NTE INEN 1639 (1988) (Spanish): Aceite comestible de palma africana. Determinación del punto de enturbiamiento enturbiamiento (Cloud Point)
CDU: 665.353.3
Norma Técnica Ecuatoriana Obligatoria
n ó i c c u d o r p e r a l a d i b i h o r P – r o d a u c E o t i u Q – o r g a m l A y 9 2 8 E o n e r o M o z i r e u q a B – 9 9 9 3 1 0 7 1 a l l i s a C – N E N I , n ó i c a z i l a m r o N e d o n a i r o t a u c E o t u t i t s n I
AL 02.07-316
ACEITE COMESTIBLE DE PALMA AFRICANA. DETERMINACIÓN DEL PUNTO DE ENTURBIAMIENTO (CLOUD POINT)
INEN 1 639 1988-04
1. OBJETO 1.1 Esta norma establece el método para la determinación del punto de enturbiamiento en el aceite comestible de palma africana.
2. DEFINICION 2.1 Punto de enturbiamiento. Es la temperatura a la cual, bajo condiciones de este ensayo, se induce una nubosidad o enturbiamiento en la muestra, que es producto del primer estado de cristalización.
3. MÉTODO DE ENSAYO 3.1 Instrumental 3.1.1 Tubo de ensayo de 25 x 150 mm y espesor uniforme de pared 1,5 mm 3.1.2 Termómetro con escala de -10°C a + 100°C, con divisiones de 0,5°C. 3.1.3 Baño de agua, Recipiente cilíndrico con agua y hielo picado, que permita mantener un baño a °
temperatura constante, (5 C bajo el punto de enturbiamiento).
3.1.4 Estufa 3.1.5 Soporte universal con pinza 3.2 Preparación de la muestra 3.2.1 Si la muestra de aceite comestible de palma contenida en un envase no se presenta de aspecto °
claro o tiene sedimento, se debe homogeneizar; calentar en una estufa a 40 C; mover varias veces el envase hasta que la muestra se presente de aspecto límpido y transparente.
3.2.2 Filtrar la muestra homogenizada a través de papel filtro cualitativo que contenga sulfato de sodio anhidro. Realizar esta operación dentro de la estufa para obtener la muestra filtrada libre de humedad.
3.2.3 La muestra debe estar completamente seca antes y durante el ensayo. 3.3 Procedimiento
(Continúa) -1-
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3.3.1 La muestra filtrada (80 - 90 cm3) calentar en una estufa a 80°C . 3.3.2 Inmediatamente poner 35 cm3 de muestra en el tubo de ensayo 3.3.3 Asegurar el tubo de ensayo en el soporte universal y colocarlo en el baño de agua. 3.3.4 Comenzar el enfriamiento, agitando lo suficiente el baño de agua para mantener uniforme la temperatura. El tubo de ensayo debe mantenerse de manera que el nivel superior de la muestra esté al nivel del agua del baño.
3.3.5 Cuando la muestra está a 15°C sobre un supuesto punto de nube, mover el termómetro en la muestra, de modo vertical y circular, rápida y uniformemente, para evitar el sobre enfriamiento y cristalización de la muestra en las paredes del tubo de ensayo.
3.3.6 Cuando se realice el movimiento del termóm etro, evitar la incorporación de burbujas de aire en la muestra, las cuales interfieren con la prueba.
3.3.7 Retirar el tubo de ensayo del baño para inspecciones regulares. 3.3.8 Tomar la temperatura o punto de enturbiamiento el momento en que la porción del termómetro que está sumergido en la muestra no sea visible al observarse horizontalmente a través del tubo.
3.3.9 Repetir el ensayo manteniendo la temperatura del baño 5°C bajo la temperatura de enturbiamiento determinada en la primera prueba.
3.3.10 Efectuar varias determinaciones (por lo menos 3) del punto de enturbiamiento y sacar la media °
aritmética de los resultados sin que la diferencia entre ellos exceda de 0,5 C.
3.4 Reporte de resultados 3.4.1 Como resultado final debe reportarse la media aritmética de los resultados de las determinaciones del punto de enturbiamiento.
3.5 Informe de resultados 3.5.1 En el informe de resultados deben indicarse: a)
identificación de la muestra,
b)
norma INEN de referencia,
c)
resultado obtenido,
d)
fecha de análisis,
e)
nombre del laboratorio que realiza el análisis,
f)
nombre del laboratorista. (Continua) -2-
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APENDICE Z Z.1 NORMAS A CONSULTAR Esta norma no requiere de otras para su aplicación.
Z.2 BASES DE ESTUDIO Codex Alimentarius. Codex Stam 125-1981. Norma del Codex para el Aceite de Palma Africana comestible. Ettienne Deffense. Fractionnement Tirtiaux. Fractionation of Palm Oil JAOCS Vol 62 Nor. 2 February 1985. AOCS Official Method Cc 6-25 Reapproved 1973. Cloud Test.
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INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Documento:
TITULO: ACEITE COMESTIBLE DE PALMA AFRICANA. Código: NTE INEN 1639 DETERMINACIÓN DEL PUNTO DE ENTURBIAMIENTO. AL 02.07-316 (CLOUD POINT) ORIGINAL: REVISIÓN: Fecha de iniciación del estudio: Fecha de aprobación anterior por Consejo Directivo Oficialización con el Carácter de Por Acuerdo No. de Publicado en el Registro Oficial No. de Fecha de iniciación del estudio: Fechas de consulta pública: de
a
La Dirección General, considerando la necesidad de contar con normas que regulen la producción de grasas y aceites comestibles dispuso la formulación de esta norma; habiéndose iniciado su estudio en 1986-12-03. Subcomité Técnico: AL 02.07 GRASAS Y ACEITES COMESTIBLES Fecha de iniciación: Fecha de aprobación: 1987-10-30 Integrantes del Subcomité Técnico:
NOMBRES:
INSTITUCIÓN REPRESENTADA:
Ing. Guillermo Abad (Presidente) Ing. Washington Gaibor (Vicepresidente) Dra. Magdalena Báus Dra. Consuelo Alvario Ing. Mario Villacrés Ing. Fabián Regalado Sr. Wolfgang Klein Ing. Leonardo Pérez Ing. César Loaiza Ing. Mario Alzamora Dr. Wilson López Ing. Juan Armaza Dra. Esther Morales Ing. Teresa Briones de Armijos Ing. Mario Álvarez Dr. Ramiro Gallegos Ing. Bolívar Viera
FABRICA DE ACEITES LA FAVORITA MICIP MINISTERIO DE SALUD PUBLICA INHMT - GUAYAQUIL CENDES DANEC S. A. INDUSTRIAS ALES C. A. INDUSTRIAS ALES C. A. ANCUPA ANCUPA EPACEM OLEICA OLEICA PHIDAYGESA UNIVERSIDAD TECNICA DE AMBATO INEN INEN
Otros trámites: !4 Esta norma sin ningún cambio en su contenido fue DESREGULARIZADA, pasando de OBLIGATORIA a VOLUNTARIA, según Resolución de Consejo Directivo de 1998-01-08 y oficializada mediante Acuerdo Ministerial No. 235 de 1998-05-04 publicado en el Registro Oficial No. 321 del 1998-05-20 El Consejo Directivo del INEN aprobó este proyecto de norma en sesión de 1988-04-13 Oficializada como: OBLIGATORIA Registro Oficial No. 949 de 1988-06-03.
Por Acuerdo Ministerial No. 229 de 1988-05-20
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