Complemento para la recepción de pagos en CFDI del SAT .............................................. 3 Definición: ................................................................................................................................. 3 Obligación para utilizar el Complemento para Pagos ................................................................ 3
Campos a llenar en el Complemento para Pagos del SAT.................................................. 5 Información de Documentos Relacionados ............................................................................... 5 Impuestos en el Complemento ................................................................................................. 6 Información General del pago ................................................................................................... 7
Catálogos del Complemento para la Recepción de Pagos ................................................. 9 Catálogo De Formas De Pago (FormaPago) – Anexo 20 CFDI 3.3 ............................................. 10 Catálogo de Formas de pago pago CFDI 3.3 .......................... .......................... .......................... .... 10 Catálogo de Formas de Pago y Complemento para Pagos Pagos ...................... .......................... .... 11 Catálogo De Impuestos (C_Impuesto) – Anexo 20 CFDI 3.3 ..................................................... 13 Impuestos del Catálogo ....................................................................................................... 13 Catálogo De Método De Pago (MetodoPago) PUE, PIP O PPD – Anexo 20 CFDI 3.3 ................ 14 ¿Es obligatorio utilizar el Catálogo de Método Método de Pago? .................................... .................. 14 Catálogo de método de Pago ............................................................................................... 14 Catálogo De Moneda – Anexo 20 CFDI 3.3 .............................................................................. 15 Utilizar el Catálogo de Moneda en el CFDI ........................................................................... 15 Catálogo De Tasas O Cuotas De Impuestos (C_TasaOCuota) – Anexo 20 CFDI 3.3 ................... 16 Porcentajes de Tasas y Cuotas ............................................................................................. 16 Catálogo Del Tipo De La Cadena De Pago – Complemento Recepción De Pagos Del SAT ........ 17 Catálogo del Tipo de la Cadena de Pago....................... .......................... .......................... .... 17 Catálogo Tipo Factor (C_TipoFactor) – Anexo 20 CFDI 3.3 ....................................................... 18 Tipos de Factores del Catálogo ............................................................................................ 18
Datos en el Complemento para la Recepción de Pagos ................................................... 20 ¿A partir de cuándo se utiliza el Complemento para Pagos?........................................... 21 Recomendaciones para el Complemento para Pagos ..................................................... 22 Plantilla en Excel .................................................................................................................. 22 Sistema de Facturación Facturación Electrónica.......................... .......................... ......................... ......... 22 Síguenos en Redes Sociales Sociales......................... .......................... .......................... ..................... 23 ¡Nuestros productos y Servicios! ............................................................................................. 24
Complemento para la recepción de pagos en CFDI del SAT El Complemento para la Recepción de Pagos será de uso obligatorio para los contribuyentes que realicen pagos en Parcialidades o Diferidos. Dicho complemento fue publicado por el SAT para que los CFDI´s con pagos en parciales lo incorporen a partir de 2017. Es necesario conocer cada uno de los elementos que integran el complemento para pagos, dado a que se manejan nuevos conceptos. También se deberá contar con un control exhaustivo al momento de realizar este tipo de documentos, por el hecho de que se requerirá de información fuera de lo convencional.
Definición: Complemento para la Recepción de Pagos: Complemento para el Comprobante Fiscal
Digital por Internet (CFDI) para registrar información sobre la recepción de pagos. El emisor de este complemento para recepción de pagos debe ser quien la ley le obligue a expedir comprobantes por los actos o actividades que realicen, por los ingresos que se perciban o por las retenciones de contribuciones que efectúen.
Obligación para utilizar el Complemento para Pagos EL 14 de julio de 2016 se publicó en el DOF la modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016, donde se dio a conocer que se utilizara del Complemento para pagos. Cuando se emita un Comprobantes Fiscal por Internet por el pago de una parcialidad, este tendrá que contener el complemento con la información de documento relacionado.
Expedición de CFDI por pagos realizados 2.7.1.35. Para los efectos de los artículos 29, párrafos primero, segundo, fracción VI y último párrafo, y 29-A, primer párrafo, fracción VII, inciso b) del CFF, cuando las contraprestaciones no se paguen en una sola exhibición, se emitirá un CFDI por el valor total de la operación en el momento en que ésta se realice y posteriormente se expedirá un CFDI por cada uno de los pagos que se efectúen, en el que se deberá señalar “cero pesos” en el monto total de la operación y como “método de pago” la expresión “pago” debiendo incorporar al mismo el “Complemento para pagos” .
El monto del pago se aplicará proporcionalmente a los conceptos integrados en el comprobante emitido por el valor total de la operación a que se refiere el primer párrafo de la presente regla. Los contribuyentes que realicen el pago de la contraprestación en una sola exhibición, pero ésta no sea cubierta al momento de la expedición del CFDI, incluso cuando se trate de operaciones a crédito y estas se paguen totalmente en fecha posterior a la emisión del CFDI correspondiente, deberá utilizar, siempre que se trate del mismo ejercicio fiscal, el mecanismo contenido en la presente regla para reflejar el pago con el que se liquide el importe de la operación. Cuando ya se cuente con al menos un CFDI que incorpore el “Complemento para pagos” que acrediten que la contraprestación ha sido total o parcialmente pagada, el CFDI emitido por el total de la operación no podrá ser objeto de cancelación, las correcciones deberán realizarse mediante la emisión de CFDI de egresos por devoluciones, descuentos y bonificaciones. Por lo que respecta a la emisión del CFDI con “Complemento para pagos” , cuando en el comprobante existan errores, éste podrá cancelarse siempre que se sustituya por otro con los datos correctos y cuando se realicen a más tardar el último día del ejercicio en que fue emitido el CFDI. CFF 29, 29-A, RCFF 37
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Campos a llenar en el Complemento para Pagos del SAT Las siguientes definiciones podrán sonar algo raras, pero es necesario conocer cada una de ellas. Si aún no conoces como se conforma un XML, te invito a leer el artículo “Como leer un XML”
Te recomiendo saber cómo visualizar un XML porque esta información la contendrá el XML junto con el complemento, considerando que el XML es el documento válido para SAT vale la pena conocer sus nuevos conceptos y cómo se conforma:
Pago (Requerido) : Elemento requerido para incorporar la información de la recepción de pagos.
Información de Documentos Relacionados Dentro del complemento para la recepción de pagos se debe especificar el “Documento Relacionado” por los pagos de anticipos. Quiere decir que por cada documento que se
relacione se debe generar un nodo dentro del complemento (XML) llamado “DoctoRelacionado”.
DoctoRelacionado: Nodo condicional para expresar la lista de documentos relacionados con los pagos diferentes de anticipos. Por cada documento que se relacione se debe generar un nodo DoctoRelacionado. IdDocumento (Requerido) : Para expresar el identificador del documento relacionado con el pago. Este dato puede ser un Folio Fiscal de la Factura Electrónica o bien el número de operación de un documento digital. Serie (Opcional) : Atributo opcional para precisar la serie del comprobante para control interno del contribuyente, acepta una cadena de caracteres. Folio (Opcional) : Atributo opcional para precisar el folio del comprobante para control interno del contribuyente, acepta una cadena de caracteres. MonedaDR (Requerido) : Para identificar la clave de la moneda utilizada en los importes del documento relacionado, cuando se usa moneda nacional o el documento relacionado no especifica la moneda se registra MXN. Los importes registrados en los atributos “SaldoAnterior”, “ImportePagado” e “ImporteSaldoInsoluto” de éste nodo, deben corresponder a esta moneda.
Conforme con la especificación ISO 4217.
“TipoCambioDR (Condicional) : Para expresar el tipo de cambio conforme con la
moneda registrada en el documento relacionado. Es requerido cuando la moneda del documento relacionado es distinta de la moneda de pago. Se debe registrar el número de unidades de la moneda señalada en el documento relacionado que equivalen a una unidad de la moneda del pago. Por ejemplo: El documento relacionado se registra en USD El pago se realiza por 100 EUR. Este atributo se registra como 1.114700 USD/EUR. El importe pagado equivale a 100 EUR * 1.114700 USD/EUR = 111.47 USD.
MetodoDePagoDR (Requerido) : Para expresar la clave del método de pago que se registró en el documento relacionado. NumParcialidad (Condicional) : Para expresar el número de parcialidad que corresponde al pago. Es requerido cuando MetodoDePagoDR contiene: “Pago en parcialidades o diferido” o “Pago inicial y parcialidades”.
ImpSaldoAnt (Condicional) : Para expresar el importe del saldo anterior del documento relacionado o el monto del saldo insoluto de la parcialidad anterior. Es requerido cuando MetodoDePagoDR contiene: “Pago en parcialidades o diferido” o “Pago inicial y parcialidades” En el caso de que sea la primer parcialidad este
campo debe contener el importe total del documento relacionado.
ImpPagado (Condicional) : Para expresar el importe pagado para el documento relacionado. Es obligatorio cuando exista más de un documento relacionado o cuando existe un documento relacionado y el TipoCambioDR tiene un valor. ImpSaldoInsoluto (Condicional) : Para expresar la diferencia entre el importe del saldo anterior y el monto del pago. Es requerido cuando MetodoDePagoDR contiene: “Pago en parcialidades o diferido” o “Pago inicial y parcialidades”.
Impuestos en el Complemento En este nodo se especifican cuáles son los impuestos que se aplicaron al pago y también los impuestos retenidos.
Impuestos: Nodo condicional para expresar el resumen de los impuestos aplicables cuando este documento sea un anticipo. Retenciones: Nodo condicional para capturar los impuestos retenidos aplicables. Retencion: Nodo requerido para registrar la información detallada de una retención de impuesto específico. Impuesto (Requerido) : Para señalar la clave del tipo de impuesto retenido. Importe (Requerido) : Para señalar el importe o monto del impuesto retenido. No se permiten valores negativos. Traslados: Nodo condicional para capturar los impuestos trasladados aplicables. Traslado: Nodo requerido para la información detallada de un traslado de impuesto específico. Impuesto (Requerido) : Para señalar la clave del tipo de impuesto trasladado. TipoFactor (Requerido) : Para señalar la clave del tipo de factor que se aplica a la base del impuesto. TasaOCuota (Requerido) : Para señalar la clave de la tasa o cuota del impuesto que se traslada. Importe (Requerido) : Para señalar el importe del impuesto trasladado. No se permiten valores negativos.
TotalImpuestosRetenidos (Condicional) : Para expresar el total de los impuestos retenidos que se desprenden del pago. No se permiten valores negativos. TotalImpuestosTrasladados (Condicional) : Para expresar el total de los impuestos trasladados que se desprenden del pago. No se permiten valores negativos.
Información General del pago En esta sección del complemento se debe ingresar la información general del pago con algunos datos requeridos y otros condicionales:
FechaPago (Requerido) : Para expresar la fecha y hora en la que el beneficiario recibe el pago. Se expresa en la forma aaaa-mm-ddThh:mm:ss, de acuerdo con la especificación ISO 8601.En caso de no contar con la hora se debe registrar 12:00:00. FormaDePagoP (Requerido) : Para expresar la clave de la forma en que se realiza el pago. MonedaP (Requerido) : Para identificar la clave de la moneda utilizada para realizar el pago, cuando se usa moneda nacional se registra MXN. El atributo Pagos:Pago:Monto y los atributos TotalImpuestosRetenidos, TotalImpuestosTrasladados, Traslados:Traslado:Importe y Retenciones:Retencion:Importe del nodo Pago:Impuestos deben ser expresados en esta moneda. Conforme con la especificación ISO 4217. TipoCambioP (Condicional) : Para expresar el tipo de cambio de la moneda a la fecha en que se realizó el pago. El valor debe reflejar el número de pesos mexicanos que equivalen a una unidad de la divisa señalada en el atributo MonedaP. Es requerido cuando el atributo MonedaP es diferente a MXN. Monto (Requerido) : Para expresar el importe del pago. NumOperacion (Condicional) : Para expresar el número de cheque, número de autorización, número de referencia, clave de rastreo en caso de ser SPEI, línea de captura o algún número de referencia análogo que identifique la operación que ampara el pago efectuado RfcEmisorCtaOrd (Condicional) : Para expresar la clave RFC de la entidad emisora de la cuenta origen, es decir, la operadora, el banco, la institución financiera, emisor de monedero electrónico, etc., en caso de ser extranjero colocar XEXX010101000, considerar las reglas de obligatoriedad publicadas en la página del SAT para éste atributo de acuerdo con el catálogo catCFDI:c_FormaPago. NomBancoOrdExt (Condicional) : Para expresar el nombre del banco ordenante, es requerido en caso de ser extranjero. Considerar las reglas de obligatoriedad publicadas en la página del SAT para éste atributo de acuerdo con el catálogo catCFDI:c_FormaPago. CtaOrdenante (Condicional) : Para incorporar el número de la cuenta con la que se realizó el pago. Considerar las reglas de obligatoriedad publicadas en la página del SAT para éste atributo de acuerdo con el catálogo catCFDI:c_FormaPago
RfcEmisorCtaBen (Condicional) : Para expresar la clave RFC de la entidad operadora de la cuenta destino, es decir, la operadora, el banco, la institución financiera, emisor de monedero electrónico, etc. Considerar las reglas de obligatoriedad publicadas en la página del SAT para éste atributo de acuerdo con el catálogo catCFDI:c_FormaPago. CtaBeneficiario (Condicional) : Para incorporar el número de cuenta en donde se recibió el pago. Considerar las reglas de obligatoriedad publicadas en la página del SAT para éste atributo de acuerdo con el catálogo catCFDI:c_FormaPago. TipoCadPago (Condicional): Para identificar la clave del tipo de cadena de pago que genera la entidad receptora del pago. Considerar las reglas de obligatoriedad publicadas en la página del SAT para éste atributo de acuerdo con el catálogo catCFDI:c_FormaPago. CertPago (Condicional): Sirve para incorporar el certificado que ampara al pago, como una cadena de texto en formato base 64. Es requerido en caso de que el atributo TipoCadPago contenga información. CadPago (Condicional): Para expresar la cadena original del comprobante de pago generado por la entidad emisora de la cuenta beneficiaria. Es requerido en caso de que el atributo TipoCadPago contenga información. SelloPago (Condicional): Para integrar el sello digital que se asocie al pago. La entidad que emite el comprobante de pago, ingresa una cadena original y el sello digital en una sección de dicho comprobante, este sello digital es el que se debe registrar en este campo. Debe ser expresado como una cadena de texto en formato base 64. Es requerido en caso de que el atributo TipoCadPago contenga información. Version (Requerido): Indica la versión del complemento para recepción de pagos.
Catálogos del Complemento para la Recepción de Pagos Tal como se maneja en otros complementos, en el complemento para la Recepción de Pagos no es la excepción. Ya que se manejan algunos catálogos que se manejan en el CFDI v3.3 a partir de 2017:
Catálogo de formas de pago
Catálogo de impuestos
Catálogo de Método de Pago
Catálogo de moneda
Catálogo de tasas o cuotas de impuestos
Catálogo del tipo de la cadena de pago (solo complemento para pagos)
Catálogo tipo factor
Catálogo De Formas De Pago (FormaPago) – Anexo 20 CFDI 3.3 El catálogo de Formas de Pago está vigente desde el 15 julio de 2016, a partir de 2017 se incorpora también los demás catálogos del CFDI v3.3. El uso de algunos de estos catálogos serán obligatorios para la emisión de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet. En el caso del Catálogo de Formas de Pago se considera en el CFDI v3.3 como Atributo “Condicional”:
FormaPago: Atributo condicional para expresar la clave de la forma de pago de los bienes o servicios amparados por el comprobante. Si no se conoce la forma de pago este atributo se debe omitir.
La modificación del Anexo 20 trae consigo aplicar diferentes catálogos a los CFDI´s, en el caso de los métodos de pago que deberán asentar los contribuyentes en sus Comprobantes Fiscales Digitales por Internet son los siguientes:
Dentro del catálogo de Formas de Pago encontrarás más columnas con nuevos conceptos, estos serán los que se incluyen en el nuevo Complemento para Pagos en su versión 1.0 publicado en la página del SAT:
c_FormaPago
Descripción
Bancarizado
Número de operación
RFC del Emisor de la cuenta ordenante
Cuenta Ordenante
Patrón para cuenta ordenante
RFC del Emisor Cuenta de Beneficiario
Cuenta de Beneficiario
Patrón para cuenta Beneficiaria
Tipo Cadena Pago Nombre del Banco emisor de la cuenta ordenante en caso de extranjero
Catálogo De Impuestos (C_Impuesto) – Anexo 20 CFDI 3.3 Se crea el Catálogo de Impuestos del SAT para la emisión de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, será de uso obligatorio en el uso del CFDI versión 3.3. Este catálogo también es de uso obligatorio para el complemento para la recepción de pagos . En el Catálogo de Impuestos se especifican cuáles son las Claves de impuestos trasladados e impuestos retenidos, aplicables a los conceptos de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet.
El catálogo de impuestos del CFDI versión 3.3 contiene los tres impuestos que se expresan en las facturas electrónicas.
ISR Impuesto Sobre la Renta
IVA Impuesto al Valor Agregado
IEPS Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios
A continuación, dejo el catálogo de impuestos donde se especifica cual es la clave de cada impuesto trasladado o retenido:
Catálogo De Método De Pago (MetodoPago) PUE, PIP O PPD – Anexo 20 CFDI 3.3 El Catálogo de método de Pago que se utilizara en el CFDI v3.3 no es muy diferente a las descripciones que se manejaban anteriormente. Con la diferencia de que ahora existe un “Catálogo de método de Pago”, ahora se le debe asignar al Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) el código del método de pago.
El catálogo de método de pago tendrá un atributo condicional, esto quiere decir que podrá aplicarse dependiendo si el comprobante se paga en una sola exhibición, parcialidades o diferido.
El atributo Método de Pago en el nuevo anexo 20 aplicable al CFDI v3.3 nos dice que será condicional:
MetodoPago: Atributo condicional para precisar la clave del método de pago que aplica para este comprobante fiscal digital por Internet, conforme al Artículo 29-A fracción VII incisos a y b del CFF .
Como se mencionó anteriormente, el catálogo de Método de Pago no es muy diferente a lo que ya se venía manejando. La diferencia es que en el XML se verá reflejado el código (c_MetodoPago) en lugar de la descripción: c_MetodoPago
Descripción
PUE
Pago en una sola exhibición
PIP
Pago inicial y parcialidades
PPD
Pago en parcialidades o diferido
En el CFDI se deberá poner la clave correspondiente a cada tipo de método de pago (PUE, PIP o PPD)
Catálogo De Moneda – Anexo 20 CFDI 3.3 Si emites Comprobantes Fiscales Digitales por Internet en la versión 3.3, debes conocer que uno de los catálogos que debes utilizar es el de “Moneda”. Se publicó en la página del SAT los diferentes catálogos aplicables a esta nueva versión que estará vigente a partir de 2017.
La clave de la moneda se utiliza para expresar los montos, cuando se usa moneda nacional se registra MXN. Los importes monetarios en moneda nacional MXN con fracción hasta dos decimales.
Se crearon nuevos requisitos en la emisión de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet y el uso del catálogo de moneda es uno de ellos.
En este catálogo aparecen las monedas de diferentes países, incluye la abreviación y su descripción. A continuación, les dejo el catálogo de moneda filtrando las monedas más utilizadas en México:
Catálogo De Tasas O Cuotas De Impuestos (C_TasaOCuota) – Anexo 20 CFDI 3.3 El Catálogo de tasas o cuotas del anexo 20 se aplica dependiendo si en el XML se le asigna la clave de Tipo Factor (Tasa o Cuota). Se establece que solo se podrá poner en los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet las tasas o cuotas que se encuentren dentro del Catálogo de Tasas o Cuotas de Impuestos.
TasaOCuota: Atributo condicional para señalar el importe del impuesto trasladado que aplica al concepto. No se permiten valores negativos. Es requerido cuando TipoFactor sea Tasa o Cuota.
El catálogo de Tasa o Cuota está muy ligado al Catálogo de Tipo Factor, ya que el porcentaje se aplica si la clave del catálogo es Tasa o Cuota.
El caso más común para utilizarlo en el XML es cuando se grava un producto o servicio con el Tipo Factor IVA y a este se le aplica el porcentaje del catálogo de tasas o cuotas de impuestos de un 0.16000 que corresponde al Impuesto al Valor Agregado de la tabla anterior.
Catálogo Del Tipo De La Cadena De Pago – Complemento Recepción De Pagos Del SAT El SAT publicó el Complemento para la Recepción de Pagos con la finalidad de identificar cuáles son los pagos en parcialidades o diferidos que realizan los contribuyentes. En este complemento se manejan diferentes catálogos y entre ellos se encuentra el “Catálogo del tipo de la cadena de pago” que vamos a explicar a continuación.
TipoCadenaPago: Descripción Atributo condicional que sirve para incorporar el certificado que ampara al pago, como una cadena de texto en formato base 64. Es requerido en caso de que el atributo TipoCadPago contenga información.
En la publicación del SAT, dicho catálogo está conformado únicamente de un solo tipo de cadena. Se trata de si el pago se realizó mediante Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (SPEI)
¿Cuandoseráobligatorioañadireltipodecadena?
El tipo de cadena que se menciona en el catálogo, será obligatorio en el Comprobantes Fiscales Digitales por Internet cuando exista una Forma de Pago. Es decir que si utilizas alguna clave del Catálogo de Formas de Pago y emites un CFDI con el complemento de Recepción de Pagos; se debe poner la clave del tipo de cadena.
Catálogo Tipo Factor (C_TipoFactor) – Anexo 20 CFDI 3.3 EL Catálogo Tipo Factor se publicó en la Página del SAT junto con el Anexo 20. Este catálogo se utilizará para determinar el tipo de factor que en conjunto con la tasa o cuota se le aplica a los importes reflejados en los CFDI´s. Si el valor del Tipo de Factor es Tasa o Cuota se le aplicará el porcentaje del Catálogo Tasa o Cuota para determinar el impuesto que se traslada y declararlo en el Comprobantes Fiscales Digitales por Internet.
para señalar el valor de la tasa o cuota del impuesto que se traslada para el presente concepto. Es requerido cuando el atributo TipoFactor tenga una clave que corresponda a Tasa o Cuota. Existen tres tipos de factores que pueden reflejarse dentro del XML los cuales son Tasa, Cuota o Exento. En dado caso de que el tipo de factor fuera Tasa o Cuota se aplicará el porcentaje correspondiente al importe:
Datos en el Complemento para la Recepción de Pagos Si se utiliza el complemento se debe de cumplir con los formatos o especificaciones de los valores a expresar dentro del XML. Para eso el SAT definió cuáles son los formatos de los datos a incluir:
t_CURP: Tipo definido para expresar la Clave Única de Registro de Población (CURP) t_Importe: Tipo definido para expresar importes numéricos con fracción hasta seis decimales. El valor se redondea de acuerdo con el número de decimales que soporta la moneda. No se permiten valores negativos. t_Fecha: Tipo definido para la expresión de la fecha. Se expresa en la forma AAAAMM-DD. t_ImporteMXN: Tipo definido para expresar importes monetarios en moneda nacional MXN con fracción hasta dos decimales. No se permiten valores negativos.
t_CuentaBancaria: Tipo definido para expresar la cuenta bancarizada.
t_RFC: Tipo definido para expresar claves del Registro Federal de Contribuyentes
t_RFC_PM: Tipo definido para la expresión de un Registro Federal de Contribuyentes de persona moral. t_RFC_PF: Tipo definido para la expresión de un Registro Federal de Contribuyentes de persona física. t_FechaHora: Tipo definido para la expresión de la fecha y hora. Se expresa en la forma AAAA-MM-DDThh:mm:ss t_FechaH: Tipo definido para la expresión de la fecha y hora. Se expresa en la forma AAAA-MM-DDThh:mm:ss t_Descrip100: Tipo definido para expresar la calle en que está ubicado el domicilio del emisor del comprobante o del destinatario de la mercancía. t_NumeroDomicilio: Tipo definido para expresar el número interior o el número exterior en donde se ubica el domicilio del emisor del comprobante o del destinatario de la mercancía. t_Referencia: Tipo definido para expresar la referencia geográfica adicional que permita una fácil o precisa ubicación del domicilio del emisor del comprobante o del destinatario de la mercancía. Por ejemplo, las coordenadas GPS. t_Descrip120: Tipo definido para expresar la colonia, localidad o municipio en que está ubicado el domicilio del emisor del comprobante o del destinatario de la mercancía. t_TipoCambio: Tipo definido para expresar el tipo de cambio. No se permiten valores negativos.
¿A partir de cuándo se utiliza el Complemento para Pagos? La regla 2.7.1.35 de la RMF 2016 mencionada anteriormente nos dice quienes están obligados a utilizar el Complemento para la Recepción de Pagos. Y en el artículo segundo transitorio de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016 y sus anexos 1 y 1-A se menciona que: Lo dispuesto en las siguientes reglas y Anexos será aplicable:
VII. Las modificaciones a la regla 2.7.1.32. y lo dispuesto en la regla 2.7.1.35., a partir de que se publique en el Portal del SAT el “Complemento para pagos” y su uso sea obligatorio en términos de la regla 2.7.1.8. Si hacemos caso a el articulo transitorio los contribuyentes deberán empezar a utilizarlo el día 05 de diciembre, ya que este fue el dia que se publicó en la página del SAT. Pero en la página del SAT se especifica que tanto el CFDI versión 3.3 como el Complemento para pagos se empezaran a utilizar a partir del 01 de julio de 2017:
Recomendaciones para el Complemento para Pagos Si el pago en parcialidades o diferido es una práctica común para ti, te recomiendo llevar un control exhaustivo ya que al momento de realizar algún pago de este tipo te pedirán información adicional.
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