La actual Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, aprobada en referéndum constituyente nacional el 15 de diciembre de 1999 y promulgada por la Asamblea Nacional Constituyente el 20 de diciembre de ese mismo año, establece que Venezuela es un Estado Social de Derecho y de Justicia, Democrático y Federal. Teniendo como elementos más representativos del nuestro sistema estatal la soberanía y el estado, porque sin la existencia del estado no podría concebirse la soberanía. El Estado no es más que una "organización social", sus funciones están distribuidas entre sus integrantes o diversas categorías de funcionarios. Poder legislativo (ejercido por la asamblea nacional); el poder ejecutivo (representado por el presidente, el vicepresidente y el gabinete de ministros), poder judicial (actante en el tribunal supremo de justicia), poder ciudadano (conformado por el ministerio publico, la contraloría general de la republica y la defensoría del pueblo) y el consejo electoral (medido a través del consejo nacional electoral) Para facilitar o dar una idea de lo que es el Estado como forma de organización dentro de la sociedad, es necesario determinar cuál es su base, esta lo constituye la Nación.
Se considera como Nación al conjunto de elementos comunes que se le atribuyen a un pueblo, tribu o cualquier agrupación de seres humanos en un territorio determinado, un ejemplo de dichos elementos comunes lo constituye el idioma, el sistema educativo, la historia. Nación es considerada como tal, siempre y cuando su territorio esté ocupado por los sujetos que tengan dichas características comunes, rasgos que les da el hecho de compartir una misma Nación. Una vez que la base del Estado ha sido definida, es necesario aclarar que el Estado, es la forma de organización social que se asienta en un territorio determinado, tiene una estructura propia y ejerce el control del mismo a través de los órganos creados para tales fines. De este modo, el Estado se forma cuando la sociedad organizada decide darle forma jurídica a lo que ya existe, por medio de la creación de las leyes y las instituciones que se encargan de aplicarlas, para de esa manera, regular la conducta de sus ciudadanos. En la Carta Magna o Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 2, se expone:…
Así, el Estado necesita de una serie de elementos para poder considerarse y constituirse como tal, sin ellos estaría incompleto, estos elementos integradores son: La Población, el Pueblo, Territorio y el Sistema Jurídico. 1. La Población: Es el conjunto de los individuos que habitan en un momento dado en un
Estado, y se encuentran integrados dentro de la concepción del mismo. las diferencias que se pueden encontrar en una población, entre ellas el idioma, la identidad y la nacionalidad que es la principal diferencia y la más importante porque además es el factor jurídico determinante de la población, es tal su importancia que es necesario clasificarla en dos grandes grupos: los nacionales y los extranjeros.
Entendiendo como nacionales a las personas nacidas o naturales del Estado del cual se trate, por lo tanto, este ciudadano se caracteriza por tener todos los derechos y garantías que consagran las leyes. Por el contrario los extranjeros son aquellas personas que no son nacidas en el país, ni tampoco se han naturalizado, por lo tanto no gozan de los derechos políticos de los nacionales.
Entonces, la Población sería considerada como el elemento humano que es el objeto fundamental y principal de la actividad del Estado, pues cada individuo es considerado individualmente y cada individuo considerado por sí mismo, da origen a lo que se conoce como población. 2. El Pueblo: Es el conjunto de personas que están unidas por una serie de elementos como
las leyes, o el deseo de habitar en un lugar que sea seguro y adecuado para su desarrollo; es el conjunto de personas que componen un pueblo, provincia o Nación. Generalmente 3. El Territorio: Puede entenderse como la delimitación territorial donde un Estado ejerce
y dispone su autoridad mediante una autoridad legítima. El territorio venezolano es, como lo establece el artículo 10 de la Constitución Los derechos que un Estado ejerce sobre su territorio lo hace de forma tridimensional: espacio aéreo, espacio terrestre y espacio marítimo; y para ello el Estado cuenta con una serie de instituciones que salvaguardan y vigilan estos territorios, como lo son La Fuerza Aérea Venezolana, La Marina Mercante Venezolana y la Fuerza Armada Nacional. 4. Sistema Jurídico: Este es un elemento imprescindible dentro de la organización de un
Estado, y está conformado por el conjunto de leyes que regulan el comportamiento de los individuos de la sociedad. Este sistema permite la creación de los órganos o instituciones que se encargan de aplicar lo consagrado en las leyes, cada órgano tiene una función específica para la administración de justicia. Dentro de este sistema jurídico compuesto por leyes, la más importante ley y de la que se derivan todas las demás, es la Constitución, ya que la misma establece las instituciones, su composición, funciones y competencias. Es también la llamada Carta Magna, la que establece en su cuerpo todo lo que se entiende por sistema jurídico. Sin la ley o sin el sistema jurídico, el Estado no podría lograr sus fines, ya que la misma es la que legitima la actuación del Estado a través de sus órganos.