EIN IFM02. TAREA 1.- Lee la noticia que apareció en el periódico El País, puedes encontrarla en los “Enlaces Exter-
nos” de la zona de recursos de la unidad: El niño de “El Royo” vuelve al centro cent ro de acogida por desatención de la madre. 2.- Haz una cronología de los hechos que se relatan en el artículo. Ayúdate del del esquema que puedes encontrar encontrar en los “Enlaces “Enlaces Externos” Externos” de la la sección de Recursos de la la unidad: Lugar y fecha de nacimiento nacimiento de Diego: 4 de enero de 1999 en Salamanca Salamanca y siete días ¿Qué ocurre a la semana de nacer Diego? ¿Por qué? La Junta de Castilla y León abrió un expediente de protección, por ser hijo de dos enfermos mentales (el padre es esquizofrénico). ¿Qué le ocurrió a Diego en Junio de 1999? Fue entregado en preadopción preadopción a una familia de la pequeña localidad soriana de El Royo. ¿Qué ocurrió en octubre de 2000? Los padres pre adoptivos lo entregaron a la Junta en cumplimiento con las sentencias judiciales judiciales que obligaban a que el niño volviera a un centro de menores donde pudiera ser visitado por su madre. ¿Cuál fue el motivo que consideró el juez para tomar esta medida? Que el contacto con el pequeño permitiría una mejoría en la salud mental de su progenitora. ¿Por qué Diego dejó de vivir en el centro de menores? El juez autorizó a que viviera con una tía. ¿Por qué Diego volvió a vivir en un centro de menores en el año 2001? La tía renunció a la custodia. ¿Qué ocurrió en noviembre de 2002? La Audiencia Provincial de Salamanca permitió que el pequeño viviera con su madre bajo la vigilancia de la Junta de Castilla y León ¿Qué ocurrió en octubre de 2003? Fue devuelto al centro de menores donde la madre tenía un régimen de visitas. ¿Por qué vuelve a una institución de la Junta de Castilla León? Porque la Junta de Castila y León tras los informes recibidos del Instituto Madrileño del Menor declaró al niño en “situación de desamparo”. ¿Volverá Diego con su madre biológica o se le buscará una familia adoptiva? Depende de la justicia, que revise su caso y tendrá que ser un juez quien decida de cida si el niño ha de volver con su madre madr e biológica o ser enviado con co n una familia adoptiva.(htt adoptiva.(http://www. p://www.elnortedecas elnortedecastilla.es/201 tilla.es/20120215/local/n 20215/local/nino-royo-cump ino-royo-cumple-anos-2012 le-anos-201202151610.html). 02151610.html). 3.- Lee la información que aparece en la siguiente dirección y señala los aspectos más relevantes que aporta en relación a este caso. El niño del Rollo vuelve... - El Servicio de Protección de Menores volvió a plantear que Diego no volviera con su madre, pero en Diciembre de 2003 el juez de Ciudad Rodrigo acordó devolver la custodia a Margarita. - En Mayo de 2004 la Audiencia desestimó un u n recurso de oposición de la Administración Castellano-Leo Castellano-Leonesa nesa basado en informes psicológicos que desaconsejaban la medida de regreso del menor con su madre. - En abril de 2007 el menor vuelve a ingresar en el centro de menores, por decisión judicial, tras los informes del Colegio Público San Francisco, de Ciudad Rodrigo al que asistía Diego. Mientras la madre de Diego estaba en manos de médicos que la trataban de una nueva recaída en su enfermedad. 4.- Analiza la noticia utilizando los conocimientos que has aprendido en esta unidad. Puedes ayudarte del esquema que encontrarás en la plantilla citada anteriormente. 4.1.- Describe la estructura familiar y el tipo de estilo educativo que crees que tiene la familia biológica de Diego. - La estructura familiar convencional nuclear compuesta por la madre, el padre y el menor, sin relación con la
familia extensa y ambos progenitores con una enfermedad mental. - Maternidad/ paternidad por situaciones sociales: Privación de libertad de uno de los cónyuges, el padre de Diego está en la cárcel - Estamos frente a un estilo educativo negligente, caracterizado por niveles bajos de exigencia y control, afecto y comunicación. Son familias poco sensibles a las necesidades del niño, incluso en las cuestiones básicas. 4.2.- Señala cuáles pudieron ser las razones por las que se inició el expediente de desamparo de Diego a los pocos días de nacer. -Factores familires y ambientales y factores de riesgo relacionados con los padres : los padres presentan una enfermedad mental y no cuentan con la familia extensa (aislamiento social y falta de apoyo social) para ayudarlos en el cuidado de Diego . 4.3.- ¿Crees que la enfermedad mental incapacita para la crianza de los hijos? Hay diferentes estudios que exponene que las enfermedades mentales de los padres representan un riesgo para los hijos en la familia. Estos niños/niñas corren un mayor riesgo de desarrollar enfermedades mentales que otros niños. Desde mi punto de vista una enfermedad mental no inhibe el deseo de tener hijos y además en las enfermedades mentales exixten grados y por consiguiente diferentes grados de afectación funcional. Será necesario hacer una valoración y dotar a estos padres y madres de los recusrso necesarios a través del entrenamiento y desarrollo de habilidades y competencias. Hay que tener en cuenta que siempre se ha de priorizar el interés del menor. 4.4.- ¿Cuál es la función de la preadopción? Señala las características que tiene esta medida. El acogimiento preadoptivo suele tener lugar antes de que se formalice de manera legal la adopción y cuando se cumplen los requisitos previos a la adopción, tanto por parte de la familia de acogida como del menor. No obstante, la situación no es igual que cuando la adopción se hace efectiva, porque aunque la familia acoge al menor y se encarga de su cuidado, la tutela del menor corresponde al Estado. La duración máxima de un acogimiento preadoptivo es de un año, aunque puede variar desde los dos meses hasta alcanzar el máximo permitido. Generalmente, los acogimientos preadoptivos acaban con la adopción definitiva del menor, en la que los padres biológicos pierden la patria potestad, aunque pueden darse casos excepcionales en los que la preadopción no concluya con la adopción del menor. 4.5.- ¿De qué manera estuvo presente el interés del menor en la decisión judicial que obligó a Diego a vivir en un centro de menores de Salamanca? El intrés del menor estuvo present al valorarse la presencia de factores de riesgo de situaciónes de negligencia c por parte de sus padres, como: falta de habilidades de la madre, ino atender las necesidades básicas de Diego, inestabilidad psíquica de los progenitores, falta de red de apoyo social en casos de crisis de los progenitores, indicios de mendicidad, constancia de faltas de asistencia al colegio,… Aunque puedan existir situaciones en las que no está clara la intencionalidad de maltrato al menor, existen momentos en los que los padres pueden descuidar, sin quererlo o saberlo, necesidades importantes del niño (negligencia). 4.6.- Habrás observado que por debajo de toda la polémica, están los aspectos legales de la situación. ¿A qué conceptos estudiados se hace referencia (patria potestad, guarda y custodia, adopción)? Establece la diferencia entre los tres conceptos para poder razonar tu respuesta. La patria potestad son los deberes y derechos en relación con los hijos, la capacidad de decidir sobre ellos y representarlos a ellos y a sus bienes hast a que sean mayores de edad. La madre de Diego perdió la patria potestad asumiendo su tulela la administración.
La guarda y custodia: es el hecho de cohabitar con los hijos/as, de cuidarlos y convivir con ellos. La guarda de Diego ha pasado de su madre a los servicios sociales que la ceden a la familia de acogida o centro de menores y también ha estado en manos de su tía como familia extensa. La tutela es una institución jurídica que tiene por objeto la guarda de la persona y sus bienes, o solamente de los bienes o de la persona, de personas menores o declaradas incapacitadas,cuando la familia biológica no puede ejercer la patria potestad. En un acogimieto familiar permanente la tutela por decisión judicial la tiene la familia acogedora. Adopción: figura jurídica mediante la cual un niño o una niña se convierte en hijo o hija de una nueva familia cuando su familia de origen no puede cuidarle. Los padres biológicos pierden todos los vínculos jurícos y tanto l tutela del menor como la guarda pasan a manos de los nuevos padres. 4.7.- ¿Crees que se podría hablar de maltrato en el caso de Diego? ¿De qué tipos de maltrato? Ayúdate de los indicadores de maltrato para razonar tu respuesta. Existen indicadores de maltrato en el caso de Diego que hacen pensar en la existencia de un maltrato pasivo, con situaciones en las que aunque no está clara la intencionalidad de maltrato al menor, existen indicios de que los padres pueden descuidar, sin quererlo o saberlo, necesidades importantes del niño. - negligencia física: desatienden sus necesidades báscas. - negligencia emocional: falta de expresiones de sentimientos de amor, afecto o interés por él, falta de respuetas por parte de los padres a la proximidad e interaación iniciadas por el niño. INICADORES Indicadores físicos: señales que pueden observarse en cualquier parte del cuerpo como las heridas, magulladuras, fracturas, retraso en el desarrollo, … o a aquellas manifestaciones físicas como el peso, la talla, la apariencia,… Con la información que tenemos no podemos destacar indicadores físicos de maltrato. - Indicadores comportamentales: hacen referencia a aquellas conductas y emociones de los niños que son consecuencia, inmediata o a largo plazo, del estrés padecido en la situación de maltrato. No tenemos información sobre la existencia de indicadores comportamentales. - Indicadores académicos: Hacen referencia a las características del comportamiento del menor que afectan directamente a los resultados académicos. El colegio al que acudía Diego realizó un informe en el que refiere el absentismo escolar continuado, lo que se considera un indicador académico de maltrato. - Indicadores comportamentales de los padres: se refieren a la conducta y actitudes que los padres manifiestan en relación a sus hijos, así como su implicación en su cuidado y en la educación. Las crisis de la enfermedad psiquiátrica de la madre impiden una implicación y cuidado constante hacia su hijo. Además existen indicios de que la madre de Diego podría estar mendigando con el niño. El Colegio Público San Francisco, de Ciudad Rodrigo, informósobre las continuas faltas de asistencia, retrasos en la entrada al centro educativo y demoras de la madre en la recogida del niño al acabar las clases. más las graves dolencias mentales que padecen los padres y la carencia de apoyos familiares. 5.- Lee el artículo que aparece en el enlace “ Maltrato Institucional del Niño”, y haz una exposición en donde muestres tu opinión sobre el mismo. Definimos el maltrato institulcional como cualquier procedimiento, legislación, actuación u omisión de los poderes públicos o de la actuación individual que comporte abuso, negligencia, detrimento de la salud, de la seguridad, del estado emocional, del bienestar físco, de la correcta maduración o que viole los derechos básicos del niño/a. Al hablar de maltrato institucional, nos referimos a las inadecuadas ó insuficientes prácticas llevadas a cabo por los siguientes sectores: ámbito sanitario, justicia, educación, servicios sociales, centros de acogimiento/ familias sustitutas, medios de comunicación, asociaciones para la prevención del maltrato infantil y ONGs. Incluye tanto las formas más conocidas de malos tratos llevadas a cabo extrafa-
miliarmente - físico, negligencia, emocional, sexual -, como de los programas - educación, salud, nutrición, sociales - y de los sistemas sociales - políticas públicas y/o sociales - inadecuadas. El
texto
plantea
una
serie
de
fallos
respecto
al
sistema
de
protección
que
yo
comparto:
- las situaciones de maltrato no son siempre claras (maltrato evidente que conduce a la retirada del menor y la inculpación penal de los padres): - los protocolos de actuación han de ser siempre personales e individuales teniendo en cuenta que detrás de cada expediente hay siempre un menor , cuyo interés ha de estar por encima, y una familia. Para ello sería interesante iniciar programas de protección que estén vivos, es decir supervisando cada uno de los objetivos y de las tareas de cada caso y trabajndo de manera coordinada haciendo evaluación uy seguimiento de los casos. - se hace refenrencia en el artículo de los muchos casos que atienden los profesionales del ámbito en cuestión y d e la angustia con la que trabajan. Quizás sería intersante oxigenar a este colectivo que muy posiblemete trabajen por encima de sus recursos materiales y personales motivándolos y llevando a cabo, por ejemplo políticas de formación continua, más profesionales trabajando por el intere´s de los menores para descargar a los profesionales, incentivos que aumenten su motivación, etc. En definitiva son personas trabajando para personas, son fundamentales y es mecesario tenerlos en cuenta aumentando los recusrsos materiales y personales. - es reponsabilidad de todos : el maltrato no sólo hace refenrecia a las personas que activamente realizan una acción. También el mirar hacia otro lado y no asumir nuestra responsabilidad forma parte del maltrato. Los profesionales que atienden a los niño/as por sus profesión o función gozan de una situación privilegiada para poder afrontar estos casos y poner así en marcha los recussos necesarios para solucionar las diversas situaciones de maltrato. Para ello existen protocolos y documentos concretos que nos sirven para este fin como el que elaboró el Observatorio de la Infnacia y que cada Comunidad Autónoma adapta. - siempre y por encima de todo ha de primar la supremacia del interés del menor: nuestros jueces, políticos, etc. no debería nde olvidarlos nunca. Estamos antes una situación económica-social que ha sumido a muchas familias en situaciones realmente lamentables ( no debería npore ejemplo congelarse las becas de comedor a pesar de que ha aumentado el alumnado y ha empeorado la situación económica de las familias.). - Todos debemos promover políticas de prevención del maltrato institucional a la infancia y adolescencia en todos los ámbitos.