1 LAS NIF Y LA NORMATIVA TRIBUTARIA ¿ES POSIBLE PREPARAR ESTADOS FINANCIEROS? Por Luis Eduardo Zuñiga Torrez
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INDICE I. RESUMEN EJECUTIVO……………………………………………………………………..1 II. DIAGNOSTICO SITUACIONAL Y PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA. ……………3 2.1 ALCANCE DE LAS NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA (NIF)………6 2.2 LAS NIIF Y LOS ESTADOS FINANCIEROS ……………………………………..8 2.3 ADOPCION POR PRIMERA VEZ, DE LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACION FINANCIERA………………………...9 2.4 PRINCIPALES CARACTERISTICAS LA NIF-1…..……………………………….9 III. OBJETIVO GENERAL Y ESPECIFICOS………………………………………………….11 IV. ANÁLISIS, VALORACIÓN DE LA PROPUESTA Y APORTE TÉCNICO……………..12 4.1 PRIMER CASO: REGISTRO DE LA DEPRECIACION DE UNA MAQUINARIA MANUFACTURERA………………………………………………..12 4.2 SEGUNDO CASO: REGISTRO DE INGRESOS ORDINARIOS DE UN CONTRATO DE CONSULTORIA………………………………………….15 V. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES………………………………………………24 VI. BIBLIOGRAFIA……………….………………………………………………………………..25
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I. RESUMEN EJECUTIVO. A partir del 1 de enero de 2013, las normas de contabilidad y auditoría serán cambiadas en el contexto de la globalización mundial, lo que significará un cambio importante en el país en base a la normativa internacional. Este proceso ya se lo hizo en otros países hace más de tres años y en Bolivia recién se empieza el proceso de cambio. Este tema es muy importante porque estrecha relación con el sistema impositivo, por lo que Bolivia entrará en el sistema mundial de globalización y tendrá repercusiones en la economía del de l país. El colegio de Auditores o Contadores Públicos de Bolivia (CAUB), ha suscrito un Convenio de cooperación Técnica con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), denominado “Proyecto ATN/MT-10078-BO Convergencia a Normas Internacionales de Contabilidad y Auditoría”, con el que se pretende contribuir a mejorar la información financiera de las empresas en Bolivia y permitan exponer estados financieros con propósitos generales, confiables, uniformes, transparentes y comparables. Siendo el principal objetivo del Proyecto que los profesionales y usuarios contables del país, apliquen normas contables y de auditoría acordes a la normativa internacional (Normas Internacionales de Información Financiera – NIIF y Normas Internacionales de Auditoria – NIAs) creando el Comité Interinstitucional, conformado por:
Consejo Técnico Nacional de Auditoria y Contabilidad (CTNAC).
Confederación de Empresarios de Bolivia
Cámara Nacional de Comercio
Cámara de Industria y Comercio de Santa Cruz
Asociación Boliviana de Firmas de Auditoria
Coordinación del Proyecto
Representante del Comité ejecutivo Nacional del de l CAUB.
La normas tendrán la misma numeración, formato y esencia de las normas internacionales y en su denominación solamente se les eliminara la palabra “Internacional” y de su sigla se eliminará la letra “I”. El Comité Ejecutivo del Proyecto mediante Resoluciones:
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CONSEJO TECNICO NACIONAL DE AUDITORIA Y CONTABILIDAD RESOLUCION Nº 02/2010 del 30 de Octubre de 2010: “NORMAS DE INFORMACION FINANCIERA – NIF (INCLUYE MARCO CONCEPTUAL Y NORMAS DE CONTABILIDAD – NC), EN CONVERGENCIACON LAS NORMAS INTERNACIONALES (NIIF- NIC)”. COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL RESOLUCION Nº CTNAC 03/2010 del 37 de Noviembre de 2010: “NORMAS DE INFORMACION FINANCIERA – NIF BOLIVIANAS INCLUYEN NORMAS DE CONTABILIDAD – NC), EN CONVERGENCIA CON LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACION FINANCIERAS (NIIF)”.
Establece un criterio uniforme y de consenso de la profesión contable boliviana y aprobación de las nuevas normas bolivianas en CONVERGENCIA con las normas internacionales. Asimismo se establece que las normas de contabilidad y auditoría, mantendrán el formato, estructura, contenido y esencia de las normas internacionales. En la actualidad los Colegios de Auditores de Bolivia y el Colegio de Contadores de Bolivia se encuentran en pleno proceso de Difusión y Capacitación de las Nuevas Normas de Información Financiera en Bolivia según el marco del convenio del “Proyecto BID-FOMIN ATN/MT-10078-BO Convergencia a Normas Internacionales de Contabilidad y Auditoría”. En el mes de abril de la gestión 2011 el servicio de Impuestos Nacionales, emitió un comunicado a la opinión pública indicando en su parte central que “La administración tributaria no reconoce los Estados Financieros preparados en base a Normas de Información Financiera (NIF)”. Por lo que nace la necesidad de estudio de la posibilidad de que las Normas de Información Financiera (Normas Internacionales de Información Financiera) pueden procesar Estados Financieros sin vulnerar la Normativa Tributaria vigente. Si es que la Normativa Tributaria se ajusta a las Normas de Información Financiera y viceversa. Por lo que presentamos el presente trabajo para demostrar la coexistencia de ambas normas en armonía para la preparación de los Estados Financieros.
II. DIAGNOSTICO SITUACIONAL Y PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA. En octubre de 2002, el FASB y el IASB formalizaron su compromiso de convergencia entre las US GAAP y NIIF mediante un memorando de entendimiento denominado “Acuerdo Norwalk”, en el que se comprometieron a poner el máximo empeño para que sus actuales normas de
4 presentación de información financiera, sean plenamente compatibles lo antes posible; y coordinar sus futuros programas de trabajo para garantizar que, una vez conseguida, la compatibilidad se mantenga y se eviten diferencias significativas entre los dos conjuntos de normas. La IASB determinó la aplicación con carácter obligatorio, a partir de 2005, de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), en las entidades cotizantes de bolsa y a partir del 2007 para las demás entidades, por lo que éstas normas se aplican actualmente en numerosos países del Mundo y América Latina. La aplicación de las NIIF en Sud América muestra, por ejemplo, que Chile implantó las NIIF por fases entre las empresas cotizadas a partir del año 2009. Las empresas cotizadas y los bancos en Brasil están obligados a aplicar las NIIF a partir de 2010. En México se ha anunciado que todas las sociedades cotizadas deberán aplicar las NIF (Normas de Información Financiera Mexicanas) a partir de 2012. En Argentina se ha adoptado un plan, sujeto a la aprobación gubernamental, para la implantación obligatoria de las NIIF en las sociedades cotizadas a partir de 2011, siendo opcional para las no cotizadas. Asimismo, las NIIF ya son obligatorias en otros países como Ecuador, Perú y Venezuela. En Bolivia, la experiencia sobre la vigencia de las NIIF se extiende en el tiempo, ya que a partir de 1994 se decidió la aplicación de las normas internacionales para aspectos que no se encuentren contemplados en las normas locales, aspecto que ha sido ratificado en reiteradas oportunidades. Buscando el interés público, en todo el mundo se ha generado una tendencia a contar con un solo conjunto de normas contables de carácter global y de alta calidad, que sean comprensibles y que su cabal cumplimiento lleve a obtener información de alta calidad, transparente y comparable en los estados financieros y todo tipo de información financiera, para ayudar a los participantes en los mercados de capitales y a otros usuarios de la contabilidad, a tomar decisiones económicas. La importancia de la contabilidad en las empresas y la necesidad de información, tanto interna como externa demanda renovación constante. Es más que evidente, la imperiosa necesidad de potenciar el desarrollo de la profesión contable boliviana. Es por esta razón que el Colegio de Auditores o Contadores Públicos de Bolivia – CAUB, se fijó como norte, consolidar el proceso de convergencia hacia las normas internacionales de información financiera, con el objetivo principal de lograr fortalecer y desarrollar la profesión contable en Bolivia. Debido a esto, es que el Colegio de Auditores o Contadores Públicos de Bolivia, suscribió un convenio de Cooperación técnica con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), denominado
5 “Proyecto BID-FOMIN Nº ATN/MT–10078-BO, Convergencia a Normas Internacionales de
para que a través del Consejo Técnico Nacional de Auditoria y Contabilidad (CTNAC), desarrollar y aprobar para nuestro país, las nuevas Normas de Información Financiera – NIF (incluyendo el Marco Conceptual y las Normas de Contabilidad), acorde con las Normas Internacionales de Información Financiera – NIIF, contribuyendo de esta manera para que la información financiera de las empresas que operan en Bolivia, sea técnicamente fiable, objetiva, comparable, uniforme y transparente. Contabilidad y Auditoría”,
Dicho proyecto, se estructuró en tres (3) componentes: 1. Adecuación normativa con las normas internacionales. 2. Difusión y capacitación. 3. Mejoramiento de la calidad de los servicios de los profesionales del área contable. En el marco del desarrollo del componente 1, se diseño un plan de convergencia de las normas bolivianas con las normas internacionales (NIIF). Las nuevas normas de información financiera bolivianas, desarrolladas en convergencia a las normas internacionales, reemplazarán a las actuales catorce (14) normas contables bolivianas. Siguiendo esta misma línea de trabajo se aprobó las nuevas normas bolivianas en convergencia con las normas internacionales, sobre la base de un criterio uniforme y de consenso dentro de toda la profesión contable boliviana, el mismo que establece que las normas se desarrollen manteniendo y respetando el formato, estructura contenido y atributos de las normas internacionales de información financiera (NIIF), emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Información Financiera (IASB por su sigla en inglés). Sobre esta base, se han desarrollado y aprobado:
El Marco conceptual para preparación y presentación de estados financieros (MC)
Ocho (8) Normas de Información Financiera (NIF)
Veintinueve (29) Normas de Contabilidad (NC)
Las mismas que tendrán vigencia y aplicación en todo el territorio nacional como “Normas Generalmente Aceptadas”.
6 El componente 2: “Difusión y Capacitación”, se ha comenzado a desarrollar con los Seminarios de “Formación de Capacitadores en NIF - NC”, los cuales se constituyen en el punto de partida, para solventar este proceso de Convergencia. El componente 3: “Mejoramiento de la calidad de los servicios de los profesionales del Colegio de Auditores Contadores Públicos de Bolivia”, comenzará a desarrollarse, una vez que se tengan los manuales de control de calidad y certificación profesional. 2.1 ALCANCE DE LAS NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA (NIF) Las Normas de Información Financiera (NIF), están diseñadas para ser aplicadas en los estados financieros con propósitos generales, así como en otras informaciones financieras, de todas las entidades con ánimo de lucro. Entre las entidades con ánimo de lucro, se incluyen las que desarrollan actividades comerciales, industriales, financieras u otras similares, ya estén organizadas en forma de sociedades o revistan otras formas jurídicas. Aunque las NIF, no están diseñadas para ser aplicadas a las entidades sin ánimo de lucro de los sectores privados o público, ni en las Administraciones Públicas, las entidades que desarrollen tales actividades, pueden encontrarlas apropiadas, para su aplicación. Un conjunto completo de estados financieros comprende Un Estado de Situación Financiera; un Estado de Resultados Integrales; un Estado de Evolución del Patrimonio Neto; un Estado de Flujos de Efectivo y las correspondientes Notas explicativas. En la Norma de Contabilidad 1 – Presentación de Estados Financieros, se incluye el siguiente requerimiento: Una entidad cuyos estados financieros cumplan con las NIF efectuará, dentro de las notas una declaración, explicita y sin reservas, de cumplimiento. En los estados financieros no se declarará que se cumplen las NIF, a menos que aquellos cumplan con todos los requisitos de las mismas. Cualquier eventual limitación en el alcance de una NIF, se dejará en claro en el texto de la propia norma. En resumen, es de gran relevancia la aplicación de las NIF, la misma que permitirá brindar una mejor y mayor información a los usuarios de los estados financieros, así como también un salto “hacia adelante”, en el desarrollo y evolución de la profesión contable en Bolivia.
7 Esta labor permitirá fijar mejores días para la profesión contable en nuestro país, así como también fortalecer las estructuras contables, financieras y administrativas de las empresas bolivianas, con el consecuente engrandecimiento y desarrollo del país. Como antecedente de la convergencia en Bolivia se presenta el siguiente artículo de la sección de “Economía” del periódico “El Diario” de fecha 02 de abril de 2010: Banca boliviana se adecúa a las NIIF La Banca de América Latina avanza hacia la adopción integral de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), en tanto, el sistema financiero boliviano ha asumido el reto de iniciar el proceso de adecuación a estas regulaciones, que buscan implementar un lenguaje financiero- contable común a escala global. La adopción de las NIIF por la Banca nacional “se convertirá en una gran ventaja, ya que un solo conjunto de normas internacionales permitirá a los usuarios del sistema, así como a los inversionistas, en cualquier punto del mundo beneficiarse de una comparabilidad y consistencia de alta calidad en informes financieros”, explicó el secretario Ejecutivo de Asoban, Marcelo Montero Núñez del Prado. El sistema financiero boliviano ha iniciado el proceso de adecuación a las Normas NIIF, que buscan uniformar el lenguaje financiero-contable mundial. Este proceso supondrá una intensa capacitación, reformas organizacionales, desarrollo de nueva tecnología y otros cambios en el sector, como la forma de elaborar y presentar estados financieros. El proceso de adecuación de la banca nacional a estas normas exigirá una intensa capacitación al interior de las entidades financieras, cambios en su estructura organizacional, el desarrollo de nueva tecnología informática con un grado mayor de complejidad y traerá consigo cambios radicales en los procesos, paradigmas y políticas de las entidades del sector. El Ejecutivo de Asoban explicó que si bien el sistema financiero boliviano está consciente del esfuerzo que implica este desafío, también es cierto que el impacto que tendrá la adecuación a las NIIF aún no ha sido cuantificado en su verdadera dimensión. Sostuvo que está claro que éste no es un simple cambio contable, que es un cambio que involucra la gestión de las entidades financieras, el que inevitablemente exigirá no sólo mayor información, sino elaborarla fundamentalmente con criterios de valoración y clasificación que se alejan de la tradicional visión de la contabilidad.
8 Por ello, sostuvo que se prevé que la adecuación plena de la Banca boliviana a las NIIF demandará un lapso de tiempo importante. Explicó que este es un largo camino, que han tomado a países de la región tres años cuando menos y hasta cinco en algunos casos. Sin embargo, como era de esperar, este proceso se está consolidando en América Latina. “Países como Brasil, Chile, Ecuador, Venezuela, Argentina y Colombia, por citar algunos, están avanzando hacia la adopción integral de las NIIF, y en este contexto, el país no podía quedar al margen”, dijo Montero. Como antecedente, ya se han registrado algunos avances importantes en Bolivia. Tal es así que el Consejo Técnico Nacional de Auditoría y Contabilidad (CTNAC) del Colegio de Auditores y Contadores Públicos de Bolivia (CAUB) ha establecido la puesta en vigencia de nuevas normas de contabilidad y auditoría, en convergencia con las normas internacionales, a partir del 1 de enero de 2011.
2.2 LAS NIIF Y LOS ESTADOS FINANCIEROS A diferencia de los estados financieros tradicionales, los estados financieros bajo NIIF deben contar con características cualitativas que los hacen más útiles y transparentes para los usuarios. Estas características se resumen en: comprensibilidad, relevancia, fiabilidad y comparabilidad. A partir de la implementación de las NIIF, los conceptos sobre los activos, pasivos y patrimonio cambian sustancialmente, así como la definición de los elementos denominados ‘ingresos’ y ‘gastos’ del estado de resultados: Un activo es un recurso controlado por la entidad como resultado de sucesos pasados, del que la entidad espera obtener beneficios económicos futuros. (flujos de efectivo). Un pasivo es una obligación presente de la entidad, surgida a raíz de sucesos pasados, al vencimiento de la cual, y para cancelarla, la entidad espera desprenderse de recursos que incorporan beneficios económicos. Patrimonio neto: es la parte residual de los activos de la entidad, una vez deducidos todos sus pasivos. Ingresos: son aquellos incrementos en los beneficios económicos, producidos a lo largo del período contable, en forma de entradas e incrementos de valor de los activos, o bien como
9 decremento de las obligaciones, que dan como resultado aumentos del patrimonio neto, y no están relacionados con las aportaciones de los accionistas al patrimonio.
2.3 ADOPCION POR PRIMERA VEZ, DE LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACION FINANCIERA. En Bolivia en la actualidad tenemos vigentes catorce normas de contabilidad y a la fecha en el marco del Proyecto BIB-FOMIN tenemos aprobadas por el CTNAC 1 Marco Conceptual, 8 Normas de Información Financiera (NIF) y 29 Normas de Contabilidad (NC), las mismas entrarán en vigencia a partir del 01 de enero de 2013, permitiéndose su aplicación anticipada a NIF y NC a todas aquellas entidades que opten por aplicar estos nuevos preceptos. La Norma Internacional de Información Financiera 1 (NIF-1) “Adopción por Primera Vez a las NIIF” versión 2008 emitida por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB), dependiente de la Fundación del Comité de Normas Internacionales de Contabilidad (IASCF), ha sido analizada y consensuada por el CTNAC y esperamos que antes de finalizar el mes de marzo/10 sea circularizada el borrador de la Norma de Información Financiera 1 (NIF-1) en convergencia con la NIIF-1, a todos los entes indicados anteriormente, la cual establecerá las bases y reglas para todas las entidades que adopten por primera vez las Normas de Información Financiera (NIF) en Bolivia. Por ello afirmamos que, el adoptar por primera vez las Normas de Información Financiera (NIF), significa hacer una declaración, explícita y sin reservas que sus estados financieros de propósito general cumplirán con las NIF, por ello es prudente tomar en cuenta las siguientes consideraciones:
Las entidades que adopten anticipadamente la norma que cubra periodos anuales anteriores al 2013, podrán optar por presentar estados comparativos ajustados a las NIF a contar del mismo año o hacerlo obligatoriamente a contar del año 2013.
2.4 PRINCIPALES CARACTERISTICAS LA NORMA DE INFORMACION FINANCIERA 1 (NIF-1) El objeto de esta NIF es asegurar que los primeros estados financieros con arreglo a las NIF, así como su información financiera intermedia, relativos a una parte del periodo cubierto por tales estados financieros, contengan información de alta calidad que: a) Sea transparente para los usuarios y comparable para todos los periodos que se presenten.
10 b) Suministre un punto de partida adecuado para la contabilización según las NIF. c) Pueda ser obtenida a un costo que no exceda a los beneficios proporcionados a los usuarios. La entidad preparará un balance de apertura con arreglo a la NIF en la fecha de transición a las NIF. Este es el punto de partida para la contabilización según las NIF. En general, esta NIF exigirá que la entidad cumpla con cada una de las NIF vigentes en la fecha de presentación de sus primeros estados financieros elaborados según las NIF. En particular, esta NIF exige que la entidad, al preparar el balance que sirva como punto de partida para su contabilidad, haga lo siguiente: o
Que reconozca a todos los activos y pasivos cuyo reconocimiento es requerido por las NIF.
o
Que no reconozca como activos o pasivos a partidas que las NIF no reconozcan como tales.
o
o
Que reclasifique a los activos, pasivos y componentes del patrimonio que correspondan según las NIF. Que aplique las NIF en la medición de todos los activos y pasivos reconocidos.
Esta NIF contempla exenciones limitadas para los anteriores requerimientos en áreas específicas, donde el costo de cumplir con ellos probablemente pudiera exceder a los beneficios a obtener por los usuarios de los estados financieros. La norma también prohíbe la adopción retroactiva de las NIF en algunas áreas, particularmente en aquellas donde tal aplicación retroactiva exigiría juicios de la gerencia acerca de condiciones pasadas, después de que el desenlace de una transacción sea ya conocido por la misma. La NIF requiere presentar información que explique cómo ha afectado la transición desde los PCGA anteriores a las NIF, a lo reportado anteriormente como situación financiera, resultados y flujos de efectivo. Finalmente y por todo lo antes mencionado, se establece el año 2012 como período de transición; para el efecto, las entidades deberán elaborar y presentar sus estados financieros comparativos con observancia de las Normas de Información Financiera (NIF). Como se manifestó en el punto II. Resumen Ejecutivo, el Servicio de Impuestos Nacionales emitió el comunicado en los principales medios de prensa escrita, el NO reconocimiento de los Estados Financieros elaborados en base a las Normas de Información Financiera, ya que según los
11 pronunciamientos del Consejo Técnico Nacional de Contabilidad y Auditoría serán de plena vigencia a partir del 01 de enero de 2013, pero que una entidad puede aplicar las mencionadas normas en forma anticipada, lo que alerto a la Administración Tributaria, a nuestro criterio, por la falta de conocimiento integral de las Normas de Información Financiera. La Administración Tributaria requiere los Estados Financieros para el control y cálculo de la determinación de las Utilidades y por consiguiente la liquidación del Impuesto a las Utilidades de las Empresas, que radica básicamente en el cálculo de los Ingresos y Egresos a lo largo de un determinado periodo. Debido a que el mencionado impuesto viene reglamentado por el D.S. 24051 y el anexo del artículo 22 del mencionado Decreto Supremo presenta los porcentajes de depreciación en línea recta de los Activos Fijos, y que el objetivo general de las Normas de Información Financiera es presentar los Estados Financieros con la información de las situación financiera del desempeño y flujos de efectivo de la empresa motivo por el cual la NC-16 Propiedad Planta y Equipo para la determinación de la vida útil y económica del activo da a elegir al distintas opciones para la depreciación, su medición y revisión anual, lo que hará variar el cálculo de las utilidades contables de una entidad a fin de año, en divergencia a la normativa tributaria que establece parámetros fijos de determinación de ese gasto deducible que cambia sustancialmente la determinación del Impuesto a las Utilidades de las Empresas. Como ese ejemplo, existen muchos otros que hacen susceptible a la Administración Tributaria la asimilación de la aplicación de las Normas de Información Financiera.
III. OBJETIVO GENERAL Y ESPECIFICOS. Procesar la preparación de Estados Financieros en base a Normas de Información Financiera sin vulnerar la Normativa Tributaria vigente. Establecer y demostrar el registro de la depreciación de un activo por un importe depreciable distribuido sistemáticamente a lo largo de su vida útil, como lo establece la NC-16 Propiedades, Planta y Equipo de las Normas de Información Financiera, sin llegar a determinar un Impuesto a las Utilidades de las Empresas tributario diferente al hallado con el porcentaje de depreciación que establece el Decreto Reglamentario al Impuesto de las Utilidades de las Empresas IUE, D.S. 24051. Establecer y demostrar el registro contable de los ingresos por un contrato de prestación de servicios como lo establece la NC-18 Ingresos por Actividades Ordinarias, en base al reconocimiento de ingresos mediante el método de medición de la proporción que los servicios ejecutados hasta la fecha como porcentaje del total de servicios a prestar, sin transgredir el Art. 4º
12 inciso b) de la Ley 843 modificado mediante Ley 1606, respecto al perfeccionamiento del hecho imponible.
IV. ANÁLISIS, VALORACIÓN DE LA PROPUESTA Y APORTE TÉCNICO. 4.1 PRIMER CASO: REGISTRO DE LA DEPRECIACION DE UNA MAQUINARIA MANUFACTURERA. Para efectos de estudio se determina que al momento de adquirir la maquinaria de este caso, el fabricante en su manual de operación le da una vida útil de 1.000.000 de unidades de producción, estimando que el nivel de producción estándar en la empresa es de 250.000 unidades de producción anual, se estima la vida útil del activo por un periodo de 4 años. Asumiendo que todos los costos de adquisición y los directamente relacionados con la instalación y montaje hasta la operación del la mencionada maquinaria suman el importe de Bs 235.000. Se determinan los siguientes escenarios para la depreciación: NC-16 Propiedades, Planta y Equipo: Importe depreciable y periodo de depreciación: 50
El importe depreciable de un activo se distribuirá de forma sistemática a lo largo de su vida útil.
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El valor residual y la vida útil de un activo se revisarán, como mínimo, al término de cada periodo anual y, si las expectativas difirieren de las estimaciones previas, los cambios se contabilizarán como un cambio en una estimación contable, de acuerdo con la NC 8 Políticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Errores.
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La depreciación de un activo comenzará cuando esté disponible para su uso, esto es, cuando se encuentre en la ubicación y en las condiciones necesarias para ser capaz de operar de la forma prevista por la gerencia. La depreciación de un activo cesará en la fecha más temprana entre aquélla en que el activo se clasifique como mantenido para la venta (o incluido en un grupo de activos para su disposición que se haya clasificado como mantenido para la venta) de acuerdo con la NIF 5, y la fecha en que se produzca la baja en cuentas del mismo. Por tanto, la depreciación no cesará cuando el activo esté sin utilizar o se haya retirado del uso activo, a menos que se encuentre depreciado por completo. Sin embargo, si se utilizan métodos de depreciación en función del uso, el cargo por depreciación podría ser nulo cuando no tenga lugar ninguna actividad de producción.
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La vida útil de un activo se definirá en términos de la utilidad que se espere que aporte a la entidad. La política de gestión de activos llevada a cabo por la entidad podría implicar la disposición de los activos después de un periodo específico de utilización, o tras haber consumido una cierta proporción de los beneficios económicos incorporados a los mismos. Por tanto, la vida útil de un activo puede ser inferior a su vida económica. La estimación de la vida útil de un activo, es una cuestión de criterio, basado en la experiencia que la entidad tenga con activos similares.
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El método de depreciación utilizado reflejará el patrón con arreglo al cual se espera que sean consumidos, por par te de la entidad, los beneficios económicos futuros del activo.
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El método de depreciación aplicado a un activo se revisar á, como mínimo, al término de cada periodo anual y, si hubiera habido un cambio significativo en el patrón esperado de consumo de los beneficios económicos futuros incorporados al activo, se cambiar á para reflejar el nuevo patrón. Dicho cambio se contabilizar á como un cambio en una estimación contable, de acuerdo con la NC 8.
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Pueden utilizarse diversos métodos de depreciación para distribuir el importe depreciable de un activo de forma sistemática a lo largo de su vida útil. Entre los mismos se incluyen el método lineal, el método de depreciación decreciente y el método de las unidades de producción. La depreciación lineal dará lugar a un cargo constante a lo largo de la vida útil del activo, siempre que su valor residual no cambie. El método de depreciación decreciente en función del saldo del elemento dará lugar a un cargo que irá disminuyendo a lo largo de su vida útil. El método de las unidades de producción dará lugar a un cargo basado en la utilización o producción esperada. La entidad elegirá el método que más fielmente refleje el patrón esperado de consumo de los beneficios económicos futuros incorporados al activo. Dicho método se aplicará uniformemente en todos los periodos, a menos que se haya producido un cambio en el patrón esperado de consumo de dichos beneficios económicos futuros. TOTAL DEPRECIACIÓN Bs 235,0 00.00
EN BASE A NIF
Bs 54,050.00 Año 0
Bs 65,800.00 Año 2
Año 1 230,000 u.p.
Bs 68,150.00
280,000 u.p.
Bs 47,000.00 Año 3
290,000 u.p.
Año 4 200,000 u.p.
14 LEY 843 TITULO III. IMPUESTO A LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS. CAPÍTULO II DETERMINACION DE LA UTILIDAD NETA. ART. 47º numeral. 2: Articulo 47º.- La utilidad Neta imponible será el resultante de deducir de la utilidad bruta (ingresos menos gastos de venta) los gastos necesarios para su obtención y conservación de la fuente. De tal modo que, a los fines de la determinación de la utilidad neta sujeta al impuesto , como principio general, se admitirán como deducibles todos aquellos gastos que cumplan la condición de ser necesarios para la obtención de la utilidad gravada y la conservación de la fuente que la genera … 2. Las depreciaciones, créditos incobrables,….
D.S. 24051 REGLAMENTO DEL IMPUESTO A LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS. Artículo 21º (Costo Depreciable). Las depreciaciones se calcularán sobre el costo de adquisición o producción de los bienes, el que incluirá los gastos incurridos con motivo de la compra, transporte, introducción al país, instalación, montaje, y otros similares que resulten necesarios para colocar los bienes en condiciones de ser usados…. El excedente que pudiera determinarse por aplicación de esta norma, no será deducible en modo alguno a los efectos de este impuesto. Las comisiones reconocidas... Artículo 22º (Depreciaciones Del Activo Fijo). Las depreciaciones del activo fijo se computarán sobre el costo depreciable, según el Artículo 21° de este reglamento y de acuerdo a su vida útil en los porcentajes que se detallan en el Anexo de este artículo. ANEXO DEL ARTICULO 22º.Depreciaciones del Activo Fijo Conforme a la disposición contenida en el primer párrafo del Artículo 22° de este Decreto Supremo, las depreciaciones del activo fijo se computarán sobre el costo depreciable, según el Artículo 21° de este reglamento, y de acuerdo a su vida útil en los siguientes porcentajes: BIENES
AÑOS DE VIDA UTIL
COEFICIENTE
Edificaciones
40 años
2,5%
Muebles y enseres de oficina
10 años
10,0%
Maquinaria en general
8 años
12,5%
Equipos e Instalaciones …..
8 años ….
12,5% ….
15 TOTAL DEPRECIACIÓN Bs 235,0 00.00
EN BASE D.S. 24051
Bs 2 9,3 75. 00
Bs 2 9,3 75 .0 0
Año 1
Año 0 12.5%
Bs 2 9,3 75 .0 0
Año 3
Año 2 1 12.5%
B s 29 ,3 75 .0 0
12.5%
Bs 29 ,37 5.0 0
Año 2 4 12.5%
Bs 2 9, 37 5.0 0
Año 6
Año 5 12.5%
Bs 2 9, 37 5.0 0
12.5%
Bs 2 9,3 75 .0 0
Año 8
Año 7 12.5%
12.5%
Tomando en cuenta que la empresa que adquirió la maquinaria es del sector industrial, el asiento contable de la depreciación en base a Normas de Información Financiera será: FECHA 31-03-20XX
DETALLE
DEBE
Depreciacion Maquinaria
HABER
54,050.00
Depreciacion Acumulada Maquinaria
54,050.00
Glosa: Por registro de la depreciacion de la maquina manufacturera cod: BTDS-1235-10
La diferencia del gasto por depreciación de las NIF en relación al D.S. 24051: Depreciación en base a NIF
=
54,050.00
Depreciación D.S. 24051
=
29,375.00
DIFERENCIA NO DEDUCIBLE
=
24,675.00
Esta diferencia de la depreciación en exceso de Bs 24,675.00 será computado como GASTO NO DEDUCIBLE en la Declaración Jurada Anual en el Formulario 500 (cód. 071), para este efecto resulta aplicable el Anexo Tributario Nº 7: “Información sobre ingresos y gastos computables para la determinación del IUE”, que forma parte de los 13 anexos de la Información Tributaria Complementaria. También llevar el control, para fines de liquidación del impuesto, un cuadro de las depreciaciones de línea recta de los activos con los porcentajes establecidos en el D.S. 24051.
4.2 SEGUNDO CASO: REGISTRO DE INGRESOS ORDINARIOS DE UN CONTRATO DE CONSULTORIA. Para este análisis vamos a presentar el siguiente caso de la suscripción de un contrato y consiguiente seguimiento de los pagos y reconocimiento de ingresos por el concepto de servicios prestados, con el siguiente enunciado: El 15 de julio de 2013, se suscribe un contrato de consultoría presupuestaria por un importe total de Bs 50,000.00 por el tiempo pactado de 60 días calendario. A la fecha de suscripción del contrato se entrega un anticipo del 20% del total del
16 contrato (Bs 10,000.00), el pagos parcial del 40% a los 30 días según informe de avance y el 40% final a los 60 días una vez terminado el servicio de consultoría, asimismo, se entrega al cliente una Boleta de Garantía por Cumplimiento de Contrato por el 70% del total de lo pactado, pagando el importe de Bs 1,250.00 por la comisión al banco. Se debe tomar en cuenta que una de las políticas de la empresa es el reconocimiento quincenal de sus ingresos ordinarios.´ NC-18 Ingresos de Actividades Ordinarias: Prestación de Servicios: 20
Cuando el resultado de una transacción, que suponga la prestación de servicios, pueda ser estimado con fiabilidad, los ingresos de actividades ordinarias asociados con la operación deben reconocerse, considerando el grado de terminación de la prestación final del periodo sobre el que se informa. El resultado de una transacción puede ser estimado con fiabilidad cuando se cumplen todas y cada una de las siguientes condiciones:
el importe de los ingresos de actividades ordinarias pueda medirse con fiabilidad.
es probable que la entidad reciba los beneficios económicos asociados con la transacción.
El grado de terminación de la transacción, al final del periodo sobre el que se informa, pueda ser medido con fiabilidad.
Los costos ya incurridos en la prestación, así como los que quedan por incurrir hasta completarla puedan ser medidos con fiabilidad.
21
El reconocimiento de los ingresos de actividades ordinarias por referencia al grado de terminación de una transacción se denomina habitualmente con el nombre de método del porcentaje de terminación. Bajo este método, los ingresos de actividades ordinarias se reconocen en los periodos contables en los cuales tiene lugar la prestación del servicio. El reconocimiento de los ingresos de actividades ordinarias con esta base suministrará información útil sobre la medida de la actividad de servicio y su ejecución en un determinado periodo. La NC 11, exige también la utilización de esta base de reconocimiento de los ingresos de actividades ordinarias. Los requisitos de esa Norma son, por lo general, aplicables al reconocimiento de los ingresos de actividades ordinarias y gastos asociados con una operación que implique prestación de servicios.
23
Una entidad será, por lo general, capaz de hacer estimaciones fiables después de que ha acordado, con las otras partes de la operación, los siguientes extremos:
17
Los derechos exigibles por cada uno de los implicados, acerca del servicio que las partes han de suministrar o recibir,
La contrapartida del intercambio ; y
La forma y plazos de pago.
Normalmente, es también necesario para la entidad disponer de un sistema presupuestario financiero y un sistema de información que sean efectivos. La entidad revisará y, si es necesario, modificará las estimaciones del ingreso de actividades ordinarias por recibir a medida que el servicio se va prestando. La necesidad de tales revisiones no indica, necesariamente, que el desenlace de la operación de prestación no pueda ser estimado con fiabilidad.
24
El porcentaje de terminación de una transacción puede determinarse mediante varios métodos. Cada entidad usa el método que mide con más fiabilidad los servicios ejecutados. Entre los métodos a emplear se encuentran, dependiendo de la naturaleza de la operación:
La inspección de los trabajos ejecutados.
La proporción que los servicios ejecutados hasta la fecha como porcentaje del total de servicios a prestar.
La proporción que los costos incurridos hasta la fecha suponen sobre el costo total estimado de la operación, calculada de manera que sólo los costos que reflejen servicios ya ejecutados se incluyan entre los costos incurridos hasta la fecha y sólo los costos que reflejan servicios ejecutados o por ejecutar se incluyan en la estimación de los costos totales de la operación.
Ni los pagos a cuenta ni los anticipos recibidos de los clientes reflejan, forzosamente, el porcentaje del servicio prestado hasta la fecha.
25
A efectos prácticos, en el caso de que los servicios se presten a través de un número indeterminado de actos, a lo largo de un periodo de tiempo especificado, los ingresos de actividades ordinarias se podrán reconocer de forma lineal a lo largo del intervalo de tiempo citado, a menos que haya evidencia de que otro método representa mejor el porcentaje de terminación en cada momento Cuando un acto específico sea mucho más significativo que el resto de los actos, el reconocimiento de los ingresos de actividades ordinarias se pospondrá hasta que el mismo haya sido ejecutado.
18 LEY 843 TITULO I. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. CAPÍTULO I OBJETO, SUJETO, NACIMIENTO DEL HECHO IMPONIBLE. NACIMIENTO DEL HECHO IMPONIBLE: Articulo 4º.- El hecho imponible se perfeccionará: b) En el caso de contratos de obras o de prestación de servicios y de otras prestaciones, cualquiera fuere su naturaleza, desde el momento en que finalice la ejecución o prestación, o desde la percepción total o parcial del precio, el que fuere anterior. En el caso de contratos de obras de construcción, a la percepción de cada certificado de avance de obra. Si fuese el caso de obras de construcción con financiamiento de los adquirientes propietarios del terreno o fracción ideal del mismo, a la percepción de cada pago o del pago total del precio establecido en el contrato respectivo. En todos los casos, el responsable deberá obligatoriamente emitir la factura, nota fiscal o documento equivalente. LEY 1606 ARTICULO 1º Modificase la Ley 843 del 20 de mayo de 1986 en la forma que indica: TITULO I. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO: 2. Modificase el inciso b) del artículo 4º del siguiente modo: b) En el caso de contratos de obras o de prestación de servicios y de otras prestaciones, cualquiera fuere su naturaleza, desde el momento en que finalice la ejecución o prestación, o desde la percepción total o parcial del precio, el que fuere anterior. En el caso de contratos de obras de construcción, a la percepción de cada certificado de avance de obra. Si fuese el caso de obras de construcción con financiamiento de los adquirientes propietarios del terreno o fracción ideal del mismo, a la percepción de cada pago o del pago total del precio establecido en el contrato respectivo. En todos los casos, el responsable deberá obligatoriamente emitir la factura, nota fiscal o documento equivalente. Gráficamente tenemos el siguiente planteamiento del caso unificando los criterios de ambas normativas, tanto la Norma Contable Nº 18 Ingresos por Actividades Ordinarias y el Perfeccionamiento del hecho generador de la Ley 843 y la Ley 1606.
19 Emisión de factura
2º Pago parcial de Bs 20,000.00
Anticipo a firma de contrato Bs 10,000.00
Bs 12,500.00 15/07/2013
Bs 12,500.00 Año 2 15/08/2013
Año 1 31/07/2013 15 días
Emisión de factura
Bs 12,500.00
15 días
Pago final saldo de Bs 20,000.00
Bs 12,500.00 31/08/2013
15/09/2013
15 días
15 días
Emisión de factura
Fecha de culminación del Contrato
TOTAL CONTRATO Bs 50,000.00
Analizando el grafico se determina que si bien debo cumplir con la emisión de la factura por cada pago por concepto de los servicios dando así cumplimiento de la Normativa Tributaria, la emisión de esa factura no me genera el reconocimiento de un ingreso, como en la actualidad se practica, pues en el “Anticipo a firma del contrato” no se realizo ningún acto para determinar el grado de terminación para reconocer ingreso alguno, por lo que se optara por realizar la siguiente registro contable de la transacción por percepción de recursos económicos y registro de la Factura correspondiente: Nº 1 FECHA
DETALLE
15/07/2013 Bancos
DEBE 10,000.00
Anticipo de Clientes
Glosa:
HABER
10,000.00
Registro de anticipo c ontrato de consultoría presupuestaria, según contrato suscrito a la fecha.
Nº 2 FECHA
DETALLE
15/07/2013 Anticipo de clientes
Glosa:
DEBE
HABER
10,000.00
Debito Fiscal
1,300.00
Ingresos Diferidos
8,700.00
Registro de la factura emitida por el anticipo contrato de consultoría presupuestaria.
20 Para el 31 de julio de 2011 por política de la empresa se debe reconocer los ingresos, en este caso se reconocerá el ingreso de este contrato de servicios según la siguiente relación: 50,000.00 x 0.87 = 43,500.00 43,500.00 x (15 / 60) = 10,875.00
(Importe neto correspondiente al ingreso) (Ingreso reconocido por 15 días)
El registro contable será: Nº 3 FECHA
DETALLE
31/07/2013 Ingresos Diferidos Ingresos por Cobrar
DEBE 8,700.00 2,175.00
Ingresos por Servicios
Glosa:
HABER
10,875.00
Registro del Ingreso percibido por servicios de consultoria presupuestaria, calculado proporcionalmente de acuerdo de avance según informe adjunto de 15 dias.
Para el 2º anticipo según contrato, a los 30 días después de la firma del contrato, el registro de la correspondiente factura, así como el reconocimiento de los ingresos por otros 15 días según políticas de la empresa, serán registradas según la siguiente relación: 50,000.00 43,500.00 20,000.00 10,875.00
x x x +
0.87 = 43,500.00 (Importe neto correspondiente al ingreso) (15 / 60) = 10,875.00 (Ingreso reconocido por 15 días) 0.87 = 17,400.00 (Importe neto correspondiente pago) 2,175.00 + 4,350.00 = 17,400.00
Nº 4 FECHA
DETALLE
15/08/2013 Bancos Anticipo de Clientes Glosa:
DEBE
HABER
20,000.00 20,000.00
Registro del 2º anticipo de contrato de consultoría presupuestaria, según contrato suscrito.
21 Nº 5 FECHA
DETALLE
15/08/2013 Anticipo de Clientes
DEBE 20,000.00
Debito Fiscal
2,600.00
Ingresos por Servicios
Glosa:
HABER
10,875.00
Ingresos por Cobrar
2,175.00
Ingresos Diferidos
4,350.00
Registro de la factura del 2º anticipo y del Ingreso percibido por servicios de consultoria presupuestaria, calculado proporcionalmente de acuerdo de avance según informe adjunto de 15 dias.
Para el 31 de agosto de 2011 también por política de la empresa se debe reconocer los ingresos, según la siguiente relación: 50,000.00 x 0.87 = 43,500.00 43,500.00 x (15 / 60) = 10,875.00
(Importe neto correspondiente al ingreso) (Ingreso reconocido por 15 días)
El registro contable será: Nº 6 FECHA
DETALLE
31/08/2013 Ingresos Diferidos Ingresos por Cobrar Ingresos por Servicios
Glosa:
DEBE
HABER
4,350.00 6,525.00 10,875.00
Registro del Ingreso percibido por servicios de consultoria presupuestaria, calculado proporcionalmente de acuerdo de avance según informe adjunto de 15 dias.
Para el pago final del contrato a la conclusión del mismo debemos registrar al igual que una transacción que precedía a las demás el importe recibido de dinero, la factura emitida y el reconocimiento del ingreso final percibido, según la siguiente relación: 50,000.00 43,500.00 20,000.00 10,875.00
x x x +
0.87 = 43,500.00 (15 / 60) = 10,875.00 0.87 = 17,400.00 6,525.00 = 17,400.00
(Importe neto correspondiente al ingreso) (Ingreso reconocido por 15 días) (Importe neto correspondiente pago)
22
Nº 7 FECHA
DETALLE
15/09/2013 Bancos
DEBE
HABER
20,000.00
Anticipo de Clientes Glosa:
20,000.00
Registro del pago final de contrato de consultoría presupuestaria, según contrato suscrito.
Nº 8 FECHA
DETALLE
15/09/2013 Anticipo de Clientes
DEBE
HABER
20,000.00
Debito Fiscal
2,600.00
Ingresos por Servicios
10,875.00
Ingresos por Cobrar Glosa:
6,525.00
Registro del Ingreso percibido por servicios de consultoria presupuestaria, calculado proporcionalmente de acuerdo de avance según informe final de conclusion de s ervicios adjunto de 15 dias.
Para un mejor entendimiento de los registros contables a continuación mostraremos los mayores de las cuentas intervinientes: BANCOS FECHA
REF
DETALLE
DEBE
15/07/2013
1
1º Anticipo a firma de contrato
10,000.00
15/08/2013
4
2º Anticipo según contrato
20,000.00
15/09/2013
7
Pago final de contrato
20,000.00 50,000.00
HABER
0.00
ANTICIPO DE CLIENTES FECHA
DETALLE
15/07/2013
1
1º Anticipo a firma de contrato
15/07/2013
2
Registro factura emitida
15/08/2013
4
2º Anticipo según contrato
15/08/2013
5
Registro factura emitida
15/09/2013
7
Pago final contrato
15/09/2013
8
Registro factura emitida
DEBE
HABER
10,000.00 10,000.00 20,000.00 20,000.00 20,000.00 20,000.00 50,000.00
50,000.00
23
DEBITO FISCAL FECHA
DETALLE
DEBE
HABER
15/07/2013
2
Registro factura emitida 1º pago
1,300.00
15/08/2013
5
Registro factura emitida 2º pago
2,600.00
15/09/2013
8
Registro factura emitida pago final
2,600.00 0.00
6,500.00
INGRESOS DIFERIDOS FECHA
DETALLE
15/07/2013
2
Registro factura emitida 1º pago
31/07/2013
3
Regularizacion ingreso diferido 1º pago
15/08/2013
5
Registro factura emitida 2º pago
31/08/2013
6
Regularizacion ingreso diferido 2º pago
DEBE
HABER 8,700.00
8,700.00 4,350.00 4,350.00 13,050.00
13,050.00
INGRESOS POR COBRAR FECHA
DETALLE
31/07/2013
3
Reconocimiento de ingresos 2º quincena julio
15/08/2013
5
Regularizacion 2º anticipo
31/08/2013
6
Reconocimiento de ingresos 2º quincena agosto
15/09/2013
8
Regularizacion pago final contrato
DEBE
HABER
2,175.00 2,175.00 6,525.00 6,525.00 8,700.00
8,700.00
INGRESOS POR SERVICIOS FECHA
DETALLE
DEBE
HABER
31/07/2013
3
Reconocimiento de ingresos 2º quincena julio
10,875.00
15/08/2013
5
Reconocimiento de ingresos 1º quincena agosto
10,875.00
31/08/2013
6
Reconocimiento de ingresos 2º quincena agosto
10,875.00
15/09/2013
8
Reconocimiento de ingresos 1º quincena septiembre
10,875.00 0.00
43,500.00
24
V. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES. Como se citan a continuación algunas definiciones y conceptos del papel de la contabilidad: Es un conjunto de principios , normas y procedimientos técnicos para registrar en forma sistemática ordenada y detallada las transacciones comerciales y los actos administrativos de la actividad empresarial que constituyen la base para elaborar los estados financieros que expresen la situación económica y financiera de la empresa para adecuadas y oportunas tomas de decisiones. (Abel Peña Céspedes, 2000, 1). La consideración de la contabilidad como un sistema de información: un sistema de conjuntos de información necesarios para la decisión y el señalamiento en un sistema más amplio (del cual es un subsistema), que contiene subsistemas para: recolectar, almacenar, distribuir, conjuntos de información. (Langerfors, 1976). La contabilidad de gestión o contabilidad interna suministra información para uso dentro de la empresa. La contabilidad interna a pasado por dos fases en su desarrollo. En un principio de conceptuó como contabilidad de costos, destinada a informar a la dirección de la empresa acerca del flujo de costos que tiene lugar en el proceso productivo. Esta información pronto se hace insuficiente y se amplía el campo de la contabilidad interna , transformándose esta en contabilidad de gestión Management Accounting Su objetivo consiste en proporcionar la información necesaria para la gestión de la empresa, es decir, para el proceso de toma de decisiones tanto de inversión y de financiación como producción. (Antolinez Collets, 1976). Es que debemos recordar que la contabilidad no es solo de cumplimiento y con el propósito de obtener en los resultados la utilidad o perdida de la gestión para el cálculo del Impuesto a las Utilidades de las Empresas, como en la actualidad se mal concibe en las empresas por la Normativa Tributaria vigente, sino que el espíritu de las Normas de Información Financiera devuelven a la Contabilidad la credibilidad y la necesidad por la que fue concebida desde principio, como un instrumento de la Gerencia para la “Adecuada toma de decisiones en los negocios” , tomando como enunciado principal de las NIF de la “Esencia sobre la Forma”. Las Normas de Información Financiera exigen trabajar con profesionalismo y permiten presentar a los Estados Financieros con:
Información de la situación Financiera real de la empresa.
Información pura, comparable y confiable.
25
Cumplimiento de leyes, normas y ética profesional.
Técnica Contable vigente en el mundo.
Incremento la transparencia en el manejo económico.
En síntesis la búsqueda del desempeño eficaz, eficiente y económico de la entidad. Así como en la grafica siguiente presentamos una alternativa de cómo poder llevar a cabo de manera conjunta este proceso de adopción de las Normas de Información Financiera ideal:
Luis Eduardo Zuñiga Torrez
[email protected]
26
VI. BIBLIOGRAFIA.
Texto compilado de la Ley 843 ordenado a diciembre de 2004, actualizado a diciembre de 2005.
Ley 1606 de 22 de diciembre de 1994.
D.S. 24051 de 29 de junio de 1995. Decreto Reglamentario del IUE.
Anexo del Art. 22 del D.S. 24051.
Normas Fundamentales. Proyecto BID-FOMIN Nº ATM/MT 10078-BO convergencia a Normas Internacionales de Contabilidad y Auditoría, Colegio de Auditores o Contadores Públicos de Bolivia – CAUB.
Norma Contable 16 Propiedades, Planta y Equipo.
Norma Contable 18 Ingreso de Actividades Ordinarias.
El Diario de 02 de abril de 2010.
Modelos y Métodos Cuantitativos para la Captación Contable de la Dinámica del Ciclo de la Explotación, Antolinez Collets, 1976.
Teoría de los sistemas de información, Langerfors, Borge El ateneo, Buenos Aires, 1976.
Contabilidad Intermedia - Teoría Y Practica, Miguel A. Vargas Castellón 2002
Contabilidad Comercial Aplicada al Sistema Tributario, Abel Peña Céspedes, Ed. Peña del Villar, 2000.