FACULT ACULTAD DE DERECHO DEREC HO DERECHO
INTRODUCCION INTROD UCCION AL
EL SISTEMA ROMANO – GERMANICO GERM ANICO 1.- SISTEMA JURIDICO
Eleme Element nto o impres imprescin cindib dible le dent dentro ro de la organ organiza izaci ción ón de un esta estado, do, llamad llamados os también familias u ordenamiento jurídico. Conjunto de normas de carácter obligatorio que rigen a la organización de un estado y mediante el cual se imparte justicia a un país. 2.- INTRODUCCION A LA HISTORIA DEL SISTEMA JURIDICO ROMANO
El Dereco !omano es el orden normati"o que rigió a la sociedad romana desde los orígenes legendarios que rodea la fundación de !oma en el a#o $%& a.c asta el a#o '$( d.c. en que se e)tingue el *mperio !omano de +ccidente, se considera también parte integrante de la istoria del dereco romano las "i"encias jurídicas del *mperio !omano de +riente asta el a#o '%& que es el de la caída de Constantinopla en poder de los turcos, incluyendo el periodo de la recepción por los grupos étnicos germanos primero y después por las naciones asentadas en Europa +ccidental +ccidental desde el siglo - asta los ltimos a#os del siglo /-*** de la era Cristiana y también como fuente jurídica para la elaboración de los códigos que se dictaron en los siglos /*/ y // especialmente en materia del dereco pri"ado. 3.- LA PERIODIZACION HISTORICO-JURIDICO EN EL DERECHO ROMANO
0a 1inopsis istórica de !oma comprende tres periodos2 3asta el siglo *** a.C. en que se realiza la unificación de la península *taliana, Entre el siglo *** a.C al siglo *** d.C que enmarca el momento de auge y esplendor de !oma !oma y a parti partirr del del siglo siglo *** en que que se produ produce ce la deca decade denc ncia ia paulat paulatina ina y el derrumbe del imperio romano. Es la e)presión con la cual se designa al ordenamiento jurídico que rigió a los ciudada ciudadanos nos de !oma !oma y, con posterio posteriorida ridad, d, de aquellos aquellos instalad instalados os en distinto distintos s sector sectores es de su *mper *mperio, io, época época en que que tiene tiene lugar lugar la labor labor compi compilad ladora ora del emperador 4ustiniano el conocido como Corpus *uris Ci"ilis. 1e entiende por Dereco !omano, una serie de te)tos de aquellos autores que fueron considerados en la antigua !oma como autoridades en el discernimiento de lo justo e injusto 5iuris prudentes6, especialmente la colección de esos escritos ecos por el emperador 4ustiniano en el siglo -* d.c a la que este agrego leyes menores dadas por los emperadores romanos anteriores y las suyas propias. 7 esta esta compi compilac lación ión de las las leyes leyes y juris jurispr prude udenc ncias ias roman romanas as prep prepar arada adas s por el ALUMNA: MARIELA ORTIZ DE ZEVALLOS ZANABRIA
Página 1
FACULTAD DE DERECHO DERECHO
INTRODUCCION AL
emperador, se les identifica desde el siglo /** con el nombre de Cuerpo del Dereco 5Corpus *uris6 este cuerpo jurídico esta integrado en el orden en que procedieron los compiladores por el código que es una recopilación de constituciones imperiales, la antología jurisprudencial llamada el Digesto o las 8andectas, las *nstituciones en el que el príncipe legislador destina a e)poner los principios básicos del dereco y las no"elas que estaban constituidas por las nue"as leyes de 4ustiniano en numero de ciento sesenta y oco. Este nombre distinti"o se debe a Dionisio 9odofredo cuando edito en %:& en 9inebra la obra completa del dereco ci"il 4ustiniano. 3.1 CRISIS DEL SIGLO III
7quí lo característico es la figura del príncipe, que asume el poder y que esta por encima del senado. 0as oratio eran leyes que dictaba el príncipe. Este era el Dominus o 1e#or y el ciudadano se llamaba sbdito. Es una democracia autoritaria que desemboca en la autocracia. Esta forma de gobierno, la originan los cambios sociales, económicos y políticos y la in"asión de los barbaros. 4.- SISTEMA JURIDICO GERMANICO
El segundo de los elementos del dereco del mundo occidental, y que sir"ió de contrapeso al elemento romano, es el dereco germánico, que penetró en Europa con la in"asión de los pueblos bárbaros. 4.1.- ORIGEN
En el siglo / se produjo en *talia el redescubrimiento del Dereco !omano del Corpus *uris Ci"ilis, que se encontraba en unos libros que el emperador del oriente 4ustiniano abía mandado a realizar en el siglo -*. 5.- SISTEMA JURIDICO ROMANO – GERMANICO
El 1istema 4urídico romano;germánico o conocido también como sistema continental nace en las uni"ersidades italianas, especialmente en la de
Página 2
FACULTAD DE DERECHO DERECHO
INTRODUCCION AL
aplicación general, el ius comune, que estu"o "igente en la mayoría de los países europeos asta que fue sustituido por un sistema de códigos, cuya información culminara en el siglo /*/.
5.1 CARACTERISTICAS
•
1e basa en la normati"a emanada por los poderes legislati"o y ejecuti"o.
•
Emanan normas dotadas de una legitimidad de democrática.
•
•
0a jurisprudencia se limita al ámbito de interpretación dela normati"a "igente. El precedente jurisprudencial a ido adquiriendo importancia en el dereco continental. 5.2 RECEPCION DEL DERECHO ROMANO
8roceso istórico por cuyo medio los distintos países de Europa +ccidental asimilaron durante los siglos /*** al /- la ciencia jurídica de los juristas medie"ales 5glosadores y post; glosadores6. = las fuentes básicas de ese proceso fueron el corpus iuris ci"ilis y el corpus iuris ci"ilis canononici. 5.3 ESCUELA DE GLOSADORES
0a escuela de glosadores fue un grupo de juristas "inculados a la recepción del dereco romano 4ustinianeo en occidente, que se desarrolló desde los fines del siglo 5/*;/***6. El cual por su fuerza en la aplicación del método e)egético en el estudio del corpus iuris y debido al culti"o del dereco romano, fue el centro cultural de mayor prestigio de su época.
ALUMNA: MARIELA ORTIZ DE ZEVALLOS ZANABRIA
Página 3