La colonización romana en Hasta Regia en época de César Jesús Montero Vítores
Anuario de Investigaciones Investigaciones Hespérides, V (1997); Almería, 1998, 43 - 52
En el contexto de la conquista de la Península Ibérica por parte de Roma vienen desarrollándose en los últimos últi mos años un u n conjunto conjun to de interesantes in teresantes estudios acerca de la colonización colonización y asentamiento asentamiento de veteranos y campesinos itálicos en territorio hispano, proceso que seguía a la pacificación de una región concreta y que juega un papel primordial en la romanización (1).
En particular, la provincia de Cádiz cuenta con algunos de los ejemplos más notables tanto por la cantidad de referencias literarias y epigráficas como por la amplitud cronológica, que nos lleva desde el siglo III a.C. hasta la época flavia. De entre ellas, seleccionaremos algunas referentes a Hasta Regia y además una inscripción ins cripción (CIL II, 1.306) 1.306 ) que, procedente procedent e casi con seguridad de este núcleo urbano, arrojaría arrojaría luz sobre la controvertida controvertida cuestión de la existencia de una colonia cesariana en este punto. Creemos en todo caso que es una prueba pru eba suficientemente suficie ntemente objetiva obj etiva para hablar de ello. Pero empecemos empecemos por el principio.
La política de colonizaciones colonizaci ones que Roma lleva a cabo en Hispania y en otros puntos del imperio imperio no es casual, sino s ino el fruto de una planificación, plan ificación, a veces no muy meditada, en la cual cual convergen convergen intereses políticos políticos y económicos, criterios de prestigio y evergetismo de las minorías dominantes y soluciones políticas a las viejas reclamaciones de veteranos veter anos y campesinos. campesinos. Cómo no, también confluyen confluyen en ella formas de promoción social de elementos e lementos indígenas ind ígenas que se s e integran en e n la estructura socio socio jurídica de Roma Roma favoreciendo favoreciendo con ello ello el proceso de asimilación asimil ación que hoy denominamos romanización. roman ización. De entre e ntre estos factores, destacaremos, destacaremos, con con J.M. Roldán, Rol dán, el papel pa pel del ejército, ej ército, de los l os licenciados licenci ados y los matrimonios matrimonios mixtos mixtos de colonos colonos con hispanas que de este modo transmiten la ciudadanía a su descendencia (2). Y ello porque la primera colonia latina de la Península Ibérica , Carteia, levantada sobre sob re un anterior asentamiento púnico púnico hacia 171 a.C. (Liv. XLIII, XLIII, 3) nos da un buen ejemplo de lo que está sucediendo en la costa gaditana desde que Gades se abrió a los romanos en el conflicto contra Cartago.
Roldán insiste insis te en que esto no es un proceso de romanización, sino una coloni zación integrada en un plan de asentamientos asentamientos atribuido o relacionado relacionado con con la explotación minera de la península. A partir de 133 a.C. en cambio, la cuestión cuestió n agraria defendida por los Graco y los populares los populares , con los consecuentes repartos de tierra y creación de colonias, absorberá este fenómeno en su casi totalidad y lo convertirá en una solución política al problema de los veteranos y campesinos itálicos.
Las provincias no sólo servirán para dar esas tierras como pago a los años de servicio en las legiones o como parte del programa de repartos repart os a campesinos campesin os desheredados. deshered ados. También, y además, además, reducirán la presión presión demográfica de una Italia superpoblada debido entre otras cosas al creciente número de esclavos que son traídos a las explotaciones agrícolas y a las casas , procedentes de las conquistas (3).
En tiempos de César, y en el contexto de las guerras civiles, esta política de colonizaciones se mantiene. Ciudadanos de derecho latino procedentes de Italia se instalan en Hispania en colonias y conviven con indígenas que, en principio, carecen de estos derechos de forma generalizada hasta que Vespasiano los hace extensibles extensibles a los hispanos en 74 d.C. En estas colonias se m mantendrían, antendrían, no obstante, obstante, algunos privilegios privilegios para determinados indígenas que han participado como tropas auxiliares junto a un ejército de ocupación ocupaci ón romano, más o menos permanente, o que han apoyado a César en su enfrentamiento con Pompeyo (4). El mayor de ellos es la concesión de ciudadanía y el disfrute de unos derechos que pueden hacerse extensibles a su descendencia. descendencia.
Ahora bien: los modelos de colonia que se vinculan a César no presentan uniformidad. Unas son creaciones de César y otras, programadas por él, son posteriores, variando con ello los privilegios o sencillamente sencillamen te quedando excluidos exc luidos de ellos (5). ( 5). Esta diversidad divers idad se mantendrá en la etapa de colonizaciones colonizaciones abiertas por Augusto, que adquiere su mayor actividad en las guerras contra los cántabros y astures, en el norte de Hispania, y a partir de la fundación de Emerita Augusta con veteranos que regresan de estas campañas. Al sur de Emerita, Emerita, y en particular en Cádiz, también se crean colonias con una finalidad semejante.
Los estudios desarrollados en torno a la romanización de este área han insistido en la multiplicidad de deductiones que pueden registrarse registrarse en la Bética. En particular, C. González González (6) plantea la hipótesis de deductiones de tipo civil, esto es, fundaciones llevadas a cabo con colonos campesinos, que conviven con fundaciones de tipo militar. César bien pudo plantear los dos modelos, pero Augusto no, pues al parecer limitó sus deductiones a asentamientos asentamientos de veteranos e indígenas de las tropas tropas auxiliares en colonias colonias . Hemos de insistir en que en estas colonias esta minoría convive con una población sin derechos, a la que se da condición de peregrini. de peregrini. Si en un u n momento dado da do se amplían ampl ían los derechos, contamos con con un municipio que recibe la inmunidad fiscal del tributum y el ius italicum, italicum, que garantiza la autonomía de la ciudad, ya libre de la supervisión del gobernador , y en la que los ciudadanos son propietarios propietarios de las tierras.
Ambos modelos parec parecen en registrarse claramente cl aramente en la provincia provincia de Cádiz. Cádiz. Asido y Hasta Regia serán, en este caso, los ejemplos elegidos. El primero, sin duda mejor conocido, nos habla de una deductio organizada por Augusto (7). Puede situarse en esta época porque la epigrafía revela que sus habitantes se adscriben a la tribu Galeria (CIL II, 1.313-1.324), modelo muy similar al que seguramente se registró
también en Carissa, Carissa, Bornos (CIL II, 1.367), en Castellar (CIL II, 1.929) y en otros puntos. Contaron en todo caso con magistrados, magistrados, duoviros, y sin duda sus habitantes recibieron la ciudadanía, latinizándose su onomástica en las inscripciones.
El caso de Hasta de Hasta Regia Regia es más controvertido. controvertido. Puede considerarse como una fundación cesariana, o al menos planificada planificad a por César, aunque algunos autores aut ores insistan en que esta est a colonia no tuvo privilegios de inmunidad o ius italicum (8). En todo caso, los textos hablan de colonia (Plin. N.H (Plin. N.H . 3,3,11. 3,3,11 . Mela, 3,4) y su atribución a César vendría dada por el epíteto “ Regia “ Regia ”, que se asociaría a Marcus Rex, Rex, bisabuelo del dictador (9). En esta fundación, una minoría de ciudadanos integrada en parte por miembros del ordo equester (Bell. Hisp. Hisp. 26) coexistiría, como en los anteriores casos, con una población de peregrini (10). Esta colonia se organizó sobre un asentamiento anterior perfectamente documentado (11) asociado a un contexto turdetano y posteriormente posteriorment e púnico, al cual correspondería la mención específica de Estrabón (Str.III, (Str.III, 2,2) al hablar de un lugar de reunión de los gaditanoi, los gaditanoi, frecuentemente interpretado como punto de convergencia de intercambios comerciales, comerciales, como mercado, más que como capital político-administrativa político-administrativa de la Turdetania .
La actuación de Roma es clara: debilitar a Hasta con medidas como la liberación de siervos de Lascuta en 189 a.C. ( según reza el decreto de L.Aemilius, CIL II, 5.041), restándole con ello fuerza económica, y potenciar paralelamente a Gades, donde ya existen importantes intereses comerciales por parte de familias familias romanas romanas vinculadas vinculadas quizás con el orden orden senatorial senatorial , como como luego luego sucedió sucedió con los Balbo. Balbo. Ello sería un argumento para explicar también el porqué la colonia creada por César no recibe privilegios ni el estratuto de municipio. municipio. Gades era su aliada en la guerra civil.
Tres inscripciones de Hasta de Hasta o su entorno ( que en su contexto podrían considerarse de Hasta de Hasta,, aunque Hübner las de como de Jerez) pueden ayudarnos a resolver esta cuestión con una hipótesis de trabajo que mantendría esta es ta última teoría. Las inscripciones inscripci ones hablan de magistrados magis trados municipales munici pales y/o coloniales (CIL II, II, 1.305-1.306) y de elementos de presumible procedencia itálica (A Esp A, XXXVI, 217-219 = Vives 3.293). La segunda encerraría la clave para hablar de una fundación cesariana.
Las inscripciones CIL II, 1.305 y 1.306, dadas como procedentes de Jerez de la Frontera, se han asociado al contexto de la ciudad romana roman a de Ceret (12). Ceret (12). Sin S in embargo, y al marg margen en de estas inscripciones de procedencia incierta ( a continuación continuación lo discutire discutiremos mos), ), una moneda moneda que plantea plantea una posible posible ceca de CER. y dos referencias a los ceretanos ( Marcial, Epig. VI, 73. XIII, 124), no existe ni el más mínimo indicio arqueológico que hable de infraestructuras urbanas romanas en esta ciudad, razón por la cual aquí negaremos su existencia exis tencia mientras mientra s estas infraestructuras infraes tructuras urbanas u rbanas no aparezcan en un contexto arqueológico claro.
Y ello nos lleva a la discusión que obligadamente debe de hacerse sobre la procedencia de estas inscripciones, en las que por lo demás no se hace referencia a Ceret . El hecho de que Hübner las catalogue, en en siglo XIX, como procedentes de Jerez no quiere decir otra cosa sino que él las vio allí ( si no los encargados de hacer el recuento en esta zona). La procedencia es por tanto incierta, pero parece lógico pensar que llegaron a Jerez desde algún algún punto de su término municipal. Si nos remontamos remontamos en el tiempo, tiempo, sabemos que desde des de el siglo XV , y sobre todo desde des de el siglo XVI, el coleccionismo coleccionismo de inscripciones y otras antigüedades estuvo de moda entre las clases altas (burguesía y nobleza) a raíz de la difusión del humanismo y su “ retorno” al mundo clásico. No es descabellado pensar que muchas de las inscripciones de los actuales fondos de los museos arqueológicos proceden de anteriores colecciones y donaciones hechas por eruditos erud itos locales y propietarios propiet arios de fincas. Tampoco T ampoco lo es el pensar que q ue gran parte parte de este legado, remontándose más en el e l tiempo, viene de cole colecciones cciones iniciadas inici adas , al menos, en el e l siglo XVI, en plena fiebre fiebre humanística. humanísti ca. Colecciones Colecci ones que van pasando en las familias de generación en generación generación , bien entre familias de la nobleza o de la burguesía, y que van siendo enriquecidas con nuevas adquisiciones adquisiciones que se llevan a la localidad concreta con creta sin mirar de dónde dó nde proceden y quién se las la s vendió. Prácticas Prá cticas muy frecuentes ya ya antes de 1.869, cuando se publica en Berlín el segundo volumen del Corpus Inscriptionum Latinarum en el que Hübner registró las inscripciones romanas de Hispania a partir de las colecciones locales, tanto privadas como pertenecientes a museos y colecciones arqueológicas arqueológicas municipales.
Cuando en 1.873 se crea la Colección Arqueológica Municipal de Jerez (13), entran muchas de estas inscripciones inscri pciones sin un registro registr o de procedencia, in situ, realmente real mente claro. Así pues, ¿ porqué no pensar en la posibilidad de que algunas de ellas procedan de Hasta Regia, y no de Ceret ?. ?. Al menos, de Hasta de Hasta Regia si tenemos infraestruct i nfraestructuras uras urbanas urbana s claras. Veamos las posibilidades posibilidades , no sin antes desarrollar el texto de las inscripciones seleccionadas del CIL II.
A) CIL II, 1.305 (14) L. Fabio L. f. Gal. Cordo / IIII IIII viro / populus m. C(aes) ob XX paria / gladiatorum data pro/ salute et victoria Caesarum / locus et inscriptio inscriptio d.d. / per tabellam tabellam data.
L(ucio) Fabio L(ucii) f(ilius) Gal(eria) Gal(eria) Cordo IIII viro viro populus m(unicipi) C(aesarini?) C(aesarini?) ob XX paria gladiatorum data pro salute salute et victoria Caesarum Caesarum locus et inscriptio d(ecreto) d(ecreto) d(ecu rionum) rionum) per tabellam data.
Dedicada a Lucio Fabio Fabio Cordo, hijo de Lucio, de la tribu Galeria y cuatrovir cuatrovir . El pueblo del del municipio cesariense le dedica por los veinte pares de gladiadores que ofreció ofreció en los juegos por la salud y la victoria de los Césares. El lugar lugar y la inscripción han sido ofrecidos por decreto de los decuriones por votación popular .
B) CIL II, 1.306 (15). ... L. f. Ser(g) Verno / (aed.) II (virali potest.honoris et virtutis causa) / (de)cur.d(ecr.) (de)cur.d(ecr.) de pecun. col(lata). col(lata).
L(ucio Titio ) L(ucii) L(ucii) f(ilius) Sergia Verno (aedilii ) II (virali potestati honoris et virtutis causa de)cur(ionum) d(ecreto) de pecun(ia) col(lata).
En honor de Lucio Titio Verno, Verno, hijo de Lucio, de la tribu Sergia , edil con con potestad duunviral por su honor y merecimientos , se le erigió este monumento por decreto de los decuriones y suscripción pública.
Ambas inscripciones deben datarse en el siglo I d.C. en época imperial, pero al menos la segunda revela que en la comarca de Jerez existen asentamientos vinculados a la colonización de César. En la primera, un magistrado, magistrado, L. Fabio Cordo , ofrece un espectáculo de gladiadores , algo frecuente en los municipio de Hispania (y del resto del imperio) en época altoimperial. Esto presupone la existencia de un anfiteatro (16), y ello unas infraestructuras urbanas desarrolladas, una civitas. civitas. Algo que, en el contexto arqueológico arqueológico de Jerez, debe buscarse en Hasta en Hasta Regia. Regia.
Al ser L. L. Fabio Cordo miembro de la tribu Galeria estamos ante un caso similar al de Asido de Asido y otras colonias y municipios del área gaditana. Hablamos de una fundación de época de Augusto o, lo que también es posible , de una fundación anterior , de época de César, que es planificada por él pero que Augusto lleva a cabo. También podría tratarse de una fundación de César que, como indican Plinio y Mela, se mantiene como colonia en el siglo I d.C. Y para ello nos valemos de la segunda inscripción: un duoviro, de cognomen Vero, pertenece a la tribu Sergia, Sergia, tribu que fue favorecida precisamente en las asignaciones de tierras de época de César y cuya presencia en Hispania se asocia, precisamente, a este momento.
Otro aspecto a tener en cuenta son los cargos que figuran en las dos inscripciones . Lucio Fabio Cordo es un cuatroviro y Verno un edil con potestad duoviral. Sayas (17), al analizar la administración provincial de Hispania Hispania , insiste insiste en que que como como regla general y constatable los magistrados magistrados de los municipios municipios son cuatroviros y los de las colonias son duoviros, aunque la frecuencia de estos casos no impide que existan colonias con cuatroviros y municipios con tan solo dos duoviros. Los cuatroviros, a su vez, se definen como dos duoviros y dos ediles. Y, según esto, ambas inscripciones nos hablan de un municipio que funcionaría como tal en época de Augusto y después (18). ¿Cómo se explica?.
Una primera tentativa tentati va sería afirmar que, conforme a las fuentes escritas, escri tas, estas inscripciones hablan de uno o dos municipios del siglo I d.C. y que por tanto no pueden aplicarse a Hasta Regia. Serían inscripciones inscripcion es de otro núcleo urbano no identificado identifi cado de forma totalmente satisfactoria. satisfac toria. Pero con todo, ¿ podría plantearse la posibilidad de una colonia cesariana gobernada por cuatroviros?. O aun más, ¿podría tratarse de una prueba para afirmar que la colonia de Hasta de Hasta Regia Regia recibe en el siglo I d.C., con Vespasiano, el estatuto de municipio? Y esto último no es inviable, ni contradice a las fuentes de Mela (anterior al reinado de Vespasiano) y quizás tampoco a Plinio, cuya Naturalis cuya Naturalis Historia, Historia, aunque está dedicada a Tito, bien pudo recoger sus datos de fuentes anteriores ant eriores o de archivos estatales abiertos ab iertos antes del año 74 d,.C., cuando se da el decreto de ciudadanía a los hispanos (algo que, por lo demás, ignoramos cuanto tiempo pudo tardar en generalizarse).
La presencia de un magistrado de la tribu Sergia es prueba fehaciente de un asentamiento de época de César con, al menos, estatuto de colonia. Los ediles con potestad duoviral nos pueden hablar de cuatroviros que administran un municipio, pero también puede tratarse de ediles con funciones de duoviros, en cualquier cualqu ier caso en una colonia c olonia (20). Creemos que son argumentos argumentos suficientes para plantear una fundación de época de César en Hasta Regia. Regia.
Un último dato: la tercera inscripción seleccionada completa este panorama mostrando una colonización colonización itálica. Su texto es el siguiente:
C) A Esp A ,36,217 (21).
D.M. / Siciniae Q. f. / Tuscillae. D(iis) M(anibus) M(anibus) Siciniae Q(uinti) f(ilia) Tuscillae
Consagrada a los dioses Manes. A Sicinia Tuscilla, hija de Quinto .
En primer lugar, es una inscripción que procede de Hasta Regia (in situ), lo cual garantiza su pertenencia al contexto que estamos tratando. Además, es un ara ricamente decorada que habla por si sola sola del nivel social del difunto difu nto (22). En cuanto a su onomástica, el cognomen Tuscilla parece revelar un origen itálico, en particular etrusco (23). Es curioso, pero los nombres derivados de Tuscillus sólo se dan en Hispania de forma amplia, y muy poco en su área de origen. Ello permitiría aventurar una hipótesis en conexión con la colonización de César.
Cicerón ( Ad Fam. XIII, 4,2) da la clave. En este pasaje se recogen algunos aspectos de las asignaciones de tierras de César, y se aclara que el entonces cónsul de Roma (estamos en el 59 a.C) hizo
distribuciones en suelo itálico, pero que inicialmente excluyó de estos repartos a los campanos y los etruscos, entre otros, pues tanto el Ager el Ager Campanus como los territorios de Etruria quedaron al margen , limitándose con ello las tierras del ager publicus. publicus. Si las tierras de Etruria y Campania están fuera de toda asignación , hemos de creer que en esa fecha, hacia 59 a.C. ambas regiones estaban transformadas en su casi totalidad en grandes propiedades, o concentradas en unas pocas manos (24) debido sobre todo al expolio de pequeñas fincas por parte de la oligarquía senatorial durante la ausencia de los propietarios, pequeños campesinos reclutados para las campañas militares de Roma Roma ya en fechas fechas tan temprana tempranass como como la segunda Guerra Púnica. Diez años después se desata el conflicto con Pompeyo. Pompeyo. A su término, en 45 a.C., ¿Pudo César buscar tierras a etruscos y campanos fuera de Italia? ¿Pudiera ser entonces que Hasta que Hasta Regia, como otros asentamientos asentamientos de Hispania en los que se han constatado a partir de la epigrafía onomásticas etruscas, fuera uno de los puntos elegidos para ello? Casualidad o no, el hecho de que el cognomen Tuscillus y sus derivados aparezcan aparezcan casi exclusivamente en Hispania es bastante sugerente.
Además, esta inscripción es casi con toda seguridad del siglo I d.C. Ello supondría que Sicinia Tuscilla, Tuscilla, hija de Quinto, y a juzgar por la riqueza del ara, pudo pertenecer a una familia del ordo equester , beneficiada por César ( Bell. Hisp. Hisp. 26), y posiblemente vinculada a actividades administrativas y/o comerciales en relación con Gades, Gades, a su vez también favorecida frente a Hasta Regia. Regia. Ir más allá sería aventurar mucho, pues no tenemos más datos, pero en cualquier caso ambos supuestos podrían relacionarse.
En definitiva: defin itiva: creemos cr eemos haber dado argumentos suficientes para constatar la fundación fundación de una colonia cesariana en Hasta Regia (en todo caso, argumentos complementarios a lo que ya se ha dicho de ella) y la importancia del elemento itálico en tales fundaciones, bien campesinos, veteranos , comerciantes o miembros del ordo equester . Hasta Regia fue, como colonia y en este sentido, solución a parte del problema social itálico, y a su vez punto importante del activísimo comercio comercio de Gades que se definió poderosamente poderosamente hasta su decadencia decadencia en época bajoimperial, bajoimperial, según según el testimoni testimonio o de Avieno Avieno ( Ora Marítima, Marítima, 267 ss). Hasta ss). Hasta Regia Regia,, quizás ya municipio tras la concesión de Vespasiano, progresó con Gades y decayó con ella., para volver a reactivarse después en época musulmana. Pero esto es ya posterior.
NOTAS
1) La obra clásica de P.A. BRUNT, Italian BRUNT, Italian Manpower, 225 BC- 14 AC , Oxford, 1970. 19 70. puso las bases de los estudios demográficos. demográfi cos. En esta est a línea, y para ver la relación rel ación entre colonizaci co lonización ón y demografía seguida en este trabajo, la obra de K. HOPKINS, Conquistadores y esclavos . Ed. Península, Barcelona, 1.981.Del mismo autor, “ La romanización: asimilación, cambio y resistencia” resistencia ” en J.Mª BLAZQUEZ y J. ALVAR, La romanización de Occidente , Madrid, 1.996,15-43.Para la Península Ibérica, la obra base de Mª Amalia MARIN DIAZ, Emigración, colonización y municipalización en la Hispania republicana, Granada, 1.988. Además, AA.VV. Aspectos de la colonización y municipalización de Hispania , Mérida, 1.989.
2) J.M. ROLDAN , La República romana, romana , Madrid, 1.981, cap. XV y ss. Para Hispania, Hispania, el capítulo capítulo de J.M. ROLDAN, “ La romanización”, en AA.VV. Historia Historia de España Antigua, II. Hispania romana, romana , Madrid, 1.978, 175223.El papel del ejército en la romanización y las referencias referencias a los trabajos del autor sobre este tema, se recogen en J.M. ROLDAN, Ejército ROLDAN, Ejército y sociedad en la España romana , Granada, 1.989.
3) K. HOPKINS, 1.981, 19 ss
4) J.M. ROLDAN, 1.989, 153.
5)Véase al respecto C. GONZALEZ ROMAN, “ Las colonias romanas de la Hispania Hispania meridional en sus aspectos sociojurídicos.” en C. GONZALEZ et alii, La Bética en su problemática histórica , Granada, 1.99l, 87-110.
6) C.GONZALEZ ROMAN, 1.991, 90-100.
7) Para Asido, el trabajo base de A. PADILLA MONGE, “ Asido Caesarina”, Caesarina”, Habis, 16,1.985, 307-327.
8) C. GONZALEZ, 1.991, 93. Insiste en la falta de privilegios para Hasta Regia, como ya se planteara desde el artículo artículo de A. SCHULTEN, “ Asta Regia”, Regia”, A Esp A, 26, 1.953, 106 ss. Además, M. ESTEVE dedica a Hasta diferentes artículos recogidos en Miscelánea Arqueológica Jerezana , Jerez, 1.979. Pueden verse también las memorias de excavaciones en M. ESTEVE, Excavaciones de Asta Regia, Regia , Boletín de la Sociedad de Estudios Históricos Jerezanos, XIX, Jerez,1.962.
9) J.J. SAYAS, “Colonización y municipalización bajo César y Augusto ”, en AA.VV. op.cit ,43. op.cit ,43.
10) C. GONZALEZ, 1.99l, 104.
11) F. PRESEDO, “Tartessos” , en AA.VV. , Historia , Historia de España Antigua, Antigua, I. Protohistoria Protohistoria. Madrid, 1.980, 127-150. Hasta se describe en p.147.
12) G. CHIC, “ La región de Jerez en el marco de la Historia An tigua .” I Jornadas de Historia de Jerez. Jerez, 1.987, 20-30, da por supuesta la existencia de Ceret.
13) M.ESTEVE, Guia Breve del Museo Arqueológico Municipal de Jerez de la Frontera, Jerez, 1.961.
14) Transcribimos la lectura de J.GONZALEZ, Inscripciones romanas de la provincia de Cádiz ,nº 103. Cádiz, 1.982. Asimismo, J.VIVES, Inscripciones latinas de la España romana , nº 1.681.Barcelona, 1.97l. Catálogo Monumental de Cádiz , nº 200.
15) Lectura de J. GONZALEZ, op.cit , 1982, nº 104, y de J. VIVES, op.cit , 1.97l, nº1.502.
16) J.CHIC , op.cit , 1.987, 29.
17) J.J.SAYAS, “ La administración en el alto imperio i mperio”, p.359. En AA.VV., Historia AA.VV., Historia de España Antigua, II, Hispania Romana. Madrid, 1.978
18)Véase al respecto A.D´ORS, “La Ley Flavia municipal ”, ”, Anuario de Historia del Derecho español, nº 54, 1.984, 535-573.
19)J. IGLESIAS, Derecho IGLESIAS, Derecho romano , Barcelona, 1.965, 30 ss.
20) W.KUBITSCHEK De De romanorum tribuum origine ac propagatione , Viena, 1.882
21) Lectura de J. VIVES, op.cit, 1.971, 1.971, nº 3.293 ( A ( A Esp A,36, A,36, 1.963, 217-219)
22) Véase J. GONZALEZ, op.cit, 1.982, nº 40, lámina XXI.
23) Véase M.L. ALBERTOS, La ALBERTOS, La onomástica primitiva de Hispania. Hispania. Tarraconense Tarraconense y Bética. Bética. Salamanca, 1.966, 240.
24) Sobre las concesiones de César, véase J.J. SAYAS, op.cit , 1.989, 33 ss.