Contabilidad General y Tesorería I.E.S. Extremadura (Montijo)
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1. INTRODUCCIÓN: Es un impuesto que pretende gravar, a través de un procedimiento especial, la adquisición de bienes y servicios por el consumidor. Al ser un impuesto que grava el consumo, no representa ni un ingreso ni un gasto para el empresario o profesional, quien realmente paga el IVA es el consumidor final que utiliza los bienes y servicios para satisfacer sus necesidades. Por ejemplo, cada vez que compramos unos zapatos o se abona el recibo de la luz se paga el IVA que afecta a estos bienes.
2. CARACTERÍSTICAS BÁSICAS DEL IMPUESTO. ¿A
quién grava el IVA? Grava a quien adquiere un bien o un servicio a un empresario o profesional que actúa en el desarrollo de d e su actividad; también están gravadas las importaciones. ¿Qué está gravando el IVA? En general, el IVA grava las ventas de bienes o las prestaciones de servicios, realizadas por empresarios o profesionales, con carácter habitual u ocasional, en el desarrollo de su actividad empresarial o profesional. ¿Cómo se calcula? Se calcula aplicando un porcentaje sobre el valor de los bienes o servicios vendidos. Actualmente rigen los siguientes porcentajes:
Se aplica a artículos de primera necesidad, por ejemplo, pan 4% Tipo superreducido común, leche, quesos, huevos, frutas, verduras, libros, revistas, periódicos, medicamentos para uso humano. Se aplica a alimentos en general, aguas, flores y plantas, viviendas 8% en general, especialidades farmacéuticas para fines veterinarios, Tipo reducido transportes de viajeros, hostelería. 18% Se aplica a los bienes y servicios a los que no corresponda aplicar Tipo general los tipos anteriores. ¿Dónde
tiene aplicación el impuesto? El IVA será de aplicación obligatoria en el territorio peninsular y en las Islas Baleares y no en las operaciones realizadas en Canarias, Ceuta y Melilla. Esto significa que las ventas que se destinen a estos territorios tendrán el mismo trato que las exportaciones (no se repercutirá IVA), y las compras el de las importaciones (habrá que soportar IVA).
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3. PROCEDIMIENTO DE RECAUDACIÓN. El IVA, aunque es un impuesto previsto para gravar en última instancia al consumidor por el valor de los bienes y servicios que compran, es recaudado por la Hacienda Pública, poco a poco, a lo largo del proceso productivo y lo hace exigiendo a cada empresa que produce bienes y servicios el impuesto sobre la parte del valor que ha sido añadido por ella. El fabricante, soporta IVA por las materias primas que compra y cuando las transforma y las vende repercute IVA por los productos vendidos pero el fabricante no se queda con la cantidad de impuesto repercutida sino que ha de devolvérsela a Hacienda una vez descontada la cantidad de IVA que soportó por la compra de sus materias primas, por la luz que usó en el proceso de transformación, por el teléfono, etc. Esto puede parecer complicado pero, en la realidad, sólo es cuestión de guardar las facturas y hacer cálculos para obtener la diferencia entre las cantidades de IVA que el empresario soportó y las que ha repercutió, tras lo cual quedará claro si el empresario debe dinero a la Hacienda o la Hacienda se lo debe a él porque el IVA no puede supone ni un ingreso ni tampoco un gasto para los empresarios , que simplemente actúan como intermediarios en la recaudación de este tributo.
Por un lado, el empresario o profesional, paga el IVA en las adquisiciones de todos los bienes y servicios que realice, es decir, soporta IVA, ya sea para venderlos sin transformar o para incorporarlos en la elaboración de los bienes o servicios que produce. Por otro lado, recupera el IVA en las ventas de sus productos o en la prestación de sus servicios, es decir, repercute IVA. Posteriormente, mensual o trimestralmente, según los casos, presentarán a la Hacienda Pública unas declaraciones de las operaciones que hayan efectuado durante el período anterior. Esas declaraciones eran acompañadas de la liquidación o cálculo del impuesto que deben ingresar en la Hacienda pública.
M.P.
FABRIC.
MINORISTA MINORISTA
Soporta IVA, que posteriormente posteriormente Repercut e
Soporta IVA que posteriormente repercute
Liquida con H.P.
Liquida con H.P.
CONSUM FINAL Es el que soporta el IVA, realmente. realmente .
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4. REGÍMENES DEL IVA. Existe un régimen general y diversos regímenes especiales, entre los que se encuentran los regímenes especiales de la agricultura, ganadería y pesca, el de los bienes usados, el de las agencias de viajes etc. En esta unidad nos limitaremos a ver la contabilidad del Régimen General y el especial de Recargo de Equivalencia.
4.1.- RÉGIMEN GENERAL: ¿Quién/es tributan en este régimen?: La mayoría de los empresarios y profesionales deben tributar por el régimen general de IVA, que se aplica cuando no procede aplicar ninguno de los regímenes especiales. De manera MUY resumida, se puede decir que en este régimen tributan: Industriales y comerciantes mayoristas, salvo que pudieran tributar en el • simplificado Los empresarios del sector servicios, salvo los casos que pudieran hacerlo en el • simplificado. Los profesionales, • • Artistas Deportistas…… •
¿Qué obligaciones tienen?:
Deberán emitir factura completa por todas las ventas realizadas y conservar una copia de las mismas. Deberán exigir al proveedor que haga factura por las operaciones realizadas con él, factura que deberá ser conservada como documento justificativo del IVA soportado. Deberán llevar los siguientes libros: Libro registro de facturas expedidas • Libro registro de facturas recibidas. • Libro registro de operaciones intracomunitarias. • Deberán hacer declaración-liquidaciones trimestrales de IVA
¿Qué es y cómo se s e hace una declaración-liquidación de IVA? Trimestralmente, los empresarios y profesionales hacen las liquidaciones de IVA que consisten en calcular la diferencia entre el IVA repercutido (que el empresario o profesional ha trasladado a sus clientes) y el IVA soportado (que él ha pagado en sus compras. IVA REPERCUTIDO – IVA SOPORTADO
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Como el IVA no puede suponer ni un gasto ni un ingreso para el empresario: • Cuando IVA Repercutido > IVA Soportado : el empresario tiene que devolver la diferencia a Hacienda, es decir que la Hacienda Pública será acreedora del empresario • Cuando IVA Repercutido < IVA Soportado : Hacienda le tiene que devolver la diferencia al empresario, es decir, que la Hacienda Pública será deudora del empresario
Cuando es el empresario el que debe pagar a Hacienda, lo hará lo antes posible, pudiendo realizar de forma telemática todos los trámites. Por el contrario, cuando es Hacienda quien le debe al empresario, sucederá lo siguiente: Si las cantidades a devolver son en cualquiera de las tres primeras liquidaciones del año, se usarán para compensar posibles declaraciones d eclaraciones positivas posteriores. Si llegada la cuarta liquidación, aún resultara que Hacienda le debe dinero al empresario, éste puede optar por solicitar la devolución o que dichos importes sirvan para compensar posibles declaraciones en su contra a lo largo del siguiente ejercicio económico.
La liquidaciones de IVA se hacen el modelo 300, dentro de los 20 primeros días de los meses de abril, julio y octubre, es decir en los 20 primeros días del mes siguiente al término de cada trimestre. En cuanto a la liquidación del último trimestre, se hará entre los días 1 a 30 de enero del siguiente año y, junto con ella habrá que presentar el modelo 390 donde consta el resumen de todas las operaciones oper aciones del año. Para ver los modelos 300 y 390, así como la legislación que afecta al IVA, el calendario del contribuyente y mucha más información, puedes entrar en la página de la Agencia Tributaria:
http://www.aeat.es Las liquidaciones de IVA se hacen de forma trimestral en los primeros días del mes siguiente al término del trimestre. • Durante los 3 primeros trimestres se hace en el modelo 300 • En el cuarto trimestres, además del modelo 300 hay que cumplimentar el 390 de resumen de las operaciones •
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4.2.- RÉGIMEN ESPECIAL DE RECARGO DE EQUIVALENCIA: ¿Quién/es tributa/n en este régimen?: Es obligatorio para todos aquellos minoristas que sean personas físicas y que comercialicen productos al por menor, quedando exentos todas aquellas sociedades con personalidad jurídica, así como aquellos productores que realicen prestaciones de servicios o que compren productos y los vendan habiéndolos transformado, como por ejemplo los fabricantes. Las comunidades de bienes también están incluidas en este régimen al no tener personalidad jurídica. Están exceptuados de este régimen aunque estén incluidos en la definición, los vendedores de joyas, prendas de piel, vehículos a motor, embarcaciones y buques, aviones, objetos de arte originales entre otros.
¿Qué obligaciones tienen?:
El minorista debe comunicar a sus proveedores su circunstancia de estar incluido en este régimen, de forma que las facturas que reciba incluirán, además del IVA el recargo de equivalencia que dependerá del porcentaje de IVA aplicado, así:
% de IVA % de recargo 18% 4% 8% 1% 4% 0,5% Sólo los proveedores del minorista en recargo le facturarán con recargo, no sus acreedores, de forma que sus recibos de luz o las facturas del asesor, por ejemplo, sólo llevarán IVA, no recargo. En sus ventas, el minorista repercutirá IVA pero no recargo. No están obligados que emitir facturas ni a llevar libros de registro. A pesar de ello hay que recordar que algunos de los posibles clientes de estos minoristas SÍ necesitan factura para justificar sus cantidades de IVA soportado, así pues, en aquellos casos en que el cliente lo solicite, el minorista deberá hacer la correspondiente factura. No están obligados a realizar autoliquidaciones ni a ingresar el impuesto, por tanto, tampoco podrán deducirse el IVA soportado. Por el contrario, los proveedores de estos minoristas sí liquidarán a Hacienda, tanto el IVA como el recargo de equivalencia facturado junto con él.
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5. CONTABILIZACIÓN DEL IVA. En general, la contabilidad del IVA no representa grandes complicaciones pero debes tener en cuenta que el régimen de IVA al que pertenece el empresario determina la forma de contabilizar el impuesto.
5.1.- CUENTAS PARA LA CONTABILIZACIÓN: Para la contabilización del IVA nos serviremos de las cuentas siguientes del PGC, cada una de las cuales puede ser desglosada, como ves, en tantas cuentas como sean necesarias para reflejar la situación que se quiere contabilizar. ♦ ♦
♦ ♦
(472) H.P. IVA soportado (477) H.P. IVA repercutido (477-18) H .P. IVA repercutido al 18% (477-8) H. P. IVA repercutido al 8% (477-4) H. P. IVA repercutido al 4% (477-184) H. P. IVA repercutido recargo 4% (477-81) H. P. IVA repercutido recargo 1% (477-405) H. P. IVA repercutido recargo 0,5% (470) H.P. deudora por diversos conceptos (4700) H.P. deudora por IVA. (475) H.P. acreedora por conceptos fiscales. (4750) H.P. acreedora por IVA.
5.2.- CONTABILIZACIÓN DEL IVA EN EL RÉGIMEN GENERAL: cuenta 477 Hacienda Pública, IVA repercutido , recogerá el IVA que la empresa vendedora carga a sus clientes con motivo de la entrega de bienes o prestación de servicios. El asiento que hará una empresa cuando vende o presta un servicio será como el siguiente
La
DEBE (430) Clientes
HABER (700) Venta de mercaderías O (705) Prestación de servicios a (477) H.P. IVA repercutido (% sobre la B.I., importe de la venta o precio del servicio)
cuenta 472 Hacienda Pública, IVA soportado, recoge el IVA soportado por los compradores de bienes o servicios durante el período impositivo, siempre que tenga la
La
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condición de deducible. El asiento que hará una empresa cuando compra mercaderías o adquiere algún servicio será el siguiente:
DEBE
HABER
(600) Compra de mercaderías 0 (60)Cuenta de gastos (472) H.P. IVA soportado (% sobre el importe de la compra o el precio del gasto)
a (400) Proveedores
Trimestralmente,
los empresarios y profesionales hacen las liquidaciones de IVA que, como ya se ha explicado anteriormente, consisten en calcular la diferencia entre el IVA repercutido (que el empresario o profesional ha trasladado a sus clientes) y el IVA soportado (que él ha pagado en sus compras). •
•
Si la cantidad recogida de IVA repercutido es superior a la pagada por IVA soportado, el empresario deberá entregar la diferencia a Hacienda, mientras se lo debe lo anotará en la cuenta 4750“H.P. acreedor por IVA”. Si la cantidad recogida de IVA repercutido es inferior a la pagada por IVA soportado, el empresario deberá reclamar a Hacienda esa diferencia, mientras no se cobre se contabilizará en la cuenta 4.700 “H. P., deudor por IVA”.
La liquidación es muy sencilla de contabilizar, sólo hemos de cerrar las cuentas: “H.P. IVA soportado” y “H.P.IVA repercutido”, como en el siguiente ejemplo: Supongamos un empresario que ha recaudado un total de 1.000€, en concepto de IVA repercutido por sus ventas, y ha pagado un total de 900€ de IVA soportado en sus operaciones de compra. En su Libro Mayor tendrá:
H.P. IVA SOPORTADO 900,00
H.P. IVA REPERCUTIDO 1.000,00
Para contabilizar la liquidación de IVA se hará el siguiente asiento en el Libro Diario:
DEBE
HABER
1.000,00 (477) H.P. IVA repercutido
(472) H.P. IVA soportado a (4750)H.P. acreedor por IVA Cuando se pague la deuda a la H.P.
100,00 (4750)H.P. acreedor por IVA
a (57) Bancos o Caja
900,00 100,00 100,00
Si la cantidad de IVA soportado fuera mayor que la del repercutido, la H.P. sería deudora del empresario y lo habríamos reflejado en la cuenta 4700 “H.P. deudor por IVA”.
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MUEBLES MANZANARES es una empresa que se dedica a la distribución de muebles al por mayor y tributa en el régimen general de IVA. Las operaciones realizadas durante el primer trimestre son: 1. 2. 3. 4. 5.
Compra muebles por valor de 6.000€ que pagará mediante letras. IVA 18% Venta de muebles a un hotel por 3.000€, que pagarán en 20 días. IVA 18%. Paga el recibo de la luz, que estaba domiciliado por 200€. Vende muebles muebles a crédito, mediante mediante letras, letras, por 4.000€. IVA 18%. Liquidación de IVA del primer trimestre.
DEBE 1
HABER
6.000,00 600 Comp de mercaders 1.080,00 472 H.P. IVA soportado
a Prov, ef com a pagar
401
7.080,00
a Vta de mercaderias mercaderia s
700
3.000,00
477
540,00
572
236,00
700
4.000,00
477
720,00
472
1.116,00
(0,18 * 6.000) 2
3.540,00 430 Clientes
H.P. IVA repercuti (0,18 * 3.000) 3
200,00 628 Suministros 36,00 472 H.P. IVA soportado
Bancos C/C
(0,18 * 200) 4
4.720,00 431 Cli, ef com a cobrar
a Vta de mercaderías H.P. IVA repercut (0,18 * 4.000)
5
1.260,00 477 H.P. IVA repercut
a H.P. IVA soportado a H. P acreed por IVA
475 0
144,00
5.2.- CONTABILIZACIÓN DEL IVA EN EL RÉGIMEN ESPECIAL DE RECARGO DE EQUIVALENCIA: este régimen no usarán la cuenta 472 Hacienda Pública, no están obligados a hacer liquidaciones de IVA, no es necesario que lo tengan contabilizado. Así pues, tanto el IVA soportado como el recargo de equivalencia lo contabilizarán como mayor importe de la compra. Cuando venden o prestan servicios tampoco usan la cuenta 477 Hacienda Pública IVA repercutido, así pues, aún cuando tengan que hacer facturas de venta con IVA, éste lo contabilizarán como mayor importe de la venta. El proveedor del monista que se encuentra en este régimen, está obligado a incluir en la factura no sólo el IVA sino también el recargo de equivalencia oportuno. Los minoristas que están en IVA soportado , pues como
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La propietaria de una floristería que tributa en el régimen especial de recargo de equivalencia ha realizado las siguientes operaciones: 1.
2.
Compra de mercancía por importe de 3.000€ que se pagarán en 15 días. El proveedor le ha facturado por la mercancía más un 8% de IVA y un 1% de recargo de equivalencia. Venta de flores a “Funeraria La Estrella” por valor de 500€. El gerente ha pedido factura por la operación que se ha cobrado mediante cheque.
DEBE 1
HABER
3.270,00 600 Comp de mercaders (3.000+3.000*0,08 +3.000*0,01)
2
540,00 572 Bancos C/C
a Prov, ef com a pagar
401
3.270,00
a Vta de mercaderias mercaderia s
700
540,00
(500+0,08*500)
El asiento contable que haría el proveedor por la venta de mercancía del punto 1 del ejemplo sería:
DEBE 1
3.270,00 340 Clientes
HABER a Vta de mercaderías mercadería s
700
3.000,00
a H.P. IVA repercutd
477
240,00
(0,08 * 3.000)
a H.P. IVA recargo eq (0,01 * 3.000)
30,00
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La empresa COLORINES, S.L. se dedica a la compra-venta al por mayor de artículos de regalo y los saldos de sus cuentas cuentas al 1-1-2.0x1 son: Bancos c/c: 20.000€; Elementos de transporte: 3.000€; Exist. Mercaderías: 2.000€; Mobiliario: 700€; Clientes: 2.500€; H.P. acreedor por IVA: 300€; Proveedores: 4.000€; Deudas a c.p. con entidades de crédito: 2.000€; Caja: 5.000€. Cifra de Capital a determinar. Durante el primer trimestre realiza las siguientes operaciones:
1. 2. 3.
Paga por banco el importe de la liquidación del I VA del último trimestre del ejercicio anterior. Compra mercaderías a crédito por 5.000€. IVA 18%. Vende mercaderías mercaderías a crédito por 7.000€. IVA 18%. Durante el segundo trimestre realiza las siguientes operaciones:
4.
En abril del x1, efectúa la liquidación de IVA correspondiente a primer trimestre del año e ingresa en Hacienda el resultado de la misma, a través de la C/C bancaria de la empresa.
5. 6. 7.
Compra mercaderías a crédito por 6.000€. IVA 18%.
8.
Con motivo de la visita de un cliente se le invita a comer, junto con el jefe de ventas de la empresa, en un restaurante de la localidad. La minuta asciende a 100€ más 8% de IVA, que se pagan en efectivo. (IVA soportado no deducible)
9.
Se paga la nómina del personal, por Banco, que asciende a 2.800€.
Vende mercaderías a crédito por 8.000€. IVA 18%. Compra unas estanterías para el almacén por 3.500€. IVA 18%. La mitad de la deuda se paga con cheque y la otra mitad se pagará dentro de 10 meses.
Durante el tercer trimestre realiza las siguientes operaciones:
10. 11. 12.
Liquidación de IVA correspondiente al segundo trimestre. Paga el préstamo, que aparece en las cuentas iniciales. Compra mercaderías a crédito por 7.000€. IVA 18%. Durante el cuarto trimestre realiza las siguientes operaciones:
13. 14. 15. 16. 17.
Liquidación de IVA correspondiente al tercer trimestre. Compra mercaderías a crédito, mediante letras, por 5.000€. IVA 18%. Vende mercaderías por 6.500€. IVA 18%, el cliente acepta efectos. Paga los portes de la venta anterior 400€. IVA 18%, en efectivo. Paga el arreglo del camión: 500€. IVA 18%. En efectivo
Se pide: ♦ Anotaciones en los libros Diario y Mayor. Mayor. ♦ Regularización de las existencias (teniendo en cuenta que las existencias finales de mercaderías mercaderías están valoradas en 2.700€) y cálculo del resultado del ejercicio. ♦ Asiento de cierre. ♦ Balance de Situación Final.
AÑO 2.0X2 En enero de este año, contabiliza los asientos correspondientes a la liquidación de IVA del cuarto trimestre del año x1, así como la oportuna liquidación con Hacienda, efectuando el cobro/pago correspondiente a través de la cuenta corriente bancaria de la empresa.
“IVA soportado no deducible” : se refiere a cantidades de IVA soportado que no sean deducibles, en cuyo caso se contabilizan como mayor importe del precio del bien adq uirido o del servicio recibido.
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La señorita Belén Ortega, cotizada tertuliana en los más prestigiosos programas de divulgación científica de la televisión nacional, ha decidido aparcar su prometedora carrera televisiva para dedicarse a su verdadera pasión: montar y dirigir un “Todo 100” con encanto y glamour en uno de los mejores locales de la Milla de Oro madrileña. Para dicha empresa se ha constituido en comunidad de bienes con su buen amigo José Javier Blázquez y, por tratarse de un comercio al por menor trabajarán con el régimen de recargo de equivalencia. Algunas de las operaciones realizadas durante el año 2.0XX son: 1.
Asiento de apertura a principios del año 20XX, con los siguientes elementos: ELEMENTOS DE ACTIVO ELEMENTOS DE PASIVO Y NETO
Mobiliario del local Dinero en cuenta corriente Ordenadores Existcs íncales de mercancías
18.000,00 Préstamo bancario a L.P. 6.000,00 Deuda con los proveedores proveedores 1.300,00 Capital 9.000,00
4.000,00 2.000.00 28.300,00
Compra de mercaderías a “BAZAR ASIA, S.L.” por importe de 3.400€ que pagará mediante una letra con vencimiento en 3 meses. El proveedor factura con un IVA del 18% y un recargo de equivalencia del 4%. 3. Conocedora de la importancia de una estética adecuada y diferenciadora para atraer público a su establecimiento ha decidido reformar el local pintándolo de rojo y amarillo y decorándolo con motivos taurinos. Las reparaciones ascienden a 1.400€ que factura “OTILIO Y BENITO, S.L.L” más un 18% de IVA. El pago se efectúa mediante transferencia. 4. Durante la primera semana del año ha efectuado ventas por valor de 3.500€, IVA incluido. Todas ellas cobradas en efectivo. 5. El gerente de la tienda de bolsos LOEWE, próximo al local de la señorita Ortega, es amigo personal de la misma y le ha comprado clinex, papel higiénico y productos de limpieza para el año en curso. Para tener constancia de tal operación ha solicitado la factura que asciende a 800€ más el 18% de IVA. El gerente de LOEWE paga con un cheque al portador. 6. Ventas por importe de 2.500€, IVA incluido, cobradas en efectivo. 7. Compra a “BAZAR ASIA, S.L.” una partida de ositos dorados de la suerte por importe de 2.000€. La factura incluye el 18% de IVA más un 4% de recargo. Se paga con cheque. 8. Paga la prima del seguro contra incendios por 500€. Estaba domiciliada. 9. Paga el recibo de la luz por 200€ más un 18% de IVA. También domiciliado. SE PIDE: a. Contabilizar las operaciones relacionadas con la empresa BAZAR DEL PUEBLO b. Contabilizar las facturas de venta de la empresa BAZAR ASIA, S.L., que aparecen en los puntos 2 y 7 del ejercicio. 2.
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CONTABILIDAD CONTABILIDAD SEGÚN EL RÉGIMEN GENERAL DE IVA
DEBE 20.000,00 3.000,00 2.000,00 700,00 2.500,00 5.000,00
1) 2)
3)
300,00
HABER
570
Bancos c/c Elem de transporte Exist de mercad Mobiliario Clientes Caja
475 0
Proveedores Deudas l.p. ent crto Capital social PRIMER TRIMESTRE H.P. acreedor IVA a Bancos c/c
575 218 300 216 430
5.000,00 600 Compra mercader 900,00 472 H.P. IVA soportado 8.260,00 430 Clientes
a H.P. acreedor IVA
475 0
300,00
100
4.000,00 2.000,00 26.900,00
572
300,00
a Proveedores
400
5.900,00
a Vtas de mercader H.P. IVA repercut
700
7.000,00
477
1.260,00
472
900,00
475 0
360,00
572
360,00
400 700
7.080,00 8.000,00
477
1.440,00
572
2.065,00
a Proveed de I c.p.
523
2.065,00
a Caja
570
108,00
a Bancos C/C
572
2.800,00
472
1.710,00
400 170
(0,18 * 7.000)
4)
SEGUNDO TRIMESTRE 1.260,00 477 H. P. IVA repercut a H.P. IVA soportado H.P. acreedor IVA
360,00 5) 6)
475 0
H.P. acreedor IVA
6.000,00 600 Compra mercader 1.080,00 472 H. P. IVA soportado 9.440,00 430 Clientes
Bancos c/C a Proveedores a Vtas de mercaders H.P. IVA repercutid (0,18 * 8.000)
7)
3.500,00 216 Mobiliario 630,00 472 H.P. IVA soportado (0,18 * 3.500)
a Bancos c/c (1/2 de 4.130)
8)
108,00 627 Pub propg y rel publ (100 + 8% de IVA)
9)
10)
2.800,00 640 Sueldos y salarios
TERCER TRIMESTRE 1.440,00 477 H.P. IVA repercut 270,00 470 H.P. deudor por IVA a H.P. IVA soportado 0
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DEBE
HABER
11)
2.000,00 170 Deudas l.p. ent crto
12)
7.000,00 600 Compra de mercad 1.260,00 472 H.P. IVA soportado
a Bancos c/c
572
2.000,00
400
8.260,00
472
1.260,00
401 477
5.900,00 6.500,00 1.170,00
a Caja
572
472,00
a Caja
570
590,00
a Exist de mercader a Variac de existenc
300
2.000,00 2.700,00
a Compra de mercadr Publ prp y rel públ Sueldos y salarios Transportes Reparacs y conserv
600
622
23.000,00 108,00 2.800,00 400,00 500,00
a Restdos del ejercc
129
22.200,00
a Bancos c/c Elem de transporte Exist de mercader Mobiliario Clientes Caja H.P. IVA soportado Clientes ef. Com cob H.P. deudor IVA
572
470 0
12.475,00 3.000,00 2.700,00 4.200,00 20.200,00 3.830,00 1.062,00 7.670,00 1.530,00
Rstdos del ejercicio
129
4.608,00
Proveedores
(0,18 * 7.000)
470 0
CUARTO TRIMESTRE a H. P. IVA soportado H. P. deudor IVA
13)
1.260,00
14)
5.000,00 600 Comp de mercaders 900,00 472 H. P. IVA soportado (0,18 * 5.000)
15)
7.670,00 431 Clt, ef com a cobrar
a Prov, ef com pagar a Vtas. De mercader H.P. IVA repercut
700
(0,18 * 6.500) 16)
400,00 624 Transportes 72,00 472 H.P. IVA soportado (0,18 * 400)
17)
500,00 622 Reparacs y conserva 90,00 472 H.P. IVA soportado (0,18 * 500)
2.000,00 610 Variac de existencs 2.700,00 300 Exist de mercader 26.808,00 129 Resltdos de ejercc
21.500,00 700 Ventas de mercad 700,00 610 Variac de existencs 25.240,00 26.900,00 2.065,00 1.170,00 5.900,00
400 100 523 477 401
Proveedores Capital social Prov de I a C.P. H.P. IVA repercut Prov, ef com a pagar
610 627 640 624
218 300 216 431 570 472 431
Contabilidad General y Tesorería I.E.S. Extremadura (Montijo)
14
M. Reyes F. F.
BALANCE DE SITUACIÓN ACTIVO 218 216
300 430 431 470 0 472
PT. NETO Y PASIVO
ACTIVO NO CORRIENTE Elem de transporte 3.000,00 Mobiliario 4.200,00 ACTIVO CORRIENTE Existencias Mercaderías 2.700,00 Realizable Clientes 20.200,00 Clt, ef com a cobrar 7.670,00 H. P. deudor por IVA 1.530,00
H. P. IVA soportado Disponible 572 Bancos c/ 570 Caja TOTAL ACTIVO
102 129
PATRIMONIO NETO Capital 26.900,00 Result del ejercicio - 4.608,00
400 523 401 477
PASIVO CORRIENTE Proveedores 25.240,00 Proveed de I a C. P. 2.065,00 Prov, ef com a pagar 5.900,00 H.P. IVA repercutido 1.170,00
1.062,00 12.475,00 3.830,00 56.667,00 TOTAL PASIVO
56.667,00
CONTABILIDAD DEL IVA EN EL AÑO 20X2 DEBE
HABER
Por la liquidación del IVA del cuarto trimestre del año 20x1:
1.170,00 477 H. P. IVA repercutid
a H.P. IVA soportado H.P. acreedor IVA
472 475 0
1.062,00 108,00
a H. P. deudor IVA
470 0
1.530,00
Por el cobro del resumen de las liquidaciones:
108,00
475 0
H.P. acreedor IVA
1.422,00 572 Bancos c/c
Contabilidad General y Tesorería I.E.S. Extremadura (Montijo)
15
M. Reyes F. F.
CONTABILIDAD SEGÚN EL RÉGIMEN DE RECARGO DE EQUIVALENCIA DE IVA. a.- POR PARTE DEL “BAZAR DEL PUEBLO”: DEBE 1
HABER
18.000,00 216 Mobiliario 6.000,00 572 Bancos C/C 1.300,00 217 Equipos proceso info 9.000,00 300 Existecs mercader
2
170
4.000,00
Proveedores
400
2.000,00
Capital
102
28.300
4.148,00 600 Compra mercaderías (3.400 + 3.400*0,18 + 3.400*0,04)
3
a Deudas L.P. ent crto
a Proveed ef comles a
pagar
401
4.148,00
1.652,00 622 Reprcs y conservac (1.400 + 1.400*0,18)
a Bancos C/C
572
1.652,00
a Vtas mercaderías
700
3.500,00
a Vtas mercaderías
700
944,00
a Vtas mercaderías
700
2.500,00
(2.000 + 2.000*0,18 + 2.000*0,04)
a Bancos C/C
572
2.440,00
8
500,00 625 Primas de seguros
a Bancos C/C
572
500,00
9
200,00 628 Suministros
a Bancos C/C
572
500,00
4 5
3.500,00 570 Caja 944,00 572 Bancos C/C
(800 + 0,18*800) 6
2.500,00 570 Caja
7
2.440,00 600 Compra mercaderías
b.- POR PARTE DE “BAZAR ASIA, S.L.”: DEBE 2
4.148,00 431 Clientes, ef com cob
HABER a Vtas mercaderías H.P. IVA repec 18%
700
3.400,00
477
612,00
477
136,00
700
2.000,00
477
360,00
477
80,00
(3.400 * 0,18)
H.P. IVA rep rc eq 4 (3.400 * 0,04) 7
2.440,00 572 Bancos C/C
a Vtas mercaderías H.P. IVA repec 18% (2.000 * 0,18)
H.P. IVA rep rc eq 4 (2.000 * 0,04)