Medellín, 13 de diciembre de 2012.
Señor JUEZ PENAL MUNICIPAL DE MEDELLIN - REPARTO E. S. D. REFERENCIA: ACCIÓN DE TUTELA LUZ LUZ DARY DARY CHAV CHAVAR ARRI RIAG AGA A DE REST RESTRE REPO PO,, may ayor or de eda edad, identificada con Cédula Cédula de Ciudadanía 42.!!.222, domiciliada en Mede Me dellí llín, n, acud acudo o re"# re"#et etuo uo"a "ame ment ntee ante ante $"ted, $"ted, Seño Señorr %ue& %ue&'' a "olicitarle el am#aro Con"titucional e"tablecido en el artículo () de la Con"t Con"titu ituci* ci*n n +olíti +olítica ca de Colo Colombi mbia, a, denomin denominado ado ACCIÓN DE TUTELA, #ara ue "e me #rote-an #rote-an mi" dereco" dereco" fundamentale" fundamentale" a la SEGURIDAD SOCIAL y DERECHO DE PETICIÓN, PETICIÓN , adem/" de la VIDA VIDA DIGN DIGNA A, ue e"t/n "ien iendo ulne lnerado" #or el INSTITUTO DE LOS SEGUROS SOCIALES y COLPENSIONES, COLPENSIONES , re#r re#re" e"en enta tada da"" #or #or uie uiene ne"" aa aan n "u" "u" e ece ce"" al mome moment nto o de notifi notificac caci*n i*n,, tr/mite tr/mite y e-ecut e-ecutori oriaa de la #re"ent #re"entee tutela tutela,, a fin de ue "e "ira acer la" "iuiente" o "imilare" DECLARACIONES Muy comedidamente #ido a "u De"#aco, Señor %ue&, "e tutelen lo" dereco" fundamentale" de Dereco de +etici*n y a la ida Dina en coneidad con el dereco de "eunda eneraci*n a la Seuridad Social' #ara ue de e"ta manera ce"e el daño ue "e me iene cau"ando flarantemente. +or lo tanto, ue "e ordene al INSTITUTO INSTITUTO DE LOS SEGUROS SEGUROS SOCIALES SOCIALES y COLPENSION COLPENSIONES ES,, ue #roceda de inmediato al re"tablecimiento del dereco, "e "ira 5ES67E5 5ES67E5 78 S679C9:$D S679C9:$D DE M9 +E;S9<;, con retroactiidad retroactiidad a la feca en ue aduirí el dereco. HECHOS 1. De"de ace m/" de un =1> año, #re"enté "olicitu itud de reconocimiento de la #en"i*n de e-e& de conformidad con la ley 100 de 13 en concordancia con la ley !! de 2003 ante el 9n"tituto de lo" Seuro" Sociale", Seccional 8ntiouia. 2. El radicad radicado o de la menciona mencionada da "olicitu "olicitud d de #en"i*n #en"i*n al ue "e ace menci*n en el eco anterior a#arece con el n?mero referido referido en la mi"ma y ue "e anea, y a la feca y lueo de
aber tran"currido a#roimadamente un =1> año y #or ende lo" cuatro =4> me"e" ue a concedido a e"ta entidad la Corte Con"titucional #ara efecto" de dar re"#ue"ta a la" "olicitude" entendida" como dereco de #etici*n, no an #rocedido a re"#onder de fondo la "olicitud. 3. 7ueo de la de"a#arici*n del 9SS, tanto é"ta como C67+E;S96;ES "e acacan re"#on"abilidade" y ninuna da cuenta de mi re"oluci*n "obre la #en"i*n, #or lo cual iolan flarantemente el dereco de #etici*n. 4. 8l día de oy de"#ué" de aber tran"currido un tiem#o con"iderable e infraumano y m/" de cuatro =4> me"e" de"de la #re"entaci*n de la "olicitud, "in ue a la feca "e "e#a la "uerte definitia de mi #en"i*n de e-e&' no ob"tante aber tenido ue "olicitar mediante tutela ue "e re"oliera la mi"ma, "*lo "e re"oli* la re#o"ici*n "in ue "e aya de"atado la a#elaci*n, #ara entender"e de e"ta manera aotada la "ede admini"tratia. @. Como "e #odr/ a#reciar "u Señoría, la de"idia y neliencia de la" accionada" e" notoria y de-an en a"cua" al ciudadano y #or ende atentan contra la "euridad -urídica del tan cacareado E"tado de Dereco ue #reona la Carta. DERECHOS VIOLADOS De lo anteriormente narrado "e e"tablece iolaci*n a lo" "iuiente" Dereco" Aundamentale" con"arado" en la Con"tituci*n +olítica de Colombia y en :ratado" 9nternacionale" ue er"an "obre Dereco" Bumano" y ue conforme lo ordena el artículo 4 del Decreto 2@1 de 11 y el mi"mo artículo 3 de nue"tra Carta +olítica ue también con"ar* 7o" dereco" y debere" con"arado" en e"ta Carta, "e inter#retar/n de conformidad con lo" tratado" internacionale" "obre dereco" umano" ratificado" #or Colombia LA DIGNIDAD HUMANA El cual "e encuentra con"arado en el artículo #rimero de la Con"tituci*n +olítica de Colombia, y bu"ca ue no "olamente "e #rote-a la ida como dereco fundamental "ino, ue la ida ue llee e"a #er"ona "e ia de manera decoro"a y re"#etuo"a' #or ello a #e"ar de ue la dinidad umana no "e encuentra como #rinci#io fundamental, e" un #rinci#io rector de la carta y de nue"tro E"tado Social de Dereco. En e"te "entido, el E"tado no "*lo "e com#romete a #roteer la ida, "ino adem/" a #rocurarla y aranti&arla como ida dina. +or lo relatado Señor %ue&, me e"t/
tratando la accionada de manera indina cuando "e me de"conoce el dereco fundamental #or coneidad a la Seuridad Social y altera mi mínimo ital de "ub"i"tencia como e" la #en"i*n de e-e&, frente a la cual cabe adertir ue no teno m/" inre"o" #ara "ub"i"tir ue la mi"ma. El 9.S.S. iol* flarantemente el dereco fundamental de #etici*n, #ue" lo" término" #ara tale" efecto" e"t/n encido", "in ue a"ta el momento "e aya dinado a manife"tar ue acontece con mi "olicitud de car/cter con"titucional. 7a Corte Con"titucional a e#re"ado en la Sentenc! T-""#$%& “La demora de la administración en cancelar oportunamente las mesadas pensiónales a los accionantes, atenta gravemente contra la dignidad humana , dadas las especiales circunstancias por las que atraviesan”.
8dem/", e"t/ iolando -uri"#rudencia de la Corte Con"titucional cuando en "entir de la uardiana de la Con"tituci*n "e a e#re"ado ue 7a "ala recuerda ue, como lo a "o"tenido la -uri"#rudencia, a traé" de la acci*n de tutela "e #uede conceder el am#aro a lo" dereco" de la" #er"ona" de la tercera edad o de auella" ue "e encuentren ba-o la" i#*te"i" y dentro de lo" reui"ito" ue "eñale la ley #ara lorar "u #en"i*n de -ubilaci*n, e"tando en #eliro "u" dereco" a una ida dina, al mínimo ital, a la "alud o a la interidad #er"onal. =Corte Con"titucional. Sala Fuinta de 5ei"i*n. Sentencia :G)30 del 30 de ao"to de 1>. A LA SEGURIDAD SOCIAL Con"arado en el artículo 4( y del cual la Corte Con"titucional a inter#retado como Aundamental. G Declaraci*n $nier"al de Dereco" Bumano", artículo 22 G Conenci*n 8mericana "obre Dereco" Bumano", artículo 2) G +acto 9nternacional de Dereco" Econ*mico" y Sociale" artículo G Conenio" de la 6rani&aci*n 9nternacional de :raba-o Se me iola e"te dereco #orue no e #odido di"frutar de mi #en"i*n, no ob"tante a #e"ar de ue la "olicitud de #en"i*n fue acom#añada #or todo" lo" documento" "olicitado". 8l iual "e ob"era en otra" Sentencia" lo cual e" bueno recordar lo e#re"ado en la Sentencia : H 140 de 2000, "obre el tema
a> El dereco a la "euridad "ocial, ue #uede acer"e efectio a traé" del #ao o#ortuno de la" me"ada" #en"ionale", aduiere el rano de fundamental cuando "u incum#limiento ulnera o amena&a lo" dereco" a la ida o a la "alud del #en"ionado. Se recuerda ue "omo" #er"ona" ue no" encontramo" #or fuera del mercado laboral y ue en la ran mayoría de lo" ca"o" de#endemo" ?nica y eclu"iamente de la #en"i*n, #or "er e"ta la ?nica fuente de recur"o" econ*mico" ue no" aranti&a el cubrimiento del mínimo ital, y el mantenimiento de una ida en condicione" dina" y -u"ta"' como lo e#re"a la Sentencia : 04@) de 2000 I "e a "eñalado ue el dereco al #ao #untual y com#leto de la" me"ada" #en"i*nale", "e con"tituye en un dereco fundamental, #ue" con tal de"conocimiento "e atenta contra lo" dereco" fundamentale" a la "euridad "ocial, al mínimo ital y a la ida mi"ma. 6tra" "entencia" "e an #ronunciado en el mi"mo "entido, como "on entre otra" la" "iuiente" Sentencia" :G234, :G2)4, :G2!, :G 2(3, :G2(), :G2( y :G4! de 1, entre muca" otra". =:odo" lo" teto" "ubrayado" no #ertenecen a la" #roidencia" citada">. DERECHO DE PETICIÓN Con"arado en el artículo 23 de la Con"tituci*n +olítica, toda e& ue de"de el 2) de ao"to de 200' "e radic* la "olicitud de la #en"i*n, y a la feca no me an decidido, ni afirmatia, ni neatiamente. 7a Corte a manife"tado en dier"a" o#ortunidade" ue en e"to" ca"o" #rocede la #rotecci*n #or ía de tutela del dereco a la "euridad "ocial en coneidad con dereco" fundamentale" como el dereco de #etici*n, a la iualdad, al debido #roce"o, al mínimo ital etc. Sentencia :G(@0 del 2 de "e#tiembre de 2004. En la Sentencia :G23@ de 2002 3, "e a manife"tado lo "iuiente "(…> re"#ecto a la "olicitud de reconocimiento de #en"i*n en
cuanto dereco de #etici*n y en conei*n con el dereco a la "euridad "ocial, la -uri"#rudencia fue cate*rica En innumerable" #ronunciamiento"4 la Corte a reiterado ue el dereco a la "euridad "ocial en #en"ione", en cuanto inculado al
dereco a la "ub"i"tencia en condicione" dina", aduiere la connotaci*n de dereco fundamental ." En irtud de lo anterior, "e a "o"tenido ue el a"#irante a #en"ionado no #uede re"ultar #er-udicado #or lo" #roblema" de índole admini"tratio, ni #or lo" #roblema" de uiene" e"t/n obliado" a efectuar lo" #ao" #ara "u #en"i*n, o #or la demora en la emi"i*n de la" cuota" #arte" o el bono #en"ional, dada la manitud de la naturale&a y el fin ue bu"ca dica #re"taci*n "ocial. 7a Corte Con"titucional, #reci"amente, re"#ecto a la naturale&a -urídica de la" #en"ione", a dico ue la "euridad "ocial en eneral, y en #articular en "u a"#ecto #en"ional, tiene una doble naturale&a e" un "ericio #?blico de car/cter obliatorio Gy e"encialG #re"tado ba-o la direcci*n, coordinaci*n y control del E"tado y e", adem/", un dereco irrenunciable, aranti&ado a todo" lo" abitante" del E"tado . @ En otra" #alabra", cuando una #er"ona "olicita ue "e le recono&ca "u #en"i*n y no "e le re"#onde, ello im#lica no "olamente la iolaci*n del dereco fundamental de #etici*n, "ino también del dereco a obtener el reconocimiento de la #en"i*n de -ubilaci*n. 8l re"#ecto "eñal* la Corte Es muy grave el perjuicio que se le ocasiona a un aspirante a pensionado, que teniendo el derecho para goar de la prestación, no se le resuelve de !ondo a su pretensión. espuestas simplemente !ormales, como ha ocurrido en el presente caso, donde en muchas ocasiones se reproduce una primera contestación y no se resuelve materialmente, no constituyen una contestación adecuada al derecho de petición)."
Como lo confirma la C'(te C'n)tt*c'n!+ S!+! Se*n.! .e Re/)0n MP A+1(e.' 2e+t(3n Se((! En Sentenc! T-"&4 .e+ 56 .e 1e7(e(' .e 5444 8"í, mientra" el lei"lador cum#le "u funci*n de e"tablecer un término ra&onable en ue entidade" como el Seuro Social deben em#lear #ara dar re"#ue"ta a la" "olicitude" ue "u" afiliado", e"#ecíficamente en materia de reconocimiento de #en"ione", a de entender"e ue e"ta entidad debe a#licar #or analoía el la#"o contenido en el artículo 1 del Decreto )@) de 14, "e?n el cual la" "olicitude" de #en"i*n deben re"oler"e de fondo en un término m/imo de cuatro =4> me"e" de"de el momento en ue "e radiue la re"#ectia #etici*n. Beco é"te ue tendr/ ue "er informado al "olicitante en el la#"o al ue ace referencia el artículo )J del C*dio Contencio"o 8dmini"tratio. De e"ta manera, no "*lo "e #rotee el n?cleo e"encial del dereco de #etici*n, "ino ue "e "alauarda el dereco a la iualdad entre
uiene" an o#tado #or un réimen de #en"i*n dier"o al ue admini"tra el Seuro Social, y auello" ue an "eleccionado é"te. Dado ue #ara lo" #rimero" ei"te una norma e#re"a ue no "*lo contem#la un término m/imo de re"#ue"ta, "ino una "anci*n e"#ecífica #or "u de"conocimiento, "anci*n ue e"t/ e"tablecida en beneficio del "olicitante .
De e"ta manera, no "*lo "e #rotee el n?cleo e"encial del dereco de #etici*n, "ino ue "e "alauarda el dereco a la iualdad entre uiene" an o#tado #or un réimen de #en"i*n dier"o al ue admini"tra el Seuro Social, y auello" ue an "eleccionado é"te. Dado ue #ara lo" #rimero" ei"te una norma e#re"a ue no "*lo contem#la un término m/imo de re"#ue"ta, "ino una "anci*n e"#ecífica #or "u de"conocimiento, "anci*n ue e"t/ e"tablecida en beneficio del "olicitante. LA DIGNIDAD HUMANA El cual "e encuentra con"arado en el artículo 1 de la Con"tituci*n +olítica de Colombia, y bu"ca ue no "olamente "e #rote-a la ida como dereco fundamental "ino, ue la ida ue llee e"a #er"ona "e ia de manera decoro"a y re"#etuo"a' #or ello a #e"ar de ue la dinidad umana no "e encuentra como #rinci#io fundamental, e" un #rinci#io "obre el cual la Corte a e#re"ado La demora de la administración en cancelar oportunamente las mesadas pensiónales a los accionantes, atenta gravemente contra la dignidad humana , dadas las especiales circunstancias por las que atraviesan. Sentenc! T-""#$%&
JURAMENTO Ka-o la raedad del -uramento, ue "e entiende #re"tado con la #re"entaci*n de e"te am#aro, manifie"to a "u De"#aco, Señor %ue&, ue no e #re"entado ninuna otra 8CC9<; DE :$:E78, ante la 8dmini"traci*n de %u"ticia, #or lo" mi"mo" eco" y dereco", con el #ro#*"ito de acer ce"ar el daño ue "e me iene cau"ando en lo atinente a ue no "e a de"atado el recur"o de a#elaci*n en relaci*n con "olicitud de reconocimiento y #ao de la #en"i*n. PRUE2AS
Solicito tener y #racticar como tale" la" "iuiente" D'c*8ent!+: • • • • • •
Aotoco#ia del de"#rendible de "olicitud de #en"i*n. 8cci*n de tutela. Aallo de tutela con #rotecci*n del dereco de #etici*n. 5e"olucione" del 9SS ue niean #en"i*n. 5ecur"o de re#o"ici*n y en "ub"idio a#elaci*n. 5e"oluci*n ue de"ata recur"o de re#o"ici*n. NOTIFICACIONES
8 la entidade" accionada" en la calle 14 8enida de lo" 9ndu"triale" ;J 4( H 32. Medellín. :eléfono" 3@4 (@ @3 * 343 (@ 20. 8 la "u"crita en la calle ! ;J 3! H 12. Medellín. :eléfono" 211 4! 0 * 212 0) (( * 314 !(3 1) 0. Atent!8ente,
9999999999999999999999999999999 LUZ DARY CHAVARRIAGA DE RESTREPO C C 65%&&555