una planilla para poder calcular materiales de la construcciónDescripción completa
Descripción: planilla de calculo hidraulico de un acueducto
HUYUTYUUUU
Descripción: REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN Y FORMACIÓN AVANZADA FOTO PLANILLA DE PRE-INSCRIPCIÓN PARA ESTUDIOS CONDUCENTES A GRADO ACADEMIC...
realizar una monografia sobre el tema planilla electronicaDescripción completa
Planilla y ejemplo de entrenamiento para el trabajo individual de planificaciónDescripción completa
mips
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planilla para la elaboración de analisis del trabajo seguroDescripción completa
LA PLANILLA ELECTRONICA
PLANILLA ELECTRONIC
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LA PLANILLA ELECTRONICA
UNIVERSIDAD SAN PEDRO
FAC ACUL ULT TAD DE CIE CIENC NCIAS IAS ECONOMICAS Y ADMINISTRATIVAS ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD
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LA PLANILLA ELECTRONICA
FACULTA FACULT AD DE CIENCIAS ECONOMICAS ECONOMIC AS Y ADMINISTR ADMINISTRA ATIVA TIVAS S “Año de la Consolidación del Mar de Gra!
ASIGNATURA" In#or$%&ica Con&a'le II TEMA " La (lanilla Elec&rónica DOCENTE" Go$es de la )arra M%r*e+ Gon+alo CICLO" IIV , “A! INTEGRANTES" )o'adilla Gon+ales Rosali Oli-ia Carran+a Re'a+a Monica Cari&o .idal/o Valladares Nora Eli+a'e&0 .idal/o Rodri/e+ (aola del (ilar Torres To rres Moreno 1arina 1ris&el
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LA PLANILLA ELECTRONICA
INTRODUCCIÓN En la actualidad la planilla electrónica es indispensable para el manejo de las empresas en el Perú, ya que están amparados por decretos supremos. Las planillas electrónicas son una forma de llevar con mayor capacidad y facilidad el registro y la transmisión de datos. Es un nuevo soporte tecnológico para el registro de información de los pagos que realiza el Empleador a los rabajadores, Prestadores de !ervicios y Pensionistas. Es la información estandarizada del recurso "umano# el más valioso de las empresas o entidades. Es el registro del empleo, además del registro tradicional del trabajo formal. Este medio informático fue desarrollado por la !$%&. 'ediante este documento la !$%& puede tener mayor control de las empresas que usan las planillas electrónicas mensualmente. Las planillas electrónicas un nuevo soporte tecnológico para el registro de información de los pagos que realiza el Empleador a los rabajadores, Prestadores de !ervicios y Pensionistas. Es la información estandarizada del recurso "umano# el más valioso de las empresas o entidades. Es el registro del empleo, además del registro tradicional del trabajo formal.
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LA PLANILLA ELECTRONICA
DEDICATORIA &gradecemos a (ios por "abernos permitido llegar a realizar el trabajo y "abernos dado salud, y darnos lo necesario para seguir adelante d)a a d)a para lograr nuestros objetivos, además de su infinita bondad y amor.
& nuestros padres por "aberme apoyado en todo momento, por sus consejos, sus valores, por la motivación constante que nos "an permitido ser personas de bien, pero más que nada, por su amor, por los ejemplos de perseverancia y constancia que lo caracterizan y que nos "an infundado siempre, por el valor mostrado y a todos aquellos que ayudaron directa o indirectamente a realizar este documento.
& nuestros docentes *onzalo *omes por su gran apoyo y motivación para la culminación de nuestros estudios profesionales, por su apoyo ofrecido en este trabajo, por "aberme transmitidos los conocimientos obtenidos y "aberme llevado pasó a paso en el aprendizaje.
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A!RADECIMIENTO & dios, por brindarnos la oportunidad de vivir, por permitirnos disfrutar cada momento y guiarnos por el camino que nos "an trazado para nosotras. & nuestro docente *onzalo *omes de la +arra, por brindarnos sus conocimientos ya que nos ayudó muc"o para la elaboración del presente trabajo. & nuestros padres, por darnos la vida y apoyarnos en todo nuestros "emos propuestos. & mis compaeros, con quienes d)a a d)a compartimos e-periencias que consolidaron nuestra amistad, la cual fue cimentada en la sinceridad y el respeto.
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LA PLANILLA ELECTRONICA
INDICE (E(/&01&22.22.22.22222222222222222.2.2.2.Pág. 3 &*1&(E/'E%02222222222222222.2222222..2...Pág. 4 PL&%LL& ELE/15%/&222222222222222222..2....22Pág. 6 78u9 es la Planilla Electrónica:.................................................................Pág. 6 7Legalmente, qu9 implicancias tiene la Planilla Electrónica para las empresas:..................................................................................................Pág. 6 78u9 efectos positivos tendrá la Planilla Electrónica:...............................Pág. 7(esde cuándo está vigente la obligación de remitir la planilla electrónica:................................................................................................Pág.;3 78u9 empleadores están obligados a enviar la Planilla Electrónica:................................................................................................Pág.;4 &!PE/0! 'P01&%E! (E L& PL&%LL& ELE/15%/&222222.Pág.;< 78u9 sucede si un declarante deja de tener las condiciones que lo colocaron dentro de la obligación de utilizar la Planilla electrónica:.........Pág. ;< 78u9 sucede si en un periodo se deja de contar con trabajadores: 7!e debe seguir presentando la Planilla Electrónica:...............................Pág. ;< 78u9 sucede con aquellos empleadores que tengan diversos centros de trabajo:.......................................................................................................Pág. ;= !i la Planilla Electrónica sustituye a las planillas f)sicas, 7qu9 ocurrirá con las boletas de pago:...........................................................................Pág. ;= 78u9 información deberá registrarse en el Planilla Electrónica:..............Pág. ;> /ategor)as de los sujetos involucrados ?Planilla22222222...22Pág. ;> (erec"o"abientes22222222222.222222222222..Pág. @A 1equisitos relacionados con los derec"o"abientes222222.222..Pág. @;
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&!PE/0! !0+1E EL LLE%&(0 (E L& PL&%LL& ELE/15%/&2...2..Pág. @< 1egistro del declarante222222222222222...222.22..Pág. @< 1egistro de trabajadores22222222222222222..22..2Pág. @> 1egistro de pensionistas222222222222222222222Pág. 3@ 1egistro del prestador de servicios ? cuarta categor)a222222....2.Pág. 3@ 1egistro del prestador de servicios ? modalidades formativas2222....Pág. 34 1egistro del personal de terceros2222222222222...222.. Pág. 3=
/0'P0!/0% (E L& %$EB& PL&%LL& ELE/10%/&22222222.. Pág. 3C
4.;. ? 1E*!10 78u9 es el D 1egistro:........................................................................ Pág. 3C !ujetos a ser inscritos en el D 1egistro22222..2222222. Pág. 3C 0bligaciones del empleador relacionadas con el D 1egistro2222..Pág.36 /arga inicial al D 1egistro2222222222222222222.Pág.4; Programa validador de !unat para la carga masiva al D 1egistro22.Pág.43 nstrucciones del 1egistro de los derec"o"abientesD D1egistro222.Pág.44 /omo se "ace el llenado pasos e imágenesF22222222222Pág.4= 4.@. P( ? Plame222222222222222222222222..Pág. <4 & que se denomina PL&'E222222222222222222...Pág. <4 8ue es el P( planila Electronica ? PL&'E22222222222..Pág. << /onceptos a declarar en el pdt ?plame22222222222222Pág. <<
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mplementación gradual del P( Planilla Electronica ?Plame2222Pág. <> 1ectificatorias o sustitutorias del pdt planilla electrónica ? plame2......Pág. <> $tilización de la pdt planilla electrónica ? plame2222222222Pág.
/0%/L$!5%2222222222222222222.. 22222222.. Pág. C4 1E/0'E%(&/0%E!2.22222222222222.. 22222222.. Pág. C<
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LA PLANILLA ELECTRONICA
23 (LANILLA ELECTR4NICA 56U7 ES LA (LANILLA ELECTR4NICA8
Es el documento llevado a trav9s de medios electrónicos, presentado mensualmente a trav9s del medio informático desarrollado por la !$%&, en el que se encuentra registrada la información de los trabajadores, pensionistas, prestadores de servicios, prestador de servicios D modalidad formativa, personal de terceros y derec"o"abientes. 5LEGALMENTE9 6U7 IM(LICANCIAS TIENE LA (LANILLA ELECTR4NICA (ARA LAS EM(RESAS8 • • •
Es una obligación laboral formal. Es una obligación de periodicidad mensual. !ustituye a las planillas de pagos y remuneraciones, que son llevadas en libros, "ojas sueltas o micro formas. • !u llevado "ace que se considere cumplida la obligación establecida en el art)culo 4CG de la Ley %H @C<;C, referida a la inscripción de los beneficiarios de las diferentes modalidades formativas mediante un libro especial y la autorización de 9ste por el 'PE. • %o requiere ser autorizada por la &utoridad &dministrativa de rabajoI se remite directamente a trav9s de aplicativo informático descargado del portal de la !$%& y el 'PE. 56U7 EFECTOS (OSITIVOS TENDR: LA (LANILLA ELECTR4NICA8
La Planilla Electrónica tendrá diversos efectos positivos entre los que se puede destacar# ; Eli$inar% el cos&o de &ra$i&ación de las
& diferencia del libro de planillas que debe ser autorizado por la &utoridad &dministrativa de rabajo, o por Jueces de Paz Letrados en los lugares donde no "aya dic"a &utoridadFI la planilla electrónica no requiere de autorización alguna. Ello significa que el costo que representa la autorización del libro de planillas que "asta la dación de la 1esolución 'inisterial %G @CD1, vino siendo de ;K de
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LA PLANILLA ELECTRONICA
la $nidad mpositiva ributaria ? $, por cada ;AA páginasI y que a partir de la modificación introducida por 9sta es de A.3@K de la $ por cada ;AA páginasF, desparecerá. En unidades en que el número de personal es elevado, el efecto de la eliminación de este costo será sumamente importante. Lo mismo sucede con el libro especial donde se registran los beneficiarios de las diferentes modalidades formativas. /on el llevado de la planilla electrónica, el costo que representa la autorización de este documento por la &utoridad &dministrativa que tambi9n ascend)a a ;K de la $nidad mpositiva ributaria ? $, por cada ;AA páginasI y que por efecto de la 1esolución 'inisterial citada, es de A.=>K de la $ por cada ;AA páginasF, se verá suprimido. ; Consolidación de o'li/aciones la'orales3;
La obligación de llevar libro de planillas, en los t9rminos del (ecreto !upremo %G AA;D6CD1, y Libro de 'odalidades ormativas, en los de la Ley %G @C<;C, se considerará cumplida mediante la presentación de la planilla electrónica. &s), laboralmente, una sola declaración sustituirá dos obligaciones que antes deb)an cumplirse de manera separada, generando costos diferenciados a las empresas obligadas. ; Desasico de las
/on el llevado de la Planilla Electrónica, se eliminará el costo que genera la obligación de almacenamiento f)sico de documentación. &s), los obligados a llevar el documento electrónico, no deberán destinar más recursos, f)sicos como "umanos, para la conservación segura de los libros de planillas por el plazo e-igido por la normativa vigente. ; Con&ri'ción a los #ines de la ad$inis&ración de ?s&icia" redcción de los &ie$
La planilla electrónica contribuirá a mejorar sustancialmente el servicio de administración de justicia. El Poder Judicial podrá acceder a la información que le proporcione el 'inisterio de rabajo y Promoción del Empleo, tanto en el marco de convenios de cooperación, como en el de cumplimiento de mandatos judiciales si
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es que un órgano jurisdiccional requiriese información adicional a la que le fue remitidaF, respecto de aquellos datos contenidos en la planilla electrónica que resulten de utilidad para la resolución de las causa que son de su conocimiento. El acto revisorio de planillas, y la emisión del informe a partir del mismo, cuyo plazo má-imo de acuerdo a la Ley Procesal del rabajo, es de @A d)as, pero que en la práctica suele implicar un lapso mayor, se verá notablemente simplificado, contribuyendo a reducir la duración de los procesos judicialesI y con ello, al cumplimiento de unos de los principios que inspiran el proceso del trabajo# el de celeridad. ; For&aleci$ien&o de la ins
Permitirá el fortalecimiento de la inspección del trabajo, al posibilitar el tránsito de la visita de inspección a una fiscalización iniciada en el 'PE. /omo se sabe, la Ley %G @CCA=, Ley *eneral de nspección del rabajo, "a contemplado como posible medida de investigación la Mcomprobación de datos obrantes en el !ector PúblicoN. Esta "erramienta, cuyo empleo en el conte-to actual, tiene alcance limitadoI se verá potenciada con la entrada en vigencia de la obligación de llevar la planilla electrónica. La fiscalización laboral se podrá iniciar, eficientemente, a partir de la información actualizada con la que contará la &utoridad de rabajo, la que le permitirá, de un lado, dirigir la actividad inspectiva "acia sectores sensibles, y, del otro, que la misma se origine contando con toda la información de lo que ocurre al interior de las empresas comprendidas. ; In#or$ación de calidad &icas = le/islación a?s&ada a la realidad3;
El 'inisterio de rabajo y Promoción del Empleo contará con información de calidad para el diseo de pol)ticas públicas. Podrá conocer con mayor detalle los niveles de mano de obra en relación con las actividades empresariales y los ingresosI el grado de tercerización e intermediaciónI identificar la ine-istencia de trabajadores en el Mnúcleo del negocioNI conocer la Mvida laboralN de los trabajadores y prestadores de servicios y la dependencia económica de estos últimos. ; Acceso a los sis&e$as de se/ridad social en
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(esde la perspectiva de la seguridad social en pensiones, en el mediano plazo, la planilla electrónica posibilitará que las entidades competentes en la materia evalúen de manera automatizada e inmediata el cumplimiento de los requisitos e-igidos por los diversos reg)menes pensionarios, procediendo al otorgamiento de pensiones en las situaciones en que resulte procedente. & este respecto, debe sealarse que el (ecreto !upremo %G A;CD@AA> "a establecido en su art)culo =G, que el 'inisterio de rabajo y Promoción del Empleo podrá emitir disposiciones o celebrar convenios con entidades estatales u organizaciones a fin de proveer la información incluida en la Planilla Electrónica, siempre que no se vulneren las e-cepciones reguladas en el e-to Onico 0rdenado de la Ley de ransparencia y &cceso a la nformación Pública, aprobado mediante (ecreto !upremo %H A43D@AA3DP/'. Entre tales instituciones se encuentran, precisamente, aquellas que tiene a su cargo la administración de los diversos reg)menes pensionarios e-istentesI las que podrán ser destinatarias de la información de la planilla electrónica. ; )ene#icios
La Planilla Electrónica será igualmente de importancia para el cumplimiento de las funciones legalmente atribuidas a Entidades como# El !eguro !ocial de !alud ? Es!alud El 'inisterio del nterior D (irección *eneral de 'igraciones La !uperintendencia de +anca, !eguros y &P La !uperintendencia de Entidades Prestadoras de !alud Para este fin, el 'inisterio de rabajo y Promoción del Empleo suscribirá los convenios y emitirá las disposiciones correspondientes. 5DESDE CU:NDO EST: VIGENTE LA O)LIGACI4N DE REMITIR LA (LANILLA ELECTR4NICA8
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LA PLANILLA ELECTRONICA Está vigente a partir del ;H de enero de @AAC. Esto supone que el primer env)o se efectuará en febrero de @AAC informando los registros laborales producidos en el mes anterior.
56U7 EM(LEADORES EST:N O)LIGADOS A ENVIAR LA (LANILLA ELECTR4NICA8
Están obligados a llevar la Planilla Electrónica los siguientes empleadores# Q Las personas jur)dicas. Q Las personas naturales que cumplan con alguno de los siguientes supuestos# a@ /uenten con más de tres 3F trabajadores. '@ /uenten con uno ;F o más prestadores de servicios yRo personal de terceros. c@ /uenten con uno ;F o más trabajadores o pensionistas que sean asegurados obligatorios del !istema %acional de Pensiones. d@ /uando est9n obligados a efectuar alguna retención del mpuesto a la 1enta de cuarta o quinta categor)a. e@ engan a su cargo uno ;F o más artistas, de acuerdo con lo previsto en la Ley %H @C;3;. #@ Subieran contratado los servicios de una Entidad Prestadora de !alud ? EP! u otorguen servicios propios de salud conforme lo dispuesto en la Ley %G @=>6A, normas reglamentarias y complementarias. /@ Subieran suscrito con el !eguro !ocial de !alud D Es!alud un contrato por !eguro /omplementario de rabajo de 1iesgo. 0@ *ocen de estabilidad jur)dica yRo tributaria. i@ /uenten con uno ;F o más prestadores de servicios ? modalidad formativa
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LA PLANILLA ELECTRONICA
3 AS(ECTOS IM(ORTANTES DE LA (LANILLA ELECTR4NICA 56U7 SUCEDE SI UN DECLARANTE DEBA DE TENER LAS CONDICIONES 6UE LO COLOCARON DENTRO DE LA O)LIGACI4N DE UTILIAR LA (LANILLA ELECTR4NICA8
$na vez adquirida la obligación de utilizar la Planilla Electrónica, deberá seguir empleándose este medio aún cuando ya no se cumplan las condiciones establecidas para estar inicialmente comprendido en la obligación. Esta lógica es la misma que informa el uso de los demás Programas de (eclaración elemática ? P(s. 56U7 SUCEDE SI EN UN (ERIODO SE DEBA DE CONTAR CON TRA)ABADORES8 5SE DE)E SEGUIR (RESENTANDO LA (LANILLA ELECTR4NICA8
En t9rminos generales, la obligación de presentar la Planilla electrónica se mantiene en tanto el declarante no "aya comunicado a la &dministración la baja de los conceptos tributarios y no tributarios que se declaran a trav9s de dic"o medio. 56U7 SUCEDE CON A6UELLOS EM(LEADORES 6UE TENGAN DIVERSOS CENTROS DE TRA)ABO8
En el caso de empleadores que tengan diversos centros de trabajo, su registro y env)o se realiza en un solo acto, no pudiendo realizarse diferentes env)os por cada centro de trabajo o categor)as de trabajadores. En caso de grupos de empresa, la planilla electrónica se lleva por cada persona jur)dica que la integra. SI LA (LANILLA ELECTR4NICA SUSTITUYE A LAS (LANILLAS FSICAS9 56U7 OCURRIR: CON LAS )OLETAS DE (AGO8
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LA PLANILLA ELECTRONICA La obligación de entregar la boleta de remuneraciones al trabajador se mantiene, en los t9rminos del (ecreto !upremo %G AA;D6CD1. Ello implica que, con prescindencia del llevado de la Planilla Electrónica, los empleadores deberán cumplir con entregar el original de la boleta al trabajador a más tardar el tercer d)a "ábil siguiente a la fec"a de pago. Entre las funcionalidades de la Planilla Electrónica se encuentra la emisión de una boleta de pago en base a la información registrada. Los empleadores podrán optar por utilizar dic"a boleta o seguir emiti9ndola a trav9s del medio que lo "an venido "aciendo. En caso de utilizarla, deberán tener en cuenta lo siguiente# D Podrán "acerlo sólo cuando la periodicidad del pago sea mensualI y siempre que el periodo de pago coincida con el inicio y el fin del mes calendario. D /on relación al número de "oras de trabajo en el periodo, la boleta debe reflejar de manera e-acta el contenido del registro de control y asistencia. El contenido de la boleta generada a partir del aplicativo, constituye un referente de la información m)nima que debe contener las boletas emitidas por otros medios. 56U7 INFORMACI4N DE)ER: REGISTRARSE EN EL (LANILLA ELECTR4NICA8
La información que deberá registrarse es la contenida en el &ne-o ;, aprobado por 1. '. %H @D1. 5DE)EN REGISTRARSE S4LO LAS REMUNERACIONES (AGADAS O TAM)I7N A6UELLAS 6UE NO SE .A (AGADO EN LA O(ORTUNIDAD DE (AGO ESTA)LECIDA8
!e deben registrar las remuneraciones pagadas percibidas por el trabajadorF y las devengadas a favor de 9ste. Las remuneraciones pagadas son aquellas efectivamente abonadas al trabajador dentro del mes calendario de registro. Las remuneraciones no pagadas, son aquellas que debieron pagarse en el mes calendario de registro, y que no "an sido canceladasI cualquiera fuere el
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LA PLANILLA ELECTRONICA motivo por el que dic"a falta de abono se "a producido. El formato de la planilla electrónica permite el registro diferenciado de las remuneraciones devengadas y las efectivamente pagadas.
CATEGORAS DE LOS SUBETOS INVOLUCRADOS ,(LANILLA
Las categor)as a las que corresponden los sujetos involucrados son las siguientes#
CATEGORA
E$
DEFINICI4N oda persona natural, empresa unipersonal, persona jur)dica, sociedad irregular o de "ec"o, cooperativa de trabajadores, institución privada, entidad del sector público nacional o cualquier otro ente colectivo, que remuneren a cambio de un servicio prestado bajo relación de subordinación. &dicionalmente, abarca a aquellos que# DPaguen pensiones de jubilación, cesant)a, invalidez y sobrevivencia u otra pensión D/ontraten a un prestador de servicios D/ontraten a un personal en formación, modalidad formativa D1ealicen las aportaciones de salud, por las personas incorporadas como asegurados regulares al 19gimen /ontributivo de la !eguridad !ocial en !alud, tales como los Pescadores y Procesadores &rtesanales ndependientes. D1ealicen por destaque o desplazamiento, los servicios del personal de terceros. D!e encuentre obligado por el (.!. AA;D@A;ADE( u otras normas de carácter especial, a abonar remuneraciones, /!, bonificaciones y demás beneficios del personal de la &dministración Pública que le sea asignado. Persona natural que presta servicios a un empleador bajo relación de subordinación, sujeto a cualquier r9gimen laboral, cualquiera sea la modalidad del contrato de trabajo. En el caso del sector
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LA PLANILLA ELECTRONICA Tra'a?ador
público, abarca a todo trabajador, servidor o funcionario público, bajo cualquier r9gimen laboral. Esta tambi9n comprendido en la presente definición el socio trabajador de una cooperativa de trabajadores
& quien percibe del empleador pensión de jubilación, cesant)a, (ensionis&as invalidez y sobrevivencia u otra pensión, cualquiera fuera el r9gimen legal al cual se encuentre sujeto y sea asegurado regular al Essalud. (ersonal en #or$ación9 Modalidad For$a&i-a La'oral = o&ros
!e consideran como tales a# &quellos que prestan servicios bajo alguna de las modalidades formativas reguladas por la Ley %G @C<;CH o cualquier otra Ley EspecialTT &quellos que se encuentran bajo la modalidad de !ervicio /ivil de *raduandos !ecigraF en (erec"o, regulada por el (ecreto Ley %G @=;;3. &l trabajador o Prestador de !ervicios que sea destacado o desplazado para prestar servicios en los centros de trabajo, establecimientos, unidades productivas u organización laboral de otro empleador declaranteF, independientemente del "ec"o de que (ersonal de ambos mantengan un v)nculo jur)dico. /abe indicar que se informará en el D 1E*!10 siempre que el empleador del &erceros trabajador desatacado o desplazado no "aya asumido el pago del !eguro /omplementario de rabajo de 1iesgo !/1F, siendo el pago asumido por el (eclarante. &l trabajador de construcción civil que labore para alguna persona natural, sucesión indivisa o sociedad conyugal que ejerza la opción Tra'a?ador sobre atribución de rentas prevista en el art)culo ;= del $0 de la de Cons&rcció Ley del mpuesto a la 1enta, aprobado por (ecreto !upremo %G n Ci-il ;>6D@AA4DE y normas modificatorias, en la construcción o refacción de edificaciones no relacionadas con la actividad E-en&al comercial, de dic"os sujetos. !e encuentran e-ceptuados de utilizar la Planilla Electrónica, aquellos Empleadores que únicamente#
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LA PLANILLA ELECTRONICA
ECE(TUADOS Empleen trabajadores del "ogar Empleen trabajadores de construcción civil eventuales /ontraten prestadores de servicios que generen renta de cuarta categor)a y no tengan la calidad de agentes de retención de cuarta categor)a
DEREC.O.A)IENTES
!on los familiares del trabajador, pensionista u otro asegurado regular al Es!alud a quienes el empleador podrá inscribir a trav9s de !0L, a fin de que puedan acceder a las prestaciones que el E!!&L$( brinda. Estos son#
DEREC.O.A)IENTES ElRla cónyuge o concubino aF ElRla "ijoaF menor de edad o al mayor de edad incapacitado en forma total y permanente para el trabajo La madre gestante con respecto al "ijo concebido, mientras dure el per)odo de la gestación
Say que tener presente que solo podrán ser inscritos como derec"o"abientes, siempre que ellos a su vez no sean asegurados regulares. Ejemplo# si el esposo de la titular, es trabajador de una empresa y ya se encuentra inscrito en el E!!&L$( como &segurado titular, no podrá ser inscrito como derec"o"abiente. Para efectos de que su empleador realice el registro de sus derec"o"abientes, el trabajador o pensionista, deberá presentarle fotocopia de los siguientes
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LA PLANILLA ELECTRONICA documentos, según se trate del alta y la baja, as) como de la modificación de sus datos#
DOCUMENTOS DE IDENTIDAD DE LOS DEREC.O.A)IENTES (ARA EL ALTA DEREC.O.A)IENT RE6UISITOS E otocopia de los documentos que sustentan el alta, según el siguiente detalle# D (ocumento de identidad del derec"o"abiente D &cta o Partida de matrimonio civil D En caso de matrimonio celebrado en el e-tranjero el &cta o Partida inscrito en el 1egistro /onsular peruano del lugar de C4NYUGE celebración del acto o legalizada por el consulado peruano de su jurisdicción y por el 'inisterio de 1elaciones E-teriores e inscrito en la 'unicipalidad o 1E%E/ D (ocumento de identidad del derec"o"abiente D Escritura Pública de reconocimiento de $nión de Sec"o, según trámite sealado en la Ley %G @6<=A o D 1esolución Judicial de reconocimiento de la $nión de Sec"o CONCU)INO !egún la 1esolución de E!!&L$( D *erencia /entral de !eguros y Prestaciones Económicas %G ;6D*/!PED E!!&L$(D@A;< D (ocumento de identidad del "ijo menor de edad, el empleador debe verificar la relación de parentesco. .IBO MENOR DE D En caso del "ijo menor de edad identificado con carn9 de e-tranjer)a o pasaporte, el &cta de %acimiento que sustenta EDAD la filiación. D (ocumento de identidad del derec"o"abiente D 1esolución de ncapacidad otorgada por el /entro .IBO MAYOR DE &sistencial de E!!&L$(, la misma que es tramitada por el titular, según los procedimientos aprobados por dic"a EDAD entidad. GESTANTE
D (ocumento de identidad del derec"o"abiente D Escritura pública, estamento o sentencia de declaratoria
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LA PLANILLA ELECTRONICA de paternidad que acredite el reconocimiento del concebido.
DOCUMENTOS DE IDENTIDAD DE LOS DEREC.O.A)IENTES (ARA LA MODIFICACI4N DE DATOS En todos los casos# otocopia de los documentos que sustentan la modificación de la información a realizar.
DOCUMENTOS DE IDENTIDAD DE LOS DEREC.O.A)IENTES (ARA LA )ABA DEREC.O.A)IENT RE6UISITOS E otocopia de los documentos que sustentan el alta, según el siguiente detalle# D &cta o Partida de defunción, oD Partida de matrimonio civil con anotación marginal de divorcio o disolución de v)nculo C4NYUGE matrimonial. D &cta o Partida de defunción, D (eclaración jurada de fin de relación de concubinato o cese CONCU)INO de la $nión de Sec"o suscrita por el concubino y el trabajador, pensionista o prestador de servicios. D &cta o Partida de defunción .IBO MENOR DE D Para otros motivos de baja de inscripción se presentarán los documentos que sustentan la baja EDAD
COM(ONENTES DE LA (LANILLA ELECTRONICA
& partir del ;.AC.@A;; la Planilla electrónica tiene dos componentes que son el 1egistro de nformación Laboral D1egistroF y la Planilla 'ensual de Pagos PL&'EF.
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LA PLANILLA ELECTRONICA
(LANILLA ELECTR4NIC A
T , REGISTRO
(LAME
DESCRI(CI4N
DESCRI(CI4N
Es el 1egistro de nformación Laboral de los 1egistro de empleadores, trabajadores, nformación pensionistas, prestadores Laboral de servicios, personal en formación ? modalidad formativa laboral y otros practicantesF, personal de terceros y derec"o"abientes. /omprende información laboral, de seguridad social Planilla 'ensual y otros datos sobre el tipo de Pagos de ingresos de los sujetos registrados, trabajadores y derec"o"abientes
MEDIO ACCESO
DE
& trav9s de la /lave !0L, 0P/5% ' 1$/ U 010! 1E*!10!
!e descarga el programa en VVV,sunat,gob,pe, se elabora, genera arc"ivo y env)a en !$%& 0peraciones en L)nea.
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LA PLANILLA ELECTRONICA
3 AS(ECTOS SO)RE EL LLENADO DE LA (LANILLA ELECTR4NICA REGISTRO DEL DECLARANTE 23 5CU:NDO UN DECLARANTE DE)E REGISTRARSE COMO MICRO EM(RESA8
(ebe "acerlo sólo en los supuestos en que se "aya acogido al r9gimen laboral especial previsto en la Ley %G @CA;< y su 1eglamento. (e acuerdo al procedimiento ;;C del $P& del 'inisterio de rabajo y Promoción del Empleo, el acogimiento al r9gimen especial se "ace mediante la presentación de una solicitud en forma de (eclaración Jurada, indicando el número de 1$/, el número de documento del representante de la microempresa y acompaando copia simple de las (eclaraciones Juradas de mpuesto a la 1enta del ejercicio anterior, de ser el caso. El procedimiento es gratuito y de aprobación automática. 3 56U7 INFORMACI4N DE)E COLOCARSE EN LA CASILLA “NMERO DE ACOGIMIENTO!8
(ebe indicarse el número que le fue asignado por la &utoridad &dministrativa de rabajo al momento de presentar su solicitud de acogimiento al r9gimen especial. En caso de no "aberle sido asignado un número de registro, sólo ingresará MAN. 3 56U7 SE CONSIDERAN ESTA)LECIMIENTOS (ARA EFECTOS DE LA (LANILLA ELECTR4NICA8 !e consideran as) a los lugares en que el declarante realiza, parcial o totalmente, sus operaciones. El establecimiento puede estar constituido sólo por el domicilio fiscalI pero tambi9n puede darse la e-istencia de establecimientos ane-os, cuya declaración en el 1$/ es obligatoria.
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LA PLANILLA ELECTRONICA La noción de establecimiento es equivalente a la de centro de trabajo, cuando aquel es el espacio f)sico donde los trabajadores o prestadores de servicios, desenvuelven su actividad. Laboralmente, la importancia del registro de establecimientos en la Planilla Electrónica radica en que permite asociar a cada trabajador a un lugar determinado, para fines de fiscalización del cumplimiento de las obligaciones sociolaboralesI tanto en los casos en que el trabajador presta servicios en establecimientos del propio empleadorI como en aquellos en que es desplazado para prestar servicios en establecimientos de otros empleadores. H3 56U7 ES EL C4DIGO DE ESTA)LECIMIENTO SEGN SU INSCRI(CI4N EN EL RUC9 A 6UE SE REFIERE LA INFORMACI4N MNIMA DE LA (LANILLA ELECTR4NICA8
El código de establecimiento es aqu9l asignado por la !$%& al momento de la inscripción en el 1$/ y se encuentra sealado en la fic"a 1$/. Este es el que debe registrarse en la Planilla Electrónica. REGISTRO DE TRA)ABADORES 3 5A 6UI7N SE CONSIDERA UN TRA)ABADOR8
rabajador es toda persona que presta servicios personales remunerados bajo subordinación. La subordinación es in"erente a la e-istencia de aquellos servicios personales trabajadoresF que se vinculan con el proceso empresarial y que por tanto requieren ser ordenados administración y gestiónF. El ordenamiento empresarial implica la e-istencia del poder empresarial para subordinar a quienes prestan servicios, dirigiendo el servicio, fiscalizándolo o eventualmente sancionándolo. %o obstante ello, este despliegue de poderes podr)a no ser ejercitado por el empleador, y ello no e-tingue la relación de subordinación. Por ello, la subordinación podr)a e-presarse en la determinación de jornadas de trabajo, "orarios de trabajo, indicación del lugar de trabajo dentro o fuera de las instalaciones de la empresaF, dirección de cómo efectuar el servicio, supervisión, sanciones, etc.
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LA PLANILLA ELECTRONICA !e encuentra tambi9n comprendido en la definición de trabajador el socio trabajador de una cooperativa de trabajadores, cuyo v)nculo con la cooperativa es, a la vez, asociativo y laboral.
J3 SI EL TRA)ABADOR VIVE EN UN DOMICILIO CON UNA DIRECCI4N DIFERENTE A LA DECLARADA AL RENIEC (ARA LA O)TENCI4N DE SU DNI9 5DE)E DECLARARSE LA DIRECCI4N REAL8
%o. !e asume como cierta la dirección registrada en el (ocumento %acional de dentidad. K3 5C4MO DE)EN REGISTRARSE LAS (ERSONAS 6UE (ERCI)EN RENTAS DE CUARTA , 6UINTA CATEGORA8
!ólo para efectos del llenado de la Planilla Electrónica, estas personas se registran dentro de la categor)a de trabajadores. !u registro como trabajadores es sólo para fines operativos y no cambia la naturaleza jur)dica de las relaciones e-istentes entre dic"os perceptores y las empresas o entidades en las que 9stos prestan servicios. Lo mismo sucede con los pescadores y procesadores artesanales independientes y con los practicantes !E%&. 3 SO)RE LA OCU(ACI4N DEL TRA)ABADOR 5C4MO DE)EN REGISTRARSE LOS (UESTOS DE LAS EM(RESAS 6UE NO ENCUENTREN EN LA TA)LA89 5EL EM(LEADOR TENDRA 6UE CREARLAS8
La tabla de ocupaciones lista ocupaciones determinadas en función de las competencias necesarias para desempear tareas en un empleoI no lista puestos de trabajo. La tabla esta predeterminada y no permite crear una nueva ocupación. (ebe considerarse que de acuerdo al art)culo 3H de la 1. '. %H @D1, la información relativa a la ocupación del trabajador al igual que la del nivel educativoF, será obligatoria a partir del periodo de enero ? @AA6, y deberá declararse únicamente de manera anual, teniendo en cuenta la situación del trabajador al ;H de enero de cada ao.
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LA PLANILLA ELECTRONICA
3 5CU:NDO DE)E MARCARSE LA O(CI4N “DISCA(ACIDAD!8