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Trafico y Aduanas
Indice 1. Introducció Introducción n 2. Origen y evolucion de las aduanas 3. Aduanas 4. Servicio Aduanero 5. Características Del Derecho Aduanero 6. Potestad Aduanera 7. Ambito de aplicacion de la potestad aduanera 8. Autoridad Aduanera 9. Competencia Territorial 10. Diferencias entre tasas e impuestos 11. Transito Aduanero 12. Almacenes y depositos aduaneros 13. Regimenes aduaneros suspensivos 14. Libre Competencia 15. Documentación requerida por los medios de transporte internacional 16. Transporte Multimodal 17. Trafico tramping “vagabundo” 18. Conclusion
1. Introducción Introducción En el trabajo a continuación se va a hacer un estudio de las aduanas en Venezuela comentando sus tipos, procedim procedimient iento o y las principales principales funciones funciones debido a la estrecha estrecha relación relación que hay con el suministro de materiales. Esto es porque muchas empresas necesitan adquirir materiales de otro país para la producción y estas mercancías pasan por un proceso de desaduanamiento en el cual se realiza un control que se lleva sobre las mismas evitando que no sean ilícitas y el valor agregado que obtienen por la imposición de un impuesto aduanero que recae directamente en los costos propios de las mercancías en cuestión.
2. Origen y evolucion de las aduanas
El más antiguo antecedente de la aduana lo constituye el portorio de los romanos. Los fenicios fueron los que iniciaron el registro para el comercio de importación y exportación, quienes a su vez fueron seguidos por los cartagineses, que fueron grandes comerciantes en el mar Mediterráneo. También existieron las aduanas de Grecia en la época antigua y se cobraba un impuesto del 2% sobre mercancía que se importaban y exportaban. Igualmente existieron aduanas en aquellas ciudades que tenían un gran auge comercial como: Génova, Pisa, Venecia entre otros. Fueron los Arabes quienes impulsaron el impuesto de aduanas, dándole el carácter de contribución general sobre todos los productos que ingresaban por sus fronteras. Estos introdujeron las aduanas en España desde la dominación ocurrida en el siglo VII y llamaron portazgo al derecho que pagaban las mercancías que se transportaban de un lugar a otro.
3. Aduanas Son oficinas públicas cuya finalidad primordial es la de controlar el paso de mercancías nacionales o extranjeras que, procedentes del exterior, van hacia otros territorios aduaneros o circulan entre diversos puntos de un mismo ámbito geográfico, también se encarga de la liquidación de los impuestos establecidos por las importaciones y exportaciones de mercancías. Funciones
La vigilancia y control de la entrada y salida de mercancías y medios de transporte por las fronteras, aguas territoriales o espacio aéreo.
Determinar y recaudar las obligaciones tributarias causadas por el punto anterior. La resolución de los reclamos, recursos, peticiones y consultas de los importadores y exportadores. Impedir las importaciones y exportaciones ilícitas. La prevención, persecución y sanción de las infracciones aduaneras. Aduana principal: Es la que tiene Jurisdicción en una circunscripción determinada y centraliza las funciones fiscales y administrativas de las aduanas Subalternas adscritas a ella. Estas estarán habilitadas para las operaciones de importación, exportación y transito. Igualmente podrá prestar servicios de transbordo, cabotaje y bultos postales. Entre las aduanas principales están: La Guaira, Aérea de Maiquetia, Postal de Caracas, Puerto Cabello, Los llanos Centrales, Las piedras de Paraguaná, Maracaibo, Puerto La Cruz, entre otras. Aduanas subalternas: Son las adscritas a una aduana principal habilitada para realizar determinadas operaciones aduaneras dentro de la respectiva circunscripción. Entre las aduanas subalternas están: Higuerote, área de la Carlota, área metropolitana de Caracas y área del centro, Turiamo, área del palito, La Vela, Tucacas, Punta Cardon, San Juan de los Callos, Adícora, Puerto de Amuay entre otras. 4. Servicio Aduanero Tendrá por finalidad intervenir y controlar el paso de mercancías extranjeras y nacionales o nacionalizadas, a través de las fronteras, aguas territoriales o espacio aéreo, a objeto de determinar y aplicar el régimen jurídico al cual dichas mercancías están sometidas. (Art. 1 de la L.O.A) Division Administrativa, Politica, Militar, Electoral O Eclesiastica De Un Territorio: Es el territorio aduanero delimitado para cada aduana principal dentro el cual ésta ejercerá la Potestad Aduanera.
Derecho Aduanero Es la disciplina que tiene por objeto regular los tributos incidentes sobre las importaciones jurídicamente " calificadas de impuestos (arancel de aduanas)", cualquiera que sea su denominación, forma de recaudar o destinación. Se considera "tributo aduanero", todo impuesto que grava el comercio internacional, siempre que no constituya:
Remuneración por servicios prestados a los importadores. Simple extensión a los productos importados, tributos internos cobrados igualmente a los productos nacionales. El Derecho Aduanero es específico y forma parte del derecho público y soporta su marco legal en Venezuela en " la Ley Orgánica de aduanas y su Reglamento", posee característica internacional. 5. Características Del Derecho Aduanero 1.- Es Derecho Público: El Estado es sujeto, esencial y dominante. El Estado tiene prorrogativos. 2.- Es De Orden Público: No puede ser derogado por convenios particulares. Igualdad de impuestos. 3.- Es una Nueva Rama Del derecho. Autonomía Propia estructura Normas propias Ingreso público, desarrollo social 4.- Impuestos Indirectos Monto del gravamen o parte de él es trasladado al consumidor final. Finalidades Del Derecho Aduanero
1)
Garantizar la salud y las condiciones de vida.
2) 3) 4) 5) 6)
Lograr una actuación de carácter ético y solidaridad humana. Fomentar el desarrollo económico. Proyectar y preservar el status político y social. Suministrar informaciones estadísticas. Percibir un tributo: Impuesto Tasa
6. Potestad Aduanera Es la facultad de las autoridades competentes para intervenir sobre los vehículos y medios de transporte que realicen trafico internacional, así como las mercancías que contengan, autorizar o impedir su desaduanamiento, ejercer los privilegios fiscales, determinar los tributos exigibles, aplicar las sanciones procedentes, en general, ejercer los controles previstos en la legislación aduanera nacional. (art. 7 de la L.O.A.)
Privilegios Del Fisco Nacional El Fisco Nacional tendrá privilegios, preferente a cualquier otro, sobre los bienes a que se refiere el art. 5º de la L.O.A., para exigir el pago de los impuestos, tasas, intereses moratorios, penas pecuniarias y otros derechos o cantidades que se originan en virtud de lo establecido en ella. Dichos bienes no podrán ser objeto de medidas judiciales preventivas o ejecutivas mientras no hayan sido cumplidos los requisitos y pagados o garantizado el crédito fiscal correspondiente. Privilegios Generales 1.- Carácter Administrativo El Fisco no presta caución para una actuación judicial. No paga impuestos nacionales, ni municipales. Obligación de todas las autoridades de colaborar con los funcionarios de hacienda. 2.- Carácter Procesal Los bienes de la nación no son embargables, ya que no están sujetos a medida de ejecución. Toda sentencia definitiva debe consultarse al tribunal superior. Los apoderados del fisco nacional, tienen la obligación de hacer valer en cualquier juicio, todos los recursos sin necesidad de autorización especial. Los tribunales deben darle prioridad a los juicios en donde está implicado el fisco nacional. Tiene carácter de título ejecutivo todas las liquidaciones de crédito a favor del fisco. 3.- Carácter Civil No es admisible compensación en contra del fisco. Privilegios Específicos 1.- Retención de mercancías por falta de pago (art. 12 de la L.O.A.) Cuando exista demora en el pago de las cantidades líquidas y exigibles causadas por motivo del pago de mercancías a través de las aduanas, éstas podrán retener las demás que hayan llegado a nombre del mismo consignatario hasta que el pago se efectúe. 2.- Prenda El Fisco no presta caución para una actuación judicial. 3.- Aprehensión de mercancías (art. 11 de la L.O.A.) Mercancías retiradas de la zona aduanera, sin que hubiese cumplido los requisitos establecidos en la ley.
7. Ambito de aplicacion de la potestad aduanera Las aduanas constituyen verdaderas barreras que protegen al país en el intercambio comercial de los productos procedentes del exterior, de tal manera que la política aduanera nacional ejercida mediante la potestad aduanera es un excelente mecanismo coadyuvante a la protección económica de la nación, ya que estas políticas bien concebidas y racionalmente bien planificadas protegen y fortalecen a la industria y al comercio nacional legalmente establecido. Ambito de Aplicación: 1.- Zona De Libre Comercio: Es el régimen jurídico, que otorga ventajas a los asociados, entre las cuales permitirles la exportación de su producción, les reconoce autonomía tarifaria frente a terceros países. (Asociación Europea de Libre comercio- EFTA).
2.- Union aduanera: En este régimen, se eliminan los gravámenes y otros obstáculos o limitaciones al comercio exterior entre los países que forman la unión, y se aplica una tarifa uniforme frente a los países que constituyen parte integrante del sistema. 3.- Mercado Comun: Constituye la forma más completa de integración. A la coordinación de la unión aduanera, se agrega la coincidencia, tales como: inversiones, producción, salarios, moneda común, que permiten la libre circulación de mercancías, servicios y capitales. (Mercado Común Europeo). 4.- Zona Franca: Es el área de terreno que éste físicamente delimitada sujeta a un régimen fiscal especial establecido, en la cual personas jurídicas autorizadas podrán instalarse en dichos terrenos, a efectos de dedicarse a la producción y comercialización de bienes para la exportación libres de gravámenes, así como la prestación de servicios vinculados con el comercio internacional. Existen tres tipos: Industriales, comerciales y servicios. (Zona franca Internacional de Paraguaná). 5.- Puertos Libres: Es el área determinada, segregada del territorio aduanero nacional y separado de éste por medio de barreras naturales o artificiales, en el cual se permita que mercancías no excluídas especialmente, puedan ser introducidas sin pago de derechos aduaneros ni otros gravámenes internos, Las mercancías no causarán el pago de impuestos de importación pero sí la tasa aduanal. 6.- Mar Territorial: Es aquella zona marítima contigua a la costa o a las aguas nacionales. 7.- Aguas Nacionales: Aquellas masas de aguas totalmente comprendidas dentro de los límites de un estado, como lo son: ríos, lagos, mares interiores, golfos, bahías rodeadas por el territorio de un estado y cuya entrada no exceda de 6 millas de amplitud, y los canales que se encuentren dentro del territorio de un estado y cuya condición jurídica, se asimila a la de los ríos. 8.- Espacio Aereo: Es aquel que cubre el territorio de la República de Venezuela hasta el límite exterior del mar territorial y está sometido a su soberanía. 9.- Territorio aduanero y territorio politico: El Territorio Aduanero (TA), es el territorio en el cual las disposiciones de la legislación aduanera de un estado son plenamente aplicables. El Territorio Nacional (TP), (excluído de hecho del territorio aduanero), supone que parte del TP no está contemplado como ámbito nacional de validez del régimen aduanero. Parte del TP del Estado forma parte del TA de otro Estado, y el propio Estado ha decidido liberar a determinado sector de su territorio, del régimen aduanero (puertos libres y Zonas francas). Casos Que Se Pueden Encontrar con relación a Los Territorios Nacionales Y Aduaneros: a) Pluralidad de TP en un solo TA: - Uniones aduaneras - Varios países con reglas comunes. Ej. Comunidad Económica Europea.
b) Territorio no nacional incluido en el TA: - Se hace por convención internacional. - Enclaves aduaneros. Ej. Suiza.
c) TP excluido por ficción jurídica del TA: - Problemas limítrofes. d) Varios TA en un mismo TP: - Régimen aduanero distinto, se regula análogamente al tráfico internacional.
8. Autoridad Aduanera Podrá ingresar a almacenes, patios, oficinas, vehículos, y demás lugares privados o públicos sujetos a la potestad aduanera sin necesidad de autorización especial. (Art. 8 de la L.O.A.) También podrá: Aplicar los procedimientos en casos de infracciones o delitos fiscales.(comercio internacional ilícito) Verificación de las operaciones aduaneras en conformidad a lo pautado en el ordenamiento legal. Importancia Su importancia recae en la organización y desarrollo del país, debido a que el control ejercido por ellas persigue el control de la mercancía que entra y sale del mismo. Su importancia es:
Percibir un tributo manifestado bajo la forma de impuesto o tasa. Fomentar y proteger el desarrollo económico. Proyectar y preservar el status político y social. Garantizar la salud y las condiciones de vida de los ciudadanos, plantas y animales. Suministrar información estadística. Lograr una actuación de carácter y solidaridad humana. Servir de punto de control para establecer las disposiciones emanadas de cualquier Ministerio y que deban, a la entrada o salida de mercancías.
Conceptos Aduaneros Circunscripción, el territorio aduanero delimitado para cada aduana principal dentro de la cual ejercerá la potestad aduanera. Habilitación, las operaciones aduaneras que pueden realizarse en cada aduana principal o subalterna. También significa el tiempo fuera de las horas hábiles o en los días feriados durante el cual se practiquen operaciones aduaneras. Zona Aduanera, área de la circunscripción aduanera integradas por las respectivas oficinas, patios, almacenes, pistas de aterrizaje, y medios de transporte y todo lo conexo con la carga y descarga y donde las mercancías que no hayan sido objeto de desaduanamiento quedan depositadas. También se denominan Zona Primaria. Zona Primaria, es la misma zona aduanera. Zona de Almacenamiento, área integrada por patios, depósitos y demás lugares de almacenamientos de mercancías.
9. Competencia Territorial De las oficinas aduaneras:
a) En el conocimiento o derechos que las asiste en los procedimientos a que haya lugar en caso de infracciones o delitos fiscales, es decir en los casos de contrabando y otros fraudes fiscales. b) En cuanto a sus obligaciones, ósea, el deber en que están las aduanas de tomar todas aquellas medidas para impedir la introducción o comercio ilícito de mercancías, y verificar las operaciones aduaneras que se realicen en las oficinas adscritas a ellas para que se ejecuten de manera legal.
Regiones Aduaneras;
-
Aduanas de la Región Capital, de los Llanos Centrales, Centro Occidental, Zuliana, de los Andes, del Sur, Nor-Oriental, Insular y Central.
Impuestos Es la prestación pecuniaria exigida por el estado en virtud de su potestad de imperio y la forma y manera establecida por la ley, de acuerdo con su capacidad tributaria, sin la existencia de contraprestación alguna determinada y con la finalidad de satisfacer los gastos públicos, entendiendo como tal, que formarán parte del ingreso público fijado por el Estado. Características: Es una prestación pecuniaria. Finalidad de cubrir necesidades públicas y los gastos públicos. Sin contraprestación específica e inmediata con respecto al contribuyente. Carácter de legalidad y obligatoriedad. Clasificación: 1.- Impuestos Generales Y Especiales a- Desde el punto de vista de la afectación de esos impuestos a un fin determinado: Impuestos Generales: Son aquellos cuya finalidad es cubrir todos los gastos de Estado sin destinarlos a algún fin especial. Impuestos Especiales: Son aquellos cuyo producto se destina a un fin determinado, se afecta a un servicio determinado. b- desde el punto de vista de aplicación del gravamen: Impuestos Generales: Es aquel que grava todas las rentas, todos los consumos o gastos, o todas las personas que efectúan un gasto determinado. Impuestos Especiales: Es el que grava sólo un tipo de contribuyente. 2.- Impuestos Personales Y Reales Impuesto Personal: Son los que se establecen tomando en cuenta fundamentalmente las circunstancias personales del contribuyente, como su capacidad tributaria total y su carga familiar. Impuestos Reales: Es así, debido a que se establece en función de la calidad y cantidad de mercancía gravada sin consultar las condiciones del contribuyente. 3.- impuestos directos e indirectos. Impuestos Directos: No permiten el traslado y en ellos coinciden el sujeto de hecho y de derecho. Impuestos Indirectos: Es aquel que paga el importador y la relación jurídica se establece entre el importador y el fisco, pero lo soporta, en definitiva el consumidor. 4.- Impuestos proporcionales y progresivos. Impuestos proporcionales: es en el cual que se establece una proporción para el pago. Ejemplo: 16,5 % sobre el monto de la mercancía. Impuestos progresivos: es la que se establece en la medida que se obtenga más rentas , se paga mayor impuesto, y así en forma escalonada, se va aumentando el porcentaje. 5.- Impuestos ordinarios y extraordinarios. Impuestos ordinarios: son los que se repiten en todos los presupuestos. Impuestos Extraordinarios: Son los que tienen carácter de temporales y eventuales.
Tasas Aduaneras Son contraprestaciones que los sujetos pagan al estado como retribución especial por su servicio divisible y ocasional que el Estado le presta, o por los gastos originados a este en el ejercicio de la actividad administrativa en beneficio del particular. (Están definidas en el art. 3º, numeral 6 y 7 de la L.O.A. y los artículos del 36 al 39, de la R. L.O.A. define la forma en que los usuarios pagarán la tasa por el servicio de aduana.
10. Diferencias entre tasas e impuestos
Las tasas, tienen un carácter ocasional para el pago de la misma en cambio el impuesto tiene un carácter que cada vez que se causa es permanente y obligatorio. Las tasas se pagan como contraprestación de un servicio específico recibido en cambio, los impuestos no se otorga una contraprestación específica e inmediata por su cancelación.
Impuesto Aduanero El impuesto aduanero es aquella prestación pecuniaria obligatoria, que el Estado impone a los particulares por el paso de mercancías a través de las aduanas habilitadas del país. Sin embargo, no todo paso de mercancía a través de la misma constituye el impuesto de la Aduana, por lo tanto se debe partir del siguiente aforismo: "Todo impuesto de aduana es causado por el paso de mercancías a través de las aduanas nacionales habilitadas, pero no todo el paso de mercancías a través de dichas aduanas es causa del impuesto de adunas." La regla principal para nazca un impuesto aduanero es que la mercancía debe venir de otro territorio aduanero o ir al mismo cualquiera que sea; y hay que señalar que la mercancía debe ser a titulo definitivo, es decir, que la misma debe estar destinada al consumo, sea en el territorio o fuera del. En resumen, sino interviene ese otro territorio aduanero, no nacerá un impuesto, pues ya se sabe que el comercio de cabotaje no causa impuesto, debido a que es solo un intercambio de mercancías nacionales o nacionalizadas entre los distintos puertos de la República que posee un territorio aduanero único. Tampoco causa impuesto de aduana por la misma razón, la introducción de efectos con carácter temporal, donde la finalidad no es el consumo de los efectos, sino otra distinta, y donde la mercancía, después que dicha finalidad ha sido cumplida, deberá retornar o reexportarse, según el caso. Aunque a veces necesita un consumo para conocer esa naturaleza y calidad, tampoco se causaría el impuesto, porque lo esencial y determinante no es el consumo en si, sino dar a conocer la mercancía, y porque el consumo esta limitado a lo estrictamente necesario, sin que pueda haber excesos injustificados. En resumen, el impuesto de aduanas supone:
Paso de mercancías (no de personas). A través de nuestras aduanas habilitadas. Desde o para otros territorios aduaneros. A título definitivo (consumo).
Elementos:
Subjetivos:
Personales Animo de importar, exportar y tránsito. Objetivos: La mercancía El territorio Clasificación:
Extracción de mercancías: Impuesto de exportación Introducción de mercancías: Impuesto de importación Tránsito: Nacional e Internacional: Paso por el territorio aduanero nacional de mercancías para consumo en otro territorio aduanero y el paso por aduanas del mismo territorio Tipos:
AD VALOREM: Viene dado por un porcentaje del valor de la mercancía. ESPECIFICO: Viene dado por un factor de ajuste en unidades del sistema métrico decimal (Bs/Kg o 3 Bs/m ). MIXTO: Tiene un componente ad valorem y específico.
Causacion Del Impuesto Aduanero Las mercancías causarán el impuesto aduanero y estarán sometidas al régimen vigente para la fecha de llegado o ingreso a la zona primaria de cualquier aduana nacional habilitada para la respectiva operación. Para ser exigible el impuesto, se requiere la determinación y su liquidación, el cual se logra mediante el proceso de reconocimiento.
Base Imponible De Las Tasas Aduaneras Es aquella parte de la riqueza del contribuyente de la cual este toma para cancelar el gravamen. Esta fuente debe ser la renta, porque es el producto del capital o del trabajo, que en este caso es el resultado de la materialización del Hecho imponible en aduanas.
El Hecho Imponible Y El Hecho Gravado El hacho imponible en este gravamen es el paso de mercancías en general en cualquiera de las tres direcciones (importación, exportación y transito) por las fronteras no políticas sino aduaneras. A los fines de este impuesto, el territorio político de un país no coincide siempre con el territorio aduanero, constituyéndose las llamadas zonas francas y puertos libres y celebrándose convenios internacionales que fusionan dos o más territorios de países a los fines del tributo. El hecho gravable es la importación, exportación o transito de mercancías, según el Art. 82 donde consta que dichas operaciones están sujetas al pago del impuesto. El objeto de la relación aduanera (hecho generador) esta ligado a dos cosas materiales: las cosas importadas, exportadas o de transito y el territorio aduanero, muy ligado al citado movimiento de mercancía.
11. Transito Aduanero Se entiende por operación de tránsito aduanero el transporte de mercancías desde una oficina aduanera de destino partida a una de destino, bajo el régimen de tránsito aduanero. A estos fines, se entiende por aduana de partida, la oficina aduanera por donde comienza la operación de tránsito; por aduana de paso, tosa oficina aduanera por donde transiten las mercancías en el curso de la operación de tránsito aduanero; y por aduana de destino, la oficina aduanera donde termina la operación de tránsito. Las operaciones de tránsito aduanero comprenden el territorio nacional e internacional. Cuando la operación termine en el país, el importador presentará la declaración de aduana en la oficina aduanera de destino.
12. Almacenes y depositos aduaneros Tipos:
1. Depósitos temporales: - Las mercancías permanecerán bajo potestad aduanera hasta cumplir su tramitación legal. - Se pueden acoger a éste régimen, las empresas que deseen almacenar sus mercancías a utilizar en -
sus procesos industriales. El plazo máximo de permanencia de las mercancías es de 30 días contados a partir del vencimiento del plazo definido en el art. 24 de la L.O.A.: Se pueden realizar operaciones de conservación y mantenimiento.
2. Depósitos Aduaneros (in bond):(régimen especial): - Bajo control y potestad de la aduana, sin estar sujetas al pago de impuestos de importación y tasa -
aduanal, para su venta en los mercados nacionales e internacionales, previo cumplimiento de los requisitos legales. El plazo máximo de permanencia de la mercancía será de un (1) año, contados a partir de la fecha de ingreso al depósito. Las mercancías pueden ser parcialmente o totalmente exportadas, importadas, reexportadas, reembarcadas hacia otros territorios aduaneros, puertos libres, zonas francas, etc. Si las mercancías van a ser nacionalizadas, se aplicarán los requisitos ordinarios de importación vigentes. Se maneja la figura como si la mercancía continúa viajando.
3. Almacenes Libres de Impuestos (duty free shops): - Autorización para expedir mercancías destinadas a pasajeros, que están en tránsito en el país, las -
cuales son llevadas como parte de su equipaje. Solamente para establecimiento que están ubicados en puertos y aeropuertos internacionales.
4. Almacenes Generales de depósitos: Son de tres clases: a) Destinados exclusivamente a graneros o depósitos especiales para semillas y demás frutos o productos agrícolas, industrializados o no. b) Los que cumplen el punto anterior, además de, admitir mercancías o efectos nacionales de cualquier clase o extranjero, por los que hayan pagado los derechos correspondientes. c) Autorizados para recibir exclusivamente mercancías por los que no se hayan satisfecho los derechos de importación correspondiente.
13. Regimenes aduaneros suspensivos Admisión Temporal: El régimen mediante el cual se introducen mercancías al territorio aduanero nacional, con suspensión del pago de los impuestos de importación y otros recargos o impuestos adicionales que fueron aplicables, con una finalidad determinada, a condición de que sean reexpedidas luego de su utilización, sin haber experimentado modificación alguna. Admisión Temporal Para Perfeccionamiento De Activo: El régimen mediante el cual se introducen al territorio nacional insumos, materias primas, partes o piezas de origen extranjero, con su pensión de los impuestos aplicables a la importación, para ser reexpedidas después de haber sufrido transformación, combinación, rehabilitación, reparación o ensamblaje. Exportación Temporal Y Exportación Temporal Para Perfeccionamiento Pasivo: (Similitud con la admisión temporal y admisión temporal para perfeccionamiento de activo). Reposición De Franquicia Arancelaria: Régimen aduanero especial que permite importar, por una sola vez con liberación de pago de los impuestos de importación, mercancías equivalentes en cantidad descripción, calidad y características técnicas, a aquellas respecto a las cuales fueron pagados los impuestos de importación y que fueron utilizados en la producción de mercancías exportadas previamente, con carácter definitivo. Draw Back: (Reintegro de los impuestos de importación): El régimen aduanero especial que permite reintegrar parcialmente o totalmente el monto de los impuestos arancelarios que hubiesen sido cancelados cuando se trate de mercancías destinadas a la elaboración o terminación en el país, de productos que luego son exportados.
Embarques Fraccionados
Mercancías completas o armadas: Para el monto del impuesto aduanero, se toma en cuenta el conjunto o equipo. Las mercancías se presentan con las partes sueltas o parcialmente unidas (completas o incompletas) - En la misma importación, todas las partes sueltas o parcialmente unidas, el monto del impuesto aduanero, se toma en cuenta el conjunto o equipo. - En la misma importación, se introducen partes incompletas (sueltas o unidas parcialmente) de un equipo, pero las partes faltantes no modifican la naturaleza o función del equipo, el impuesto se calculará como si estuviese completo el equipo. - En la misma importación, se introducen solo algunas partes de un equipo y las partes que faltan alteran la naturaleza o función del equipo, el impuesto se determinará por partes. - En distintas importaciones, se introducen todas o algunas partes del equipo, se determinará el impuesto por las partes que vayan ingresando. Existen importaciones que por su valiosidad y volumen, no pueden ser despachadas en un sólo buque: En estos casos, la llegada al país del primer embarque, causa la totalidad del impuesto, así no lleguen el resto de los embarques. Modificaciones arancelarias y el principio de irretroactividad Cuando entra en vigencia una ley, decreto o resolución que modifique el arancel de aduanas, la nueva medida es aplicable a todas las mercancías (sin excepción) que lleguen al primer lugar habilitado después de que las mismas hayan entrado en vigencia, la importación es una operación que se moviliza en el espacio y en el tiempo.
La irretroactividad exige que la norma no afecte a los negocios y consecuencias que han sido consumados antes de la entrada en vigencia, pero en virtud del principio de aplicación inmediata de la norma, ésta se debe aplicar desde su entrada en vigencia para los actos o negocios y las consecuencias que ocurran a partir de esa fecha sin que esto último signifique retroactividad.
Reconocimiento Consiste en la determinación del régimen jurídico al que se encuentran sometidas las mercancías de exportación e importación. En este acto se analiza la corrección y exactitud de las declaraciones de aduana, con motivo de la aceptación o declaración de las mercancías, se verificará la documentación y se establecerá, a la vez, la existencia y estado físico de los efectos. Art. 44 de la L.O.A. Valor Normal Es el precio normal de las mercancías y constituye su base imponible. Son elementos constitutivos del valor normal: el precio, el tiempo, el lugar, la cantidad y el nivel comercial. El valor normal de las mercancías en aduanas, se establecerá en bolívares, a tal fin, la conversión de los valores, expresados en monedas extranjeras se hará al tipo de cambio nominal establecido por el banco central de Venezuela, para la fecha de llegada de las mercancías al lugar venezolano de destino habilitado para la importación.
El precio normal de las mercancías constituye la base imponible. Sus elementos constitutivos son: precio, tiempo, lugar, cantidad y nivel comercial. El Precio normal es aquel que se estima pudiera fijarse para las mercancías de importación, como consecuencia de una venta efectuada en condiciones de “libre competencia” entre un comprador y un vendedor independientes unos de otros, en el momento en que son exigibles los gravámenes arancelarios. Se entiende por precio normal el que se fija en el momento de aceptación de la declaración de aduanas, precio que debe ser consecuencia de la declaración de aduanas, y que además debe ser consecuencia de una venta en condiciones de libre competencia, entre un vendedor y un comprador, independientes entre sí. Cuando se rompe esta libre competencia, se utiliza para equiparar el precio normal, el mecanismo conocido como vinculación comercial y/o financiera, el cual consiste en la aplicación por parte del ministerio de hacienda, de porcentajes sobre el valor F.O.B.O.C.I.F. de las mercancías declaradas. Viene expresado en Bolívares. A la moneda extranjera, se le aplica conversión al tipo de cambio nominal (B.C.V), para la fecha de llegada de la mercancía al lugar venezolano de destino habilitado. Las condiciones que se fijan para las mercancías de importación: Libre competencia Comprador y Vendedor independientes Momento: aceptación de la declaración de aduana Se les aplican los mecanismos del Ministerio de Hacienda: % Valor C.I.F o F.O.B. de las mercancías declaradas.
14. Libre Competencia Es aquella actividad en la cual existan las condiciones para que cualquier sujeto económico sea oferente o demandante, tenga completa libertad de entrar o salir del mercado, y quienes están dentro de él, no tengan posibilidad, tanto individualmente como en colusión con otros, de imponer alguna condición en las relaciones de intercambio. Estas condiciones se dan en un mercado de libre competencia
Condiciones De La Libre Competencia
Sujeto dentro y fuera del mercado: no podrán establecer condiciones individualmente ni en compañía de otros. Sujeto económico: cualquier sujeto puede ser demandante u oferente Completa libertad: salir o entrar del mercado.
Icoterms Tienen por objeto establecer una serie de normas internacionales de carácter facultativo para precisar el exacto sentido de los principales términos utilizados en los contratos de venta con el extranjero. Están destinados a los hombres de negocios que prefieren la certeza de reglas uniformes a la incertidumbre que producen las múltiples interpretaciones dadas a los mismos términos en diferentes países. Con el fin de poner a disposición de los exportadores e importadores un instrumento capas de eliminar las causas principales de las múltiples interpretaciones, la Cámara de Comercio Internacional publicó en 1936, los términos comerciales conocidos con el nombre de Icoterms 1936. Estas normas han sido revisadas y actualizadas dando origen a los Icoterms 1953, 1967, 1976, 1980 y 1990, de donde se realizó la adaptación de los terminos al creciente uso de intercambio de datos electrónicos (EDI) por una parte, y por la otra, los cambios que se han producido en las técnicas de transporte, como son: utilización de containers de carga, transporte multinacional y roll on roll of.
Condiciones De Entrega Son las cláusulas de compra - venta establecidas entre el importador y el exportador para regulizar el despacho, transporte y recepción de las mercancías, esto con el objeto de asignar responsabilidades de documentos, riesgos y costos. 15. Documentación requerida por los medios de transporte internacional Via Aerea: Manifiesto de carga Guías aéreas Via Maritima: Manifiesto de carga Conocimientos de embarque Via Terrestre: Manifiesto de carga o encomienda Guía terrestre o guías de encomienda. Los documentos señalados deberán ser firmados por el porteador o por el agente, o por el representante legal, en forma manuscrita, troquelada o perforada. (Art. 65, L.O.A.) Manifiesto De Carga: Contiene:
Fecha de salida y sitio de embarque del vehículo o porteador. Datos de la carga. Clase, nacionalidad, porte y nombre del vehículo.
Nombre del porteador, los remitentes y consignatarios de la mercancía Numero de los conocimientos de embarques, marcas, numeración de los bultos, clase, cantidad, peso y contenido, suma de los bultos. Firma del porteador. Manifiesto De Carga Terrestre: Contenido:
Denominación o razón social del transportista. Nombres de la tripulación y licencias Identificación del vehículo, número de matricula y nacionalidad. Lugares de embarque y descarga Nombres del remitente y consignatario. Cantidad, peso, volumen y contenido de los bultos. Fecha de emisión y firma del porteador.
Conocimientos de embarque: Funciones: Contrato entre el exportador y la compañía marítima porteadora. Constancia de recibimiento de la mercancía por parte del porteador. Documento de responsabilidad de llevar la mercancía desde el puerto de embarque hasta el puerto destino y controlarla. Contenido: Nombre del exportador y del buque. Tipo de mercancía, peso y medida. Numero de paquetes y marcas. Destino y consignatario de la mercancía. Los formularios de B/L son suministrados por la compañía marítima transportista. El tipo de formulario puede variar con el transportista, pero cada formulario contienen cláusulas indicando las condiciones bajo las cuales el transportista acepta la mercancía para transportación. El valor de la mercancía indicada en la factura comercial normalmente no aparece en el B/L. También como dato en el B/L, se puede suministrar la información del flete convenido y su monto. Si la mercancía o su empaque no está en óptimas condiciones, la compañía marítima transportista hará su anotación al respecto en el B/L para protegerse contra reclamos por daños o averías. B/L expedidos por mercancía recibida por la compañía marítima transportista en buenas condiciones se llaman “limpios”. Embarques bajo cartas de crédito usualmente requieren este tipo de B/L. Los capitanes de buques deben presentar una copia de cada conocimiento de embarque a la capitania de puerto antes del zarpe del vehículo Clasificación De Conocimientos De Embarque Al portador: se usa rara vez, ya que cualquier persona en posición del documento puede reclamar la propiedad de la mercancía. Negociable o hecho a la orden: este documento de transporte puede ser traspasado, con simple endoso y por tanto la propiedad de la mercancía. Si el “Bill of Lading” es endosado en blanco, prácticamente se convierte en un “Bill of Lading” al portador. No Negociable o “Staihgt of Lading”: son aquellos donde el consignatario es el último propietario de la misma, y no puede traspasar el título a nadie.
Conocimiento De Embarque Terrestre: contenido:
Denominación o razón social del transportista y su dirección. Nombres y dirección del remitente. Lugar y fecha de embarque de la carga y lugar previsto para su descarga. Nombre y dirección del consignatario. Características de peligrosidad. Cantidad, peso, volumen y contenido de los bultos Fletes y gastos suplementarios, valor declarado de la carga.
Guia Aerea: Contenido:
Nombre del transportista Firma o autenticación del transportista o su agente. Descripción de la mercancía aceptados para su transporte. El aeropuerto de origen y destino como lo indica el crédito.
16. Transporte Multimodal Se entiende por transporte multimodal, intermodal o combinado, la operación de tránsito aduanero mediante el cual el transporte de mercancías se realiza por dos o más modos de transporte, desde un lugar donde el operador del transporte multimodal se hace cargo de las mercancías, a otro lugar designado para su entrega, situado en un país diferente Contenido del documento:
El nombre del transportista o del operador multimodal y tiene que estar firmado o autenticado por el transportista u operador multimodal o su agente autorizado. La indicación de que las mercancías fueron despachadas o tomadas a cargo o tomadas a bordo. El lugar de la carga, establecida en el crédito.
Selección de medios de transporte internacional Entre los factores que influyen se encuentran: Oportunidad: Requerimientos de la producción y niveles de inventario. Tipo de mercancía, vía aérea. Viene determinado por los requerimientos de la producción y los niveles de inventario en planta, que conjuntamente con los tiempos de entrega y naturaleza de la mercancía, se establece la oportunidad del servicio. De los medios de transporte, por vía aérea es el modo más oportuno y seguro. Capacidad: Peso y volumen a transportar. Economías de escala. Vía marítima y ferroviaria. El volumen y peso de las mercancías a transferir, son elementos fundamentales en la selección de los medios de transporte. Los modos de transporte que tienen una alta capacidad y productividad (Bs./TM, Bs./M3) en las transferencias de mercancías por cada viaje, se ejecutan por vía marítima y
ferroviaria, ya que están diseñados para transportar grandes masas y volúmenes por viaje, lo que incide en la disminución de los fletes. En la selección de los medios de transporte se utilizan criterios de economías de escalas y sobre todo en los medios de transporte masivos (buques y ferrocarril), en donde se buscan las toneladas o volúmenes mínimos a transportar por viaje, para que aparezcan las economías de escala, es decir que se haga el viaje rentable. Aproximadamente el 85% del transporte de mercancías en el ámbito internacional se ejecutan por vía marítima. Costos: Oportunidad y capacidad. Seguridad y naturaleza de la mercancía. La capacidad, la oportunidad en la entrega, seguridad y naturaleza de la mercancía, son elementos que inciden en la estructura de costos de los modos de transporte, es decir a mayores volúmenes y medios de transporte con una alta capacidad de carga, los fletes son menos costosos, como por ejemplo por vía marítima, y medios de transporte con una alta oportunidad, se hacen más costosos, ejemplo, vía aérea. 17. Trafico tramping “vagabundo” Se le aplica a los buques que no tienen un tráfico regular, van donde está el negocio. Se trata de buques que recorren todos los mares del mundo, yendo de puerto en puerto y que no necesariamente son operados por armadores, sino que generalmente son arrendados o alquilados a otros armadores o aplicados a la realización de negocios eventuales. Aproximadamente el 60% del comercio marítimo mundial se ejecuta bajo esta figura.
Trafico Regular Son denominados tráfico de línea, o sea, tráficos organizados para atender una determinada área en el transporte de mercancías, en forma periódica, regular, con un número comprometido de salidas anuales y en condiciones preestablecidas. La diferencia que existe entre el armador propietario y el armador operador, es que el primero es el inversionista, él adquiere o construye el buque, corre con mayor riesgo financiero; mientras que el segundo es el que explota el buque para realizar uno o más viajes, sin tomar otros riesgos que los de ese viaje.
Fletamento Contrato en virtud del cual una persona, llamada flotante o locador, da en arrendamiento a otra, llamada fletador o locario un buque cualquiera, ya sea sin o con entrega del buque, con el fin de transportar mercancías. El contrato de fletamento se prueba por escrito y se instrumenta mediante pólizas de fletamento o charty party. El precio pagado por concepto del arrendamiento del buque se denomina flete.
Ventajas Y Desventajas De Los Medios De Transporte
Modos de transporte
Ventajas Capacidad: tienen un alto volumen de carga. Competitividad: fletes más bajos por el alto volumen de carga.
Desventajas Accesibilidad: los buques están solo disponibles en los puertos, y el exportador generalmente no está cerca de ellos.
Flexibilidad de carga: existe gran variedad de modalidades disponibles. Continuidad de operaciones: el exportador tiene seguridad a la hora de planificar el transporte.
Embalaje: debe ser resistente y duradero, los cuales resulta más costoso. Lentitud: la velocidad de los buques es muy baja. Frecuencia: es menor, ya que son lentos y las cargas son grandes.
Rapidez: genera un buen servicio en la entrega, oportuno para productos perecederos. Embalaje: no tienen que ser especializados, y son más livianos. Inventarios bajos: por la alta frecuencia de los viajes.
Limites en su capacidad: capacidad máxima para naves de pasajeros 35 tm. Y cargueros hasta 105 tm. Costo unitario: fletes muy costosos. Artículos peligrosos: tienen gran dificultad para ser trasladados en este modo de transporte.
Maritimo
Aereo
18. Conclusion Las Aduanas, son oficinas públicas cuya finalidad primordial es la de controlar el paso de mercancías nacionales o extranjeras que, procedentes del exterior, van hacia otros territorios aduaneros o circulan entre diversos puntos de un mismo ámbito geográfico, también se encarga de la liquidación de los impuestos establecidos por las importaciones y exportaciones de mercancías. Estas aduanas están bajo supervisión del S.E.N.I.A.T. debido a la facultad que tienen para ejercer coacción en materia tributos causados por el paso de mercancías en general en cualquiera de las tres direcciones antes mencionadas. Es importante señalar que las fronteras aduaneras no siempre coinciden con las fronteras políticas del país, por eso, la coacción del impuesto aduanero debe ser exigido en todos aquellos lugares de control que estén debidamente habilitados. Esto impuestos aduaneros pueden ser utilizados como instrumentos muy efectivos, para el logro de objetivos vinculados al desarrollo económico del país, también pueden ayudar a implementar un proceso de situación de importaciones, en el cual, en un país subdesarrollado, puede constituir una política muy positiva. Se entiende por operación de tránsito aduanero el transporte de mercancías desde una oficina aduanera de destino partida a una de destino, bajo el régimen de tránsito aduanero. A estos fines, se entiende por aduana de partida, la oficina aduanera por donde comienza la operación de tránsito; por aduana de paso, tosa oficina aduanera por donde transiten las mercancías en el curso de la operación de tránsito aduanero; y por aduana de destino, la oficina aduanera donde termina la operación de tránsito. En cuanto al tránsito aduanero, se puede decir que es el transporte de mercancías desde una oficina aduanera de destino partida a una de destino, bajo el régimen de tránsito aduanero. Tomando en cuenta de que existen diversos tipos o modos de transporte como el de vía aérea, marítima y terrestre, los cuales cada uno tienen ventajas y desventajas.
Desaduanamiento de mercancías Via marítima – documentos
Manifiesto de importación y declaración de valor (forma A y B). Determinación de derechos de importación, impuesto al consumo suntuario y a las ventas al mayor – autoliquidación (forma C). Planilla de pago. BL (Bill of Lading o conocimiento de embarque). Factura comercial original.
Desaduanamiento de mercancías Via aérea – documentos
Manifiesto de importación y declaración de valor (forma A y B). Determinación de derechos de importación, impuesto al consumo suntuario y a las ventas al mayor – autoliquidación (forma C). Planilla de pago. AWB (Air Waybill o guía aérea). Factura comercial original.
Exportación de mercancías Via marítima – documentos
Manifiesto de exportacíón y declaración de aduana para la exportación (forma D). Acta de Reconocimiento. Certificado de inscripción en el registro de exportadores. BL (Bill of Lading o conocimiento de embarque). Factura comercial original.
Trabajo enviado por: Mariana Poth
[email protected]
8vo semestre Carrera: Contaduría Pública Universidad Nacional Experimental de Guayana (UNEG)