MANUAL TRIBUTARIO
Libro Diario
de Formato Simplificado
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Libro Diario de Formato Simplificado
Introducción. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4 1. Aspectos generales. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5 2. Aspectos normativos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6 3. Forma de llenado. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7 4. Recomendaciones. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8 5. Caso práctico del llenado del libro . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9 Anexo 1: Base legal. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14 Anexo 2: Estados Financieros. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16 Anexo 3: Equivalencias entre el PCGR y el PCGE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 17
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Índice
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Introducción Como parte de nuestra política de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, la SUNAT pone a su disposición esta herramienta de consulta y orientación tributaria, la cual está dirigida a los Contadores Públicos, quienes tienen o tendrán la responsabilidad de aplicar los procedimientos operativos contables y formular los estados financieros de las empresas, establecidos por las normas contables oficializadas correspondientes. Como sabemos la información que se registra en los libros contables contienen el detalle de todas las operaciones económicas de una empresa y esta puede ser utilizada con diferentes propósitos: financieros, societarios y tributarios, entre otros. Asimismo, la contabilidad tiene usuarios tanto internos como externos, que requieren de un mayor o menor grado de detalle de la información. Desde el punto de vista financiero, el Consejo Normativo de Contabilidad ha oficializado el uso obligatorio de las Normas Internacionales de Información Financiera1. Desde el punto de vista tributario, se ha normado el uso de los libros y registros vinculados a asuntos tributarios, que permiten llevar un ordenamiento confiable del manejo de las operaciones económicas y cumplir adecuadamente con las obligaciones tributarias. Dicho llevado puede ser manual, en hojas sueltas o continuas, o electrónico. En el caso de las empresas comprendidas en el Régimen General del Impuesto a la Renta cuyos ingresos brutos no superen anualmente las 150 Unidades Impositivas Tributarias (UIT)2, además de los Registros de Compras y de Ventas, es obligatorio que también lleven el Libro Diario de Formato Simplificado. Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT
1. El detalle de la base legal, ordenada de manera cronológica, se encuentra en el Anexo 1. 2. La UIT del año 2010 asciende a S/ 3,600.
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Cabe destacar que la SUNAT emitió la Resolución de Superintendencia N° 234-2006/ SUNAT, la cual establece lo siguiente: • Aspectos formales3 de los Libros y Registros Vinculados a Asuntos Tributarios: definiciones, procedimiento de autorización, forma que deben ser llevados, plazos máximos de atraso y pérdida o destrucción de los mismos. • Otros aspectos4: la Contabilidad Completa y la información mínima (Formatos). Cabe señalar que el 01.07.2010 entró en vigencia la información mínima y los formatos señalados en la Resolución de Superintendencia N° 234-2006/SUNAT, salvo lo referente al Libro Diario de Formato Simplificado, el cual está vigente a partir del 01.01.2009. De acuerdo a los últimos cambios normativos, las obligaciones formales de los contribuyentes de acuerdo a su nivel de ingresos anuales son las siguientes:
Regimen General Ing. >150 UITs
Grandes y pequeñas empresas
Regimen General Ing. ≤150 UITs
Microempresas - RG
RER Ing. <525,000
Microempresas - RER
RUS Ing.<360,000
Microempresas - RUS
IMPTO. RENTA: CONTABILIDAD COMPLETA
LIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO
IGV: Registro de Compras y Registro de Ventas e Ingresos
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1. Aspectos generales
Como podemos observar, los contribuyentes acogidos al RUS y al RER no llevan contabilidad, pero en este último caso están obligados a llevar el Registro de Compras y el Registro de Ventas e Ingresos por la normativa vigente. 3. Los aspectos formales entraron en vigencia el 01.01.2007. 4. Los otros aspectos entraron en vigencia a partir del 01.01.2009, mediante Resolución de Superintendencia N° 230-2007/SUNAT.
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En el caso de los contribuyentes acogidos al régimen general del impuesto a la renta tenemos dos tramos de ingresos anuales: • Ingresos hasta 150 UIT: deben llevar el Libro Diario de Formato Simplificado. • Ingresos mayores a 150 UIT: deben llevar Contabilidad Completa5. Cabe señalar que, en la medida que el contribuyente tenga trabajadores o prestadores de servicios deberá llevar el Libro de Planillas o la Planilla Electrónica6.
2. Aspectos normativos De acuerdo al artículo 13 de la RS 234-2006/SUNAT, el Libro Diario de Formato Simplificado deberá incluir los asientos de: (i) Apertura del ejercicio gravable. (ii) Operaciones del mes. (iii) Ajuste de operaciones de meses anteriores, de ser el caso. (iv) Ajuste de operaciones del mes. (v) Cierre del ejercicio gravable. Asimismo, se deberá incluir mensualmente la siguiente información: (i) Número correlativo o código único de operación. (ii) Fecha o mes de la operación. (iii) Glosa o descripción de la operación. (iv) Cuentas de acuerdo al Plan Contable General Vigente. (v) Totales. A tal efecto, se emplerá el FORMATO 5.2: “LIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO”.
5. Los libros y registros que integran la Contabilidad Completa son el Libro Caja y Bancos, el Libro de Inventarios y Balances, el Libro Diario, el Libro Mayor, el Registro de Compras y el Registro de Ventas e Ingresos. Además, de acuerdo con las obligaciones de la LIR también son el Libro de Retenciones incisos e) y f ) del Artículo 34° de la Ley del Impuesto a la Renta, el Registro de Activos Fijos, el Registro de Costos, el Registro de Inventario Permanente en Unidades Físicas y el Registro de Inventario Permanente Valorizado. 6. La Planilla Electrónica – PDT 601, establecida por el Decreto Supremo N° 018-2007-TR (28.08.07) y regulada mediante la Resolución Ministerial N° 250-2007-TR (30.09.07) y la Resolución de Superintendencia N° 204-2007/SUNAT (27.10.07) incluye la información de los Prestadores de Servicios (personas naturales que generan rentas de cuarta y cuarta-quinta categoría y los que realizan tareas comprendidas como modalidades formativas).
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El Libro Diario de Formato Simplificado tiene una estructura “tabular” (columnas) y su finalidad es registrar las operaciones mensuales que realiza una pequeña empresa. Para tal efecto debe seguir las siguientes reglas: • Cuando se inicia el Libro y en cada mes debe aperturarse las cuentas contables al nivel de desagregación que establece el Plan Contable General7 que se utilice. • Dichas cuentas contables debe estar agrupadas por clase o elemento y las columnas deberán ser ordenadas de manera ascendente de izquierda a derecha. • El registro de las operaciones se realiza mensualmente. El primer registro corresponde al asiento de apertura que recoge los saldos del Balance General inicial del año anterior (para el caso de inicio de operaciones de una empresa o el periodo de enero de cada año) o de los saldos del mes anterior. • Cada operación será registrada en una línea, consignándose un número correlativo8, el detalle (la glosa) y la fecha correspondiente. • Para el registro de cada operación se deberá incluir en cada cuenta contable dos columnas, una para el “DEBE” y otra para el “HABER”, en cuyo caso se aplicará la misma dinámica contable que se utiliza en el Libro Diario, es decir aplicando el principio de la partida doble. • Luego de registrada la última operación del mes, se procederá a sumar las cifras de cada columna, consignando el resultado en la última fila de la hoja, con lo cual se obtiene el saldo final del mes de cada cuenta. • En el caso de libros llevados manualmente o mediante hojas sueltas o continuas, puede ocurrir que el registro de una operación necesite dos o más folios, para lo cual se deberá consignar en todos los folios el mismo número correlativo o código único de la operación, en la primera columna.
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3. Forma de llenado
7. El Plan Contable General Empresarial entrará en vigencia de manera obligatoria a partir del 01.01.2011 aun que se puede optar por su uso anticipado. 8. También puede utilizarse un “Número único de operación”, en caso se utilice contabilidad computarizada.
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4. Recomendaciones Respecto al Libro Diario de Formato Simplificado sugerimos lo siguiente: •
Para llevar este Libro se pueden utilizar cualquiera de las siguientes opciones: - Usar un Libro con las hojas pre-impresas previamente empastado9, o - Usar un Libro con las hojas pre-impresas sin empastar10, o - Usar hojas sueltas o continuas11.
• En todos los casos, se entiende que se deben legalizar antes de su uso. • En el caso de llevar el libro de manera manual, se debe ordenar primero las cuentas (columnas) en función al asiento de apertura y luego se van adicionando las cuentas (columnas) en la medida que se registren las operaciones. En este caso no será posible respetar el orden ascendente. Sin embargo, el reordenamiento se deberá realizar al inicio del mes siguiente. • En tal sentido, es más práctico utilizar una contabilidad computarizada12, en razón de que es más fácil movilizar las columnas y reordenarlas previo a su impresión. • En este último caso, se recomienda utilizar un tamaño adecuado en la impresión que permita que la información sea legible para cualquier usuario. • Para registrar de manera óptima las operaciones, se recomienda consolidarlas mensualmente el PCGE, utilizando los asientos contables correspondientes. Cabe señalar que los mencionados asientos están desarrollados de manera ilustrativa, de acuerdo al Plan Contable General Revisado (ver Libro Diario), sin embargo deberán registrarse en cada columna al nivel de los dígitos que establece en el Libro Diario de Formato Simplificado. • La opción de establecer para cada cuenta contable una columna para el “DEBE” y otra para el “HABER”, permite generar fácilmente el Balance de Comprobación, el Balance General y el Estado de Ganancias y Pérdidas, información que se solicita en la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta.
9 Es el denominado Libro Manual. 10 También estamos ante un Libro Manual, pero en este caso, la pre-impresión del formato puede ser realizado por una imprenta o puede ser impreso o fotocopiado de manera legible por el propio contribuyente. 11 El empastado, al igual que en el caso anterior, se rige por lo dispuesto en el articulo 5° de la RS 234-2006-SUNAT. 12 Puede ser un software contable o una hoja de calculo, como por ejemplo el Excel.
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El contribuyente “El Progreso SAC” es una empresa comercializadora. En el año 2010 dicho contribuyente ha obtenido S/ 180,943.00 de ingresos anuales, está acogido al Régimen General del Impuesto a la Renta y lleva su contabilidad utilizando el Plan Contable General Revisado - PCGR. De acuerdo a lo señalado anteriormente, durante el año 2011, el contribuyente deberá llevar el Libro Diario de Formato Simplificado, el Registro de Compras y el Registro de Ventas e Ingresos. El Anexo 2 presenta la información de los Estados Financieros del contribuyente del año 2010. En base a dicha información, el Anexo 3 muestra el Balance de Cierre del contribuyente desagregado en las cuentas contables tanto del Plan Contable General Revisado – PCGR como del nuevo Plan Contable General Empresarial - PCGE, tomando en cuenta las equivalencias de ambos planes. Las operaciones realizadas en el mes de enero del 2011 son las siguientes: 1. Se compra mercaderías relacionadas con las actividades del negocio por el importe de S/. 23,800.00 incluido el IGV. 2. Se venden mercaderías por el importe de S/. 66,640.00 incluido el IGV relativas a las actividades propias del negocio. 3. Se provisiona la planilla de sueldos del mes por el importe de S/. 10,900. 4. La distribución de los gastos administrativos y los gastos de ventas son del 50% cada uno.
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5. Caso práctico del llenado del libro
5. Se pagan las mercaderías compradas del mes. 6. Se cobran por la mercaderías vendidas del mes 7. Se pagan las planillas del mes. Dichas operaciones son registradas en el Libro Diario de Formato Simplificado y, para mayor ilustración, se ha registrado previamente en el Libro Diario clásico a efectos de tener un comparativo referencial del registro de las operaciones en ambos libros.
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PERÍODO: Enero 2011 RUC: 20131312985 RAZÓN SOCIAL: EL PROGRESO SAC Operación
101
1041
1212
1231
1612
20111
33311
33411
39132
39133
40111
40171
415
Debe Haber Debe Haber Debe Haber Debe Haber Debe Haber Debe Haber Debe Haber Debe Haber Debe Haber Debe Haber Debe Haber Debe Haber Debe Por el Activo, Pasivo y Patrimonio al empezar 1,876 el presente ejercicio.
1
31/01/2011
2
31/01/2011 Por la compra de mercaderías del mes.
3
31/01/2011
8,870
4
31/01/2011 Por las ventas de las mercaderías del mes.
5
31/01/2011
Por el reconocimiento del costo de las mercaderías vendidas del mes.
6
31/01/2011
Por el reconocimiento del gasto de la Planilla del mes.
7
31/01/2011
Por el traslado del gasto de la Planilla del mes.
8
31/01/2011
Por el pago de las mercaderías compradas del mes.
9
31/01/2011
Por el cobro del mes de las mercaderías vendidas del mes.
10
31/01/2011 Por el pago de los impuestos del mes.
15,000
11
31/01/2011 Por el pago de la Planilla del mes.
8,900
7,634
8,946
8,598
34,453
45,980
14,020
15,330
4,670
15,000
4,445
3,800
Por las mercaderías del mes ingresadas al almacén.
TOTALES
10
PAS
ACTIVO
Número Fecha o correlativo Periodo
20,000
66,640
10,640
40,000
16,366
43,946
8,870
15,000
50,000
8,946
45,822 40,266 23,870 8,870 74,274 50,000 8,946 8,946 8,598
15,000
0
54,453 40,000 45,980
0
14,020
0
0
15,330
0
4,670 18,800 25,640
0
4,445
0
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PATRIMONIO
SIVO
51
4212
423
501
5911
6011
6111
70111
69111
6211
6271
4031
4111
4699
911
921
791
792
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Haber Debe Haber Debe Haber Debe Haber Debe Haber Debe Haber Debe Haber Debe Haber Debe Haber Debe Haber Debe Haber Debe Haber Debe Haber Debe Haber Debe Haber Debe Haber Debe Haber Debe Haber 20,326
2,834
7,402
50,000
10,370
23,800
20,000
20,000
56,000
40,000
10,000
900
900
8,900
1,100
5,450
17,834
5,450
5,450
5,450
7,402
8,900
20,326 17,834 26,634 7,402 7,402
0
50,000
0
10,370 20,000
0
0
20,000
0
56,000 40,000
0
10,000
0
900
0
0
900
8,900 8,900
0
1,100 5,450
0
5,450
0
0
5,450
0
5,450
11
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Empresa “El Progreso SAC” LIBRO DIARIO – ENERO 2011
HABER
------------------ 1 ------------------- 10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO 10,746 101 Caja 1,876 104 Cuentas corrientes en instituciones financieras 1041 Cuentas corrientes operativas 8,870 12 CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES – TERCEROS 16,580 121 Facturas, boletas y otros comprobantes por cobrar 1212 Emitidas en cartera 7,634 123 Facturas, boletas y otros comprobantes por cobrar 1231 En cartera 8,946 16 CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS - TERCEROS 8,598 161 Préstamos 1612 Sin garantía 8,598 20 MERCADERÍAS 34,453 201 Mercaderías manufacturadas 2011 Mercaderías manufacturadas 20111 Costo 34,453 33 INMUEBLES, MAQUINARIA Y EQUIPO 60,000 333 Maquinarias y equipos de explotación 3331 Maquinarias y equipos de explotación 33311 Costo de adquisición o construcción 45,980 334 Unidades de transporte 3341 Vehículos motorizados 33411 Costo 14,020 39 DEPRECIACIÓN, AMORTIZACIÓN Y AGOTAMIENTO ACUMULADOS 20,000 391 Depreciación acumulada 3913 Inmuebles, maquinaria y equipo - Costo 39132 Maquinarias y equipos de explotación 15,330 39133 Equipo de transporte 4,670 40 TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR 19,445 401 Gobierno central 4011 Impuesto general a las ventas 40111 IGV - Cuenta propia 15,000 4017 Impuesto a la renta 40171 Renta de tercera categoría 4,445 41 REMUNERACIONES Y PARTICIPACIONES POR PAGAR 20,326 415 Beneficios sociales de los trabajadores por pagar 4151 Compensación por tiempo de servicios 20,326 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES – TERCEROS 10,236 421 Facturas, boletas y otros comprobantes por pagar 4212 Emitidas 2,834 423 Letras por pagar 7,402 50 CAPITAL 50,000 501 Capital Social 50,000 59 RESULTADOS ACUMULADOS 10,370 591 Utilidades no distribuidas 5911 Utilidades acumuladas 10,370 01/01/2011 Por el Activo, Pasivo y Patrimonio al empezar el presente ejercicio. ------------------ 2 ------------------- 60 COMPRAS 20,000 601 Mercaderías 6011 Mercaderías manufacturadas 20,000 40 TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR 3,800 401 Gobierno central 4011 Impuesto general a las ventas 40111 IGV - Cuenta propia 3,800 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES – TERCEROS 23,800 421 Facturas, boletas y otros comprobantes por pagar 4212 Emitidas 23,800 31/01/2011 Por la compra de mercaderías del mes. ------------------ 3 ------------------- 20 MERCADERÍAS 20,000 201 Mercaderías manufacturadas 2011 Mercaderías manufacturadas 20111 Costo 20,000 61 VARIACIÓN DE EXISTENCIAS 20,000 611 Mercaderías 6111 Mercaderías manufacturadas 20,000 31/01/2011 Por las mercaderías del mes ingresadas al almacén. ------------------ 4 ------------------- 12 CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES – TERCEROS 66,640 121 Facturas, boletas y otros comprobantes por cobrar 1212 Emitidas en cartera 66,640 70 VENTAS 56,000 701 Mercaderías 7011 Mercaderías manufacturadas 70111 Terceros 56,000 40 TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR 10,640 401 Gobierno central 4011 Impuesto general a las ventas 40111 IGV - Cuenta propia 10,640 31/01/2011 Por las ventas de las mercaderías del mes. ------------------ 5 ------------------- 69 COSTO DE VENTAS 40,000 691 Mercaderías 6911 Mercaderías manufacturadas 69111 Terceros 40,000 20 MERCADERÍAS 40,000 201 Mercaderías manufacturadas 2011 Mercaderías manufacturadas 20111 Costo 40,000 31/01/2011 Por el reconocimiento del costo de las mercaderías vendidas del mes.
12
Folio 2 DEBE
Van al folio N° 3
280,817
280,817
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Libro Diario de Formato Simplificado Folio 3
DEBE HABER Vienen del folio N° 2 280,817 280,817 ------------------ 6 -------------------62 GASTOS DE PERSONAL, DIRECTORES Y GERENTES 10,900 621 Remuneraciones 6211 Sueldos y salarios 10,000 627 Seguridad y previsión social y otras contribuciones 6271 Régimen de prestaciones de salud 900 TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR 900 40 403 Instituciones públicas 4031 ESSALUD 900 41 REMUNERACIONES Y PARTICIPACIONES POR PAGAR 8,900 411 Remuneraciones por pagar 4111 Sueldos y salarios por pagar 8,900 46 CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS – TERCEROS 1,100 469 Otras cuentas por pagar diversas 4699 Otras cuentas por pagar 1,100 31/01/2011 Por el reconocimiento del gasto de la Planilla del mes. ------------------ 7 ------------------- 91 GASTOS DE ADMINISTRACIÓN 5,450 911 Gastos de administración 5,450 92 GASTOS DE VENTA 5,450 921 Gastos de venta 5,450 79 CARGAS IMPUTABLES A CUENTAS DE COSTOS Y GASTOS 10,900 791 Gastos Administrativos 5,450 792 Gastos de Ventas 5,450 31/01/2011 Por el traslado del gasto de la Planilla del mes. ------------------ 8 ------------------- 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES – TERCEROS 25,236 421 Facturas, boletas y otros comprobantes por pagar 4212 Emitidas 17,834 423 Letras por pagar 7,402 10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO 25,236 101 Caja 16,366 104 Cuentas corrientes en instituciones financieras 1041 Cuentas corrientes operativas 8,870 31/01/2011 Por el pago de las mercaderías compradas del mes. ------------------ 9 ------------------- 10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO 58,946 101 Caja 43,946 104 Cuentas corrientes en instituciones financieras 1041 Cuentas corrientes operativas 15,000 12 CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES – TERCEROS 58,946 121 Facturas, boletas y otros comprobantes por cobrar 1212 Emitidas en cartera 50,000 123 Facturas, boletas y otros comprobantes por cobrar 1231 En cartera 8,946 31/01/2011 Por el cobro del mes de las mercaderías vendidas del mes. ------------------ 10 ------------------- 40 TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR 15,000 401 Gobierno central 4011 Impuesto general a las ventas 40111 IGV - Cuenta propia 15,000 10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO 15,000 101 Caja 15,000 31/01/2011 Por el pago de los impuestos del mes. ------------------ 11 ------------------- 41 REMUNERACIONES Y PARTICIPACIONES POR PAGAR 8,900 411 Remuneraciones por pagar 4111 Sueldos y salarios por pagar 8,900 10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO 8,900 101 Caja 8,900 31/01/2011 Por el pago de la Planilla del mes.
TOTALES DEL MES DE ENERO 2011
410,699
Libro DIario de Formato Simplificado
Empresa “El Progreso SAC” LIBRO DIARIO – ENERO 2011
410,699
13
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Libro DIario de Formato Simplificado 14
Anexo 1: Base legal Nº
Norma legal
Tema contable que norma
Fecha
1
Código de Comercio
Establece los libros que deben llevar los comerciantes así como las condiciones para su llevado.
Año 1902
2
Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad Nº 008-97-EF/93.01
Precisa las obligaciones que debe cumplir el Contador Público cuando actúe profesionalmente en función dependiente o independiente (ahora aplicando las Normas Internacionales de Contabilidad - NICs y la Normas Internacionales de Información Financiera - NIIFs), las leyes pertinentes y el Código de Ética Profesional. El incumplimiento de dichas obligaciones determina que el Contador Público incurra en “culpa inexcusable” previsto en el Art. 1321º del Código Civil.
23/01/97
3
Ley Nº 26887, Ley General de Sociedades - LGS
Establece que los estados financieros se preparan y presentan de conformidad con los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados (PCGA) en el país.
19/11/97
4
Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad Nº 013-98-EF/93.01
Precisa que los PCGA a que se refiere la LGS comprenden las NICs oficializadas (ahora las NIIFs). Por excepción, y en aquellas circunstancias que determinados procedimientos operativos contables no estén establecidos en una NIC, supletoriamente, se podrá emplear los Principios de Contabilidad aplicados en los Estados Unidos de América (hoy US GAAP).
21/07/98
5
Resolución de Superintendencia Nº 234-2006/ SUNAT
Establece los requisitos, formas y condiciones que deben llevar los libros y registros vinculados a asuntos tributarios (LYRVAT) así como la información mínima y formatos, lo cual entrará en vigencia a partir del 01/01/2008
30/12/06
6
Ley Nº 28951 - Ley de actualización de la Ley Nº 13253, de profesionalización del Contador Público
Establece las competencias exclusivas del Contador Público y delimita las funciones de los Contadores Mercantiles por un plazo improrrogable de 5 años, contados a partir de la promulgación de esta Ley.
16/01/07
7
Resolución de Superintendencia Nº 230-2007/ SUNAT
Posterga la información mínima y formatos de los LYRVAT hasta el 01/01/2009
15/12/07
8
Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad Nº 041-2008-EF/94
Aprueba el uso obligatorio del Plan Contable General Empresarial – PCGE a partir del 01/01/2010
20/02/08
MANUAL TRIBUTARIO
Libro Diario de Formato Simplificado
Norma legal
Tema contable que norma
Fecha
9
Decreto Legislativo N° 1086 Ley de Mypes
Establece los libros y registros del Régimen Especial de Renta y la contabilidad del Régimen General del Impuesto a la Renta
28/06/08
10
Decreto Supremo N° 0072008-TR
Aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Mypes
30/09/08
11
Decreto Supremo N° 0082008-TR
Aprueba el Reglamento de la Ley de Mypes
30/09/08
12
Resolución de Superintendencia Nº 239-2008/ SUNAT
Posterga la información mínima y formatos de los LYRVAT hasta el 01/01/2010
31/12/08
13
Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad Nº 041-2008-EF/94
Aprueba el uso obligatorio del Plan Contable General Empresarial – PCGE a partir del 01/01/2010
25/10/08
14
Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad Nº 042-2009-EF/94
Difiere el uso obligatorio del PCGE hasta el 01/01/2011
11/11/09
15
Resolución de Superintendencia Nº 017-2009/ SUNAT
Suspende la entrada en vigencia de la información mínima y formatos de los LYRVAT hasta el 31/12/2009
24/01/09
16
Resolución de Superintendencia Nº 286-2009/ SUNAT
Establece la opción del llevado de libros electrónicos a partir del 01/07/2010 y posterga la entrada en vigencia de la información mínima y formatos de los LYRVAT hasta el 01/07/2010
30/12/09
17
Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad Nº 043-2010-EF/94
Aprueba la versión modificada del PCGE
12/05/10
18
Resolución de Superintendencia Nº 196-2009/ SUNAT
Modifica algunos aspectos del llevado de libros electrónicos
30/12/09
19
Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad Nº 044-2010-EF/94
Oficializa la versión del año 2009 de las NIC, NIIF, CINIIF y SIC y las modificaciones a mayo de 2010 de las NIC, NIIF y CINIIF
28/08/10
Libro DIario de Formato Simplificado
Nº
15
MANUAL TRIBUTARIO
Libro Diario de Formato Simplificado
Libro DIario de Formato Simplificado
Anexo 2: Estados Financieros Empresa “El Progreso SAC” BALANCE GENERAL (PCGR) Al 31 de diciembre de 2010 Activo Pasivo Caja 10,746 Tributos por Pagar 19,445 Clientes 16,580 Proveedores 10,236 Cuentas por Cobrar Diversas 8,598 Beneficios Sociales de los trabajadores 20,326 Existencias 34,453 Total Pasivo 50,007 Inmuebles, Maquinarias y Equipo 60,000 Depreciación Acumulada (20,000) Patrimonio Capital Social 50,000 Resultados Acumulados 10,370 Total Patrimonio 60,370 Total Activo 110,377 Total Pasivo y Patrimonio 110,377 Empresa “El Progreso SAC” Del 01 de enero al 31 de diciembre de 2010 ESTADO DE GANANCIAS Y PÉRDIDAS Ventas Costo de Ventas
180,943 (159,528)
Margen Bruto
21,415
Gastos Administrativos
(3,000)
Gastos de Venta
(3,600)
Resultado del ejercicio
14,815
Impuesto a la Renta
(4,445)
Resultado del ejercicio neto
10,370
Nota: El contribuyente utilizó el PCGR en el ejercicio 2010 y los estados financieros han sido formulados de acuerdo a dicho plan, cuya información se ha obtenido del LDFS de diciembre 2010. 16
MANUAL TRIBUTARIO
Libro Diario de Formato Simplificado
Empresa “El Progreso SAC” Saldos al 31 de diciembre de 2010 Plan Contable General Revisado
Plan Contable General Empresarial
Nombre de la cuenta y subcuenta
Nombre de la cuenta y subcuenta
Cod
Cod.
Comentarios de la equivalencia de las cuentas del PCGR con el PCGE
Saldos Deudor
101
Caja
101
Caja
1,876
104
Cuentas Corrientes
1041
Cuentas corrientes
8,870
operativas 121
Facturas por Cobrar
1212
Emitidas en cartera
Se utiliza esta cuenta por que no
7,634
hay vinculación con otras empresas según la NIC 24 “Revelaciones sobre entes vinculados” 123
Letras (o efectos) por
1231
En cartera
Cobrar
Se utiliza esta cuenta por que no
8,946
hay vinculación con otras empresas según la NIC 24 “Revelaciones sobre entes vinculados”
161
Préstamos a Terceros
1612
Sin garantía
Se utiliza esta cuenta por que no
8,598
hay vinculación con otras empresas según la NIC 24 “Revelaciones sobre entes vinculados” 201
Mercaderías
20111
Costo
El valor neto de realización al
34,453
finalizar el periodo no ha sido menor al costo de adquisición por lo que no ha sido necesario realizar la regla de valuación señalada en la NIC 2 “Existencias” 333
Maquinaria, Equipo
33311
y Otras Unidades
Costo de adquisición
Los bienes del activo fijo no son
o construcción
activos calificados (véase la NIC 23
45,980
Acreedor
Libro DIario de Formato Simplificado
Anexo 3: Equivalencias entre el PCGR y el PCGE
“Costos por Préstamos”), ni se tiene
Explotación
intenciones de vender (véase la NIIF 5 “Activos no Corrientes Mantenidos para la Venta y Operaciones Discontinuadas”) 334
Unidades de Transporte
33411
Costo
Los bienes del activo fijo no son
14,020
activos calificados (véase la NIC 23 “Costos por Préstamos”), ni se tiene intenciones de vender (véase la NIIF 5 “Activos no Corrientes Mantenidos para la Venta y Operaciones Discontinuadas”)
17
MANUAL TRIBUTARIO
Libro Diario de Formato Simplificado
Libro DIario de Formato Simplificado
Plan Contable General Revisado Cod
Nombre de la cuenta y subcuenta
Plan Contable General Empresarial Cod.
Nombre de la cuenta y subcuenta
39133
Equipo de transporte
Comentarios de la equivalencia de las cuentas del PCGR con el PCGE
Saldos Deudor
Acreedor 4,670
Se ha registrado la depreciación financiera de acuerdo a la NIC 16 “Propiedades, Planta y Equipo”.
4011
Impuesto a las ventas 40111
IGV - Cuenta propia
4017
Impuesto a la renta
Renta de tercera
Se ha considerado lo establecido en
categoría
la NIC 12 “Impuesto a las ganancias”.
Emitidas
Se utiliza esta cuenta por que no
421
Facturas por pagar
40171 4212
15,000 4,445 2,834
hay vinculación con otras empresas según la NIC 24 “Revelaciones sobre entes vinculados” 423
Letras (o efectos) por
423
Letras por pagar
pagar
7,402
Se utiliza esta cuenta por que no hay vinculación con otras empresas según la NIC 24 “Revelaciones sobre entes vinculados”
471
Compensación por
4151
tiempo de servicios
Compensación por
Todas las obligaciones con los traba-
tiempo de servicios
jadores por concepto de remunera-
20,326
ciones, participaciones por pagar, y beneficios sociales se muestran ahora en la cuenta 41 “Remuneraciones y participaciones por pagar” 501
Capital Social
5011
Acciones
50,000
591
Utilidades no distri-
5911
Utilidades acumu-
10,370
buidas
ladas TOTALES
130,377
130,377
Nota: En base a los saldos del Balance General del ejercicio 2010 (Anexo 2) se realizó la migración de los planes de cuentas y cuyos saldos permitirán el primer registro del LDFS (Asiento de apertura). 18
CENTROS DE SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE En Lima y Callao
Callao: Av. Sáenz Peña N° 286 Comas: Av. Túpac Amaru N° 1855 Cercado de Lima: Jr. Augusto Wiese N° 498 (antes Carabaya), esquina con Jr. Miroquesada 199 Lima Washington: Jr. Washington N° 1898 esquina con Yauyos San Martín de Porres: Centro Bancario Fiori. - Esquina Av. Prolongación Tomás Valle y Panamericana Norte San Isidro: Jr. Juan de Arona N° 887 Santa Anita: Centro Bancario Santa Anita, 2do. Piso. - Esquina Av. Francisco Bolognesi y Av. Nicolás de Ayllón, Municipalidad de Santa Anita - Av. Los Eucaliptos Cdra. 12 s/n Urb. Universal; La Molina: Municipalidad de La Molina Av. Elías Aparicio Nº 740 - Urb. Las Lagunas; San Juan de Miraflores: Municipalidad de San Juan de Miraflores - Av. Belisario Suarez Nº 1075, Zon D, Urb. San Juan; Surco: Óvalo Higuereta. - Av. Paseo La Castellana N° 101 - 107; Lurín: Mz C-Lote 6A - Urb. Las Virreynas.
En el Interior del País
Arequipa: Calle Jerusalén N° 100, Cercado Cajamarca: Jr. Belén N° 740 Cañete: Av. 2 de Mayo N° 450, San Vicente Cusco: Calle Santa Teresa N° 370, Cusco. / Av. De la Cultura Nº 746, Wanchaq Chiclayo: Av. Leonardo Ortíz N° 195 Chimbote: Av. Francisco Bolognesi N° 507 Chincha: Calle Colón N° 100, Plaza de Armas Huacho: Av. 28 de Julio N° 286 Huancayo: Calle Real Nº 511 A y B, El Tambo / Jr. Loreto N° 300 Huánuco: Jr. 28 de Julio N° 990 Ica: Av. Matías Manzanilla N° 106 Iquitos: Jr. Putumayo Nº 160 Juliaca: Jr. 7 de Junio N° 575 Piura: Av. Loreto N° 600 Pucallpa: Jr. Inmaculada N° 991 Puno: Jr. Arequipa Nº 126 Tacna: Calle Zela N° 701 - 703 Tarapoto: Jr. San Pablo de la Cruz N° 160 Trujillo: Jr. Agustín Gamarra N° 484, Trujillo. / Av. Manuel Vera Enríquez N° 470, Urb. Las Quintanas Tumbes: Jr. Bolívar N° 226 - Paseo Los Libertadores.
Central de Consultas
0-801-12-100 (a nivel nacional, costo de llamada local) y 315-0730
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