técnicas aplicables. 3.25 aprobar. Evaluar y aceptar los documentos de soldadura y ensayos. 3.26 calificar. Demostrar y verificar los requisitos aplicables. 3.27 desarrollar. Generar documentos de soldadura de acuerdo con los requisitos aplicables. 3.28 componentes estructurales soldados. Componentes sometidos a cargas estáticas o dinámicas tales como equipos a presión, cañerías y estructuras.
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4 ORGANISMO DE CALIFICACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE INSPECTORES DE SOLDADURA 4.1 Responsabilidades La actividad de certificación es administrada por el organismo de certificación con la asistencia del organismo de calificación autoriza-
do. Esto incluye todos los procedimientos adoptados para demostrar la calificación de la persona para desarrollar tareas en inspección de soldadura, y que conducen a la certificación de su competencia. El organismo de calificación y certificación está constituido según el esquema siguiente.
Organismo de Certificación
Organismo de Calificación de Inspectores de soldadura
CPC Consejo Permanente de Certificación
Junta Calificadora
RR Reunión de Representantes
4.2 Organismo de certificación El organismo de certificación debe cumplir los requisitos de la IRAM-ISO/IEC 17024 y estar acreditado por el organismo competente. 4.3 Organismo de calificación El organismo de calificación debe ser autorizado por el organismo de certificación, y debe tener un sistema de gestión documentado que cumpla con los requisitos del organismo de certificación. 4.3.1 Consejo permanente de certificación (CPC) El organismo de certificación, a través del organismo de calificación, debe convocar a la reunión de representantes (RR) cada 2 años, en la que se elegirán los miembros para integrar el CPC
4.3.1.1 Designación de representantes del CPC 4.3.1.1.1 Tienen derecho a nominar representantes para la Reunión de Representantes todas las entidades estatales (nacionales, provinciales o municipales), privadas o mixtas vinculadas a la soldadura. 4.3.1.1.2. Cada empresa, entidad u organismo de los indicados en 4.3.1.1.1, sólo puede nominar un representante titular y un alterno. 4.3.1.1.3 La fecha límite para la presentación de nominaciones o modificación de las ya realizadas es de 30 días anteriores a la fecha de realización de la reunión bienal. 4.3.1.2 Funcionamiento del CPC El Consejo Permanente de Certificación funciona bajo el Sistema de Gestión del Organismo de Certificación.
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4.3.1.3 Funciones del CPC a) Desarrollar y mantener el esquema de certificación. b) Dar la conformidad a la integración de las juntas calificadoras. c) Dar la conformidad a la organización y programación de los exámenes de calificación. d) Evaluar las transgresiones indicadas en 9.3, elevar las conclusiones al organismo de certificación para que se tomen las medidas que correspondan. e) Participar en la definición de los aranceles de la calificación y de la certificación. f) Atender los reclamos que pudieren surgir del funcionamiento del sistema de calificación y de certificación. 4.3.1.4 Integración del CPC El Consejo Permanente de Certificación está integrado por un representante del organismo de certificación y por cinco miembros titulares y ocho miembros suplentes de acuerdo a lo siguiente: 4.3.1.4.1 Un representante designado por el organismo de calificación que actúa como coordinador de las reuniones del Consejo Permanente de Certificación. 4.3.1.4.2 Un representante titular y dos suplentes de cada uno de los cuatro grupos de empresas y entidades siguientes: 1) empresas constructoras, tales como de fabricación y montaje metalmecánico, astilleros, armamentos, automotrices, aeronáuticas; 2) empresas productoras, tales como siderúrgicas, petroquímicas, petroleras, generadoras de energía, fabricantes de consumibles y equipos;
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3) empresas de servicios, tales como de transporte y distribución de fluidos (gas, petróleo, agua, electricidad, etc.), empresas de laboratorios y ensayos, empresas de ingeniería, empresas de inspección; 4) entidades tales como fundaciones, universidades y escuelas técnicas afines, secretarías de Estado relacionadas con la industria, servicios públicos, obras públicas o infraestructura. 4.3.1.4.3 El presidente del Consejo Permanente de Certificación es designado por dicho Consejo. 4.3.1.4.4 El Consejo Permanente de Certificación no puede sesionar con menos de cinco miembros y sus resoluciones tienen validez con un mínimo de cuatro votos favorables, pudiendo integrarse el quórum con los miembros suplentes. 4.3.1.4.5 Cuando participan titulares y suplentes de un mismo grupo y se requiera votación puede votar solamente uno de ellos. Esta misma condición es válida para formar quórum. 4.3.1.5 Mandato Los integrantes del Consejo Permanente de Certificación permanecen dos años en sus cargos. Los integrantes pueden ser reelectos. 4.3.2 Juntas Calificadoras 4.3.2.1 Funciones Las funciones por cumplir, para lo cual las decisiones que se adopten deben serlo por unanimidad, son las siguientes: a) Preparar el material y los elementos necesarios para los exámenes teóricos y prácticos. b) Elaborar el temario de examen, de acuerdo con los requisitos establecidos en 7. c) Efectuar la evaluación de antecedentes, tomar los exámenes y emitir sus resultados.
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4.3.2.2 Integración
5 NIVELES DE COMPETENCIA DE INSPECTORES DE SOLDADURA
4.3.2.2.1 Cada Junta Calificadora debe ser designada por el organismo de calificación y estar integrada por tres miembros como mínimo. El presidente de la Junta y dos vocales 4.3.2.2.2 Los integrantes de las Juntas Calificadoras deben ser inspectores nivel III con tres años de antigüedad, como mínimo, en ese nivel de inspector y cumplir con los requisitos establecidos por el organismo de calificación y aceptados por el organismo de certificación.
5.1 Clasificación Una persona certificada de acuerdo a esta norma debe ser clasificada en uno de los tres niveles siguientes. - Inspector de soldadura Nivel I - Inspector de soldadura Nivel II - Inspector de soldadura Nivel III
4.3.2.2.3 El presidente de la Junta Calificadora debe ser designado por el Consejo Permanente de Certificación.
5.2 Funciones
4.3.2.3 Vigencia
Las funciones de los inspectores de soldadura, de acuerdo con los niveles de competencias, se indican en la tabla 1.
La Junta Calificadora tiene vigencia desde su designación para la fecha de examen establecida por el CPC hasta la finalización del proceso de calificación. Tabla 1 - Niveles de competencia de inspectores de soldadura Tema / Actividad
Funciones
Nivel I
Nivel II
Nivel III
x
x
x
Interpretar los requerimientos aplicables a la inspección que se encuentran establecidos en la documentación técnica (códigos, normas, procedimientos, planos, etc.).
x
x
Preparar los planes de inspección de soldadura de acuerdo con los requisitos aplicables a la construcción.
x
x
Verificar que los procedimientos a utilizar en producción estén calificados.
x
x
Calificar los procedimientos de soldadura de acuerdo con las normas, códigos y especificaciones aplicables.
x
x
Interpretar planos, terminología y simbología de soldadura, contenida en la documentación aplicable. 1. Documentación técnica
2. Planes de inspección
3. Procedimientos de soldadura
Desarrollar especificaciones de procedimientos de soldadura.
x
Aprobar procedimientos de soldadura (evaluar y aceptar documentación de soldadura, incluyendo la evaluación de los registros de calificación de procedimientos de sol dadura, para liberar su aplicación).
x
(continúa)
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Tabla 1 (continuación) Tema / Actividad 4. Soldadores y operadores de soldadura
5. Identificación de materiales
6. Instrumental de medición y de equipos de soldadura
7. Inspección de la junta
8. Inspección de soldadura
Funciones
Nivel I
Calificar soldadores y operadores de soldadura de acuerdo con la IRAM-IAS U 500-96 u otra documentación técnica aplicable.
Nivel II
Nivel III
x
x
Verificar que los materiales base y consumibles por utilizar sean los especificados contrastando las identificaciones con la documentación aplicable.
x
x
x
Verificar que las condiciones de almacenaje, entrega y manipulación de los materiales base y consumibles son las requeridas por la documentación aplicable.
x
x
x
Verificar que los equipos de soldadura y equipos asociados (posicionadores, hornos de resecado, termos de conservación de consumibles, etc.) como los instrumentos de medición y control son los especificados.
x
x
x
Verificar que dichos elementos se encuentran en condiciones de servicio, controlados y calibrados.
x
x
x
Verificar las medidas, geometría, presentación y preparación de la junta de unión.
x
x
x
Verificar visual y dimensionalmente el estado de la soldadura.
x
x
x
x
x
Calificar las discontinuidades en la soldadura aplicando criterios de aceptación o rechazo de acuerdo con los códigos, normas o especificaciones aplicables. Verificar que las operaciones de soldadura cumplan con los requerimientos de la especificación del procedimiento de soldadura y sean realizadas por soldadores u o peradores de soldadura calificados.
x
x
x
Verificar que las reparaciones necesarias se efectúen con las especificaciones de procedimientos de soldadura calificados.
x
x
x
Verificar que los tratamientos térmicos se realicen o hayan sido realizados de acuerdo con los requerimientos de la documentación.
x
x
x
Verificar que los END se realicen de acuerdo con procedimientos aprobados y sólo por personal calificado de END.
x
x
x
Aprobar los informes de END que abarquen los trabajos de soldadura que estén bajo su responsabilidad.
x
x
Verificar que los ensayos se efectúen según los requisitos aplicables por personal competente y en ámbitos apropiados.
x
x
12. Ensayos destructivos Verificar que los informes de ensayos cumplan con los requisitos aplicables.
x
x
x
x
9. Control de proceso
10. Tratamiento térmico
11. Ensayos no destructivos (END)
Aprobar los resultados de ensayos de acuerdo con los requisitos.
(continúa)
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Tabla 1 (final) Tema / Actividad
Funciones
13. Ensayos de componentes
Nivel I
Nivel II
Nivel III
Verificar que los ensayos (neumáticos, hidráulicos, de carga, etc.) que se utilicen para comprobar la confiabilidad de la soldadura se efectúen de acuerdo con normas, códigos, especificaciones o procedimientos aplicables, con indicación de los requerimientos técnicos, límites de aceptación y con instrumental, personal y condiciones adecuados.
x
x
Aprobar el componente ensayado en función de los resultados, en lo referente a la calidad de soldadura.
x
x
Cuando sea requerido, supervisar el desenvolvimiento de los inspectores de soldadura nivel I en sus funciones.
x
x
14. Supervisión
15. Calificación de inspectores de soldadura nivel I interno
Cuando sea requerido, supervisar el desenvolvimiento de los inspectores de soldadura nivel I y nivel II en sus funciones.
x
Calificar inspectores de soldadura nivel I interno en la empresa en la cual se desempeña en relación de dependencia. La calificación debe ser realizada bajo un programa y procedimiento de calificación escrito siguiendo los lineamientos de esta norma y avalado por la empresa, bajo la exclusiva responsabilidad de la misma, sin la participación ni responsabilidad del organismo de calificación ni del de certificación. Esta calificación sólo es válida para trabajos realizados por la empresa, siempre que el personal calificado se mantenga bajo la supervisión de un inspector de soldadura nivel III en relación de dependencia.
x
6.1.2 La experiencia requerida debe ser sobre algunas de las actividades que se indican a continuación.
6 APTITUD 6.1 Aptitud para el examen 6.1.1 Para ser apto para el examen el postulante debe satisfacer plenamente los requisitos mínimos de experiencia, en función del nivel educacional adquirido, que indica la tabla 2.
6.1.2.1 Diseño
Tabla 2 - Experiencia requerida según el nivel educacional para poder rendir examen
6.1.2.2 Construcción
Nivel educacional
Diseño de componentes estructurales soldados.
Fabricación y/o montaje de componentes estructurales soldados.
Años de experiencia
6.1.2.3 Inspección
Inspectores Nivel I
Nivel II
Nivel III
Primario
4
8
16
Secundario
2
4
8
Terciario
2
3
4
Inspección de componentes estructurales soldados. 6.1.2.4 Reparación Reparación de componentes estructurales soldados.
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6.1.3 Consideraciones para la reducción de los años de experiencia
rregir, dentro del año anterior a su presentación, expedida por profesional médico, incluyendo:
6.1.3.1 Cuando el postulante para cualquier nivel demuestre que se ha desempeñado como soldador u operador de soldadura, calificado bajo normas y condiciones reconocidas durante por lo menos dos años en los últimos tres años, o que los estudios secundarios los realizó en una escuela técnica, o los estudios terciarios en una especialidad afín a la soldadura, la experiencia requerida, indicada en la tabla 2, puede a criterio de la Junta Calificadora reducirse en un año.
1) agudeza de visión cercana sobre cartilla Jaeger J1 ó equivalente, a 30 cm de distancia;
6.1.3.2 Cuando el postulante para cualquier nivel demuestre que ha aprobado un curso de soldadura, puede a criterio de la Junta Calificadora, reducir hasta un máximo de un año la experiencia requerida en la tabla 2. 6.1.3.3 Cuando el postulante al nivel II o nivel III demuestre que se ha desempeñado como inspector en el nivel inmediato inferior certificado por esta norma, la experiencia requerida indicada en la tabla 2 puede, a criterio de la Junta Calificadora, reducirse en un año. 6.1.3.4 La reducción de los años de experiencia indicada anteriormente no es acumulativa, por lo que en total, a criterio de la Junta Calificadora, sólo puede reducirse en un año la experiencia requerida en la tabla 2. 6.1.4 Evaluación y aceptación de los antecedentes La evaluación y aceptación de los antecedentes de los postulantes está a cargo de la Junta Calificadora. 6.2 Aptitud para la certificación Para ser apto para la certificación el postulante debe haber aprobado el examen de calificación y satisfacer plenamente los requisitos mínimos especificados en este apartado y en 6.1 6.2.1 Requisitos de aptitud visual para todos los niveles El postulante debe presentar evidencia documentada de aptitud visual, corregida o sin co-
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2) agudeza de visión lejana de 20/40 ó superior; 3) percepción de color para la diferenciación de rojo/verde y azul/amarillo (sólo para información, no limitativo); Posteriormente a la certificación las pruebas de aptitud visual deben efectuarse anualmente y son responsabilidad del personal certificado o de su empleador. 7 EXAMEN DE CALIFICACIÓN El examen de calificación consta de una parte teórica y otra práctica a desarrollarse según las condiciones que se indican a continuación. 7.1 Examen teórico 7.1.1 El temario de examen teórico debe ser preparado por la Junta Calificadora bajo las condiciones siguientes: 7.1.2 El examen debe incluir solamente preguntas seleccionadas de un listado de preguntas contenidas en una base de datos aprobada por el CPC y válida a la fecha del examen. 7.1.3 El tiempo permitido para completar cada examen dependerá de la cantidad y del grado de dificultad de las preguntas. 7.1.4 El alcance del temario de examen teórico debe ser tal que el postulante demuestre sus conocimientos de acuerdo con la gradación requerida en el nivel de calificación de inspector de soldadura solicitado, debiendo a tal fin considerarse lo que se indica en la tabla 3. El significado y las definiciones de las letras que contiene dicha tabla son los siguientes: I ESTAR INFORMADO: que posee referencias actualizadas a nivel de nociones básicas y de tipo general sobre un tema en particular.
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C CONOCER: que tiene referencias detalladas y actuales sobre un tema determinado y su manejo. S SABER: que tiene un grado de conocimiento tal que le permita el planteo, análisis e interpretación de un tema determinado, las implicancias de su manejo y la elección de la mejor solución para un problema dado.
D DOMINAR: que tiene el saber y la expe-
riencia suficientes que le permitan el acertado manejo de un tema determinado, con total conciencia de la implicancia que la práctica del manejo tiene sobre los temas relacionados, y/o desarrollar una solución técnica nueva ante un problema.
Tabla 3 - Conocimientos requeridos para el examen de inspectores de soldadura Temas de examen
Gradación requerida Nivel I
Nivel II
Nivel III
1.1 Procesos y equipamientos de soldadura
C
C
S
1.2 Clasificación de consumibles
I
C
S
2.1 Metalurgia de los aceros
I
I
C
2.2 Transformaciones de fases
I
I
C
2.3 Tratamientos térmicos
I
C
C
2.4 Metalurgia de la unión soldada
I
I
S
2.5 Metalurgia de los metales no ferrosos
I
I
C
2.6 Discontinuidades de la soldadura
I
S
S
3.1 Diseño de juntas soldadas
I
C
S
3.2 Tensiones y deformaciones
I
C
S
3.3 Planos y simbología de soldadura
C
S
S
4.1 Corte y preparación de biseles
C
S
D
4.2 Tratamiento y conservación de materiales base y consumibles
C
S
D
4.3 Dispositivos y herramental
C
S
S
4.4 Uso e interpretación de procedimientos de soldadura
C
D
D
4.5 Uso e interpretación de planes de inspección y ensayo
C
D
D
4.6 Seguridad industrial en general
C
C
S
4.7 Seguridad industrial en soldadura
C
C
S
4.8 Puesta a punto de equipos y detección de fallas de equipos
C
C
S
4.9 Aplicación de tratamientos térmicos
I
S
S
1. Tecnología de soldadura
2. Metalurgia de la soldadura
3. Diseño de construcciones soldadas
4. Práctica de taller
(continúa)
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Tabla 3 (final) Temas de examen
Gradación requerida Nivel I
Nivel II
Nivel III
I
S
D
6.1 Control dimensional
C
S
D
6.2 Verificación de parámetros
C
S
D
6.3 Ensayos no destructivos - Conocimientos generales
I
C
C
6.4 Inspección visual
S
D
D
6.5 Evaluación de placas radiográficas
I
C
S
6.6 Evaluación por líquidos penetrantes
I
C
S
6.7 Evaluación por partículas magnetizables
I
C
S
6.8 Evaluación por ultrasonido
I
C
S
6.9 Evaluación por ensayo de fuga
I
I
C
6.10 Evaluación por corrientes de inducción electromagnética
I
I
C
6.11 Evaluación del ensayo de prueba de presión (hidrostática y neumática)
I
C
D
6.12 Evaluación del ensayo de carga
I
C
S
6.13 Planes de inspección y ensayo
I
S
D
6.14 Calificación de soldadores
C
D
D
6.15 Calificación de procedimientos
C
D
D
6.16 Defectos de soldadura, generalidades
C
S
D
6.17 Aseguramiento de la calidad
I
C
D
6.18 Redacción y análisis de informes. Confección de registros
C
S
D
6.19 Ensayos mecánicos. Conocimientos generales
I
S
S
6.20 Evaluación del ensayo de tracción
I
S
D
6.21 Evaluación del ensayo de doblado
I
S
D
6.22 Evaluación del ensayo de flexión por impacto
I
S
D
6.23 Evaluación del ensayo de dureza
I
S
D
6.24 Evaluación de ensayos fractomecánicos
I
C
S
6.25 Evaluación de ensayos metalográficos
I
C
S
6.26 Evaluación de análisis químico
I
C
S
6.27 Evaluación del ensayo de corrosión
I
C
S
5. Códigos, normas y especificaciones sobre inspección y ensayos 5.1 Conocimientos generales sobre códigos, normas y especificaciones 6. Inspección de soldaduras
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7.1.5 El temario de examen relativo a códigos y normas debe redactarse de manera que el examinado demuestre su habilidad para el uso de códigos, normas y especificaciones. Debe demostrar que interpreta técnicamente en forma correcta las indicaciones del código, norma o especificación de referencia. El manejo del idioma en que está redactado el código, norma o especificación no es tema de examen. 7.2 Examen práctico
7.5 Ética durante el examen Un postulante que no apruebe su examen a causa de un comportamiento no ético durante el desarrollo del mismo, debe esperar al menos un año antes de volver a presentarse a examen. 8 CERTIFICACIÓN 8.1 Emisión de certificados
7.2.1 El temario de examen práctico debe ser preparado por la Junta Calificadora bajo las condiciones siguientes: 7.2.2 El examen debe estar constituido por una parte de manejo de documentación, otra relacionada con evaluación de probetas de soldadura y una tercera de evaluación de ensayos radiográficos de soldadura. Todo el material de los exámenes debe ser el extraído de la base de datos, valida a la fecha de examen. 7.2.3 El tiempo permitido para completar cada examen dependerá de la cantidad y del grado de dificultad de los temas. 7.2.4 Las probetas de ensayo y las placas radiográficas deben estar evaluadas e identificadas unívocamente y registradas en una base de datos.
El organismo de certificación emite los certificados y las correspondientes credenciales, solamente para el personal que haya satisfecho todos los requisitos de certificación. 8.2 Requisitos de los certificados y las credenciales Los certificados y las credenciales deben incluir, al menos: a) nombre completo de la persona certificada; b) tipo y número de documento de identidad c) fecha de la certificación; d) fecha de vencimiento de la certificación;
7.3 Realización de los exámenes La Junta Calificadora es la responsable de la calificación de los exámenes de acuerdo con los procedimientos establecidos y aprobados por el organismo de certificación. 7.4 Evaluación de los exámenes de calificación El puntaje de la evaluación de cada parte (teórica y práctica) se efectúa sobre un máximo de 100 puntos y, para ser considerada aprobada la calificación, se debe alcanzar en cada una de ellas un puntaje mayor o igual que 65. Además, la suma de ambas partes debe ser mayor o igual que 140 puntos.
e) nivel de certificación; f) indicación del organismo de certificación y del organismo de calificación autorizado; g) firma de la persona certificada, sólo en el certificado; h) firma de un representante del organismo de certificación; i) codificación única de identificación del certificado; j) norma y año de edición; k) fotografía de la persona certificada, sólo en la credencial.
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9 VALIDEZ DE LA CERTIFICACIÓN Y RENOVACIÓN 9.1 Validez El período de validez no debe exceder los tres años, a partir de la fecha de certificación indicada en el certificado y/o credencial. La certificación no será válida: a) por decisión del organismo de certificación después de analizar evidencias de un comportamiento no ético;
Calificadora considere insuficiente la documentación presentada, puede solicitar una ampliación de antecedentes o que se rinda examen. 9.2.4 Para el caso de que el postulante haya tenido una interrupción significativa en su actividad y no haya mantenido la actualización de conocimientos, la recertificación debe hacerse mediante la aprobación de un examen de acuerdo con lo establecido en esta norma para la calificación y certificación, según lo indicado en 7.
b) si el individuo no mantiene actualizada su certificación de aptitud visual de acuerdo a 6.2.1;
9.2.5 Es obligación del interesado renovar su certificación durante el período correspondiente al último año de validez del certificado para acceder a la recertificación sin rendir nuevo examen.
c) si ocurre una interrupción significativa en actividades de inspección o relacionadas con soldadura en el nivel para el cual está certificado (ver 3.15).
9.2.6 En la tabla 4 se indica en forma esquemática lo establecido en 9.2. Tabla 4 - Requisitos para la renovación
9.2 Renovación 9.2.1 Recibida la solicitud de renovación del certificado, la Junta Calificadora debe hacer el estudio de antecedentes y evaluar la necesidad de someter o no al postulante a un nuevo examen según lo requerido en 7. 9.2.2 Cuando el postulante demuestre, a satisfacción de la Junta Calificadora, que durante el lapso de validez del certificado se ha desempeñado en forma continuada dentro de su nivel de calificación, la renovación de la certificación, se efectúa previa actualización de antecedentes y documentación sin requisitos de nuevo examen. 9.2.3 Para poder recalificar sin rendir nuevo examen, debe presentarse documentación que acredite haber realizado tareas de inspección de soldaduras sin haber incurrido en una interrupción significativa, correspondientes al período de validez de la certificación y presentar evidencias de actualización de conocimientos relacionados con la actividad de soldadura, acumulando un mínimo de 30 horas en asistencia o dictado de cursos y/o seminarios relacionados con los temas de la tabla 3 en entidades reconocidas. En caso de que la Junta
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Requisito para renovación
Continuidad en la Apartado de actividad, en meses referencia (t)
Sin rendir examen
30 < t ≤ 36
9.2.2
Sin examen con capacitación
24 ≤ t ≤ 30
9.2.3
t < 24
9.2.4
Con examen
9.3 Transgresiones 9.3.1 Los organismos de calificación y de certificación y el Consejo Permanente de Certificación de inspectores de soldadura deben considerar: a) Las denuncias u objeciones formuladas con relación a las faltas de observancia a las reglas establecidas en esta norma y a las transgresiones al Código de Ética en que incurran los inspectores de soldadura, certificados de acuerdo con esta norma, deben ser verificadas por medio de mecanismos creados a tal efecto.
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b) Las denuncias u objeciones y aclaraciones deben estar acompañadas de evidencias y la documentación correspondiente. c) Los inspectores involucrados en denuncias u objeciones pueden presentar los descargos correspondientes para ser evaluados por los organismos de calificación y de certificación y por el Consejo Permanente de Certificación. 9.3.2 Efectuada la evaluación, el organismo de certificación, emitirá sus conclusiones y se aplicarán las medidas correspondientes, las cuales pueden alcanzar desde un llamado de atención, la suspensión temporaria del certificado de calificación emitido hasta su revocación definitiva. 9.4 Código de ética Un inspector de soldadura nivel I, nivel II o nivel III, certificado de acuerdo con esta norma, reconoce que los preceptos de integridad personal y competencia profesional son fundamentales y como tal se compromete a: a) mantener en el ejercicio de su actividad un accionar adecuado para proteger la seguridad, la salud y el bienestar público; b) realizar tareas sólo en aquello para lo cual tiene competencia en virtud de su certificación, entrenamiento y experiencia y, cuando se justifique, solicitar la participación de un especialista para complementar la tarea; c) proteger en toda la extensión posible en consideración con el bien público, cualquier información dada en confidencia por el empleador o un colega; d) indicar al empleador o al supervisor cualquier consecuencia adversa que pueda resultar de una acción efectuada por encima de su decisión de rechazo del trabajo; e) ser objetivo, esmerado y realista en cualquier informe escrito, registro o testimonio del trabajo e incluir toda información pertinente o relevante en esos documentos;
f) firmar documentación sólo sobre el trabajo que ha inspeccionado, o por trabajos sobre los cuales tuvo conocimiento personal a través de un control técnico directo; g) esforzarse por mantener la capacidad personal mediante la actualización de conocimientos técnicos y habilidades, como es requerido para la adecuada práctica de la inspección de soldadura; h) informar sin tardanza al empleador o supervisor de cualquier vinculación comercial, intereses o circunstancias que puedan afectar, a su juicio, la calidad de sus servicios; i) no aceptar compensación pecuniaria o de otro tipo más que de una de las partes y por servicios en un mismo proyecto, a menos que las circunstancias sean completamente esclarecidas y aceptadas por todas las partes interesadas o sus representantes; j) no solicitar ni aceptar comisiones de los proveedores de materiales o equipos por la realización de acciones que puedan beneficiarlos; k) ser cauteloso con respecto a la interferencia en la línea de relación entre soldadores (u operadores de soldadura) y sus supervisores. Cuando surgiera alguna discrepancia, el inspector de soldadura debe advertir sobre la misma al supervisor o a alguna otra persona responsable. 10 ARCHIVOS El organismo de certificación y sus organismos de calificación autorizados deben mantener: a) un listado actualizado de todas las personas certificadas, clasificado por nivel de certificación; b) un archivo individual, en condiciones de seguridad y privacidad adecuados para cada persona con certificación, vigente, que haya caducado o que haya sido cancelada o retirada. Este archivo debe ser mantenido por un período, como mínimo, igual al pe-
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ríodo inicial de validez más el período de renovación y debe contener: 1) formularios de inscripción; 2) registros de antecedentes (experiencia y estudios realizados); 3) documentación de exámenes teóricos y prácticos; 4) documentación sobre la renovación incluyendo evidencias de la aptitud visual
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y continuidad en las actividades de inspección; 5) causas por las que se retiró la certificación y detalles sobre cualquier sanción posterior aplicada; c) un archivo individual para cada candidato que no ha sido certificado, por un período de tres años desde la fecha de la inscripción.
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Anexo A
(informativo)
BIBLIOGRAFÍA En el estudio de esta norma se tomaron en cuenta los antecedentes siguientes: IRAM ISO IEC
- INSTITUTO ARGENTINO DE NORMALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN - INTERNATIONAL ORGANIZATION FOR STANDARDIZATION - INTERNATIONAL ELECTROTECHNICAL COMMISSION IRAM-ISO/IEC 17024:2003 - Evaluación de la conformidad - Requisitos generales para los organismos que realizan la certificación de personas.
IRAM IAS
- INSTITUTO ARGENTINO DE NORMALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN - INSTITUTO ARGENTINO DE SIDERURGIA IRAM-IAS U 500-169:2005 - Soldadura - Calificación y certificación de inspectores (incorporada Fe de Errata Nº 1:2007)
Para el estudio de la primera edición de esta norma (1989) se tomaron en cuenta los antecedentes siguientes: AWS
- AMERICAN WELDING SOCIETY Guide to AWS Welding Inspector Qualification and Certification WIQC-79 y WIQC-80
TWI
- THE WELDING INSTITUTE Certification Scheme for Weldment Inspection Personnel - Document N CSWIP WI-6-80
AATN CNEA
- ASOCIACIÓN ARGENTINA DE TECNOLOGÍA NUCLEAR - COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (Dpto. INEND) A suggest authorisation scheme for Welding Inspectors - J.H. Rogerson, Mayo 1979.
CNEA
- COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA CNEA-NT-11:1982 - Norma para calificación y certificación de operadores de ensayos no destructivos
IBQN
- INSTITUTO BRASILEIRO DA QUALIDADE NUCLEAR Plano para treinamento de supervisores técnicos independentes
CSA
- CANADIAN STANDARDS ASSOCIATION W178.2:1982 - Certification of welding inspectors
ICONT-II - Second International Conference on Nuclear Technology Transfer, Buenos Aires, noviembre 1982
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Anexo B
(informativo)
INTEGRANTES DE LOS ORGANISMOS DE ESTUDIO El estudio de esta norma ha estado a cargo de los organismos respectivos, integrados en la forma siguiente: Subcomité Soldadura del IAS Comisión Sistema de calificación y certificación de inspectores Integrante
Representa a:
Ing. José ARESE Sr. Gabriel BERENDORF Ing. César BORGHI Sr. José L. BUA Ing. Pedro CABOT Ing. Raúl CADENAS Sr. José CAPRARULO Ing. Rubén CASSIRAGA Ing. Oscar COLOMBO Sr. Julio CRAYSMAN Sr. Alberto CHAZARRETA Ing. Sergio DEIBE PEDERIVA Sr. Emanuel DILORETO Sr. Juan Carlos DI PRINZIO Ing. Carlos DOMENECH Ing. Enzo V. GABRIELE Ing. Oscar GALLI Ing. Agustín A. GARCÍA Ing. Hugo GONZÁLEZ Ing. Sergio GONZÁLEZ PAGLIARA Ing. Ignacio GUERREIRO Sr. Carlos IRRASABAL Sr. Ricardo KOSIK Ing. Juan Carlos LÉRTORA Ing. Alejandro LORENZO Ing. Aldo LORENZO PORTO Ing. Pablo MARINO Ing. Walter MASI Ing. Daniel MOLINARI Ing. Santiago NABAES Sr. Mario PALCHETTI Ing. Juan PIRRAGLIA Ing. Alejandro POBLETE Ing. Juan Carlos PRODAN Ing. José RODRÍGUEZ MORO Ing. Rubén ROLLINO Ing. Aldo SENRA Ing. Blas SETTEMBRINO
SECIN S.A. INSPECTOR DE SOLDADURA CNEA TOTAL CNEA TGS TOTAL RCG RISK CONTROL GROUP ERGON GERMANO INGENIERÍA CTI SOLARI OAA AZILUT S.A. TYCSA ELECTROINGENIERÍA S.A. TECNA S.A. CONTROL S.R.L. DIAGNÓSTICOS INDUSTRIALES GAS NATURAL BAN S.A. EXSOLD DE SOLDADURAS DEL OESTE OAA CTI SOLARI Y ASOCIADOS INSPECTOR DE SOLDADURA TOTAL AUSTRAL CAMUZZI GAS PAMPEANA AWL - SOLDADURA INDUSTRIAL ELECTROINGENIERÍA S.A. TOTAL AUSTRAL MODAL S.A. BACKING S.R.L. ACYS MENDOZA EMGASUD BUREAU VERITAS ARGENTINA TECHINT AZILUT S.A. RCS CS INGENIERÍA S.R.L. AESA
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Ing. Walter SINATRA Ing. Jorge SMIRNOFF Ing. Rubén STEFANI Ing. Pedro SUÁREZ Ing. José TALANTINIAN Ing. María Cristina TIRACCHIA Ing. Alberto TRUNZO Ing. Elbia VENTÍN Sr. Guillermo VENTÍN Sr. Sergio VICULÍN Ing. Manuel VIEJO LÓPEZ Ing. José A. VILAR Ing. Mónica ZALAZAR Sr. Guillermo BATAGELJ Ing. Oliva HERNÁNDEZ Lic. Armando PAESANO
YPF S.A. QA SERVICE S.A. SIGyC NUCLEOELÉCTRICA ARGENTINA S.A. UTN - REGIONAL BUENOS AIRES FUNDACIÓN LATINOAMERICANA DE SOLDADURA TRANSPORTADORA GAS DEL NORTE INSPECTORA DE SOLDADURA KOCK CTG LLC. JOHN ZINK SECIN S.A. PROMEC CONSULTORES ENDESA COSTANERA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL COMAHUE MIEMBRO ESPECIALISTA IRAM INSTITUTO ARGENTINO DE SIDERURGIA
Comisión Mecánica-Metalúrgica del Comité General de Normas Ing. Eduardo ASTA Dr. José María CARACUEL Ing. Ismael NÚÑEZ PETTINARI Ing. Tulio PALACIOS Ing. Raúl DELLA PORTA
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ICS 25.160.10 *CNA 3431/8
*Corresponde a la Clasificación Nacional de Abastecimiento asignada por el Servicio Nacional de Catalogación del Ministerio de Defensa .