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Unidad IV
Las c denas de valor en la industria musical
Resultados del aprendizaje: aprendizaje:
Al real realiz izar ar las las lec lectu turr s y ejercicios correspon correspondien dientes tes a la Unida Unida d IV, el estudiante estará en capacidad de: Reconocer la la importa cia y el papel de la cadena de valor en las negociaciones contractuales dentro de la industria musical. Identificar las difere tes etapas de la cadena de valor n la producción fonográfica, la comunicación pública y en otras formas de uso. Indicar las principales relaciones contractuales que pue den surgir entre los difer diferen entes tes agen agentes tes de de lla industria musical. •
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¿Qué es una cadena de valor? v alor?
Una cade cadena na de valo valorr muestra muestra todo todo aque aquellllos os agen agente tess que que inte interv rvie iene nen n en en la la rea realiliza za ción de un producto y lo los co contra tratos tos qu que se se ce celeb lebran ran e ntre ellos para regular sus relaciones. En lo que se refiere a la industria musical musical la cadena de valo valo r muestra muestra el aporte aporte de cada cada uno uno al valor valor total total d la obra; es más, la cadena de valor de esta industria c mprende varias subcadenas. ¿Qué de debe tenerse en en cuenta cu cu ndo se celebra un contrato?
Es importante tener en cuenta que hay unos elementos básicos comunes a los dif erentes contratos, y deben te tenerse en en cu cuenta al al mo mom ento de susc suscri rib birlos rlos.. Esto stos eleme lemen ntos, tos, usua sual ente son llamados “puntos clave de los contratos” y se expresan a través de los siguientes ítems: Independencia de los de echos. En el régimen del derecho de autor se establece como
regla, que cada forma de ut ilización de una obra, de una interpretación o e un fonograma es independiente de la otra. or es esta ra razón, yo yo pu puedo au autorizar la la co comun icación de mi obra musical a una persona y su reproducción por medios digitales a otra, por ej emplo. Interpretación restrictiva. Esto significa que autorizar un uso no implica
utorizar otro uso de manera manera implí implícita cita y que que par par cada cada uso uso se requ requie iere re de una una auto autori riza zaci ción ón pr evia y expresa. Por ejemplo, si autorizo la repr ducc ducció ión n de de mi obra obra musi musica call en en dis disco coss com comp pa ctos, por ese hecho no estoy autorizando su rep roducción en medios digitales. Territorio. Hace referencia al territorio donde se ejecutará el contrato. Se
ueden escoger, por ejemplo, ejemplo, uno, uno, vario varioss o todo todos los los paí países ses del del mun mundo. do. Algu Alguno noss cont contra rato toss inc inc luyen la facultad de “coeditar”, con la cual se autoriza autoriza al al editor editor contrata contratarr con otro otro para l a edición en otros territorios. Duración. Con Consiste en defi ir el el tiem tiempo po que que las las parte artess del del cont contra rato to cons consid id ren pertinente para
la explota lotaci ción ón de los los de derec rec os patrimoniales de autor negociados. Puede pactarse un tiempo específico o puede estable cerse como vigencia del contrato el término de duración de los derechos patrimoniales.
Remuneración o precio. Los con conttrato ratoss pueden ser ser gratu ratuiitos tos y tamb tambiién p eden ser onerosos.
En el el se segun gundo caso caso se dice que se pacta pacta una remunerac remuneración ión o preci precio, a cambio de la util utiliz izac ació ión n de de la la obr obra. a. Algu Algun n as vece vecess corre corresp spon onde de a una una cantid cantidad ad fija fija y ot ras a un porcentaje por el resultado de la explot ción. Cláusula de declaración de titularidad de los derechos. Por lo ge eral, los contratos
incluye incluyen n esta esta cláus cláusula ula donde la persona que licencia o cede los derechos patrimoniales sobre una una obr obra a mus music ical al decl declar ara a q ue es el titu titula larr de de los los mis mismo moss. Con Con ello ello se b sca liberar a quien adqu adquie iere re o usa usa los los der derec ech h os patrimoniales, de cualquier reclamación o demanda que otro haga haga.. De De est esta a man maner era a, qui quien realiza realiza la declaración de titularidad titularidad de lo derechos se hace responsable. Al respecto, el artículo 183 de la Ley 23 de 1982 establece ue todo acto por el cual se enajene, transfiera, cambie o limite el dominio sobre derechos pa rimoniales de autor debe ser ser ins inscri crito en el Regi Registro stro Nacio Naciona nall de Dere Derecho cho de Auto Autorr ante ante la ofici oficiina de registro de la Dire Direccció ción Nacio acion nal de Dere Derecho cho de de Aut Auto or a fin fin de de oto otorrgar gar efe efecctos tos de de pu publi cidad y oponibilidad ante ante terc tercer eros os de dich dichos os act act s o con contra tratos tos. Co Con est esto o ha hay un un de deber ber de de dil diliig ncia para consultar el registro por parte de un t rcero que pretenda alegar su buena fe.
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Ausen Ausencia cia de de formal formalida idade de de la cesión de derechos. Para que el contrato de cesión de
derechos patrimoniales sea válid lido, la la le ley no est estab able lece ce ningú ngún tip tipo de de form form alidad especial para que sea válido el contrato ás allá de que este conste por escrito. Basta con que el contrato se pres resente nte por es escrit crito o p ra que tenga plena validez. Ahora bien, si las partes desean otorgarl otorgarle e al al contra contrato to algun algun a solem solemnida nidad, d, pued pueden en hacerl hacerlo o libre libremente mente pe ro repetimos no es necesario. A la par par en en el con contra trato to de licencia licencia en en el que que sólo se se autoriza autoriza el el us o de los derechos patri patrimo moni nial ales es,, mant manten enié iénd ndo o se la titularidad de los derechos no se hace necesaria ninguna formalidad. Sin embargo cu ndo ndo esta estass lice licenc ncia iass impl impliq ique uen n excl exclus usiv ivid idad ad,, deberán inscribirse en el Registro Nacional de De recho de Autor para efectos de publicidad y ponibilidad frente a terceros. Cadena de valor de la producción fonográfica
El sig sigui uien ente te dia diagr gram ama a mues muestr tra a có o se se re relacionan los di distintos ag agentes en la in in ustria de la música que se ven involucrados en una pr ducción musical:
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Gráfico 1: La c dena de valor de la producción fonográfica Rediseño Gráfico: Ra l León. Fuentes: C Fuentes: Ca artilla El de echo de autor y los los derechos derechos conexos conexos en la industri industria de la músi música ca de la Dire Direcc ccii n Nacional de Derecho de Autor, página. 19.
Las Las rela relaci cion ones es que que se prese resent ntan an e tre tre los los dife difere rent ntes es agen agente tess y cómo cómo se regu regula la c da una de estas se presenta a continuación: Relación Autor – Editor musical
Las siguientes preguntas dan luces acerca de la relación existente entre el autor e una obra musical y el editor musical: ¿Qué contrato suscriben l Autor y el Editor? ¿Qué derechos y obligaciones surgen de esa relación? ¿En qué co siste pactar pactar regalí regalías? as? ¿Qué ¿Qué facultades facultades tiene el autor frente al editor musical?
El contra contrato to que celebra celebra co n el el edi edito torr mus music ical al se llam llama a “co “cont ntra rato to de edi edi ción musical”. Este contrato tiene como objeto encarga encargarr al editor editor musical musical para para que procure procure l mayor explotación económica de las obras que sea posible, reservando expresamente sus d rechos. La finalidad principal de los contratos de edic edició ión n musi musica call no cont contem empl pla a la posi posibi bill idad de cesión de derechos derechos patrimon patrimoniale iales; s; si embargo, embargo, en en la práctica práctica muchas muchas veces veces se da la cesión de derechos a voluntad de las artes. El autor autor recibi recibirá rá de de este este contr contrat ato, o, u na remu remun nerac ración o pago equi quivalen lente a un porc entaje sobre el total de esta esta expl explot otac ació ión n alc alcan anzzada. ada. El a utor o compositor podrá inspeccionar y revisar los libros del editor, para verificar que la liquidación que este hace de la explota lotacción ión de la la obra, ra, co corre rres onda a la realidad. Por otra parte, en los contratos de cesión cesión de de derech derechos os y de licen licenciam ciamient iento, se observa una remuneración para el autor, que or lo general corresponde a cerca del 66% del resultado de la explotación en el país, y un 50% del result resultad ado o de la exp explot lotaci ación ón en el el exter exterii or. Este precio por porcentajes del resultado de la ex lotación es lo que se conoce como regalía. e todas formas, las partes tienen la libertad de pactar el valor de las regalías ya que los valores en porcentajes que hemos señalado es apenas una referenci referencia a que puede puede variar variar en cada cada contrat contrat o según lo que se acuerde. Igualmente, Igualmente, hay que tene r en cuenta cuenta que que para que que el contrat contrato o de cesió cesió surta efectos, este debe realizarse por escrito. Relación Editor – Productor fono gráfico
El plantea planteamien miento to de las las siguient siguiente e pregunt preguntas as describirá describirá breveme brevemente nte la relació relació existente entre el editor y el productor fonográfico: ¿Qué contrato suscribe l edit edito or music usical al con con el pro product ducto or fon fonogr ográ ico? ¿Cuáles son sus pr principales ca caracterís icas y disposiciones?
Entre las obligaciones que adquiere el editor con el autor o compositor es la de realizar la inclusión de la canción u ob a musical en un fonograma. Para cumplir con este com romi romiso so,, la la edi edito tora ra musi musica call cel celeb ebra ra con con el el pro prod d uctor fonográfico un contrato llamado “Contrato e inclusión en fonograma”. Este contrato tiene como o jeto la autorización autorización a una persona natural o j urídica, a “grabar o fija fijarr una obra bra sob sobre un di sco fonográfico, fonográfico, una banda, una película película,, u rollo de papel, o cualquier otro dispositivo o mecanismo mecanismo análogo análogo,, con con fines fines de de reprodu reproducció cció n, difusión o venta”, por parte del autor o el edito editorr de una una obra obra musica musicall (es decir decir,, titul titul r de los derechos patrimoniales).
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La autorización que se ot rga en este contrato no incluye el derecho a la comunicación públ públic ica, a, lo cual cual sign signifific ica a q e par para a que que un usu usuario ario comu comuni niqu que e púb públilica cam m ente la obra, debe obtener la autorización del utor o editor, ya sea a través de la sociedad de gestión colectiva de derecho de autor, o direc tamente cuando no esté afiliado a esta. ¿En qué consiste pactar rega regalí lías as en en el cont contra rato to ent entre re el el edit editor or musi musical y el productor fonográfico?
En este este contr contrato, ato, las parte parte s pueden pueden pactar pactar que que el pago consi consistirá stirá en en u n porcentaje por la cantid cantidad ad de de cop copia iass vend vendida ida . Es lo que se conoce como regalías. En Colombia, AC ACODEM cel bró bró un con contr trat ato o con con alg algun unos os pro produ duct ctor ores es afi afililia a dos a la Asociación para la Protección de los D erechos Intelectuales sobre Fonogramas y Vi eogramas (APDIF), en do donde se se est esta ablec leció co o regalía por la reproducción fonomecánica un valor que oscila entre el 7% y el 8% de las c opias vendidas. Con el fin de llevar un co trol de las cifras que revela revela el productor de de l fonograma, la ley esta establ blec ece e que que est este e deb debe lle lle var un sistema sistema de de registr registro o que que permit permita a al al titul titul ar de los derechos, veri verififica carr si la liq liqui uida daci ción ón de l as regalías regalías que ha recibido recibido es correcta correcta y acord e con la realidad. Relación Pr Productor – Artista in intérprete o ejecutante
Las siguientes preguntas ilustrarán los los asp aspecto ctos prin rincip cipales de la rel relación ción entr entre e a rtistas, intérpretes o ejecutantes de obras musicales y ell productor de fonogramas. ¿Qué contrato celebra el intérprete o ejecutante de una obra musical con el productor? ¿Qué obligaciones tiene el pro produ duct ctor or de de fono fonogr gram amas as? ? ¿Qué ¿Qué rel relac aciión existe entre el nombre de los artistas o g rupos musicales y la propiedad industria?
Como lo hemos mos men mencio cionado, el produ productor ctor musical musical celeb celebra ra con con el artis artis ta un “Contrato de intérp intérpret rete e o ejecut ejecutan ante” te”,, p r el cual lo contrata para la interpretación e la obra musical. Responde a una necesidad del product productor, or, pues pues lo que por por lo general general recib recib e del editor musical o del autor es una maq eta de la obra musical que requiere de elaboración. Como remu remune nera raci ció ón, el el art artiista sta pu de rec recib ibir ir un un pago pago úni único co o una una pro propo porc rció ión n so so re las regalías que se generen, según se pacte en el contrato. La ley establece que el p oduc oducto torr del del fono fonogra grama ma deb debe e llev llevar ar un un sist siste e a de registro que permita que en cualquier mome momen nto el auto autor, r, el edit editor or o su repr repres esen entt nte, compruebe la cantidad que éste declara . También establece que pueden realizar i specciones de los tall taller eres es,, alma almace cene nes, s, dep depós ósitit os y ofic oficina inass del del produ producto ctor, r, ya ya sea sea perso persona nalme lmente o por intermedio de otra persona a quien se autorice por escrito. escrito. Esto se encuentra encuentra previst previst o en el artículo 152 de la Ley 23 de 1982. En este ste contrato rato,, el el cua cual pu de ser ser de de pre prest stac ació ión n de de ser servi vici cios os,, el el art artis ista ta aut aut oriza la inclusión de su interpretación en el fon grama rama o más máster. ter. Por lo lo gen general ral, tamb tambié ién n au toriza el uso de su nombre mbre e ima image gen n. Las Las par es pueden pactar exclusividad, con lo cual, el artista no podría interpretar esas obras musi ales para otro productor u otra persona. El derech recho o de auto autorr no prot rot ge el nombre de artistas y grupos musicales. ara hacerlo, debes obtener el registro de una arca, el cual es un signo que sirve para dif renciar productos y serv servic icio ioss en en el el mer merca cado do y q e es regulado por el régimen de la Propiedad I ndustrial.
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El trámite de registro de na marca se realiza actualmente ante la S uperintendencia de Industria y Comercio (www. ic.gov.co). El productor puede acordar con el artista, realizar videos con fines promo ionales, por lo cual, puede o no recibir una remu neración. Todo se sujeta a lo que pacten las p rtes. Relación artista intérprete o ejec tante – representante (manager)
Las preguntas señaladas a conti uación uación son funda fundamen mentale taless para describ describir ir l artistas, intérpretes o ejecutantes y el representante o manager.
relación entre los
¿Qué contrato suscribe el artista intérprete o ejecutante con el Representante? ¿Cuáles son sus principales carac erísticas y disposiciones?
Los artistas artistas suelen contrata un representante representante,, quien quien lo asesora y promuev promuev e en el mercado, de manera manera que sea finalmen finalmentt este quien haga las gestiones para que el artista obtenga un contrato contrato con un produ producto ctorr d fonogramas. Las actividades de entrete imiento imiento sobre sobre las cuales cuales recaen recaen las funcion funcione e s del representante son: • • • • • • • • •
Promocionar Promocionar al artista. Aconsejar al artista s obre su imagen o presentación al público. Orien Orienta tarlo rlo en en asunto asunto legales y financieros. Celeb Celebrar rar con contra tratos tos e n representación del artista. Mantener la confide ncialidad del contrato. Realizar la promoci n, publicidad y mercadeo. Las Las rela relacio ciona nada dass con la explotación de su imagen. Coordinar todo lo rellacionado a su contacto con la prensa. Actuación, particip ación y presentación de concursos, pro ramas y eventos promocionales.
Entre el artista intérprete o ejecutan ejecutante te y el represen representant tante e se celebr celebr a un “Contrato de representación representación de artistas”, que que en esen esenci cia a es es un un con contr tra ato de mand mand to, con el cual el representante ejerce las fu cio ciones de ase asessor y promo romoto torr de del art artis ista ta,, al al titi empo que le brinda asistencia en negociación. Generalmente, en estos con tratos se pacta exclusividad a favor del Repre entante, quien será el único autorizado para ne ociar ociar y admi adminis nistra trarr los con contra trato toss que promue promuevv n al artista. ¿Qué derechos y obligaci nes surgen de esa relación?
En este contrato, el artista i térprete térprete o ejecu ejecutante tante puede puede asumir asumir oblig obligacio acion n s como: • •
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Cumplir con los cont atos que el representante realiza con terceros para su promoción. Facultar al represe tante para realizar todos los pagos y acti vidades financieras propias del contrato. Informar al al represent ante de todas las ofertas que se le presenten. Cuidar su imagen sí como la del Representante. Consultar de manera anticipada cualquier cambio de imagen. Cumplir con las recomendaciones del Representante.
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Cumplir con la exclu ividad pactada con el Representante. Informar la posible a sencia a algún evento. Proteger el registro e su nombre y seudónimo.
En la práctica, un Represen tante puede recibir entre el 20 y el 30% de los ingresos que reciba el autor por las actividades gestiones adelantadas por aquel. Recuerda que estos valores son refere referenci ncias as,, pue puess quie quiene ness firm firman an el contr contrato lo pueden hacer librem remente según los porcen tajes que ellos consideren. Relación productor fonográfico
distribuidor
Las Las sigu siguie iente ntess pre pregun gunta tass ejem ejempli plific fic an cual es el rol de cada una de las partes en la relación entre el productor fonográfico y el distribuid or. ¿Cómo definir la relación ntre el productor con la distribuidora?
Entre estas dos partes se celeb celebra ra un contra contrato to de lice licenci ncia a que aut autori ori a la distribución y comercialización de la obra musical y fonograma. fonograma. En En este contrato se pued pued e pactar la puesta a disposición al público por medios medios digitale digitaless e Internet, Internet, los cuales cuales so otros medios de distribución utilizados en el omercio. ¿Qué derechos y obligaci nes surgen de esa relación?
Amba Ambass parte partess debe deben n real realiz iz contrato. Así, el productor distribuidor debe ponerlos labores de promoción. Eje en Internet.
r las las dil dilig igen enci cias as que que le le cor corre resp spon onde den, n, para para lo ebe ebe entreg entregar arle le al distr distribu ibuido idorr las prod producc uccion ion en vent venta a o a dis dispo posi sici ción ón del del púb públilico co.. Tam Tam plos de estos son las tiendas de ventas de c
rar la ejecución del s fonográficas, y el ién puede realizar ntenidos musicales
El di distrib ribuidor se se ob obliga ad ade más a liqu liquida idarr los los pagos pagos,, en en el el tiem tiempo po acord acorda a o, y de acompañar la liliquidación de ca cada per íodo, con un estado de cuentas que refleje los montos de las remuneraciones, correspon ientes al productor, por la explotación de su fo nograma. Caden de valor en la comunicación pública
La cadena de valor en la comuni cació cación n púbic púbica a implic implica a la parti particip cipaci ación ón de de todos los actores que intervienen intervienen en las distintas formas en que que una una obra obra es es comun comunica icada da.. Cada Cada vez vez q e una obra musical es utilizada en un establecimiento públic blico o, es es tra tran nsmiti mitid da en en me medios ios dig digiital tales, of ecida como un ring toné de de celular, es es puesta en el si sis tema tema de llam llamad adas as de espe espera ra de los los con conmu muta tad d ores se efectúa una comunicación pú pública de de la la ob obra. T odos odos estos estos uso usoss implic implican an la la parti particip cipaci ación ón de de u na serie de agentes que que cump cumple len n un un rol rol espe especí cífifico co des des e el moment momento o de creació creación n de la obra obra hasta hasta qu e esta se comunica públicamente. A continu continuació ación n se verá verá la cade cadena na d e valor en la comunicación pública y cómo los distintos agentes de la músi música ca se rela relaci cion onan an hast hasta a lle lle ar al usuario final de estas obras. Cuando se va a comunicar pública públicamente mente una obra musical, musical, e la cade cadena na de valo valorr se rel relac acio iona nan n tant tanto o el el au au tor, compositor o el edito itor, con los los usu usuarios rios de sus sus o ras a través de una sociedad de gestión c lectiva, tal y como podemos observar en el siguiente ráfico:
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Gráfico 2: La cadena de valor de la producción fonográfi a Rediseño Gráfico: aul León. Fuentes: Cartilla Fuentes: Cartilla El erec erecho ho de aut autor or y los los dere derech chos os cone conexo xos s en la indu indu tria de la música de la Dire ción Nacional de Derecho de Autor, página. 25.
Cuando lo que se está comunic ndo públicamente es un fonograma se inv lucran también los produ roducctore toress de de fon fonogra gramas mas, así así c omo los artistas intérpretes o ejecutantes tall y como se puede observar a continuación:
10 Gráfico 3: a cadena de valor de la producción fonogr fica Rediseño Gráfic : Raul León. Fuentes: Cartilla Fuentes: Cartilla El dere derech cho o de auto autorr y los los dere derech cho os con conexos exos en la industria de la música de la Dirección Nacional de Derecho de Autor, página. 25.
Veamos a continuación cada una e las relaciones que se presentan entre los istintos agentes de esta cadena de valor: Relación autor – editor
Como lo vimos anteriormente, el autor autor o comp composi ositor tor y el edito editorr musi musica call cele celeb b ran un contrato de edición musical, el cual busca ob tener la explotación económica de la obra. Esta es la primera rela relaci ción ón que que surg surge, e, tamb tambié ién n se h ce referencia a esta relación en la cadena de la comunicación pública de obras musicales. Relació Relación n Autor/ Autor/Edi Editor tor – Socied Socieda a de Gestión Colectiva
Los autores y compositores se han unido para gestionar de manera colectiva sus derechos mediante socied sociedad ades es de gestió gestión n cole colecti ctiva va,, l s cua cuales son son organ ganiza izacio ciones nes de natura turalleza eza p rivada (es decir, no estatale estatales), s), a las las cuales cuales acuden acuden lo lo s usuarios para obtener las licencias de uso y hacer los pagos correspondientes. Para Para ello, ello, los los auto autores res o comp compos osito itorr s celebran un contrato de mandato con las so ciedades de gestión colectiva. Estas administran los der echo echoss de de com comun unic icac ació ión n púb públilica ca,, par para a lo lo cua cuall h cen el recaudo que esta utilización genera, para posteriiormente distribuirlo entre sus asociados.
En lo que se refiere a los editores usicales, estos cce elebran contratos con las so ciedades de gestión colectiva colectiva en las las cuales cuales encarg encargan an l admin ministr istra ació ción de de lo los de derec rechos de de co comun munic ción pública de las obras musicales que los editores re presentan. Relación sociedad de gestión co ectiva – Usuarios
Como Como expli explicam camos os anter anterior iormen mente, te, l as soci socied edad ades es de gest gestió ión n col colec ectitiva va se enca encarr gan de autorizar la comunica comunicación ción públi pública ca de las las obra obra musicales musicales,, en cumplimie cumplimiento nto del del contrato contrato d mandato que han celebrado con los autores o compo sitores, o con las editoras musicales. Las Las tarif tarifas as que se estab estable lecen cen en l s contratos contratos son son acordada acordadass o concertad concertadas as entr e los usuarios y las sociedades de gestión colectiva y debe deben n ser prop proporc orcion ionale aless al uso. uso. Esto Esto sign signifi ifi ca que no hay una tarifa tarifa estab establec lecida ida por por la ley. ley. Son Son l os re representados po por es esa so sociedad y los us us arios de las obras quie quiene ness det deter ermi mina nan n el el val valor or que que ha ha brá de cobrarse en cada caso. ¿Qué aspectos se pactan en el licenciamiento ento de la comunicación p blica de música a través de la radio y la televisión? ¿E ¿En el el li licenciamiento de de la la ej ejecución pública “en vivo” de obras musicales? ¿E ¿En el el li licenciamiento de la la ej ejec ción pública en establecimientos abiertos al público?
En el caso de la comuniicación pública en la radio y televisión, si un organismo de radiodifusión, como lo es na emis emisor ora a radi radial al,, deci decide de incl inclui uirr obra obrass musi musicales dentro de su prog progra rama maci ción ón,, debe debe real realiz iz r un un con contr trat ato o de de lic licen enci cia a de de uso uso de las las obras de los titulares representados y administr dos por la sociedad de gestión colectiva. as condiciones de tiempo, precio, territorio y d más aspectos son acordados por las partes en cada caso. De la misma manera, el ar ista ista que que des desee ee eje ejecuta cutarr en en viv vivo o una una obra obra mu sical y quien desee usarla usarla en un estab establec lecimi imien ento abier abierto to al al públic público, o, como como un un resta restauran urante te por ejemplo, deberá obtener esta licencia. ¿Qué ocurre cuando la música es es co comunicada en en Internet? ¿Qué de de echos se generan y cómo se administran?
Cuando una obra musical es puesta en un portal en Internet, se enera un acto de comunica comunicación ción pública pública que e s llamado puesta a disposición. Para poner a isposición una obra musical, el usuario debe obt ener una autorización previa y expresa. Adic Adicio iona nalm lmen ente te,, par para a que que esa obra esté disponible al público en un sitio n Internet, se hace un acto de almacenamiento digital, el cual es considerado una forma de r producción, lo cual requiere también de una lic ncia. Por lo lo general general,, las licencia licencia las las oto otorg rgan an las las soc socie ieda dade dess de de ges gestitión ón cole cole tiva de derecho de autor y derechos conexos, y el recaudo se hace también a través de ellas. Cad na de valor en otras formas de uso
Las nuevas tecnologías han traído consigo nuevas oportunidades oportunidades de de uso de obra obra s musicales, lo cual sign signiific fica tamb tambié ién n nuevas op oportun tunid des de negocios: Descarga. En la actua ctualilida da , lo los us usuarios pu pueden ob obtener un una ob obra m sical disponible en
Internet y guardarla en su c mput mputad ador or o dis dispo posi sititivo vo.. Est Esto o es es lo lo que que se con con ce como descarga,
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y en el entorno del derecho de autor se entiende que hay un acto de repr oducción de la obra por cuanto ésta es almace nada digitalmente en un dispositivo. El prove dor de esas obras musicales suele poner en su sitio en Internet, apartes de esas canci ones para que los usuarios las escuchen y d ecida idan si desean ean o no desca scarga rgarla rlas. Esa p esta a disposición constituye a la vez, un acto de comunicación comunicación pública pública y de reproducción reproducción po el almacenamiento digital de la obra. Existe Existe tambié también n un servicio servicio d e músic música a a la cart carta a sin sin desca descarga rga,, es dec decir ir que que llos usuarios pueden sele selecccio cionar un una ca canció ción p ra escucharla, pero no rea realizan un almacena miento digital de la obra obra en un disp dispos osititiv ivo. o. En e ste caso, habrá solo comunicación pública. Streaming. Podría decirse que el Streaming es una técnic técnica a para transmi transmititir obras musicales e
imág imágen enes es y en algu alguno noss cas cas s obras audiovisuales desde Internet, similar una emisión radial o a un pro progr gra ama de te telev levisión, donde donde el usuario se conecta conecta a un servido servido que distribuye esa tran ransmisión. Pa Para quien re ibe el streaming no no hay lugar a un almacena miento digital de la obra musical. El uso que e está rea realiz lizando de de la obra es la la comu comun nicación pública de la misma. Webcasting. Es el strea ing de obras obras musical musicales es con un formato formato muy similar al de las
emisoras tradicionales, por cuanto es posible escuchar su transmisión en línea desde el lugar y en en el mome moment nto o que que se se eli elijj a. En este caso, caso, se utilizan también imágene imágene junto al sonido, sonido, de mane manera ra que que se se rea realilizzan d s usos: la comunicación pública y la sincro ización de la obra musical. Simulcasting. Al Algunas emisoras emplean varios medios para emitir sus señales. En el caso
del del sim simul ulca cast stin ing, g, el orga rganis nis o de radio radiodifu difusión sión emplea emplea el medio medio tradici tradicion on al de emisión de su seña señall y simu simultltán ánea eame ment nte e uti uti liza Internet empleando el streaming. Ring tones. Son melodías de cancion canciones es en distintas distintas modalid modalidade ades, s, qu
se emplean para identificar la las llllamadas ent ante antess a los los tel teléf éfon onos os móvi móvile less o celu celula lare res. s. Exi Exiisten variedades de
ring tones. m onofónicos: melodía Ring tones mo melodíass creadas creadas con el el sonido sonido de un un sol instrumento . polifónicos: melodías que se construyen con el sonido de varios Ring Tones po instrumentos. Back tones: son las melodías qu que su suenan cuando se se hace una llll amada mientras se contesta. Video tones: son rin tones que combinan imágenes con melodías. Real tones o true tone: algunos ring tones con consist sisten en en fra fragmen gmentt s de las canciones origin original ales. es. A estos estos s les llama real tones o true tones. Cover tone: es el el rin rin tone que consiste en una versión de la obra usical. Precarga digital. Al Algunas c ompañías realizan alianzas estratégicas para oner en el mercado
dispositivos mó móvile iles o celul ares qu que ya ya co contienen ob obras mu musicales in interp retadas por artistas recono reconocid cidos os comer comercia cialme lment nte. A este uso se le llama precarga musical. n ejemplo es el de Movis Movistar tar con el artis artista ta “Trai “Trai ” y su canción “Hey Soul Sister”. Sincronización audiovisu l. Es un acto de reproducción de la obra
ediante el cual se realiz realiza a la combi combinac nación ión d imágene imágeness con sonido sonido,, en este este caso, caso, con obras musicales sincronizadas de dentro de de o ras ras aud audio iovi visu sual ales es ya sean sean vide videos os,, cor corto tome metr trajes, largometrajes, etc.
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Holding telefónico. Es l
música utilizada en los conmutadores, c múnmente de las empresas, para dejar en espera llamadas telefónicas. Este uso se define como una comunicación pública de la obra musical. Rockolas digitales. Las “Rockolas digitales” son dispositivos que se enc uentran disponibles
en estab estableci lecimien mientos tos abie abierto rto al pú público ta tales co como re restaurantes, ba bares, lilic oreras, cafés, y que contienen almacenadas dig italment italmente e obras obras musicale musicales, s, ofrecien ofreciendo do al públi públi co la posibilidad de selec seleccio ciona narr la que que dese dese escuchar. Esta misma regla aplica en el caso de los establecimientos establecimientos abiertos abiertos al públi público co que que utili utiliza zan n compu computad tadore ores. s. En En el ca ca so de las rockolas, coinciden dos usos de las bras. bras. Por Por una una parte parte,, al al alma almacen cenars arse e digi digital talme me nte canciones en la rock rockol ola, a, se está está haci hacien endo do u na rep repro rodu ducc cció ión. n. Al Al mome moment nto o de pone poners rse e a so so nar la obra musical, entonces se está llevando a cabo la comunicación pública de la misma. Todas las anteriores formas de u so requi requiere eren n de la la autor autoriz izaci ación ón de los los titul titular ar s de los derechos patrimoniales de autor, y de los roduct roductore oress del del fono fonogra grama. ma. Para Para enten entende derr có có mo se obtiene esa autorización o licencia, veremos la cadena de valor que aplica a estas formas de u tilización. Los Los derec derecho hoss patri patrimon monia iale less del del aut aut r suel suelen en esta estarr en cabe cabeza za de este este o de una una edi edi tora musical. Es por esta razón que para obtener las au orizaciones o licencias se acude a los titulares de estos derechos. Sin embargo, como podemos ver en la gráfica a continuación, los autores o compositores y las editoras musicales suelen gestiona r estas autorizaciones a través de sociedades e gestión colectiva, las las cua cuales, les, además más, rea realiza izan el rec rec udo de los pagos:
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Gráfico 4: La c dena de valor de la producción fonográfic Rediseño Gráfico: Raul León. Fuentes: C Fuentes: Ca artilla El derecho recho de autor autor y los los derec derechos hos conexo conexos s en la la indus industt ia de la músi música ca de la Dire Direcc cciión Nacional de Derecho de Autor, página. 30.
Cuando la comunicación pública de la obra en estas tas nu nuevas te tecno cnología gías imp implilicca ta ta mbién la utilización de un fonog fonogra rama, ma, ento entonc nces es el usua usua rio rio de deberá acudir ta tambié mbién n al pro prod ducto ctor del fon fono grama para obtener la autorización correspondiente.La cadena de valor se será la que se de describ ribe en la i agen a continuación:
14 Gráfico 5: La cadena de valor de la producción fonográfica
Rau aul León. Rediseño Gráfico: R Fuentes: C Fuentes: Ca artilla El der cho de autor autor y los derechos derechos conexos conexos en la industri industri de la músi música ca de de la Direcci Direcció ón Nacional de Derecho de Autor, página. 30.
En esta categoría el usuario que rete reten nda la la ut utiliz iliza ació ción pa para la co comun munica icació ción pública por puesta a disp isposic osiciión de del púb públilico co de fon fonogra as ya sea sea a través través del ofrecimie ofrecimiento nto de de obra para descargar en Inte Intern rnet et,, el el web webca cast stin ing g y sim simul ulca cast sting, los realtones o video tones re requerirá sie pre la autorización del productor de fonogramas, auto ización que se puede obtener a través de la ociedad de Gestión Cole Colect ctiv iva a que que admi admini nist stra ra los los der derec echos hos de comun comunica icació ción n públi pública ca de los los prod product uctor or s que en Colombia corr corres esp ponde nde a ACIN CINPRO. Igua gualmente hay que tener en cuenta que también se debe tener la autorización del artista, la cual se adquiere en nuestro país por medio de la S ociedad de Gestión Colectiva SAYCO. Para los demás demás usos (distinto (distintoss d e la comunicación pública), los productores de fonogramas no acud acuden en a las las soci socied edad ades es de de gest gestii n colectiva de derechos conexos para que a través de estas se otorg torgu uen las las lice licen ncias. ias. Debes en ento ces identificar el productor que aparece en el fonograma o acudir a la Asociación para la Protección de los los Dere Derech chos os Inte Intele lect ctua uale less sobr sobre e Fono Fonogr gra a as y Videogramas Musicales (APDIF) Colombia ( www..apdifcolombia.com). Bibliografía
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de reproducción fonomecánica, d rechos rechos de sincroniza sincronización ción audiov audiovisua isual,l, derecho de comunicación pública, derechos de artistas i térpretes y ejecutantes, derechos de ca tantes y músicos acompañantes, presentaciones en vivo, vivo, fonogra fonograma, ma, producto productorr de fonograma fonograma,, edit edit or musical, contrato entr entre e edit editor or y comp compos osiitor, tor, ante antece cede dentes jurisprudenciales. SILVERSTONE, Sean. Music Do nloads Pi Pirates of Co Costumers. EE EE.UU.: Un Univ rsidad de Harvard: Entrevista, 2004. http://hbswk.hbs. du/item/4206. html. Temas: Intercambio P2P, iratería. STIM, Richard. Music Law, How to run your band’s business. Berkeley, California: NOLO, 2009. Temas: Gestión del negocio musical, minutas de contratos y lic encias, información sobre sobre managers managers,, abogad abogados, os, derech derech o de autor, edición, nombres de agrupaciones, grabaciones, tures, cont contra rato toss de grab grabac ació ión n inde indepe pend ndie ie tes e impuestos, entre otros. ZULE ZULETA TA Jara Jarami millllo, o, Albe Alberto rto.. Impa Impa to del sector fonográfico en la economía C olombiana. Bogotá: Edició ición n Co Conve nvenio Andrés rés Be Bello. lo. Un Un idad Editorial, 2003. Temas: Prod roductor de fon fono grama, autorización para para gra graba barr fono fonogr gram ama a, edi edito torr musi musical, función de editor musical, piratería.
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Dirección
María Victoria Whittingham Los cursos cursos fueron fueron diseña diseñados dos por un grupo de investigadoras e investigadores del centro de investigaciones para el desarrollo- CID de la facultad de ciencias econó icas de la Univer Universid sidad ad Nacion Nacional al de Colomb Colombia
unevar, Ph.D.
Elaboración de contenido
Germán Darío Flórez Acero Diseño instruccional
Juan Camilo González Trujillo Diseño grafico y animació
Raúl Eduardo León Moscos Animación y programació
David Arturo Pacheco Puentes Fotografías
Sergio Acero Yate Juan Camilo Villareal Unidad de comunicaciones ID DNDA Este curso está basado en la cartilla El Derecho de Autor y los Derechos Conexos en
la Industria de la Música de Juan Carlos
Monroy, Ximena Rojas Murcia, J hanna Sáenz Ardila y Camila Arias Ospina.
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