BASILEA I
¿Qué es?
Acuerdo publicado en 1988, en Basilea, Suiza, por el Comité de Basilea, compuesto por los gobernadores de los bancos centrales de Alemania, Bélgica, Canadá, España, EE. UU., Francia, Italia, Japón, Luxemburgo, Luxemburgo, Holanda, el Reino Unido, Suecia y Suiza
¿Qué establece?
Una definición de "capital regulatorio" compuesto por elementos que se agrupan en 2 categorías (o "tiers") si cumplen ciertos requisitos de permanencia, de capacidad de absorción de pérdidas y de protección ante quiebra. Este capital debe ser suficiente para hacer frente a los riesgos de crédito, mercado y tipo de cambio.
¿Era una recomendación? recomendación?
Cada uno de los países signatarios, así como cualquier otro país, quedaba libre de incorporarlo en su ordenamiento regulatorio con las modificaciones que considerase oportunas
¿Qué papel ha jugado?
Ha jugado un papel muy importante en el fortalecimiento de los sistemas bancarios. La repercusión de ese acuerdo, en cuanto al grado de homogenización alcanzado en la regulación de los requerimientos de solvencia ha sido extraordinaria. Entró en vigor en más de 130 países.
Se trataba de un conjunto de recomendaciones recomendaciones para establecer un capital mínimo que debía tener una entidad bancaria en función de los riesgos que afrontaba
Cada uno de estos riesgos se medía con unos criterios aproximados y sencillos. El principal riesgo era el riesgo de crédito, y se calculaba agrupando las exposiciones de riesgo en 5 categorías según la contraparte y asignándole una "ponderación" diferente a cada categoría (0%, 10%, 20%, 50%, 100%), la suma de los riesgos ponderados formaba los activos de riesgo. riesgo.
El capital mínimo de la entidad bancaria debía tener debía ser el 8% del total de los activos de riesgo (crédito, mercado y tipo de cambio sumados).
Dado que el acuerdo contenía ciertas limitaciones en su definición, en junio del 2004 fue sustituido por el llamado acuerdo Basilea II.
BASILEA II PILARES IMPLANTACION
INTRODUCCION
La principal limitación del acuerdo de Basilea I es que es insensible a las variaciones de riesgo y que ignora una dimensión esencial: la de la calidad crediticia y, por lo tanto, la diversa probabilidad de incumplimiento de los distintos prestatarios. Es decir, consideraba que los créditos tenían la misma probabilidad de incumplir.
Para superarla, el Comité de Basilea propuso en 2004 un nuevo conjunto de recomendaciones. Éstas se apoyan en los siguientes tres pilares
Pilar I: el cálculo de los requisitos mínimos de capital
Pilar II: el proceso de supervisión de la gestión de los fondos propios
Núcleo del acuerdo, tiene en cuenta la calidad crediticia de los prestatarios (utilizando ratings externos o internos) y añade requisitos de capital por el riesgo operacional.
Los organismos supervisores nacionales deben: incrementar el nivel de prudencia, validar los métodos estadísticos para calcular los parámetros exigidos. Los bancos estarán obligados a almacenar datos de información crediticia de 5 a 7 años, se involucre en el control de riesgos y en la planificación futura de las necesidades de capital., es libre para elegir la metodología para su autoevaluación, se pueden considerar otros riesgos que no se contemplan en el cálculo regulatorio.
Exige: fondos propios > 8% de activos de riesgo, considerando: (riesgo de crédito + riesgo de negociación+ riesgo de tipo de cambio) mientras que ahora considera: (riesgo de crédito + riesgo de mercado+ riesgo de tipo de cambio + riesgo operacional)
Para grupos financieros multinacionales se establecen Colegios Supervisores.
Pilar III: la disciplina de mercado
Creación de un subgrupo de trabajo el Accord Implementation Group (AIG). Ya se ha
El acuerdo estableció normas de transparencia y exigió la publicación periódica de información acerca de su exposición a los diferentes riesgos y la suficiencia de sus fondos propios. El requisito inicial es que se publique al menos anualmente, aúnque es previsible que la frecuencia será mayor (al menos resumida) y a sus contenidos mínimos se irá añadiéndo la información que el mercado exija en cada momento.
implantado en la toda la Unión Europea, Japón y Austalia. En Asia, lo referente al Pilar III. La Implantación en Europa, a través de directivas y cuenta con la colaboración del CEBS. En América la implantación va más atrasada: Estados Unidos, no será generalizada para todos sus bancos y tendrá normas especiales. Canadá, va más avanzada que en los Es Us, y algunos países latinoamericanos, no puede ser más rápida por la necesidad de cambiar leyes y porque también están adoptando las NICs
CRITICAS Y MODIFICACIONES PREVISTAS
Las principales críticas se han centrado en que se considera que es demasiado "procíclico" (podría acentuar la debilidad económica en caso de recesión y fomentarla en época de bonanza). Algunas imperfecciones del modelo se han puesto de manifiesto con la crisis económica actual y ya se están proponiendo algunas modificaciones. Los puntos más discutidos son: Titulizaciones, Divulgaciones del Pilar III, Riesgo de mercado, Sistemas de control de riesgos, Hipotecas.
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es
Un conjunto integral de reformas elaborado por el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea para fortalecer la regulación, supervisión y gestión de riesgos del sector bancario
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Estas medidas persiguen
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Mejorar la capacidad del sector bancario para afrontar perturbaciones ocasionadas por tensiones financieras o económicas de cualquier tipo Mejorar la gestión de riesgos y el bueno gobierno en los bancos Reforzar la transparencia y la divulgación de información de los bancos
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BASILEA
Las reformas se dirigen a
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III
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Además •
La regulación de los bancos a títulos individual (dimensión microprudencial), para aumentar la capacidad de reacción de cada institución en periodos de tensión Los riesgos sistémicos (dimensión macroprudencial) que puedan acumularse en el sector bancario en su conjunto, así como la amplificación procíclica de dichos riesgos a lo largo del tiempo. Estas dos dimensiones son complementarias, ya que aumentando la resistencia de cada banco se reduce el riesgo de alteraciones en el conjunto del sistema. El marco de Basilea III se resume en una tabla que recoge las distintas medidas adoptadas por el Comité. Basilea III se enmarca en el esfuerzo continuo del Comité por mejorar el marco de regulación bancaria. Las nuevas normas se basan en el documento Convergencia internacional de medidas y normas de capital , más conocido como Basilea II.
TRABAJO PRÁCTICO
1.- elabora un mapa conceptual sobre lo que comprende BASILEA I, BASILEA II, BASILEA III y sus implicancias con el riesgo.
TRABAJO PRÁCTICO 2.- Con la información disponible en el portal de la SMV, elabore el análisis de riesgo respecto de: a) Empresas Mineras (3) .
b) Empresas Financieras (3) c) Empresas Comercializadoras (3)